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Published on Dec 14,2023
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P:01

SANTORAL

santa maría de la rosa Santa Cruz de la Sierra Viernes 15 de diciembre de 2023 Nº 11.004 páginas 36 Precio en todo el país Bs 5,00

penalizarÁn

los bloqueos

Los cambios en Argentina van

siendo más palpables con el

paso de los días, pues ahora el

nuevo Gobierno ha anunciado

que penalizará y usará la fuerza para levantar bloqueos y

movilizaciones. pÁg. 14

geomundo

hoy encienden la

plaza de la luz

Como cada año, la tan esperada Plaza de la Luz de CRE

será abierta al público, luego del encendido oficial. La

característica de este año es

que la alimentación de las

luces es con energía limpia.

comunidad

Bolivia ingresará hoy a la

producción de carbonato

de litio con su nueva planta

ECONOMÍA. Bolivia inaugurará hoy viernes su primera Planta Industrial de Carbonato de Litio con una producción inicial a grado técnico, para luego -en unos

meses-, llegar al grado batería, confirmó

el presidente Luis Arce. Se trata de la mayor apuesta y trabajo de la estatal Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB), luego

de una reingeniería total del proyecto

ante los problemas detectados y la constatación de un avance de menos del 25%

en 2020. Ubicada en el municipio potosino de Colcha K, al sur el Salar de Uyuni,

la construcción de la planta se inició en

2019. Demandó una inversión de más de

$us 94 millones.

PÁG. 7

Aguilera ve como acto de ‘cobardía’

la fallida intención de limitarle sus

atribuciones como vicegobernador

CONTROVERSIA. Visiblemente molesto, el vicegobernador de Santa Cruz, Mario Aguilera, advirtió como un acto de “cobardía” y

“falta de respeto” hacia su persona por la intención fallida de Creemos de buscar limitar sus funciones a través de un proyecto de

ley que no fue aprobado por la Asamblea Legislativa Departamental y que vulnera el Estatuto Autonómico. pÁg. 9

P:02

Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 2 EDITORIAL

opinión

El demorado discurso

del ministro Luis Caputo

empezó remarcando insistentemente el problema

del déficit fiscal. El Estado

gasta más de lo que ingresa, lo cual es cierto. Sin embargo, el problema no es

solamente ese. Si se tiene

un gasto público del 50%

del PBI con equilibrio fiscal, la contrapartida de ese

equilibrio fiscal es una fenomenal carga impositiva

que tiene que soportar el

sector privado.

Como decía mi amigo

Armando Ribas, abogado y

economista, prefiero un déficit fiscal de 2% del PBI con

un gasto del 15% del PBI

que equilibrio fiscal con

50% de gasto/PBI. En definitiva, el gasto no es otra

cosa que quitarles recursos

a unos sectores y dárselos

a otros. El punto es que a

partir de cierto nivel esa

reasignación de recursos

genera ineficiencia en la

economía.

Sumado a esto, la carga

tributaria espanta las inversiones y eso lleva a la

pobreza, indigencia y desocupación. ¿Qué anunció el

ministro respecto a la eliminación del déficit? Una

mezcla de baja de gastos y

aumento de impuestos.

La baja de gastos está

en no renovar los contratos

laborales con menos de un

año de vigencia, eliminar la

pauta publicitaria, la reducción de ministerios de 18 a

9, la reducción de las transferencias discrecionales

a las provincias, no hacer

nuevas obras públicas con

fondos del estado y recurrir

al sector privado para ello

y reducir subsidios al transporte y energía. Pero no sabemos si el monto total en

que reduce el gasto público

alcanza para eliminar el déficit fiscal.

Por el lado impositivo

anunció el aumento del Impuesto País para las importaciones y aplicar la misma

tasa de retenciones a todas

las exportaciones, equiparando las del agro con las

de la industria.

Este dato no es menor

porque muestra a un presidente Milei traicionando su

propio discurso cuando decía que antes de aumentar

un impuesto se cortaba una

mano. Dolarización, cierre

del BCRA y no aumento de

impuestos quedan guardados para otro momento.

Nada dijo el ministro de

Economía sobre la solución del gasto que genera

los pasivos remunerados

del BCRA. Tal vez eso le corresponda al presidente del

BCRA y se lo anticipe a los

banqueros antes de la reapertura de los mercados.

Obra pública

En lo que hace a la reducción del gasto público,

los más grueso está en suspender nuevas obras públicas y la eliminación de los

subsidios a la energía y el

transporte público. El resto

de las reducciones anunciadas están bien, pero claramente insuficientes para

obtener ahorros en forma

sustancial.

Tampoco se sabe cuál

va a ser el neto de baja del

gasto general y aumento en

planes sociales, en particular AUH y Tarjeta Alimentar.

Además de mantener planes como Potenciar Trabajo, aunque fijo en la pauta

presupuestaria de 2023,

que significará una notable

disminución en valores reales el año próximo.

La Argentina tiene que

ir a la cultura del trabajo y

terminar con la cultura de

la dádiva. No es manteniendo y aumentando gastos de

carácter populistas que se

va a una economía de mercado.

Finalmente, llevar el tipo

de cambio oficial a $800 es

un sinceramiento que luce

parcial y en cierta forma

arbitrario. ¿Quién dijo que

ese tipo de cambio es correcto?

En síntesis, mi impresión

es que se formularon anuncios de medidas heterodoxas, que no constituyen

un plan económico con bajas de gastos, aumentos de

impuestos, y tipo de cambio de libre flotación.

Habrá que ver si estos

anuncios logran generar

un shock de confianza o se

quedan a mitad de camino.

Pero da la impresión que

tienen sabor a poco.

Escándalo policial

EDITORIAL

El miércoles pasado un grupo de personas fue testigo

de un escándalo en instalaciones de la Fuerza Especial

de Lucha Contra el Crimen protagonizado nada más y

nada menos que por el comandante departamental de

la Policía, coronel Erick Holguín Doynel, quien se salió

de sus cabales y ante el reclamo realizado por el capitán

suspendido Edman Lara no encontró mejor respuesta

que agarrarlo del cuello e intentar arrestarlo.

Un día después, es decir ayer, el mencionado coronel

reconoció haber cometido un exceso y pidió disculpas

por el hecho, gesto que fue destacado por el presidente

del Estado Plurinacional, Luis Arce, quien sin embargo

calificó el hecho de un exabrupto por parte del coronel

en cuestión, como si la sola disculpa fuera suficiente para

que se olvide el mal comportamiento y la pésima reacción del comandante departamental de la Policía.

La acción del comandante departamental de la Policía no pasó para nada desapercibida y se escucharon

diversas voces pidiendo su destitución inmediata. Al parecer estos pedidos quedarán en eso, simples pedidos, ya

que el ministro de Gobierno dijo que no se le seguirá

ningún proceso, aunque, en un claro contrasentido, aseguró que será castigado con 48 horas de arresto en La

Paz. Por qué se dice que es un contrasentido, porque si el

hecho no amerita un proceso, por qué la sanción y en La

Paz, ¿acaso el hecho no se produjo en Santa Cruz?

Pese a lo manifestado por el ministro de Gobierno,

desde la Fiscalía se anunció que se abrió de oficio una

investigación en contra del coronel Holguín, a raíz de la

denuncia del capitán Lara, aunque también dijo que habían otras denuncias esta vez en contra de Lara.

A ver, como quiera que haya sido el hecho, el mismo

debería ser investigado y, en caso de comprobarse la denuncia, el coronel debe ser sancionado, porque no puede

reaccionar de esta manera. Si no se hace nada, se dará

el mensaje de que los policías pueden hacer lo que quieran, sin temor alguno a ser castigados. Mal mensaje a la

población.

Pese a considerarlo un exabrupto

lo hecho por el coronel Holguín en

contra del capitán Lara, el presidente

Arce destaca las disculpas y el

ministro dice que no lo procesará

TODOS SOMOS IGUALES

La Estrella del Oriente, el

primer periódico de Santa Cruz,

fundado en 1864, reconoce

como valores supremos la Libertad, Igualdad y Solidaridad,

como base de la Justicia y el

Desarrollo de los pueblos.

Su política editorial se

sustenta en la Libertad de

Expresión, consagrada en la

Declaración de los Derechos

del Hombre y del Ciudadano

(1789), la Declaración Universal de los Derechos Humanos

(1948) y la Constitución Política

del Estado (2009).

Repudia y condena todo acto

racista y/o discriminatorio y declara que todas las personas

son iguales, independiente de

su raza, color, religión, pensamiento político, etc. Esta igualdad es protegida por las leyes

terrenales y la justicia divina.

SERVICIOS

VIERNES

15 dic

MÍN. 24 °C

MÁX. 35 °C

VIENTOS

Noroeste

26 km/h

Santa Cruz de la Sierra

HOY

SÁBADO

16 dic

MÍN. 26 °C

MÁX. 36 °C

VIENTOS

Noroeste

26 km/h

MAÑANA

Anuncios con sabor a poco

UFV: 2,47257

Real: 1.39

Peso Arg.: 0.01

Euro: 753

Las cotizaciones están expresadas en Bolivianos.

Venta: 6.96

Compra: 6.86

DÓLARES

AMERICANOS

Roberto Cachanosky,

INFOBAE.COM

Periodistas

Seguridad

Carol Suárez

Comunidad

Antonella Justiniano

Deporte

Eduardo Yañez

corresponsal

en Argentina y Perú

Juan Cruz Castiñeiras

Oficina Central

Calle Cañada Strongest Nro. 46

Teléfono Piloto: 332-9011

e-mail: [email protected]

Sucursal 1

Calle Prolongación Beni, edificio

Casanova frente al Palacio de

Justicia

Camiri

Corresponsal: Magda Merubia

Nuñez

Barrio San José,

calle Parapetí esq. Chañar

Mairana - Samaipata

Av. Abaroa casi esq. calle Bolívar

Puerto Suárez - Quijarro

Arroyo Concepción

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Calle Santa Cruz

frente plaza San Francisco

Cel: 677-01727- 716-95030

Corumbá BR

Corresponsal: Andrés Menacho

Alameda proyectada

Nro 51 - Ref.: Feria Brasbol

Cel: 728-22297 - 679-6487014

(BR)

Trinidad

Corresponsal: Palermo Noza N.

Calle Tarope Final Nro. 602

Cel: 778-45717

Sucre

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Calle Abaroa Nro. 36 -

Cel: 728-67464

Cochabamba

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entre Ayacucho y Baptista

Cel: 764-20130

Tarija

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Lic. Ximena Suárez Melgar

Jefe de Redacción

Dr. Wilson Guzmán Osinaga

Gerente General

Dr. Pedro Alberto Subirana Gianella

P:03

Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 3 COMUNIDAD

El paseo navideño más

atractivo de Santa Cruz

de la Sierra se inaugura

hoy viernes 15 de diciembre

en la Plaza de la Luz, a cargo de la Cooperativa Rural

de Electrificación, CRE R.L. El

habitual regalo anual de la

distribuidora eléctrica para

la población cruceña tendrá este año tres importantes novedades. La primera

es que toda la iluminación

será alimentada por energía

limpia; la segunda, que la decoración tendrá motivos regionales y la tercera, que en

el día inaugural se dictarán

talleres de elaboración de

adornos navideños de manera gratuita.

Una veintena de paneles solares fotovoltaicos se

instalarán sobre el edificio

central de CRE y sobre el pesebre que recreará el nacimiento del Niño Jesús para

alimentar la iluminación

del paseo navideño. De esta

manera, la distribuidora

eléctrica cruceña se adhiere a la incorporación de la

Generación Distribuida en

Bolivia, GD. La GD es la producción de electricidad a

través de pequeñas fuentes

de generación, como los sistemas solares fotovoltaicos

que se instalan cerca de los

puntos de consumo. Además, de esta forma, no se

emiten gases de efecto intradición. El paseo de las luces es uno de los más esperados por la población cruceña, pues visitarlo ya es tradición.

El tradicional pasaje urbano encenderá sus luces este viernes 15 hasta el sábado 6 de enero de 2024. Como cada año, miles de luces y adornos

navideños están a la espera de las familias cruceñas para que disfruten en familia y se tomen fotos en el lugar.

La Plaza de la Luz de CRE está

iluminada con energía limpia

Hoy se inaugura oficialmente

vernadero, se elimina el uso

de combustibles fósiles y se

contribuye al cuidado del

medio ambiente y al ahorro

económico.

Otra importante novedad es que la decoración

contendrá elementos cruceños como los sombreros

de saó que se instalaron en

septiembre en el túnel del

paseo. Los asistentes podrán tomarse fotografías en

el embellecido pasillo para

inmortalizar la celebración

navideña.

Asimismo, el día de la

apertura se realizará la Feria

Navideña Manos Capacitadas

por CRE R.L. en donde los visitantes podrán elaborar sus

propios adornos navideños y

llevárselos gratis a su casa.

Ya que 20 profesoras del programa de responsabilidad

social cooperativo Apoyo a

la familia de CRE R.L. llevarán 250 modelos de trabajos,

para que las asistentes elijan

cuál aprender a realizar y las

facilitadoras les ensañarán a

elaborar, con el fin de incentivar el ahorro económico y

la utilización de elementos

reciclados en Navidad. La

jornada de capacitación se

desarrollará desde las 18:00

a 21:00.

La Plaza de la Luz es un

espacio privado de CRE y

está ubicada en la Av. Busch,

entre las calles Honduras y

Perú. Sus puertas se abrirán

hasta el 6 de enero de 2024

para el deleite de la familia

cruceña.

En los predios no se permiten cobros ni vendedores

ambulantes por lo que los

visitantes pueden disfrutar

de un espacio festivo, cómodo y libre de cualquier

actividad comercial.

TEXTO: redaccion

LUCESITAS. Todas se alimentan de energía limpia con paneles solares.

Una veintena de

paneles solares

fotovoltaicos alimentarán

la iluminación del paseo

navideño

Comunicado

CRE

P:04

COMUNIDAD Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 4

La jornada de ayer, la Gobernación cruceña hizo entrega de

una moderna infraestructura

policial en la provincia Germán

Busch, específicamente en el

municipio de Puerto Suárez. Se

trata de un edificio que cuenta

con más de 30 oficinas en sus

dos módulos, que albergará a

instituciones como Felcc, Felcv,

Tránsito, Defensoría del Pueblo,

Interpol, Fiscalía y Diprove, entre otras.

“En nombre del gobernador

(Luis Fernando Camacho), estamos contentos de entregar esta

moderna EPI en el municipio

de Puerto Suárez”, destacó Luis

Fernando Suárez, secretario de

Seguridad Ciudadana, que señaló que esta obra beneficiará a

los municipios de Puerto Suárez,

Puerto Quijarro y El Carmen

Rivero Tórrez de la provincia

Germán Busch.

Por su parte, Rubén Méndez, director de Seguridad Ciudadana,

explicó que esta infraestructura

está sobre un terreno de 8.000

mt2 de los cuales hay construidos 2.500, cuenta con más de 30

oficinas, 4 carceletas, 2 cámaras

Gesell, cancha polifuncional y

otras dependencias para coadyuvar en la seguridad ciudadana.

A su vez, Alex Antelo, subgobernador de la provincia Germán

Busch, expresó su satisfacción

por haber cumplido con la entrega de esta obra. “Misión cumplida por mandato del gobernador,

al entregar hoy esta Estación

Policial al Comando de la Policía

Departamental”.

En el acto estuvieron presentes

autoridades provinciales, del

Ministerio Público y de la Policía

Departamental.

Está sobre un terreno de 8.000 mt2, de los cuales hay construidos 2.500.

en el municipio de Puerto Suárez

Gobernación entregó moderna

Estación Policial Integral (EPI)

gobernación. Entregó ayer una moderna Estación Policial Integral (EPI).

Por fin de año, la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco)

hace un llamado urgente a

la conciencia de las familias

bolivianas en esta temporada festiva, instándolas a no

comprar productos de contrabando y por el contrario,

optar por productos formales

y seguros, esto ante el persistente aumento del contrabando que amenaza no solo

la economía del país, sino

también la salud pública.

El asesor legal de la entidad empresarial, Eduardo

Herrera, destacó los esfuerzos continuos de la entidad,

desde el 2020 para combatir

el contrabando, incluyendo

la creación del Observatorio

Boliviano de Contrabando y

Comercio Ilícito, aunque reconoció que a pesar de estos

esfuerzos, la amenaza persiste y se intensifica, afectando

a diversos sectores de la economía.

Según Herrera, las pérdidas asociadas al contrabando

se tornan alarmantes y ejemplificó esta situación desglosando el golpe a diferentes

industrias: productos cárnicos ($us 35 millones), arroz

CAINCO. Hace un llamado urgente a la conciencia de las familias bolivianas en esta temporada de fin de año.

El asesor legal de la entidad empresarial, Eduardo Herrera, destacó los esfuerzos de la institución desde el 2020

para combatir el contrabando, incluyendo la creación del Observatorio Boliviano de Contrabando y Comercio Ilícito.

La Cainco pide no comprar

productos de contrabando

Por las fiestas de fin de año

($us 34 millones), harina de

trigo ($us 61 millones), azúcar ($us 70 millones) aceites

($us 36 millones), entre otros.

Más adelante enfatizó en

que los productos de contrabando carecen de registros

sanitarios y son propensos

a la falsificación, lo que los

convierte en una amenaza

silenciosa para la salud pública.

La Oficina de las Naciones

Unidas contra la Droga y el

Delito (Unodc) alertó sobre

los peligros asociados con

alimentos y medicamentos

fraudulentos, así como la presencia de electrodomésticos

potencialmente riesgosos.

Ante este escenario, Ian

Miranda, jefe de Investigación Sectorial de la Cainco,

llama a las familias bolivianas para que elijan productos

formales y seguros durante

estas fiestas. Recomiendan

verificar el registro de Senasag en alimentos y bebidas,

el de Agemed en medicamentos, además asegurarse

de obtener factura al comprar electrodomésticos.

“Es tarea de todos garantizar la salud y el bienestar de

nuestros seres queridos. En

estas fiestas, elige la seguridad y la tranquilidad. ¡Compra feliz con productos que

aseguren la salud y el bienestar de las familias bolivianas!”, expresó Miranda.

TEXTO:ANTONELLA JUSTINIANO

[email protected]

En un acto especial realizado en

instalación del CEA, autoridades

y asambleístas de la Gobernación entregaron ayer regalos

para niños y adolescentes, de

45 hogares, centros de acogidas y centros especiales de las

15 provincias del departamento

que benefició a 2.415 menores.

La directora de Coordinación

Social, María del Carmen Ribera, indicó que este acto de solidaridad nace gracias al pedido

del gobernador Luis Fernando

Camacho que siempre está pendiente de los niños, jóvenes y

adolescentes que más necesitan.

“Un año más estamos haciendo

la entrega de regalos a los hogares del departamento, esto

gracias al aporte solidario de

los funcionarios públicos de la

Gobernación, instituciones y

empresas que se han sumado a

esta campaña por Navidad”, indicó Ribera.

Resaltó que los regalos están

destinados a 45 hogares, centros de acogida y centros de

capacitación del departamento.

En total los beneficiados fueron

2.415 menores.

de hogares

Entregan

regalos a

2.415 niños

P:05

Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 5 COMUNIDAD

Más de 100 jóvenes voluntarios fueron reconocidos ayer,

debido a que, durante toda la

gestión 2023, brindaron apoyo

escolar y protección a más de

200 hijos de gremialistas de

distintos mercados del departamento de Santa Cruz, informó, Ana María Sánchez, responsable de Programas y Proyectos

del Servicio Departamental de

Políticas Sociales (Sedepos).

“Estos voluntarios son estudiantes universitarios de carreras como sicología, trabajo

social y carreras afines a esta

área, que hacen un sinfín de tareas con los niños, no solo en

el área pedagógica ayudando

en las tareas de colegio, sino

también en la prevención de la

violencia, prevención de discriminación con las personas con

discapacidad”, dijo Sánchez.

En el acto de reconocimiento

también participaron presidentes

de los mercados, representantes

de instituciones educativas y universidades, quienes agradecieron

a la Gobernación y al Sedepos por

abrir sus puertas a los jóvenes.

Los beneficiados fueron más de 200 hijos de gremiales, de distintos mercados del departamento.

BRINDARON PROTECCIÓN a niños de los mercados

Reconocen a más de 100 jóvenes

voluntarios en Santa Cruz

reconocimiento. Autoridades departamentales reconocen a más de 100 jóvenes.

En el municipio de Montero,

ayer dieron inicio al plan de

seguridad vial con el pintado

de la señalización horizontal

de la avenida Circunvalación

Este, informó Regys Medina,

alcalde del municipio.

“En la calzada se trazaron

las líneas discontinuas centrales, se pintaron los pasos

tipo cebra, los rompe-muelles y los cordones, lo que

permitirá brindar mayor seguridad vial para precautelar la integridad física de los

peatones y de los conductores”, manifestó el ejecutivo

municipal.

alcaldía.

Dio inicio con

el pintado de

señalización

en la av. Circunvalación.

en la Circunvalación Este

Se dio inicio al pintado de

señalización en Montero

En la calzada se trazaron las líneas discontinuas centrales y se pintaron los pasos tipo cebra.

Nuevamente los trabajadores del sector

salud de Santa Cruz

realizarán hoy un paro de

24 horas a nivel departamental, mismo que tiene

como objetivo rechazar

enérgicamente el anteproyecto de ley que propone la

jubilación obligatoria a los

65 años. Por su parte, los pacientes rechazan esta medida de presión, aseguran que

esperan por semanas las

fichas y el paro retrasa su

atención.

El secretario ejecutivo

de los Trabajadores en Salud, Robert Hurtado, señaló

que el rechazo unánime de

los trabajadores en salud se

centra en la consideración

de que la jubilación siempre

ha sido y debe seguir siendo

un derecho voluntario. Los

manifestantes exigen al Gobierno un trato equitativo,

similar al otorgado a los militares y mineros, quienes se

jubilan con el 100% de sus

salarios.

“Se confirma en los tres

TRABAJADORES. De salud confirmaron para hoy un paro movilizado de 24 horas a nivel departamental.

El secretario ejecutivo de los Trabajadores en Salud, Robert Hurtado, señaló que el rechazo unánime de los trabajadores de salud se centra en

la consideración de que la jubilación siempre ha sido y debe seguir siendo un derecho voluntario.

El sector salud para hoy

por 24 hrs en Santa Cruz

En rechazo a la jubilación a los 65 años

niveles un paro de 24 horas. Hoy estamos obligados todos los trabajadores.

No solamente deberían ser

los médicos y trabajadores

de salud, sino de todas las

clases asalariadas, todos

los trabajadores. Todos los

trabajadores debemos levantar la voz contra la imposición de la jubilación

obligatoria a los 65 años.

Nos dirigiremos a la Brigada Parlamentaria para

hacer escuchar nuestras

demandas y defender nuestros derechos. Más bien el

Estado debería mejorar la

salud en el país y no dando

más problemas”, dijo.

Además, subrayó la importancia de reconocer el

papel fundamental de los

trabajadores en salud de

Bolivia: “Nosotros, los trabajadores en salud, también somos parte de esta

Bolivia y merecemos los

mismos derechos que los

militares y mineros. Pasamos los 365 días del año

al lado de la población,

cuidando su salud. No podemos aceptar un trato injusto”.

PACIENTES RECHAZAN

EL PARO DE 24 HORAS

Por su parte los pacientes criticaron la medida de

presión y se mostraron preocupados por no acceder a

la atención médica, tomando en cuenta que se debe

aguardar por días.

“Para que te atienda un

médico hay que esperar

hasta diez días para una

programación. Ahora con el

paro es reprogramación y

esperar otros 10 a 15 días

para atención”, señaló un

paciente.

Otra persona relató que

las personas tienen que

madrugar y esperar por horas para conseguir una ficha para algún médico.

“El Gobierno tiene que

ponerse las pilas para mejorar el sistema de salud”,

opinó otro paciente.

TEXTO: antonella justiniano

[email protected]

P:06

NEGOCIOS Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 6

El Instituto Boliviano de

Metrología (Ibmetro) dio tres

principales recomendaciones al comprar juguetes, que

es uno de los productos más

demandados, principalmente,

por la fiesta de Navidad.

“Por la Navidad, uno de los

productos más consumidos,

más comprados, son los juguetes y queremos hacer algunas recomendaciones con

base en los estudios que hemos realizado”, dijo ayer jueves la directora de Ibmetro,

Mabel Delgado.

Las tres recomendaciones

que dio la ejecutiva son:

1. Que el juguete sea de

una “marca reconocida” y autorizada ya sea nacional o internacional.

2. Que el juguete sea de

acuerdo a la edad del niño o

niña.

3. Que no tenga desprendimientos de pintura o plásticos, ya que podrían ser nocivos para la salud del niño o

niña.

Respecto a esta tercera

recomendación, Delgado observó que hay juguetes, como

el caso de las muñecas, que

traen piezas pequeñas, como

collares, aretes, pulseras, las

cuales se pueden desprender

y el niño o niña podría ingerir.

“Algo importante también

es que no se desprendan piezas del juguete. Diámetros

mayores a tres centímetros o

de una longitud mayor a seis

centímetros son fácilmente

tragables por el infante, entonces podría haber algún peligro de asfixia”, advirtió.

Señaló que en “Bolivia no

hay una norma respecto a los

requisitos que se deben exigir

para adquirir juguetes” para

los niños; sin embargo, Ibmetro da esas recomendaciones

con base en “normas internacionales”.

“Nunca está por demás

esta recomendación para

que los padres tengan estas

precauciones al comprar los

juguetes, que son muy comercializados, hay mucha demanda, mucha compra, y hay que

tener cuidado y cuidar a nuestros niños”, dijo.

ibmetro

Hace recomendaciones para

comprar regalos en Navidad

Resultado de dos operativos de

control en la tranca de Achica

Arriba de El Alto, la Aduana Nacional comisó 447 televisores y

celulares de alta gama procedentes de China sin la Declaración Única de Importación

(DUI), informó la administradora

de Aduana Interior La Paz, Susana Ríos.

La mercancía, valorada en Bs

614.030, fue trasladada al recinto aduanero. Los operativos

fueron ejecutados por el Grupo

de Reacción Inmediata Aduanero (GRIA) entre el 8 y 11 de noviembre en las vías alternas a la

localidad de Achica Arriba.

En la primera intervención

se interceptó un camión con

132 televisores valorados en

Bs 285.600. Cuando se intentó interrogar al conductor y su

ayudante, ambos se dieron a la

fuga.

“Personas, supuestas dueñas de

la mercancía, trataron de impedir el comiso; sin embargo, el

GRIA eludió la emboscada, trasladando al camión y a los televisores hasta el recinto aduanero”,

relató Ríos.

Los equipos fueron valorados

en más de Bs 328.000. No contaban con los documentos que

acrediten su legal importación

a territorio nacional.

en el alto

Comisaron celulares y

televisores de contrabando

El presidente Luis Arce

afirmó que a octubre

de este año la deuda externa de Bolivia bajó

29% en relación al Producto

Interno Bruto (PIB), “empujando lo más difícil, el crecimiento económico”, por lo

que invitó a los opinadores

y analistas a verificar los datos que son públicos.

“Invitamos a todos esos

opinadores y analistas a

que verifiquen esos datos,

son públicos y aquí está

que de 33 (por ciento) hemos bajado a 29 por ciento

el endeudamiento y la idea

es continuar esta tendencia”, dijo ayer jueves en un

diálogo con periodistas, en

la Casa Grande del Pueblo.

El mandatario señaló

que cuando llegó al Gobierno, en noviembre de

2020, encontró un Estado

“altamente endeudado” y

curiosamente “no encontró

ningún titular de los mearce. Insistió en que la deuda externa fue disminuyendo, lo cual es “todo lo contrario de lo que se viene diciendo y lo que se

quiere posicionar en la cabeza de las bolivianas y los bolivianos”.

dios de comunicación” haciendo alusión al respecto.

Desde su gestión de Gobierno, el endeudamiento en relación al PIB “está

cayendo”; sin embargo, se

quiere “demostrar que estaríamos entrando a una

especie de crisis económica, generada desde la opinión pública, pero no generada desde la realidad

económica”.

“Esta es la evolución de

la relación deuda externa

con respecto al Producto Interno Bruto. Desde el

año 2011 que ha ido subiendo y miren cómo se

dispara.¿Qué año es este?,

2020.¿Alguien dijo algo

el 2020?, nadie dijo nada”,

cuestionó al mostrar un

cuadro estadístico.

La autoridad gubernamental insistió en que la

deuda externa fue disminuyendo, lo cual es “todo

lo contrario de lo que se

viene diciendo y lo que se

quiere posicionar en la cabeza de las bolivianas y los

bolivianos”.

“Aquí están los números,

aquí están los datos. (Este

indicador) nosotros lo hemos bajado fundamentalmente empujando lo más

difícil, el crecimiento económico”, afirmó el dignatario de Estado.

En octubre, el viceministro de Presupuesto y

Contabilidad Fiscal, Zenón

Mamani, informó que la

deuda externa es sostenible y a julio llegó al 29,8%

en relación al PIB, con lo

que descartó las versiones

de la oposición de que la

“economía está endeudada”.

“Estamos administrando una deuda sostenible,

porque estamos generando ingresos. Tenemos un

manejo responsable de las

finanzas públicas”, explicó

la autoridad ese entonces

y destacó que esta situación es resultado de los

positivos indicadores económicos.

Bolivia tiene una expansión de su PIB del 2,3% al

primer trimestre y una reducción del desempleo al

3,7% a junio, entre otros

indicadores positivos resultado del Modelo Económico Social Comunitario

Productivo (MESCP).

El mandatario señaló que cuando llegó al Gobierno, en noviembre de 2020, encontró un Estado “altamente endeudado” y curiosamente “no encontró ningún titular de

los medios de comunicación” haciendo alusión al respecto.

Arce afirma que el Gobierno

bajó la deuda externa a 29%

Para “empujar” el crecimiento

TEXTO: aut vendanitium

BUENOS INDICADORES

Bolivia tiene una expansión de su PIB

del 2,3% al primer trimestre y una reducción del desempleo al 3,7% a junio.

P:07

Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 7 NEGOCIOS

El presidente Luis Arce colocó

ayer jueves la piedra fundamental para la construcción de la

Planta Procesadora de Extracción de Aceite Vegetal y Aditivos

de Palma en San Borja, que producirá la materia prima destinada al biodiésel.

La nueva factoría será emplazada en una superficie de

10 hectáreas, en la comunidad

Villa Ingavi de San Borja, Beni.

Demandará una inversión de Bs

164,3 millones.

Procesará 132.000 toneladas año de palma aceitera, que

representa alrededor de 6.600

hectáreas de cultivo por año.

Producirá 26.400 toneladas

de aceite rojo crudo, que será

destinada a la elaboración de

diésel ecológico. Además, de

2.600 toneladas de aceite de

palmiste, que será usado como

insumo para la industria farmacéutica y cosmética.

También producirá 66.000 toneladas de bagazo para la producción de bioinsumos, fertilizantes y

la autogeneración de energía.

La planta tendrá tecnología de

punta y será amigable con el medio ambiente. Beneficiará a 1.785

productores agrícolas de la región

y generará 145 empleos directos y

725 empleos indirectos en su proceso de construcción.

La planta suministrará materia prima para la elaboración de

diésel ecológico, como parte de

la estrategia destinada a dejar de

importar el carburante.

en san borja

Inicia construcción de planta de biodiésel

arce. Informó que todos los proyectos entregados, ayer jueves, en San Borja

representan una inversión superior a los Bs 174 millones.

Bolivia inaugurará hoy

viernes su primera

Planta Industrial de

Carbonato de Litio con una

producción inicial a grado

técnico, para luego -en unos

meses-, llegar al grado batería, confirmó el presidente

Luis Arce.

Se trata de la mayor

apuesta y trabajo de la estatal Yacimientos de Litio

Bolivianos (YLB), luego de

una reingeniería total del

proyecto ante los problemas detectados y la constatación de un avance de menos del 25% en 2020.

“Mañana (hoy) vamos a

estar inaugurando la planta

de Llipi, ya es nuestra propia planta hecha con YLB.

