Guía para la prevención y reparación de abusos sexuales a menores en centros educativos

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Edita

Escuelas Católicas

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Laura Díaz Fernández

Infografías

Gabriel Ramón Sánchez

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© Federación Española de Religiosos de Enseñanza-Centros Católicos (FERE-CECA)

Madrid, marzo 2023

Depósito legal: M-7444-2023

Con el patrocinio de SM

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Guía elaborada por un equipo de trabajo de Escuelas Católicas compuesto por Luis Aranguren Gonzalo, Irene Arrimadas Gómez, Eva Díaz Fernández, Luis Centeno Caballero, Dolors García Gispert, Pedro J. Huerta Nuño, Fernando López Tapia, Victoria Moya Segura, Javier Poveda González y Juan Manuel Ruiz Santana. Con la colaboración de José Mª Alvira Duplá. Revisión editorial: Zoraida Arribas Manzanal.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Presentación

En la escuela, todo lo que hacemos educa. Esta máxima forma parte de nuestra propuesta de valores, en nuestros centros de ideario católico la entendemos como parte de la misión y la vocación para ser espacios de cuidado. Concretamos así las constantes evangelizadora y antropológica desde las que nacimos, y desde ahí nos queremos seguir identificando en el servicio a toda la sociedad, más específicamente a los niños, jóvenes y familias que son parte de la comunidad educativa.

Una escuela que se define desde el paradigma del cuidado, aprende a estructurar todos sus procesos, relacionales, de aprendizaje, pastorales, formativos y de gestión, en la atención y la protección de quienes la integran. La comunidad educativa deja de ser un concepto para entenderse como espacio de encuentro, donde la confianza, el testimonio y el diálogo conforman su seña de identidad.

Lo tenemos claro, aun así necesitamos reafirmarnos en este deber. Es triste y vergonzoso constatar que muchos han traicionado esa confianza y no han sido testigos de los valores promovidos por la escuela; es doloroso comprobar que de quienes se esperaba cuidado se haya recibido tanto daño; es deplorable que no se haya generado por parte de algunos responsables un inequívoco compromiso, no solo en la actuación sino muy especialmente en la prevención y la reparación. Esta Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales a menores en los centros educativos nace de la firme voluntad de actuar, alentados por estas y otras constataciones que nos obligan a crear espacios seguros.

Por estos motivos necesitaba ser un trabajo coral, en el que han colaborado muchos conocedores del tema, tanto de Escuelas Católicas como de entidades titulares y otras organizaciones. Ha sido un camino largo, interrumpido en varias ocasiones por los cambios legislativos, que en determinados apartados han obli-

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gado a rehacer lo que ya parecía terminado. Por eso, es una gran satisfacción ver el texto finalizado, justo en un momento en el que la sensibilidad social y eclesial sobre los abusos sexuales a menores va en aumento. Esta nueva sensibilidad hace previsible que nuestra sociedad siga creciendo en la denuncia de los casos, la Guía es una buena herramienta para saber actuar y para el cambio de paradigma en los centros educativos. Aún así, seguirá creciendo, esto es una buena noticia, porque significa que habremos incorporado a nuestra actuación la importancia que merecen la prevención y la reparación-sanación.

La cultura del cuidado y de la protección viene siendo, en los últimos años, una constante en las propuestas de formación de Escuelas Católicas. Esta Guía viene a complementar las anteriores, contra el acoso escolar y sobre el duelo en el ámbito de la escuela, y se expande en los proyectos interdepartamentales de Shamar-Escuelas del cuidado, el Pacto Educativo Global, Tejiendo Compromiso Social en red y Cumplimiento Normativo. Difícilmente se entenderá la Guía sin estas otras reflexiones, porque el compromiso de afrontar los abusos sexuales en los centros educativos necesita de un planteamiento holista desde la ética del cuidado.

Es nuestro deber, y muy especialmente nuestra misión, que las escuelas sean entornos seguros, que contribuyan desde todos sus espacios educativos a la mejora del mundo y a acabar con la lacra social de los abusos sexuales a menores; que nuestra actuación esté libre de ambigüedades; que no rehuyamos pedir perdón; en definitiva, que no seamos piedra de escándalo para nadie, porque, “Ay de quien escandalice a uno de estos pequeños que creen en mí” (Mc 9,42).

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales 8 Índice Presentación 6 Introducción 10 1. ¿De qué estamos hablando? 15 1.1 ¿ QUÉ ES EL ABUSO SEXUAL DE MENORES? 16 1.2 LOS ABUSOS SEXUALES, UNA LACRA SOCIAL 19 1.3 FALSAS CREENCIAS 19 1.4 GRUPOS DE RIESGO 21 1.5 TIPOS DE ABUSO 22 1.6 LA ATMÓSFERA DEL HECHIZO Y EL ABUSO DE PODER 22 1.7 ABUSOS SEXUALES EN INSTITUCIONES DE LA IGLESIA CATÓLICA 24 2. Por una cultura del cuidado: fundamentos de actuación y responsabilidad como escuela católica 29 2.1 LA ESCUELA CATÓLICA EN LA MISIÓN DE LA IGLESIA 30 2.2 EL DEBER DE ACTUAR 32 2.3 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA LIBERADORA EN LA ESCUELA CATÓLICA 34 2.4 LA CULTURA DEL CUIDADO 35 2.5 MARCO NORMATIVO DE LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LA CULTURA DEL CUIDADO 36 3. La prevención, tarea permanente 41 3.1 LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS FUTUROS 42 3.2 DAR A CONOCER LA REALIDAD DE LOS ABUSOS SEXUALES 43 3.2.1 INFORMACIÓN A LOS ALUMNOS 44 3.2.2 CONTAR CON UNA EDUCACIÓN AFECTIVO SEXUAL REGLADA 45 3.2.3 PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL 46 3.2.4 OTRAS ACTUACIONES EN EL ÁMBITO DEL CENTRO EDUCATIVO 48 3.3 CONSTRUIR MARCOS ÉTICOS DE PROMOCIÓN DE VALORES 48 3.4 CUIDADO Y FORMACIÓN EN LA MADUREZ DE LOS EDUCADORES 50 3.5 OBLIGACIONES LEGALES PREVENTIVAS PARA LOS CENTROS EDUCATIVOS 52 3.5.1 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS PARA LA PREVENCIÓN 52 3.5.2 COORDINADOR DE BIENESTAR Y PROTECCIÓN 54 3.5.3 CERTIFICACIÓN DE ANTECEDENTES EN ABUSOS SEXUALES 55 3.5.4 LOS PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN 57 4. La intervención, tarea global y humanizadora 63 4.1 CON MIRADA HUMANIZADORA 64
Guía
y reparación
abusos sexuales 9 4.2 LA SOSPECHA O CONOCIMIENTO DEL ABUSO SEXUAL 65 4.2.1 VÍAS DE CONOCIMIENTO DEL HECHO 65 4.2.2 ACTUACIÓN ANTE LA SOSPECHA O CONOCIMIENTO DEL ABUSO 68 4.2.3 EFECTOS Y CONSECUENCIAS DEL ABUSO SEXUAL EN LOS MENORES 70 4.2.4 OBLIGACIONES JURÍDICAS TRAS LA SOSPECHA O CONOCIMIENTO DEL ABUSO 72 4.3 MEDIDAS PEDAGÓGICAS EN LA INTERVENCIÓN 73 4.3.1 EL GRUPO DE PROTECCIÓN 74 4.3.2 EL EQUIPO DOCENTE 75 4.3.3 APOYO DEL GRUPO CLASE 75 4.3.4 FORMACIÓN A LA COMUNIDAD EDUCATIVA 76 4.4 EL CUIDADO DE LA COMUNICACIÓN 77 4.4.1 LA COMUNICACIÓN TERAPÉUTICA 77 4.4.2 PLAN DE COMUNICACIÓN DE CRISIS 79 4.5 INTERVENCIÓN ANTE ABUSOS SEXUALES EN REDES SOCIALES 87 4.5.1 GROOMING 88 4.5.2 SEXTING 88 5. El proceso de sanación y reparación 93 5.1 LAS “TRES S” DEL ACOMPAÑAMIENTO 95 5.1.1 SEGURIDAD 95 5.1.2 SANACIÓN 95 5.1.3 SENTIDO 96 5.2 EL VÍNCULO SANADOR ENTRE ACOMPAÑANTE Y VÍCTIMA 96 5.3 ETAPAS DEL PROCESO DE SANACIÓN Y REPARACIÓN 97 5.3.1 CAOS 98 5.3.2 ACEPTACIÓN CONFIADA 99 5.3.3 TRASCENDENCIA 101 5.4 UNA PASTORAL PARA LA SANACIÓN Y EL CUIDADO 103 5.4.1 PASTORAL DE LA CONFIANZA 103 5.4.2 PASTORAL DE LA ESCUCHA Y LA SANACIÓN INTEGRAL 104 5.4.3 PASTORAL SAMARITANA Y DEL CUIDADO 106 5.4.4 PASTORAL DE LA PURIFICACIÓN DE LAS IMÁGENES DE DIOS 107 5.4.5 PASTORAL DEL ENCUENTRO 108 5.4.6 PASTORAL DE LA ESPERANZA 109 5.4.7 PASTORAL DE LA RECONCILIACIÓN 110 5.5 SOBRE EL VICTIMARIO 112 5.6 LA NECESARIA EVALUACIÓN DEL PROCESO 116 6. Anexos documentales 121 7. Bibliografía básica 137
para la prevención
de los

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Introducción

El abuso sexual nace de una concepción de la relación interpersonal basada en el dominio del otro, la asimetría y, en definitiva, el abuso de poder. Ciertamente vivimos en una sociedad en la que hay ámbitos con un modelo de organización que en no pocas ocasiones ha transformado la autoridad de servicio en manipulación, el acompañamiento en seducción y la cercanía en traspasar los límites de lo permitido. Así ha sucedido también en la Iglesia y en sus instituciones, incluidas las educativas.

El magisterio de los papas Benedicto XVI y Francisco constituye un aliento evangélico que ilumina la reflexión de esta Guía. Apoyándonos en el mismo, nuestra opción es poner en el centro la protección de los menores y, por extensión, la de aquellos adultos vulnerables que también forman parte de las comunidades educativas, y que a lo largo de esta Guía deberán entenderse como incluidos en todas las propuestas y conclusiones.

“Estamos retados a mirar de frente este conflicto, asumirlo y sufrirlo junto a las víctimas, sus familiares y la comunidad toda para encontrar caminos que nos hagan decir: nunca más a la cultura del abuso”¹.

Mirar de frente significa abrir los ojos y ver la realidad de los abusos sexuales en el seno de nuestras instituciones de Iglesia, así como en otros ámbitos, también en las familias y a través de redes sociales e Internet. Los datos son incontestables, y sin embargo aún hay quien se acoge a falsas creencias que tratan de hacer irrelevante esta realidad.

Mirar de frente es también escuchar la voz de las víctimas de abusos sexuales, de los casos presentes y de los pasados. Los agresores, en mayor medida si son

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1 PORTILLO, D. (ed), Teología y prevención, Sal Terrae, Santander, 2020, 7.

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docentes, sacerdotes, religiosos o figuras de cierto relieve, suelen contar con altavoces y medios para expresarse. Por el contrario, las víctimas suman a su condición el silenciamiento social, que les impide ser escuchadas con limpieza y sin prejuicios. Cuesta mucho elevar la voz de la denuncia, más aún siendo menor y bajo los efectos de la desorientación que impone la agresión. De ahí la importancia de incorporar para las víctimas protocolos y espacios de inclusión, de reconocimiento, de escucha, de confianza.

Mirar de frente es situarse con compasión, dejarse afectar por el sufrimiento de quien ha sido herido en su cuerpo y en su espíritu. Frente a los abusos sexuales hay que proceder con diligencia: acoger y acompañar con corazón grande, cercanía y profesionalidad en el proceso de sanación, y denunciar ante las autoridades a los agresores, al mismo tiempo que se les ofrecen caminos de acompañamiento.

