¿Qué sabe respecto a las restricciones de pago en efectivo?

por | Oct 31, 2022 | Sin categoría | 0 Comentarios

Antecedentes

 

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), establece en ciertos actos u operaciones la restricción de liquidar o pagar, así como de aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional o cualquier otra divisa y Metales Preciosos.

Marco Jurídico

 

El artículo 32 de la LFPIORPI en su primer párrafo establece lo siguiente:

 

Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, en los supuestos siguientes […]

 

Estas restricciones aplican a ciertas actividades consideradas como vulnerables al delito de lavado de dinero. En caso de no respetar dichas restricciones se podría poner en riesgo la  estabilidad financiera de tu empresa o negocio. A continuación se mencionan aquellas actividades que conforme a la LFPIORPI, establecen restricciones de pago en efectivo:

 

Actividad Límite en UMA* Monto límite en MN**
Compraventa de inmuebles 8,025 $772,165.50
Compraventa de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres 3,210 $308,866.20
Compraventa de relojes; joyería; metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote y de obras de arte 3,210 $308,866.20
Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos; así como la entrega a pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos 3,210 $308,866.20
Servicios de blindaje 3,210 $308,866.20
Compra venta de acciones o partes sociales 3,210 $308,866.20
Arrendamiento de inmuebles, nuevos o usados 3,210 $308,866.20

 

¿Qué pasa si no se respetan los límites al pago en efectivo?

 

Esta prohibición o restricción al pago en efectivo mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional o cualquier otra divisa y Metales Preciosos es estricta y el no observarla puede tener severas consecuencias.

 

La Ley establece de forma directa las siguientes:

 

  • Multa de entre 10,000 y 65,000 UMA´s ($962,200 y $6´254,300 pesos) o entre el 10 % y el 100 % del valor del acto u operación, lo que resulte mayor.
  • Revocación del permiso a permisionarios de juegos y sorteos.
  • Cesación del ejercicio a notarios públicos.
  • Cancelación de la autorización de los agentes o sus apoderados aduanales.

 

Conclusión

 

Las restricciones al pago en efectivo o con metales preciosos para ciertas actividades se da como estrategia de prevención, para evitar que recursos de procedencia ilícita sean usados de forma libre. El “tener” efectivo no es un delito como tal, pero no observar las prohibiciones a su uso, puede traer graves consecuencias, por lo que al celebrar un acto u operación ten presente:

  • Respetar los límites al uso  de dinero en efectivo o metales preciosos.
  • El buscar las formas de evadirlos o pasarlos por alto puede tener consecuencias graves.
  • Observar la Ley es la mejor forma de disminuir el riesgo de participar de forma involuntaria en “operaciones con recursos de procedencia ilícita”.

 

Fundamento Legal

 

Artículos 32,  53, 54, 55, 56, 57, 58 y 59  de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita .

 

Lic. Edgar Mauricio Castillo Hernandez

Gerente de Cumplimiento Actividades Vulnerables

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