Enzimas en la Industria de los Alimentos - TSPIA.pptx
Presentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
1. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
GESTIÓN DEL SUBPRODUCTO DESDE EL
PUNTO DE VISTA AMBIENTAL
Madrid, 12 de mayo de 2015
Margarita Ruiz Saiz-Aja
Subdirectora General Adjunta de Residuos
MAGRAMA
2. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
1. El subproducto en la Directiva Marco de Residuos
2. El subproducto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y
suelos contaminados
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto
INDICE
3. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
3
- Directiva 2008/98/CE, marco de residuos
- Estrategia Europa 2020
- Hoja de ruta: Hacia una Europa eficiente en el uso de
recursos
Política europea en materia de residuos
4. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
4
Se define residuo como cualquier sustancia u objeto que
su poseedor deseche o tenga la intención u la obligación
de desechar
Exclusiones del ámbito
Total
Parcial, en la medida en que ya está cubierto por otra
legislación comunitaria (parte de la gestión del residuo
esta cubierta por otra legislación comunitaria)
Introduce el concepto de Subproducto y Fin de Condición
de Residuo
(Ambos conceptos se refieren a la idea de RESIDUO/NO
RESIDUO y sirven para matizar la aplicación del marco
jurídico a los residuos)
1. El subproducto en la Directiva Marco de Residuos: Definición
Residuos
5. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
ÁRBOLDEDECISIÓN:¿RESIDUOOSUBPRODUCTO?
6. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
6
1. El subproducto en la Directiva Marco de Residuos
Una sustancia u objeto, resultante de un proceso de producción, cuya
finalidad primaria no sea la producción de esa sustancia u objeto, puede ser
considerada como subproducto y no como residuo con arreglo al artículo 3,
punto 1, únicamente, si se cumplen las siguientes condiciones:
a) es seguro que la sustancia u objeto va a ser utilizado ulteriormente;
b) la sustancia u objeto puede utilizarse directamente sin tener que
someterse a una transformación ulterior distinta de la práctica industrial
normal;
c) la sustancia u objeto se produce como parte integrante de un proceso de
producción; y
d) el uso ulterior es legal, es decir la sustancia u objeto cumple todos los
requisitos pertinentes para la aplicación específica relativos a los productos y
a la protección del medio ambiente y de la salud, y no producirá impactos
generales adversos para el medio ambiente o la salud humana.
Posibilidad de adoptar medidas para determinar los criterios que deberán
cumplir las sustancias u objetos para ser considerados subproductos, vía TAC.
7. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
7
2. El subproducto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y
suelos contaminados
Articulo 4. Subproductos
1. Una sustancia u objeto, resultante de un proceso de producción, cuya finalidad
primaria no sea la producción de esa sustancia u objeto, puede ser considerada
como subproducto y no como residuo cuando se cumplan las siguientes
condiciones:
• Seguridad de que la sustancia u objeto va a ser utilizado ulteriormente,
• la sustancia u objeto puede utilizarse directamente sin tener que someterse a una
transformación ulterior distinta de la práctica industrial habitual,
• la sustancia u objeto se produce como parte integrante de un proceso de producción, y
• El uso ulterior cumple todos los requisitos pertinentes relativos a los productos así como a la
protección de la salud humana y del medio ambiente, sin que produzca impactos generales
adversos para la salud humana o el medio ambiente.
2. La Comisión de coordinación en materia de residuos evaluará la consideración
de estas sustancias u objetos como subproductos, y propondrá su aprobación al
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino que dictará la orden
ministerial correspondiente.
Disposición transitoria primera.
En tanto no se hayan puesto en marcha los mecanismos previstos en el artículo 4.2 de
esta Ley en relación con los subproductos, se continuarán aplicando los procedimientos
administrativos que hubieran estado hasta el momento vigentes en la materia.
8. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto:
Consideraciones generales
• El procedimiento es sólo aplicable a los residuos de procesos
de producción. Están por tanto excluidos los
materiales/sustancias obtenidos en el tratamiento de residuos.
• Estos residuos de producción tienen que ser utilizados en otro
proceso, bien en instalaciones de la misma empresa o en
otras empresas diferentes.
• La declaración de subproducto mediante orden ministerial será
válida en el territorio nacional. Solo se permitirá la exportación
de dicho material como subproducto, en caso de que el país
de destino lo acepte como tal. En caso contrario se exportará
como residuo.
9. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto.
Objeto: verificar que se cumplen las condiciones exigibles al subproducto
y asegurar el destino especificado
1. Valoración de la procedencia de declaración de un residuo de
producción como subproducto.
• Solicitud y presentación de información.
• Elaboración de Informe por parte del Magrama
• Evaluación por el Grupo de Trabajo.
• Orden Ministerial si procede la declaración.
2. Comunicación específica para el uso autorizado en una instalación
determinada.
• Para aquellos residuos de producción que cumplan los requisitos de la
Orden Ministerial, como procedimiento general el productor notificará a la
CA la intención de aplicar dicha Orden.
10. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto
FASE 1. VALORACIÓN
11. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto
FASE 2. COMUNICACIÓN
Órgano Ambiental de la CA
donde se genera el
subproducto
Productor del subproducto
Comunicación específica de
subproducto al órgano ambiental
de la CA donde se produce, para el
uso autorizado en una instalación
determinada y envío de copia a la
CA de destino, si es distinta a la de
producción
Productor del subproducto
Recepción de la Comunicación y
Documentación adjunta. La OM
regulará condiciones de dicha
comunicación
A efectos de control, la CA
inscribirá la Comunicación en un
apartado específico del Registro de
Producción y Gestión
Comunicación a la CA de origen y
destino de cualquier cambio
significativo
Deberá llevar un registro
cronológico de las cantidades
producidas y gestionadas como
subproducto (y su destino) que
estará a disposición de la sutoridad
competente durante 3 años.
12. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
Responsables y lugar de presentación de la solicitud
La industria productora (o agrupación) y las empresas receptoras interesadas.
Posibilidad de recepción de informes por separado para preservar la
confidencialidad de ambas partes.
Lugar de presentación
Comisión de Coordinación en materia de residuos (MAGRAMA)
Documentación a presentar
Solicitud + Informe Justificativo
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto: Responsables
solicitud y documentación exigible
13. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto: Informe
Justificativo
1. Información sobre el material
susceptible de ser declarado
subproducto, así como del proceso
en el que se produce
• Composición química, propiedades
físicas, químicas y biológicas de la
sustancia, material u objeto (analíticas
realizadas por una entidad acreditada
independiente)
• Código LER.
• Información relativa al proceso en el que
se produce indicando las toneladas/año
entre otros
• Nº de registro REACH o indicación de
haber iniciado el trámite de prerregistro o
registro, así como otros registros que
puede disponer el material como
producto, como el registro de fertilizantes,
etc.