Mirar de frente es promover en las escuelas la cultura del cuidado como prevención de los daños futuros y como reparación de los daños causados. Esta labor de prevención tiene su espacio en los proyectos establecidos por medio de las tutorías, en la acción pastoral, en los proyectos interdepartamentales, en la formación de los docentes, en el servicio de orientación. La cultura del cuidado nace del fortalecimiento de los vínculos que nos ponen en relación fraterna, tal y como nos invita el papa Francisco: “Ojalá que tanto dolor no sea inútil, que demos un salto hacia una forma nueva de vida y descubramos definitivamente que nos necesitamos y nos debemos los unos a los otros”²

Mirar de frente es, en definitiva, transformar los corazones arrogantes y las estructuras asfixiantes. Necesitamos habitar y convivir en el seno de familias amorosas, de escuelas protectoras y de una Iglesia acogedora y samaritana.

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2 FRANCISCO, Carta encíclica sobre la fraternidad y la amistad social Fratelli tutti, 35.

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Esta Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales a menores en los centros educativos mira de frente el horror generado por los agresores y mira de frente, con ternura y compromiso reparador, a las víctimas de los mismos, desde las máximas de la protección del menor y de la escuela como entorno seguro.

El primer capítulo ayudará a clarificar conceptos e ideas sobre los abusos sexuales a menores, una lacra social para cuyo reconocimiento necesitamos despojarnos de las falsas creencias. Conoceremos cuáles son los grupos de riesgo y los tipos de abuso, que en gran parte se sostienen sobre un abuso de poder latente. Si bien los abusos sexuales no son exclusivos de instituciones de la Iglesia católica, esta Guía, que se dirige a centros educativos católicos, analizará y propondrá acciones desde la responsabilidad frente a los abusos que ocurren en las entidades e instituciones eclesiales.

Es así como el segundo capítulo buscará fundamentar la actuación y la responsabilidad que corresponde a las escuelas católicas, comprometidas ineludiblemente con una cultura del cuidado. Los centros educativos de ideario católico forman parte de la misión de la Iglesia, su identidad se expresa en valores evangélicos que promueven la justicia y la misericordia. Es por ello que no pueden eludir el deber de actuar cuando en su seno se revelan casos de abusos sobre los menores que participan en sus actividades o acción educativa-pastoral, pero también que desde el mensaje liberador de Jesucristo promueven, previenen y restauran el bienestar de los menores a ellos encomendados.

La prevención de riesgos futuros es, por tanto, la base pedagógica, pastoral y jurídica de ese compromiso frente a los abusos y de la protección de los menores. La abordaremos en el capítulo tercero, tarea permanente expresada por medio de los protocolos y acciones formativas que atañen a toda la comunidad educativa. Los centros educativos católicos están comprometidos en la construcción de marcos éticos que fomentan los valores inequívocos de las entidades que los promueven, de ahí la importancia de actuar desde las obligaciones legales específicas, pero sobre todo, desde la coherencia del carácter propio y los valores que lo definen. Prevenir supone ir un paso por delante del abuso, supone sensibilizar a toda la comunidad educativa a implicarse en una escuela del cuidado, supone crear espacios seguros y amables para los menores de nuestros centros.

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Pero, si bien la prevención es esencial y obligatoria en esta tarea del cuidado, desgraciadamente la realidad de los abusos sexuales se ha dado y sigue estando presente en los centros educativos, de uno u otro modo. Necesitamos criterios acertados y transparentes de intervención, tarea pedagógica y pastoral que presentamos en el cuarto capítulo de esta Guía. Ciertamente, la parte más delicada de esta intervención es la actuación ante la sospecha o conocimiento del hecho, tanto por la interacción que supone con el menor que ha sido víctima del abuso, como por la responsabilidad que implica al centro, a la entidad y a los mismos educadores. Además de las obligaciones jurídicas que devienen del conocimiento o sospecha del abuso, en cuanto entidades educativas necesitamos cuidar las medidas pedagógicas y la comunicación institucional con las que respondemos al abuso. El buen hacer educativo del centro, así como el interés por una transmisión fiel y veraz de la información, se incorporan a la voluntad firme de actuar frente al abuso y de crear espacios seguros y de acompañamiento.

Parte de esta intervención, pero con identidad propia, es el proceso de sanación y reparación. Lo abordamos en el último capítulo. Esta fase de la intervención es también reflejo del sólido compromiso del centro y de la institución por la cultura del cuidado y la actuación frente a los abusos. La sanación se gestiona incorporando nuevas medidas preventivas a las que ya teníamos y, en la acogida y la protección del menor, un acompañamiento que repare el daño, aporte seguridad, genere sentido y reincorpore a la vida y a las relaciones sanas en la comunidad. Conocer las etapas del proceso de sanación y reparación ayudará a compartir con confianza este camino conjunto entre víctima y acompañante. Aunque en los centros de ideario católico la pastoral forma parte central de su propuesta educativa, hemos incorporado algunas pistas para una pastoral de sanación y de cuidado, que visibiliza sin dobleces la misión evangelizadora a la que estamos llamados cuando desde la ternura de Dios y el compromiso de la fe debemos hacer praxis la Buena Noticia de Jesús de Nazaret. Se trata de una pastoral de la confianza, de la escucha, del encuentro, de la esperanza y de la reconciliación, que promueve escuelas que misericordian.

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¿DE

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Guía
QUÉ ESTAMOS HABLANDO? #01

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#01

¿De qué estamos hablando?

Hablamos de una realidad que degrada a la sociedad entera por igual, de un cuerpo social que siente cómo se rompen sus costuras a consecuencia de los abusos sexuales cometidos sobre menores en diferentes ámbitos de la vida y de las relaciones personales.

Hablamos de delitos, no de anécdotas o situaciones que puedan explicarse con otras palabras. Es necesario que retiremos ese velo de ocultación y reconozcamos sin ambigüedades el delito penal, canónico y humano que implica, y cuyas heridas y consecuencias nunca prescribirán en las víctimas.

Hablamos de datos, pero también de historias de vida rotas, de sufrimiento acumulado y de abusadores que han actuado sin escrúpulos, en muchas ocasiones amparados por la indiferencia o la inacción de las personas que eran responsables del cuidado y la seguridad de los menores. No solo es nuestra tarea erradicar esos comportamientos, sino también la cultura que los cobija.

1.1  QUÉ ES EL ABUSO SEXUAL DE MENORES?

Son diversas las definiciones que se ofrecen en estos últimos años y que podemos encontrar en muchas de las referencias bibliográficas. Por su punto de vista complementario, traemos aquí la de la organización Save the Children: “El abuso sexual es una manipulación de niños, niñas y adolescentes, sus sentimientos, debilidades o necesidades, basada en una desigualdad de poder. Tiene como objeto una parte íntima y altamente sensible de las personas, su sexualidad, en un momento en el que está en desarrollo y en el que aún no se tienen las capacidades necesarias para entender las implicaciones de lo que está pasando”³

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3 SAVE THE CHILDREN, Ojos que no quieren ver, 2017, 28.

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Y más en concreto, añade: “El abuso sexual se entiende como la participación de niños, niñas o adolescentes, dependientes e inmaduros, en actividades sexuales que no están en condiciones de comprender, que son impropias para su edad y su desarrollo psicosexual, para los que son incapaces de dar su consentimiento”⁴

De esta aportación se desprenden algunas consideraciones relevantes en torno a la idea del abuso sexual:

Es una consecuencia del abuso de poder, se sostiene en una relación asimétrica basada en el mismo y en la desigualdad.

Es la expresión de la cosificación del otro, reducido a mero objeto de placer, la máxima apropiación del otro, que el agresor convierte en su propiedad, una posesión abusiva de la víctima que también parte de la relación asimétrica.

Es un hecho traumático para quien lo padece. Produce heridas cuyas consecuencias se palpan en el largo plazo y en el desarrollo de la vida adulta. Es una herida que marca el desarrollo evolutivo de la víctima.

El abuso sexual se da porque hay abusadores, agresores capaces de manipular a los menores desde su posición de poder e influencia, con el objeto de satisfacer sus

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4 SAVE THE CHILDREN, Ojos que no quieren ver, 2017, 28.
Hablamos de víctimas cuyas heridas nunca prescribirán

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deseos. La ya mencionada relación asimétrica supone que el menor no puede oponerse conscientemente a un acto sexual con una figura de referencia y en un vínculo donde destaca su inferioridad física, psíquica, cognitiva o emocional.

Si bien los datos sobre abusos sexuales a menores no suponen un conocimiento sobre esta dolorosa realidad, debemos acercarnos a ellos para dimensionar el problema y ser conscientes de su realidad, y hacerlo con pie descalzo, con el respeto que merecen los rostros de las víctimas que se esconden tras ellos. Estos números y porcentajes solo son reflejo de lo que podemos conocer, desgraciadamente sigue habiendo muchos casos aún desconocidos en no pocas familias, centros educativos, deportivos y de tiempo libre, internados, centros de tutela o acogida de menores y parroquias.

Estos son solo algunos de los datos más llamativos⁵:

Entre un 10% y un 20% de la población española ha sufrido abusos sexuales en la infancia.

Cerca del 50% de los abusos se dan dentro del ámbito familiar.

Se estima que tan solo un 15% de los casos de abusos sexuales son denunciados.

El 50% de estas denuncias realizadas ante la policía tiene como víctima a un menor.

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5 Cfr. SAVE THE CHILDREN, LosabusossexualeshacialainfanciaenEspaña, (2021); ZAMORANO, L.A., Ya no te llamarán abandonada, PPC, Madrid, 2019, 25 y ss.
Cerca del 50% de los abusos se dan en el ámbito familiar

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En el 84% de los casos la víctima conocía a su agresor y tenía una relación previa con él.

En el 21% de estas situaciones el agresor es el padre o la pareja de la madre. El 79% de los casos son niñas o chicas.

1.2 LOS ABUSOS SEXUALES, UNA LACRA SOCIAL

Ningún grupo social queda exento de sufrir en su interior abusos sexuales, hasta el punto de que podemos considerar en muchos casos la existencia de una auténtica cultura del abuso, que traspasa ámbitos, países, estratos sociales y espacios asociativos. A pesar de que en los últimos años ha aumentado la conciencia frente a esta lacra social, los distintos registros estadísticos tienen limitaciones, por cuanto sigue existiendo una brecha muy grande entre los casos que se producen, los que se detectan y los que se denuncian.

Existe un problema antropológico de primer orden en muchos comportamientos sociales cotidianos, consistente en la generación y el mantenimiento de estructuras de poder y dominio de unos seres humanos sobre otros, de despersonalización, de ocultación, de vergüenza para reconocer los errores. Nos encontramos en ocasiones ante una maquinaria de poder y de dominio de unos seres humanos sobre otros, donde el abuso debe dejar de ser considerado una falla del sistema y abordado como un asunto que afecta a toda la sociedad.

Pasar de la cultura del abuso a la cultura del cuidado debe ser un eje transformador, no solo para erradicar el abuso de menores, sino para caminar hacia una fraternidad de iguales en dignidad, de acogida y de respeto. El primer paso será reconocer algunas falsas creencias sobre este tema.

1.3 FALSAS CREENCIAS

Admitir la realidad bochornosa de los abusos sexuales a menores es uno de los principales obstáculos para afrontar esta cultura del abuso que venimos exponiendo. Frecuentemente se acude a falsas creencias que no hacen más que distorsionar la verdad de una realidad dolorosa. Veamos algunas a través del siguiente cuadro⁶.

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6 Seleccionadas y adaptadas a partir de los informes de: UNICEF, Abuso sexual infantil, Montevideo, 2015, p. 46-55; SAVE THE CHILDREN, Abuso sexual infantil, 2001, 20-24; SAVE THE CHILDREN, Ojos que no quieren ver, o.c., 12.

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Falsas creencias La realidad

Los abusos sexuales no son muy comunes.

Quienes los cometen son personas desequilibradas, unos monstruos.

Si ocurriera a un niño cercano, lo sabríamos.

Los abusos se producen más en el ámbito escolar, deportivo o en la Iglesia.

Los abusos que se producen en el interior del ámbito familiar son un asunto privado.

No vale la pena denunciar. No es obligatorio hacerlo.

Los agresores son personas desconocidas, extraños.

Los niños y adolescentes fantasean, inventan historias y dicen mentiras en relación con haber sido abusados sexualmente.

Entre un 10% y un 20% de la población ha sido víctima de abusos sexuales en España.

Con frecuencia es una persona de confianza, alguien con apariencia encantadora.

No son tan fáciles de detectar ni revelar: el secreto es el arma con la que chantajea el abusador.

