Día de elecciones en Florida, 2008. Foto: Erik Hersman.

Al votar este año en Carolina del Norte, se te pedirá un ID. Aun sin ID con foto, podrás votar gracias a una excepción. Muchos usarán su licencia de conducir, pero hay opciones si no tienes ID o está vencido. Aquí una guía rápida de las reglas y excepciones de la Junta Estatal de Elecciones.

¿Cuáles son los IDs aceptables?

Listado de IDs válidos si no han expirado o lo hicieron hace menos de un año:

  • Licencia de conducir de Carolina del Norte
  • Pasaporte EE.UU. o tarjeta pasaporte
  • ID estatal de la División de Vehículos de N.C.
  • Tarjeta de ID para votar con foto de N.C.
  • ID de estudiante universitario aprobado por el estado
  • ID de empleado de escuela charter aprobado por el estado
  • ID de empleado gubernamental aprobado por el estado
  • Licencia de conducir/ID de otro estado, D.C. o territorio de EE.UU.

IDs válidos sin importar la fecha de vencimiento:

  • ID militar o de veterano del gobierno de EE.UU.
  • Tarjeta de inscripción tribal de una tribu reconocida
  • ID para programas de ayuda pública emitido por EE.UU. o Carolina del Norte.

¿Son válidos los IDs de estudiantes y empleados?

Sólo cuentan los aprobados para votar. La Junta Estatal de Elecciones validó 100 IDs de estudiantes y empleados para las elecciones municipales de 2023 y las primarias y generales de 2024 en Carolina del Norte. Consulta la lista aquí. Mira también la hoja informativa sobre votar como estudiante en Carolina del Norte.

¿Qué pasa si voy a votar sin un ID con foto?

Todavía puedes votar gracias a una excepción. En este caso, votarás con una papeleta provisional y completarás un Formulario de Excepción de ID. Si votas por correo, incluye este formulario con tu papeleta.

Estas son las excepciones para votar sin ID con foto:

1. El votante tiene un impedimento razonable para mostrar el ID con foto, como:

  • Falta de transporte
  • Discapacidad o enfermedad
  • Falta de certificado de nacimiento u otros documentos para obtener ID
  • Horario de trabajo o escuela
  • Responsabilidades familiares
  • ID con foto perdido, robado o extraviado
  • Solicitó ID con foto pero no lo ha recibido
  • (Solo para votantes por correo) No puede adjuntar copia del ID con foto (Debe incluir número de licencia de conducir o últimos 4 dígitos del número de Seguridad Social)
  • Otro impedimento razonable (El votante debe escribir la razón en el formulario)
  • Ley estatal o federal prohíbe declarar la razón

2.  Objección religiosa a ser fotografiado

3. Víctima de un desastre natural en los últimos 100 días antes de las elecciones, declarado por el presidente de EE.UU. o el gobernador de Carolina del Norte.

¿Y si no cumplo con ninguna de estas excepciones?

Aún puedes completar una papeleta provisional. Luego, debes presentar un ID aceptable en la oficina electoral del condado antes del día previo al recuento post-electoral del condado. Para las elecciones municipales en septiembre y octubre, el plazo es el lunes siguiente al día de elecciones. Para todas las demás elecciones, el plazo es el segundo jueves después del día de elecciones.

¿La dirección en el ID con foto debe coincidir con los registros de votantes?

No, para quienes votan en persona, la dirección en el ID con foto no necesita coincidir con los registros de votación.

¿Qué pasa si voto por correo?

Quienes votan por correo deben poner una fotocopia de su ID en el sobre que contiene la papeleta. Luego se coloca en un sobre exterior para proteger la privacidad del votante. Hay una excepción si no puedes adjuntar el ID al voto por correo.

¿Qué pasa si no tengo un ID con foto?

Puedes obtenerlo en dos lugares: en la junta electoral de tu condado o en el NCDMV.

Para las juntas electorales del condado: Emitirán IDs con foto gratis durante la votación anticipada. No darán IDs entre el último día de votación anticipada y el Día de las Elecciones. Para conseguir uno, visita la junta electoral de tu condado en horario laboral. Para obtener un ID de votante gratuito, debes dar tu nombre, fecha de nacimiento, últimos cuatro dígitos de tu número de Seguridad Social y tomarte una foto.

¿Qué hago si no tengo un ID con foto?

Puedes obtenerlo en: la junta electoral de tu condado o en el NCDMV.

En las juntas electorales: Durante la votación anticipada, estas juntas darán IDs con foto gratis. Pero no los emitirán entre el último día de votación anticipada y el Día de las Elecciones. Para conseguir uno, ve a la junta de tu condado en horario de atención. Para el ID gratuito, da tu nombre, fecha de nacimiento, últimos cuatro dígitos del Seguro Social y tómate una foto.

También puedes obtener un ID gratuito en el  N.C. Division of Motor Vehicles. Ve a una oficina del NCDMV con:

Un documento que verifique edad e identidad.

– Tarjeta del Seguro Social o un documento que pruebe tu número.

– Para ciudadanos estadounidenses, un documento que compruebe residencia.

– Para no ciudadanos, un documento del gobierno de EE.UU. que indique presencia legal.

¿Contará mi voto si completo un formulario de excepción de ID?

, si el formulario lo llena correctamente un votante registrado elegible. El voto solo puede ser rechazado si la junta electoral del condado, compuesta por miembros de ambos partidos, decide unánimemente que el votante dio información falsa en el formulario. Según Patrick Gannon, director de información pública de NCSBE, solo se puede decidir que el formulario es falso después de darle al votante una notificación y la oportunidad de defenderse. La decisión debe ser por escrito y señalar la razón específica de la conclusión de la junta.

¿Y si mi apariencia ha cambiado desde la foto en la identificación?

La foto en la ID debe “parecerse razonablemente” al votante. Incluso si el trabajador electoral cree que no te pareces a la foto, puedes votar normalmente, a menos que todos los jueces en el lugar de votación estén de acuerdo en que la foto no se parece a ti. Si eso sucede, aún puedes votar, pero con una papeleta provisional.

¿Qué dice la ley?

La legislación sobre identificación con foto se encuentra en los siguientes estatutos y normas. Estos indican que un votante registrado debe presentar una ID con foto al votar en persona o por correo, y detallan las excepciones mencionadas:

– Tarjetas de identificación de votante. N.C.G.S. § 163-82.8A

– Requisito de ID con foto para votar en persona. N.C.G.S. § 163-166.16

– Aprobación de carnet estudiantil para votar. N.C.G.S. § 163-166.17

– Aprobación de carnet de empleado para votar. N.C.G.S. § 163-166.18

– Emisión simultánea de papeletas de voto ausente. N.C.G.S. § 163-230.1(f1) & (g)

Verificación de ID con foto al votar en persona. 08 NCAC 17 .0101

ID con foto para votos por correo. 08 NCAC 17 .0109

Fuente: Junta Electoral del Estado de N.C.

Recursos

Para cambiar el idioma en el sitio web de NCSBE, haga clic en “Seleccionar idioma” arriba a la derecha.

Este artículo es parte del Día de la Democracia Estadounidense, una colaboración nacional del 15 de septiembre, el Día Internacional de la Democracia, en el que organizaciones noticiosas cubren cómo la democracia funciona y las amenazas que enfrenta. Para aprender más, vista usdemocracyday.org.


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Grace Vitaglione is a reporter for Carolina Public Press. Send an email to gvitaglione@carolinapublicpress.org to contact her.

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