• Destino actual del residuo.
• Tipo de tratamiento o acondicionamiento
al que está sujeto el residuo de
producción antes de su utilización,
condiciones de recepción,
almacenamiento, transporte y
manipulación del residuo
• Adjuntar fotografías del residuo de
producción.
14. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto: Informe
Justificativo
2. Información sobre el proceso
en el que se utilizará el material
susceptible de ser declarado
subproducto
• Descripción del proceso productivo donde
se va emplear, indicando el modo, cantidad
y punto de incorporación a dicho proceso,
condiciones de recepción y manipulación y
los requisitos de calidad, en caso de ser
necesario.
• Condiciones genéricas o específicas para el
transporte en función de sus características.
• Características de la sustancia u objeto al
que se pretende sustituir (normas o
especificaciones técnicas exigidas al
producto o material objeto de sustitución).
• Indicación de si requiere algún tipo de
acondicionamiento y si difiere con el que se
le da habitualmente a la materia prima a la
que pretende sustituir
• Identificación de la legislación sectorial o
normas aplicables que debe cumplir la
materia prima para el proceso en cuestión.
15. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
Procedimiento para la declaración de Subproducto
Informe Justificativo
3. Información sobre la seguridad
de que el material susceptible de
declaración de subproducto va a
ser utilizado
• Documentación acreditativa de que
existe demanda cierta para esta
sustancia u objeto, como por ejemplo
información sobre el mercado
existente, la demanda de dicho
material por el sector utilizador, etc.
• Tasa de utilización del residuo de
producción (cantidad anual estimada
de residuo de producción que se
espera gestionar como subproducto),
con objeto de evaluar si existe la
posibilidad de que dicho residuo pueda
permanecer almacenado durante un
tiempo prolongado o si, por el
contrario, el uso es inmediato. También
se indicará si se espera que los usos
sean esporádicos o continuados
16. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
4. Información sobre el
impacto ambiental y sobre
la salud humana derivado
del uso de dicho material
Procedimiento para la declaración de Subproducto
Informe Justificativo
Se presentará la evaluación de los posibles efectos
ambientales derivados de la utilización del residuo de
producción, teniendo en cuenta todos los medios que
pueden verse afectados (suelo, aire, agua) y
comparación con los efectos ambientales que se
pueden producir durante la manipulación y utilización
de la materia prima a la que pretende sustituir.
Los solicitantes de la declaración de subproducto
podrán adjuntar otra documentación complementaria
que consideren necesaria para que el Grupo de
Trabajo pueda valorar la pertinencia de la declaración
como subproducto.
5. Otra información
17. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
Procedimiento para la declaración de Subproducto: Contenido de la Orden
Ministerial
• Requisitos y condiciones para el uso específico determinado.
• Disposiciones relativas al procedimiento de comunicación
• Obligaciones de información de los productores y usuarios del
subproducto en relación con el uso del mismo.
18. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
Responsables: Empresa productora del residuo de producción que cumpla la Orden
Lugar de presentación de la solicitud : CA donde esté ubicada la empresa
productora y copia a las CCAA de destino del subproducto.
Procedimiento para la declaración de Subproducto:
Comunicación especifica (procedimiento general)
• Identificación de la empresa que genera el
subproducto.
• Documentación acreditativa del cumplimiento
de las condiciones y requisitos establecidos
en la Orden Ministerial (características del
subproducto y el proceso productivo que lo
genera, así como del proceso en el que se
va a emplear).
• Listado de las empresas de destino con las
que se tenga, por orden de preferencia, un
contrato, un precontrato o un acuerdo de uso
del subproducto.
• Autorizaciones o licencias ambientales de las
que disponga la instalación.
• Compromiso de notificar a la CA del
productor de cualquier cambio o modificación
y de enviar una copia de cada comunicación
realizada a la CA productora y a las
Comunidades Autónomas de destino.
Contenido de la
comunicación
19. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
Inscripción de la empresa productora en el
Registro de producción y gestión.
Archivo cronológico:
• Las empresas productoras del
subproducto: Información sobre las
cantidades utilizadas como subproducto y
su destino.
• Las empresas usuarias: cantidades
utilizadas
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto: Comunicación
especifica:
Obligaciones
Copia de la comunicación específica a
efectos de inspección durante el
transporte
Recomendaciones
20. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
• El término subproducto deberá ser utilizado exclusivamente para aquellos residuos
de producción que hayan sido declarados como subproductos conforme a este
procedimiento.
• TRANSITORIAMENTE: Los residuos que actualmente se denominan subproductos
o materias primas secundarias en las Comunidades Autónomas o en las Bolsas de
subproductos de las Cámaras de Comercio, no podrán ser considerados como
subproductos. Les será de aplicación el régimen jurídico que venía aplicándose
hasta que se haya aceptado o rechazado su condición de subproducto o se haya
finalizado la autorización concedida por la CA.
• Otras normativas de producto aplicables a los subproductos (REACH y CLP):
• Los subproductos bajo la Directiva Marco de Residuos están sometidos al Reglamento
REACH, en su totalidad, salvo si se acogen a la exención de registro según se establece
en la entrada 5 del anexo V de REACH
• Aquellos subproductos que se comercialicen estarán sujetos a las condiciones
establecidas en el Reglamento CLP en los mismos términos que las sustancias o mezclas
reguladas por el mismo.
• Las cantidades de subproducto utilizadas no serán tenidas en cuenta a efectos de
generación y tratamiento de residuos, y por tanto para el cálculo de los objetivos de
reciclado y valorización.
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto: Implicaciones
21. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
3. Procedimiento para la declaración de Subproducto: Régimen
jurídico aplicable Residuo /Subproducto
22. SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION
AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL
MUCHAS GRACIAS POR
SU ATENCIÓN!!!!
23. LOS SUBPRODUCTOS ALIMENTARIOS Y LALOS SUBPRODUCTOS ALIMENTARIOS Y LA
ALIMENTACION ANIMALALIMENTACION ANIMAL
Leonor Algarra Solis
S .Gral Medios de Producción Ganaderos
12 de Mayo 2015
24. LA INDUSTRIA ALIMENTARIA COMO SUMINISTRADORA DELA INDUSTRIA ALIMENTARIA COMO SUMINISTRADORA DE
MATERIAS PRIMAS PARA LA FABRICACION DE PIENSOSMATERIAS PRIMAS PARA LA FABRICACION DE PIENSOS
Grupo de materias primas Tm/año % total
Derivados de cereales (salvados o productos de destilería) 2.000.000 7,5%
Derivados de oleaginosas (harinas de soja, girasol o colza) 4.000.000 15%
Pulpa de remolacha 270.000 1%
Productos de panadería y otros subproductos 278.000 1%
Lácteos y derivados 50.000 0,2%
Subproductos de origen animal (harina de pescado, PAT´s,
ovoproductos)
400.000 1,5%
Aceites vegetales y grasas de origen animal 560.000 2,0%
25. Derivados de cereales
(salvados o productos de
destilería)
26%
Pulpa de remolacha
4%
Productos de panadería y
otros subproductos
4%
Lácteos y derivados
1%
Subproductos de
origen animal (harina
de pescado, PAT´s,
ovoproductos)
5%
Aceites vegetales y
grasas de origen animal
7%
GRUPOS DE MATERIAS PRIMAS
Derivados de oleaginosas
(harinas de soja, girasol o
colza)