Aunque no exclusivamente, ocurren mayoritariamente en la familia. Casi en el 50% de los casos, el agresor es un familiar.

Los abusos sexuales son siempre un delito, independientemente de dónde se produzcan.

El abuso sexual a menores es delito. Hay que denunciar siempre.

Ocho de cada diez abusadores son conocidos en distinto grado por los menores.

Pocas veces un menor inventa historias que tenga relación con su intimidad y con haber sido abusado sexualmente. Los niños no pueden fantasear detalles de una actividad sexual cuyo conocimiento es absolutamente inapropiado para su edad. La inmensa mayoría son relatos veraces.

El abuso sexual solo se da en las clases bajas, con un menor grado de cultura y de respeto.

Los abusadores tienen una impulsividad sexual que no pueden frenar.

Hay menores que seducen y provocan al adulto.

La mayoría de los abusadores de niños son homosexuales.

El abuso hace más daño a los niños que a las niñas.

El abuso sexual infantil va casi siempre asociado a la violencia física.

El abuso sexual no distingue clases sociales.

Los abusadores saben, en general, cuándo deben controlar sus impulsos sexuales.

Bajo ningún concepto se pueden considerar en el niño conductas seductoras con fines sexuales.

Hay una mayoría de abusadores sexuales que se identifican como heterosexuales.

El daño depende principalmente de la identidad del abusador, de la duración del abuso, de si lo ocultó o lo contó… y no de ser niño o niña.

En la mayoría de los casos hay una manipulación de la confianza, engaños y amenazas que no se convierten en violencia física.

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Muchos de estos prejuicios, que para la víctima se convierten en estigmatizaciones, no solo se alejan de la realidad, sino que condicionan y retrasan actuaciones urgentes y necesarias, contribuyendo a reforzar fallos y debilidades en las respuestas públicas y sociales a los abusos sexuales a menores. Todo abuso sexual hacia un menor es un delito que debe ser denunciado⁷, no es opcional.

1.4 GRUPOS DE RIESGO

En general podríamos afirmar que todo niño o adolescente, por el hecho de ser menor de edad, se encuentra en riesgo potencial de convertirse en víctima de abuso sexual, independientemente de su origen y características personales. Estas posibilidades aumentan en el caso de pertenecer a un grupo de riesgo.

Se consideran grupos de riesgo, entre otros⁸:

Los menores institucionalizados (aquellos que están en internados, residencias tuteladas, seminarios, etc.), en cuanto presentan mayor fragilidad emocional y relacional y son, por tanto, más vulnerables a los ojos de los agresores.

Los menores con discapacidad física, sensorial o psíquica, ya que la discapacidad suele ir acompañada de un mayor aislamiento social.

Los menores en situación de pobreza y vulnerabilidad. Si bien los abusos no se dan exclusivamente en determinadas clases o situaciones sociales, hay mayores posibilidades cuando existen carencias materiales y afectivas, de protección o de acceso a recursos.

Los menores en familias disarmónicas. Esto es, núcleos familiares que no satisfacen las necesidades del niño en su desarrollo, tienen una red de apoyo social débil, experimentan en su seno fenómenos de violencia, alcoholismo, drogadicción, trastornos psíquicos o diversas formas de maltrato psicológico.

7 Cfr. art. 13.4 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor 1/1996, reformada por la Ley 26/ 2015, que obliga a denunciar a “toda persona que tuviera noticia, a través de cualquier fuente de información…” de un delito contra la indemnidad sexual de un menor de edad. Su fundamento es ético y constituye un buen paso en la sociedad de los cuidados: a partir de la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), todos los adultos somos corresponsables de la suerte de los niños y niñas.

8 Adaptado de SAVE THE CHILDREN, Abuso sexual infantil, o.c., 120 y ss.

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Los menores con tendencia al aislamiento, lo que implica dificultades para relacionarse con sus iguales, así como actitudes sumisas, introvertidas y solitarias. Los menores en entornos familiares con antecedentes de abuso sexual, con mayor riesgo si el abusador comparte el mismo domicilio.

1.5 TIPOS DE ABUSO

Las consecuencias del abuso sexual para la vida y el desarrollo de los menores afectados están íntimamente relacionadas con el modo en que se ha cometido y el tipo de abuso.

De acuerdo con los criterios de UNICEF en su guía conceptual sobre abusos sexuales, identificamos tres tipos⁹:

Según la forma de contacto, que puede ser físico, lo que comporta “una estimulación o gratificación de los deseos sexuales del agresor, con violencia, intimidación y dominación de la situación. Implica la estimulación sexual genital al menor, intento de coito, tocamientos, manoseos, etc.”, o no físico, lo que implica propuestas indecentes o seducción verbal explícita, comentarios sexuales inadecuados, voyeurismo, realización o intercambio de material fotográfico o videográfico de contenido erótico o pornográfico.

Según el vínculo, que puede ser familiar o con personas de su entorno que mantienen una relación de ascendencia o autoridad con el menor, por ejemplo un vecino, un amigo de la familia, un profesor, monitor o entrenador, un sacerdote o religioso, etc.

Según el delito asociado, esto es, si el abuso incluye violación, o si va seguido de explotación sexual y trata de personas.

1.6 LA ATMÓSFERA DEL HECHIZO Y EL ABUSO DE PODER

En la relación de abuso sexual se da por lo general un abuso de poder, el menor que es víctima del mismo suele encontrarse ante un adulto que ejerce un poder extraor-

9 Cfr. UNICEF, Abuso sexual. Guía conceptual, 2013, 18 y ss.

10 UNICEF, Abuso sexual. Guía conceptual, 2013, 18

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dinario sobre el mismo, que se sabe con influencia y la ejerce. Esta relación asimétrica conlleva un apoderamiento de la conciencia por medio de la coerción, el engaño, la manipulación, la seducción y la desigualdad madurativa.

Luis Alfonso Zamorano utiliza la expresión “proceso de vampirización” para explicar el camino de seducción que lleva a la víctima a caer finalmente en el sometimiento ante el abusador11.

El agresor sexual va creando una atmósfera apropiada para conducirse conforme a su plan de abusos. Este proceso de seducción es una suerte de lavado de cerebro, una atmósfera del hechizo que se despliega en diversas fases y momentos:

La trampa de la confianza. El abuso suele comenzar con los esfuerzos por parte del abusador para ganarse el afecto y la confianza del menor.

La imposición del secreto y el silencio. “El abusador sabe que lo que está haciendo no es adecuado, y es un delito”12, por eso impone el secreto y el silencio como forma de control hacia la víctima.

Amenazas e inversión de roles. Cuando el menor intenta salir de la red de silencio, el abusador suele emplear amenazas, incluso inversión de roles, insistiendo ante él en que nadie le va a creer, haciéndole sentir culpable de lo ocurrido o convenciéndole de “que el menor abusado es quien acaba teniendo el poder de destruir o no a la familia y la responsabilidad de mantenerla unida”13

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Las consecuencias en el menor dependen del tipo de abuso
11 ZAMORANO, L.A., Ya no te llamarán abandonada, PPC, Madrid, 2019, 41. 12 ZAMORANO, L.A., o.c., 44. 13 ZAMORANO, L.A., o.c., 46.

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Instalado en la confusión. La desmesura de lo vivido deja al menor sin palabras para expresar, entender o interpretar. Una mezcla intensa de sentimientos y emociones, de manera que la vivencia más clara de la víctima abusada es la confusión, que da paso a la culpa, la ira, el autodesprecio, el amor mal entendido o el miedo.

1.7 ABUSOS SEXUALES EN INSTITUCIONES DE LA IGLESIA CATÓLICA

En el seno de una buena parte de las instituciones de la Iglesia católica se han dado casos de abusos sexuales y, lamentablemente, siguen aconteciendo. Los casos de abusos producidos en el ámbito eclesial: parroquias, colegios, seminarios, internados, etc. no son producto de una campaña maliciosa, son casos reales. Es cierto que muchos han prescrito, o los abusadores han fallecido, pero es necesario que desde estas instituciones se afronte con claridad la responsabilidad que les corresponde, sin eludir los gestos explícitos de sanación del sufrimiento causado. El papa Benedicto XVI, en su carta a los católicos de Irlanda, afirma que “los abusos han oscurecido la luz del Evangelio como no lo habían logrado ni siquiera siglos de persecución”14

24
En la Iglesia es creciente la sensibilidad y la voluntad de tolerancia cero
14 BENEDICTO XVI, Carta pastoral a los católicos de Irlanda, 2010.

Este oscurecimiento no debe confundirse con una cultura secularista, sino que es consecuencia de acciones impropias e indignas de parte de la comunidad eclesial.

Si bien los casos de abusos sexuales en instituciones de la Iglesia católica en España suponen el 0,2% del total de estatal15, es creciente la sensibilidad y la voluntad de tolerancia cero, de transparencia y de denuncia. Esto supone que la responsabilidad para promover una cultura del cuidado afecta a todo el Pueblo de Dios, no solo a la jerarquía, a los clérigos o consagrados.

En cualquier caso, es necesario que las actuaciones frente al abuso sexual por parte de la Iglesia católica sean de una claridad incuestionable, evitando por todos los medios la ocultación o el silenciamiento, la justificación o la minusvaloración de los casos, convencidos de que la integridad de los menores afectados es un bien superior y anterior que el de la reputación de la persona abusadora o de la institución a la que pertenece.

15 En el conjunto del período 2008-2019, la Fundación ANAR atendió a un total de 6.183 menores de edad víctimas de abuso sexual en España. De estos casos, solamente el 0,2 % de los abusos sucedieron en lugares donde se realizan actividades religiosas. FUNDACIÓN ANAR. Abuso sexual en la infancia y la adolescencia según los afectados y su evolución en España (2008-2019) (gráfico 88, página 76 del informe).

25

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

en

centros educativos

estamos hablando?

CONOCE algunos datos

HASTA UN 20% DE LA POBLACIÓN ESPAÑOLA HA SUFRIDO ABUSOS SEXUALES

DISTINGUE los tipos de abuso

EN LA INFANCIA, el 50% de las denuncias se refieren a un menor y el 79% de los casos son niñas o chicas. Tan solo un 15% de los abusos son denunciados y cerca del 50% se da en el ámbito familiar. EL 84% DE LAS VÍCTIMAS CONOCÍA A SU AGRESOR y el 21% de los agresores es el padre o la pareja de la madre.

COMPRENDE cómo llega a suceder

EL ABUSADOR UTILIZA LA TRAMPA DE LA CONFIANZA, creto y silencio, amenaza al menor, invierte los roles haciéndole sentir culpable y LE INSTALA EN LA CONFUSIÓN.

HA impone seCONFUSIÓN.

SEGÚN LA FORMA DE CONTACTO puede ser físico, verbal, voyerismo, material pornográfi co… Según el delito asociado puede llegar a incluir violación, explotación sexual, trata de personas...

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

TOMA conciencia

EL ABUSO SEXUAL A MENORES ES UN DELITO PENAL, CANÓNICO Y HUMANO QUE NUNCA PRESCRIBE PARA LAS VÍCTIMAS. Es una lacra social, una realidad incuestionable que nos concierne a todos, también a la Iglesia. Es consecuencia del abuso de poder y de la cosificación del menor e interfiere en su desarrollo evolutivo.

desarrollo evolutivo.

ATIENDE a los grupos de riesgo

Menores institucionalizados; con discapacidad; en situación de pobreza y vulnerabilidad; con familias disarmónicas o con antecedentes de abuso sexual; y con tendencia al aislamiento.

en cedentes de abuso sexual; y con tendencia al aislamiento.

SITÚA al menor en el centro

Hablamos de sufrimiento acumulado

PORTAMIENTOS, TAMBIÉN LA

Hablamos de sufrimiento acumulado y de abusadores que han actuado sin escrúpulos, a veces amparados por la indiferencia o la inacción de las personas responsables del cuidado y la seguridad de los menores NO SOLO ES NUESTRA TAREA ERRADICAR ESOS COMPORTAMIENTOS, TAMBIÉN LA CULTURA QUE LOS COBIJA.

ACEPTA el compromiso

La responsabilidad de promover UNA CULTURA DEL CUIDADO AFECTA A TODOS, no solo a la jerarquía eclesial, a los clérigos o consagrados.

