Los empleadores son responsables de retener los impuestos sobre la renta y el empleo de sus empleados. Estos impuestos se conocen como impuestos de fondos fiduciarios porque el empleador solo tiene el dinero para que el empleado pague al IRS. Cuando un empleador no retiene el dinero y no lo paga al IRS, las personas que son "responsables" y "intencionales" pueden ser personalmente responsables de la multa de recuperación del fondo fiduciario. Las personas responsables suelen ser funcionarios del empleador, miembros de un consejo de administración, directores y accionistas. Las personas responsables pueden ser consideradas personalmente responsables bajo Código de Rentas Internas sección 6672.
El IRS tiene una política establecida desde hace mucho tiempo que el propósito de sección 6672 era recuperar los impuestos de los fondos fiduciarios y no imponer sanciones adicionales. Como tal, si el empleador devolviera todos los impuestos del fondo fiduciario, la persona responsable no debería nada adicional.
Por lo general, las sanciones deben ser aprobadas por escrito por el supervisor del empleado del IRS antes de la determinación inicial de que la sanción es debida. "No se impondrá ninguna sanción bajo este título a menos que la determinación inicial de dicha evaluación sea aprobada personalmente (por escrito) por el supervisor inmediato de la persona que toma dicha determinación". IRC 6751 (b) (1). Sin embargo, los impuestos a los fondos fiduciarios se interpretaron como una "recuperación" en lugar de una "penalización" que no requiere la aprobación de un supervisor antes de imponer métodos para recuperar los impuestos no pagados del fondo fiduciario. Todo esto cambió el 21 de enero de 2020 cuando el Tribunal Fiscal de los Estados Unidos publicó la decisión de David J. Chadwick contra el Comisionado.
En Chadwick, el Sr. Chadwick era miembro único de dos entidades que no habían pagado los impuestos sobre la nómina. Los dos Oficiales de Ingresos asignados decidieron que el Sr. Chadwick era responsable de la multa por recuperación del fondo fiduciario. Los dos Oficiales de Ingresos firmaron el papeleo y emitieron una carta dándole al Sr. Chadwick la oportunidad de apelar. Sin embargo, no apeló, por lo que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) evaluó las sanciones.
El IRS argumentó que no era necesaria la aprobación de un supervisor ya que la multa por recuperación del fondo fiduciario era simplemente una herramienta de cobranza y no una verdadera multa. El tribunal no estuvo de acuerdo y declaró: “Al igual que las sanciones por no presentar declaraciones y no divulgar información, las sanciones del fondo fiduciario se imponen como sanción por no hacer algo. Desde el punto de vista del sancionado, son penas tanto como las denomina el código como en el sentido ordinario de la palabra ”. Chadwick contra el comisionado.
La decisión en Chadwick deja en claro que debe haber aprobación del supervisor para la sanción por recuperación del fondo fiduciario. Basándose en otro caso reciente, el tribunal determinó que la aprobación debía producirse antes de la carta en la que el IRS notifica formalmente al contribuyente de su decisión definitiva de imponer la multa de recuperación del fondo fiduciario.
Si bien esta es la jurisprudencia actual sobre las sanciones por recuperación de fondos fiduciarios en el tribunal fiscal, está sujeta a revisión en el tribunal de distrito federal. Esto se debe al hecho de que la mayoría de las decisiones con respecto a las sanciones del fondo fiduciario se toman en los tribunales de distrito federales y las decisiones del tribunal fiscal no son vinculantes para los tribunales federales.
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Publicado por Lauren Lee
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