El gobierno de AMLO vs. un juez de distrito: por qué lo acusan y cómo es el juicio político

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La secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, presentó el martes una denuncia de juicio político contra el juez de Distrito Especializado en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio en el estado de Tamaulipas, Crescencio Contreras Martínez, con miras a buscar su destitución

Según la dependencia, la denuncia se realizó porque en el Gabinete de Seguridad identificaron que el juez favoreció con sus resoluciones a presuntos integrantes de grupos criminales que operan en la frontera norte del país, aunque una organización de jueces expresó su desacuerdo, señalando de nueva cuenta deficiencias en la actuación del ministerio público. 

“A través de (dichas acciones) se fomenta la impunidad y se niega el derecho a la justicia al pueblo de México”, señaló la dependencia en un comunicado.

En su conferencia matutina de este 31 de enero, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) justificó la decisión de presentar la denuncia por juicio político pues desde su perspectiva, los jueces protegen a personas señaladas como criminales

Al respecto, mencionó el caso de la liberación de una persona el pasado 25 de enero, cuya detención se asoció con el secuestro de una treintena de migrantes a principios de año.

“Este caso es de un presunto delincuente, famoso, que recibe protección de jueces. Pero una tras otra, al grado de que se le detiene e insistentemente querían que se le llevara no sé si a Reynosa o Matamoros, con los riesgos que implicaba. Y se hicieron todos los trámites. Costó muchísimo trabajo. Era insistente la actitud del juez”, lanzó.

Esta decisión se da en un contexto de constantes ataques y pronunciamientos de parte del presidente para tratar de presionar al Poder Judicial por distintas decisiones que ha tomado.

En julio de 2022, el mandatario anunció que su gobierno investigaba al juez Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones. 

Esto después de que el juzgador fallara en contra de diversas leyes promovidas por el Gobierno de AMLO, como la Ley de la Industria Eléctrica, que buscaba favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y que este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional; la Ley de Hidrocarburos o la entrada en vigor del  el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut). 

Además, el mandatario adelantó que presentará el próximo 5 de febrero un paquete de reformas constitucionales, entre ellas una que busca que los jueces y magistrados así como otros integrantes del Poder Judicial se elijan por voto popular, y no por trayectoria como ocurre actualmente. 

Pero ¿qué implica este procedimiento y qué pasará con el juez? Acá te lo explicamos:

¿Qué es el juicio político? 

Según se establece en los artículos 109 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el juicio político es un procedimiento para sancionar a servidores públicos cuando sus actos u omisiones causen un perjuicio de los intereses públicos fundamentales.

En este caso, la Cámara de Diputados funciona como órgano de acusación y el Senado como órgano de sentencia.

Este proceso no debe confundirse con la declaración de procedencia, también conocido como desafuero, al que se ha sometido a diversos actores políticos como el propio Andrés Manuel López Obrador en 2005 y recientemente, en 2021, el entonces gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca.

Mientras que el primero es un proceso por el que se evalúa el actuar de un servidor público que afecte el buen despacho de sus funciones o los intereses públicos fundamentales, el juicio de procedencia busca permitir que se someta a un servidor público mencionado en el primer párrafo del artículo 111 de la Constitución a un proceso penal. Los jueces de distrito no cuentan con esta protección.

Entre las acciones por las que se puede iniciar un juicio político contra un servidor público, se contempla violaciones graves a la propia Constitución, las Leyes Federales o bien, el manejo indebido de fondos y recursos federales. La Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Públicos menciona que estas actos u omisiones:

  • El ataque a las instituciones democráticas

  • El ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, federal

  • Las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales o sociales

  • El ataque a la libertad de sufragio

  • La usurpación de atribuciones

  • Cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la Federación, a uno o varios estados de la misma o de la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones

  • Las omisiones de carácter grave, en los términos de la fracción anterior

  • Las violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la administración pública federal o de la Ciudad de México y a las leyes que determinan el manejo de los recursos económicos federales y de la Ciudad de México

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Para ello, la Cámara de Diputados actúa como órgano de acusación y la Cámara de Senadores como órgano de sentencia.

Los servidores públicos que pueden ser sometidos a juicio político son:

  • Senadores y diputados del Congreso de la Unión

  • Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

  • Consejeros de la Judicatura Federal

  • Secretarios de Despacho

  • Fiscal General de la República

  • Magistrados de Circuito y jueces de Distrito

  • El consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral

  • Magistrados del Tribunal Electoral

  • Integrantes de los órganos constitucionales autónomos

  • Directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

También se contempla que los funcionarios del orden estatal o local pueden someterse a juicio político por violaciones graves a la Constitución o las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales. Pero para los funcionarios de orden estatal y local, la resolución del juicio político sólo es declarativa y se debe comunicar a las Legislaturas Locales para que procedan como corresponda.