UNA CULTURA DEL CUIDADO

27
.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

28

POR UNA CULTURA DEL CUIDADO: FUNDAMENTOS DE ACTUACIÓN Y RESPONSABILIDAD COMO ESCUELA CATÓLICA

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales 29 #02

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

#02

Por una cultura del cuidado: fundamentos de actuación y responsabilidad como escuela católica

2.1 LA ESCUELA CATÓLICA EN LA MISIÓN DE LA IGLESIA

La escuela católica habla y actúa como Iglesia, porque forma parte de su misión en el mundo. La prevención y el cuidado, por tanto, se convierten en parte esencial de su quehacer pastoral, deben realizarse desde el amor a la verdad y el respeto por cada uno de los que forman parte de la comunidad educativa, atendiendo todos los espacios que la conforman. Así se desprende de la fe esencial que la constituye, en Dios que es relación, encuentro, amor, lo que se impregna en las relaciones, encuentros y afectos con cada persona y con toda la creación.

La prevención, afirma Daniel Portillo, es “el Evangelio de la ternura”16, del buen trato que se traduce en una pedagogía del respeto. Vivir al modo de Jesús y de su propuesta de amar “al Señor tu Dios con todo tu corazón, y con toda tu alma, y con toda tu mente y con todas tus fuerzas” (Mc 12, 30), permite a los creyentes formar parte de una dinámica alejada de la tentación del poder, del dominio y del control sobre los demás seres creados.

30
16 PORTILLO, D. (ed), o.c., 33.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Toda situación de abuso sexual plantea una crisis incalculable en el seno de la Iglesia, y en particular de la institución en que se produce, porque delata una falta de coherencia entre los valores esenciales y las obras. Pero en cada crisis se da también una oportunidad para discernir, purificar y decidir, para mover a la institución hacia lo nuevo y lo mejor que está por venir desde la dinámica del Reino de Dios.

La misión de la Iglesia se caracteriza por no esperar a que ocurran las cosas para actuar, sabe encontrar caminos de prevención desde su identidad. Así se espera que ocurra también en los centros educativos que participan de dicha misión, especialmente en las relaciones que se dan en su interior y su entorno, porque este “Evangelio de la ternura” marca el posicionamiento eclesial ante los más pequeños y vulnerables. Son dos los principios que mueven esta misión eclesial: el de esperanza y el de misericordia.

A través del principio esperanza se confía en que la actuación de las instituciones eclesiales sea signo de redención y de transformación, por lo que implica confianza y coherencia en sus palabras y obras. “La grandeza de la humanidad está determinada esencialmente por su relación con el sufrimiento y con el que sufre. Una sociedad que no logra aceptar a los que sufren y no es capaz de contribuir mediante la compasión a que el sufrimiento sea compartido y sobrellevado también interiormente, es una sociedad cruel e inhumana”17, afirma Benedicto XVI en su encíclica sobre la esperanza.

A través del principio misericordia la Iglesia se reconoce casta meretrix, en la conocida expresión de San Ambrosio18, ya que “la misericordia no puede ser un paréntesis en la vida de la Iglesia, sino que constituye su misma existencia, que manifiesta y hace tangible la verdad profunda del Evangelio”19, tal y como afirma el papa Francisco en su carta apostólica Misericordia et misera. Una Iglesia que, como su Maestro, se inclina ante las miserias del mundo y de los más pequeños, sale de sí misma para ir “misericordiando” por el mundo: “Prefiero una Iglesia accidentada, herida y manchada por salir a la calle, antes que una Iglesia enferma por el encie -

31
17 BENEDICTO XVI, Carta encíclica sobre la esperanza cristiana Spe salvi, 38. 18 SAN AMBROSIO, Expositio Evangelii secundum Lucam 3, 23B, PL 15, 1598. 19 FRANCISCO, Carta apostólica Misericordia et misera, 1.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

rro y la comodidad de aferrarse a las propias seguridades”20. Es en estos principios donde se fundamenta la necesidad de tolerancia cero propugnada por Francisco ante los abusos sexuales.

Jesús de Nazaret identifica a los destinatarios preferentes de su misión, que lo deben ser también de la Iglesia: son los pobres y los pequeños, los que no tienen voz, los vulnerables y apartados. Él coloca a los niños en el centro, invita a acogerlos como signo nuevo del Reino de Dios (“Os lo aseguro, quien no reciba el Reino de Dios como un niño, no entrará en él”, Mc 10, 15). Ser niño, ser pequeño, ser vulnerable, no representa ya solo un lugar social, es también un lugar teológico, ayuda al creyente a entender cómo es Dios, manifiesta su rostro.

2.2 EL DEBER DE ACTUAR

“Con vergüenza y arrepentimiento, como comunidad eclesial, asumimos que no supimos estar donde teníamos que estar, que no actuamos a tiempo reconociendo la magnitud y la gravedad del daño que se estaba causando en tantas vidas. Hemos descuidado y abandonado a los pequeños”21.

La opción por las víctimas de nuestro mundo va más allá de un plan estratégico o una motivación funcional. La misión no puede diluirse en institucionalismo y en una lista de objetivos, se hace praxis evangélica en la actuación de cada cristiano y del conjunto de la comunidad eclesial.

Es, por tanto, deber de todos aquellos que participan de la misión de la Iglesia, en la que ya hemos dicho que se consideran parte importante los centros educativos católicos, no rehusar ni justificar la actuación ante la vulneración de los derechos y de la integridad de los más pequeños. Además de la prevención y la formación, el centro educativo y la entidad titular del mismo, deben contar con protocolos de intervención que implanten en todos sus ámbitos una cultura del cuidado. Esto supone que, cuando se detecta cualquier indicio de abuso hacia alguno de sus miembros, de modo especial a los menores, ya sea en el mismo centro o fuera

32
20 FRANCISCO, Carta apostólica Misericordia et misera, 16. 21 FRANCISCO, Carta al Pueblo de Dios, 20 agosto 2018.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

de él, debe actuar sin ambigüedades, acogiendo a las víctimas, reconociendo su sufrimiento, desde el acompañamiento y la auténtica compasión.

Pensar en una cultura del cuidado que solo mire por la imagen pública del centro educativo, que solo atienda a quienes forman parte de su estructura, que rehuse el diálogo y extienda un velo que todo lo tape, es desvirtuar la esencia del centro como escuela católica, no obedece en absoluto al mensaje liberador de Jesús de Nazaret ni a la misión propia de la Iglesia.

Evangelizar implica acción positiva, colocar en el centro de la vida de la Iglesia a todas las víctimas de nuestro mundo, acoger sus sufrimientos y cargar con ellos. No hay otro modo de ser seguidores de Jesucristo. Esos crucificados de nuestros días se convierten en clave hermenéutica para la praxis eclesial, de modo que la forma en que la Iglesia acoge y resuelve sus sufrimientos es también parte de su misión, cataliza su solvencia desde la eficiencia, la rapidez, la colaboración con las autoridades correspondientes y la transparencia.

Actuar es abrir los ojos y reconocer la presencia de Dios en las víctimas inocentes y en su esfuerzo cotidiano de reconstrucción personal. Es la santidad “de la puerta de al lado”22, que está en nuestro entorno más cercano. El teólogo J. B. Metz nos advierte de que la única autoridad de la Iglesia es “la autoridad de los que sufren”23, la autoridad de las víctimas. Este es un criterio de verdad y un criterio de acción.

Conoce algunos de los protocolos de prevención o intervención de congregaciones, así como documentos editados sobre esta cuestión recogidos en la página web del Vaticano.

33
22 FRANCISCO, Exhortación apostólica Gaudete et exultate, 7. 23 METZ, J. B., Memoria passionis, Sal Terrae, Santander, 2017, 82.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

2.3 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA LIBERADORA EN LA ESCUELA CATÓLICA

Para que esta actuación sea identitaria, la escuela católica debe acompañarla de una reflexión sistemática en cuanto a los modos de entender el ejercicio de la autoridad y de las relaciones. En este contexto, como señala el papa Francisco en su carta sobre los abusos en la Iglesia Católica, “es imposible imaginar una conversión del accionar eclesial sin la participación activa de todos los integrantes del Pueblo de Dios”24.

Cuando la escuela católica se sitúa en esta perspectiva de conversión evita el institucionalismo en su estructura organizativa, ayudando a quienes forman parte de la comunidad educativa a encontrarse con entidades cercanas, dialogantes y acogedoras, que no convierten sus principios en eslóganes vacíos de contenido, sino que hacen una propuesta liberadora.

Una estructura organizativa que no busca protegerse a sí misma, sino generar espacios de cuidado y protección para sus miembros más vulnerables, alcanza altos grados de confianza y pone las bases para una convivencia respetuosa y sincera.

34
La estructura organizativa debe generar espacios de cuidado
24 FRANCISCO, Carta al Pueblo de Dios, 20 de agosto de 2018.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

La acción liberadora de la Iglesia se expresa de un modo especial en la escuela de ideario católico, ya que la tarea educativa asume la responsabilidad de acompañar desde la cercanía y el buen trato, una tierra fértil para desarrollar valores que humanizan, abren al pensamiento propio y orientan en la búsqueda de sentido.

2.4 LA CULTURA DEL CUIDADO

El cuidado, más que una virtud, es el producto de una relación educativa que ha de formar parte del equipaje mental y actitudinal del docente y del centro educativo. Así, descubrimos el cuidado como relación ética25. Antes que contenidos y evaluaciones; antes que metodologías y planificaciones; antes que organización, innovación y secuenciación de programas, la educación se enmarca en una relación educativa entre personas, a través de valores que son compañeros de camino del cuidado, como el respeto, la prudencia, el reconocimiento y la acogida, valores que los educadores han de transmitir desde su propio testimonio vital.

Hemos de asumir una interpretación relacional del cuidado, lo cual nos obliga no solo a ocuparnos de todas las partes que intervienen en la tarea educativa, sino también, y es cuestión no menos importante, a favorecer las mejores condiciones en las cuales las partes actúan y se relacionan. Estas condiciones nos hablan de lugares, tiempos, contexto, privacidad, etc. Cuando hablamos de crear espacios seguros, no lo hacemos desde la clave del control, sino desde la vinculación con el cuidado, que forma parte de la entraña de lo humano, es un elemento constitutivo de lo vivo y abunda en la conservación de la vida que desarrollamos y con la que nos relacionamos. Una vida que quiere ser saludable y humanizadora para todos.

Si acudimos aguas arriba, el cuidado no se mide en actos puntuales y desconexos, sino que forma parte del desarrollo de unas actitudes determinadas, que emergen como fuente permanente de actos. El papa Francisco propone “alentar una cultura del cuidado que impregne a toda sociedad”26, que llegue a los nudos relacionales donde nos desarrollamos como personas.

35
25 Cfr. ARANGUREN GONZALO, L., Es nuestro momento. El paradigma del cuidado como desafío educativo, Fundación SM, Madrid, 2020, 213-214. 26 FRANCISCO, Carta encíclica sobre el cuidado de la casa común Laudato si’, 231.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

El cuidado como actitud, según Leonardo Boff, contiene al menos dos sentidos27:

Como solicitud, atención y diligencia ante una persona o grupo al que se estima. Lo que demuestra en este caso el cuidado es que el otro importa, no solo para quien cuida, también en el desarrollo de su máxima potencialidad como persona.

Como preocupación, inquietud y desvelo. Es una actitud que nace de la anterior y se desarrolla con mayor profundidad en virtud del vínculo que las personas implicadas mantienen, promoviendo el servicio y no las estructuras de sometimiento y de poder.

En esta misma relación ética podemos diferenciar dos modos de desarrollar el cuidado en el mundo educativo:

Como prevención de los riesgos futuros, generando condiciones de desarrollo saludable del acto educativo, favoreciendo la formación necesaria y promoviendo aquellos valores que visibilizan el respeto a la persona, la defensa de su dignidad y el trato amable, delicado y prudente.

Como reparación de los daños causados. Específicamente, en el contexto de esta Guía, la protección del menor y el establecimiento de un procedimiento de intervención educativa para denunciar los hechos, acompañar a la víctima y recuperarla.

Prevención y reparación son los dos grandes ejes de la cultura del cuidado que se han de implementar en los centros educativos, y que serán presentados con mayor detalle en los capítulos siguientes de esta Guía.

