Decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico

Registradora de la Propiedad rechaza inscripción de San Gerónimo Caribe por falta de pago de aranceles

Descargue el documento: San Gerónimo Caribe Project, Peticionario v. Marisol Marchand, Registradora de la Propiedad, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de San Juan, Recurrida

La corporación, San Gerónimo Caribe Project, Inc. (SGCP) nos solicita que revoquemos dos  recalificaciones de la Registradora de la Propiedad de la Sección Primera de San Juan, Hon. Marisol Marchand, (la Registradora). En éstas, la Registradora denegó la inscripción de la declaración de edificación, la compraventa de  finca y estacionamiento comercial, la constitución del derecho de superficie, la constitución del Régimen de Propiedad Horizontal, entre otros, por insuficiencia en el pago de derechos de inscripción.

En ese contexto, estos Recursos Gubernativos nos proveen la oportunidad de expresarnos en cuanto al alcance e interpretación de la Norma Duodécima del Art. 2 de la Ley de Aranceles del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. sec. 1767(b). Específicamente esta normativa dispone que:

“En caso de enajenación, cesión o compraventa de fincas gravadas con hipotecas según el Registro de la Propiedad, de no constar del documento la inclusión de dichas hipotecas en el precio de venta, se tomará como base el precio de enajenación, cesión o compraventa o la suma total de las hipotecas, lo que resulte mayor a los efectos de la cancelación de los correspondientes derechos de inscripción”.

[C]oincidimos con el criterio de la Registradora de que faltó un comprobante por $303,914 para completar los derechos de inscripción. Cónsono al propósito legislativo de aproximar la base impositiva para el cálculo del arancel a lo que mejor refleja el valor en el mercado, confirmamos la denegatoria de inscripción emitida por la Registradora de la Propiedad.