3. DELITOS CONTRA LA VIDA EL
CUERPO Y LA SALUD
LESIONES
CAP. III, TITULO I
del Código Penal
PROTECCION A
Integridad Física y Mental
Cristel Junchaya Vera- Docente
4. Lesiones .........
EL TIPO PENAL PREVE SUPUESTOS
ALTERNATIVOS, SOLO BASTA DE ALGUNA
PARA CONFIGURAR EL DELITO
EXIGE ELEMENTO GENÉRICO: CAUSAR
DAÑO GRAVE EN :
– EL CUERPO (APARENTE, EXTERNO O
INTERNO)
– EN LA SALUD (EQUILIBRIO DE FUNCIONES
FISIOLÓGICAS)
Cristel Junchaya Vera- Docente
5. LESIONES GRAVES DOLOSAS
BIEN JURIDICO PROTEGIDO
TIPO OBJETIVO
SUJETOS
COMPORTAMIENTO
MEDIOS
TIPO SUBJETIVO
CONSUMACIÓN
PARTICIPACIÓN
SANCIÓN
Cristel Junchaya Vera- Docente
6. Delito de Lesiones graves
Art. 121º del C.P.
TIPO OBJETIVO:
– Sujeto Activo : Común
– Sujeto Pasivo: Cualquier persona natural.
– Conducta Ilícita: causar daño en el cuerpo o
la salud del sujeto pasivo
TIPO SUBJETIVO : Agente actúa
dolosamente con conocimiento y voluntad
Cristel Junchaya Vera- Docente
7. Delito de Lesiones graves
SUPUESTOS PARA ESTABLECER LA GRAVEDAD
DEL DAÑO:
– Lesiones que ponen en peligro inminente la vida
– Mutilación del cuerpo, miembro u órgano principal
– Lesiones que hagan impropio para su función un
miembro u órgano importante.
– Lesiones que causen incapacidad para el trabajo,
invalidez o anomalía psíquica permanente
– Desfiguración grave y permanente
– Cualquier otro daño grave a la integridad corporal
o a la salud física o mental- 30 días a mas
– Sujeto pasivo especiales
Cristel Junchaya Vera- Docente
8. Delito de Lesiones graves
PENALIDAD:
– Pena Privativa de la Libertad
CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE
– Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas, magistrado del
Poder Judicial o del Ministerio Público, miembro del Tribunal
Constitucional o autoridad elegida por mandato popular, en ejercicio
de sus funciones
– Cuando la víctima muere (PRETERINTENCION : dolo -culpa)
– Penalidad : Pena Privativa de la Libertad
Cristel Junchaya Vera- Docente
9. Delito de Lesiones graves
ART: 121º A
– SUJETO PASIVO: Menor de edad, de la tercera edad o
persona con discapacidad.
SANCIÓN: Pena privativa de libertad
ART: 121º B
- Causa lesión a consecuencia de la Violencia Familiar
SANCIÓN : Pena privativa de libertad y suspensión
de la patria potestad según el literal e) del artículo 75 del
Código de los Niños y Adolescentes.
Cristel Junchaya Vera- Docente