2.5 MARCO NORMATIVO DE LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LA CULTURA DEL CUIDADO

Los tratados internacionales relacionados con el abuso sexual de menores señalan que, en el centro de estas acciones fundamentadas en el cuidado, debe prevalecer el interés superior del menor, como el bien más preciado a proteger. Todos somos protagonistas en la construcción de una cultura del cuidado que, en definitiva,

36
27 BOFF, L., El cuidado necesario, Trotta, Madrid, 2012, 19.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

va a desbordar las paredes de los centros educativos, y redundará en generar un mundo más compasivo y habitable.

Lo hemos indicado más arriba, la cultura del cuidado ha de tener presentes las normas de obligado cumplimiento, tanto en el ámbito civil como canónico, que determinan buena parte de toda actuación frente a los abusos sexuales a menores. Al mismo tiempo, se ha de cuidar que más allá de una actuación ante los abusos por imperativo legal, la escuela católica prioriza la protección del menor en todos sus espacios, afronta la realidad de los abusos buscando su erradicación y atiende a la víctima con misericordia y justicia.

La misericordia se convierte, así, en el modo cristiano de responder y aplicar la legislación al respecto de los abusos sexuales a menores, su marco normativo, consecuencia inseparable de la educación del cuidado y la protección que se define en los documentos de carácter propio de las escuelas católicas. Una misericordia entendida como acción y no como mero sentimiento.

En la actualidad la protección específica de los menores se encuentra principalmente regulada en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, a la que nos referiremos en adelante, en aras de la brevedad, como Ley de protección integral de los menores, así como en la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, que viene a complementar la normativa con medidas específicas para garantizar la protección de los menores frente a las violencias sexuales, especialmente en materia de prevención, sensibilización y formación, así como, con carácter general, en cuanto al derecho a la reparación28.

Junto a ello se ha de tener en cuenta que la referida Ley Orgánica 10/2022 equipara la protección frente a las violencias sexuales cometidas contra menores y contra personas con capacidad jurídica modificada (artículo 3.4), en línea con lo que hemos venido señalando desde Escuelas Católicas.

28 Puede consultarse la relación de la principal normativa sobre protección de menores en el ANEXO 1 y en la recopilación normativa del BOE en el enlace siguiente: https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.

php?id=286_Legislacion_de_Menores&tipo=C&modo=2

37

Guía para la prevención y reparación de los Por una

el

del cuidado

EL CUIDADO ESTÁ EN LA ESENCIA DE LA ESCUELA CATÓLICA. Por eso debemos apostarlo todo a generar espacios de cuidado y protección para sus miembros más vulnerables, poniendo las bases

APÓYATE en los dos ejes de la cultura del cuidado

LA PREVENCIÓN

de los riesgos futuros: favoreciendo la formación necesaria y promoviendo valores como el respeto, la dignidad y el buen trato.

LA REPARACIÓN

el deber de actuar

CUANDO SE DETECTA CUALQUIER de modo especial a los menores, ya sea en el mismo centro o fuera de él, debes actuar sin ambigüedades, acogiendo a las víctimas desde el acompañamiento y la auténtica compasión, y abriendo

de los daños causados, protegiendo al menor y estableciendo un procedimiento de intervención educativa para denunciar los hechos, acompañar a la víctima y recuperarla.

VE MÁS ALLÁ del imperativo legal

LA ESCUELA CATÓLICA DEBE PRIORIZAR LA PROTECCIÓN DEL MENOR en todos sus espacios, afrontar la realidad de los abusos buscando su erradicación y atender a la víctima con misericordia y justicia. No obstante, has de tener presentes las normas de obligado cumplimiento, tanto en el ámbito civil como canónico. Principalmente:

civil

LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS MENORES, LEY DE GARANTÍA INTEGRAL DE LA LIBERTAD SEXUAL.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

40
Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales 41 #03 LA PREVENCIÓN, TAREA PERMANENTE

#03

La prevención, tarea permanente

3.1 LA PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS FUTUROS

Ya hemos dicho que uno de los modos de desarrollar el cuidado como relación ética se basa en la prevención de los riesgos futuros. La tarea preventiva del abuso sexual en menores afecta a toda la comunidad educativa, de modo especial a las decisiones institucionales clave, tal y como veremos en el presente capítulo. La prevención tiene como objetivo principal evitar el daño futuro. De tal modo, no es solo una cuestión de limitar las posibilidades de abuso, sino de fomentar vínculos saludables y humanizadores en la comunidad. Esa ha de ser la guía de toda actuación preventiva.

Más allá de la existencia de protocolos de seguridad, la prevención de riesgos futuros, como afirma Daniel Portillo, “no es, pues, un protocolo de seguridad, sino una cultura, una espiritualidad y una comprensión de la Iglesia que permea todas las acciones pastorales y, particularmente, todos los procesos eclesiales de reforma”29 que se desarrollan en los centros educativos.

Como entidades que forman parte de la misión de la Iglesia, las escuelas católicas adquieren una gran responsabilidad, tanto en la forma como en la praxis, en cuanto se juegan su credibilidad en la sociedad. En este sentido, la prevención es

42
Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales
29 PORTILLO, D. (ed), o.c., 22.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

sistémica, afecta y llega a todos los ámbitos del sistema educativo, en el modelo de escuela católica la prevención se ajusta a una espiritualidad, una pastoral y una labor educativa más visionaria que meramente profiláctica, con el objetivo de “no solo adaptarse a los cambios, sino generarlos y orientarlos hacia el objetivo mayor de la persona de Jesús y su proyecto del Reino como paradigma de actuación pastoral, por excelencia”30. Una prevención, por tanto, orientada a generar cambios efectivos en las relaciones de poder, en la creación de espacios seguros, en el fomento de valores que humanicen la vida de los centros y de las personas.

En todo caso, debe guiarnos el principio de ser custodios de la dignidad del menor31. La dignidad es un valor absoluto y universal incuestionable, que no solo ha de protegerse, sino ayudar a que se despliegue en su mayor potencial. La misión de educar y acompañar a los menores en su proceso vital de madurez y aprendizaje, implica el desarrollo de valores humanizadores, que en gran parte se desarrollarán a lo largo de la vida, pero también de saberlos reconocer y promover en la sociedad. Esto implica, por tanto, la necesidad de que la prevención forme parte indiscutible de la tarea educativa de los centros católicos, tanto en lo pedagógico como en lo pastoral.

3.2 DAR A CONOCER LA REALIDAD DE LOS ABUSOS SEXUALES

“Un 70% de las personas que sufrieron abusos en su infancia dice haberlo contado y prácticamente un 73% asegura que se resistió ya fuera la primera vez, más adelante durante algún período de la relación de abuso o durante todo el tiempo del abuso. Si las estadísticas nos dicen que en muchas situaciones se ha opuesto resistencia y se ha contado el abuso a alguien, y ninguna de estas cosas parece servir para mucho, sería necesario tener un conocimiento eficaz sobre qué son los abusos para poder ejercer una resistencia adecuada, y saber cómo y a quién revelarlos para que no vuelvan a producirse”32.

43
30 PALAFOX, A.E., Dimensión preventiva de la pastoral, en PORTILLO, D. (ed), o.c., 243. 31 Portillo afirma: “Ser sociable es ser custodio de la dignidad del otro”, en PORTILLO, D. (ed), o.c., 23. 32 SAVE THE CHILDREN, Ojos que no quieren ver, o.c., 57.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

3.2.1 Información a los alumnos

Es fundamental transmitir a los alumnos, con las debidas adaptaciones en función de la edad, qué es el abuso sexual, así como dar al tema la importancia que merece. La experiencia nos dice que las campañas ocasionales y las acciones esporádicas tienen escasa incidencia en el quehacer educativo. Por tanto, es preciso realizar un esfuerzo sistematizado para que la información llegue y la cultura del cuidado permeabilice todo el centro educativo de modo efectivo. Sin ambigüedades, hay que33:

Explicar lo que se entiende por abusos sexuales, aprendiendo a identificar formas adecuadas e inadecuadas de contacto físico entre adultos y niños.

Conocer los factores de riesgo personales y relacionales.

Saber cómo detectar casos de abusos sexuales y, en su caso, resistirse y rechazar insinuaciones (desde cómo decir no, hasta cómo escapar de la situación).

Mostrar la necesidad de confiar a una persona adulta lo ocurrido.

Explicitar qué debe entenderse por secretos “buenos” y lógicos, y qué por secretos “malos”; aclarando que estos últimos representan todas aquellas cosas que dan miedo o hacen sentir mal al menor, por lo que deben contarse inmediatamente a una persona adulta de confianza.

Trabajar cómo no culpabilizarse en caso de ser objeto de abuso. Es imprescindible que la información incluya una deconstrucción de falsas creencias y de estereotipos equivocados en torno a los abusos, a los abusadores y a la circunstancia en que se producen. En el primer capítulo de esta Guía hemos expuesto algunas de las más habituales, la prevención comienza por detectar estos estereotipos en una parte importante del discurso social y su efecto negativo para acabar con la práctica de abusos sexuales.

La realidad de los abusos existe, aunque sea duro reconocerla, por eso no debemos temer informar para prevenir, poner nombre a determinados comportamientos para conocer. Es posible que haya quien considere inadecuado introducir estos contenidos en algunas etapas educativas más tempranas, por ejemplo en

44
33 Adaptado de SAVE THE CHILDREN, o.c., 58.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Educación Infantil o primeros ciclos de Educación Primaria, alegando que puede acarrear efectos no deseados en el desarrollo de los menores. Sin embargo, hemos de ser conscientes de que los niños y adolescentes viven rodeados de multitud de impactos y estímulos que reciben a través de los medios de comunicación, redes sociales, otros canales de comunicación o juegos on-line, donde en muchas ocasiones se presentan imágenes de niñas, preferentemente, fuertemente sexualizadas y cosificadas. En cualquier caso, todas las investigaciones al respecto indican que un mayor conocimiento preventivo sobre lo que es el abuso repercute en una menor prevalencia de este tipo de violencia.

3.2.2 Contar con una educación afectivo-sexual reglada

No contamos aún en nuestro sistema educativo con una propuesta formativa afectivo-sexual reglada, lo que se traduce en no pocas ocasiones en un déficit que afecta a la tarea preventiva, de modo especial en una comprensión antropológica, psicológica y ética adecuada del ser humano, entendido como realidad eminentemente relacional, afectiva y sexuada.

La educación afectivo-sexual, que debemos introducir sin temor en las programaciones educativas, debe formar para una valoración objetiva de la sexualidad humana, ayudando a distinguir la sexualidad sana de su utilización perversa, esto

45
Es fundamental transmitir a los alumnos qué es el abuso sexual

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

es, de la cosificación y fragmentación del otro para la mera obtención de placer sexual.

Por otra parte, es importante contextualizar la dimensión afectivo-sexual en el seno de una cultura líquida donde la sexualidad queda reducida, muchas veces, a mera genitalidad, expuesta en el escaparate de consumo fácil y desproporcionado a la edad y a la madurez personal.

La sexualidad es una dimensión de la persona que permea el resto de dimensiones. Es necesario vivirla de manera transparente y honesta con relación a uno mismo. En este sentido, la educación afectivo-sexual debe ayudar a que cada cual sepa reconocer con honestidad sus deseos e impulsos sexuales, las heridas emocionales del pasado, la iniciación -en ocasiones poco grata- en la vida sexual. Igualmente es el momento de apreciar y reconocer los buenos ejemplos vividos de los mayores, así como las bases morales que muchos de los alumnos han recibido y siguen recibiendo de su entorno de aprendizaje, ya sea en la familia, con sus amigos o en el centro educativo.

3.2.3 Plan de acción tutorial

Las tutorías grupales o personales deben ser también un espacio que propicie un enfoque más apegado al desarrollo de las competencias socioemocionales del alumnado, que promueva el cuidado por la creación de ambientes y espacios seguros, así como el diálogo sincero y confiado entre el tutor y los alumnos encomendados a su acompañamiento.

Será necesario revisar y actualizar el plan de acción tutorial de cada centro, de modo que incluya sesiones especiales de tutoría dedicadas a la prevención de los abusos sexuales, la información y la protección activa, adecuadas en todo caso a los distintos niveles educativos.

A modo de orientación, estas sesiones deben ayudar a:

La formación afectivo-sexual, en la línea expuesta en el apartado anterior, y el conocimiento de la realidad de los abusos sexuales.

El desarrollo de la autoestima y la confianza personal, desde el autoconocimiento y la valoración del propio cuerpo.