53%
26. TOTAL DE MATERIAS PRIMAS UTILIZADAS EN FABRICACIONTOTAL DE MATERIAS PRIMAS UTILIZADAS EN FABRICACION
DE PIENSOSDE PIENSOS
PROCEDENTES DE IA
27%
OTROS
73%
30. Principio general .Principio general .
La clasificación de cualquier residuo de producción por parte
de una industria agroalimentaria como “residuo” implicade una industria agroalimentaria como “residuo” implica
necesariamente que se aplique la ley de residuos y su
normativa de desarrollo , quedando fuera del ámbito de la
alimentación animal.
31. Legislación de aplicación.Legislación de aplicación.
Condiciones para los operadores y sus
establecimientos
Condiciones sobre los residuos / subproductos
destinados a alimentación animal.destinados a alimentación animal.
32. Condiciones para los operadores yCondiciones para los operadores y
sus establecimientossus establecimientos
Los establecimientos deberán estar registrados en el marco del
Reglamento (CE) nº 183/2005 y estar incluido en los listados de
industrias agroalimentarias que destinan productos a alimentación
animal. También están incluidos los establecimientos que realizan
actividades de comercialización de estos residuos de producción sin
almacenamiento.
Estarán sometidos al control oficial por parte de las autoridades deEstarán sometidos al control oficial por parte de las autoridades de
control de las comunidades autónomas bajo el reglamento (CE) nº
882/2004 bajo el marco de los controles de la alimentación animal
Los residuos de producción que se destinen a alimentación animal se
destinarán únicamente a establecimientos registrados en el
Reglamento (CE) nº 183/2005.
33. Condiciones para los operadores yCondiciones para los operadores y
sus establecimientossus establecimientos
Los establecimientos que quieran destinar a alimentación animal
residuos de producción deberán disponer de un plan de autocontrol
basado en los principios APPCC (artículo 6 del Reglamento (CE) nº
183/2005 de higiene de los piensos
Los establecimientos mantendrán los registros de trazabilidadLos establecimientos mantendrán los registros de trazabilidad
establecidos en el Reglamento (CE) nº 183/2005 de higiene de los
piensos.
34. Condiciones sobre los residuosCondiciones sobre los residuos
/subproductos destinados a/subproductos destinados a
alimentación animalalimentación animal
Estar incluido en uno de los tres listados comunitarios de
sustancias autorizadas para alimentación animal que se citan a
continuación y ajustarse a la definición o descripción del mismo
que se haga en estos listados o, en el caso de los aditivos, en el
reglamento específico de autorización:
Reglamento (UE) nº 68/2013 por el que establece el catálogoReglamento (UE) nº 68/2013 por el que establece el catálogo
comunitario de materias primas
El Registro comunitario de materias primas para la alimentación
animal (www.feedmaterialsregister.eu) al que hace referencia el
artículo 24.6 del Reglamento (CE) nº 767/2009 sobre etiquetado y
comercialización de piensos
El registro comunitario de aditivos para alimentación animal
gestionado por la Comisión Europea al que hace referencia el
artículo 17 del Reglamento (CE) nº 1831.
35. Se etiquetarán, transportarán, comercializarán y utilizarán de
acuerdo a la legislación sobre alimentación animal y se mantendrán
debidamente identificados y separados de otros productos o
residuos que no se destinen a consumo humano o alimentación
animal (Anexo II, punto 8 de la sección producción del Reglamento
).(CE) nº 183/2005).
La clasificación de cualquiera de los residuos de producción
incluido en los listados anteriores como un residuo o producto de
uso técnico (no destinado a alimentación animal) es irreversible
(Anexo II, Sección Producción, punto 8 del Reglamento (CE) nº
183/2005 de higiene de los piensos)
37. Total establecimientos incluidos en el Registro general SILUMTotal establecimientos incluidos en el Registro general SILUM
1200
1400
1600
1800
2000
Total 2011: 7.609; Total 2015: 15.346
0
200
400
600
800
1000
A
N
D
A
R
A
A
ST
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L
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A
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LR
J
M
A
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M
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A
V
PV
V
A
L
may-11 may-15
38.
39. Establecimientos fabricantes (Códigos A, B y CEstablecimientos fabricantes (Códigos A, B y C
registrados y autorizados)registrados y autorizados)
200
250
0
50
100
150
A
N
D
A
R
A
A
ST
BA
L
C
A
N
C
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C
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V
PV
V
A
L
may-11 may-15
Total 2011: 1.251; Total 2013: 1.511
42. Explotaciones ganaderas que fabrican pienso compuesto para susExplotaciones ganaderas que fabrican pienso compuesto para sus
animales con aditivos yanimales con aditivos y premezclaspremezclas (Anejo II Reglamento 183/2005)(Anejo II Reglamento 183/2005)
150
200
250
0
50
100
A
N
D
AR
A
A
ST
BA
L
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A
N
C
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N
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C
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A
L
LR
J
M
A
D
M
U
R
N
A
V
PV
V
A
L
may-11 may-13
44. Ley 22/2011 / condiciones par que una sustancia puedaLey 22/2011 / condiciones par que una sustancia pueda
considerarse subproducto y no residuo.considerarse subproducto y no residuo.
Que se tenga la seguridad de que la sustancia u objeto va a ser
utilizado ulteriormente.
Que se pueda utilizar directamente sin tener que someterse a una
transformación ulterior distinta a la practica industrial habitual
Que la sustancia se produzca como parte integrante de un proceso de
producción
Que el uso ulterior cumpla todos los requisitos pertinentes relativos aQue el uso ulterior cumpla todos los requisitos pertinentes relativos a
los productos así como a la protección de la salud humana y del
medio ambiente , sin que produzca impactos generales adversos para
la salud humana o el medio ambiente.
45. La alimentación animal es primer eslabón de la
seguridad alimentaria .
Responsabilidad de los operadores y las
administraciones de velar por el cumplimiento
de la legislación para asegurar la puesta en elde la legislación para asegurar la puesta en el
mercado de piensos seguros .
46. 1
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
Aplicaciones de los subproductos y
casos de éxito en la gestión de
subproductos.
Andrés Pascual Vidal
Jefe Dpto. Medio Ambiente, Bioenergía e Higiene Industrial
AINIA Centro Tecnológico
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria.