De acuerdo con el mismo artículo 110 constitucional, las sanciones que se podrán aplicar son:

  • Destitución del servidor público 

  • Inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público de uno hasta 20 años.

¿De qué acusan al juez? 

Crescencio Contreras Martínez es licenciado en Derecho por el Centro Universitario de Ixtlahuaca. Se desempeña como juez de distrito especializado en el Sistema Penal Acusatorio desde diciembre de 2017, posición en la que fue ratificado en agosto de 2023. Desde la segunda mitad de 2023 se ubica en el Centro de Justicia Penal Federal de Reynosa. 

La Segob informó que en la denuncia se mencionan casos en que el juez tomó determinaciones calificadas como no apegadas a los principios constitucionales y legales. Pues ha sostenido criterios que permitieron la liberación de personas consideradas por el Gobierno de México como objetivos generadores de violencia, en agravio del interés público.

“En la denuncia (…) destaca la liberación de personas pertenecientes al grupo criminal presuntamente vinculado con el reciente secuestro de 31 personas migrantes en Tamaulipas, así como otros actos relacionados con la delincuencia organizada como el tráfico de fentanilo, la posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército y cohecho”, señaló la dependencia en un comunicado.

Al respecto, acusó que en dichas resoluciones se observó de parte del juez Crescencio Contreras Martínez un desapego a los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalismo que rigen la actuación judicial.

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Pero por otro lado la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial (Jufed) se pronunció en contra de esta denuncia, por considerar que el actuar del abogado se dio en apego a principios constitucionales. 

Además, argumentó que en el caso abordado por el juez, de la detención de una persona asociada con el grupo criminal señalado por el secuestro de migrantes a principios de año, su liberación se dio por deficiencias en la investigación por parte del Ministerio Público Federal.

“La solicitud de juicio político no puede ser utilizada como un mecanismo al servicio del gobierno en turno para controlar o acechar al poder judicial, porque ello constituye un atentado a la garantía de independencia judicial de las personas juzgadoras”, señaló la Jufed.

En una revisión en el Consejo de la Judicatura Federal de las sentencias del juez Crescencio Contreras Martínez en Reynosa, cuyos registros van de julio a noviembre de 2023, de las 27 sentencias disponibles, ninguna ha sido absolutoria. Además, en su mayoría se trata de casos de personas detenidas por portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y sólo en 2 de ellos se trató de tráfico de sustancias.

¿Qué sigue en este proceso?

Tras confirmar la recepción de la denuncia de parte de la secretaria de Gobernación, la secretaria General de la Cámara de Diputados, Graciela Báez Ricárdez, explicó que se requiere la ratificación de la denuncia en un plazo de 3 días. 

Una vez ratificada la denuncia, comenzará un proceso interno en la Cámara de Diputados, en que se formará una subcomisión de Examen previo que evaluará si hay elementos mínimos para continuar o no con el proceso. 

A la par, se debe dar conocimiento a la parte denunciada, en este caso el juez Crescencio Contreras Martínez.

Si se declara procedente el juicio, entonces el caso llegará a la Sección Instructora, que ampliará la recolección de pruebas y reunirá los alegatos de las partes. De ahí tendrá que derivar en una conclusión que en caso de comprobar la conducta denunciada, se convocará a una primera audiencia ante la Cámara de Diputados.

Si la resolución es no acusar al servidor público, el proceso concluye. En caso contrario, la acusación pasará al Senado para que una sección de enjuiciamiento formule una nueva conclusión con alegatos de las partes y en una nueva audiencia como órgano de sentencia resuelva la sanción o no del servidor público.

El académico de la FES Acatlán especializado en Derecho David Parada explicó que el desafío que tendrá el Poder Legislativo en el proceso será el de recabar pruebas sin comprometer la independencia del Poder Judicial. Es decir, sin va a hacer una revisión de sus sentencias, que esta no sea similar a las que hacen las distintas instancias judiciales revisoras, como tribunales y la Corte.

“Va a ser muy crítico este proceso, pues van a poner a revisión las resoluciones que emitió el juez. Entonces ahí hay una línea muy delgada entre la responsabilidad política pero también con la vulneración a la independencia judicial”, comentó a El Sabueso.

Como ejemplo, mencionó que la evaluación tendría que ser sobre la conducta del juez, y en ella identificar un patrón que favorezca a un grupo de personas con sus determinaciones.

“Es un encuadramiento muy complejo el que se tiene que cumplir para que se considere válida una determinación de responsabilidad política. Veo muy complicado desde el punto de vista legal y constitucional (que avance), multiplicado por la carga de la prueba y todos los filtros que el Constituyente generó”, explicó.