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¿Qué es el derecho a la autodeterminación?

Actualizado: 07 marzo, 2023

El derecho a la autodeterminación permite a los pueblos elegir su organización política. Lo recoge la Carta de Naciones Unidas, pero tiene límites y condiciones para poder aplicarse
¿Qué es el derecho a la autodeterminación?
Fuente: freepik.

El derecho a la autodeterminación es el derecho de los pueblos a elegir libremente su organización política. Se ejerce, por un lado, de forma interna, escogiendo un sistema de gobierno representativo y una determinada estructura económica, social y cultural, incluyendo la protección de sus símbolos y características como la lengua o las tradiciones. El ejercicio externo de este derecho, por otro lado, consiste en decidir a qué Estado se quiere pertenecer, optando por permanecer como parte de uno ya existente, o bien por la independencia o la unificación con otro Estado.

El origen del concepto de autodeterminación se remonta al marxismo, cuyos ideólogos apoyaban el derecho de las naciones a emanciparse, especialmente en el caso de Polonia con respecto al Imperio ruso en el siglo XIX. Posteriormente, este derecho ha sido reconocido en documentos como los Catorce Puntos de Wilson de 1918 —en los que el entonces presidente de Estados Unidos sentó las bases para la paz tras la Primera Guerra Mundial—, esta vez en relación a los pueblos de los Imperios austrohúngaro y otomano.

Aunque la Declaración Universal de Derechos Humanos no recoge el derecho de autodeterminación de los pueblos, sí lo hacen la Carta de Naciones Unidas de 1945 (artículo 1.2) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 (artículo 1), uno de los tratados internacionales de derechos humanos más importantes, ratificado por 173 países. Determina que los pueblos tienen el derecho a “establecer libremente su condición política y […] desarrollo económico, social y cultural”. Estos textos decretan la libre determinación de los pueblos como un derecho universal, y no solo como una pretensión política. 

Para pueblos subyugados o sin representación política

Decenas de naciones han invocado el derecho a la autodeterminación en el último siglo como pretexto para constituirse como Estados independientes. Sin embargo, como todos los derechos, tiene limitaciones legales. La Asamblea General de Naciones Unidas ha emitido resoluciones que aclaran cuándo puede aplicarse. La resolución 1514 de 1960 sobre la descolonización, por ejemplo, establece que la libre determinación de los pueblos no es compatible con la fractura de la integridad soberana de un Estado. Es decir, que las naciones tienen derecho a liberarse de la dominación colonial, pero que ese derecho no puede emplearse como pretexto para quebrantar un Estado ya constituido libremente. El camino a la secesión es complejo, pues depende de otros factores, como el reconocimiento de la comunidad internacional. 

En consecuencia, el derecho a la autodeterminación está ligado a dos corrientes: la de los pueblos subyugados por potencias extranjeras o a los que se les niega la representación política, como las colonias, y la de los pueblos que desean independizarse de un Estado democrático del que forman parte. En el primer caso, decenas de antiguas colonias como Kenia o Papúa Nueva Guinea se independizaron con éxito durante la segunda mitad del siglo XX. Sin embargo, décadas después aún existen territorios pendientes de descolonizar, como el Sáhara Occidental o algunas posesiones ultramarinas del Reino Unido.

Con todo, la segunda corriente despierta mayores controversias, pues la ambigüedad del derecho internacional da lugar a interpretaciones. En concreto, no existe consenso sobre si la integridad territorial del Estado debe prevalecer sobre la libre determinación de los pueblos. En cualquier caso, la independencia de un pueblo que ya goza de representación política no puede hacerse de forma unilateral, sino que exige un amplio respaldo electoral y negociar las condiciones de esa independencia con el Estado matriz.

El hito de Quebec para el derecho a la autodeterminación

Existen decenas de movimientos independentistas en países occidentales, aunque la mayoría han tenido poco éxito. Algunos han tratado de alcanzar la independencia de sus territorios mediante un referéndum legal, como en Quebec (Canadá) y Escocia (Reino Unido). Estos casos han marcado el camino para otros movimientos independentistas. Quebec celebró referéndums en 1980 y 1995, y Escocia hizo lo propio en 2014. En ambos casos la opción secesionista perdió la votación, aunque por un estrecho margen

Sin embargo, el caso de Quebec marcó un hito jurídico: el Tribunal Supremo de Canadá dictaminó que la independencia de un territorio solo puede producirse de forma unilateral cuando es una colonia o un pueblo sin representación. Por el contrario, según el tribunal, la secesión de un territorio en un Estado democrático debe acordarse con el Gobierno central tras recibir un apoyo claro en las urnas. Esta decisión no es fuente de derecho internacional, por lo que no se aplica en otros países, pero sí ha tenido notoriedad pública, llegando a usarse como argumento contra intentos unilaterales de secesión en otros Estados. 

Jaime Villamuera

Santander, 1999. Relaciones Internacionales y Comunicación Corporativa en la Universidad Antonio de Nebrija, con Estudios Europeos en la Sorbonne Université de París. Apasionado de la geopolítica, la seguridad y el descubrimiento de otras culturas, además del cine, la música y la literatura.

3 comentarios

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    Me parece extraordinario que no citéis el caso de Cataluña en este artículo. Acaso ignoráis esta cuestión deliberadamente en EOM?

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    Carles Ventura

    La verdad es que es mas que sorprendente que no se mencione Catalunya, teniendo en cuenta que se publica a menos de una semana de las elecciones catalanas del 14 de febrero.
    Pudiera parecer un intento de sembrar opinión ante unas elecciones, tratando de minimizar el sentir independentista catalan (que es mayoritario y superior al 50%) situandolo fuera de toda legalidad que lo ampare.
    Por otro lado, pudiera ser también interesante dedicar un articulo a realizar una comparativa entre las democracias española respecto a la canadiense o la del Reino Unido, que sí se mencionan, y que sí parecen comportar-se como tales.
    Saludos

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    Ernest Valios Salvador

    La cita a la sentencia del TS de Canadá es incompleta y sesgada. La sentencia no solo establece la imposibilidad, en un estado democrático, de la independencia unilateral. Establece, como dice el artículo, el deber de pactar esa secesión. Ese deber afecta tanto al Territorio que desee la secesión como al Estado al que pertenece en la actualidad. Y deja claro que el Estado debe facilitar un método democrático para decidir el futuro del Territorio. Obliga a ambas partes a pactar los términos de un referéndum, tanto el redactado de la pregunta cómo las condiciones de participación y de votos afirmativos que suponga el inicio de dicha secesión.
    En la sentencia se deja claro que el Estado no debe ignorar esa aspiración cuando se produce en un Territorio.
    Por tanto, sin reconocer abiertamente el derecho de autodeterminación para los Territorios de Canadá, establece como debe regularse su aplicación práctica. Como consecuencia a esta Sentencia, el parlamento canadiense aprobó la Ley de Claridad del año 2000 en estos términos, que permitió la celebración del segundo referéndum de Quebec.

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