47. 2
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
> Indice:
1. Introducción. Los subproductos en las Industrias Alimentarias.
2. Prevención y gestión.
3. Principales aplicaciones y tendencias de futuro.
48. 3
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
1. Introducción. Los Subproductos en las
Industrias Alimentarias.
49. 4
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
•Heterogeneidad, según subsector, según producto,
debido al procesado de distintos productos a la vez, o
generados en distintas etapas del procesado.
•Poco evitables al ser parte de las materias primas.
•Estacionalidad, especialmente en industrias de
transformación de materias primas de origen vegetal.
•No peligrosos. Ausencia de sustancias tóxicas,
metales pesados, ..
1. Los subproductos en las IIAA.
Características (I).
50. 5
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
•Alto contenido en materia orgánica.
•Presencia de nutrientes (nitrógeno, fósforo,..), y
otros compuestos de valor en partes no comestibles.
•Alto contenido en humedad en los sólidos. También
muchas corrientes líquidas de alta carga orgánica.
•Putrescibles. Necesidad de estabilización o
conservación.
•Problemas de olores y lixiviados.
•Riesgos sanitarios. Asociados principalmente a
algunos de los subproductos de origen animal que
cuentan con una reglamentación específica (Normativa
SANDACH).
1. Los subproductos en las IIAA.
Características (y II)
51. 6
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
1. Los subproductos en las IIAA.
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Restos sb Total Materias Primas Vegetales (%)
Restos:
Pieles
Pepitas
Huesos
Peciolos
Tallos
Puntas
Corazones
Hojas
Raíces
Destríos
52. 7
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
1. Los subproductos en las IIAA.
Transformación HORTALIZAS.
500.397 T/año
TOP (miles T/año):
Badajoz (106)
Almería (79)
Murcia (51)
Tomate (303)
Pimiento (58)
Alcachofa (45)
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Toneladas (materia fresca) / año
53. 8
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
1. Los subproductos en las IIAA.
Transformación CITRICOS.
489.451 T/año
TOP (miles T/año):
Valencia (140)
Alicante (73)
Murcia (65)
Naranja (314)
Mandarina (101)
Otros cítricos (74)
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Toneladas (materia fresca) / año
54. 9
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
1. Los subproductos en las IIAA.
Transformáción FRUTALES NO CITRICOS.
121.347 T/año
TOP (miles T/año):
Lleida (34)
Murcia (21)
Huesca (12)
Melocoton (66)
Pera (25)
Manzana (17)
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Toneladas (materia fresca) / año
55. 10
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
1. Los subproductos en las IIAA.
Bagazo INDUSTRIAS CERVECERAS.
697.240 T/año
TOP (miles T/año):
Barcelona (102)
Valencia (100)
Guadalajara (97)
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Toneladas (materia fresca) / año
56. 11
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
1. Los subproductos en las IIAA.
Transformación ACEITE (Alpeorujo 2 FASES)
4.086.446 T/año
TOP (miles T/año):
Jaén (1.876)
Córdoba (854)
Sevilla (216)
Alpechín 3F (230)
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Toneladas (materia fresca) / año
57. 12
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
1. Los subproductos en las IIAA.
Industria VINO.
872.390 T/año
TOP (miles T/año):
Ciudad Real (157)
Toledo (117)
Badajoz (79)
Lías (291)
Orujos (582)
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Toneladas (materia fresca) / año
58. 13
Programa Taller FIAB.
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1. Los subproductos en las IIAA.
Industrias AZUCAR.
619.891 T/año
TOP (miles T/año):
Valladolid (173)
Cádiz (104)
Ciudad Real (77)
Pulpa (332)
Melaza (287)
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Toneladas (materia fresca) / año
59. 14
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1. Los subproductos en las IIAA.
LodosEDARIs de Industrias Transformados Vegetales
156.191 T/año
TOP (miles T/año):
Murcia (52)
Navarra (25)
Valencia (13)
Lodos de IIAA:
Conservas (106)
Zumos (48)
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Toneladas (materia fresca) / año
60. 15
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1. Los subproductos en las IIAA.
Resumen subproductos IIAA de origen VEGETAL:
872
697
620
500 490
156 121
15 10
-
200
400
600
800
1.000
1.200
1.400
Aceite
Vino
Cerveza
Azucar
Hortalizas
Cítricos
Lodos
Frutas
Sidra
Tubérculos
7.8 Mill. T/año
4.316
Fuente: PROBIOGAS 2009.
Toneladas (materia fresca) / año
62. 17
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Debido a:
-materias primas no conformes,
-problemas en el procesado o manipulación,
-problemas en el almacenamiento o conservación,
-defectos en el etiquetado,
-productos finales no comercializados o retornados.
Importancia de “indicadores” de eficiencia:
Ejemplos:
Tonelada de Producto / Tonelada de Materias Primas
Tonelada de Subproducto / Tonelada de Producto
…
2. Prevención y gestión.
Reducción de desperdicio/pérdidas/mermas en IIAA:
63. 18
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Motivaciones para la mejora:
-Reducción de costes.
-Alineamiento con políticas de reducción de las
pérdidas y el desperdicio alimentario.
-Cumplimiento de objetivos
medioambientales en materia de residuos.
-Desarrollo de Políticas de RSE.
-Marketing verde.
-Cumplimiento con las Mejores Técnicas
Disponibles (MTDs). Nuevo documento BREF FDM
en curso !!
2. Prevención y gestión.
Reducción de desperdicio/pérdidas/mermas en IIAA:
64. 19
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A través de:
-empresas que usan subproductos como materias
primas para sus procesos productivos,
-gestores autorizados,
-gestores autorizados para SANDACH.
2. Prevención y gestión.
Gestión de Subproductos:
“simbiosis industrial”:
65. 20
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3. Principales aplicaciones y tendencias
de futuro.
66. 21
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1. Alimentación y salud humana.
2. Aplicaciones específicas en distintos sectores.
3. Alimentación animal.
4. Fertilizantes y enmiendas.
5. Valorización energética: bioenergía y biocombustibles.
6. Modelos integrados: las biorrefinerías.
3. Principales aplicaciones.
Actuales y tendencias de futuro:
67. 22
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3.1. Alimentación y salud humana.
Extracción de compuestos con propiedades beneficiosas
empleados en alimentos funcionales.
3. Principales aplicaciones.
• Hollejo y raspón de las uvas : fibra
alimentaria (pectina, sobre todo en el hollejo)
y antioxidantes (polifenones, sobre todo en el
raspón).
• Piel y residuos de frutas (manzana y naranja,
Wang et al, 2014): pectinas (pera, Lira-Ortiz
et al, 2014): pectinas (naranja, Berna et al,
2005): aceite esencial (monoterpenops,
diterpenos, aldehídos, etc.),
Otros subproductos: fibras, celulosas,
carbohidratos, biopolímeros, etc.
