¿Qué es la Libertad de Expresión?

La libertad de expresión es un principio que apoya la libertad de un individuo o una comunidad de articular sus opiniones e ideas sin temor a represalias, censura o sanción posterior.

La libertad de expresión es reconocido como un derecho humano de lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 19, y se encuentra esbozado en el derecho internacional de los derechos humanos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que «todos tendrán derecho a opinar sin interferencia» y «todos tendrán derecho a la libertad de expresión, este derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo, independientemente de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impreso, en forma de arte, o por cualquier otro medio de su elección”. La versión del Artículo 19 lo enmienda más adelante al afirmar que el ejercicio de estos derechos conlleva «deberes y responsabilidades especiales» y «por lo tanto, estar sujeto a ciertas restricciones» cuando sea necesario «para respetar los derechos o la reputación de otros» o «para la protección de la seguridad nacional o del orden público (orden público), o de la salud o la moral públicas.

Nuestra Carta Magna, consagra en su artículo 49  que se reconoce como finalidad principal del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona humana y el mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos. 

Para garantizar estos fines, dicho artículo establece lo siguiente en su artículo 49: » toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa. Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley; todos los medios de información tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público, de conformidad con la ley; el secreto profesional y la cláusula de conciencia del periodista están protegidos por la Constitución y la ley; toda persona tiene derecho a la réplica y rectificación cuando se sienta lesionada por informaciones difundidas. Este derecho se ejercerá de conformidad con la ley; la ley garantiza el acceso equitativo y plural de todos los sectores sociales y políticos a los medios de comunicación propiedad del Estado.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de Derechos Humanos. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de  asesoría jurídico-legal exacta y oportuna. Para evaluar tu caso llámanos al 829 256 6865 o escríbenos a info@fc-abogados.com, También si deseas puedes chatear con nosotros aquí.

 

SOLICITA LA EVALUACIÓN DE TU CASO



    Quienes Nos Avalan


    Lic. Carlos Felipe CEO


    Siguenos en instagram @cfelipelawfirm