YLB ya empieza a producir

litio, vamos a empezar, todavía, con la producción de

litio grado técnico y en un

par de meses vamos a estar produciendo litio grado

batería, eso es muy importante, ya vamos a poder exportar el litio grado batería”,

destacó en un encuentro

con periodistas en La Paz.

Ubicada en el municipio

potosino de Colcha K, al sur

el Salar de Uyuni, la construcción de la planta se inició en 2019. Demandó una

inversión de más de $us 94

millones.

El estado de situación

carbonato de litio. Este compuesto es crucial como materia prima para la

fabricación de baterías

La planta iniciará sus operaciones con un 20% de su capacidad, incrementándose

gradualmente hasta alcanzar el 100% en 2024. La capacidad máxima prevista es de

15.000 toneladas métricas (TM) de carbonato de litio por año.

Ingresa a la producción

del carbonato de litio

Bolivia inaugura su primera planta industrial

detectado en noviembre de

2020 obligó a una reevaluación completa del proceso

de reconstrucción y readaptación, lo cual implicó una

exhaustiva reingeniería.

Uno de los aspectos

cruciales que no se había

tenido en cuenta inicialmente fue la provisión de

materia prima para abastecer la planta industrial de

carbonato de litio, por lo

que obligó a realizar una

revisión integral, asegurando que todos los elementos

necesarios estuvieran debidamente considerados en

el rediseño del proyecto.

La planta iniciará sus

operaciones con un 20% de

su capacidad, incrementándose gradualmente hasta

alcanzar el 100% en 2024.

La capacidad máxima prevista es de 15.000 toneladas

métricas (TM) de carbonato

de litio por año.

Este compuesto es crucial como materia prima

para la fabricación de baterías, cuya demanda ha

experimentado un notable

aumento en el mercado internacional debido a la creciente producción de vehículos eléctricos.

Arce confesó que su interés es “apurar y acelerar”

el proceso de industrialización del lito, no obstante,

consideró que “debemos ir

con mucho cuidado porque

no podemos ir con pasos

en falso en esta industrialización, no queremos que

mañana haya problemas o

falsas expectativas”.

“Esta industria va a tener derivados, vamos a tener muchos subproductos

que queremos aprovecharlos también en Bolivia, y

ahí está esta suerte de 42

plantas que van a derivar

del litio y servir de insumos para la producción de

baterías de litio que podemos producir en nuestro

país”, indicó.

De hecho, el 10 de noviembre de este año, YLB

firmó un convenio con la

empresa Altmin, de la India,

para desarrollar tecnología

de materiales activos aplicados en la fabricación de

baterías de ion litio.

El convenio consiste en

la transferencia de conocimiento técnico científico para fabricar materiales

activos (cátodos y ánodos)

que se usan en baterías de

ion litio, a través de la imEsta industria va

a tener derivados,

vamos a tener

muchos subproductos

que queremos

aprovecharlos

Luis Arce,

presidente de Bolivia

TEXTO: redaccion

plementación de una Planta Piloto en la localidad de

La Palca, municipio de Yocalla, en Potosí.

La empresa india aplicará en Bolivia su tecnología

patentada “LFP-C” (Desarrollada junto al Centro Internacional de Investigación

Avanzada en Metalurgia y

Nuevos Materiales (ARCI)),

empleando carbonato de litio producido por YLB.

En la actualidad, YLB

cuenta con un complejo

tecnológico en La Palca,

destinado a las actividades

de investigación, desarrollo

y pilotaje de materiales y recursos evaporíticos. Allí, se

encuentran dos plantas piloto, una de baterías y otra

de materiales catódicos con

tecnología NMC (combina

cátodo de níquel, manganeso y cobalto).

El convenio permitirá

complementar los conocimientos de tecnologías de

valor agregado al litio y fortalecer las actividades de

capacitación del personal

boliviano técnico y científico,

además de preparar estudios

técnicos y económicos de

prefactibilidad para el escalamiento de la producción

hacia una planta industrial

de materiales activos.

El convenio tiene una

vigencia de dos años prorrogables, luego la planta

piloto instalada pasará a

propiedad de YLB a título

gratuito, la cual será utilizada para la investigación y

pilotaje de materiales activos para baterías.

P:08

POLÍTICA Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 8

El presidente Luis Arce

habló ayer jueves de

diversos temas con la

prensa, entre ellos sobre

el expresidente Evo Morales. No solo lo identificó

como al principal opositor

de su gobierno, sino que

también lo acusó de haber

roto un compromiso y de

no respetar a las organizaciones sociales.

En un encuentro en la

Casa Grande del Pueblo,

Arce explicó que existen

evidentes diferencias con

el expresidente, sin embargo, dejó establecido que,

“básicamente, la principal

diferencia es el que se respete a las organizaciones

sociales, esa es nuestra

principal diferencia”.

Desde diferentes sectores se denunció que

Morales dividió a los interculturales, campesinos,

indígenas y a otras organizaciones sociales, porque

no respondieron a sus intereses y porque son críticos a su lógica de seguir

buscando el poder.

El expresidente está enfrentado de hecho con el

Pacto de Unidad y la COB

por el congreso de Lauca

Ñ, que fue desconocido por

el Tribunal Supremo Electoral (TSE). El MAS de Morales recurrió a la Justicia,

que en un reciente fallo

dispuso que el ente electoral instruya la realización de un nuevo congreso,

esta vez, con participación

de los sectores sociales.

Arce también recordó

que Morales se había comprometido a no tocar el

tema de candidaturas hasarce. Explicó que según las encuestas, la percepción de la población es que Evo Morales es el principal opositor del gobierno.

ta el 2024, pero ya está en

una carrera electoral.

“Nosotros no estamos en

carrera electoral, lamentamos que haya incumplido

su palabra el compañero

Evo de no hablar esto (…)

ustedes han visto, el Gobierno nacional ni nadie

ha empezado a hablar de

candidaturas. Nosotros hemos cumplido con las organizaciones sociales, la

palabra empeñada con las

organizaciones sociales la

estamos cumpliendo y la

vamos a cumplir”, afirmó.

Justamente en el congreso de Lauca Ñ, convocado por Morales, el expresidente fue elegido como

candidato presidencial

único del MAS. En esa línea busca distanciarse del

Gobierno y los legisladores denominados “evistas”

obstruyen, junto a la oposición política, la aprobación de leyes que tienen

relación con créditos y temas estructurales como la

lucha contra la violación y

abuso sexual a menores.

“Hemos visto las encuestas y, claramente, el

compañero Evo Morales se

convirtió en nuestro principal opositor, así lo identifica la población, nosotros lamentamos que haya

pasado eso”, expresó en

alusión a la encuesta de

la empresa Diagnosis, en

la que se establece que el

MAS que responde a Morales es percibido “como el

principal opositor al Gobierno”.

Según ese estudio, los

“evistas” encabezan la nómina de los principales

opositores al Gobierno nacional con el 43%, seguido

del Comité Pro Santa Cruz

(19%), Creemos (9%), Comunidad Ciudadana (8%)

y medios de comunicación

(3%)

Arce insistió que se

debe respetar a las organizaciones sociales, porque

son la base del gobierno

y del denominado proceso

de cambio.

El Instrumento Político

no tiene dueños, y lamento, afirmó, se las excluya

“de la gestión de su propio instrumento político”,

en alusión al congreso de

Lauca Ñ.

“Es como que uno está

construyendo su propia

casa, con mucho esfuerzo,

pared por pared, poniendo

las puertas, las ventanas

de su casa y viene alguien

y lo saca de su casa y entra

a vivir, eso es lo que está

pasando. No es correcto

que no se respete a nuestras organizaciones sociales, los fundadores del

MAS-IPSP”, reclamó.

La dirección nacional

del MAS, liderada por Morales, llamó a ese encuentro

de Lauca Ñ sin el consenso de las organizaciones

sociales fundadores del

Instrumento Político: Confederación Sindical Única

de Trabajadores Campesinos de Bolivia (Csutcb);

Confederación Nacional

de Mujeres Campesinas

Indígenas Originarias de

Bolivia - Bartolina Sisa y la

Confederación Sindical de

Comunidades Interculturales de Bolivia (excolonizadores).

Desde diferentes sectores se denunció que Morales dividió a los interculturales, campesinos, indígenas y a otras

organizaciones sociales, porque no respondieron a sus intereses y porque son críticos a su lógica de seguir buscando el poder.

Arce ve a Morales como

el “principal opositor”

Lo acusa de faltar a su palabra

TEXTO: redaccion

Paralelismo en el Comité en Defensa de la Democracia (Conade). Dos grupos se atribuyen la

representación de la institución

y se lanzaron acusaciones entre

sí. Por un lado, Manuel Morales

defiende su cargo como ejecutivo del Conade; entretanto, Yudith Bustillos señala que es la

presidenta del Comité.

En el marco de este conflicto, el

sector de Bustillos acusa a Morales de haber usado al Conade

de manera política partidaria y

como plataforma para su postulación para Defensor del Pueblo.

En contacto con Erbol, Bustillos dijo que si bien el Conade

hace política, la misma es por la

defensa de los derechos humanos y no de manera partidaria.

Aseveró que fue quien se retiró

de Conade junto a otras cinco

personas.

En respuesta, Morales dijo que

Bustillos tenía un poder notarial

del Conade que fue mal utilizado, por lo cual se le fue retirado.

“Es una persona que además

se presenta como presidenta y

ustedes saben que el Conade

no tiene presidentes, tenemos

solamente ejecutivos, son 33

filiales y varias organizaciones”,

señaló a Erbol.

Manuel Morales considera que

gente del Gobierno puede estar

impulsando este paralelismo,

como ocurrió en la Asamblea de

Derechos Humanos.

conade

Con dos

directivas

paralelas

El fiscal general del Estado,

Juan Lanchipa, informó en una

reunión con la delegación de

la Comisión Interamericana

de Derechos Humanos (CIDH),

presidida por el relator José

Luis Caballero, los “avances

significativos” en las investigaciones de los hechos de

violencia y muerte ocurridos

en la crisis de 2019.

Se tienen abierto 21 procesos contra los responsables.

En la cita de este miércoles se

analizó el Plan de trabajo de

la Mesa de Seguimiento a la

Implementación de las Recomendaciones del GIEI-Bolivia

(MESEG) y los mecanismos de

seguimiento.

lanchipa

Se reunió

con misión

de la CIDH

COMPROMISO INCUMPLIDO

Arce recordó que Morales se había comprometido a no tocar el tema de candidaturas hasta el 2024, pero ya está en

una carrera electoral.

P:09

Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 9 POLÍTICA

Entrevistado en el sector “De

Buena Leche”, del programa Las

Noticias de Mañana, el asambleísta departamental por el

MAS, Dilfer Renteria, cuestionó

las intenciones que mostraron

sus colegas opositores de la bancada de Creemos, quienes intentaron aprobar una ley en la cual

pretendían quitarle atribuciones

al vicegobernador Mario Aguilera,

siendo el principal punto en discordia la sucesión ante la ausencia de Luis Fernando Camacho.

“Justamente las atribuciones

del vicegobernador están establecidas en el artículo 25 del

estatuto autonómico, por la cual

por ejemplo en el numeral 1 dice

que ante la ausencia temporal del

gobernador se produce la suplencia gubernamental, asumiendo el

vicegobernador las funciones de

gobernador, entonces esta atribución se le estaba quitando no

y esta es la más principal”, afirmó.

El asambleísta recordó que ya

existe un precedente de la intencionalidad de anular las competencias del vicegobernador, como

lo es el llamado “decretazo”, por

el que ahora es juzgado Camacho.

“A un secretario estaba nombrando como gobernador, y justamente por ese caso nosotros

hemos hecho una denuncia correspondiente ya se encuentra

para juicio oral para poder iniciar,

ya se encuentra con una acusación y le han dado una detención

preventiva de 60 días en la cárcel

de Chonchocoro al señor gobernador (Luis Fernando Camacho),

En este caso no debería de ocurrir eso porque (Aguilera) ha sido

elegido tiene todo su derecho

político y lo tienen en el estatuto”,

reafirmó.

Renteria lamentó que desde

la Gobernación y la bancada de

Creemos en la Asamblea cruceña

no estén respetando la constitución ni el estatuto autonómico

con sus acciones.

“Lo que hoy en día tenemos

que hacer es respetar la constitución política del Estado por la

cual cada una de las atribuciones

que tiene tanto el gobernador, el

vicegobernador, los secretarios,

los directores están establecidos

y plasmados no puede ser que no

quieran respetar”, manifestó y reientrevista a: dilfer renteria, asambleÍsta del mas

“Las atribuciones del vicegobernador

están establecidas en el estatuto”

Visiblemente molesto, el vicegobernador

de Santa Cruz, Mario

Aguilera, advirtió como un

acto de “cobardía” y “falta de

respeto” hacia su persona

por la intención fallida de

Creemos de buscar limitar

sus funciones a través de un

proyecto de ley que no fue

aprobado por la Asamblea

Legislativa Departamental.

La iniciativa legal, debatida la pasada jornada, fue

rechazada con 13 votos en

contra y solamente hubo

11 a favor de la bancada de

Creemos. El presidente del

ente deliberante departamental, Zvonko Matkovic,

defendió la iniciativa legal

y aseguró que no le quitaba

competencias a Aguilera.

De acuerdo con el proyecto de ley, las funciones

del vicegobernador serán

de coordinador de las relaciones entre el Ejecutivo

y la Asamblea Legislativa y

no así asumir la representación de la Gobernación, en

ausencia del gobernador,

La autoridad electa consideró que se pretendió “usurpar” sus funciones, aunque dijo que no podrían hacerlo ya que estarían yendo en contra de

lo que establece el Estatuto Autonómico de Santa Cruz.

Ve como cobardía la intención

de quitarle sus competencias

Vicegobernador de Santa Cruz

cuyo cargo actualmente

ocupa Luis Fernando Camacho, quien está detenido en

la cárcel de Chonchocoro de

La Paz.

“¿Es lo mismo suplencia

que representación. Cuando el gobernador no está

aquí, ¿Quién representa a

la Gobernación? ¿Quién es

la segunda autoridad del

departamento? Electa por

voluntad democrática. Y no

es lo personal, es la institución, es el Gobierno departamental, es nuestro estatuto, es nuestra lucha para

que alguien venga a manosearlo a placeres, y encima descaradamente crea

que nosotros no sabemos

leer”, apuntó y subrayó que

“Esto es acto de cobardía,

porque el 30 de noviembre

estuve sentado en el quinto piso en el gabinete y ahí

infinidad de personeros de

la Gobernación estuvieron

presentes y en mi cara me

dijeron que son modificaciones sencillas, no involucra nada a su despacho”,

cuestionó Aguilera en conferencia de prensa.

Con el proyecto de ley,

consideró que se pretendió “usurpar” sus funciones,

aunque dijo que no podrían

hacerlo ya que estarían

yendo en contra de lo que

establece el Estatuto Autonómico de Santa Cruz.

“Hay un estatuto y una

estructura, y aquí fuimos

electos, fuimos posesionados para cumplir nuestras

funciones y yo no voy a permitir que se menoscabe las

atribuciones que tiene este

despacho. Yo voy a dejar de

ser vicegobernador el 2026”,

remarcó.

Debido a los problemas

que persisten con Matkovic

y la secretaria general del

Legislativo departamental,

aguilera. Dijo que pese a que envió una comunicación interna para que se le

remita el proyecto de ley, este no le fue entregado a la fecha y que solo lo pudo

obtener de manera extraoficial.

TEXTO: erbol-leo

Hay un estatuto

y una estructura, y

aquí fuimos electos

yo no voy a permitir

que se menoscabe las

atribuciones que

tiene este despacho

Mario Aguilera,

vicegobernador de Santa Cruz

teró que “Santa cruz tiene los estatutos autonómicos, todos estos

estatutos han sido aprobados, no

puede estar una ley por encima

de ese estatuto”.

El asambleísta señaló que

la población tiene que tener

presente que quien presentó

el proyecto de ley para quitarle competencias al vicegobernador, vulnerando el estatuto

autonómico fue la misma Gobernación cruceña y que esta

norma fue ocultada a la autoridad electa por parte del presidente de la Asamblea Legislativa Departamental quien no

presentó el informe de esa ley

cuestionada en gabinete, como

manda la norma 284, mostrando así la mala intención que tenían contra Aguilera.

Paola Aguirre, el vicegobernador consideró que sus

colaboradores cercanos le

están mintiendo al gobernador Fernando Camacho y

además, le están haciendo

“meter la pata de manera

recurrente”.

Además calificó como

un “falso discurso” una supuesta afinidad con el Movimiento Al Socialismo (MAS)

ya que recordó que desde

que comenzó la campaña

proselitista en las pasadas

elecciones estuvo al lado de

Camacho y que en la actualidad lo sigue haciendo.

P:10

V i e r n e s 1 5 d e d i c i e m b r e , 2 0 2 3 / / w w w .l e o . b o

P Á G . 1 0 SEGURIDAD

Una pareja, que se hacía pasar por funcionarios del Ministerio

de la Presidencia y de otras

instituciones del Estado,

fue aprehendida por la Policía por usurpación de funciones.

De acuerdo con lo explicado por el comandante departamental de Santa

Cruz, Erik Enrique Holguín

Doynel y por el director departamental de la Fuerza

Especial de Lucha Contra el

Crimen, Juan Gustavo Astilla

Encinas, estas personas habrían incurrido en el delito

de usurpación de funciones

y tráfico de influencias.

Los aprehendidos fueron identificados como Yarely Díaz Yupanqui, quien se

identificaba y se hacía pasar

como Ángela Céspedes, jefa

de gabinete del presidente

del Estado Plurinacional de

Bolivia, Luis Arce Catacora, mientras que su marido,

Juan Pablo Vargas Alfaro,

usurpa funciones haciéndose pasar por funcionario del

Ministerio de la Presidencia.

Holguín manifestó que

estos sujetos se presentaron

en la jefatura del Trabajo de

INVESTIGADOS. La pareja apresada decía ser funcionaria del Gobierno nacional para buscar beneficios personales

El hombre quería que el Ministerio del Trabajo le haga devolver un dinero que le habían descontado en su trabajo, su esposa presionaba

diciendo ser jefe de gabinete del presidente Luis Arce, en sus celulares hallaron que ellos también se hacían pasar por otros funcionarios

Pareja aprehendida por

usurpación de funciones

Policía

Santa Cruz, donde Juan Pablo Vargas Alfaro se identificó como funcionario de la

Alcaldía Municipal de Santa

Cruz, pero que estaba allí a

nombre de la jefa de gabinete del presidente Luis Arce

para hacer un reclamo por

un descuento que le habían

hecho en su fuente de trabajo (Alcaldía) y necesitaba

que, con ayuda de la jefatura

del Trabajo, le repongan el

dinero descontado que era

alrededor de Bs 6.000.

En ese momento llegó Yarely Díaz, quien horas antes

había llamado al director del

Trabajo para exigirle solución

al problema de Vargas Alfaro, sin embargo ya se habían

percatado de que eran impostores, por lo cual llaman a

la Policía y los apresan.

Dentro del trabajo investigativo, descubrieron

que no era la primera vez

que cometían usurpación

de funciones, ya que anteriormente se hicieron pasar

por funcionarios de la Caja

Nacional, del Ministerio

del Trabajo, de la empresa

ENDE, de la Alcaldía Municipal y del Ministerio de Educación y otros.

TEXTO: CAROl SUÁREZ MELGAR

[email protected]

Un camión Nissan Cóndor

quedó prácticamente consumido por las llamas, tras un

incendio que se originó en

una especie de depósito, ubicado en el barrio 4 de Marzo

de la zona de Mapaizo, carretera a Cotoca. El fuego afectó

a un segundo camión, pero la

oportuna intervención de los

bomberos evitó que la tragedia sea mayor. Se desconocen

las causas del siniestro.

EN MAPAIZO

Arde un

camión en

un depósito

Luis Fernando Romero Elma y

Lorenzo Urquidi Sánchez fueron

aprehendidos e imputados por

el Ministerio Público por el delito de robo.

En conferencia de prensa,

el director departamental de

la Fuerza Especial de Lucha

Contra el Crimen, Juan Gustavo Astilla, informó que ambos

sujetos se hacían pasar por

taxistas y al obtener la confianza de sus pasajeros - víctimas,

procedían a invitar bebidas

alcohólicas o gaseosas alteradas con sustancias para que

su víctima se durmiera, tras lo

cual empezaban a sustraerles

sus pertenencias de valor e ingresar a sus cuentas bancarias,

mediante los teléfonos celulares y tarjetas de débito.

Dentro de su ‘modus operandi’ estos antisociales después de robar a sus víctimas,

los abandonaban en lugares

alejados de la ciudad.

Astilla dijo que en una de

esas denuncias que tienen, es

de una persona a la que abordaron en el tercer anillo de la

doble vía a La Guardia para robarle todo.

Manifestó que tienen otra

denuncia por un caso similar,

sucedido en el tercer anillo de

la avenida Santos Dumont, hicieron dormir a su víctima y sustrajeron de su cuenta Bs 1400,

en otro caso sustraen Bs 700.

La autoridad dijo que son

muchas las denuncias contra

estos sujetos. El vehículo que

usaban para delinquir está secuestrado.

Los sujetos tienen más de una decena de denuncias, la Policía secuestró el motorizado

que usaban, para hacerse pasar como taxistas, fuera de los locales

muchas denuncias

Policía logró atrapar a “pildoritos”

que se hacían pasar como taxistas

APREHENDIDOS. Los dos sujetos ya fueron presentados ante un juez cautelar,

que los envió a la cárcel de Palmasola

En el ingreso a la urbanización

Ebenezer, sobre la doble vía a

La Guardia, personal de la Felcc

hizo el levantamiento legal del

cadáver de una persona en situación de calle, que se encontraba botada sobre colchones.

Los vecinos se quejaron de la

proliferación de estas personas

que, en ciertos sectores, generan inseguridad robando para

solventar sus vicios.

Felcc

Hallan a un

hombre

muerto

P:11

V i e r n e s 1 5 d e d i c i e m b r e , 2 0 2 3 / / w w w .l e o . b o

P Á G . 1 1 SEGURIDAD

Mientras el fiscal departamental de Santa Cruz, Roger Mariaca, anuncia una investigación

del incidente violento que

protagonizó el comandante

departamental de la policía

de Santa Cruz, Erick Holguín,

con el capitán suspendido

Edman Lara, el presidente

del Estado Plurinacional, Luis

Arce, calificó como un “exabrupto” la conducta del coronel Holguín. Arce dijo ayer

desconocer las circunstancias en las que se produjo

el hecho, pero valoró que se

haya disculpado, lo que considera demuestra que ya “recapacitó”.

Para el mandatario, Holguín es un “buen policía” y

dijo que no se referiría más

al tema, sin mencionar los

pedidos que surgieron desde

el evismo y la oposición para

que el comandante sea cesado en el cargo.

El senador del MAS, William Tórrez, aseguró el miércoles que no se debería permitir el ascenso a Holguín,

tras protagonizar este grave

hecho de agresión. “Nadie

AGRESIÓN. El incidente se registró el pasado miércoles después del medio día luego de una conferencia de prensa en la

Felcc

Mariaca dijo que será el fiscal encargado de la investigación quien determine qué sucedió, en las instalaciones de

la Felcc, entre el comandante Erick Holguín y el capitán Edman Lara Montaño, ya que ambos tienen sus versiones

Arce calificó de “exabrupto”

conducta de Erick Holguín

que transgrede la norma, nadie que transgrede la constitución, merece un alto cargo,

ascender al grado más alto

de ninguna institución, ni de

las Fuerzas Armadas, ni de

la Policía”, sentenció William

Tórrez

Andrea Barrientos, senadora de Comunidad Ciudadana,

reprochó la actitud del jefe

policial y dio su respaldo al

capitán Lara.

La senadora señaló que

Holguín “debería ser susceptible de un juicio penal. No es

un acto permisible y ningún

ciudadano tiene que sufrir

abusos de la Policía Nacional. Imagínense que cualquier ciudadano va a reclamarle

al comandante de la Policía,

¿por qué no está atendiendo

a una víctima de violencia? Y

el comandante te agarra el

cuello”, sostuvo.

El fiscal Mariaca dijo que

se aperturó una investigación en torno al impasse

suscitado.

“La Fiscalía, a través de su

Unidad de Análisis, ha aperturado una investigación en

la cual se tiene como víctima

al señor Lara, pero es importante mencionar que hay

otras dos denuncias en la

Felcc en relación a los hechos

sucedidos”, dijo Mariaca.

TEXTO: CAROl SUÁREZ MELGAR

[email protected]

El abogado Fernando Edson

Miranda Zapata sufrió un percance con dos policías, que se

opusieron al secuestro de una

vagoneta, que por orden de

un juez debía ser entregada

al jurista, por una deuda de

Bs 120.000 contraida por una

tercera persona.

Miranda identificó al Cnl.

Luis Meneses Chávez y el My.

Oliver Meneses Chávez por

obstaculizar el trabajo de sus

camaradas, quienes a pesar de

contar con una orden judicial

fueron obstruidos mediante

amenazas de los policías, que

al momento del percance se

encontraban de civil.

Según el abogado, no solamente él fue agredido sino

también una notaria. “La notaria fue agredida, empujada,

incluso la increparon indicando sobre qué autoridad tendría,

solamente estaba realizando

un inventario del vehículo”, explicó. El denunciante pide que

se investigue lo sucedido.

denuncia

Policías agreden

a un abogado

por un vehículo

El comandante departamental de

la Policía de Santa Cruz, coronel

Erick Holguín, no será sometido

a ningún proceso disciplinario,

sin embargo, será sancionado

con el arresto de 48 horas en la

ciudad de La Paz, por la reacción

que tuvo al tomar por el cuello al

capitán suspendido, Edmand Lara,

anunció el ministro de Gobierno,

Eduardo del Castillo.

La autoridad de Estado reconoció que no es la forma de actuar de un jefe policial y que, en

el caso de Holguín, es la primera

vez que tienen ese tipo de comportamiento en contra de alguno

de sus camaradas.

El polémico hecho fue reflejado por diferentes medios de comunicación que se encontraban

en la Fuerza Especial de Lucha

según el ministro de gobierno

Holguín no será procesado pero lo

sancionan con 48 horas de arresto

Contra el Crimen (Felcc). Para Del

Castillo, no amerita un proceso

disciplinario, ya que se trata de

una falta leve.

“Creemos que va a tener la

sanción correspondiente, conforme a la Ley de Régimen Disciplinario, va a tener su arresto como

el faltamiento a cualquier camarada. Como no es una actitud

reiterativa, va a tener su arresto

como corresponde en la ciudad

de La Paz”, dijo.

La denominación de “pildoritas” las reciben mujeres que

se dedican a hacer dormir a

personas haciéndoles beber

somníferos para robarles los

objetos de valor que tienen

consigo, aunque en este último

tiempo se han dado casos en

los cuales son varones los que

proceden con este tipo de delitos, es en ese sentido que se

deben asumir medidas preventivas para no caer en manos de

estos sujetos que no miden los

daños que pueden causar con

este tipo de prácticas.

Las pildoritas generalmente acuden a bares o fiestas

en las cuales buscan víctimas haciéndose pasar por

mujeres que buscan parejas

y con algo de inocencia engañan a sus víctimas quienes

son atraídos por la belleza

y encanto que demuestran,

convirtiéndose fácilmente en

sus víctimas, sin pensar que

están enfrentándose a una

amenaza.

Es por ello que cuando

acude a una actividad festiva, debe tener cuidado de no

entablar conversación con

desconocidas que le ofrecen

de beber algún líquido que

puede estar con líquido extraño que en minutos lo deja

dormido, lo cual es aprovechado por estas delincuentes,

en otros casos incluso cuando va a tomar el servicio de

una movilidad el conductor

le puede ofrecer una bebida

extraña, que al final provocan

que aparezca en un lugar distante y sin sus pertenencias.

Estas medidas deben ser

asumidas cuando acude a una

actividad festiva teniendo en

cuenta las consecuencias que

pueden originar de conversar

o hacer amistad con extraños.

TENER CUIDADO CON AMISTADES

DESCONOCIDAS

opinión CNL. DESP. ALEJANDRO RICARDO

FERNANDEZ ENRIQUEZ

Valora sus disculpas

P:12

SEGURIDAD V i e r n e s 1 5 d e d i c i e m b r e , 2 0 2 3 / / w w w .l e o . b o

P Á G . 1 2

L

a Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico

(Felcn) interceptó dos vehículos con 58,5 kilos de clorhidrato de cocaína en la carretera

La Paz – Desaguadero, a la altura del cruce Tiwanaku, informó el viceministro de Defensa

Social y Sustancias Controladas,

Jaime Mamani.

Explicó que el primer caso

se registró con la intercepción

de un vehículo, de color azul,

marca Nissan, con placa de

control 3168-AFX, que intentó

darse a fuga, acción que fue

frustrada después de una persecución que concluyó a 300

metros del lugar.

“Tras ese hecho, el vehículo

se detuvo de manera abrupta

descendiendo del mismo cuatro personas de sexo masculino,

quienes corrieron en diferentes

direcciones y a 1.000 metros de

distancia se logró aprehender a

uno de ellos quien se identificó

como Simón A. V.”, informó, según un reporte de prensa.

Mamani dijo que en la revisión del motorizado se encontraron cuatro mochilas que en su

interior contenían 40 paquetes

tipo ladrillo forrados con cinta

de embalaje color azul y amarillo con una sustancia con olor

y color característico a cocaína,

que sometida a prueba de campo narco test dio positivo.

En el segundo caso se interceptó otro vehículo tipo vagoneta, de color gris, marca Nissan XTerra, con placa de control

3473-ZAE, transportando un total de 17 kilos con 580 gramos

de clorhidrato de cocaína.

“El vehículo fue interceptado a 500 metros del puesto

de control, junto a otro motorizado, color blanco, marca

Fotón, tipo minibús, con placa

de control 5173-KZG, quienes

intentaron huir al percatarse de

la presencia policial. Tras una

requisa al primer motorizado

se logró encontrar una caja de

cartón que contenía 17 paquetes en forma de ladrillo una vez

realizada la prueba de campo

dio positivo para clorhidrato de

cocaína”, denunció.

En el primer caso se incautaron 40 kilos en un auto azul, en el segundo caso interceptaron una vagoneta y decomisaron 18,5 kilos de cocaína.

Interceptan 2 vehículos

con 58,5 kilos de cocaína

En la ruta La Paz - Desaguadero

TEXTO: redacción

Qué deben hacer los buenos conductores cuando manejan sus movilidades, simplemente cumplir las normativas

de tránsito que establecen una

serie de acciones y medidas

que deben adoptar de manera

responsable a fin de no generar

ningún tipo de hecho de tránsito, producto de una mala conducción y no respeten lo que se

establece cuando se conduce

en el área urbana o rural.

Desde el uso del cinturón

de seguridad, contando con un

botiquín de emergencia, herramientas, hasta no conducir en

estado de ebriedad, son pasos

que se deben asumir de manera permanente demostrando el

grado de responsabilidad que

tiene cuando transportan personas, familiares o están solos

dirigiéndose al destino que

determinaron, sin que ocurra

algún imprevisto producto de

malas prácticas que algunos

conductores deciden adoptar,

deben ser premisas y acciones

seguras a seguir.

Se han dado diferentes hechos de tránsito en los cuales

CONDUCIR VEHÍCULOS DE

MANERA RESPONSABLE

opinión

los responsables han sido los

conductores, ya sea por el exceso de velocidad, no haber

efectuado la revisión a su vehículo antes de iniciar su recorrido o no respetar las diferentes

señalizaciones que se tienen

dispuestos en las diferentes

vías terrestres.

Podemos evitar accidentes

de tránsito si se conduce de

manera consciente y responsable sabiendo las consecuencias de no seguir las normativas de tránsito pueden llegar

a provocar hechos luctuosos

involucrando a personas inocentes, es momento de asumir

medidas preventivas antes que

ocurran desenlaces negativos.

TTE. DORIS ELIANA RAMÍREZ

JAIMES

Dos funcionarios de Navegación Aérea y Aeropuertos

Bolivianos (Naabol) y uno de

Boliviana de Aviación (BoA)

fueron enviados con detención preventiva, por 180 días,

a la cárcel de Palmasola. Estas

personas están vinculadas a

la investigación de un cargamento de 478 kilos de cocaína,

incautados en el aeropuerto

de Barajas - España.

