Escritos administrativos, Escritos procesales, Léxico jurídico

Subsidiariamente…


Aclaro en primer lugar que no me refiero aquí a la institución jurídica de la responsabilidad subsidiaria, sino a la subsidiariedad como una determinada (y habitual) forma de plantear las peticiones que hacemos en demandas o recursos. Este «subsidiariamente» del título, en la segunda acepción del DRAE, significa, en Derecho, «de un modo subsidiario». Añade luego el DRAE que, en Derecho, «subsidiario«, referido a una acción (o también a una responsabilidad, aunque aquí, como ya dije no trataremos ese tema) se usa para calificar a la «que suple a otra principal». Plantear una petición susbisdiariamente consiste en pedir algo como principal y al mismo tiempo otra cosa diferente, que incluso pueda parecer contraria o contradictoria, para el caso de que no se estimara la petición principal.

Y aclaro también, en segundo lugar, que aquí no se trata de aplicar aquel viejo brocardo de que «quien pide lo más pide lo menos»: si solicito una indemnización de 300.000 euros, se sobreentiende que también estoy pidiendo una de 200.000 o de 50.000. Pero eso no es subsidiariedad. Este «subsidiariamente» de aquí es algo diferente, que exige, en términos lógicos una petición nítidamente diferenciada.

Pondré algunos ejemplos de peticiones subsidiarias frecuentes en la práctica cotidiana (yo las suelo usar en acciones de defensa frente a una acusación o una sanción):

  • Pedir la revocación de una sanción administrativa, y, subsidiariamente, que se imponga una sanción menor.
  • Solicitar la declaración de nulidad de un despido, y, subsidiariamente, su declaración como improcedente.
  • Solicitar la absolución de un acusado y, subsidiariamente, la aplicación de una determinada atenuante.

Qué difícil resulta que esto lo entiendan los clientes. Y también los estudiantes del Grado. La pregunta más frecuente que hacen es: pero, ¿no estoy reconociendo así que no llevo razón?

Pues no, no es así. Lo que estás haciendo es ejercer, de la manera más amplia posible, agotando todas las eventualidades, el derecho a la defensa. Si estará esto ya completamente asumido en el mundo del Derecho, que la propia LEC lo prevé. Y ordena cómo tiene que hacerse  en las demandas (art. 399.5): «las peticiones formuladas subsidiariamente, para el caso de que las principales fuesen desestimadas, se harán constar por su orden y separadamente». Nótese que incluso está previsto que pueda haber varias peticiones subsidiarias.

Pero, por si acaso, también conviene aclarárselo al funcionario, o incluso al Juez. No hace mucho, algún funcionario de la Administración me contestó en un recurso que plantear una petición subsidiaria de aplicación de una sanción inferior venía a ser una «excusatio non petita, accusatio manifesta» (en fín, sobran los comentarios). Esto es un ejemplo de párrafo introductorio que yo todavía suelo insertar, en algún escrito mio, previamente a exponer un motivo o alegación subsidiaria :

«Las restantes alegaciones [o motivos, en su caso] se formulan únicamente de manera subsidiaria, y tan sólo para el hipotético caso de que no sean atendidas las  alegaciones [o motivos] expuestas anteriormente «.

Porque, no olvidemos, toda petición que hagamos debe estar previamente fundamentada. Por lo tanto, lo primero que tenemos que incluir en nuestro escrito es el motivo (fundamento o alegación) subsidiario, el cual sirve de basamento a la posterior petición subsidiaria.

Finalmente, aquí tenemos un ejemplo de formulación de petición subisidaria, en un recurso administrativo contra una sanción:

«SOLICITO que dicte resolución anulando la recurrida, en la que acuerde:

  1.    No haber lugar a la imposición de sanción alguna.
  2.    Subsidiariamente, rebajar la cuantía de la multa impuesta».

Hacer peticiones subsidiarias, o no hacerlas, es un asunto de estrategia procesal, a dilucidar en cada caso. Pero si decides hacerlas, debe quedar perfectamente claro tanto su carácter como su contenido. Y eso sí es ya una cuestión de estilo.

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4 comentarios en “Subsidiariamente…

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  2. Lana Akina dijo:

    Hola. Esto me ha ayudado muchísimo a comprender un término que parecía complejo para mi, ya que pensaba que la subsidiaria anulaba la principal, pero no, resulta ser que es como una alternativa. Gracias por publicarlo aquí explicado de una manera tan fácil. Saludos.

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