68. 23
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3. Principales aplicaciones.
Manzana
Frutas del
bosque
Cítricos
Frutas
exóticas
Patata Tomate Aceituna
Otras frutas
y hortalizas
Misceláneo
Productos
cárnicos
Productos
lácteos
Ácido Láctico
Aditivos
Adsorbentes de metales pesados
Alimentos funcionales
Antimicrobianos
Antioxidantes
Azúcares
Captura de CO2
Caroteno
Carotenoides
Celulosa
Colágeno
Compuestos bioactivos
Cultivos starter
Enzimas
Fenoles
Fibra
Fitosanitarios
Flavonoides
Fosfatos
Fuente de Carbono (carbon source)
Gelatina
Caucho (rubber filler / natural rubber)
Herbicidas/Pesticidas
Ingredientes alimentarios
Lactulosa
Licopeno
Lípidos
Oligosacáridos
Pectina
Péptidos
Piensos
Polifenoles
Productos de limpieza
Proteínas
Sirope de azúcar
Current options for the valorization of food manufacturing waste: a review. Journal of Cleaner Production, 2014.
Nadia Mirabella*, Valentina Castellani, Serenella Sala. University of Milan.
3.1. Alimentación y salud humana.
3.2. Aplicaciones en distintos sectores.
Investigaciones (2010-2012): nuevos (bio)productos.
69. 24
Programa Taller FIAB.
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3.1. Alimentación y salud humana.
Aprovechamiento como medio de cultivo de bajo
coste en bioproducción de compuestos de interés.
3. Principales aplicaciones.
MATERIA
PRIMA
PROCESO FERMENTATIVO RENDIMIENTO
MEDIOS
SINTÉTICOS
Glucosa: 10-60 g de glucosa
F de N: aprox 25 g/L
Tiempo : 48-72 h
pH: 6
89-90% 0.74-0.9 g de láctico/ g
de glucosa
Lactobacillus casei,
Lactobacillus delbrueckii y
Lactobacillus salivarus.
MELAZAS
H de C: 51 % de azúcares
F de N: 69 g/L
Tiempo: 2 y 5 días
pH: 6
46-80-85%: L. delbrueckii
Utilizando pretratamientos
como ácido sulfúrico y calor
(60ºC): 96%: L. delbrueckii
ATCC 9649
HIDROLIZA
DOS
VEGETALES
H de C: 50 g/L glucosa (madera)
F de N: 15 y 60 g/L (licor de maíz)
Tiempo: 60 h
pH: 6
93 %: Enterococcus faecalis RKY1
SUERO DE
LECHE
H de C: 62 g/L lactosa
F de N: 9 g/L de proteínas
Tiempo: 2 y 5 días
pH: 6
50%: L. delbrueckii: 30 g/L de
Láctico, pH: 5.3
88.7% L. bulgaricus: 55 g/L
Ejemplo: ÁCIDO LÁCTICO
APLICACIONES:
ADITIVO EN
AGROALIMENTACIÓN
(refrescos, zumos de
frutas y cárnico-
curados)
SUSTRATO EN
REACCIONES DE
POLIMERIZACIÓN:
POLILACTATOS
(PLA). Films de
envases y fibras
biodegradables.
70. 25
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3.1. Alimentación y salud humana.
Aprovechamiento como medio de cultivo de bajo
coste en bioproducción de compuestos de interés.
3. Principales aplicaciones.
FP7 NMP.2011.2.3-1.
71. 26
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3. Principales aplicaciones.
3.3. Alimentación ANIMAL
Ingrediente en la formulación de piensos.
3-17%CoProductos y Otros
3-5%Aceites y Grasas
20-25%Oleaginosas
60-70%Cereales
Fuente: CESFAC, VI Foro Subproductos INIA, Madrid 2013
España produce 21 millones de toneladas.
Gran dependencia de proteína exterior.
72. 27
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3. Principales aplicaciones.
3.3. Alimentación ANIMAL.
Ingrediente en la formulación de piensos.
Principales requisitos de los subproductos a emplear:
•Elevado volúmen.
•Composición homogénea.
•Disponibilidad. Suministro estable.
•Presentación sólida y bajo % en humedad.
•Fácil conservación.
•Bajo precio.
•Cumplimiento reglamentación.
73. 28
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3. Principales aplicaciones.
3.4. Fertilizantes y enmiendas orgánicas.
Co-sustrato para la elaboración de compost.
RD 506/2013 Grupo 6. Enmiendas orgánicas.
6.02 Compost general con materiales biodegradables Anexo IV.
Compost de alperujo(6.09), estiércol (6.04), vegetal(6.03).
74. 29
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3. Principales aplicaciones.
3.5. Bioenergía y biocombustibles.
Biomasa sólida
Biocombustibles líquidos
Biogás.
Biomasa
RESIDUAL
BIOCOMBUSTIBLES
SÓLIDOS
BIOCOMBUSTIBLES
LÍQUIDOS
BIODIESEL BIOETANOL
BIOGAS
BIOMETANO
SYNGAS
Biomasa
RESIDUAL
BIOCOMBUSTIBLES
SÓLIDOS
BIOCOMBUSTIBLES
LÍQUIDOS
BIODIESEL BIOETANOL
BIOGAS
BIOMETANO
SYNGAS
Actividades
AGROALIMENTARIAS
75. 30
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3. Principales aplicaciones.
Biomasa sólida
BIOMASA RESIDUAL
SÓLIDA
RESIDUOS
AGRÍCOLAS
RESIDUOS
INDUSTRIALES
• Residuos de poda
cultivos leñosos.
• Residuos de cosecha
(paja, cascarillas,
rastrojos).
• Cáscaras frutos
secos.
• Orujos de
almazara.
TECNOLOGÍAS
• COMBUSTIÓN en
CALDERA.
APLICACIONES
• CALOR
• COMBUSTIÓN +
TURBINA VAPOR.
•Otras:
PIRÓLISIS.
CO-COMBUSTIÓN
Co-generación:
• ELECTRICIDAD
• CALOR
• GASIFICACIÓN.
Co-generación:
• ELECTRICIDAD
• CALOR
•Peletización
76. 31
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3. Principales aplicaciones.
Biocombustibles líquidos (biodiesel).
INDUSTRIA
ALIMENTARIA
• Aceites vegetales
usados “de fritura”.
• Grasas recicladas
de origen animal.
TECNOLOGÍAS
• TRANS-
ESTERIFICACIÓN.
APLICACIONES
• BIODIESEL:
biocarburante para
vehículos con
motores diesel.
BIOMASA RESIDUAL
BIOCOMBUSTIBLES
LÍQUIDOS
BIODIESEL
77. 32
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3. Principales aplicaciones.
Biocombustibles líquidos (bioetanol).