La droga salió del aeropuerto

Viru Viru, informó el fiscal antidrogas Julio César Porras.

“La investigación continúa, queremos llegar a establecer cómo

ingresó la droga a Viru Viru,

quiénes estuvieron a cargo de

identificar al dueño de las sustancias. A la fecha, hay más de

20 personas investigadas en

este caso”, dijo el fiscal.

El 30 de mayo, el Ministerio

de Hacienda y Función Pública

de España informó, en un boletín, que la Administración de

Aduanas de Madrid había incautado 478 kilos de cocaína

boliviana, que habían sido depositados en una bodega del

aeropuerto.

AUDIENCIA

Funcionarios de Naabol a la cárcel

por envío de droga a España

Unidades operativas de la Policía,

desarrollaron la madrugada de ayer

jueves un operativo sorpresa en el

penal de Palmasola. La requisa sorprendió a los privados de libertad del

sector varones.

El operativo, que fue coordinado entre el Régimen Penitenciario, el Ministerio de Gobierno y el Comando Departamental de la Policía, tuvo como

objetivo garantizar la seguridad durante las festividades de fin de año.

De acuerdo a la información recabada en el lugar, durante la requisa, la

Policía decomisó armas blancas, objetos punzocortantes, celulares, cargadores y audífonos.

El gobernador del penal, Nicanor

Corcuy, señaló que encontraron una

biblia, en cuyo interior habían enOPERATIVO SORPRESA

Durante requisa en Palmasola hallan

droga escondida en una biblia

voltorios de droga por lo que el interno fue aislado y se reportó el caso

a la Felcn.

De igual manera, dijo que en este mes

31 personas fueron bloqueadas en el

ingreso intentando introducir cosas

prohibidas para los internos como insumos y artefactos.

DECOMISO. Esta biblia con droga fue hallada por la Policía en la cárcel

P:13

Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 1 3 GEOMUNDO

En México una investigación realizada por el periódico Milenio ha

revelado que la violencia por parte

del crimen organizado ha forzado

a los habitantes a abandonar 680

municipios en los últimos 20 años.

Se destaca que las zonas en calidad

de territorios fantasmas equivalen

al 27 % del territorio nacional.

En ese sentido, miles de personas prefieren abandonar su hogar,

escuela, lugar de trabajo y todo

ello para evitar convertirse en víctimas de las células delictivas de

los diferentes cárteles que operan en la nación latinoamericana.

Pese a que esta situación fue reconocida hace unos meses por quien

fuera el subsecretario de Derechos

Humanos, Alejandro Encinas, la problemática no ha sido atendida.

“Normalmente asociamos el desplazamiento interno con los estados del norte del país, sin embargo,

es preocupante la situación de los

estados del sur particularmente en

Guerrero, Michoacán y Chiapas, en

este último por conflictos entre los

cárteles de Sinaloa y el CJNG [Cártel

de Jalisco Nueva Generación] por el

control de las rutas en el estado de

Chiapas y la presencia de otros grupos criminales”, aseveró Jonathan de

Vicente, director de Incidencia Política de la asociación México Unido

Contra la Delincuencia.

De acuerdo con un informe de la

Comisión Mexicana de Defensa de

los derechos humanos titulado ‘Episodios de Desplazamiento 2021’ es

la violencia sexual, el tráfico y la trata

de personas así como la desaparición

forzada son algunos de los delitos a

los que las personas están expuestas

pero también está siempre latente la

posibilidad de ser reclutados y puestos a trabajar para los cárteles de manera forzada.

según investigación

Casi el 30 % del territorio mexicano está

en abandono ante el avance del crimen Los países miembros de la OTAN

acordaron este miércoles los presupuestos civil y militar de cara

al próximo año. El comunicado

oficial informa que la Alianza Atlántica prevé un importante aumento de gastos.

El presupuesto civil para el

2024 se ha incrementado un

18,2 % con respecto al de 2023,

ascendiendo a 480 millones de

dólares. Al mismo tiempo, el presupuesto militar del bloque aumentará un 12 % con respecto al

año pasado, situándose en 2.200

millones de dólares.

El primero “proporciona fondos

para personal, costos operativos

y gastos de los programas del

Cuartel General de la OTAN y su

personal internacional”, mientras

el segundo “cubre los costos operativos de los cuarteles generales,

las misiones y las operaciones de

la Estructura de Mando de la OTAN

en todo el mundo”.

Por su parte, el Programa de Inversiones en Seguridad de la OTAN

(NSIP, por sus siglas en inglés) -el

tercer elemento principal de financiamiento conjunto en la OTANexperimentará un aumento anual

del 30 % hasta llegar a los 1.400

millones de dólares.

en presupuestos civil y militar

OTAN prevé un importante

incremento de gastos

L

a Agencia Española de

Protección de Datos

(AEPD) ha anunciado ayer

jueves la creación de un sistema de verificación de edad que

permita limitar el acceso de los

menores de edad a contenidos

sensibles o violentos, como la

pornografía, en internet. La presentación, realizada en el Centro Superior de Investigaciones

Científicas (CSIC), se ha realizado en el marco del 30 aniversario de la agencia estatal.

El nuevo sistema, todavía

en desarrollo, vendrá a sustituir

los actuales mecanismos, como

la autodeclaración de edad o el

compartir credenciales como el

DNI con proveedores de contenidos, que son “insuficientes

desde la perspectiva de la protección de datos”, según la directora de la AEPD, Mar España.

Tal y como ha explicado la

directora, estos métodos no

aportan datos exactos y pueden

acabar exponiendo la identidad

de los usuarios y permitir que

se localice a menores de edad

en internet.

El futuro sistema de verificación de edad busca evitar todos

estos riesgos. Se desarrollará de

forma conjunta con la Comisión

Nacional de los Mercados y la

Competencia (CNMC), que marcaLa Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha presentado en su 30 aniversario el futuro sistema de verificación de edad para acceder a contenidos sensibles en internet

España da los primeros pasos para

limitar acceso de menores al porno

Por contenidos sensibles o violentos

rá qué contenidos son apropiados para qué rangos de edad y

evaluará idoneidad del procedimiento; y la Fábrica Nacional de

la Moneda y Timbre (FNMT).

El 60% de los adolescentes

consumen pornografía y la edad

media de su inicio en España

está en los 12 años. De ellos,

dos de cada tres consumen pornografía dura. “Esto está provocando problemas graves en su

neurodesarrollo, problemas en

salud física, salud mental, en

su capacidad de atención, su

aprendizaje, su desarrollo emocional y en la aparición de actitudes agresivas donde cada vez

hay mayor número de menores

delincuentes y menores víctimas”, ha relatado María España.

En ese sentido, la directora

de la AEPD ha asegurado que

“solo comprobar la exactitud de

un dato como es la edad para acceder o que no esté permitido el

acceso a contenidos de adultos

puede cambiar radicalmente el

desarrollo, la salud y la vida de

una persona”.

Si bien el sistema se encuentra en fase de desarrollo, la AEPD

ya ha realizado tres pruebas de

concepto prácticas con distintas plataformas para demostrar

“que se puede construir un sistema garantista y anónimo que

sólo confirma el atributo de la

mayoría de edad”. Se utilizaría

también para el acceso a las redes sociales, que están limitadas a mayores de 14 años.

Las pruebas se han hecho

orientadas a ordenadores y consolas de videojuegos, a dispositivos con sistema operativo Android y a aquellos con sistema

operativo iOS. Los ensayos partían o bien sobre una aplicación

de verificación de edad o sobre

una aplicación capaz de recuperar la edad de una persona a partir de documentos de identidad

como el DNI o el pasaporte.

TEXTO: infobae.com

Congreso anula el

veto de Lula a una ley

El conservador Congreso brasileño, con fuerte presencia de la

banca ruralista, anuló ayer jueves

el veto del presidente izquierdista Luiz Inácio Lula da Silva al

artículo de una ley, aprobada por

el Legislativo, para limitar la demarcación de cientos de tierras

indígenas. Ahora el texto deberá ser promulgado, pero es muy

probable que la Corte Suprema

lo termine declarando inconstitucional, un fallo que también

podría ser impugnado.

Congreso de Perú debate

la remoción de jueces

El Congreso de la República de Perú debatirá hoy el dictamen que contempla

la remoción “inmediata” de miembros

de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por

haber suspendido a la fiscal de la Nación,

Patricia Benavides. El miércoles, el pleno

del Legislativo admitió debatir la moción

y fijó fecha. El debate se celebrará a las

15:00 horas locales. El texto fue presentado por los congresistas del partido

ultraconservador Renovación Popular,

Jorge Montoya y Alejandro Muñante.

Al menos 3 muertos al

explotar pirotecnia

Al menos tres personas murieron y otras 25 resultaron

heridas tras la explosión de

un depósito de pirotecnia el

miércoles por la noche en el

municipio mexicano de Tepeyahualco, en el estado de

Puebla.

BREVES

P:14

GEOMUNDO V i e r n e s 1 5 d e d i c i e m b r e , 2 0 2 3 / / w w w .l e o . b o

P Á G . 1 4

En los supermercados hay largas

filas a cualquier hora. Es difícil

conseguir arroz, pero las bolsas

de pasta abundan. Solo se permite llevar máximo dos unidades de

aceite o atún. Los productos importados no se venden porque la

devaluación hace imposible fijar

un precio. De todas formas, como

son valores atados al dólar, hoy

serían inalcanzables para la mayoría de la población.

Esta es una de las estampas

que se repiten en Buenos Aires

horas después de que el ministro de Economía, Luis Caputo,

anunciara el esperado (y temido) programa económico del

Gobierno de Javier Milei, el presidente que asumió el pasado

domingo con promesas de ajuste que el 56 % de la población

avaló con sus votos.

El presidente cumplió. El paquete incluye una devaluación del 50 %

del peso, lo que de inmediato reduce a la mitad el poder adquisitivo de

los salarios que, de por sí, ya venían

por detrás de la incesante inflación

que acumula un 160 % anual en noviembre, y que se prevé sumará un

20 % en diciembre.

La situación se agrava porque

también se terminan los subsidios a

la energía y el transporte. Serán más

caros, aunque el Gobierno todavía

no confirma topes en el aumento

de precios. Se suspenden las nuevas obras públicas, lo que afecta de

inmediato a la industria de la construcción. No se pagará publicidad

oficial en medios de comunicación.

Con el recorte de 18 a nueve ministerios, decenas de miles de trabajadores del Estado serán despedidos.

Además, la ya confirmada apertura indiscriminada de importaciones afectará a la industria nacional.

Las jubilaciones y pensiones, que

también venían rezagadas con respecto a la inflación, sufrirán cambios todavía no clarificados.

En resumen, el programa mileísta representa una de las estrategias

económicas más duras en un país

que arrastra un historial de graves

crisis. Ya padeció el ajuste de 1975,

previo al inicio de la dictadura; la

hiperinflación en 1989, el estallido

de diciembre de 2001 y, ahora, el

acelerado empobrecimiento que

acompañará la primera etapa del

Gobierno del libertario.

en argentina

Zozobra, alza de precios y recorte de

gastos, las reacciones al duro ajuste Supuestos miembros de los grupos

armados colombianos ‘Los Costeños’ y ‘Los Rastrojos Costeños’ decretaron un cese al fuego temporal,

hasta el próximo 31 de enero, en la

Costa Caribe del país.

El anuncio lo hicieron tres presuntos integrantes de Los Costeños,

a través de un video en las redes

sociales. En la grabación, los sujetos aparecen encapuchados, vestidos de negro y portando armas.

La persona que está en medio

lee un comunicado desde un celular, en el que explica que “en búsqueda de la paz y del cambio y de

la reconstrucción social” se hizo un

llamado a todas las llamadas facciones “para detener todo lo que

afecte a la comunidad”.

Además de Los Rastrojos Costeños, al mando del Negro Ober,

entre los grupos criminales a los

que se planteó el cese el fuego se

encontraban ‘Los Pepes de Digno

Palomino’ y ‘Los CM’ de Carlos Malambo.

“Solo el Negro Ober se sumó.

Por tanto, a partir de hoy y hasta

el 31 de enero, los Costeños y los

Rastrojos Costeños están en paz,

sin ningún tipo de opción militar,

ni tampoco extorsiones”, destacó el

portavoz.

Asimismo, dejó claro que ninguna de las organizaciones que

no firmaron el pacto “dañarán el

proceso de paz en la Costa Caribe”.

“Se niegan a firmar el sometimiento por pretender seguir utilizando

nuestro nombre para extorsionar a

la comunidad. A la comunidad, les

dejamos claro que no se dejen estafar”, añadió.

en la Costa Caribe de Colombia

2 grupos armados anuncian

‘cese al fuego temporal’

L

a ministra de Seguridad de

Argentina, Patricia Bullrich,

presentó ayer jueves la estrategia del Gobierno de Javier

Milei para controlar las manifestaciones en la vía pública, en momentos de zozobra social por el

ajuste de la economía anunciado

esta semana. “Sepan que si se toman las calles, va a haber consecuencias”, advirtió Bullrich.

La funcionaria anunció que,

ante un delito “en flagrancia”

vinculado al bloqueo de las calles, podrán intervenir “de manera inmediata las fuerzas federales”.

“Las cuatro fuerzas federales,

más el Servicio Penintenciario

Federal (SPF), van a intervenir

frente a cortes, piquetes y bloqueos, sean parciales o totales.

La ley no se cumple a medias. Se

cumple o no se cumple”, declaró

Bullrich desde la sede del Ministerio de Seguridad, en Buenos

Aires.

Además, anticipó que se

presentará un proyecto de ley

para establecer nuevas penas,

de acuerdo al artículo 194 del

Código Penal, que establece un

Para la liberación de las vías bloqueadas, los cuerpos del orden emplearán “la mínima fuerza necesaria y suficiente y será graduada en proporción a la resistencia”, sostuvo Bullrich.

Gobierno argentino penaliza

bloqueos y cortes en las calles

Intervendrán las fuerzas federales para liberarlas

castigo de prisión de 3 meses a

2 años a quien “estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por

tierra, agua o aire”.

En la rueda de prensa, la excandidata a presidenta por Juntos por el Cambio afirmó que el

propósito del protocolo es “cumplir la ley”. Y añadió: “Sin orden

no hay libertad”.

Patricia Bullrich aclaró que

las fuerzas de seguridad tendrán el objetivo de “dejar liberado el espacio de circulación”, ya

sea una vía principal o aledañas.

Según dijo la ministra, “se va a

poder manifestar en la vereda”.

Costos y uso de la fuerza

Además, indicó que quienes

lleven niños a las protestas serán duramente sancionados. “No

queremos que usen a los niños

como escudos”, señaló. También,

aseguró que los manifestantes

que impidan la libre circulación

serán identificados, y los buses

que transporten manifestantes

serán retenidos por la Policía.

A su vez, “los costos de la seguridad los pagarán las organizaciones” políticas, sociales

o sindicales que convoquen la

manifestación.

Las cuatro fuerzas federales a

las que hizo mención la ministra son: Policía Federal, Gendarmería Nacional, Prefectura y Policía de Seguridad Aeroportuaria

(PSA), a las que se suma el SPF.

Para la liberación de las vías

bloqueadas, los cuerpos del orden emplearán “la mínima fuerza necesaria y suficiente y será

graduada en proporción a la resistencia”, sostuvo Bullrich.

Por otro lado, se establece

un protocolo de actuación “que

proteja en su accionar a las fuerzas federales”, con la intención

de “cuidar a quienes nos cuidan”,

expresó la exministra de Seguridad del Gobierno de Mauricio

Macri.

El nuevo “protocolo del orden

público” responde a una promesa de campaña del presidente

Javier Milei, quien aseguró que

no se permitirían más bloqueos

en las calles.

Bullrich, quien también fue

candidata presidencial, había

coincidido con el compromiso

de “orden” de Milei, ya que es

una de las premisas de los partidos de derecha y ultraderecha

que ambos representan.

Los anuncios impactan en el

clima social del país sudamericano, ya que se suman al histórico ajuste económico que fue

confirmado por el ministro de

Economía, Luis Caputo, el martes por la noche, y que previsiblemente provocará movilizaciones callejeras.

TEXTO: RT.com

P:15

Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 1 5 GEOMUNDO

Santa María

de la Rosa

Cada 15 de diciembre la Iglesia celebra a

Santa María Crucificada de la Rosa, conocida también como Santa María de Rosa, religiosa italiana, fundadora de la Congregación

de las Siervas de la Caridad.

Paola Francesca Di Rosa -su nombre

secular- nació en Brescia (Italia) el 6 de noviembre de 1813. Posteriormente, al hacerse religiosa, adoptaría el nombre de María

Crocifissa Di Rosa (María Crucificada de la

Rosa).

Su padre, don Clemente Di Rosa, fue

un rico industrial, poseedor de una gran hilandería; su madre, Camilla Albani, era parte

de la prestigiosa familia Albani, por lo que

ostentaba el título de condesa.

Santidad en una fábrica

Durante su primera infancia, María fue

educada por las Hermanas de la Visitación,

quienes poseían un convento y una escuela

en la ciudad. Sin embargo, dejó la escuela

tras la muerte de su madre en 1824.

Con solo 11 años, María empezó a trabajar en la hilandería de la familia. Allí pudo

conocer las duras condiciones en las que

trabajaban muchas mujeres, razón por la

cual quedaría marcada para siempre. Ya de

mayor solía decir: “Yo sufro viendo el sufrimiento de otros”.

Al cumplir los 17 años, María de la Rosa

decidió consagrar su vida a Dios a través del

servicio a los más necesitados. Por eso, animada por su fe y amor al prójimo, organizó a

las trabajadoras de la hilandería con el propósito de generar vínculos de apoyo y ayuda

solidaria entre sus familias.

Esto fue visto con beneplácito por su padre, quien la alentó a perseverar en ese camino. Luego, por su capacidad de liderazgo y

responsabilidad, don Clemente le entregaría

la administración total de la hilandería. La joven acababa de cumplir los 19 años.

Entonces, ella, sobre la base del

grupo de mujeres que había organizado,

formó una asociación religiosa en la que

las trabajadoras podían profundizar y

enriquecer su fe católica. Mientras tanto,

alimentaba su vida espiritual participando

activamente en su parroquia: organizaba

retiros espirituales y obras de misión en

las partes alejadas de Brescia, poniendo,

como ya era habitual, su mayor atención

en las mujeres abandonadas.

El llamado

En 1836, la ciudad de Brescia sufrió

el embate de la peste del cólera. Mucha

gente murió aquel año y fueron muchísimos los niños que quedaron huérfanos.

Para paliar en algo dicha situación, el municipio organizó unos talleres en los que

los niños podían estudiar y, al mismo tiempo, aprender algún oficio para su sustento.

El alcalde le encargó a María de la

Rosa el cuidado de las niñas, nombrándola directora de los talleres. A pesar de sus

cortos 24 años, la joven hizo un trabajo

notable y se ganó la estima y confianza de

los habitantes de Brescia.

María de la Rosa trabajó en aquel

proyecto con gran dedicación durante

dos años, hasta que pensó que sería

mejor brindar una formación más integral y estable en el tiempo. Entonces,

por cuenta propia, abrió un internado

para niñas en estado de abandono -fundamentalmente huérfanas y niñas muy

pobres-, proyecto que crecería hasta

convertirse en un sólido centro de formación y educación católica.

La Congregación de las Siervas de la

Caridad

María, fortalecida por la gracia de

Dios y animada por el Espíritu Santo, no

tardaría mucho en dar el siguiente paso:

abriría otro instituto, esta vez, para niñas sordomudas.

En 1840, tocada por el Espíritu Santo,

Santa María de la Rosa se embarcó en el

proyecto más importante de su vida: la fundación de una comunidad religiosa femenina

dedicada a la atención de los enfermos en

los hospitales: la Congregación de las Siervas de la Caridad.

El grupo inicial estuvo compuesto por

cuatro jóvenes, pero tres meses después

aumentaron a 32. Sor María de la Rosa fue

nombrada por unanimidad superiora de la

naciente comunidad.

La etapa final de la vida de María Crucificada de la Rosa estuvo dedicada a fortalecer la Orden y obtener el reconocimiento

eclesiástico necesario. En 1850, la Santa

Sede, por voluntad expresa del Papa Pío IX,

otorgó la aprobación de su congregación.

Unos años más tarde, Santa María de

la Rosa moriría en olor de santidad, el 15 de

diciembre de 1855. Su proceso de canonización se inició durante el pontificado de San

Pío X en 1913. El Papa Pío XII la beatificó el

26 de mayo de 1940 y él mismo la canonizó

el 12 de junio de 1954 en la Basílica de San

Pedro.

SANTORAL

A los pocos meses de iniciar sus

operaciones, la segunda planta de celulosa de la finlandesa

UPM en Uruguay protagonizó

un accidente ambiental. La multinacional derramó cerca de un

millón de litros de soda cáustica a un arroyo afluente del Río

Negro, luego de intentar almacenarla en una pileta que no

estaba adecuada para su uso.

Tras el análisis de la situación,

el Ministerio de Ambiente decidió sancionar a la compañía

extranjera.

En la última semana, esa secretaría de Estado resolvió aumentar el valor de la multa a cobrar a la empresa. Inicialmente,

el ministerio tenía pensado que

el monto fuera 1.000 unidades

reajustables, pero aumentó esa

cifra a 4.500 (unos siete millones

de pesos uruguayos - $us 175

mil, aproximadamente), según

informó el viceministro Gerardo

Amarilla a El Observador.

El derrame provocó la muerte

de peces, afectó la flora y la calidad del aire. UPM recién registró

el incidente en octubre, cuando

las autoridades de la empresa y

del ministerio participaron junto a vecinos de una reunión de

la comisión de seguimiento de

la planta. Sin embargo, la multinacional sabía desde el 16 de

agosto que se había generado

esa fuga, ya que en esa fecha un

vecino había reportado la muerte de los peces.

En la primera inspección en

la zona, los técnicos de la multinacional hallaron soda cáustica en los márgenes del arroyo y

detectaron que el pH estaba muy

elevado (en 13, varias unidades

por encima de lo habitual), según el medio uruguayo. Esa cifra

bajó rápidamente.

La corrección del monto de la

multa ocurrió luego de que esa

cartera analizara las consecuencias posteriores al derrame y

otros incidentes que tuvo la empresa, posteriormente, informó

La Diaria. “No solamente es la

multa, sino también corregir las

imperfecciones o las situaciones

que no habían andado correctamente, para que, en definitiva,

no se produzcan más incidentes

como el que vivimos”, afirmó.

URUGUAY

El gobierno multará a nueva planta de

celulosa tras derrame de soda cáustica

La Policía de Investigaciones (PDI) detuvo a

Daniel Andrade, representante legal de la fundación Democracia Viva, y

al exseremi de Vivienda de

Antofagasta, Carlos Contreras, ambos investigados por

la llamada arista “Democracia Viva”, caso que desató la

investigación y paralización

de decenas de otros convenios ilegales entre ONG´s y

oficinas públicas a lo largo

del país (Caso Convenios),

sin duda el escándalo de corrupción más grave que ha

afectado hasta ahora al gobierno de Gabriel Boric.

“El Ministerio Público, en

el contexto del Caso Convenios, en lo que dice relación

con la arista Democracia

Viva, solicitó ante el Tribunal de Garantía de Antofagasta, órdenes de detención

en contra de dos imputados,

el señor Andrade y el señor

Contreras, órdenes que fueron despachadas para que

se cursaran por personal de

la PDI”, señaló el fiscal regional de Antofagasta, Juan

Castro, según reza una nota

de radio Cooperativa.

Daniel Andrade, expareja de la diputada oficialista Catalina Pérez, lideró la ONG que hizo estallar la crisis de

las fundaciones en todo el país. El otro detenido es el exseremi de Vivienda de Antofagasta, Carlos Contreras.

Detuvieron a responsables

del caso Democracia Viva

Corrupción en Chile

Contreras fue capturado

en el Aeropuerto de Santiago, mientras Andrade fue detenido en la casa de su madre, en la comuna capitalina

de La Florida. Se prevé que

hoy sean trasladados hasta

Antofagasta (unos 1.400 kms

al norte de Santiago), para

posteriormente ser pasados

a control de detención y audiencia de formalización.

Por esta arista se indagan

los delitos de fraude al fisco,

cohecho, tráfico de influencias, negociación incompatible y malversación de caudales públicos.

El caso Democracia Viva

estalló luego que la diputada Yovana Ahumada (ex

Partido de la Gente) hiciera

público que la fundación,

representada legalmente

por Daniel Andrade (entonces pareja de la diputada

Catalina Pérez, ex presidenta de RD) había firmado

convenios con el Seremi de

Vivienda y Urbanismo de

Antofagasta a través de tratos directos por $426 millones de pesos. El Seremi en

cuestión, Carlos Contreras,

había sido jefe de gabinete

de la diputada Pérez y tesorero de RD. Ya anteriormente, funcionarios públicos

habían alertado a la subsecretaria de Vivienda, Tatiana Rojas, también RD, que

había irregularidades en el

traspaso de dinero a Democracia Viva.

TEXTO: infobae.com

P:16

GEOMUNDO V i e r n e s 1 5 d e d i c i e m b r e , 2 0 2 3 / / w w w .l e o . b o

P Á G . 1 6

La Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) anunció el regreso a sus funciones después de

cinco años.

“Luego de 5 años, Unasur inicia su proceso de reactivación

institucional con la realización

de la primera reunión de uno de

sus Órganos: el Consejo de Delegadas y Delegados”, publicó el

bloque en su cuenta de X.

En la reunión, celebrada el 5

de diciembre en formato virtual,

se discutió el futuro del mecanismo de integración sudamericano

y se anunció el regreso de Colombia al bloque.

Asimismo, se indica que el

Consejo de Delegados y Delegadas, compuesto por representantes de cada Estado miembro,

desempeñará un papel clave en

la aplicación de las decisiones, la

preparación de reuniones de alto

nivel, la elaboración de proyectos

normativos, la coordinación con

otros procesos de integración y la

promoción de espacios de diálogo

civil.

En el encuentro participaron

delegados de Brasil, Bolivia, Colombia, Venezuela, Surinam y Guyana. Según El Destape, que cita

fuentes de la organización, no

hubo representantes de Argentina, a pesar del regreso del país al

bloque en abril de este año.

El medio informa que en la

próxima reunión del Consejo de

Delegados y Delegadas, prevista

para el 15 de diciembre, tampoco

habrá representantes argentinos

debido a la posición de la nueva

administración del país.

Unasur nació en 2008 con el

objetivo de crear un espacio común de integración entre los pueblos de Sudamérica en los ámbitos cultural, social, económico y

político. En 2018-2019, Colombia,

Uruguay, Ecuador, Paraguay, Perú,

Argentina, Chile y Brasil abandonaron el bloque en medio de una

crisis de liderazgo y de la incapacidad de la organización para influir en la resolución de la crisis

en Venezuela.

En mayo de este año, doce líderes sudamericanos se reunieron

en Brasil y firmaron el ‘Consenso

de Brasilia’, un documento que expresa el compromiso con la integración regional.

colombia regresaría al bloque

Después de cinco años, Unasur

anuncia su reactivación

L

a Fiscalía de Ecuador junto a la Policía Nacional

ejecutaron la madrugada

del 14 de diciembre más de 75

allanamientos como parte del

operativo “más grande de la

historia en contra de la corrupción y el narcotráfico”, según

informó Diana Salazar, fiscal

general. Como resultado hay 29

personas detenidas, entre ellos

el presidente del Consejo de la

Judicatura de Ecuador, Wilman

Terán, y el exgeneral de Policía, Pablo Ramírez, que fungió

como director antinarcóticos y

director del servicio de cárceles

del país. A ellos se suman otros

funcionarios judiciales, gubernamentales, abogados y líderes

de la estructura criminal.

El caso ha sido denominado

Metástasis e inició luego del

asesinato del narco Leandro

Norero, quien perdió la vida en

una prisión del país. De acuerdo

con Salazar, a partir de la muerte de Norero “se desprendieron

indicios de una estructura criminal incrustada en todos los

niveles del estado y vinculada

directamente al narcotráfico”.

También fueron detenidos el ex director antinarcóticos y otros funcionarios. La fiscal general ha calificado al proceso como el “más grande de

la historia en contra de la corrupción y el narcotráfico”

Detuvieron al presidente

del Consejo de la Judicatura

Megaoperativo en Ecuador

La investigación realizada

por la Fiscalía asegura que los

ahora detenidos contaban con

“dinero obtenido de actividades

ilegales y ubicaban a funcionarios corruptos que llevaban sus

procesos (judiciales) para obtener ventajas indebidas en un

sistema consumido por el cáncer de la corrupción”.

“El caso metástasis es una

clara radiografía de cómo el

narcotráfico se ha tomado las

instituciones del Estado para,

a través del dinero mal habido

operar desde instancias judiciales y políticas y lograr impunidad en algunos casos”, aseguró la fiscal Salazar en un video

difundido esta madrugada.

La fiscal indicó que tuvo conversaciones con el gobierno,

como parte del eje preventivo,

pues “con seguridad la respuesta a este operativo será una

escalada de violencia”. Salazar

dijo que se advirtió al Ejecutivo

para que el país esté preparado y no se permita ningún tipo

de extorsión por parte de estos

grupos criminales.

Los allanamientos realizados

en Guayas, Pichincha, Cotopaxi,

Santo Domingo de los Tsáchilas, Chimborazo y Manabí requirieron la intervención de 900

personas desplegadas de equipos fiscales y policías. En Quito,

la fiscal general participó en

el allanamiento al edificio del

Consejo de la Judicatura en el

norte de la ciudad.

La mañana del 13 de diciembre, el expresidente Rafael Correa escribió en X que se preTEXTO: infobae.COM

paraba un operativo “dirigido a

obstruir el proceso de concurso

del Consejo de la Judicatura”.

Actualmente, en Ecuador se desarrolla el concurso de renovación parcial de siete jueces de

la Corte Nacional de Justicia. El

proceso liderado por Wilman

Terán ha sido sumamente cuestionado.

Terán también es investigado por obstrucción a la justicia junto al vocal Xavier Muñoz y otros dos ex vocales de

la misma entidad. A pesar de

esos antecedentes, una mayoría conformada por Terán y Muñoz extendió el periodo de tres

jueces nacionales que debían

ser renovados. Se trata de los

magistrados Byron Guillén, Luis

Rivera y Felipe Córdova; quienes revisarán la sentencia en

contra de 20 personas por supuesto cohecho obtenida en el

caso Sobornos 2012-2016. Entre

los condenados de ese caso se

encuentra Rafael Correa y otros

personajes de su partido. La revisión de la sentencia fue admitida a trámite en agosto de este

año por los recursos planteados

por Ramiro Galarza y Alberto

Hidalgo, dos de los 10 empresarios sentenciados en ese caso.

Lo que resuelvan los jueces

prorrogados en sus funciones

podría favorecer a Correa. La

estrategia, según algunos analistas, sería simular la historia

del presidente de Brasil, Lula da

Silva, pero en Ecuador.

El presidente del Consejo de

la Judicatura fue trasladado a la

Unidad de Flagrancias en Quito

como parte de las investigaciones. En declaraciones con

la prensa nacional dijo “nada

debo, nada temo” y aseguró

que está incomunicado. Desde

la cuenta de X de Terán, a las

05h00 (hora local) se publicó un

video de su detención acompañada de un texto: “Miércoles 13

de diciembre: 19h50 pm: Hago

públicas las intenciones e intereses de la Fiscalía de Ecuador para allanar el Consejo de

la Judicatura en complicidad

de jueces políticos de la Corte

Nacional. 00h12: Me detienen

por delito de sicariato y crimen

organizado”.

En el video publicado por

Terán la noche del miércoles,

éste aseguró: “Se ha estado fraguando una intención de allanamientos... este acto carece de

toda legitimidad y solo obedece

a intereses para desestabilizar

a la justicia y por ende a nuestra democracia. Aquí me tienen

y no escondo nada”, mencionó.

En un comunicado oficial, el

Consejo de la Judicatura rechazó la detención de Terán y señaló : “La detención del doctor

Terán es parte de la campaña

de desprestigio y ataque que

se ejecuta desde hace varios

meses contra la Función Judicial”.