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Guía para actuar en caso de acoso escolar

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Conocer las pautas y medios para la autoprotección, desarrollando habilidades de observación y registro, pero evitando generar una insana cultura de la sospecha.

El desarrollo de las competencias socioemocionales básicas.

Elaborar criterios para reconocer los distintos tipos de secretos, diferenciando aquellos que deben ser guardados de los que no.

Identificar situaciones de riesgo y saber actuar ante ellas.

Promover valores de respeto y de cuidado, fijando normas de comportamiento que favorezcan los mismos.

Informar y educar sobre estrategias de protección y seguridad en Internet, redes sociales y otros canales de comunicación personal.

Conocer y reflexionar sobre los procesos de sanación, tanto personal como de otros.

Junto al plan de acción tutorial, o bien como parte del mismo, es adecuado promover un plan de educación en la autonomía personal, que ayude a los menores a aprender el valor de decir “no”, cuidar su propio cuerpo e incorporar nuevos medios a sus relaciones interpersonales34

Conoce algunos ejemplos de tutorías para llevar a cabo en distintas etapas educativas (6º Primaria, 4º ESO y Bachillerato).

47
34 UNICEF, Abuso sexual infantil, o.c., 159 y CAVANA, A., y CUESTA, M., #No te calles, Fundación Edelvives, 2018.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

3.2.4 Otras actuaciones en el ámbito del centro educativo

Reflejamos a continuación otras actuaciones que se deben incorporar, y que no suponen un listado cerrado, sino más bien invitan a la reflexión por parte de los equipos directivos o responsables de la gestión del centro educativo, siempre con la vista puesta en la protección del menor. Si bien no se trata de acciones informativas, como las presentadas en los apartados anteriores, pueden considerarse preventivas y siempre será recomendable informar a la comunidad educativa sobre las mismas.

Favorecer que el centro disponga progresivamente de espacios arquitectónicamente visibles para todos, o que incorporen elementos que no permitan el total aislamiento visual de salas, aulas o despachos.

Revisar espacios sensibles como cuartos de baño, vestuarios o salas cerradas. Garantizar que estos espacios, que en muchos casos son de uso exclusivo de adultos o de alumnos, mantengan dicha exclusividad y se evite el uso por personas externas al centro.

Introducir canales y medios de educación no formal, en los que se incorporen expertos en prevención, protección y seguridad, orientados a toda la comunidad educativa.

Cuidar la programación de actividades o proyectos que se realicen fuera del centro escolar, contextualizadas siempre en sus funciones pedagógicas o pastorales, atendiendo a las relaciones interpersonales que en ellas se producen y manteniendo convenientemente informados al centro y a las familias de sus objetivos y medios.

3.3 CONSTRUIR MARCOS ÉTICOS DE PROMOCIÓN DE VALORES

Los educadores deben alimentarse de aquellos valores que dignifican su profesión, los que mejoran la calidad de sus relaciones en el seno de la comunidad educativa. Para promover esos valores, desde la estrategia de prevención que estamos proponiendo, es indispensable construir en los centros educativos marcos éticos que los personalicen, más allá del mero acatamiento de una serie de normas.

48

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

No podemos olvidar que tanto los principios como los valores configuran buena parte del capital social que ya existe en el seno de la comunidad educativa, de modo especial en el conjunto de relaciones y acciones educativas que en ella se producen diariamente. Este capital social constituye una red de apoyo y seguridad enormemente relevante, una auténtica comunidad de aprendizaje. Conviene no pasar de largo ante ello. Antes bien, es nuestro deber identificarlo y apreciarlo.

Es a través de estos marcos éticos que se ordena y aporta criterio sobre las actuaciones de quienes forman parte de la comunidad de aprendizaje. Mientras que los protocolos de actuación se ciñen especialmente a la prevención y actuación en casos de abusos sexuales, los marcos éticos son paraguas que protegen y garantizan la buena salud ética de toda la comunidad educativa; los principios, valores y normas que promueve y la sostienen, conforman una realidad moral reconocible que la faculta para responder con madurez a situaciones de crisis, incluso anticipándose a ellas, con independencia de si se producen en el propio centro educativo, a través de las tecnologías de la información y de la comunicación, o en su entorno.

Los objetivos de estos marcos éticos son los siguientes: Poner las bases de una buena práctica profesional entre los educadores del centro educativo, de modo que cuenten con criterios propios de actuación.

Exponer con claridad a los educadores lo que se espera de ellos, en cuanto el testimonio personal es el motor educativo moral más relevante.

Establecer una normativa coherente con los valores que impulsa y propone la entidad, de modo que regule los límites de la práctica profesional y ofrezca respuestas a las posibles extralimitaciones, no solo del personal laboral del centro, también de monitores, voluntarios o proveedores.

Fomentar la reflexión sobre los valores éticos por parte de toda la comunidad educativa, construyendo espacios de credibilidad moral, más que imposiciones normativas aisladas.

Lograr el compromiso personal de los educadores en cuanto implicados en la preservación y promoción de los valores institucionales.

Generar un marco de relaciones saludables que ayuden en la maduración per-

49

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

sonal y en la creación de espacios seguros y confiables para menores de edad y personas en situación de vulnerabilidad.

Los marcos éticos se explicitan en el Código de conducta o Código ético de cada entidad, que debe incluir el preceptivo canal de denuncia y garantizar el acceso de todos los que forman parte de la comunidad educativa.

Desde esta perspectiva, los marcos éticos, más que muros de contención, permiten desplegar los valores propios que definen la identidad y misión de los centros educativos de ideario católico. No solo ayudan a prevenir los abusos sexuales, mejoran la calidad de las relaciones interpersonales en el centro y aportan claridad, seguridad y confianza a todos los procesos relacionados con su misión educativa-pastoral.

3.4 CUIDADO Y FORMACIÓN EN LA MADUREZ DE LOS EDUCADORES

La cultura del cuidado supone amplias dosis de sensatez, saber estar a la altura y proceder con diligencia conociendo el suelo que se está pisando. La formación y la actuación madura en cada caso por parte de los educadores del centro educativo, son tarea imprescindible para abordar con garantías el entramado de acciones complejas y delicadas que comprende tanto la prevención como la intervención frente a los abusos sexuales a menores.

Sin duda, la mejor prevención es una adecuada formación. Numerosas Iglesias locales están dando pasos efectivos en esta dirección. También la escuela católica, aunque más tímidamente, está integrando planes específicos de formación para educadores y otros miembros de la comunidad educativa, no solo como respuesta a una necesidad, sino también como signo de compromiso visible con el objetivo de tolerancia cero.

Sin pretender ofrecer un programa de trabajo, en este tipo de formación orientada a los educadores habría que acometer contenidos como:

Bases antropológicas y éticas de la persona: la apertura estructural del ser humano y la eminente dignidad que le constituye.

Valor absoluto de la persona. Valores absolutos y finalistas y valores relativos e

50

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

instrumentales. Relación entre ambas dimensiones aplicadas al ámbito de las relaciones humanas.

Relaciones simétricas y asimétricas. Las claves de las relaciones de poder como fundamento del abuso de poder.

La autoridad como servicio en la educación y como testimonio ético que provoca ganarse la autoridad moral otorgada.

La responsabilidad individual y colectiva ante los abusos. Lucha contra la banalidad del mal en el contexto de abusos.

Las bases de la cultura del cuidado desde la promoción de vínculos basados en el respeto, el reconocimiento del otro y la confianza.

Si las instituciones educativas no disponen de medios para articular este tipo de programas formativos, sería positivo vincularse a otros espacios de acogida y formación que van poniendo progresivamente en marcha algunas instancias eclesiales o cercanas a la Iglesia35.

El cuidado se verifica también en la práctica del autocuidado de todos los educadores. Enfrentarse al dolor y sufrimiento de los menores víctimas de abusos puede provocar también dolor en los educadores comprometidos en su prevención, así como en el proceso de intervención y reparación. Hay que cuidar al que cuida, generar espacios de respiro y acompañar situaciones personales delicadas. Lo mismo cabe decir para las familias cuyos hijos han sufrido abuso sexual.

35 Entre las primeras se encuentra REPARA, https://repara.archimadrid.es/; entre las segundas se encuentra BETANIA, https://acogidabetania.es/

51
La mejor prevención es una adecuada formación

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Cuidar a los que cuidan, por parte de la entidad educativa, supone:

Asegurar a los educadores entornos mínimos de seguridad personal en su trabajo.

Facilitar espacios donde compartir inquietudes, incertidumbres y experiencias negativas.

Favorecer relaciones de confianza y apoyo entre el personal del centro y de modo especial entre los equipos de trabajo y dirección.

Promover, reforzar y asumir estilos de liderazgo democrático y compartido.

Promocionar espacios de supervisión en la tarea, a la medida de las necesidades de los equipos, evitando la confrontación y la sospecha.

3.5 OBLIGACIONES LEGALES PREVENTIVAS PARA LOS CENTROS EDUCATIVOS

3.5.1 Obligaciones específicas para la prevención

La Ley de protección integral de los menores36 establece las obligaciones legales específicas para los centros educativos, que deben ser tenidas en cuenta en su actividad y para garantizar la prevención frente a los abusos sexuales a menores. Destacamos las siguientes37:

Desarrollar medidas de prevención y detección precoz de la violencia.

Tener y aplicar protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género, suicidio, autolesión y cualquier otra forma de violencia38

36 Denominada así por abreviación la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en siglas LOPIIAFV (así la citaremos en adelante en las notas a pie de página). Las obligaciones a las que se refiere el texto están en los artículos 18 y 30 a 37.

37 Ver el listado completo de las obligaciones en el ANEXO 2.

38 La LOPIIAFV previene contra todo tipo de violencia en el entorno escolar: acoso escolar, ciberacoso, abuso y acoso sexual, violencia de género, violencia doméstica, suicidio y autolesión, así como cualquier otra forma de violencia. Teniendo en cuenta que esta Guía está orientada a la prevención e intervención en los casos de abuso sexual en menores, pero que los apartados de este bloque pueden aplicarse también a otros casos de violencia en el ámbito escolar, mantendremos la terminología genérica de “violencia”, tal y como aparece en el texto de la Ley.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Designar un coordinador de bienestar y protección.

Capacitar a los menores de edad en materia de seguridad digital.

Informar en el momento de ingreso y al inicio de cada curso escolar sobre: los procedimientos que se aplican para comunicación y ayuda en situaciones de violencia; las personas responsables en este ámbito; y la forma de acceso a la información de los datos anteriores. Esta información debe estar en un formato accesible, disponible y siempre actualizada.

Garantizar la protección y seguridad de las personas que hayan comunicado una situación de posible violencia.

Elaborar un plan de convivencia39, que incluya los códigos de conducta aprobados para el centro educativo.

Controlar la aportación del Certificado Negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.

Por su parte, la Ley de garantía integral de la libertad sexual40 establece como obligaciones para los centros educativos y las administraciones, entre otras:

La inclusión en los currículos de contenidos apropiados para cada edad y basados en la coeducación, la igualdad de género y la educación afectivo-sexual, así como el uso adecuado y crítico de Internet y las nuevas tecnologías.

La atribución a los servicios de inspección educativa de la función de velar por el cumplimiento y aplicación de esta inclusión.

El acceso de los menores a la información sobre sus derechos y sobre los recursos existentes, en formato accesible y comprensible.

40 La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, que en adelante citaremos como LOGILS, supone un complemento en determinados aspectos de la prevención y la reparación de la LOPIIAFV (artículo 7).

53
39 Este plan de convivencia está previsto en el artículo 124 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

3.5.2 Coordinador de bienestar y protección

Como hemos visto en el apartado anterior, una de las novedades de la Ley de protección integral de los menores es la obligación de contar en cada centro con la figura del coordinador de bienestar y protección, que velará por la protección de los niños y adolescentes, poniendo en marcha las medidas y acciones necesarias para que reciban un buen trato en los centros educativos y se cree un entorno seguro y respetuoso. Para ello debe ser capaz de identificar los principales problemas que se producen en el contexto escolar y diseñar e implementar soluciones concretas, tal y como se desprende de sus funciones41

El coordinador no solo tiene responsabilidades preventivas, también será el referente de la intervención cuando se conozca algún caso de abuso sexual en menores del centro, en colaboración con el equipo directivo y resto de personal del centro, así como ejerciendo de enlace con los profesionales externos y autoridades.