AGRÍCOLAS
INDUSTRIA
ALIMENTARIA
• LIGNOCELULOSA:
paja, cascarilla, etc.
• LIGNOCELULOSA:
Bagazo de cereal,
pulpa de fruta, etc.
TECNOLOGÍAS
• HIDRÓLISIS +
FERMENTACIÓN
ALCOHOLICA
AVANZADA.
APLICACIONES
• BIOETANOL de
2ªgeneración:
biocarburante para
vehículos gasolina.
.
BIOMASA RESIDUAL
BIOCOMBUSTIBLES
LÍQUIDOS
BIOETANOL
en desarrollo
78. 33
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3. Principales aplicaciones.
Biogás.
GRANJAS
Y COOPERATIVAS
INDUSTRIA
ALIMENTARIA
• Estiércol, purín
gallinaza, etc.
• Residuos agrícolas.
• SANDACH. C2, C3
• Residuos vegetales.
• Mixtos.
TECNOLOGÍAS
•CO- DIGESTIÓN
ANAEROBIA.
APLICACIONES
BIOMASA RESDIUAL
BIOGAS
• BIOMETANO:
biocarburante gas
para
•VEHÍCULOS GN o
•INYECCIÓN A RED
DE GAS NATURAL
OTROS
• Residuos
DISTRIBUCIÓN
alimentaria.
• Residuos orgánicos
HORECA.
• Depuración biogas
y concentración CH4
Co-generación o
Micro-cogeneración
con Biogás:
• ELECTRICIDAD
• CALOR
•Combustión en
CALDERA • CALOR
79. 34
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3. Principales aplicaciones.
Biogás para auto-consumo en IIAA.
IEE/13/477/SI2.675801
Sustainable small-scale
biogas production from agro-
food waste for energy self-
sufficiency
80. 35
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
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3. Principales aplicaciones.
3.6. Modelos integrados: las biorrefinerías.
www.biconsortium.eu
Oportunidades
de financiación
para proyectos
de I+D y
demostración
81. 36
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
3. Principales aplicaciones.
3.6. Modelos integrados: las biorrefinerías.
BioBased Products
Piensos
Fertilizantes/enmiendas
Biomateriales:
Bioplásticos
Biopolímeros
Composites
Biofibras
Caucho y espumas
Aglomerados, etc.
Productos Químicos
(biochemicals):
Hidratos de Carbono
Lignina
Lípidos
Proteínas
Metabolitos secundarios
Productos nutracéuticos
82. 37
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
3. Principales aplicaciones.
3.6. Modelos integrados: las biorrefinerías.
BioEnergía y
Biocombustibles
Calor / Frío
Electricidad
Biocombustibles:
Sólidos: pellets, ..
Gas:
biogas
biometano
biohidrógeno
Líquidos:
Biocarburantes
bioetanol
aceites vegetales
biodiesel
biobutanol
Jet-fuel
Etc.
83. 38
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
3. Principales aplicaciones.
3.6. Modelos integrados: las biorrefinerías.
El ejemplo de CLaMber en CastillaLaMancha.
AINIA está desarrollando
actualmente 3 proyectos
de I+D sobre:
-residuos vinícolas,
-residuos ganaderos y
-lodos de depuradora.
84. 39
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
3. Principales aplicaciones.
¿CUAL ES LAMEJOR APLICACIÓN PARA UN SUBPRODUCTO?
La que sea más sostenible técnica, medioambiental y
ECONOMICAMENTE.
85. 40
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
Hacia el concepto de “economía circular”:
ECONOMÍA CIRCULAR
86. 41www.ainia.es
Programa Taller FIAB.
Gestión de Subproductos en la Industria Alimentaria
Madrid, 12 Mayo 2015
Muchas gracias por su atención
Andrés Pascual Vidal
Email: apascual@ainia.es
Twitter: @andpasvid
88. SANDACH Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Los subproductos animales no destinados al consumo humano pueden generar riesgos para
la salud pública. Las crisis sufridas a raíz de la propagación de encefalopatías espongiformes
transmisibles, como la encefalopatía espongiforme bovina (EEB), han evidenciado las
consecuencias del uso indebido de algunos subproductos animales para la salud, la
seguridad de la cadena alimentaria humana y animal y la confianza de los consumidores.
Los subproductos animales se generan en gran medida durante el sacrificio de
animales para el consumo humano y la elaboración de productos de
origen animal.
Normas sanitarias en la Comunidad, dentro de un
marco COHERENTE Y GLOBAL, para la gestión de
SANDACH.
89. SANDACH Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Los subproductos animales derivados de animales considerados no
aptos para el consumo humano a raíz de una inspección sanitaria
no deben entrar en la cadena alimentaria animal, con carácter
general.
No obstante, dichos subproductos animales
pueden recuperarse y utilizarse para la
elaboración de productos técnicos
o industriales en condiciones
sanitarias especificadas.
90. SANDACH Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Aplicable a los subproductos cuando no se puedan
introducir en el mercado como alimentos porque no
son seguros debido a que son nocivos para la salud o
no son aptos para el consumo humano
(subproductos animales «por ley») (categoría I y II).
Productos de origen animal que cumplen
determinadas normas con vistas a su posible uso
para el consumo humano o que son materias primas
para la elaboración de productos destinados al
consumo humano, aunque luego se destinen a otros
usos (subproductos animales «por opción»)
(categoría III).
91. REGLAMENTO CE Nº 1069/2009
ARTÍCULO 2
ÁMBITO DE APLICACIÓN
a) Subproductos animales y los productos derivados
que estén excluidos del consumo humano de
conformidad con la legislación comunitaria.
b) Productos que por decisión, irreversible, de un
explotador se destinen a fines distintos del consumo
humano:
• productos de origen animal que pueden destinarse al
consumo humano con arreglo a la legislación
comunitaria.
• materias primas para la elaboración de productos de
origen animal.
93. PEQUEÑAS CANTIDADES
Establecimientos o plantas que manipulen pequeñas cantidades de
subproductos animales que no supongan un riesgo para la salud pública ni la
salud animal deben poder eliminarlos, bajo supervisión oficial, por medios
DISTINTOS de los establecidos en el Reglamento
Los criterios para estas circunstancias excepcionales deben establecerse a
nivel comunitario, con el fin de garantizar su aplicación uniforme por los
EEMM
95. Medidas transitorias–>–>Hasta el 31 de diciembre de 2012
Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real
Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se
establecen las normas aplicables a los subproductos
animales y los productos derivados no destinados al
consumo humano
Reglamento CE Nº 142/2011
Reglamento CE Nº 294/2013
Medidas transitorias–>–>Hasta el 31 de diciembre de 2014
96. Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real
Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se
establecen las normas aplicables a los subproductos
animales y los productos derivados no destinados al
consumo humano
CAPÍTULO IV
ELIMINACIÓN POR OTROS MEDIOS
No obstante lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (CE) n o
1069/2009, los Estados miembros podrán autorizar la recogida,
transporte y eliminación de materiales de la categoría 3
contemplados en el artículo 10, letra f), de dicho Reglamento por
otros medios distintos de la incineración o enterramiento in situ, a
condición de que:
97. Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real
Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se
establecen las normas aplicables a los subproductos
animales y los productos derivados no destinados al
consumo humano
CAPÍTULO IV
ELIMINACIÓN POR OTROS MEDIOS
a) los materiales procedentes de un establecimiento o planta no superen un
volumen de 20 kg por semana, independientemente de la especie de origen de
los materiales.
b) los materiales se recojan, transporten y eliminen por medios que eviten la
transmisión de riesgos inaceptables para la salud pública y la salud animal.
c) la autoridad competente realice controles periódicos, incluidos controles de
los registros llevados por los explotadores en los establecimientos o plantas
en los que se recogen los materiales, a fin de garantizar el cumplimiento de las
disposiciones de la presente sección.
98. Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el Real Decreto
1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas
aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no
destinados al consumo humano
Podrán acogerse a esta posibilidad los establecimientos o plantas que no
generen más de 20 Kg semanales de los subproductos mencionados,
independientemente de la especie de origen.
La recogida, transporte y eliminación de los materiales anteriores se
realizará conforme a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados.
Los operadores de estos establecimientos deberán tener una
documentación actualizada que justifique la entrega de estos
subproductos a la empresa autorizada para la gestión de residuos y llevar
un registro semanal de salidas de los subproductos mencionados en el
artículo 10 f) del Reglamento 1069/2009
104. Utilización de SANDACH ENUtilización de SANDACH ENUtilización de SANDACH ENUtilización de SANDACH EN
ALIMENTACIÓN ANIMALALIMENTACIÓN ANIMAL
Taller FIAB “Gestión de Subproductos en la
Industria Alimentaria”
12 de mayo de 2015
F. Javier Piquer
S G de Medios de Producción GanaderosS. G. de Medios de Producción Ganaderos
106. Importancia desde el punto de vista nutricionalImportancia desde el punto de vista nutricional
Energía
Proteína de alta calidad
Composición en aminoácidosComposición en aminoácidos
Digestibilidad
Minerales (Fósforo)
Importancia económica
107. Normativa de aplicación SANDACH
Categorización correcta (C3)
Normativa de aplicación. SANDACH
Categorización correcta (C3)
R i it d t f ióRequisitos de transformación
Condiciones establecidas en el Anexo X del
Reglamento (UE) nº 142/2011Reglamento (UE) nº 142/2011
Autorización de plantas cuando sea aplicableAutorización de plantas, cuando sea aplicable
Documentos comerciales/certificadosDocumentos comerciales/certificados
sanitarios
108. Normativa de alimentación animal
Registro o autorización de establecimientos
Normativa de alimentación animal
Inclusión de las materias primas en el catálogop g
comunitario o en el registro de materias primas
Requisitos de etiquetado y comercialización
Adicionales a los establecidos en normativa
SANDACH o de “Feed ban”
Normativa sobre límites máximos de sustancias
indeseables
110. Resumen
Los SANDACH son materias primas de gran
Resumen
interés para la alimentación animal
Valor nutricional
Disminución del desperdicio de alimentos
Requisitos
Higiene
Trazabilidad
Seguridad alimentaria
112. La visión de la distribución:
la necesidad de valorizar
los subproductos
María Martínez-Herrera @asedas_org
ASEDAS
Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados
Madrid- 12/5/15
113. Índice
• ASEDAS
• Subproductos generados en
nuestros establecimientos
• Reflexiones de ASEDAS
ASEDAS
Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados
115. Características de las empresas de ASEDAS
260.000 trabajador@s
10 millones de m2
50.000 millones
de € en ventas
18.000 tiendas
75% de empleo femenino
116. Rasgos de la distribución alimentaria en España
• Más diversidad de empresas y
formatos que en otros estados
europeos
• Menor concentración y mayor
número de operadores.
• Peso de cadenas regionales
• Importantes diferencias entre zonas
• Peso del comercio tradicional en
frescos
• Competitividad en precio
117. Cuota de mercado de los canales de compra
9,4%
14,4%
5,8%
18,0%
38,0%
3,3%
15,2%
7,8%
20,7%
43,2%
31,6%
51,7%
14,2%
8,3%
18,5%
TOTAL ALIMENTACIÓN ALIMENTACIÓN FRESCA RESTO ALIMENTACIÓN
Resto de canales Comercio especializado Establecimientos descuento
Supermercados y Autoservicios Hipermercados
Fuente: MAGRAMA, 2014
118. La gestión de los
subproductos en los
supermercados
ASEDAS
Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados
120. ¿Qué subproductos de (Sandach) generamos?
Productos de Categoría 3:
Reglamento 1069/2009
Art.10:
f)los productos de origen animal o los productos
alimenticios que contengan productos de origen
animal que ya no estén destinados al consumo
humano por motivos comerciales, problemas de
fabricación, defectos de envasado u otros defectos
que no conlleven ningún riesgo para la salud pública
o la salud animal
121. ¿Qué subproductos de (Sandach) generamos?
Productos de Categoría 3:
• Restos de pescadería, restos de carnicería, huevos y,
• Charcutería, lácteos, conservas de carne/pescado,
pizzas, todos aquellos productos que contengan
mantequilla (galletas, bizcochos…)
• GRAN PARTE DEL SURTIDO DE
ALIMENTACIÓN QUE VENDEMOS.
122. ¿Qué HEMOS conseguido en éstos últimos años?
En el caso de los supermercados con unos 8.000 referencias
cómo máximo:
En el caso de “antiguos alimentos”: gestión como RSU en
caso de rotura (recogida municipal o gestor privado de
RSU).
Excepción del Real Decreto Sandach y último Reglamento
2015/9 de la Comisión
Devolución a plataforma por “logística inversa”
123. ¿y el resto de Subproducto?
Resto de pescaderías y carnicerías: GESTOR
AUTORIZADO.
Y la contratación de un gestor autorizado
supone UN COSTE para todos las empresas de
supermercados.
124. ¿Cuál es nuestra característica principal?
Muchos puntos de recogida
Frecuencias elevadas
Subproducto mezclado/de diferente especies
(pescado, aves, antiguo alimento, huevo).
125. ¿Qué NECESITAMOS para que el COSTE SEA
MENOR?
Políticas y prácticas de gestión que mejoran la
competitividad de una empresa mientras
ayudan a mejorar las condiciones económicas,
sociales y ambientales allá donde opera:
VALORIZACIÓN DE LOS SUBPRODUCTOS
y FLEXIBILIZACIÓN DE LAS NORMAS.