P:17

Viernes 15 de diciembre, 2023

Santa Cruz de la Sierra OVACION www.leo.bo

Wilstermann celebró su clasificación a la final

del torneo “por series” de

la División Profesional al

eliminar a Royal Pari ayer

jueves, y ese logro obtenido en el estadio Tahuichi

de Santa Cruz, a pesar de

perder 2-1, también le dio

el pasaporte a una Copa de

la Conmebol 2024 a Universitario Vinto.

Mientras la gente de

Pari sufrió en grande por

quedar al margen, ocurrió todo lo contrario con

el valluno U de Vinto, que

festejó en grande el haber

asegurado un premio y su

primera llegada a la Copa

Sudamericana, un objetivo

que persiguió todo el año.

Como octavo de la tabla

del punto promedio, U de

Vinto tenía la chance de

agarrar el último cupo copero destinado a Bolivia,

que finalmente fue a sus

manos. Se hubiera quedado sin el premio si Aurora

o Royal Pari o ambos llegaban a la final “por series”,

certamen que entregará

ahora a Wilstermann la Libertadores (Bolivia 4) en

caso de que gane el campeonato o la Sudamericana (Bolivia 1), si es segundo.

Royal Pari no pudo salvar el honor de los clubes

cruceños, al confirmar que

ningún representante de

Santa Cruz logró clasificarse a un torneo internacional, ya que Blooming,

Oriente Petrolero, Real

Santa Cruz y Guabirá también quedaron al margen.

A pesar de su derrota

con Aurora (1-0) Bolívar se

clasificó a la gran final del

torneo “por series” al ganar la ronda de semifinaLos cinco clubes de Santa Cruz quedan fuera de los torneos internacionales de 2024. Bolivia ya tiene a sus ocho equipos para

esos certámenes. La academia paceña eliminó a Aurora en ‘semis’ y buscará el título del certamen ‘seriado’.

Wilster vence a Royal Pari

y la final es contra Bolívar

Torneo por series

les (3-2 en el global), ayer

jueves en el estadio Félix

Capriles de Cochabamba.

La Academia se impuso

en la ida por 3-1, diferencia que hizo valer para acceder a la primera final de

este inédito certamen.

Los vallunos estaban

obligados a vencer por una

diferencia de tres goles o

más para pasar de fase o

al menos triunfar con una

ventaja de dos tantos para

forzar los penales, pero no

pudo hacerlo.

El único gol del partido

llegó a los 77 minutos con

un cabezazo de Luis Barbosa.

El equipo del pueblo

tuvo otras acciones de peligro, pero no pudo convertir y mucho menos supo

aprovechar su ventaja numérica porque la Academia

jugó con 10 hombres desde los 58’ por la expulsión

de Fernando Saucedo.

Bolívar definirá el título

del torneo el lunes en condición de local ante Wilstermann.

Los ocho internacionales

El fútbol boliviano ya

tiene a sus ocho clubes

clasificados a los torneos

de la Conmebol del próximo año. Por el momento

están seguros tres en la Libertadores y otros tres en

la Sudamericana. Está pendiente que se defina a un

cuarto que irá a cada uno

de esos torneos.

A la Libertadores avanzaron el campeón boliviano The Strongest (Bolivia

1), el ganador del punto

promedio Bolívar (Bolivia

2) y el tercero en esa tabla

Always Ready (Bolivia 3),

los dos primeros directo a

la fase de grupos.

Si Wilstermann gana el

campeonato “por series”

será Bolivia 4 para ese

principal torneo de clubes

de la Conmebol; en cambio, si es segundo, ese lugar será para Aurora.

De los dos, el que quede fuera de la Libertadores

será Bolivia 1 en la Sudamericana.

Para esa Copa también

están clasificados Nacional Potosí (Bolivia 2), Real

Tomayapo (Bolivia 3) y Universitario Vinto (Bolivia 4).

P:18

Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo DEPORTES P Á G . 2

La Federación Boliviana de Fútbol (FBF)

tiene previsto comenzar la temporada 2024 en

la primera semana de febrero, la planificación está

a cargo de la Dirección de

Competiciones.

Todavía no se conoce la

cantidad de torneos que

serán programados, pero

se prevé que serán dos,

uno hasta la mitad del primer semestre y otro después de la Copa América

hasta diciembre.

El plan será presentado

a los clubes que deberán

aprobarlos en un Consejo

Superior, donde además

se redactará la Convocatoria y Reglamento de la

Temporada para definir entre otros temas, premios a

torneos internacionales y

descensos de categoría.

Para el armado del calendario de la temporada

se debe tomar en cuenta

las fechas que utilizará la

Conmebol para las copas

Libertadores y Sudamericana y las de FIFA para los

partidos de selecciones.

Las primeras fases de la

Libertadores se resolverán

en las semanas del 7 de febrero al 13 de marzo. Los

grupos comenzarán a disputarse del 2 de abril al 29

de mayo.

La Sudamericana dará inicio

en la semana del 6 de marzo, en el caso de Bolivia con

partidos entre los clasificados del país y los grupos se

jugarán desde el 2 de abril.

En marzo (18 al 26) habrá

fecha FIFA y se prevé que

la selección jugará dos

partidos amistosos contra

rivales europeos.

CAMPEONATO. La FBF planifica comenzar la temporada 2024 en la primera semana de febrero.

La FBF planifica arrancar la

primera semana de febrero

Todavía no se conoce cuántos torneos se disputarán en un año donde habrá las copas de la Conmebol de clubes, Copa

América en Estados Unidos y cinco fechas FIFA.

Temporada 2024

El argentino-boliviano Gustavo Quinteros, mundialista

con la Verde en 1994, logró

un nuevo título como entrenador de Colo Colo al coronarse

campeón de la Copa Chile,

tras derrotar al Magallanes

con marcador 3-1, en un partido disputado en la cancha de

Iquique, del miércoles por la

noche.

Las acciones comenzaron

con un incidente poco común,

y es que el juez de línea Alejandro Molina sufrió una lesión

muscular a los tres minutos de

juego y debió ser sustituido por

el cuarto árbitro.

Poco después de reiniciado

el compromiso, el defensa del

‘Cacique’ Ramiro González cometió falta dentro de su área y

se marcó penal a favor de Magallanes, cobrada con efectividad por Joaquín Larrivey.

Sin embargo, Colo Colo no

bajó los brazos y al minuto 18

del primer tiempo igualó el marUn nuevo título

Gustavo Quinteros conquista

la Copa de Chile con Colo Colo

El extécnico de la selección

boliviana, el argentino Gustavo

Costas, será anunciado en las

próximas horas como nuevo

entrenador de Racing Club

y volverá a dirigir en su país

después de 16 años.

A falta del anuncio oficial, varios medios deportivos importantes del vecino país confirmaron la noticia. Costas tendrá

su tercer ciclo en la ‘Academia’,

curiosamente siendo el único

club que dirigió en su nación.

Costas, identificado con Racing, comenzó su carrera como

entrenador justo en el equipo

de Avellaneda, entre 1999 y el

año 2000. En 2007 tuvo su segunda chance y en 2024 será la

tercera vez al frente del equipo

celeste y blanco.

Según el reporte de los medios

deportivos, la dirigencia de

Racing hizo un gran esfuerzo

en la parte económica para que

Costas aceptara la propuesta

de dirigir, pese a tener mejores

ofertas económicas fuera de

Argentina.

El entrenador, de 60 años, viene de ser destituido de la selección boliviana a raíz de los

malos resultados en el inicio

de las Eliminatorias sudamericanas, dirigiendo cuatro partidos oficiales y cayendo en todos.

En Bolivia estuvo poco más de

un año, dirigiendo a la Verde

en 10 ocasiones, con un registro de un triunfo, un empate

y ocho derrotas, siendo despedido por la FBF y éste demandando a la Federación para un

resarcimiento económico.

argentina

Gustavo Costas fue elegido

como técnico de Racing

La Copa América Estados

Unidos 2024 también está

en la agenda, se jugará del

20 de junio al 14 de julio.

Antes (3 al 11 de junio) se

podrá programar partidos

amistosos.

En septiembre, octubre y

noviembre habrá dos jornadas dobles por mes para

la disputa de partidos de

eliminatorias.

cador gracias a Emiliano Amor,

quien finalizó una buena jugada

colectiva.

El 2-1 llegó cuando había

transcurrido 38 minutos, tras un

disparo de Erick Wienberg que

se desvió en Fernando Piñero y

dejó fuera de combate al arquero del Magallanes, Diego Tapia.

En la segunda mitad del

partido, Colo Colo mantuvo el

dominio sobre la cancha y al

minuto 68, Vicente Pizarro puso

el definitivo 3-1 que le dio la

victoria al Cacique.

De esta manera, los dirigidos por Gustavo Quinteros alzaron su Copa Chile número

14 y consiguieron un premio

de consolación, tras quedar en

tercer lugar en el campeonato

de primera división.

P:19

DEPORTES Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo

P Á G . 3

Todo pudo haber cambiado en el último

suspiro, cuando Lorenz Assignon marcó para

los locales en el 90+11’. El

público bretón festejaba a

lo grande un tanto que le

daba el liderato, pero finalmente la revisión en el VAR

hizo que el gol se anulara.

La victoria era finalmente para el Villarreal, que

había ido llevando la iniciativa en el partido, adelantándose con tantos de

Gerard Moreno (36’ de penal) e Ilias Akhomach (62’),

que fueron respondidos

por goles de los locales Assignon (37’) y Ludovic Blas

(79’).

Instantes después de

ese tanto de Blas, el Villarreal había conseguido el

tanto que le terminó dando la victoria y el liderato,

el conseguido en el 80’ por

Dani Parejo, asistido por

Alejandro Baena.

El liderato era el objetivo tanto de Villarreal como

Rennes, que tenían seguro

avanzar. A los franceses les

valía el empate, pero la derrota les relega a ese incómodo y peligroso segundo

lugar.

El Villarreal terminó con

13 puntos y el Rennes con

12 unidades. El Maccabi

Haifa (5 puntos), que ganó

2-1 en el terreno del Panathinaikos (4 puntos), acabó

tercero y será repescado

para jugar la Conference

League, mientras que los

griegos quedan eliminados de las competiciones

europeas.

Apenas decimotercero en la clasificación de la

Liga española, el Villarreal

mantiene vivo el sueño de

reeditar su gran hazaña de

2021, cuando se proclamó

campeón en la Europa League.

CELEBRACIÓN. El conjunto español cerró una buena campaña en Europa con 13 puntos, liderando su grupo.

El ‘submarino amarillo’ se impuso por 2-3 en condición de visitante en

su último partido en la fase de grupos de la Europa League.

Termina líder de su grupo en Europa League

Villarreal gana de

visita al Rennes 2-3

El argentino Leo Messi, el

noruego Erling Haaland y el

francés Kylian Mbappé son los

tres finalistas al premio The Best

al Jugador Masculino de la FIFA

2023, cuyo ganador se conocerá

el 15 de enero en una ceremonia

en Londres.

Messi, que en 2022 consiguió

esta distinción por segunda vez

después de coronarse campeón

del mundo con Argentina en

Catar, tuvo un papel principal en

la consecución del último título

de Liga para el PSG, el segundo

ganado por él en Francia.

Su última temporada en la liga

gala la completó formando parte del mejor equipo del campeonato y en lo más alto de la tabla de asistencias de la división.

Autor de más de 100 tantos con

Argentina; máximo goleador de

todos los tiempos de las cinco

grandes ligas europeas y único jugador que ha dado una

asistencia en cinco Mundiales,

Messi fichó en julio por el Inter

de Miami donde continúa su

carrera.

La FIFA recordó que durante el

periodo de clasificación para

The Best 2023, Mbappé vio

puerta 17 veces en los 20 últimos partidos de liga y protagonizó una racha de nueve goles

premio The Best

Messi, Haaland y Mbappé son finalistas

Noche dolorosa para el Betis,

que necesitaba un punto para

avanzar en la Europa League

pero que al perder 3-2 en casa

ante el Glasgow Rangers, en

la sexta y última jornada del

grupo C, quedó eliminado del

torneo y tendrá que pasar a

disputar la Conference League.

Los béticos empezaron la última jornada en primer lugar y

la terminaron terceros, fuera

de las dos primeras plazas que

permitían seguir en la Europa

League.

Jugarán ahora en febrero una

ronda preliminar ante uno de

los segundos clasificados de

la fase de grupos de la Conference League para poder estar

en los octavos de ese torneo,

el tercero en importancia en el

fútbol europeo de clubes.

El jamaicano Kemar Roofe, en

el minuto 78, consiguió el gol

de la victoria de los Rangers

en el estadio Benito Villamarín,

dando así la clasificación y el

liderato de grupo a los escoceses.

Antes de ello, los Rangers se

habían adelantado en otras

dos ocasiones, con dianas del

senegalés Abdallah Sima (10’) y

el belga-nigeriano Cyriel Dessers (20’), pero en ambas ocasiones el Betis había equilibrado

Europa League

Betis pierde ante Glasgow

Rangers y se despide

Rebecca Welch se convertirá

el próximo 23 de diciembre en

la primera mujer en arbitrar un

partido del campeonato inglés

masculino de fútbol de primera

división.

Welch (40 años) fue designada

ayer jueves como jueza principal

del duelo entre Fulham y Burnley, correspondiente a la jornada

18 de la Premier League.

Árbitra desde 2010, a la vez que

trabaja para el National Health

Service (servicio británico de

salud pública), Rebecca Welch

está acostumbrada a ser una

pionera.

En 2021 fue la primera mujer en

arbitrar un partido en la cuarta

división, antes de pasar a dirigir

encuentros en el Championship

(segunda división) y la Copa de

Inglaterra.

Es árbitra también en las competiciones femeninas, donde estuvo en el Mundial de este año.

Rebecca Welch

Primera mujer en arbitrar

un partido de la Premier

en seis encuentros para ser el

máximo goleador y ser distinguido como Jugador del Año.

El noruego Erling Haaland,

de 23 años, opta al premio

después del primer triplete del

Manchester City de Pep Guardiola, con la Liga de Campeones, la Copa de Inglaterra y la

Premier League.

con goles de Juan Miranda (14’)

y Ayoze Pérez (37’).

Con empate provisional 2-2 en

el marcador, al Betis se le anuló

un tanto de Ayoze a los 69’, tras

una revisión mediante el VAR.

El Betis no podrá aspirar a ser

campeón en la Europa League,

un torneo donde lidera el palmarés el otro gran equipo de

su ciudad, el Sevilla, con siete

títulos.

La Conference League, una

competición que celebra este

curso su tercera edición de

vida, será ahora la esperanza

de los verdiblancos de conquistar un título europeo.

El Betis será el único equipo

español en las rondas de eliminación directa de la Conference League y en la Europa

League la única baza de la Liga

española será el Villarreal, que

ayer jueves consiguió el liderato de su grupo al ganar 3-2 en

Rennes

P:20

Viernes 15 de diciembre, 2023 // www.leo.bo DEPORTES P Á G . 4

Buenas noticias para

la selección boliviana, que busca reemplazo para Marcelo Martins,

Víctor Abrego continuará

su carrera en el club Raja

Casa Blanca de Marruecos,

el club más importante de

este país y subcampeón del

Mundial de Clubes en 2013.

La dirigencia de Universitario de Vinto confirmó que el

jugador ya partió hacia Marruecos donde se someterá

a las pruebas médicas para

luego sellar su vinculación.

En Marruecos también han

confirmado que Abrego es

nuevo fichaje del club. La

cuenta partidaria Raja Phobia anunció que el delantero boliviano se incorpora a

las filas del reconocido club

marroquí.

Víctor Abrego, de 26 años

de edad, jugó en Bolivia en

Destroyers, en 2020 pasó a

Bolívar y este año fue cedido a préstamo a Universitario de Vinto. Su vínculo con

el club académico ya finalizó.

Su nuevo club

Campeón en diversas ocasiones de las más importantes competiciones de su

país y de África, el Raja Casa

Blanca llegó a ser subcampeón en 2013 de la Copa

Mundial de Clubes de la

FIFA 2013, tras perder la final que lo enfrentó al Bayer

Munich de Pep Guardiola,

precisamente en Marruecos,

en el estadio de Marrakech.

La Confederación Africana

de Fútbol situó en el año

2000 al Raja como el tercer mejor club de África del

siglo XX, por detrás de los

egipcios Al-Ahly y Zamalek. delantero. Víctor Abrego celebra uno de sus goles con la selección boliviana.

Abrego jugará en el Raja

Casablanca de Marruecos

El jugador boliviano ya viajó al país africano para someterse a los exámenes médicos. Deja la U de Vinto luego de una

temporada a gran nivel.

El club más grande de este país

Bolivia tiene grandes posibilidades de buscar los primeros

lugares en la pedestre San Silvestre, que se correrá el 31 de

diciembre en las calles y avenidas de la ciudad de Sao Paulo

(Brasil), tras la confirmación de

sus estrellas de fondo: Héctor

Garibay y Jhoselyn Camargo.

Ambos atletas tuvieron

sus mejores actuaciones en la

tradicional prueba en la versión de 2021, cuando Garibay

ocupó el tercer lugar en los 15

kilómetros, con un tiempo de

45’15”, mientras que Camargo

acabó séptima, cronometrando

para la distancia 55’22”.

Además de Garibay y Camargo, Bolivia contará en la

prueba con la participación de

Carla Rosales, Rubén Arando,

Víctor Aguilar y Josué Muriel.

Todos con buenas presentaciones en 2023, en especial en las

pruebas de calle.

Hasta la fecha, Garibay es el

único atleta boliviano clasificaEstrellas bolivianas de fondo

Garibay y Camargo estarán en la

pedestre San Silvestre en Sao Paulo

La academia de fútbol Tahuichi

hizo el lanzamiento oficial de

la versión XXVI del Mundialito

Paz y Unidad, que volverá a disputarse en la ciudad de Santa

Cruz después de cinco años.

El torneo está previsto para la

segunda semana de enero (13 y

14 de ese mes) con los partidos

entre equipos infanto-juvenil,

que participarán en el Mundialito y también en la Copa Tahuichi

- Nueva Santa Cruz.

“Hoy estamos presentes con un

Mundialito más, con la presencia de equipos internacionales

con chicos que están llenos de

ilusión y esperanza, de poder

mostrar al mundo que, aquí en

Santa Cruz, que organizamos el

torneo más grande del país y Sudamérica”, manifestó Roly Aguilera, presidente de la academia.

En la ceremonia de presentación, se coronó a la nueva reina

del certamen, Isabella Campos,

hija del exjugador Jhasmani

Campos, quien se formó en las

canchas de la academia.

“Quiero agradecer a Dios, a la familia Aguilera y a todos los que

componen la academia Tahuichi,

prometo dar todo de mí para el

Mundialito”, dijo la soberana.

después de cinco años

Mundialito Paz y Unidad de

Tahuichi se volverá a jugar

do con marca A para los Juegos

Olímpicos de París 2024, gracias a su gran actuación en febrero pasado en la Maratón de

Sevilla. Precisamente, Camargo,

que este año ganó la Media

Maratón de Medellín (Colombia) y la 10k de San Isidro (Argentina), buscará también su

clasificación directa a los JJOO

en la misma maratón en febrero de 2024.

P:21

CUERPO

B

Santa Cruz de la Sierra

Viernes 15 de

Diciembre de 2023

OP-0016930-14,15,16-Dic.

SECRETARIA MUNICIPAL DE PLANIFICACIÓN PARA EL DESARROLLO

GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA

SECRETARIA MUNICIPAL DE PLANIFICACIÓN PARA EL DESARROLLO

EDICTO DE PRENSA

PARA LA SEÑORA: MORENO MARTINEZ VERONICA ADRIANA, Y/O HEREDEROS; LA

SECRETARIA MUNICIPAL DE PLANIFICACION PARA EL DESARROLLO DEPENDIENTE

DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 12 Y 33 IN C. VI DE LA LEY N° 2341 DE

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, LE HACE CONOCER QUE SE ENCUENTRA EN

CURSO UN PROCESO DE APROBACIÓN POR REESTRUCTURACIÓN COLECTIVA SOBRE TERRENO QUE CUENTA CON REGISTRO TOPOGRÁFICO A NOMBRE DEL SR.

FELIX SUAREZ SEVERICHE DEL SECTOR UBICADO EN LA ZONA ESTE, DISTRITO

MUNICIPAL N°7, UV-228, M-1, L-1,2,3 Y 4 CON EL N.° DE TRÁMITE PFREE-204/2021,

PARA QUE EN EL PLAZO IMPRORROGABLE DE DIEZ DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS SE APERSONEN ANTE LA SECRETARIA MUNICIPAL DE PLANIFICACION PARA

EL DESARROLLO, UBICADA EN LA QUINTA MUNICIPAL, 4TO ANILLO ENTRE AV. CENTENARIO Y AV. ROCA Y CORONADO, A EFECTOS DE REGULARIZAR EL TRÁMITE

MENCIONADO, DEBIENDO ACOMPAÑAR DE MANERA IMPRESCINDIBLE SU TÍTULO

DE PROPIEDAD AUTENTICADO U ORIGINAL Y REGISTRO TOPOGRAFICO. ES TODO

CUANTO SE HACE SABER MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO DE PRENSA PARA LOS

FINES DE LEY. - EN LA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, A LOS CINCO DÍAS

DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.

La Dirección Departamental del SERECI - SANTA

CRUZ, comunica a la opinión Pública que: la Sra. LIDIA

PAREDES BASCOPE cuenta con DOS registros de

Nacimiento: Con los siguientes datos:

PRIMER REGISTRO

ORC: 3000 LIBRO: 39/81, PARTIDA: 701, FOLIO: 38,

FECHA DE INSCRIPCION: 06/09/1981

Nombre: LYDIA

Apellido Paterno: PAREDES

Apellido Materno: BASCOPE

Fecha de nacimiento: 15/06/1981

Nombre del Padre: FELIX PAREDES MALDONADO

Nombre de la Madre: INES BASCOPE GARABITO

SEGUNDO REGISTRO

ORC: C-MONTERO S, LIBRO: 57-PROCESO, PARTIDA: 85, FOLIO: 85, FECHA DE INSCRIPCIÓN:

26/06/1999

Nombre: LIDIA

Apellido Paterno: PAREDES

Apellido Materno: BASCOPE

Fecha de nacimiento: 15/06/1981

Nombre del Padre: FELIX PAREDES MALDONADO

Nombre de la Madre: INES BASCOPE GARABITO

Por lo que en el marco de la Ley 018/2010, Art. 71 y 73 y

el Reglamento de Rectificación, Cambio, Complementación, Ratificación, Reposición, Cancelación y Traspaso

de Partidas del Registro Civil por la Vía Administrativa,

aprobado mediante Resolución Administrativa TSE-RSP

N°080/2012 Tribunal Supremo Electoral, la Sra. LIDIA

PAREDES BASCOPE ha solicitado la CANCELACION

DE LA PRIMERA PARTIDA

SEGUNDO REGISTRO

ORC: C-MONTERO S, LIBRO: 57-PROCESO,

PARTIDA: 85, FOLIO: 85, FECHA DE INSCRIPCION:26/06/1999

Nombre: LIDIA

Apellido Paterno: PAREDES

Apellido Materno: BASCOPE

Fecha de nacimiento: 15/06/1981

Nombre del Padre: FELIX PAREDES MALDONADO

Nombre de la Madre: INES BASCOPE GARABITO

En la vía administrativa por lo que comunica a Terceros Interesados que conozcan causales con motivos de

oposición a la pretensión a presentarla por Escrito ante

la Dirección Departamental del SERECI-SANTA CRUZ,

en la secretaria de Dirección, en el plazo de 15 días calendario, a partir de la fecha de la presente publicación.

COMUNICADO

OP-0016948-15-dic.

La Dirección Departamental del SERECI- SANTA CRUZ, comunica

a la opinión Pública que: el Sr. HERMOGENES QUIROGA MAMANI

cuenta con tres registros de Nacimiento: Con los siguientes datos:

PRIMER REGISTRO

ORC:329 LIBRO: 2/41 PARTIDA: 124 FOLIO: 12 FECHA DE INSCRIPCION 18/12/1941

Nombre: HERMOGENES

Apellido Paterno: MAMANI

Apellido Materno: QUIROGA

Fecha de nacimiento: 12/12/1941

Lugar de nacimiento: BOLIVIA - PASO

Nombre del Padre: DOROTEO MAMANI

Nombre de la Madre: MERSEDES QUIROGA

SEGUNDO REGISTRO

ORC:972 LIBRO: 35 PARTIDA: 413 FOLIO: 413 FECHA DE INSCRIPCION 18/10/1974

Nombre: HERMOGENES

Apellido Paterno: MAMANI

Apellido Materno: QUIROGA

Fecha de nacimiento: 12/12/1941

Lugar de nacimiento: BOLIVIA - COCHABAMBA QUILLACOLLO

PASO

Nombre del Padre: DOROTEO MAMANI ESPINOZA

Nombre de la Madre: MERCEDES QUIROGA OPORTO

TERCERO REGISTRO

ORC:DRC-CAPITAL LIBRO: EX - 45 PARTIDA: 178 FOLIO: 178 FECHA DE INSCRIPCION 27/10/1980

Nombre: HERMOGENES

Apellido Paterno: QUIROGA

Apellido Materno: MAMANI

Fecha de nacimiento: 12/12/1941

Lugar de nacimiento: BOLIVIA - COCHABAMBA QUILLACOLLO

PASO

Nombre del Padre: DOROTEO QUIROGA

Nombre de la Madre: MERCEDES MAMANI OPORTO

Por lo que en el marco de la Ley 018/2010, Art. 71 y 73 y el Reglamento de Rectificación, Cambio, Complementación, Ratificación, Reposición, Cancelación y Traspaso de Partidas del Registro Civil por

la Vía Administrativa, aprobado mediante Resolución Administrativa

TSE-RSP No 080/2012 Tribunal Supremo Electoral, el Sr. EUSEBIO

PEY SOLIZ ha solicitado la CANCELACIÓN DE LA PRIMERA Y SEGUNDA PARTIDAS DE NACIMIENTO, QUEDANDO VIGENTE LA

TERCERA PARTIDA DE NACIMIENTO CON MODIFICACIONES,

DATOS CONVENCIONALES DE LA MADRE.

ORC:DRC-CAPITAL LIBRO: EX - 45 PARTIDA: 178 FOLIO: 178 FECHA DE INSCRIPCION 27/10/1980

Nombre: HERMOGENES

Apellido Paterno: QUIROGA

Apellido Materno: MAMANI

Fecha de nacimiento: 12/12/1941

Lugar de nacimiento: BOLIVIA - COCHABAMBA QUILLACOLLO

PASO

Nombre del Padre: DOROTEO QUIROGA

Nombre de la Madre: MERCEDES MAMANI

En la vía administrativa por lo que comunica a Terceros Interesados que conozcan causales con motivos de oposición a la pretensión a presentarla por Escrito ante la Dirección Departamental

del SERECI-SANTA CRUZ, en la secretaria de Dirección, en el

plazo de 15 días calendario, a partir de la fecha de la presente

publicación.

COMUNICADO

OP-0016952-15-Dic.

LA DOCTORA: VERONICA VASQUEZ SALVATIERRA.- JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO CIVIL-COMERCIAL 17° DE LA CAPITAL.-

HACE SABER QUE: mediante resolución de fecha de 09 de noviembre de 2023 dentro del proceso monitorio ejecutivo exp.

120/23 seguido GUALBERTO CEDEÑO HINOJOSA representada legalmente por JUAN CARLOS CEDEÑO ACOSTA contra

FLORENCIO GALARZA ACOSTA y INCARNA DELGADO GUTIERREZ, con la siguiente actuada , Santa Cruz 09 de Noviembre

del 2.023 VISTOS: Estando cumplidos los requisitos señalados por el Art. 416 Cód. Procesal Civil se DISPONE el remate del

100% del inmueble embargado a fs. 137 de obrados, Inmueble, Uv. 118 Mza. GC N° 8 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra - Santa Cruz , con una superficie de 408.00 Mts2, de propiedad de FLORENCIO GALARZA ACOSTA, con Código Catastral

N° 04830008, registrado en oficinas de Derechos Reales de Santa Cruz , bajo el folio con matricula 7.01.1.99.0064353,

sobre la base de su valor pericial de fs. 72-92 de obrados en 121.426,00 $us. (CIENTO VEINTE Y UN MIL CUATROCIENTOS

VEINTE Y SEIS 00/100 DÓLARES AMERICANOS.), situación impositiva 2021-2022, gravámenes por Asiento B-4, B-5.-, Por

secretaria otorgúese el respectivo aviso de remate.-. A cuyo efecto, señálese audiencia de remate el dia jueves, 21 de diciembre de 2023, a horas 9:00, debiendo notificarse a Arminda Robles Pinto, Martillera Judicial N° 28, con domicilio en B.

San Luis C. Cuatro Ojos No. 176 Entre 2do y 3er Anillo, quién a los efectos de la subasta deberá constituirse en Juzgado 17

Publico Civil y Comercial de la Capital Distrito 5 Zona Ucebol.-El dia y la hora señalados, donde también podrán concurrir

todos los interesados, previo empoce del 20% exigido por ley, debiendo publicarse los avisos de ley por una vez, en un

medio de prensa escrita de esta ciudad, autorizado por Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a más de fijarse

copia en el tablero judicial. Notifiquese a todos los acreedores.- Regístrese y Notifiquese. -Firma la Juez VERONICA VASQUEZ . SALVATIERRA JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL- COMERCIAL 17° DE LA CAPITAL.- FDO ILEGIBLE.- MELVY ROSMERY

HERBAS GARAY SECRETARIA EN SUPLENCIA LEGAL DE LA SECRETARIA PÚBLICO CIVIL- COMERCIAL 17° DE LA CAPITAL.-

Santa Cruz 24 de noviembre del 2.023.-

AVISO DE REMATE

OP-0016953-15-Dic.

La Dirección Departamental del SERECI- SANTA CRUZ, comunica a la opinión Pública que: el Sr. ROGER QUIROGA

MEDINA cuenta con DOS registros de Nacimiento: Con los

siguientes datos:

PRIMER REGISTRO

ORC: 795 LIBRO: 24, PARTIDA: 185, FOLIO: 185, FECHA DE

INSCRIPCION: 05/10/1977

Nombre: ROGER

Apellido Paterno: MAMANY

Apellido Materno: MEDINA

Fecha de nacimiento: 01/10/1977

Lugar de nacimiento: BOLIVIA - SANTA CRUZ - ANDRES IBAÑEZ - SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Nombre del Padre: HERMOGENES MAMANY QUIROGA

Nombre de la Madre: FELICIA MEDINA

SEGUNDO REGISTRO

ORC: DRC-CAP1TAL LIBRO: EX-60, PARTIDA: 13165, FOLIO: 1316, FECHA DE INSCRIPCION: 28/05/1981

Nombre: ROGER

Apellido Paterno: QUIROGA

Apellido Materno: MEDINA

Fecha de nacimiento: 01/10/1977

Lugar de nacimiento: BOLIVIA - SANTA CRUZ - ANDRES IBAÑEZ - SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Nombre del Padre: HERMOGENES QUIROGA MAMANI

Nombre de la Madre: FELICIA MEDINA VELASQUEZ

Por lo que en el marco de la Ley 018/2010, Art. 71 y 73 y el

Reglamento de Rectificación, Cambio, Complementación,

Ratificación, Reposición, Cancelación y Traspaso de Partidas

del Registro Civil por la Vía Administrativa, aprobado mediante

Resolución Administrativa TSE-RSP N°080/2012 Tribunal Supremo Electoral, el señor MAXIMO SANCHEZ ha solicitado la

CANCELACION DE LA PRIMERA PARTIDA, QUEDANDO

VIGENTE LA SEGUNDA PARTIDA DE NACIMIENTO, POR

SER ORDEN JUDICIAL

SEGUNDO REGISTRO

ORC: DRC-CAPITAL LIBRO: EX-60, PARTIDA: 13165, FOLIO: 1316, FECHA DE INSCRIPCIÓN: 28/05/1981

Nombre: ROGER

Apellido Paterno: QUIROGA

Apellido Materno: MEDINA

Fecha de nacimiento: 01/10/1977

Lugar de nacimiento: BOLIVIA- SANTA CRUZ - ANDRES IBAÑEZ - SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Nombre del Padre: HERMOGENES QUIROGA MAMANI

Nombre de la Madre: FELICIA MEDINA VELASQUEZ

En la vía administrativa por lo que comunica a Terceros Interesados que conozcan causales con motivos de oposición a

la pretensión a presentarla por Escrito ante la Dirección Departamental del SERECI-SANTA CRUZ, en la secretaria de

Dirección, en el plazo de 15 días calendario, a partir de la fecha

de la presente publicación.