El coordinador de bienestar y protección deberá promover planes de formación, dirigidos tanto a alumnos como al personal del centro, sobre prevención, detección precoz y protección de los menores, con el objetivo de detectar diversos tipos de violencia, para que mediante charlas, debates y cursos, se dote de métodos alternativos y recursos prácticos para la gestión asertiva de los conflictos.

Otra de sus funciones será desarrollar, coordinar y presentar protocolos en materia de prevención y protección ante el acoso escolar y la violencia en el centro, en especial en alumnos con discapacidad o cualquier otra circunstancia de vulnerabilidad o diversidad. Además, estará capacitado para intervenir ante estas situaciones, en coordinación con los servicios sociales competentes en aquellos casos en los que sea necesario.

Asimismo, el coordinador de bienestar y protección tendrá la responsabilidad de abrir nuevas vías de escucha para que los alumnos puedan plantear sus problemas y solicitar ayuda. Podrá gestionar esos canales directamente o promover y supervisar su funcionamiento, aunque siempre bajo las directrices del titular del centro, al que deberá mantener informado en todo momento.

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41 Ver las competencias mínimas que les atribuye el artículo 36 de la LOPIIAFV en el Anexo 3.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Además de las competencias y funciones expuestas, que son las dictadas por la Ley de protección integral de los menores, cada Administración autonómica educativa deberá establecer los requisitos y características del coordinador de bienestar y protección, entre los que incluirá si puede designarse de entre el personal ya contratado, la capacitación necesaria y los recursos extraordinarios de los que se dotará al centro. En el caso de los centros privados, concertados o no, es el titular quien designa y nombra al coordinador, que actuará bajo la supervisión del director o del titular del centro42.

3.5.3 Certificación de antecedentes en abusos sexuales

Para desarrollar actividades que supongan contacto habitual con menores es obligatorio contar con la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Esta certificación debe solicitarse al inicio del desarrollo de la actividad43 a todos los trabajadores y voluntarios del centro educativo, que tengan trato repetido, directo y regular con menores44.

En caso de tener antecedentes en el referido Registro Central no será posible legalmente la contratación, prestación de servicios, práctica o voluntariado en el centro educativo, pudiendo derivarse una sanción por infracción muy grave, así como atribuirle responsabilidad civil si existe algún incidente. Si los antecedentes figuran como cancelados no se tomarán en consideración.

42 En el momento de redacción de esta Guía (febrero de 2023), algunas comunidades autónomas han empezado a regular esta figura, en su mayoría con remisión a las funciones señaladas en la Ley y sin previsión de financiación para su implantación en los centros concertados (reducción de carga lectiva, abono de complemento salarial, etc.).

43 En la Disposición adicional sexta de la 2, se prevé que en el plazo de un año se establezca un procedimiento de comprobación automatizada de la inexistencia de antecedentes penales en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Sin embargo, no establece la obligatoriedad de un período específico para la renovación de la certificación, por lo que es recomendable la inclusión en los nuevos contratos y en los códigos de conducta, de una cláusula específica donde se recoja la obligación de aportar un nuevo certificado cada cierto período de tiempo, siendo una referencia razonable cada dos años, en espera de una futura regulación normativa que la contemple.

44 Deben entenderse afectados por esta obligación tanto los trabajadores por cuenta propia o ajena, así como los voluntarios, independientemente de que su actividad sea o no retribuida (LOPIIAFV, art. 57).

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Puede darse el caso de que los antecedentes sobrevengan cuando la persona ya está contratada, de ahí la importancia de renovar la solicitud de la certificación o realizar la consulta oportuna al Registro. En dicha circunstancia, la entidad está obligada al cese inmediato de la contratación, prestación de servicios, práctica o voluntariado. No obstante, en determinadas circunstancias del centro educativo, cuando no lo impidan otras causas, se podrá realizar un cambio del puesto de trabajo o actividad, siempre que la nueva ocupación impida el contacto habitual con menores de edad45.

Estas situaciones sobrevenidas, sin embargo, generan importantes dificultades cuando se detectan casos de posible abuso que han de ser objeto de un proceso de instrucción y posterior juicio por parte de los tribunales. Mientras esto ocurre, se deben analizar las medidas aplicables para garantizar la seguridad de los menores y evitar el contacto del supuesto agresor con los mismos. Para responder mejor a las características y matices específicos, es fundamental contar con asesoramiento jurídico antes de adoptar decisiones.

La prudencia y la buena práctica hacen recomendable introducir en los procesos de selección de personal, y de modo especial en el personal docente, protocolos que permitan detectar perfiles inadecuados para el trabajo en contacto con menores, dejando en todo caso claras las líneas de actuación del centro ante casos de violencia, y reforzando el compromiso del centro educativo como entorno seguro y comprometido con el cuidado y la protección de los menores.

56
45 LOPIIAFV, art. 58.
Los protocolos generan tranquilidad a familias y personal del centro

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

3.5.4 Los protocolos de actuación

Tanto la Ley de protección integral de los menores como la Ley de Garantía integral de la libertad sexual, recogen entre las obligaciones de los centros educativos la de aplicar, actualizar y difundir los protocolos establecidos por la Administración pública frente a la violencia, con independencia de la titularidad del centro educativo46. Son muchas las entidades titulares de centros católicos que ya cuentan con recomendaciones propias de actuación, como medios para prevenir y, en su caso, anticiparse a situaciones de crisis.

Los protocolos son mucho más que una guía de actuación, debemos entenderlos como herramientas educativas que ayudan a poner a las personas en el centro de nuestra misión, especialmente a los más frágiles y vulnerables, construyendo entornos seguros y relaciones maduras en la comunidad educativa. Escuelas Católicas ha publicado reflexiones y protocolos para otras situaciones que afectan a la marcha normal del centro, como el acoso escolar o el duelo, desde su compromiso por acompañar a las titularidades en la promoción de espacios de convivencia y encuentro desde la cultura del cuidado47

Los protocolos generan tranquilidad y confianza en la comunidad educativa, tanto en las familias como en el personal que trabaja con menores. No olvidemos que “las familias depositan en nosotros su confianza y con razón nos hacen responsables de la integridad de los menores de edad. Lo mismo puede decirse de cualquier persona que se acerca a un agente pastoral de la Iglesia, con independencia de su posición: tiene derecho a encontrarse con un ámbito de acogida y escucha absolutamente seguro y generador de confianza”48.

Un protocolo es una herramienta que ayuda a aportar claridad y visibilidad a la puesta en práctica de los valores y principios que la entidad propone y vive mediante la misión educativa. Por eso debe partir de la voluntad de reconocer si-

46 LOPIIAFV, arts. 31-34 y LOGILS, artículo 19.

47 ESCUELAS CATÓLICAS, Guía para actuar en caso de acoso escolar. Madrid, 2017. ESCUELAS CATÓLICAS, Guía para educadores. El duelo en el ámbito escolar. Madrid, 2019.

48 PROVINCIA JESUITA DE ESPAÑA, “Modo de proceder en relación con los menores a efectos de evitar conductas impropias”. Este protocolo, junto al “Intervención en casos de abusos sexuales sobre menores”, se puede descargar y consultar en el sitio web de la Compañía de Jesús en España: https://jesuitas.es/es/documentos/category/10-documentos-provincia-de-espana

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

tuaciones de riesgo, evitarlas y denunciarlas, especialmente las que constituyen abusos de poder en relaciones asimétricas, dependencias afectivas e invasión de la intimidad del menor; al mismo tiempo debe identificar, sin ambigüedades, las condiciones personales e institucionales que posibilitan el abuso, como la acumulación de poder, el autoritarismo, el clericalismo, la rigidez moral o la dirección disciplinada de la conciencia.

Como elemento preventivo, el protocolo debe aproximarse al conocimiento del entramado psíquico del abusador, con el doble fin de evitar la reproducción de este perfil y de identificar a las posibles víctimas; así como generar medios que ayuden a crear y conservar ambientes seguros en el centro educativo49

En la elaboración de protocolos se han de tener en cuenta algunos criterios de carácter general50:

Establecen normas y procedimientos que son de sentido común y ya se practican en muchos casos. Con todo, es importante que cada miembro de la comunidad educativa en contacto con menores los conozca y asuma.

Obligan a los educadores a tomar conciencia de que desempeñan un papel institucional, no meramente privado; que trabajan con menores cuyas familias confían en la entidad titular del centro; que estos menores están encomendados a su responsabilidad y acompañamiento.

Representan una llamada a colaborar cada cual desde su función a crear espacios seguros, promover el bienestar de los menores, proceder en todo momento desde la prudencia y cuidarse de las situaciones, gestos y palabras ambiguos.

Alientan a tomar conciencia ante las diferentes situaciones de riesgo y ofrecen pautas para saber cómo evitarlas. Favorecen la cautela frente a la ausencia de reflexión. De un modo especial, son una llamada de atención sobre las muestras de afecto, tan necesarias en la interacción educativa, que en caso de ser físicas deben respetar la intimidad del menor, sin invadirla.

58
49 Tomado y adaptado de PATRÓN, J.C., El ambiente seguro y la protección a menores en la formación integral, en PORTILLO, D., (ed.), Formación y prevención, PPC, Madrid, 2019, 168. 50 Adaptado del protocolo de la Compañía de Jesús en España, ver nota 48.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Promueven la cultura del cuidado en todas las interacciones y relaciones interpersonales, fomentando la confianza y la sinceridad entre menores y adultos, de modo que se garanticen canales de comunicación seguros en la comunidad educativa.

Generan unas determinadas pautas de comunicación al interior y al exterior del centro educativo, desde el compromiso inequívoco con la transparencia, ejercida desde la prudencia.

La Ley de protección integral de los menores delega a las comunidades autónomas la competencia para dictar estos protocolos, de obligatoria aplicación por todos los centros educativos. En tanto se establecen, se aplicarán los protocolos con los que se cuente en ese momento, sean los propios del centro o entidad titular, los aprobados por la comunidad autónoma anteriores a la entrada en vigor de la Ley o, si es necesario, estableciendo un protocolo específico.

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Guía para la prevención y reparación de los

permanente

tu tarea educativa

FOMENTA VÍNCULOS SALUDABLES Y HUMANIZADORES EN LA COMUNIDAD

EDUCATIVA.

seguridad e introduce la prevención como parte indiscutible de la tarea educativa pedagógica y pastoral.

PREVENTIVO SOBRE EL ABUSO REPERCUTE EN UNA MENOR PREVALENCIA DE ESTE TIPO DE VIOLENCIA.

Informa a los alumnos, explícales los factores de riesgo y cómo detectar casos. Enséñales a confi ar en un adulto y a no culpabilizarse en caso de ser objeto de abuso.

Cuenta con una educación afectivo-sexual que ayude a formar en una sexualidad sana.

tutorial abusos

Revisa el plan de acción de tu centro para incluir sesiones especiales para la prevención de los abusos sexuales, y promueve un plan de educación en la autonomía personal.

prevenir

Guía para la prevención y reparación de los

CONSTRUYE

marcos éticos promoción de valores

de al cuidado

APÚNTATE formación y de los educadores

A TRAVÉS DEL CÓDIGO DE CONDUCTA O CÓDIGO ÉTICO. TE AYUDARÁN A APLICAR UNA BUENA PRÁCTICA PROFESIONAL ENTRE

LOS EDUCADORES, a establecer una normativa coherente con los valores de la entidad y a impulsar el compromiso personal con esos valores.

LA FORMACIÓN ES IMPRESCINDIBLE PARA ABORDAR CON GARANTÍAS ESTAS COMPLEJAS Y DELICADAS SITUACIONES. Si no dispones de medios para articularla, vincúlate a las de otras instituciones. Recuerda cuidar a los que cuidan, porque enfrentarse al dolor de una víctima de abusos también provoca un gran dolor.

CUMPLE las obligaciones legales preventivas

Nombra al COORDINADOR DE BIENESTAR y protección si aún no lo tienes.

Solicita el CERTIFICADO DE ANTECEDENTES de abusos sexuales.

Elabora

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN que contengan los criterios fundamentales.