126. Reflexiones de cara al debate de la mesa redonda
La mayor parte de las decisiones sobre el sector
agroalimentario se toman en Bruselas. También las
decisiones de seguridad alimentaria/sanidad y
medioambientales. ¿Lo estamos trabajando bien?
Más interlocución entre las diferentes
Administraciones Competentes.
Creación de una verdadera cadena sostenible de
subproductos. Para determinadas especies seguimos
hablando de…
127. Muchas gracias por su
atención
ASEDAS
Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados
129. Base legal: Real Decreto 1528/2012 (Art. 18): métodos alternativos
de transmisión de la información (sistema informático)
En vigor desde 1 de Octubre de 2014
Ámbito de aplicación:
Mataderos – Salas Despiece – Transporte – Plantas transformación
Inoperatividad del sistema para las Salas de Despiece
problemas administrativos aún sin resolver…
Posible futura extensión a otros eslabones de la Cadena SANDACH
130. Control integral de la cadena - Mejora de la trazabilidad
Solo establecimientos inscritos en Registro
Delimitación responsabilidad operadores
Gestión telemática del movimiento de SANDACH
Matadero Transporte Planta de destinoMatadero Transporte Planta de destino
Sala Despiece
Simplificación carga administrativa operadores
Volcado automático de la información del operador
Emisión on line del Documento Comercial
131.
132.
133. Nº DE ESTABLECIMIENTOS CÁRNICOS ACTIVOS
◦ 580 MATADEROS (60% de los registrados en REGA)
◦ 77% emitiendo regularmente Documentos Comerciales
ESTIMACIÓN VOLUMEN SANDACH GESTIONADO
◦ 2.251.306.028 Kg
◦ 4.363.473 litros
◦ 131.869 metros cúbicos
134. Hasta llegar a este sistema de gestión SANDACH que hoy es valorado
positivamente por el sector, la Industria Cárnica viene arrastrando desde
hace años un coste económico y logístico muy importante que demanda
seguir avanzando sobre dos principios estratégicos para el Sector:
◦ Sostenibilidad económica en la gestión de los SANDACH, que haga
viable su gestión e incentive a las empresas a alcanzar el mayor gradoviable su gestión e incentive a las empresas a alcanzar el mayor grado
de valorización posible;
◦ Mantenimiento de la Orden APA/1556/2002, doblemente orientada a
mejorar el control de destino de los subproductos y a un reparto más
equilibrado de los elevados costes de gestión de los SANDACH;
136. Confederación Española de Fabricantes
de Alimentos Compuestos para Animales
Jorge de Saja. Director de CESFAC
Madrid, 12 de Mayo de 2015
GESTIÓN DE SUBPRODUCTOS EN
LA INDUSTRIA ALIMENTARIA
VISIÓN CESFAC
137. Normativa SANDACH
IMPLICA DIRECTAMENTE A LAS INDUSTRIAS
ALIMENTARIAS
En las etapas de: generación, transporte,
manipulación, procesamiento, almacenamiento,
introducción en el mercado, distribución uso o
eliminación de SANDACH.
Además, sólo se deben destinar a alimentación
animal aquellas que se encuentran categorizadas
como C3
138. Normativa SANDACH
DIFICULTADES
NORMATIVA COMPLEJA:
REGLAMENTO Nº 169/2009, SANDACH
REGLAMENTO Nº 142/2011, Condiciones de transformación
REGLAMENTO Nº 999/2001, EEB
REGLAMENTO Nº 183/2005, REGLAMENTO DE HIGIENE
REGLAMENTO Nº 68/2013, Catálogo De Materias Primas
DIFICULTADES DEBIDO A LA GRAN DIVERSIDAD DE
MATERIAS PRIMAS EXISTENTES QUE SE CATALOGAN
COMO SANDACH (QUÉ MATERIAS PRIMAS SE PUEDEN
UTILIZAR Y PARA QUÉ ESPECIES)
139. REPERCUSIONES PARA LAS EMPRESAS DE
PIENSOS
Conocer exactamente los
productos que se reciben para
destinarlos al uso adecuado.
Asegurar que las industrias
cumplen con las normativas
vigentes.
Cerciorarse que las materias
primas están en el catálogo.
Garantizar la trazabilidad de los
productos.
Hacer hincapié en los Sistemas
APPCC
140. MODIFICA LA
FILOSOFÍA DEL
SECTOR DE LA
ALIMENTACIÓN
ANIMAL
Reglamento SANDACH
ligado con el Reglamento
de HIGIENE
REGLAMENTO (CE) Nº
183/2005 DEL
PARLAMENTO EUROPEO Y
DEL CONSEJO, de 12 de
enero de 2005, por el que
se fijan los requisitos en
materia de higiene de los
piensos.
141. Objetivos
Responsabilidad de las empresas en la seguridad
Garantizar la seguridad a lo largo de toda la cadena
alimentaria
Refuerzo de la responsabilidad. APPCC, códigos
Definir criterios microbiológicos basados en criterios de
riesgo con base científica
Nivel mínimo equivalente de exigencias para importaciones
Asegurar un elevado nivel de
protección de los consumidores en lo
que respecta a la seguridad de los
alimentos y los piensos teniendo en
cuenta los siguientes principios:
142. Normas generales en materia de
higiene de piensos
Condiciones y mecanismos que
garanticen la trazabilidad de los
piensos
Condiciones y mecanismos para
el registro y la aprobación de
establecimientos del sector de la
alimentación
Artículo 5: Obligaciones
específicas
6. Los explotadores de
empresas de piensos y
agricultores deberán obtener
y utilizar únicamente los
piensos procedentes de los
establecimientos registrados
y/o autorizados con arreglo
al presente Reglamento.
Objetivos
143. Ámbito de aplicación
Empresas de
piensos en todas
las etapas
Alimentación de animales
destinados a la producción de
alimentos
Importación/Exportaciones de
piensos
Excepciones
La alimentación de animales
para consumo propio
La alimentación de animales
no destinados a consumo
humano
Suministro a nivel local de
pequeñas cantidades
Pienso: ”Cualquier
sustancia o producto,
incluidos los aditivos,
destinado a la
alimentación animal por
vía oral de los animales,
tanto si ha sido
transformado entera o
parcialmente como si
no.”
144. Notificar todos los
establecimientos bajo su
control que intervengan en
cualquiera de las etapas
de producción,
transformación,
almacenamiento,
transporte o distribución.
REGISTRO
Cumplimiento de legislación:
Criterios microbiológicos
específicos
Adaptar los procedimientos
y las medidas que sean
necesarias para alcanzar los
objetivos
Obligaciones de las empresas SANDACH
145. Las empresas a lo
largo de toda la
cadena deberán
aplicar la legislación
correspondiente,
aplicar las buenas
prácticas y en
particular garantizar
los requisitos del
Reglamento de higiene
de piensos.
Además todas las empresas que
intervienen en la alimentación animal
deben cumplir …