COMUNICADO

OP-0016951-15-Dic.

LA DOCTORA VERONICA VASQUEZ SALVATIERRA.- JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO CIVIL-COMERCIAL 17° DE LA CAPITAL.-

HACE SABER QUE: mediante resolución de fecha 09 de noviembre de 2023, de fs 235, dentro del proceso Monitorio Ejecutivo exp. 10/18 seguido por DISTRIBUIDORA DE INSUMOS Y MAQUINARIAS TOTAL AGRO S.A. con su SIGLA TOTAL AGRO

S.A. representado legalmente por JORGE FERNANDO DAJER AÑEZ contra JUAN RODAS GONZALES Santa Cruz, 09 de noviembre de 2023VISTOS: Las partes fueron notificadas con el avaluó pericial a fs. fs. 209 y 210 no han presentado impugnación. -Estando cumplidos los requisitos señalados por el Art. 416 Cód. Procesal Civil se DISPONE el remate del vehículo

embargado a fs. 234 de obrados, clase Tractor, marca Valmet, tracción 4x4, modelo 1780, año 1994, color. Amarillo, de

propiedad de JUAN RODAS GONZALES, número 4472455202A, número de chasis BOMAP159989803MDR, sobre la base de

su valor pericial de fs. 203-208 de obrados en $us. 12.800,00 (DOCE MIL OCHOCIENTOS 00/100 DÓLARES AMERICANOS.).-

A cuyo efecto, señálese audiencia de remate el día miércoles, 27 de diciembre de 2023, a horas 10:00, debiendo notificarse

a Roxana Porcel Rodríguez, Martillera Judicial N° 29, con domicilio en Prolongación Beni Edificio Top Center Of. 2f 2do Piso,

quién a los efectos de la subasta deberá constituirse en Juzgado 17 Publico Civil y Comercial de la Capital-Distrito 5-Zonal

Ucebol.- El día y la hora señalados, donde también podrán concurrir todos los interesados, previo empoce del 20% exigido

por ley, debiendo publicarse los avisos de ley por una vez, en un medio de prensa escrita de esta ciudad, autorizado por

Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a más de fijarse copia en el tablero judicial.-Por secretaria otorgúese el

respectivo aviso de remate y notifíquese a todos los acreedores.-Al Otrosí 1 y 2.- Por adjuntado el certificado de SEDACRUZ

que acredita la hipoteca judicial.-Al Otrosi 3.- Estese a lo principal.-Regístrese y Notifíquese. -Firma la Juez VERONICA VASQUEZ SALVATIERRA JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL COMERCIAL 17° DE LA CAPITAL.- FDO ILEGIBLE.- MELVY ROSMERY

HERBAS GARAY DE LA SECRETARIA PUBLICO CIVIL- COMERCIAL 17° DÉLA CAPITAL.-

Santa Cruz 27 de noviembre DEL 2.023.-

AVISO DE REMATE

OP-0016958-15-Dic.

P:22

2 Santa Cruz de la Sierra | Viernes 15 de diciembre de 2023

EXTRAVIO

Extravió de nota de despacho de YPFB con numero de factura

131818 en la puerta de mercado plan tres mil de la nota es para

JYRL GAS con fecha 11/12/2023. OP-0016935-14,15,16-Dic.

EXTRAVIO DE PERDIDA

Se hace público conocimiento, la pérdida de la Resolución Administrativa de Autorización para apertura y

funcionamiento FL Nº 065/2013 a nombre de la DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS denominada ASISTEFAR, de la Dra. Ana María Orellana Rojas.

Nota: El presente aviso se realiza para solicitud de uno nuevo

por perdida. OP-21096-15,16,17-Dic.

AVISO DE EXTRAVIÓ DE

TÍTULO DE BACHILLER

SE HA EXTRAVIADO UN TÍTULO DE BACHILLER DE LA SRTA.

MARIA RENÉ SANTANDER SALVATIERRA C.I.

8165709 SC. PROMOCIÓN DEL AÑO 2015 DEL COLEGIO MADRE CLARA RICCI DE PUERTO SUÁREZ.

QUEDANDO ESTE NULO Y SIN VALOR LEGAL. OP-21101-15-Dic.

EXTRAVIO

FORMALIZO DENUNCIA ANTE LA AUTORIDAD DE TRANSITO,

EL EXTRAVIO EN FISICO DE LA POLIZA DE IMPORTACION

Y FRV DEL VEHÍCULO MOTORIZADO CON PLACA: 1197-

LUC, CLASE: CAMION, MARCA: MERCEDES BENZ, COLOR:

PLOMO. TIPO: NO DECLARA, MODELO: 1978, POLIZA; NRO.

8919805, MOTOR: S/N, CHASIS: 35130315000629, PROCEDENCIA: BRASIL. DICHA DENUNCIA SOLICITADA PARA LA

REPOSICION EN COPIA LEGALIZADA DE LA DOCUMENTACIÓN POLIZA DE IMPORTACION EMITIDA POR LA ADUANA

NACIONAL DE BOLIVIA Y FINES A LEY.

OP-21094-15-Dic.

AVISOS

NOTABLES

VISTOS:

La Comunicación Interna Dirección General Municipal Nº 823/2023 de fecha 17 de noviembre de 2023,

con referencia: instruye inicio de proceso sumario (…), recibida por la Dirección de Sumarios Administrativos en fecha 24 de noviembre del 2023, mediante la cual el Señor Alcalde Municipal remite antecedentes

en contra del Servidor Público: FERNANDO BANEGAS PINTO, supuestamente “por el cobro irregular de

dinero para el ingreso de personal bajo la modalidad de contrato en la Dirección Municipal de Educación,

la misma que depende de la Secretaría Municipal de Desarrollo Humano”, incumplimiento a las normas

que rigen la conducta funcionaria y:

CONSIDERANDO:

Qué, mediante INFORME FINAL Nº 229/2023 de fecha 06 de octubre de 2023, emitido por María Luisa

Flores Medina, Profesional Abogada de la Dirección de Transparencia, Prevención y Lucha contra la

Corrupción, manifestó los siguientes aspectos de relevancia:

II. ANTECEDENTES. –

En fecha 04 de agosto de 2023, la Dirección de Transparencia, Prevención y Lucha Contra la Corrupción,

recepciona denuncia presentada por el Servidor Público Raúl Alfredo Ascarrunz Aramayo Director

Municipal de Educación, bajo los siguientes aspectos: “Mediante la presente me dirijo a usted con la

finalidad de presentar una denuncia sobre una situación grave que afecta la integridad y transparencia en

el proceso de contratación de personal para la Dirección Municipal de Educación; Recientemente, he sido

testigo de actos irregulares e intención de cobros indebidos realizados por el funcionario Fernando

Banegas Pinto, quien está directamente involucrado en el proceso de control y contratación de personal

en esta institución. Lamentablemente, estos actos contravienen los principios éticos y legales que deben

regir en cualquier proceso de contratación, lo cual afecta gravemente la equidad y meritocracia en el

acceso a puestos laborales en el municipio…”. Adjunta una fotografía de captura de pantalla de mensajes

de WhatsApp.

V. DE LA INVESTIGACIÓN REALIZADA POR LA DIRECCIÓN DE TRANSPARENCIA PREVENCIÓN Y

LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN. –

Del análisis de la documentación colectada en la investigación realizada por la Dirección de Transparencia, Prevención y Lucha Contra la Corrupción, se informa lo siguiente:

Conforme a denuncia presentada por el Servidor Público Raúl Alfredo Ascarrunz Aramayo Director

Municipal de Educación, quien pone a conocimiento de esta Dirección una denuncia en contra del

Servidor Público FERNANDO BANEGAS PINTO, solicitando se realice la investigación exhaustiva, sobre

las acciones del funcionario Fernando Banegas Pinto, en relación a supuestos cobros irregulares,

adjuntando como prueba una impresión de captura de pantalla, donde se puede advertir, de una

conversación presuntamente entre el Servidor Público Fernando Banegas Pinto y el Sr. DAVICHO, que

señala: “Buen día davicho negociemos la metida de gente paq hagamos unos pesos… me avisas así

charlamos más tarde”;

Posteriormente, en respuesta a la Comunicación Interna C.I. DITRALUCC/D.L.C.C./E.M. N° 2131/2023,

mediante Comunicación Interna COM. INT. N° 3272/2023 de fecha 22 de septiembre de 2023, el Servidor

Público Ing. David Teodovich Viera, profesional de apoyo de la Dirección Municipal de Educación informa

sobre las siguientes cuestiones:

1. INFORME CIRCUNSTANCIADO Y CRONOLOGICO DE LOS ANTECEDENTES RELATIVOS A

DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL SERVIDOR PUBLICO FERNANDO BANEGAS PINTO,

POR PRESUNTOS COBROS IRREGULARES, (SEÑALE FECHAS).

“Respuesta: se informa que en fecha miércoles de 26 de julio de 2023, el funcionario municipal que fungía

como tarjetero dependiente de Recursos Humanos, vía WhatsApp, luego de saludarme, me dice que,

negociemos la metida de gente, para que hagamos unos pesos, que le avise así charlamos más tarde, a

lo que le respondí jejeje a ver, él me dijo de una. Al día siguiente, procedí a informarle al director de la

DME Dr. Ascarrunz, y le mostré lo que me había escrito el tarjetero Fernando Banegas, el Dr. Raúl

Ascarrunz, muy molesto me dijo seguirle la corriente, que voy a poner a conocimiento de Recursos

Humanos o a Transparencia, es así que el viernes 28 de julio de 2023, vía WhatsApp, le envío el emoji

de ojos, indicándole que ya estaba libre, el me responde recién, a lo que le indique “Es que me vine al

lavadero aquí sí. Gente, a lo que me contesta preguntándome: si venía del Kiosko o no?, le respondí:

jajaja nega, nunca fui para allá, (se refería a que si había ido al kiosco del módulo, …..”, “luego me

pregunto: Como hacemos pa los negocios me interesa, a lo que me responde: Te paso nombres de

algunas personas vos con tus contactos les haces ctto, cuando firme les pido unos pesos y nos lo

repartimos, le contesto: Yo tengo contacto con mi aval, no tengo intermediarios Vos ya tenes gente?, él

me contesta: Tengo unas 4 personas q quieren pagar para q les haga ctto, yo le pregunto: Y cuanto están

dispuestos a pagar?, el me contesto: 7000 bs., a lo que le digo: Ya déjame si primero hablar con mi aval

xq vos sabes que el manda ahí en esas cosas son ellos, a lo que él me contesta: exacto me avisas, yo le

respondí: Te aviso ni bien me hablen, el me consta: Así les explico bien a la gente. Ya el día lunes 31 de

julio...”

En dicha Comunicación Interna también adjunta fotografías de las capturas de pantalla de la

conversación sostenida entre el Servidor Público David Teodovic Viera, con el número de teléfono

59174670332, que según informe, pertenecía al Sr. Fernando Banegas Pinto. Posteriormente a los

efectos de contar con mayores elementos indiciarios con relación a los supuestos cobros irregulares, se

cita al Servidor Público DAVID TEODOVICH VIERA, quien presta declaración ante esta Dirección en

fecha 05 de octubre de 2023, se le pregunta ¿SEÑALE UD, SI EL SEÑOR BANEGAS LLEGO A

PASARLE LA LISTA DE LAS 4 PERSONAS QUE SEÑALA EN LAS PRUEBAS ADJUNTAS A LA

DENUNCIA? Respondiendo “En ningún momento porque se cortó la charla desde el momento que el

director me pidió que corte la charla, ya que por órdenes del director mi persona le siguió la charla y dos

días después le muestro el mensaje al director y posterior a eso pudimos recabar más información”.

VI. CONCLUSIONES. –

Del análisis de la denuncia, las pruebas aportadas, las actuaciones gestionadas por esta Dirección, y

todo lo anteriormente razonado se concluye, lo siguiente:

Es pertinente resaltar los principios de responsabilidad y resultados que deben tener presente todos los

servidores públicos al momento de ejecutar las funciones asignadas, además de la transparencia y

eficiencia en el desempeño de sus actos, los que tendrían que repercutir en beneficio de la institución por

una parte, como también del colectivo ciudadano; en el presente caso, SE HA IDENTIFICADO INDICIOS

DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA ATRIBUIBLE vulneraciones a los principios y valores

establecidos en el Art. 8 (Deberes), inc. a) y Art. 16 (Responsabilidad por la Función Pública), de la Ley

N° 1178 (Ley de Administración y Control Gubernamentales), como así también, presuntamente se

habrían vulnerado los principios y valores establecidos en el artículo 14 inc. e), 15 inc a), i) del Código de

Ética del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, debiendo la Autoridad Sumariante,

investigar y disponer la responsabilidad administrativa que corresponda; razón por la que, se declara

DENUNCIA PROBADA de Secretaría Municipal de Transparencia, Prevención y Lucha Contra la

Corrupción, aprobado mediante Decreto Municipal N° 43/2019 de fecha 10 de diciembre de 2019.

VII. RECOMENDACIÓN. –

1. En aplicación de lo establecido en el art. 26 parg. II núm. 2 de la Ley N° 974 (LEY DE LAS UNIDADES

DE TRANSPARENCIA, PREVENCION Y LUCHA CONTAR LA CORRUPCION), la MAE considere

ordenar “ se inicie el proceso interno sancionador en contra del ex Servidor Público Municipal FERNANDO BANEGAS PINTO” a efecto que se establezca la responsabilidad administrativa que corresponda, y

sea de conformidad al Art. 29 de la Ley N° 1178 (Ley de Administración y Control Gubernamentales),

concordante con lo dispuesto en el Art. 15 del Decreto Supremo N° 23318 –A de 03 de noviembre de

1992 (Reglamento por la Responsabilidad por la Función Pública)

CONSIDERANDO:

Qué, expuestos como han sido los aspectos de hecho, corresponde la Apertura de Proceso sumario,

según el INFORME FINAL N° 229/2023 de fecha 06 de octubre de 2023 y antecedentes, toda vez que

debe investigarse la supuesta comisión de hechos constitutivos de contravenciones en contra del

Servidor Público: FERNANDO BANEGAS PINTO, supuestamente “por el cobro irregular de dinero para

el ingreso de personal bajo la modalidad de contrato en la Dirección Municipal de Desarrollo Humano.”

contraviniendo de esta manera el ordenamiento jurídico administrativo y normas que regulan la conducta

del servidor público, supuestamente vulnerando los Artículos 232, Art. 235 numeral 1), 2) y 4) de la

Constitución Política Del Estado, Art. 1 inc. b), h) y j), Art. 9 inc. e) y Art. 16 de la Ley 2027 del estatuto de

Funcionario Público, Art. 7 inc. i) y k), Art. 9 inc. f) y Art. 15) inc. a) del Reglamento de Código de Ética del

Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, Art 11 inc. o) del Reglamento Interno de

Personal del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra.

Que debe darse lugar a la defensa irrestricta del Servidor Público: FERNANDO BANEGAS PINTO,

conforme a los principios del debido proceso en observancia a las normas constitucionales y legales en

actual vigencia, a afectos de una objetiva compulsa de elementos probatorios de descargo ofrecidos

durante el proceso.

CONSIDERANDO:

Qué, la Constitución Política del Estado Plurinacional señala:

Artículo 235.- Son obligaciones de las servidoras y los servidores públicos:

1. Cumplir la Constitución y las leyes.

Qué, la Ley Nº 1178 – Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO) del 20 de julio de 1990

reza:

Artículo 29.- “La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público” (…)

Qué, el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública – SAFCO, aprobado mediante Decreto

Supremo Nº 23318 – A, modificado por el Decreto Supremo N° 26237 indica:

Qué, el Decreto Supremo N° 23318-A Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública del

03/11/1992 establece:

Artículo 13.- (Naturaleza de la Responsabilidad Administrativa). – La responsabilidad administrativa

emerge de la contravención del ordenamiento jurídico administrativo y de las normas que regulan la

conducta del servidor público.

Qué, la Ley 2027 del Estatuto del Funcionario Público del 27 de octubre de 1999 establece:

Artículo 1. (Principios). - El presente Estatuto se rige por los siguientes Principios:

b) Sometimiento a la Constitución Política del Estado, la Ley y al ordenamiento jurídico.

h) Honestidad y ética en el desempeño del servicio público.

j) Responsabilidad por la función pública (…)

Artículo 9. (Prohibiciones). – Los servidores públicos están sujetos a las siguientes prohibiciones:

e) Promover o participar directa o indirectamente en prácticas destinadas a lograr Ventajas ilícitas.

Qué, el Decreto Supremo N° 26237 de fecha 29 de junio de 2011 establece:

Artículo 15. (Sujetos de responsabilidad administrativa).- Todo servidor público es pasible de

responsabilidad administrativa. Lo son asimismo los ex servidores públicos a efecto de dejar constancia y

registro de su responsabilidad, Toda autoridad que conozca y resuelva procesos internos disciplinarios

deberá enviar copia de la Resolución final ejecutoriada a la Contraloría General de la República para fines

de registro.

Qué, el Reglamento de Código de Ética del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra reza:

Artículo 7.- (Principios Éticos) Son principios éticos-morales aplicados por las servidoras y los

servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, los establecidos en el

Artículo 8, parágrafo I de la Constitución Política del Estado y a que continuación se señalan:

i) Ética. Compromiso efectivo de las servidoras y los servidores públicos con principios y valores en la

Constitución Política del Estado, que lo conducen a un idóneo desempeño personal y laboral.

Artículo 15. (Normas de Conducta de los Servidores Públicos Municipales). Las servidoras y los

servidores públicos que cumplen funciones en el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la

Sierra, sin distinción de cargo o jerarquía sean personal de planta y/o personal eventual provisorio deberán

tener presente que la esencia de su deber profesional es representar, servir y velar por los intereses

generales de los habitantes del municipio, dentro del cumplimiento del objeto de la función pública, por lo

que, además de los principios y valores señalados con anterioridad, deberá observar las siguientes

conductas en el ejercicio de su función:

a) Desempeñar con estricta observancia lo dispuesto por la Constitución Política del Estado

Plurinacional y leyes en actual vigencia, aplicables a los servidores públicos.

Qué, el Reglamento Interno de Personal del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra,

aprobado mediante decreto edil N° 57/2022 de fecha 26 de enero de 2022 señala:

Artículo 11.- (Deberes con la Entidad). - Son Deberes del personal de la entidad además de los

establecidos por el Art. 8 de la Ley Nº 2027, Art. 15 del Reglamento del Desarrollo parcial de la Ley Nº 2027

Estatuto del Funcionario Público y normativa vigente aplicable a la materia, los siguientes:

o) Evitar la provocación, promoción o participación en actividades irregulares que afecten el normal

desarrollo de actividades institucionales dentro o fuera de los ambientes de la entidad o que dañen la

imagen institucional.

CONSIDERANDO:

Qué, las atribuciones de la suscrita autoridad Sumariante se encuentran legalmente establecidas en los

artículos 21 inc. a) y 22 del reglamento aprobado mediante D.S. Nº 23318-A, modificado mediante D.S. Nº

26237.

POR TANTO:

La Suscrita Autoridad Sumariante, en uso de sus atribuciones conferidas en el artículo 21, inciso a) del

reglamento de responsabilidad por la función pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 23318-A

del 03/11/1992, modificado por el Decreto Supremo Nº 26237 del 29/06/2001, conforme a lo previsto en el

Art. 29º de la ley Nº 1178;

DISPONE:

PRIMERO: Iniciar proceso administrativo interno, en contra del Servidor Público: FERNANDO BANEGAS

PINTO, por supuestamente “cobro irregular de dinero para el ingreso de personal bajo la modalidad de

contrato en la Dirección Municipal de Educación, la misma que depende de la Secretaría Municipal de

Desarrollo Humano”, contraviniendo de esta manera el ordenamiento jurídico administrativo y normas que

regulan la conducta de la servidora pública, supuestamente, establecido en los Artículos 232, Art. 235

numeral 1), 2) y 4) de la Constitución Política Del Estado, Art. 1 inc. b), h) y j), Art. 9 inc. e) y Art. 16 de la

Ley 2027 del estatuto de Funcionario Público, Art. 7 inc. i) y k), Art. 9 inc. f) y Art. 15) inc. a) del Reglamento

de Código de Ética del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, Art 11 inc. o) del

Reglamento Interno de Personal del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra.

SEGUNDO: Emplazar al procesado arriba mencionado, para qué asuma defensa y presente las pruebas

en físico y digital (CD) que hagan a su derecho, en el plazo de 10 días hábiles a partir de su legal

notificación.

TERCERO: De conformidad al art. 43 y 46 del reglamento a la ley N° 2341 “ley de procedimiento

administrativo”, a efectos de realizar las notificaciones dentro del Proceso Sumario las partes del proceso

fijarán domicilio en su primera actuación, caso contrario las futuras actuaciones se notificará en la

secretaria de la dirección de sumarios administrativos.

CUARTO: A efectos de acumular prueba, conforme se prevé en el artículo 21, inciso d) del Reglamento

aprobado mediante D.S. 23318-A, citar al procesado, comparecer a prestar su declaración informativa a

tercer día de su legal notificación. En las instalaciones de la Sub-Alcaldía Del Distrito 3, ubicado en el 3er

anillo externo en la Dirección De Sumariantes, bajo apercibimiento de proseguir el sumario en su ausencia.

Regístrese y Comuníquese.

EDICTO DE PRENSA

RESOLUCIÓN DE APERTURA DE SUMARIO

N.º GAMSCZ/110/2023

Santa Cruz de la Sierra, 28 de noviembre de 2023

Dentro del proceso Sumario iniciado por el Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, por supuesto incumplimiento a normas que rigen la conducta funcionaria y al desconocerse el domicilio

del procesado: FERNANDO BANEGAS PINTO, se ha determinado su notificación que le concierne al involucrado, con la Resolución de Apertura de Sumario con sus partes principales que se

detallan a continuación.

OP-21098-15 Dic

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P:23

Santa Cruz de la Sierra | Viernes 15 de diciembre de 2023 3

VISTOS:

La Comunicación Interna D.G.M. N° 517/2023 de 10 de agosto de 2023, recibida por la

suscrita Autoridad Sumariante en fecha 21 de agosto de 2023, mediante la cual el Señor

Alcalde remite la Comunicación Interna de la Secretaría Municipal de Administración y

Finanzas N° 701/2023 de fecha 28 de julio de 2023, en virtud a la Comunicación Interna

DIR.RR.HH. N° 1141/2023 de fecha 28 de julio de 2023, elaborada por la Dirección de

Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas,

con referencia a la presentación del informe trimestral de las Declaraciones Juradas de

Bienes y Rentas “DURANTE EL EJERCICIO DEL CARGO” del personal del Gobierno

Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, correspondiente a los meses de ABRIL,

MAYO Y JUNIO gestión 2023.

CONSIDERANDO:

Que, el referido informe también identifica a servidores y ex servidores públicos municipales

que no presentaron su formulario de actualización de Declaración Jurada de Bienes y rentas

o que lo hicieron a destiempo, conforme debió efectuarse según el mes de nacimiento, toda

vez cumplen funciones Administrativas.

Que, el informe de la Dirección de Recursos Humanos N° 1141/2023, referente al Informe de

seguimiento de presentación de las Declaraciones juradas de Bienes y Rentas “DURANTE

EL EJERCICIO DEL CARGO” del personal de planta del Gobierno Autónomo Municipal de

Santa Cruz de la Sierra, correspondiente al periodo abril, mayo y junio de la gestión 2023,

también identifica a servidores y ex servidores públicos municipales que cumplieron

Funciones de Apoyo y Servicio que no presentaron su formulario de Declaración Jurada de

Bienes y Rentas.

Que, con relación a los servidores y ex servidores públicos municipales que cumplen

funciones de Apoyo y Servicio, cabe manifestar que los mismos por disposición expresa del

Art. 5 del Decreto Supremo Nº 1233, están obligados a actualizar la información de su

Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el ejercicio del cargo cada diez años y no

durante el mes de Nacimiento.

CONSIDERANDO:

Que, el Art. Nº 235 de la Constitución Política del Estado numeral 3. establece: son

obligaciones de las servidoras y servidores públicos: 3) prestar Declaración Jurada de bienes

y rentas, antes, durante y después del ejercicio del cargo.

Que, el Art. 53 del estatuto del funcionario público - Ley N° 2027, señala: “todos los

servidores públicos, cualquiera sea su condición, jerarquía, calidad o categoría, están

obligados a prestar declaraciones expresas sobre los bienes y rentas que tuvieren a momento de iniciar su relación laboral con la administración. Durante la vigencia de la relación

laboral del servidor con la administración y aun al final de la misma, cualquiera sea la causa

de terminación, las declaraciones de bienes y rentas de estos, podrán ser, en cualquier

momento, objeto de verificación. Al efecto, Los servidores públicos, presentaran declaraciones actualizaciones periódicas conforme a reglamentación expresa.”

Que, el Art. Nº 5º parágrafo I. y II del Decreto Supremo Nº 1233 de 16 de mayo de 2012,

establece:

I. “todas las servidoras y servidores públicos deberán actualizar la información de su

Declaración Jurada de Bienes y Rentas, durante el ejercicio del cargo, presentando la misma

durante el mes de su nacimiento si reside en las capitales de Departamento y si reside fuera

de las capitales de Departamento, contarán adicionalmente con el siguiente de su nacimiento.”

II. A efectos del Parágrafo precedente, la presentación se deberá llevar a cabo de acuerdo a

las siguientes frecuencias:

1. Cada diez (10) años para las servidoras o servidores públicos que cumplan “Funciones

educativas y de docencia”, “Funciones de salud” y “Funciones de apoyo y servicio en la

administración pública”, a partir de su última Declaración Jurada de Bienes y Rentas (…)

CONSIDERANDO:

Que, expuestos como han sido los aspectos de hecho y de derecho, corresponde la apertura

de proceso administrativo interno a fin de investigar supuestos hechos constitutivos de

contravenciones, en las que habrían incurrido los funcionarios identificados en la comunicación interna de la Dirección de Recursos Humanos Nº 1141/2023, referente al Informe de

seguimiento de cumplimiento a la presentación oportuna de las Declaraciones Juradas de

Bienes y Rentas del personal del Gobierno Autónomo Municipal de Santa cruz de la Sierra,

desde el 01 de abril de 2023 hasta el 30 de junio de 2023.

Que, los servidores y ex servidores públicos Municipales contra quienes se abre el presente

Sumario en atención a las consideraciones de hecho y de derecho antes expresadas, se les

debe dar lugar a su defensa irrestricta conforme a principios del debido proceso en observancia a las normas constitucionales y legales en actual vigencia, a efectos de una objetiva

compulsa de elementos probatorios de cargo y descargo ofrecidos durante el proceso.

Que, la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamental, en su Artículos 28 - inciso

c) respecto a la Responsabilidad por la Función Pública, establece: “Todo servidor público

responderá de los resultados emergentes del desempeño de las funciones, deberes y

atribuciones asignados a su cargo. A este efecto: c) El término “servidor público” utilizado en

la presente Ley, se refiere a los dignatarios, funcionarios y toda otra persona que preste

servicios en relación de dependencia con autoridades estatales, cualquiera sea la fuente de

su remuneración”.

Artículo 29 “La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el

ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del

servidor público. Se determinará por proceso interno de cada entidad que tomará en cuenta

los resultados de la auditoría si la hubiere. La autoridad competente aplicará, según la

gravedad de la falta, las sanciones de: multa hasta un veinte por ciento de la remuneración

mensual; suspensión hasta un máximo de treinta días; o destitución”.

Que, en el presente caso debe investigarse si los servidores y ex servidores identificados en

la Comunicación Interna de la Dirección de Recursos Humanos N.º 1141/2023 referente al

Informe de seguimiento de cumplimiento a la presentación oportuna de las Declaraciones

Juradas de Bienes y Rentas del personal del Gobierno Autónomo Municipal de Santa cruz de

la Sierra, correspondiente al periodo 01 de abril de 2023 al 30 de junio de 2023, incurrieron

en vulneración del ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta

funcionaria tal como prevé el supuesto jurídico contenido en el Art. 29 de la Ley Nº 1178.

CONSIDERANDO:

Que, debe darse lugar a la defensa irrestricta de los servidores y ex servidores identificados

en el informe citado y al ejercicio de sus derechos conforme principios del debido proceso en

observancia a las normas constitucionales y legales en actual vigencia, a efectos de una

objetiva compulsa de elementos probatorios de cargo y descargo ofrecidos durante el proceso.

CONSIDERANDO:

Que, las atribuciones de la suscrita autoridad Sumariante se encuentran legalmente establecidas en los artículos 21 inc. a) y 22 del reglamento aprobado mediante D.S. Nº 23318-A,

modificado mediante D.S. Nº 26237.

POR TANTO:

La Suscrita Autoridad Sumariante, en uso de sus atribuciones conferidas en el artículo 21,

inciso a) del reglamento de responsabilidad por la función pública, aprobado mediante Decreto

Supremo Nº 23318-A del 03/11/1992, modificado por el Decreto Supremo Nº 26237 del

29/06/2001, conforme a lo previsto en el Art. 29º de la ley Nº 1178;

DISPONE:

PRIMERO: Iniciar proceso administrativo interno, en contra de:

AGUILERA PAREDES LUIS ALBERTO, AGUIRRE VILCHEZ NATHALIA STHEFANY, AIREYU

CALLEJAS IVONNE IRIS, ALBA ORTIZ MARISOL, ALVAREZ RODRIGUEZ CARLOS ALFONSO, AÑEZ FRIAS ELVIN, AÑEZ RIVERA FABIAN FREDDY, ARROYO PRADO IRIS VALERIA,

AVALOS CRUZ MARITZA, BARBERY VICTOR JAVIER, CARDENAS MEDRANO GERMAN,

CARREON DURAN LUIS FERNANDO, CASTEDO GUARDIA ANA PAOLA, CESPEDES

AYALA ALCIBIADES, CONDORI QUIRUCHI ANTONIA, CORDOVA AGUIRRE DORYS

ISABEL, CUELLAR ROMAN LUIS CARLOS, CUETO VARGAS WALTER HERNANDO,

DURAN VERA JOSE MANUEL, EGUINO SUAREZ MARIA DE LOS ANGELES, FERNANDEZ

HUILLCA MARY LUZ, FLORES DAVALOS RENE, FLORES JUSTINIANO ROSMERY,

GONZALES VARGAS LENNY, GUARDIA PEREZ WILSON, GUERRERO PERALTA MARIA

ELENA, GUERRERO VIDAL JOSE LUIS, HEREDIA HINOJOSA FRANCO ISMAEL, HOYOS

ROCA JUAN DE LA CRUZ, IBAÑEZ CLAUDIO MARIA ALEJANDRA, IBAÑEZ SALAZAR

RENZO, IBAÑEZ VIERA BRENDA XIOMARA, ITURRY ARIAS MIREYSA MONICA, JESUS

ROMAN LIAÑO, JIMENEZ BRUN JORGE LUIS, JUSTINIANO LAZO MARCO, JUSTINIANO

MOJICA LUIS RONNY, JUSTINIANO REYES ROSMERY, KANTUTA MARCOS ANTONIO,

KNEBES BURGOS RODRIGO FREDERICK, LEON LUNA MARCIAL, LIMA AGOSTOPA

JUANY ANTONIA, LIMON ARCHANJO ALISSON GABRIEL, LINO GRAGEDA JUAN

CARLOS, LOPEZ AGUILERA MODESTO FERNANDO, LOPEZ DURAN CAROLINA

SHARIFFE, LUJAN OSSORIO VANINA, MALDONADO SERRATE OSCAR MAURICIO,

MARCHETTI PAZ MARIA FERNANDA, MEJIA BECERRA ADESHIA, MENDEZ LIMPIAS

MARIA FERNAND, MONTERO CHAVEZ MARLENE MAXIMINA, MORALES PINTO JUAN

VICTOR, MURIEL ARANO LUIS JAVIER, NACIF DATZER OLGA ANDREA, NERY GILES

PERCY TEDDY, NUMBELA CABELLO JOSE, NUYTTENS MELGAR MARIA CELIA,

OBREGON ALIAGA JUAN CARLOS, ORTEGA FERNANDEZ NELA, ORTIZ ROSALES

YHONY MAURICIO, PARADA JUSTINIANO MARIA ELENA, PAZ DIAZ ROBERTO ANDRES,

PAZ MONTAÑO RICHARD, PEREZ AGUILERA ERLAND, PEREZ FLORES FERNANDO,

PEREZ RODRIGUEZ DANIEL RICARDO, PINTO PACO GUILLERMA, PINTO VARGAS

JESUS MARCIAL, REYES DURAN ALCIDES, RIFARACHI ROBLES MARCO ANTONIO,

ROCA SUAREZ CLAUDIA ROSARIO, ROSALES RODAS JORGE, RUEDA GUTIERREZ

STIVEN ABEL, SALAZAR PEDRAZA ELMAR, SALVATIERRA RIVERO ROSA MARIA,

SALVATIERRA VACA ELIANE, SANCHEZ VIDAL MARY LENY, SARDINA ECHAZU MARIBEL

EULOGIA, SERRANO PAZ MARIA ELIANE, SOLIZ IBAÑEZ ANTONIO, SOMOZA CUELLAR

MANUELA ANTONIA, SUAREZ LOPEZ SARAH HILDA, SURANO TABORGA ANTONIO,

TABORGA PEREZ MARIO ANDRES, TAPIA HURTADO ERICK EDUARDO, TORREZ SOSSA

ANA CECILIA, TORREZ YAÑEZ MARGARITA, TORRICO ROCHA PEDRO, TORRICO

ROMAN ELIODORO, TROCHE GUTIERREZ CRISLE, VALDIVIA VALDIVIA LUIS ALBERTO,

VALVERDE GONZALES GERMAN, VARGAS ORTIZ ROBERTO CRISTIAM, VARGAS

MENDOZA ROLANDO, VARGAS TERRAZAS BERNARDINO GUMERCINDO, VERDE RAMO

OLMOS MIGUEL ANGEL, VIRUEZ AGUIRRE SANDIBEL

SEGUNDO:

Se emplaza a las personas antes identificadas para que asuman defensa y presenten las

pruebas que hagan a su derecho en físico, en el plazo de 10 días hábiles a partir de su legal

notificación.

TERCERO:

De conformidad al art. 43 y 46 del Reglamento a la Ley N° 2341 “Ley de Procedimiento

Administrativo”, a efectos de realizar las Notificaciones dentro del Proceso Sumario, las partes

del proceso fijarán domicilio en su primera actuación, caso contrario las futuras actuaciones se

notificará en la Secretaría de la Dirección de Sumarios Administrativos.

CUARTO:

A efectos de descargo, se cita a los procesados, a pasar por la oficina Sumariante a dejar su

Certificado de Declaración Jurada “DURANTE EL EJERCICIO DEL CARGO” en las oficinas

de la Dirección de Sumarios Administrativos Ubicado en el Tercer anillo Externo.

QUINTA:

Mediante Informe Legal N°36/2023 de fecha 23 de agosto de 2023, se remitió a la MAE, los

antecedentes con relación a los abogados SONIA PATRICIA ANGULO AVEDAÑOS,

FRANCISCO FERNANDO ARREDONDO HURTADO, CAROLINA BAZAGOITIA MENDOZA,

JUAN OLVIS CESPEDES CESPEDES, MARIA BELEN CORDERO GAMARRA, ISABEL

FERNANDEZ HURTADO, ALONSO FLORES ZEBALLOS, OSVALDO MACHUCA PADILLA,

MARIA JOSE MARIN ORTIZ, JORGE ABINADAR MARTINEZ ROLDAN, ORLANDO PADILLA

VALDIVIA, MIGUEL ANGEL RUIZ VARGAS, CLAUDIA ALEJANDRA SILES BARRIENTOS, a

efectos de que su Director General de Asuntos Jurídicos (como asesor legal principal de la

entidad) conozca y resuelva el presente proceso en su fase del sumario contra los funcionarios

antes mencionados, todo en conformidad con el Art. 2 del Decreto Supremo No. 26237 de 29

de junio de 2001, que modifica el Art. 67 del Decreto Supremo No. 23318-A, Arts. 28 y 29 de

la Ley No. 1178, Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO).

Regístrese y Comuníquese.

EDICTO DE PRENSA

RESOLUCIÓN DE APERTURA DE SUMARIO

D.J.B.R. DURANTE EL EJERCICIO DEL CARGO

N.º GAMSCZ/086/2023

Santa Cruz de la Sierra, 23 de agosto de 2023

Dentro del proceso Sumario iniciado por el Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, por supuesto incumplimiento a normas que rigen la conducta funcionaria y al desconocerse el domicilio

de los procesados por: DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DURANTE EL EJERCICIO DEL CARGO, de los meses Abril, Mayo y Junio Gestión 2023, se ha determinado su

notificación que le concierne a los involucrados, con la Resolución de Apertura de Sumario, con sus partes principales que se detallan a continuación:

OP-21099-15 Dic

EL PRESENTE EDICTO DE PRENSA ES MANDADO A

LIBRAR POR LA SALA CONSTITUCIONAL PRIMERA

DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE

SANTA CRUZ, DENTRO DE LA ACCIÓN DE AMPARO

CONSTITUCIONAL INTERPUESTA PABLO ELMER

HINOJOSA LEDEZMA contra EDIL ROBLES LIJERON

Y EMERSON FIGUEROA MORALES VOCALES DE LA

SALA PENAL 2°- DEL TDJ-SCZ y como terceros interesados: MINISTERIO PUBLICO REPRESENTADO

POR LA DRA. DELMY GUZMAN, SERGIO ROMERO

CHAVEZ, DOLLY MARTINEZ BASMA, Y HENRY

EDUARDO HINOJOSA LEDEZMA, SIGNADO CON

NUMERO NUREJ:70466379 Y EXP.164/2023 NOTIFIQUESE A LOS TERCEROS INTERESADOS: DOLLY

MARTINEZ BASMA Y HENRY EDUARDO HINOJOSA

LEDEZMA, SEA CONFORME A LEY (ART. 78 II. DEL

CPC), CON LA ADVERTENCIA DE QUE COMPAREZCAN ANTE ESTE TRIBUNAL A LA RELIZACION DE LA

AUDIENCIA DE ACCIÓN DE AMPARO CONTITUCIONAL SEÑALADA PARA EL DIA MIERCOLES 20 DE DICIEMBRE DEL 2023, A HORAS 09:00 A.M., a llevarse

a cabo mediante plataforma virtual cisco webex. NOTIFIQUESE A LOS TERCEROS INTERESADOS: DOLLY

MARTINEZ BASMA Y HENRY EDUARDO HINOJOSA

LEDEZMA, CON LOS SIGUIENTES ACTUADOS:

• Demanda de Acción de Amparo Constitucional

• Sorteo 18/10/2023

• Auto de observación 18/10/2023

• Memorial 13/11/2023

• Auto de Admisión 14/11/2023

• Informe 23/11/2023

• Memorial 23/11/2023

• Decreto 23/11/2023

• Informe 24/11/2023

• Decreto 24/11/2023

• Acta diferida 24/11 /2023

• Acto Diferida 07/12/2023

• Memorial 11/12/2023

• Decreto 12/12/2023

• Acta Diferida 13/12/2023

Santa Cruz, 14 de diciembre de 2023.

OP-0016957-15-Dic.

EDICTO DE

PRENSA

PARA: DOLLY MARTINEZ BASMA Y HENRY

EDUARDO HINOJOSA LEDEZMA

P:24

4 Santa Cruz de la Sierra | Viernes 15 de diciembre de 2023

\"SEGUNDA AUDIENCIA DE REMATE\"

\"JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL TERCERO DE LA CAPITAL\"

LA DOCTORA CLAUDIA JANNETH MENDEZ DURAN JUEZ DEL JUZGADO PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 3° DE

LA CAPITAL. HACE SABER: Que, dentro del PROCESO EJECUTIVO signado con No. de Exp. 63/22 y con NUREJ No.

70364993, seguido por BANCO UNION S.A. en contra de JUAN CARLOS OROZCO YUCRA y VERONICA JANNETTE

CARDOZO, mediante auto de fecha 14 de noviembre del año 2023, saliente a fs. 183 de obrados, se ha señalado Segunda audiencia de remate a realizarse de forma progresiva de los siguientes bienes inmuebles de propiedad del ejecutado.

1. A horas 10:30 a.m., Vivienda, Ubicado en la Zona, Mza.10, Lote No. 8, Urbanización Guajojó Ii S/N de la Ciudad de

Warnes - Santa Cruz, con una superficie de 330 mts.2, de propiedad de JUAN CARLOS OROZCO YUCRA, con código

catastral No. 689010008 registrado bajo la matricula computarizada 7.02.0.00.0033800 suma base del valor pericial con

la rebaja del 20%. a $us. 22.409,44 (VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS NUEVE 44/100 DÓLARES AMERICANOS).

2. A horas 10:15 a.m., Vivienda, Ubicado en la Zona, Lote No.7, Mza.10, Urbanización Guajojó II, Mcpio. de Warnes -

Santa Cruz, con una superficie de 450 mts.2, de propiedad de VERONICA JANNETTE CARDOZO, con código catastral

No. 689010007 registrado bajo la matricula computarizada 7.02.0.00.0016285 suma base del valor pericial, con la rebaja

del 20%. $us. 23.803,22 (VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS TRES 22/100 DÓLARES AMERICANOS).

SE INVITA A: Los interesados en los presentes remates, que se realizará sobre los montos económicos descritos precedentemente, para el presente remate. Notifíquese al Dr. Edgar Benigno Quezada Paniagua para que actué como

Martillero Judicial N° 23; notifíquese a los acreedores, Anticresistas y a todos los sujetos procesales y háganse las

publicaciones de ley.

LUGAR Y FECHA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en la Secretaría del Juzgado Publico Civil y Comercial

Tercero (3°) de la Capital, ubicado en la calle florida en el edificio 569 del ex hotel Alaska Piso 2, de esta Ciudad, el día

VIERNES 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023. los interesados en el presente remate concurrirán al Juzgado antes mencionado, en el día y hora señalada munidos de su depósito judicial del 20% sobre el valor del remate.

Santa Cruz, 14 de diciembre del año 2023.

OP-0016959-15-Dic.

AVISO

DE REMATE La Dirección Departamental del SERECI-SANTA CRUZ, comunica a la opinión Pública que el Sr: FRANZ WILSON

PLATA SERRUDO cuenta con UN registro de Nacimiento con los siguientes datos:

Nombre: FRANZ WILSON

Apellido Paterno:

Apellido Materno: PLATA SERRUDO

Fecha de nacimiento: 27/09/1986

Nombre del Padre:

Nombre de la Madre: MARINA PLATA SERRUDO

Por lo que en el marco de la Ley 018/2010, Art. 71 y 73 y el reglamento de Rectificación, Cambio, Complementación, Ratificación, Reposición, Cancelación y Traspaso de Partidas del Registro Civil por la Vía Administrativa, aprobado mediante

Resolución Administrativa TSE-RSP N° 080/2012 Tribunal Supremo Electoral, el Sr: FRANZ WILSON PLATA SERRUDO

ha solicitado LA COMPLEMENTACION DE DATOS DE SU REGISTRO DE NACIMIENTO DE MANERA CONVENCIONAL, QUEDANDO DE LA SIGUIENTE MANERA:

Nombre: FRANZ WILSON

Apellido Paterno: PLATA

Apellido Materno: SERRUDO

Fecha de nacimiento: 27/09/1986

Nombre del Padre: BENIGNO PLATA

Nombre de la Madre: MARINA SERRUDO

En la vía administrativa por lo que comunica a Terceros Interesados que conozcan causales con motivos de oposición a

la pretensión a presentarla por Escrito ante la Dirección Departamental del SERECI-SANTA CRUZ, en la secretaria de

Dirección, ubicada en el 4to. Anillo Radial 27, en el plazo de 15 días calendario, a partir de la fecha de la publicación.

COMUNICADO

OP-21100-15-Dic.

EL DR. GONZALO GONZALES GARCIA.- JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL PRIMERO DE CAMIRI

PROVINCIA CORDILLERA SANTA CRUZ BOLIVIA.- HACE SABER: A la Demandada NORMA ROSARIO

BALLON ILLANES dentro de la DEMANDA EJECUTIVA seguido por ANGEL CORONADO COCA, en representación legal del banco BISA S.A. contra NORMA ROSARIO BALLON ILLANES, que a tenor es lo

siguiente.- MEMORIAL DE DEMANDA DE FOJAS VEINTIOCHO A VEINTINUEVE.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO DE LA CIUDAD DE CAMIRI, PROVINCIA CORDILLERA, DEL

DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ.-l.-INTERPONE DEMANDA EJECUTIVA Otrosi 1; 2; 3; 4; 5; 6;7; 8.-

ANGEL CORONADO COCA, portador de Carnet de Identidad Nro. 3252195 SC, mayor de edad, vecino

de esta y hábil por Ley en legal representación del Banco Bisa, ante su autoridad con las consideraciones

de respeto expongo y pido: PERSONALIDAD Y PERSONERÍA. -Mediante Poder especial, amplio y suficiente Testimonio Número 503/2019 de fecha 9 de diciembre de 2019, por ante el notario de fe pública de

primera clase Dra. Claudia C. Arévalo Ayala, inscrito en el Registro de Comercio de Bolivia a cargo de

Fundempresa el 19 de febrero de 2016 bajo el Registro N 00184179 del Libro 13, se acredita la personalidad jurídica del BANCO \"BISA\" SA Conferido por los Señores JULIO CESAR LEÓN PRADO, Y MARCO

ANTONIO ASBUN MARTO. presidentes del Directorio y Vicepresidente Ejecutivo del Banco BISA SA

respectivamente a favor de mí persona FERNANDO GARCIA CARDENAS, como Gerente Regional micro

finanzas de Agencia Bisa, Apoderado Tipo \"B\", tengo a bien apersonarme dentro el proceso Ejecutivo,

solicitando respetuosamente a su Autoridad, tenerme como APODERADO y hacerme conocer futuras

providencias a dictarse. TITULO EJECUTIVO.- 2.1. El Banco \"BISA\" S.A., Regional Santa Cruz, mediante

el documento privado de fecha 21 de agosto de 2019, legalmente reconocido por ante la Notaría de Fe

Pública de Primera Clase N° 2, de Camiri, a cargo de la Dra Norma Zelaya Marquez, concedió un préstamo de dinero en favor de: NORMA ROSARIO BALLON ILLANES con cédula de identidad No. 4465441

expedida en Cochabamba, por la suma de Bs. 137.200,00.- (CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) provenientes de Fondos BISA y/u otros. 2.2.- El referido préstamo, entre otras,

fue otorgado bajo las siguientes condiciones: En la cláusula TERCERA del Contrato de préstamo de fecha

21 de Agosto de 2019, base de la presente demanda, se estipuló en el punto 3.10. EXIGIBILIDAD Y

FUERZA EJECUTIVA La obligación del DEUDOR serán exigibles sin necesidad de requerimiento alguno,

ni citación de mora, teniendo el presente contrato y la liquidación del crédito que practique el BANCO,

plena fuerza ejecutiva. Las prórrogas y/o ampliaciones de plazo que para el pago de una o más amortizaciones y/o intereses que otorgue el BANCO, se entenderán como simple tolerancia que en nada afectará

su derecho para exigir el pago, en la via que corresponda, el momento que estime conveniente. 3.- MORA

E INTERES PENAL La falta de pago de una o más amortizaciones y/o del correspondiente interés en la

fecha de su vencimiento o del Incumplimiento de cualquiera de las otras obligaciones del deudor, el concurso preventivo, quiebra, concurso necesario o voluntario, juicios ejecutivos o coactivos en contra DEL

DEUDOR, harán cesar el beneficio del término y constituirán de pleno Derecho en mora y determinaran la

exigibilidad de los saldos adeudados, como si todos los plazos se encontraren vencidos, además harán

exigibles el interés penal en los porcentajes establecidos por el Art. 2do. Del D.S. No. 28166 de 17 de

mayo de 2005 y su modificación de conformidad con el D.S. No. 530 de 2 de julio de 2010, todo ello sin

necesidad de ningún requerimiento ni citación de mora, a los que el DEUDOR renuncian expresamente

4.- INCUMPLIMIENTO DEL DEUDOR A SU OBLIGACIÓN DE PAGO.. LA DEUDORA han incumplido con

el pago de las cuotas de capital e intereses, conforme al Plan de Pagos adjunto a la demanda, y a consecuencia de ese incumplimiento, cesa el beneficio del término y los constituye de pleno derecho en mora

en la totalidad de lo adeudado que asciende a CIENTO DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y

CINCO 02/100 BOLIVIANOS (Bs. 102.455,02). más intereses convencionales e intereses penales, costas

y demás gastos, determinándose de esta manera la exigibilidad de la acreencia. 5.- RENUNCIA A CONCILIACIÓN. Siendo optativa la conciliación por parte del demandante en este tipo de procesos, al amparo

de la disposición contenida en el artículo 294 del Código Procesal Civil, en forma expresa renunciamos a

la conciliación previa. PETICION. En virtud a los antecedentes expuestos y de conformidad a lo dispuesto

en los Arts. 378,379, 380-1 y II) y siguientes del nuevo Código Procesal Civil, interpongo Demanda ejecutiva en contra de la señora: NORMA ROSARIO BALLON ILLANES, demandándole el pago del capital

adeudado de CIENTO DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 02/100 BOLIVIANOS

(Bs.102.455,02), más intereses ordinarios y penales, gastos, costas, etc., y en definitiva se dicte SENTENCIA INICIAL declarando PROBADA mi demanda, disponiendo el embargo genérico de los bienes habidos

y por haber hasta cubrir el monto total de la obligación de conformidad con el Art. 411-III del Código Procesal Civil y mandando llevar adelante la ejecución hasta hacerse efectiva la cantidad reclamada, intereses, costas y costos. Sera justicia. OTROSÍ PRIMERO.- (PRUEBAS DOCUMENTALES): Adjunto: 1.- Titulo ejecutivo de préstamo realizado por los representantes del banco Bisa S.A. a favor del deudor.

2,-Fotocopia legalizada del Poder N°503/2019, de fecha 9 de diciembre de 2019, conferido a mi persona

como representante. 3.- Registro de Comercio. 4.- Cédula de Identidad DEL DEMANDANTE Y DE LA

DEMANDADA. 5- Liquidación de saldos (MONTO CAPITAL A DEMANDAR). 6.- Croquis de ubicación del

domicilio de la DEMANDADA 7.-Adjunto boleta de pago de cuantía 8.-Fotocopia del NIT. 9.- Credencial del

Abogado. OTROSI SEGUNDO. (FOTOCOPIAS LEGALIZADAS Y DESGLOSE): por secretaria se me

otorgue fotocopias legalizadas de todo el expediente; asimismo, se ordene el desglose de los documentos

originales, quedando también en su lugar fotocopias legalizadas, protestando de nuestra parte cumplir con

los recaudos de ley. OTROSÍ TERCERO.- (OFICIO A TRANSITO) pido a su autoridad ordene al director

de tránsito de la ciudad de Camiri para que certifique si la DEUDORA NORMA ROSARIO BALLON ILLANES CI 4465441 CBBA, si tiene algún vehículo registrado a su nombre. OTROSÍ CUARTO (RETENCIÓN

Y REMISIÓN DE FONDOS): Conforme a lo dispuesto por el Artículo 324 del Nuevo Código Procesal Civil,

solicito a su autoridad se oficie a la AUTORIDAD DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO (ASFI),

para que ésta instruya: a) A los Bancos y Cooperativas, Fondos Financieros; y. b) Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión (SAFI) la RETENCION de los fondos que por cualquier concepto de la demandada: NORMA ROSARIO BALLON ILLANES CI: 4465441 CBBA, tenga acreditado a su nombre,

disponiéndose LA REMISION de las sumas retenidas a la orden de su autoridad y sea mediante depósito

judicial. OTROSÍ QUINTO: (DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO): Domicilio en la calle 25 de mayo entre

la calle Cordillera y calle 24 de septiembre, a media cuadra de la cancha Iturralde-Camiri. (SE ADJUNTA

CROQUIS), para su legal citación con demanda y sentencia inicial. OTROSÍ SEXTO. - (HONORARIOS

DEL ABOGADO PATROCINANTE): El abogado patrocinante en cuanto a honorarios profesionales se

somete al Arancel Mínimo del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de la Sierra. OTROSI SEPTIMO.

- (DOMICILIO REAL Y PROCESAL): EL domicilio real de la institución que represento es en la calle Oruro

entre Av. Bolívar y Av. Busch y para conocer providencias señalo domicilio Procesal en esta ciudad, calle

teniente coronel Sánchez frente FELCC. Celular de abogado 76812738. (Celio Vedia). Camiri, 20 de Junio

de 2023. Firmado ilegible.- Celio Vedia Choque.- Abogado.-Firmado ilegible.- Ángel Coronado Coca.- DEMANDANTE.- SENTENCIA INICIAL DE FOJAS TREINTA A TREINTA Y UNO OBRADOS.- SENTENCIA

INICIAL.- DICTADA POR EL JUZGADO PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL PRIMERO DE LA CIUDAD DE

CAMIRI, PROVINCIA CORDILLERA DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ, EL DÍA VIERNES VEINTITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, DENTRO DEL JUICIO EJECUTIVO SEGUIDO

POR EL BANCO BISA S.A. REPRESENTADO LEGALMENTE POR ANGEL CORONADO COCA CON

C.I.N0. 3252195 SC. CONTRA NORMA ROSARIO BALLON ILLANES CON CIN0. 4465441 CBBA., AMBOS MAYORES DE EDAD, HÁBILES POR LEY, CON DOMICILIO REAL EN ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

VISTOS: La demanda ejecutiva con la cita de disposiciones legales pertinentes, acompañando documentos idóneos preconstituidos ANGEL CORONADO COCA en su condición de representante legal del

BANCO BISA S.A., patrocinados por el Abogado CELIO VEDIA CHOQUE solicita lo siguiente: 1.- En mérito a las copias legalizadas del testimonio N° 503 de fecha 9 de Diciembre de 2019 referente a la extensión de poder especial y bastante, pide se lo tenga por apersonado. 2.- Basado en el documento privado

de préstamo suscrito en fecha 21 de Agosto de 2023, saliente a fs. 1 a 4, reconocido bajo el formulario de

Certificación de Firmas y Rúbricas N° 0348799, ante la Notaría de Fe Pública N° 3, a cargo de la Dra.

Norma Zelaya Márquez, al amparo del art. 375 y 379 del Código Procesal Civil interpone demanda ejecutiva contra NORMA ROSARIO BALLON ILLANES por el cobro de Ciento Dos Mil Cuatrocientos Cincuenta

y Cinco con 02/100 Bolivianos (Bs. 102.455,02), pidiendo se dicte sentencia inicial declarando probada su

demanda, se ordene el pago de capital, intereses, costas y costos y se libre mandamiento de embargo

contra sus bienes muebles e inmuebles. II.- Que, pasado a analizar el documento base conforme a los

arts. 1.286 del Código Civil concordante con el art. 145 de su procedimiento, consistente en un documento Privado de préstamo de dinero, saliente a fs. 1 a 4, suscrito en fecha 21 de Agosto de 2019, el suscrito

Juez llega a las siguientes conclusiones: a.- Del estudio y análisis del documento privado, se puede evidenciar, que el BANCO BISA S.A., concede un préstamo de dinero destinado a capital de inversión y copra

de pasivos en favor de NORMA ROSARIO BALLON ILLANES en calidad de deudora, otorgándole en calidad de préstamo la suma de Ciento Treinta y Siete Mil Doscientos con 00/100 Bolivianos (Bs. 137.200,00),

por el plazo de cuarenta y ocho (48) meses, acordando según la cláusula 3.11 del contrato, que ante el

incumplimiento de pago de una sola cuota la deuda sería exigible en su integridad, b.- Ante el incumplimiento en el pago de las cuotas mensuales la entidad crediticia instaura el proceso ejecutivo, por lo que,

haciendo un estudio minucioso del documento privado, se acredita plenamente la personería legal y el

derecho legítimo del Banco Bisa S.A., en su condición de acreedor para iniciar la presente acción y a su

vez la personería de la demandada NORMA ROSARIO BALLON ILLANES en calidad de deudora, para

honrar la obligación contraída en la forma consentida y dispuesta contractualmente. c- Reconociendo la

calidad del título ejecutivo, la debida competencia en razón de la materia, la liquidez y el incumplimiento

de la condición contenido en la cláusula tercera - 3.11, el suscrito Juez tiene la plena certeza, que el documento privado tiene la calidad de título ejecutivo, llegando a tener certeza para afirmar, que la demandada

adeuda (según planilla de liquidación) a la institución demandante la suma restante de Ciento Dos Mil

Cuatrocientos Cincuenta y Cinco con 02/100 Bolivianos (Bs. 102.455,02), máxime si el documento privado

ha sido reconocido por autoridad jurisdiccional de este distrito judicial, teniendo toda la fe probatoria asignada por el art. 1.289 del Código Civil y exigida por el art. 379 inc. 2 del Código Adjetivo. Fundamentos por

los que se acoge la demanda emitiendo una sentencia inicial. III.- Que la institución ejecutante ha dado

estricto cumplimiento a lo expuesto en el Art. 1.283 parágrafo 10 del código Civil y 136 de su Procedimiento, en cuanto corresponde a la carga de la prueba, cumpliendo los requisitos legales de procedencia previstos por el art. 378 y 379 Núm. 2 contenidos en el Código Procesal Civil. CONSIDERANDO: HECHOS

PROBADOS:- Los siguientes. 1.- La Personería de los sujetos procesales. 2.- La suscripción del documento base de la presente acción. 3.- El monto de la obligación. HECHOS PROBADOS:- Ninguno. POR

TANTO: El suscrito Juez del Juzgado Público Civil y Comercial Primero de la Ciudad de Camiri, Provincia

Cordillera del Departamento de Santa Cruz de la Sierra, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, por la jurisdicción y competencia que por ella ejerce FALLA declarando PROBADA la

demanda ejecutiva de fs. 28 - 29 interpuesta por ÁNGEL CORONADO COCA en su condición de representante legal del BANCO BISA S.A. CONTRA NORMA ROSARIO BALLON ILLANES. Consiguientemente se ordena que la presente causa sea llevada hasta el trance de la subasta y remate de los bienes que

sean de propiedad del ejecutado, para que con el producto de su venta se pague a la entidad ejecutante

la suma de Ciento Dos Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco con 02/100 Bolivianos (Bs. 102.455,02) de

capital, más intereses, costas procesales y honorarios profesionales a calificarse en ejecución de sentencia. Por Secretaría líbrese mandamiento de embargo. Habiendo el suscrito Juez acogido la demanda

ejecutiva, en virtud del art. 381 del Código Procesal Civil, se le concede a la ejecutada el plazo de diez (10)

días hábiles para plantear las excepciones que considere admisibles en defensa de sus derechos, bajo

prevenciones de ejecutoria y posterior ejecución de sentencia. Otrosí 1o.- Por adjuntada y propuesta la

prueba documental preconstituida. Otrosí 2o.- Por Secretaría copias legalizadas. A efectos de ordenar el

desglose de documentos originales, especifique que documentos originales ha presentado. Otrosí 3°.- Por

Secretaría líbrese oficios que solicita. Otrosí 4°.- Bajo el principio de proporcionalidad no se pueden imponer todas las medidas precautorias en perjuicio de la economía de la demandada, máxime si se tiene ordenado el embargo de bienes muebles e inmuebles. Otrosí 5°.- Por señaladas las generales de ley y el

domicilio real de la demandada. Otrosí 6o.- Por señalado el arancel del Abogado. Otrosí 7o.- Por señalado

el domicilio real y procesal. REGÍSTRESE. Firmado ilegible.- bajo firma.- Dr. Gonzalo Gonzales García.-

Juez Publico Civil y Comercial Primero de Camiri.- Firmado ilegible.-bajo firma.- Abg. Jannet Pérez Loayza.- Secretaria Juzgado Público Civil y Comercial Primero de Camiri.- Santa Cruz.- Sentencia N° 55- Fojas

30 a 31 obrados.-Registrado en el Libro de Sentencia N° 001/2023.- Abg. Jannet Pérez Loayza.- Secretaria.- Secretaria Juzgado Público Civil y Comercial Primero de Camiri.- Santa Cruz.- INFORME A FOJAS

TREINTA Y TRES OBRADOS.- SEÑORA JUEZ PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL 1o DE CAMIRI.- INFORME.- La suscrita Oficial de Diligencias del Juzgado Público Civil y Comercial 1o de Camiri, Abogada María

Luz Rosado Reinales, tiene a bien informar lo siguiente: Dentro del Proceso EJECUTIVO, CAUSA N°

117/2.023 interpuesto por BANCO BISA S.A. contra NORMA ROSARIO BALLÓNILLANES. En lo concerniente, cabe informarle que en fecha martes 18 de julio del 2.023, a Hrs 10:30 A.M., me constituí en el

domicilio de la ejecutada NORMA ROSARIO BALLÓN ILLANES, ubicado en la calle 25 de Mayo entre la

calle Cordillera y calle 24 de Septiembre, señalada en la demanda. Asimismo, me dispuse a indagar y

preguntar a los vecinos, quienes me manifestaron que la Sra. Norma Rosario Bailón Illanes vivía solo en

alquiler y que hace mas de tres años desocupo el domicilio que señalaron, motivo por el cual no se pudo

dar cumplimiento con la Citación correspondiente. Es todo cuanto informo a su autoridad, solicitando que

sea considerado y para los fines consiguientes de ley. Camiri, 18 de Julio de 2.023. Firmado ilegible.- bajo

firma.- Abg. María Luz Rosado Reinales.- Oficial de Diligencias, Juzgado Público Civil y Comercial Primero de Camiri.-,Santa Cruz.- DECRETO DE FOJAS TREINTA Y TRES VUELTA.-Camiri, 19 de julio de

2.023. Pase a conocimiento de partes. Notifíquese.- Firmado ilegible.- bajo firma.- Dr. Gonzalo Gonzales

García.- Juez Publico Civil y Comercial Primero de Camiri.- Firmado ilegible.- bajo firma.- Abg. Jannet

Pérez Loayza.- Secretaria Juzgado Público Civil y Comercial Primero de Camiri.- Santa Cruz.- MEMORIAL

DE FOJAS CUARENTA Y DOS DE OBRADOS.- SEÑOR JUEZ PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL

N°l DE LA CIUDAD DE CAMIRI.- I.-PIDO EDICTO DE PRENSA.- Causa: 117/2023.- NUREJ: 70439593.-

Otrosí: 1. ÁNGEL CORONADO COCA de generales de ley ya conocidas en representación legal del

banco BISA S.A., dentro de la demanda ejecutiva que sigo en contra de la señora.: NORMA ROSARIO

BALLON ILLANES, ante su autoridad con el debido respeto expongo pido y digo:Señor Juez en vista que

la demandada al momento del préstamo de dinero nos otorgó un domicilio ubicado en lugar específico tal

como cursa el croquis y posterior a ello se solicitó a la ASFI y SERECI, de igual manera otorgan otro domicilio. Y a pesar de ello no se tiene el paradero de la demandada, según cursa informe de la oficial de

diligencia. Es en tal sentido habiéndose YA REALIZADO EN DICHO LUGAR LA CITACIÓN Y SEGÚN

RESPUESTA DE \"SEGIP y SERECI\" LANZA EL MISMO LUGAR Y CON LA FINALIDAD DE PROSEGUIR

ES QUE PIDO A SU AUTORIDAD SE REALICE LA CITACIÓN VIA EDICTO DE PRENSA. Con el fin de no

vulnerar ningún derecho y garantía a la defensa conforme al art. 115 de la CPE en concordancia con S.C.P

0136/2018-S4 Sucre de, 16 de abril de 2018 (sobre el debido proceso en su vertiente al derecho a la defensa). Y sean previas formalidades de ley. Sera justicia. Camiri, 13 de octubre del 2023.- Firmado ilegible.- Celio Vedia Choque.- Abogado.-Firmado ilegible.- Ángel Coronado Coca.-DEMANDANTE.- Firmado

ilegible.- Celio Vedia Choque.- Abogado.-Firmado ilegible.-Ángel Coronado Coca.- DEMANDANTE.- DECRETO DE FOJAS CUARENTA Y CUATRO VUELTA.- Camiri, 16 de Octubre de 2023. En mérito al memorial que antecede y los datos procesales, por Secretaría líbrese edictos de prensa, a efectos de ejecutar

los actos de comunicación procesal, previo juramento de Ley, conforme solicita la parte impetrante. Notifíquese. Firmado ilegible.- bajo firma.- Dr. Gonzalo Gonzales García.- Juez Publico Civil y Comercial Primero de Camiri.- Firmado ilegible.- bajo firma.- Abg. Jannet Pérez Loayza.- Secretaria Juzgado Público

Civil y Comercial Primero de Camiri.- Santa Cruz.- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD

DE CAMIRI, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.-

D.S.O.

OP-0016956-15-Dic.

EDICTO DE PRENSA

PARA LA DEMANDADA NORMA ROSARIO BALLON ILLANES

Web: www.edictos.bo

www.leo.bo

Teléfono: 3-329011 - 60840554

P:25

Santa Cruz de la Sierra | Viernes 15 de diciembre de 2023 5

EL DR. GONZALO GONZALES GARCIA.- JUEZ PÚBLICO CIVlL Y COMERCIAL PRIMERO DE CAMIRI

PROVINCIA CORDILLERA SANTA CRUZ BOLIVIA.- HACE SABER: A el Demandado ELOY CESPEDES

CAMACHO dentro de la Demanda DILIGENCIAS PREPARATORIAS DE RECONOCIMIENTO DE FIRMA

seguido por ANGEL CORONADO COCA, en representación legal del banco BISA S.A. contra ELOY

CESPEDES CAMACHO, que a tenor es lo siguiente.- CONTRATO DE PRESTAMO.-Conste por el presente documento privado un contrato de préstamo, suscrito de acuerdo con las cláusulas que siguen:

PRIMERA: PARTES INTERVINIENTES... Intervienen en la suscripción del presente contrato: 1.1.- BANCO BISA SA, institución financiera bancada legalmente establecida en el pais, con matrícula de comercio

Nro 12856, NIT 1020149020, con domicilio especial en Calle Oruro entre Av. Bolívar y Av. Busch, de esta

ciudad, representada por los personeros legales que suscriben al pie de este documento, en lo sucesivo

denominado el BANCO 1.2.- ELOY CESPEDES CAMACHO con Cédula de identidad Nro. 4151151 Tj

mayor de edad, estado civil SOLTERO(A) de nacionalidad BOLIVIANA profesión u ocupación OTROAYUDANTE GRAL, hábil por derecho, con domicilio en CALLE CAPITAN MANCHEGO ENTRE CALLE

YUNFUNKE Y CALLE PILCOMAYO, ZONA BARRIO FERROVIARIO DE LA CIUDAD DE VILLAMONTES,

que en adelante se denominará DEUDOR(A) y/o PRESTATARIO(A).- SEGUNDA: DEL PRESTAMO Y

RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIÓN... El BANCO otorga a él (la) (los) (las) PRESTATARIO (A) (S) (AS)

en calidad de préstamo la suma de Bs 68,000.00 (SESENTA Y OCHO MIL 00/100 Bolivianos) A partir del

desembolso de la mencionada suma, el (la) (los) (las) PRESTATARIO (A) (S) (AS) se constituyen en

DEUDORES del BANCO y se obligan al pago de la suma recibida con más intereses y cargos pactados,

de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. TERCERA: CONDICIONES DEL PRÉSTAMO. El

préstamo de dinero objeto del presente contrato, en lo sucesivo simplemente PRESTAMO, se otorga en

las siguientes condiciones: 3.1. Destino del PRÉSTAMO: El PRESTAMO será utilizado por el (la) (los) (las)

PRESTATARIO (A) (5) (AS) única y exclusivamente para RE FINANCIAMIENTO BANCO BISA CRED. N

1315672 POR BS. 45,217.35 Y EL SALDO PARA LA COMPRA DE MUEBLES Y ENSERES. 3.2. Interés

convencional: El PRÉSTAMO, devengará desde la fecha de desembolso hasta el pago total, una tasa de

interés anual fija del 14.00% (CATORCE PUNTO CERO POR CIENTO). Esta tasa de interés convenida,

no podrá ser modificada unilateralmente por el BANCO. 3.3. Plazo.. El PRÉSTAMO será pagado en su

totalidad por el DEUDOR al BANCO en el plazo de 60 (SESENTA) meses/ computable a partir de la fecha

del desembolso. 3.4. Condiciones y requisitos previos al desembolso del PRÉSTAMO:. El BANCO desembolsará el PRÉSTAMO una vez que el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) le entreguen la siguiente

documentación dentro del plazo de diez (10) días a partir de la fecha de suscripción del presente contrato

y no se encuentren reportados en la Central de Riesgos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero con una calificación de riesgo mayor a la reportada a momento de la aprobación del crédito por el

BANCO, o en mora o con operaciones castigadas por otras obligaciones con otras entidades del sistema

financiero: 3.4.1. El presente contrato firmado y reconocido ante notario, cuando corresponda. 3.4.2. Pólizas de los seguros contratados conforme se tiene pactado en el numeral 3.8. de esta cláusula. Para la

eventualidad en la que por cualquier razón, causa o circunstancia atribuibles al DEUDOR se demorara en

el cumplimiento de las indicadas condiciones previas o, no las cumplieran dentro el plazo arriba pactado:

se deja expresamente establecido que se aplicará lo dispuesto por el Art. 499 del Código Civil, teniéndose

el presente contrato como inexistente y por lo tanto, el BANCO quedará liberado del respectivo desembolso. 3.5. Constancia del desembolso. Para todo efecto y en especial en caso de ejecución, las partes en

forma libre y reconocen que para acreditar el desembolso y su fecha, será suficiente como documento

probatorio voluntaria acuerdan y para todo efecto legal cualquiera de los siguientes documentos: la papeleta de abono o liquidación o comprobante de desembolso o extracto de la cuenta corriente o de ahorro

del DEUDOR o la liquidación del PRÉSTAMO que practique el BANCO 3.6. Forma de pago del capital e

intereses.. Cuota fija: El PRÉSTAMO será pagado por el (la) (los) (las) DEUDOR(A)(AS)(ES) al BANCO

en cuotas mensuales, totales y consecutivas, que comprenden el pago a capital más intereses pactados,

de acuerdo con el Anexo I Plan de Pagos. 3.7. Débito automático y moneda...3.7.1. Las cuotas o amortizaciones del préstamo, así como los intereses y las primas de los seguros de desgravamen y desempleo,

serán debitadas automáticamente de la cuenta de(l) (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) que

mantiene(n) en el BANCO Nros. 2518914017 a momento de pago de su haber salarial. En consecuencia,

el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) aceptan en forma libre y voluntaria el referido débito automático

de la cuenta o caja de ahorro de referencia, en la que se le abona su salario o remuneración según planilla de pagos y/o en cualquiera de otra de sus cuentas o depósitos a plazo fijo que mantuviere en el BANCO. Asimismo, el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) se obligan a efectuar el correspondiente pago

mensual, independientemente de que su empleador le haya abonado su sueldo o salario. 3.7.2. En la

eventualidad de que el abono del sueldo o salario se efectuara dias antes del vencimiento de la amortización o cuota del préstamo, el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) autorizan a que el BANCO debite de

manera inmediata la correspondiente cuenta e amortización, por lo que para el efecto los intereses serán

calculados únicamente hasta la fe del día del pago 3.7.3. En caso que existiera un retrasa en el abono del

sueldo por cuenta del empleador de al deflos) (as) DEUDORIA (ES) (AS) y estos no tengan fondos en su

respectiva cuenta o no pagaren la cuota o amortización en forma directa BANCO cobrará los intereses por

mora o penales que correspondan, de acuerdo con lo expresamente pactado es numeral 3.7.1. de esta

cláusula 3.8. Contratación de seguros. 3.8.1. Seguro de desgravamen. 38. Ses DEUDOR(A) (ES) previa

explicación respecto el seguro de desgravamen hipotecario (seguro de vida con catal El (la) (as)

DEUDOR(A)(ES) previante incorporarse y/o adherirse a la póliza colectiva contrata prestano e Compañía

de Seguros LA VITALICIA S.A.D. por lo que se obliga(n) a pagar, junto a la cuota del préstamo, mediante

BANCO por cada DEUDOR que sea asegurado la prima individual mensual que ha sido fijada en 0.78%

(CERO PUNTO SETENTA Y OCHO POR CIENTO) anual, por un valor asegurado equivalente al saldo

deudor del préstamo, nombrado como único y exclusive beneficiario de la misma al BANCO; póliza que

debe mantenerse vigente hasta la cancelación total del préstamo. El (la) (los) DEUDOR(A)(ES) excluye(n)

y libera(n) al BANCO de cualquier responsabilidad referida a declaraciones reticentes o inexactas en el

formulario de solicitud de este seguro y que constituya causal de exclusión de la cobertura 3.8.2. Seguro

de desempleo. El (la) (los) DEUDOR(A)(ES) previa explicación respecto el seguro de desempleo

acepta(n) voluntariamente incorporarse y/o adherirse a la póliza colectiva contratada por el BANCO en la

Compañía de Seguros LA VITALICIA SA. elegida de conformidad con lo dispuesto por el Art. 87 de la Ley

de Servicios Financieros, por lo que se obliga(n) a pagar mediante el BANCO por cada DEUDOR que sea

asegurado la prima individual mensual que ha sido fijada en 0.18% (CERO PUNTO DIEZ Y OCHO POR

CIENTO) anual, nombrando como único y exclusivo beneficiario de la misma al BANCO; póliza que debe

mantenerse vigente hasta la cancelación total del préstamo. La cobertura del seguro se limita a seis

cuotas mensuales a partir del tercer mes desde la fecha del aviso del retiro forzado de la fuente laboral,

por cada evento de desempleo, con un máximo de pago del 25% sobre el saldo deudor del préstamo, El

seguro es revolvente, es decir que si el asegurado vuelve a quedar desempleado en el plazo del crédito y

ha cumplido con un periodo activo (empleado) mínimo de 9 meses el seguro vuelve a pagar otras 6 cuotas

a partir del tercer mes desde la fecha del aviso del retiro de la fuente laboral, pero solo hasta el 25% del

saldo deudor. En caso de superar el 25% del saldo deudor y presentarse el siniestro, no es posible cumplir

con la cobertura del seguro. El (la) (los) DEUDOR(A)(ES) excluye(n) y libera(n) al BANCO de , cualquier

responsabilidad referida a declaraciones reticentes o inexactas en el formulario de solicitud de este seguro y que constituya causal de exclusión de la cobertura. 3.9. Pagos anticipados y terminación voluntaria

del contrato.. El (los) DEUDOR(ES) y/o PRESTATARIO(S) tiene(n) derecho a realizar amortizaciones extraordinarias o pagar totalmente el saldo insoluto de la obligación en cualquier tiempo anterior al vencimiento del plazo convenido, sin recargo, comisión o penalidad alguna; por lo que a momento de la suscripción del presente contrato, el Banco ha realizado la explicación sobre las siguientes alternativas a tal

efecto: 3.9.1. Reducción de la cuota rearma plan de pagos: Es el pago adelantado a capital que disminuye

el saldo adeudado del mismo. Por efecto de dicha disminución, las cuotas del crédito se reducen proporcionalmente manteniéndose el plazo de la operación. 3.9.2. Reducción del plazo recorta plan de pagos:

Es el pago adelantado a capital que disminuye el saldo adeudado del mismo. Por efecto de esta disminución, el plazo original del crédito reduce, sin afectar el monto de la cuota inicialmente pactada. 3.9.3. Pago

adelantado a capital a las siguientes cuotas manteniendo plan de pagos: Es el pago a capital que se

efectúa de forma adelantada a los plazos establecidos en el plan de pagos, aplicando a las siguientes

cuotas de capital, lo cual implica que los intereses correspondientes a las cuotas adelantadas se pagarán

en sus respectivas fechas de vencimiento, manteniendo el plazo del crédito y el monto de las demás

cuotas. 3.9.4. Pago adelantado a capital a las siguientes cuotas manteniendo plan y acumula interés: Es

el pago a capital que se efectúa de forma adelantada a los plazos establecidos en el plan de pagos, aplicando a las siguientes cuotas de capital, lo cual implica que los intereses correspondientes a las cuotas

adelantadas, se pagarán en forma acumulada en la fecha de vencimiento de la cuota posterior al periodo

adelantado, manteniendo el plazo del crédito y monto de las demás cuotas. Una vez que sea realizado el

pago adelantado, bajo una de las alternativas señaladas anteriormente, el plan de pagos quedará automáticamente reestructurado sin que tal situación se considere como una reprogramación. En caso de que

el monto del pago adelantado fuese menor a una cuota de capital, el mismo se aplicará al préstamo mediante la alternativa de pago adelantado a capital con reducción de cuota, con todos sus efectos. La

elección de una alternativa no impide que el (los) DEUDOR (ES) y/o PRESTATARIO(S) pueda(n) elegir

posteriormente alguna otra de las opciones señaladas en la presente cláusula 3.9.5. Terminación voluntaria. El (la) (los) (las) DEUDOR(A) (ES) (AS), en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, podrá terminarlo anticipadamente; con el pago total del saldo a capital adeudado más los intereses

y demás cargos convenidos, así como el cumplimiento de las otras obligaciones pendientes del (la) (los)

(las) DEUDOR(A) (ES) (AS), el contrato se dará por terminado, quedando obligado el BANCO a entregar

all) (la) (los) (las) DEUDORIES)(AS) la minuta de cancelación de gravamen y los documentos de la garantía en un plazo no mayor a los siete (7) días a partir del pago total de la obligación. 3.10. Exigibilidad.. Las

obligaciones del (de la) (de los) DEUDOR(A)(ES) serán exigibles sin necesidad de requerimiento alguno

ni citación de mora, teniendo la liquidación del crédito que practique el BANCO exigibilidad y fuerza ejecutiva. Las prórrogas y/o ampliaciones de plazo que para el pago de una o más cuotas de amortización

y/o intereses que otorgue el BANCO, se entenderán como simple tolerancia que en nada afectará el derecho del BANCO para exigir el pago, en la vía que corresponda, el momento que estime conveniente.

3.11. Mora e interés penal.. La falta de pago de una o más amortizaciones y/o del correspondiente interés

en la fecha de su vencimiento, o el incumplimiento de cualquiera de las \"Otras obligaciones del deudor\"

detalladas en este contrato, el concurso preventivo, quiebra, concurso necesario o voluntario, juicios ejecutivos o coactivos contra el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS), harán cesar el beneficio del término y

constituirán de pleno derecho en mora a este y determinarán la exigibilidad de los saldos adeudados como

si todos los plazos se encontraren vencidos y además, harán exigible el interés penal en los porcentajes

establecidos por el Art. 2 del D.S. No. 28166 de 17 de mayo de 2.005 y su modificación de conformidad

con el D.S. No.530 de 2 de junio de 2010, todo ello sin necesidad de ningún requerimiento ni citación de

mora a los que el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) renuncian expresamente. 3.12. FUERZA EJECUTIVA.-. En caso de mora, el pago de la obligación se hará totalmente exigible, por lo que el (la) (los) las)

DEUDOR (A) (ES) (AS) y su(s) GARANTE(S) (PERSONALES se someten voluntariamente al procedimiento ejecutivo, reconociendo al presente contrato y a la liquidación que presente el BANCO plena

fuerza ejecutiva. CUARTA: DERECHOS DE(L) (LA) (LOS) (LAS) DEUDOR (A) (ES) (AS).-, el (la) (los)

(las) DEUDOR (A) (ES) (AS) tiene derecho a: 4.1. Solicitar el desembolso del monto íntegro del PRÉSTAMO, siempre y cuando haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos previos establecidos en el

numeral 3.4. de este contrato. 4.2. Efectuar consultas y recibir del BANCO información fidedigna, amplia,

integra, clara, comprensible, oportuna y accesible sobre el estado de su PRÉSTAMO, pudiendo solicitar

en la oportunidad de cada pago la liquidación y el plan de pago actualizados. 4.3. Recibir del BANCO,

después de cada pago de cuota o amortización, los comprobantes correspondientes que consignen el

detalle de la aplicación del pago efectuado indicando: el importe del pago a capital e intereses, así como

la Tasa de Interés Efectiva Activa al Cliente (TEAC) y saldo deudor del PRÉSTAMO. 4.4. Recibir del

BANCO un servicio financiero de calidad, oportuno, con un trato digno, equitativo, sin discriminación alguna y con la debida diligencia. 4.5. Acceder a medios o canales de reclamo eficientes. 4.6. La confidencialidad de la información proporcionada y de la operación del PRÉSTAMO, conforme con los alcances y limites del Capítulo 1, Título VII de la Ley de Servicios Financieros. QUINTA: OBLIGACIONES DEL

BANCO.. El BANCO se obliga a: 5.1. Desembolsar el monto del PRÉSTAMO, siempre y cuando el DEUDOR haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos previos establecidos en el numeral [3.4] de

este contrato. 5.2. Responder las consultas del DEUDOR emitiendo información fidedigna, amplia, integra, clara, comprensible, oportuna y accesible sobre el estado del PRÉSTAMO, debiendo proporcionar en

la oportunidad de cada pago la liquidación y el plan de pagos actualizados, si así lo requiere el DEUDOR.

5.3. Prestar al DEUDOR un servicio financiero de calidad, oportuno, con un trato digno, equitativo, sin

discriminación alguna y con la debida diligencia! 5.4. Informar al DEUDOR sobre las consecuencias del

incumplimiento del pago del PRÉSTAMO, su reporte y registro en la Central de Información de Riesgo

Crediticio (CIRC) a cargo de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI, con la calificación

correspondiente mientras dure la mora y sobre los efectos del castigo del PRÉSTAMO, que no impiden ni

afectan el derecho del BANCO para su recuperación judicial. 5.5. Entregar al DEUDOR, después de cada

pago de cuota o amortización, los recibos correspondientes que consignen el detalle de la aplicación del

pago efectuado indicando: el importe del pago a capital e intereses, así como la Tasa de Interés Efectiva

Activa al Cliente (TEAC) y saldo deudor del PRÉSTAMO. 5.6. Proporcionar al DEUDOR el acceso a los

medios o canales de reclamo y atender con la debida diligencia los mismos. 5.7. Guardar la reserva y

confidencialidad de la información proporcionada por el DEUDOR conforme con los alcances SEXTA

OTRAS OBLIGACIONES DE(L) (LA) (LOS) (LAS) DEUDOR (A) (ES) (AS).. El (la) (los) (las) DEUDOR (A)

límites del Capítulo 1, Título Vil de la Ley de Servicios Financieros (AS) se obligan a 6.1. Presentar al

BANCO, en el plazo de treinta días a partir del desembolso, la documentación que acredite la utilización

del PRÉSTAMO, única y exclusivamente, en el destino que lo motivo, y dar al BANCO las facilidades requeridas para verifique la información 6.2. Proporcionar al BANCO, a simple requerimiento, la información

que éste le solicite sobre su situación económica financiera y legal. 6.3. A dar aviso en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, en caso de resolución del contrato laboral o despido des fuente de trabajo. En tal

eventualidad, el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) se comprometen a pagar con los fondos provenientes de su liquidación de beneficios sociales, el saldo total adeudado, en el plazo de tres (3) días, computable partir de la fecha en que recibió el pago del monto total de su liquidación por salarios devengados y

beneficios sociales menos que acredite, dentro este mismo plazo que cuenta con un nuevo trabajo con

similar remuneración salarial fuente de ingresos propia debidamente acreditada. 6.4. El (la) (los) (las)

DEUDOR (A) (ES) (AS) autorizan a que el BANCO solicite a su empleador, a efectos de seguimiento para

el pago de las amortizaciones o cuotas del presente PRÉSTAMO, información sobre los importes y fechas

de pago se su salario y otros beneficios. 6.5. A mantener vigentes los seguros contratados en cumplimiento a lo pactado en este contrato y a pagar oportunamente las primas correspondientes. 6.6. A pagar los

gastos notariales correspondientes al presente contrato, cuando corresponda En caso de incumplimiento

de cualquiera de las obligaciones detalladas en este numeral, el BANCO emplazará por escrito a él (la)

(los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) para que cumplan la obligación en los tres días siguientes. La persistencia de en mora a el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) incumplimiento hará cesar el beneficio del

término, constituirá determinará la exigibilidad de todo lo adeudado sin necesidad de ningún otro requerimiento. SÉPTIMA: GARANTÍAS... El (la) (los) (las) DEUDOR(A)(ES)(AS) garantiza(n) el pago del capital,

intereses, costas y accesorios que emergen del presente contrato con todos sus bienes habidos y por

haber, muebles e inmuebles, sin exclusión de ninguna naturaleza 7.1. Vigencia de la garantía... La garantía constituida a favor del BANCO se mantendrá vigente hasta el día en que (la) (los) (las) DEUDOR(A)

(ES)(AS), judicial o extrajudicialmente, hayan pagado la totalidad de las obligaciones establecidas en el

presente contrato y/o resultantes de éste. OCTAVA: DOMICILIO ESPECIAL.. 8.1. Para todo efecto legal,

se tendrá como domicilio especial de el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) y sus GARANTES personales, con el efecto establecido en el parágrafo II del Art. 29 del Código Civil, el señalado estos en este

contrato donde se les efectuarán con plena validez legal y sin lugar a observación alguna, las citaciones

y notificaciones judiciales o extrajudiciales que tengan que hacérseles. 8.2. En caso de traslado de domicilio, el (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) y sus GARANTES personales deberán dar aviso escrito y

notariado al BANCO sobre ese hecho y constituir su nuevo domicilio necesariamente en esta misma ciudad, con especificación precisa de la calle, numero, edificio, departamento, planta, etc. El incumplimiento

determinará que para el BANCO y para todo efecto legal subsistan los domicilios señalados en el contrato. NOVENA: DECLARACIONES, AUTORIZACIONES Y RECONOCIMIENTOS... El (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) declaran voluntariamente que el BANCO, a momento de presentar su solicitud 9.1 de

crédito y también antes de la suscripción del presente contrato: 9.1.1. Ha puesto a su disposición el contrato tipo aprobado por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI. 9.1.2. Que se le ha facilitado la explicación y lectura del contrato tipo en su idioma originario. 9.1.3. Le ha brindado explicación

detallada y completa sobre contrato el alcance de todas y cada una de las cláusulas del presente 9.1.4.

Ha recibido aclaraciones precisas de la aplicación de tasas variables de interés, su forma de liquidación,

sus incrementos y sus efectos sobre la Tasa Activa Efectiva al Cliente (TEAC). 9.1.5. Se le ha proporcionado el Anexo I \"Plan de pagos e información complementaria al DEUDOR\", en el que se indica la Tasa

Efectiva Activa a Cliente - TEAC a la fecha de desembolso y el monto acumulado de los pagos del servicio

del crédito anexo que ha sido firmado por las partes. 9.2. El (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) declaran

que antes de la suscripción del presente documento han convenido con el BANCO en instruir mediante el

este documento el débito de las cuentas, de acuerdo con lo pactado en el numeral 3.7.1. e este contrato.

En caso de mora, el DEUDOR acepta y autoriza al BANCO a debitar los fondos necesarios de todas las

cuentas o depósitos mantiene en el BANCO, de conformidad con el Art 1350 del Código de Comercio 9.3.

El (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) declaran que antes y a tiempo de la suscripción del presente

contrato ha recibido en forma clara y expresa la explicación de las consecuencias judiciales y administrativas por el incumplimiento del pago del PRÉSTAMO, sobre el registro, tratamiento y reporte de la deuda

a la Central de Información de Riesgo Crediticio a cargo de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI, así como la obligación del BANCO de levantar dicho reporte una vez pagado en su totalidad

el presente préstamo. 9.4 El (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) y su(s) GARANTE(S) personal(es)

autoriza(n) al BANCO a ceder, subrogar y lo transferir a cualquier titulo el presente contrato, total o parcialmente, en favor de terceros, sin necesidad de su aceptación y mucho menos su intervención en los

contratos que suscriba el BANCO con terceros, siendo suficiente la información que proporcione el BANCO, a su elección, antes o después de la cesión, subrogación y/o transferencia. DECIMA: TRATAMIENTO

DE CRÉDITOS CASTIGADOS. El BANCO podrá castigar la obligación crediticia emergente del presente

contrato, previo cumplimiento de los procedimientos legales y normativos previstos como resultado del

incumplimiento del (de los) DEUDOR(ES) con el pago de las amortizaciones pactadas en el presente

contrato. Como efecto de este castigo, el BANCO reportará a (I) (la) (los) (las) DEUDOR (A) (ES) (AS) en

los registros de información sobre la relación de deudores con créditos castigados por todo el tiempo que

la operación mantenga saldos pendientes de pago y hasta por un periodo de veinte (20) años computables desde el registro contable de dicho castigo, conforme lo establecido en el inciso e) del Artículo 484

de la Ley N° 393 de Servicios Financieros La consecuencia de este reporte implicará que el (la) (los) (las)

DEUDOR (A) (ES) (AS) no pueda(n) constituirse nuevamente en sujeto(s) de crédito durante el tiempo

que mantenga(n) dicha condición en los registros de información sobre la relación de deudores con créditos castigados. El castigo de la obligación no extingue ni afecta los derechos del BANCO para efectuar el

cobro de la deuda por los mecanismos judiciales o extrajudiciales correspondientes. DÉCIMA PRIMERA:

PERSONERÍA DE LOS REPRESENTANTES DEL BANCO.. El (la) (los) (las) DEUDOR(A) (ES) (AS)

reconoce(n) en forma expresa y voluntaria la personería del BANCO y de sus representantes legales, así

como de los que intervengan en las operaciones de desembolso, en la administración y control del cumplimiento del contrato y de aquellos que, en representación del BANCO, procedan al cobro judicial o extrajudicial de lo adeudado. DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN.. Las, partes que concurren a la celebración del presente documento manifiestan su aceptación y conformidad con todas y cada una de las

cláusulas del presente contrato, obligándose a su fiel y estricto cumplimiento, en señal de lo cual, firman

al pie de éste documento. Camiri, miércoles 29 de enero de 2020. Firmado ilegible.-ELOY CÉSPEDES

CAMACHO.-DEUDOR y/o PRESTATARIO (A).- MEMORIAL DE DEMANDA A FOJAS VEINTIDOS Y

VUELTA.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO DE LA CIUDAD DE CAMIRI.-1. DEMANDA DILIGENCIA PREPARATORIA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS.-

Otrosí: 1,2,3,4,5,6.- ANGEL CORONADO COCA con CI: 3252195 SCZ, en representación legal del banco

BISA SA, según poder 503/2019 con las facultades conferidas, dentro de la demanda de diligencia preparatoria que sigo en contra del señor. ELOY CESPEDES CAMACHO, ante su autoridad con el debido

respeto expongo y pido: ANTECEDENTES.- Señor Juez como podrá evidenciar su probidad, por el documento que adjunto al presente acredito que en fecha 29 de enero de 2020, nosotros: EL BANCO BISA

S.A. en calidad de ACREEDOR, conjuntamente con el señor ELOY CESPEDES CAMACHO en calidad de

DEUDOR PRINCIPAL, se suscribió un documento privado de PRÉSTAMO DE DINERO, por un monto

correspondiente de bs. 68.000.00 (SETENTA Y OCHO MIL BOLIVIANOS 00/100), mismo que no se ha

efectuado el correspondiente reconocimiento de firmas y rubricas ante el Notario de Fe Publica correspondiente, a consecuencia de eso presento para realizar el respectivo diligencia de reconocimiento de firmas

y rubricas ante su autoridad, con el fin de que surta efecto como documento público y a lo posterior iniciar

la demanda ejecutiva en contra del Sr. ELOY CESPEDES CAMACHO. Ya que adeuda la suma de dinero

supra mencionado. II.-FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA Y PETICION. Señor Juez, en virtud a lo anteriormente expuesto; en calidad de diligencia preparatoria de demanda y de conformidad a lo previsto por el

art 305 y el art 306 en su numeral 2, del Código Procesal Civil (Ley N°439 del 19 de noviembre de 2013),

PIDO A SU DIGNA AUTORIDAD MUY RESPETUOSAMENTE CITAR Y EMPLAZAR AL SEÑOR: ELOY

CESPEDES CAMACHO con CI:4151151 TJ, para que al día siguiente de su legal citación comparezca

ante su autoridad a objeto de reconocer sus firmas y rubricas estampadas en el documento supra mencionado, citada que sea por única vez, sino concurrieren, se tenga por reconocida la firma y rubrica, y la

efectividad del documento adjunto al tenor del art 306 parágrafo primero en su numeral 2 inc.) B del Código Procesal Civil. Y sean previas formalidades de Ley. Será justicia.- OTROSÍ PRIMERO. - (PRUEBAS

DOCUMENTALES): Adjunto 1.-CONTRATO DE PRÉSTAMO, realizado por el banco Bisa S.A. a favor

DEL DEUDOR 2.-Fotocopia legalizada del Poder N° 503/2019, de fecha 9 de diciembre de 2019, conferido a mi persona como representante. 3.- Registro de Comercio. 4.- Cédula de Identidad DEL DEMANDANTE y del DEMANDADO. 5.- Croquis y declaración jurada de ubicación del domicilio del DEMANDADO. 6.- Fotocopia del NIT del banco. 7.- Credencial del Abogado. OTROSÍ SEGUNDO. (FOTOCOPIAS

LEGALIZADAS Y DESGLOSE): por secretaria se me otorgue fotocopias legalizadas de todo el expediente, asimismo, se ordene el desglose de los documentos originales, quedando también en su lugar fotocopias legalizadas, protestando de nuestra parte cumplir con los recaudos de Ley. OTROSÍ TERCERO.

(DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO): ubicación calle Capitán Manchego entre calle Yunfunke Y calle

Pilcomayo, zona barrio ferroviario de la ciudad de Villamontes. (SE ADJUNTA CROQUIS), para su legal

citación con demanda y sentencia inicial. ► PIDO COMISION INSTRUIDA PARA QUE SE REALICE LA

CITACION CON UNA AUTORIDAD POLICIAL NO IMPEDIDA POR LEY. OTROSÍ CUARTO. (HONORARIOS DEL ABOGADO PATROCINANTE): El abogado patrocinante en cuanto a honorarios profesionales

se somete al Arancel Mínimo del ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de la Sierra. OTROSÍ QUINTO. - (DOMICILIO REAL Y PROCESAL): EL domicilio real de la institución que represento es en la calle

Oruro entre Av. Bolívar y Av. Busch y para conocer providencias señalo domicilio Procesal en esta ciudad,

calle teniente coronel Sánchez frente FELCC. OTROSÍ SEXTO: Pido se oficie al encargado de plataforma

para la creación del CÓDIGO NUREJ. Camiri, 12 de mayo de 2023. Firmado ilegible.- Celio Vedia Choque.- Abogado.-Firmado ilegible.- Ángel Coronado Coca.- DEMANDANTE.-AUTO DE ADMISIÓN A FOJAS VEINTICUATRO OBRADOS- Camiri, 15 de Mayo de 2023. VISTOS: La demanda preparatoria de

reconocimiento de firmas interpuesta por ÁNGEL CORONADO COCA, en representación legal del Banco

Bisa S.A,, revisada la competencia de este juzgado, el interés legítimo, en virtud del art. 306 numeral 2.

Inc. g. del Código Procesal Civil CÍTESE Y EMPLÁCESE A ELOY CESPEDES CAMACHO para que a

tercero día de su legal citación, se apersone a este juzgado a reconocer o negar su firma, que supuestamente estuviere estampada en el expediente a Fs. 01 a 03 DOCUMENTO PRIVADO DE PRÉSTAMO DE

DINERO SUSCRITO EN FECHA 29 DE ENERO DE 2020, sea bajo prevenciones de ley de tenerse por

reconocidas las firmas y rúbricas en caso de inasistencia. OTROSÍ 1°.- Por adjuntada la prueba documental preconstituida. OTROSÍ 2o.- Por Secretaría líbrese copias legalizadas. El desglose se ordenara una

vez haya concluido la diligencia preparatoria de reconocimiento de firmas y rubricas. OTROSÍ 3o.- Por

señalado el domicilio real y las generales de ley del demandado, a efectos de su citación formal, líbrese

comisión instruida con las formalidades de rigor y cortesía. OTROSÍ 4o.- Por señalado el Arancel del

Abogado patrocinante. OTROSÍ 5o.- Por señalado el domicilio real y procesal. OTROSÍ 6°.- Al ingresar la

causa se le asigna el código NUREJ. REGÍSTRESE. Firmado ilegible.- bajo firma.- Dr. Gonzalo Gonzales

García.- Juez Publico Civil y Comercial Primero de Camiri.- Firmado ilegible.- bajo firma.- Abog. Jannet

Pérez Loayza.- Secretaria Juzgado Público Civil Y Comercial Primero De Camiri.- Santa Cruz.- Auto N°

118.- Fojas 24 Obrado.-Registrado en el Libro Toma Razón N° 001/2023. Abog. Jannet Pérez Loayza.-

Secretaria Juzgado Público Civil Y Comercial Primero De Camiri.- Santa Cruz.- MEMORIAL DE FOJAS

CUARENTA Y SIETE OBRADO.-SEÑOR JUEZ PUBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N°l DE LA CIUDAD DE CAMIRI.- I.-PIDO EDICTO DE PRENSA. Causa: 82/2023. NUREJ: 70431473. Otrosí: 1. ÁNGEL

CORONADO COCA de generales de ley ya conocidas en representación legal del banco BISA S.A.,

dentro de la demanda ejecutiva que sigo en contra del señor.: ELOY CESPEDES CAMACHO, ante su

autoridad con el debido respeto expongo pido y digo: Señor Juez en vista que la demanda al momento del

préstamo de dinero nos otorgó un domicilio ubicado en la localidad de Villamontes \"BARRIO FERROVIARIO. Y siendo que se fue a realizar la citación y según informe se del oficial de diligencia refiere que no

conocen al demandado o que no vive en dicho lugar. Es en tal sentido habiéndose YA REALIZADO EN

DICHO LUGAR LA CITACION Y SEGÚN RESPUESTA DE \"SEGIP y SERECI\" LANZA EL MISMO LUGAR

Y CON LA FINALIDAD DE PROSEGUIR ES QUE PIDO A SU AUTORIDAD SE REALICE LA CITACIÓN

VIA EDICTO DE PRENSA. Con el fin de no vulnerar ningún derecho y garantía a la defensa conforme al

art. 115 de la CPE en concordancia con S.C.P 0136/2018-S4 Sucre de, 16 de abril de 2018 (sobre el debido proceso en su vertiente al derecho a la defensa). Y sean previas formalidades de ley. Sera justicia.

OTROSÍ PRIMERO. Adjunto respuestas de SEGIP Y SERECI. Camiri, 19 de septiembre del 2023. Firmado ilegible.- Celio Vedia Choque.- Abogado.-Firmado ilegible.- Ángel Coronado Coca.- DEMANDANTE.-

MEMORIAL DE FOJAS CUARENTA Y SIETE OBRADO.- Camiri, 20 de Septiembre de 2023. En atención

al presente memorial, en consideración al informe emitido por el Sr. Oficial de Diligencias comisionado a

ejecutar los actos de comunicación procesal, no pudiendo establecerse el domicilio real del demandado,

en virtud del art. 78.11 del CPC, por Secretaría líbrese edictos de prensa a efectos de citar al demandado

ELOY CESPEDES CAMACHO, previo juramento de Ley. Otrosí 1°.-Se tiene presente. Notifíquese. Firmado ilegible.- bajo firma.- Dr. Gonzalo Gonzales García.- Juez Publico Civil y Comercial Primero de Camiri.-

Firmado ilegible.- bajo firma.- Abog. Jannet Pérez Loayza.- Secretaria Juzgado Público Civil Y Comercial

Primero De Camiri.- Santa Cruz.-

EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE CAMIRI, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES

DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.-

D.S.O.

OP-0016955-15-Dic.

EDICTO DE PRENSA

PARA EL DEMANDADO ELOY CESPEDES CAMACHO.

P:26

6 Santa Cruz de la Sierra | Viernes 15 de diciembre de 2023

EXP. 02/2023 NUREJ: 70459708

EL JUEZ Dr. RENE BLANCO LEON-JUEZ PUBLICO CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ

Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL 1RO DE MINERO HACE SABER: QUE DENTRO DEL

PROCESO EXISTINCION DE AUTORIDAD MATERNA Y PATERNA seguido por LA DEFENSORIA DE

LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE MINEROS contra MARIA CLARA MENDOZA ROSALES Y REINALDO

VACA ARIA SE HAN REALIZADO LAS SIGUIENTES ACCIONES JUDICIALES QUE A CONTINUACION

SE DETALLAN: Minero, 11 de Diciembre del 2.023 SEÑOR JUEZ PÚBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL

DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E INSTRUCCIÓN PENAL 1° MINERO DEMANDA EXTINCION

DE AUTORIDAD MATERNA Y PATERNA.- OTROSÍES.- LA DEFENSORIA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, SERVICIOS LEGALES E INTEGRALES DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE MINERO,

En mi calidad de Asesora Jurídico EDUARDO ENRIQUE ROCA DIAZ DE OROPEZA, (abogado) DEPENDIENTE DE LA DIRECCION DESARROLLO HUMANO, ECONOMICO Y PRODUCTIVO, presenta

demanda de EXTINCIÓN DE LA AUTORIDAD MATERNA Y PATERNO, ante su autoridad con el debido

respeto, digo y pido: I.- ANTECEDENTES.- Señor Juez, conforme a las facultades emanadas por la ley

548 Código Niño Niña y Adolecente, las cuales son cumplir las funciones de protección a la niñez y adolescencia en representación del Estado y la Sociedad, conociendo la situación de niños, niñas y adolescentes

que se encuentran en instituciones públicas o privadas, y centros o locales de su jurisdicción disponiendo

medidas de protección social y en su caso impulsar acciones administrativas que fueren necesarias para

la defensa de sus derechos, es así que dentro de las mencionadas facultades, hemos INGRESADO al

niño LUIS REINALDO VACA MENDOZA de 7 años de edad Al \"HOGAR LA ESPERANZA de la ciudad de

SANTA CRUZ DE LA SIERRRA.

1.- Según la Entrevista Realizada al menor. LUIS REYNALDO VACA MENDOZA de 7 años de edad- de

fecha 26 de julio de 2.022 a horas 10:00 am., Por el Psicólogo. Lic. Víctor Salvatierra Gutiérrez, realiza la

entrevista semidirigida, con las siguientes preguntas El niño LUIS REYNALDO VACA MENDOZA ingreso

al hogar LA ESPERANZA en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, el 27 de junio del año 2015 Desde su

ingreso al hogar hasta la fecha no se personaron sus padres, si la abuela materna, pero después ya no

vinieron, recomendación del Psicólogo, tramitar la extinción de autoridad materna y paterna para iniciar

el proceso de adopción a una familia calificada para el bien del menor. .- Según la Entrevista realizada a

la menor. LUIS REYNALDO VACA MENDOZA de 7 años de edad.- de fecha 14 de Julio de 2.022 a horas

09:21 am., por la Trabajadora Social. Lic. María Silvia Pereira Mina. Refiere El niño LUIS REINALDO

VACA MENDOZA de 7 años de edad, se encuentra en el Hogar de la Esperanza institucionalizado, por el

caso negligencia materna y paterna desde el año 2015, donde hasta la fecha sigue en el Hogar. Ni siquiera

se han preocupado en poder realizar una reintegración familiar. En las recomendaciones la Trabajadora

Social. Lic. María Silvia Pereira Mina, en la parte final. Recomienda.- Tramitar EXTINCION DE AUTORIDAD MATERNA Y PATERNA, para así mismo el menor pueda ser dado en adopción a una familia que sea

calificada y así mismo poder desarrollarse integralmente al lado de una familia.

II.- FUNDAMENTO DE DERECHO Y PETITORIO.-

Señor Juez, por lo brevemente expuesto ante su autoridad y en mérito de los Artículos 1, 2, 3, 4 y 5, y

amparada en el Art. 47 lll.d) de la Ley 548 Código Niño Niña y Adolescente. Pido admita la Demanda de

Extinción de la Autoridad Materna y Paterna Abandono del hijo debidamente comprobado : LUIS REYNANLDO VACA MENDOZA.

Otrosí 1°.- Adjunto copia de mi credencial como Asesor Jurídico de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia - SLM- Minero. Como suficiente personería.

Otrosí 2°.- Adjunto fotocopias copias del carnet del menor, certificado nacimiento y bautizo.

Otrosí 3o.- Adjunto Informes Psicológico y Social del Menor.

1.- El Informe Psicológico realizado por el Lie. Víctor Salvatierra Gutiérrez

(Psicólogo - profesional dependiente de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia- Minero). Al menor LUIS

REYNALDO MENDOZA de 7 años de edad

2- El Informe Social realizado por la Lic. María Silvia Pereira Mina (Trabajado Social - profesional dependiente de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia-Minero). Al menor LUIS REYNALDO VACA MENDOZA

de 7 años de edad Otrosí 4o.- El domicilio de los demandados MARÍA CLARA MENDOZA madre y el padre

REINALDO VACA ARIA. Está ubicado en Minero, Comunidad San Lorenzo del Cuatro, calle sin nombre y

sin número al cual conduciré al oficial de diligencia. Adjunto croquis de ubicación.

Otrosi 5.- Honorarios gratuitos.- En el presente caso, no se contemplan honorarios Profesionales, ya que

los mismos son gratuitos, por ser causa patrocinada por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, en

cumplimiento de los arts. 11,13, 216, del Código Niño, Niña Adolescente, Ley 548. Otrosi 6.- Señalo por

domicilio procesal ubicado en las oficinas de la Defensoría Central de la Niñez y Adolescencia de Minero,

Sobre la Calle Bajío, Barrio Unagro. Minero, 3 de enero de 2023 Minero, 09 de Enero de 2.023 VISTOS: Y

en atención a la demanda de fs. 16 a 17 de obrados que antecede cumplido con los requisitos exigidos por

el art. 209 del Nuevo Código. Niño, Niña y Adolescente, es competencia de este Juzgado su conocimiento,

conforme determina el Art 207 art 210,211 y Art 47 del Nuevo Código, Niño, Niña y Adolescente, por lo

que se ADMITE, la demanda de EXTINCION DE AUTORIDAD MATERNA Y PATERNA, del niño presentada por LA DEFENSORIA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, SERVICIOS LEGALES E INTEGRALES

DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE MINERO representado legalmente por su asesor legal Dr.

EDUARDO ENRIQUE ROCA DIAZ DE OROPEZA en contra de los padres MARIA CLARA MENDOZA Y

REINALDO VACA ARIA del niño LUIS REYNALDO VACA MENDOZA y se

ordena sea puesto a conocimiento de los demandados, para que a partir de su legal citación se apersonen asumir defensa en el presente proceso, sobre su nombrado hijo, conforme lo establece el art. 214

del N.C.N.N.A Conforme el art. 198 párrafo II) de la Ley No. 548. Siendo que el Juzgado Público Mixto

de la Niñez y Adolescencia de Minero no cuenta con equipó Técnico de apoyo se ordena que el equipo

Técnico Interdisciplinarlo de la Instancia Técnica Departamental de Política Social de la Gobernación de

Santa Cruz. Proceda a realizar las investigaciones correspondientes, A tal efecto cítese. También sea de

conocimiento de la Defensor ía de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Minero, para su intervención.

Resolviendo el memorial de Fs. 16 a 17 de obrados:

Al Otrosí 1o.- Por extrañada la credencial, la cual debe adjuntarla.

Al Otrosí 2° y 3°.- Por adjuntada las documentales de cargos.

Al Otrosí 4o.- Por señalado el domicilio real de los demandados.

Al Otrosí 5°.- Se tiene presente.

Al Otrosí 6°.- Por señalado el domicilio procesal del impetrante.

Regístrese, Archívese la copia y Cítese.

JUZGADO PUBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA, DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E

INSTRUCCIÓN PENAL 1ERO DE MINERO

CASO NO. 02/2023

PIDO NOTIFICAR AL SEDEPOS POR WATSAPP AL DR. CARLOS RODRÍGUEZ CEL78591247.-

PIDO CREAR NUMERO DE NUREJ PARA EL EXPEDIENTE

OTROSI.-

CARLOS ALBERTO SALVATIERRA RODRIGUEZ, con CI. No. 3276238 S.CX. de profesión abogado con

Matrícula RPA. 3276238 CASR y REG. TDJ12893, con domicilio en la localidad de Minero, y COORDINADOR DE LA DNNA-SLIM en el municipio de Minero, ante su. autoridad con todo el respeto digo y pido:

I. ANTECEDENTES:

Señor Juez, en fecha 23 de enero de 2023 LA Defensoría de La Niñez y adolescencia, Servicios Legales

Integrales del Gobierno Autónomo Municipal de Minero, representada legalmente por el Dr. ASESOR

LEGAL Dr. EDUARDO ENRIQUE ROCA DIAZ, presenta DEMANDA DE EXTINCIÓN DE AUTORIDAD

MATERNA Y PATERNA del menor LUIS REYNALDO VACA MENDOZA de 7 años de edad contra sus padres Sra. MARÍA CLARA MENDOZA Y Sr. REYNALDO VACA ARIAS quien fue ingresado en EL CENTRO

DE ACOGIMIENTO el 27 de junio del 2017, con fecha de nacimiento 20 de abril de 2015, por encontrarse

en situación de riesgo social, víctima de violencia física y negligencia parental, según el informe social de

la DNNA de Minero Lic. MARIA SILVIA PEREIRA SILVIA, instancia que conoció el caso de referencia del

HOSPITAL MARIO DAZA CRONEMBOLD.

Su autoridad mediante Decreto de fecha 03 de enero de 2023 ordena que el equipo Técnico Interdisciplinario de la Instancia Departamental de Política Social de la Gobernación de Santa Cruz proceda a realizar

las investigaciones correspondientes. A tal efecto su autoridad ordena que se lo cite.

II. DE LA COMUNICACIÓN CON PROFESIONALES DEL SEDEPOS

En fecha 14 de agosto del presente año me comunique con el DR. CARLOS RODRIGUEZ del SEDEPOS

encargado de las provincias quien me atendió y me dio el Nombre y Número de teléfono del DR. ERLAN

CORTEZ PEÑA ASESOR LEGAL PASF del SEDEPOS a quien le informe sobre el presente caso y me dijo

que se notifique al DR. CARLOS RODRIGUEZ CEL78591247.-

III. PETICION

Por los elementos de hecho señalados y al amparo de los Arts.15. I. Toda persona será protegida oportuna

y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita,

transparente y sin dilaciones. Art.180 I. la jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales

de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legitimidad, eficacia,

eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez.

PIDO SE NOTIFIQUE por WhatsApp al DR. CARLOS RODRÍGUEZ profesional del SEDEPOS encargado

de las provincias con la DEMANDA DE EXTINCION DE AUTORIDAD MATERNA Y PATERNA de fecha

3 de enero del 2023 y el DECRETO de fecha 09 de enero de 2023. Sea todo bajo formalidades de Ley.

OTROSÍ 1ERO.- PIDO ASIGNAR NUMERO DE NUREJ AL EXPEDIENTE 02/23 para su identificación

en el sistema del órgano Judicial. Es todo lo que digo y pido en razón de derecho. Minero, 15 de agosto

de 2023. Minero, 16 de Agosto de 2023 Tome dato la Srta. oficial de deligencias del juzgado a mi cargo.

Para cumplir las notificaciones A otrosi La Secretaría oficese para Nurej Minero,16 de Agosto de 2.023

En atención al memorial de fs.19 y vuelta de obrados, presentado por el demandante CARLOS ALBERTO

SLAVATOERRA RODRÍGUEZ como COORDINADOR DE LA DNNAY SLIMN del Municipio de Minero,

dentro del PROCESO DE EXITINCION DE LA UATORIDAD MATERNA Y PATERNA que sigue contra MARÍA CLARA MENDOZA ROSALES Y REINALDO VACA ARIA. Por Secretaria de este Juzgado elabórese

el OFICIO correspondiente dirigido a PLATAFORMA, para que asimismo se cree NUREJ al cuaderno con

el Número de Causa 02/2.023. Remítase el cuaderno original a Plataforma para que cumpla con lo ordenado por mi Autoridad. Resolviendo el memorial de fs. 19 y vuelta de obrados: En lo principal a lo resuelto.

SEÑOR JUEZ PÚBLICO MIXTO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA E

INSTRUCCIÓN PENAL 1ERO DE MINERO.

NUREJ: 70459708 - CASO NO. 02/2023

PRESENTO CERTIFICACIONES DEBIDAMENTE DILIGENCIADAS. -

Otrosí.

CARLOS ALBERTO SALVATIERRA RODRIGUEZ, con C.I. No. 3276238 S.C. de profesiónabogado con

Matrícula RPA. 3276238 CASR y REG. TDJ 12893, con domicilio en la localidad de Minero, en calidad de

Coordinador de la DNNA-SLIM del Municipio de Minero, ante su autoridad con todo el respeto digo y pido:

I. ANTECEDENTES:

Señor Juez, mediante memorial de fecha 05 de septiembre del presente pedí a su autoridad se oñcie al

SEGIP y al SERECI para que certifiquen sobre el Ultimo domicilio de los ciudadanos MARIA CLARA MENDOZA Y REYNALDO VACA ARIAS. Su autoridad mediante Of No. 1105/2.023 de fecha 28 de septiembre

del presente Requiere al SEGIP Certifique el ultimo domicilio de los señores MARÍA CLARA MENDOZA

con C.I. 8887262 y REYNALDO VACA ARIAS. Así mismo, Su autoridad Mediante Of. 1106/2.023 de fecha

22 de septiembre de 2023 REQUIERE AL SERECI certifique el ultimo domicilio de los señores MARIA

CLARA MENDOZA con C.I. 8887262 y REYNALDO VACA ARIAS.

1.1. De las Certificaciones del SEGIP y SERECI

El SEGIP mediante INFORME SEGIP/PDSC/OPM/PVA/317/2023 Certifica que la ciudadana María Clara

Mendoza Rosales tiene su domicilio en Minero, Barrio Lindo. Sin embargo, \"Que, revisado el sistema de

Cédula de Identidad del servicio general de Identificación personal de RUI-SEGIP, informan que NO SE

ENCONTRARON RESULTADOS EN NUESTRA BASE DE DATOS, CON EL NOMNBRE DE REYNALDO VACA ARIAS. EL CERTIFICADO DE DOMICILIO ELECTORAL del SERECI, SERECLSCZ-CERTNO172603-409/2023 de fecha 06 de octubre de 2023, CERTIFICA que, la Ciudadana MARIA CLARA

MENDOZA con C.I. 8887262, REGISTRA DOMICILIO ELECTORAL EN EL BARRIO Paraíso en la U.E.

Paraíso de los Infantes con No. de Celular 79029930. En lo que respecta al ciudadano Reynaldo Vaca

Arias no reporta registro en la base de datos del Padrón Electoral Biométrico. Llame al Número 79029830

que aparece en el Certificado del SERECI para comunicarme con la ciudadana MARIA CLARA MENDOZA

y la contestadora responde que no corresponde a un número en servicio activo. Asimismo, me comunique

con el Sr. Nicolás Cáceres Sub Alcalde de la Comunidad Los Naranjos y me informó verbalmente que la

Sra. María Clara Mendoza con C.I. 8887262, S.C., había fallecido hace unos 2 años atrás, y, que el Sr.

Reynaldo Vaca Arias se había ido a trabajar a Chile y no ha vuelto por la comunidad.

II. PETITORIO

Por los elementos de hecho señalados presento a su autoridad las certificaciones domiciliarias referidas

líneas arriba debidamente diligenciadas y amparado en el artículo 24 de la CPE. PIDO a su autoridad se

las tenga presente y SE CITE POR EDICTO DE PRENSA con la Demanda de Extinción de Autoridad

Materna y Paterna de fecha 03 de enero de 2023 y el Auto Interlocutorio No. 04/2023 de fecha,09 de enero

de 2023, a los ciudadanos MARÍA CLARA MENDOZA con C.I. 8887262 y REYNALDO VACA ARIAS, para

que en el plazo de ley se apersonen por el Juzgado Público Mixto en lo Civil y Comercial, de Familia Niñez

y Adolescencia e Instrucción Penal 1ero de Minero, para estar a derecho y contestar la demanda, todo

sea conforme a ley.

Otrosí 1ero. Domicilio procesal. Señalo domicilio procesal en la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de

Minero, ubicada en El Barrio UNAGRO, Calle Bajío, 300 metros al Oeste de la circunvalación. Es todo lo

que digo y pido en razón de derecho. Minero 24 de octubre de 2023. Minero 25 de octubre de 2023 ante

el informe del Segip y Sereci, donde indica el domicilio de Maria Clara Mendoza Rosales Y Reynaldo Vaca

Arias, en la localidad de Minero, pero sin calle, Es decir

es muy genérico y minero es grande Por lo que previo acto de desconocimiento de domicilio por parte de la

defensoria de la niñez y adolescencia de Minero de los demandados María Clara Mendoza Rosales Y Reynaldo Vaca Arias Bajo juramento Por secretaria Franquéese edicto de prensa conforme a procedimiento

a otrosi Por señalado ES CUANTO SE PUBLICA MEDIANTE EL PRESENTE

EDICTO PARA FINES DE LEY CONSIGUIENTES, MINERO- EN SANTA CRUZ DE LA SIERRA A LOS 11

DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTRES.

OP-21093-15-Dic.

EDICTO DE PRENSA

PARA: LOS DEMANDADOS: MARIA CLARA MENDOZA ROSALES Y REYNALDO VACA ARIA

OP-0016954-15-Dic.

SECRETARIA MUNICIPAL DE PLANIFICACIÓN PARA EL DESARROLLO

GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA

SECRETARIA MUNICIPAL DE PLANIFICACIÓN PARA EL DESARROLLO

EDICTO DE PRENSA

PARA RAMIRO OROPEZA Y/O POSIBLES HEREDEROS O

AFECTADOS QUE DEMUESTREN IGUAL O MEJOR DERECHO, EL DEPARTAMENTO ZONA SUR, DEPENDIENTE DE LA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN DISTRITAL URBANA DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DISTRITAL URBANA DE LA SECRETARIA

MUNICIPAL DE PLANIFICACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL

GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA

SIERRA, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 12, 33 (VI), 34 Y 60 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 2341, HACE CONOCER QUE EXISTE EL

TRÁMITE CON CODIGO DIAMANTE CR2- 3119/2023, SOLICITADO POR SAUL VILLEGAS, SOBRE CORRECCION DE DATOS

TECNICOS, DE UN LOTE UBICADO EN LA ZONA SUR, UV. 168,

MZ, 8, L 19, CON UNA SUPERFICIE SEGÚN UTIL 447.84 M2,

A EFECTO DE QUE SE APERSONE ANTE EL DEPARTAMENTO

ZONA SUR, UBICADO EN LA AV RAD. 13, 5TO. ANILLO (EDIFICIO BIBLIOTECA DM-9) Y PRESENTE SU OPOSICIÓN, CON

RESPALDO DOCUMENTADO, EN EL PLAZO DE DIEZ (10) DÍAS

HÁBILES ADMINISTRATIVOS. ES TODO CUANTO SE HACE SABER MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO DE PRENSA PARA LOS

FINES DE LEY.- EN LA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA.

A LOS 14 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL

VEINTITRES.

TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DE SANTA CRUZ JUZGADO

PUBLICO MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL 1°

DE CUATRO CAÑADAS.-

AVISO DE REMATE. - EL DOCTOR MICHAEL JHOAN QUIROGA LLANOS JUEZ

PÚBLICO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL 1o DE CUATRO CAÑADAS. - HACE SABER QUE: DENTRO DEL PROCESO CIVIL EJECUTIVO

SEGUIDO POR SIMON FUENTES ALAVI Y SIMONA MAMANI CHOQUE VDA.

DE CHOQUE CONTRA FELICIA CONDORI CORDOVA POR LAS FOTOCOPIAS

EXTRAIDAS DE LAS PIEZAS PRINCIPALES DEL EXPEDIENTE ORIGINAL RELATIVO AL PROCESO EJECUTIVO, SE HA SEÑALADO AUDIENCIA DE REMATE

DEL BIEN INMUEBLE REGISTRADO BAJO LA MATRICULA COMPUTARIZADA

7.11.0.00.0001376. -

Cuatro Cañadas, 21 de octubre de 2.023.

VISTOS: La solicitud de aprobación de avaluó, designación de martillero y señalamiento de audiencia de subasta y remate, el cuaderno procesal, y;

CONSIDERANDO: Que, la ejecutada FELICIA CONDORI CORDOVA ha sido legalmente notificada con el dictamen pericial de fs. 72 a 83 de obrados, en

fecha 20 de septiembre de 2023, mismo que no ha sido impugnado en tiempo hábil y oportuno. Que, a fs. 72 a 83, cursa avaluó pericial realizado por la

Arq. ISAIS PINEDO RODRIGUEZ, estableciendo un valor comercial del inmueble sujeto a avaluó, por la suma de VEINTI NUEVE MIL TREINTA Y CUATRO

45/100 DOLARES AMERICANOS ($us.-29.034,45) . CONSIDERANDO: Que, el

art. 417- II del CPC, establece el plazo de 3 dias para impugnar la tasación del

valor del bien inmueble, sin que hasta la fecha las partes hubieran realizado

observación alguna al avaluó pericial de fs. 72 a -83, por lo que corresponde

la APROBACIÓN DEL DICTAMEN PERICIAL. PORTANTO: El Suscrito Juez Publico

Mixto De Cuatro Cañadas, RESUELVE:

1.- En ejecución de sentencia APRUEBA EL DICTAMEN PERICIAL DE FS. 72

A 83.

2.- Se ordena la subasta y remate del bien inmueble embargado de propiedad

de la ejecutada FELICIA CONDORI CORDOVA, en previsión del art. 419 de la

Ley 439, señalando fecha de PRIMERA AUDIENCIA DE SUBASTA Y REMATE

PÚBLICA, PARA EL DÍA VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023, A HORAS 11:00

A.M., que se llevara a cabo en la casa Judicial de Cuatro Cañadas sobre el

100% del bien inmueble embargado dentro del presente proceso ejecutivo

que siguen SIMÓN FUENTES ALAVI y SIMONA MAMANI CHOQUE VDA. DE

CHOQUE CONTRA FELICIA CONDORI CORDOVA, inmueble de propiedad de la

ejecutada, que está ubicado en el departamento de SANTA CRUZ, provincia

ÑUFLO DE CHAVEZ. municipio de CUATRO CAÑADAS, ZONA SUR, BARRIO SAN

ANDRÉS, UV. 4, Mz. 27, Lote 9, con una superficie de 450.00 Mts2, Registrado

su derecho propietario bajo la matricula No. 7.11.0.00.0001376. Los interesados en el remate deberán depositar ante el Martillero o Notario antes o en

el acto de remate el 20% de la base del remate, mediante deposito judicial o

en dinero en efectivo, sobre el valor pericial de VEINTI NUEVE MIL TREINTA

Y CUATRO 45/100 DOLARES AMERICANOS ($us.- 29.034,45), de conformidad

con el Art. 420 I, del C.P.C.

3.- Por secretaria extiéndase el aviso de remate observando las previsiones

del art. 419. II. C.P.C,

LUGAR DE REMATE: La audiencia de subasta y remate será efectuada en la

secretaria del Juzgado Publico Mixto Civil Comercial de Familia e Instrucción

Penal 1º de Cuatro Cañadas, al lado de la defensoria de la niñez y adolescencia y servicios legales integrales de Cuatro Cañadas. El aviso de remate se

publicará una sola vez conforme al art. 419 Numeral III de C.P.C. en un órgano

de prensa escrita de difusión nacional o en caso en una radio difusora o medio, nacional o local autorizado en la misma forma y condiciones donde no

existiere los medios de difusión, fíjese copia del aviso de remate en el tablero

judicial de esta casa judicial para asegurar la máxima publicidad del remate,

invitando a los interesados a recabar información sobre el inmueble a ser

subastado en la secretaria del Juzgado Publico Civil Comercial De Familia e

Instrucción Penal 1º de Cuatro Cañadas, debiendo los ejecutantes presentar

la publicación 24 horas antes del dia y hora de subasta y remate.

4.- Se designa para el efecto como martillero judicial a la Señora Notario de

Fe Pública No. 3, de este municipio de Cuatro Cañadas Dr. Navy Lady Hurtado Choque, quien debe ser notificada de acuerdo a ley. Notifíquese con

esta resolución a las partes y los acreedores, conforme lo establecido en el

art. 1479 numeral I del Código Civil, a efecto de hacer valer sus derechos.

regístrese, archívese y notifíquese.- SEÑOR JUEZ PUBLICO MIXTO CIVIL Y

COMERCIAL DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL N° 1 DE CUATRO CAÑADAS

SOLICITA APROBACIÓN DE DICTAMEN PERICIAL AVALUO, DESIGNACION DE

MARTILLERO Y FECHA DE PRIMER REMATE Exp.: 28/21 OTROSI.-SIMONA

MAMANI CHOQUE, con generales de ley ya conocidas por su autoridad,

dentro del proceso ejecutivo que sigo en contra de la Sra. Felicia Condori

Cordova, ante su autoridad con el debido respeto expongo y pido: Señor

juez habiendo notificado legalmente con el dictamen pericial Avaluó, a la

denunciada mismo que no ha sido impugnado en tiempo hábil y oportuno,

por lo que pido a su autoridad la APROBACION del dictamen pericial Avaluó

presentado por el Arq. Isaías Pinedo Rodríguez. Así mismo señor juez toda

vez que se ha cumplido con todas las medidas previas de remate, según

documentación adjunta al cuaderno procesal y notificada que ha sido la

demandada con todos los actuados, de conformidad a lo establecido por

el art. 419 del C.P.C. Solicito a su autoridad fijar lugar fecha día y hora de

primer remate del bien inmueble embargado y gravado inmueble ubicado

en el barrio San Andrés MZA. N° 27, UV. N°4, LOTE N°9 zona sur- Cuatro

Cañadas, con una extensión superficial de 450 metros cuadros inscrito en

derechos reales bajo la matricula computarizada N° 7.11.0.00.0001376, registrada a nombre de la demandada CONDORI CORDOVA FELICIA con C.I.

3909585 SCZ OTROSÍ 1.- a efecto del primer remate de conformidad a lo

establecido por el Art. 418 del C.P.C. solicito a su autoridad mediante sorteo

Nombrar al Martillero de acuerdo a procedimiento.

OTROSÍ 2.- a efectos de la publicidad solicito ordene por secretaria se fraccione el correspondiente aviso de Remate.

OTROSÍ 3.- citaciones y notificaciones se comisione a Srta. Oficial de diligencias.

Cuatro cañadas 05 de octubre de 2023

EL DR. ALEXANDER CARRILLO LIJERON. - SECRETARIO DEL JUZGADO PUBLICO

MIXTO CIVIL Y COMERCIAL DE FAMILIA E INSTRUCCIÓN PENAL 1o DE CUATRO

CAÑADAS. - CERTIFICA: que las copias que anteceden han sido extraídas del

expediente original relativo al proceso Ejecutivo seguido por SIMON FUENTES ALAVI Y SOMONA MAMANI CHOQUE VDA. DE CHOQUE, en contra de:

FELICIA CONDORI CORDOVA. - quien previa su comprobación y constatación

con los originales de su referencia, guarda relación y autenticidad al que en

caso de ser necesario me remito, mereciendo plena fe del tenor a los arts.

1311 de Código Civil y 400 del C.P.C.

Cuatro Cañadas 30 de noviembre de 2.023

AVISO DE REMATE

OP-0016931-15-Dic.

P:27

Santa Cruz de la Sierra | Viernes 15 de diciembre de 2023 7

P:28

8 Santa Cruz de la Sierra | Viernes 15 de diciembre de 2023

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