Cuenta con los PROTOCOLOS ESTABLECIDOS por la Administración pública, según se vayan desarrollando.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales
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#04
LA INTERVENCIÓN, TAREA GLOBAL Y HUMANIZADORA

#04

La intervención, tarea global y humanizadora

4.1 CON MIRADA HUMANIZADORA

Ya hemos indicado que el compromiso de la escuela de ideario católico, en relación con los abusos sexuales, debe girar en torno a los dos ejes prácticos de la prevención y la intervención. Necesitamos una mirada humanizadora y positiva, en cuanto prevención e intervención no buscan el castigo o el juicio, se sitúan más bien en lo que se ha llamado tolerancia cero: frente al encubrimiento, frente al sufrimiento evitable, frente a dinámicas que favorezcan la persistencia de determinadas conductas o justificaciones. No podemos olvidar que la tarea educativa es portadora de esperanza, reclama la justicia, promueve procesos de sanación y acompaña a la víctima, y también al victimario. Es una esperanza que identificamos con la posibilidad del perdón, de ahí que la intervención propuesta se complementa con actuaciones sanadoras y reparadoras.

Una vez que se ha detectado o conocido una situación de abuso sexual, el centro educativo, y la entidad titular del mismo, deben dar una respuesta ordenada, contenedora y reparadora, que tenga al menor en el centro, esto es, que priorice en todo momento su bienestar y protección, también en esta intervención sanadora. La primera consecuencia práctica de este principio rector viene marcada por la Ley de protección integral del menor, que obliga a denunciar ante cualquier indicio con verosimilitud, incluso sin que haya certeza, precisamente para proteger al menor y garantizar sus derechos51

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales 51 LOPIIAFV, artículo 13.4.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Aunque la elaboración de los protocolos, y la información sobre los mismos, forma parte de la tarea preventiva, como hemos visto en el capítulo anterior, la aplicación de los mismos constituye en sí misma la fase de intervención, esto es, de actuaciones específicas a realizar por la institución educativa, y específicamente por las personas designadas. Pero la intervención debe ser comprendida en modo amplio, extendiéndose a la revelación o detección del abuso sexual, que dará paso a las actuaciones de denuncia y protección, y a la comunicación institucional, tanto interna como externa.

4.2 LA SOSPECHA O CONOCIMIENTO DEL ABUSO SEXUAL

4.2.1 Vías de conocimiento del hecho

En el proceso de intervención, tener conocimiento de que se ha producido abuso sexual sobre un menor es la clave que desencadena las actuaciones debidas, de ahí la necesidad de protocolos e indicadores que faciliten su reconocimiento. La detección de un caso de abuso sexual en menores puede venir principalmente por dos vías: la revelación directa o indirecta, que incluye la observación de cambios significativos en la conducta del menor; o la sospecha razonable.

a. La revelación directa o indirecta

La realidad nos dice que una gran parte de los menores que revelan haber sido víctimas de abusos sexuales no han recibido una atención inmediata a su situación, “el 70% de personas adultas que recuerdan haber sido abusadas cuando eran menores asegura que lo contó a alguien, pero su revelación, en la mayoría de los casos, no produjo una acción posterior efectiva”52. Al sufrimiento del abuso se suma el de la desolación ante un grito que no es escuchado, ni en ocasiones creído.

En edades más tempranas, se puede dar una revelación accidental. Sus indicadores son conductas sexualizadas o verbalizaciones inadecuadas que deben

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52 SAVE THE CHILDREN, Ojos que no quieren ver, o.c., 70.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

llamar la atención del adulto53. Pero la mayor parte de las revelaciones son intencionales o explícitas que incluyen una red de emociones y sensaciones en el menor que no siempre sabe manejar. Para autores como Sorensen y Snow la revelación de un abuso hay que describirla en términos de proceso más que de confesión en un momento puntual: “En este proceso la mayoría de los niños comienzan negando haber sido abusados sexualmente, luego realizan revelaciones tentativas para seguir con revelaciones más completas”54 Podemos hablar de diferentes y sucesivas fases del proceso de revelación de un abuso sexual por parte de un menor, sin que sea necesario que sigan siempre el mismo orden, o incluso que se den:

53 Esta clase de verbalizaciones indebidas pueden ser del tipo “tócame la colita”, dicho a un familiar o adulto, lo que puede conducir a preguntar al niño por esa expresión y de dónde saca esa idea, a lo que el menor, en su ingenuidad hace la revelación: “Me lo dice el abuelo cuando dormimos la siesta” o “Me lo dice X en el cole”.

54 UNICEF, Abuso sexual infantil, o.c., 127.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Características Ejemplo

Importa detenernos en la revelación tentativa, que implica cierto grado de reconocimiento parcial, pero muchas veces dubitativo, acerca de lo ocurrido, de ahí la importancia de aprender a reconocerla en algunos de sus rasgos y características específicas55: Olvido

Distanciamiento

Minimización

Reacción

Disociación

Negación

Me olvidé

Le pasó a otro niño, no a mí

Solo pasó una vez y nada más

Quiso tocarme, pero yo le pegué y me fui

Me tocó, pero yo me fui a otro sitio

Era un chiste

Esa revelación tentativa en ocasiones puede derivar en retracción, cuando tras una revelación del abuso el menor se desdice de lo confesado anteriormente, y puede presentarse con expresiones que revelan diversos tipos de retracción56:

Parcial: “No es cierto que me masturbara, solo me tocó mis partes”.

Absoluta: “En realidad no me hizo nada”.

Correctora: “Me equivoqué”.

Minimizadora: “Era todo una broma”.

Esquiva: “No sé por qué dije eso”.

Disociativa: “No era yo. Yo no estaba allí”.

55 Adaptado de UNICEF, Abuso sexual infantil, o.c., 128.

56 Adaptado de UNICEF, Abuso sexual infantil, o.c, 137.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Estas situaciones debemos tenerlas muy en cuenta, tanto para no forzar como para no realizar un cierre en falso, dando la impresión de que no ha ocurrido nada.

Habrá ocasiones en que la revelación vendrá de una persona del entorno del menor, un amigo o un familiar, es lo que se denomina revelación indirecta. Por lo general tiene las mismas características y procesos que la revelación directa. No hablamos de sospechas, eso lo abordaremos a continuación, sino de testigos directos del abuso o de conductas inadecuadas por parte del abusador.

b. La sospecha razonable

La segunda vía de acceso es la sospecha razonable. Se entiende por sospecha de abuso sexual “cuando se presentan indicios poco claros e inespecíficos de una posible situación de abuso sexual, que por sí solos no son suficientes para descartar la posibilidad de que el abuso sexual haya ocurrido”57. La sospecha suele provenir de un adulto que ve, evalúa, analiza, considera o supone, y la mayoría son familiares o personas que conocen bien al menor. La dificultad de esta vía de conocimiento es que se parte de datos difusos, desde actuaciones o conductas que llaman la atención y en las que media la interpretación. Sin embargo, poniendo el centro en el interés supremo del bienestar del menor, estas sospechas se han de tener en cuenta, pero han de seguirse del registro y observación de otros síntomas, reacciones, conductas, estados emocionales y relatos que ayuden a objetivar.

4.2.2 Actuación ante la sospecha o conocimiento del abuso

Una vez se tenga sospecha razonable o conocimiento de un caso de abuso sexual, teniendo en cuenta lo expuesto en el apartado anterior, además de las obligaciones legales, la entidad educativa asume la responsabilidad de proteger y salvaguardar al menor, para lo que pone en marcha los protocolos previstos, aprobados y conocidos. Corresponde a la dirección del centro, tras conocer la realidad del hecho y registrar lo sucedido, actuar con la mayor celeridad aplicando los proto -

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57 UNICEF, Abuso sexual infantil, o.c., 122.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

colos de actuación, en colaboración permanente con los profesionales externos y autoridades (servicios sociales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Fiscalía, Asesoría Jurídica de Escuelas Católicas, etc.). En todo momento se deberán mantener las premisas de confidencialidad, profesionalidad y disponibilidad. Es importante llevar un registro preciso de los hechos, de los procesos desarrollados y de la información recibida, proteger los datos y ponerlos a disposición de las autoridades competentes.

Cuando la revelación del abuso sexual proviene de una conversación, sea por iniciativa del menor o del adulto, motivada por sospecha ante determinadas actuaciones, es conveniente seguir una serie de pautas que garanticen el bienestar de la víctima: mantener la calma, escuchar al menor sin interrumpirle y evitar hacer preguntas que puedan intimidar al menor, en todo caso exclusivamente para asegurarse de lo que está expresando, o para evaluar su seguridad personal. En ningún momento solicitar detalles del abuso, ni realizar promesas que no puedan cumplirse; es recomendable reducir la conversación a mínimos que permitan después actuar adecuadamente a los profesionales que realizarán la evaluación y seguimiento del caso58.

Cuando la conversación deriva en una confesión, es muy importante que quien la recibe tenga en cuenta unos principios fundamentales, que resumimos en cuatro verbos: creer, escuchar, desculpabilizar y actuar.

Creer. Es imprescindible mostrar con claridad que se cree al menor y lo que relata. Evitar hacer preguntas o comentarios que minimicen o pongan en cuestión los hechos, o que excusen al abusado. No hay que indagar más allá de lo que la víctima desee relatar. Es muy importante hacer sentir al menor orgulloso por la valentía y la confianza de lo que ha revelado.

Escuchar. Hay que mantener una actitud respetuosa, agradecida por la confidencia, de escucha activa, con interés por las necesidades del menor. Explicar, con la mayor claridad y amabilidad, que lo revelado no puede quedar en secreto, es necesario comunicarlo a otras personas con autoridad, con el objeto de garantizar su seguridad y protección.

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58 Adaptado de: SAVE THE CHILDREN, Violenciasexualcontralosniñosylasniñas.Abusoyexplotaciónsexualinfantil, 2012, 19; ZAMORANO, L.A., Ya no te llamarán abandonada, o.c., 133

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Desculpabilizar. Evitar que el menor pueda sentirse culpable por lo sucedido, o por no haberlo revelado antes. Quien recibe la confidencia no debe evaluar la gravedad del abuso sexual, ni juzgar el hecho, sino garantizar la protección del menor y poner el caso en manos de quien corresponda.

Actuar. Se han de iniciar los protocolos de actuación a la mayor brevedad, comenzando por la redacción de un informe que describa lo revelado por el menor, consignando entrecomilladas sus expresiones textuales con la mayor fidelidad. Todas las acciones que se deriven de la conversación deben contribuir a asegurar la cercanía con la víctima, el interés por esclarecer los hechos y la voluntad de colaboración para sanar las heridas sufridas.

Accede al Modelo de comunicación de situación de violencia a la Fiscalía de Menores

4.2.3 Efectos y consecuencias del abuso sexual en los menores

Es importante, en este punto, conocer algunos de los efectos que el abuso sexual produce en el menor, ya sea en su conducta, en su equilibrio emocional o en su aspecto físico, ya que “son los niños, con sus palabras y sus cuerpos, los que informan detalladamente lo ocurrido. Solo hay que saber escuchar y mirar”59.

Pueden clasificarse en cuatro tipos de daños: de carácter físico, psicológico, moral y espiritual, que veremos a continuación60

Daños físicos. Por lo general en la zona genital y anal: desgarro vaginal y/o rectal, hemorragias vaginales y/o rectales, infecciones y enfermedades de

59 UNICEF, Abuso sexual. Guía conceptual, o.c., 22.

60 En el caso de daños físicos y psicológicos, adaptamos a partir de: UNICEF, Abusosexual.Guíaconceptual, o.c., 21ss.;

ZAMORANO, L.A., Ya no te llamarán abandonada, o.c., 54ss.; UNICEF, Abuso sexual infantil, o.c., 78ss.

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transmisión sexual. Se verifican mediante inspección clínica, si bien hay evidencias que los apuntan: hematomas y heridas en otras zonas corporales, dificultades para caminar o sentarse, dolor al orinar o defecar, autolesiones, trastornos de la alimentación, enuresis nocturna y pesadillas, entre otros.

Daños psicológicos. Suponen trastornos en las relaciones interpersonales, especialmente en la vinculación con los adultos, que pasan a ser huidizas y desconfiadas. El carácter del menor se transforma, con actitudes provocadoras y de rabia, ya sea hacia el abusador mismo o hacia sus familiares y personas cercanas, en algunos casos asociadas a fuerte agresividad. El miedo a hablar, producto de las amenazas inferidas por el abusador, el sentimiento de culpa por sentirse responsable de lo ocurrido, y la vergüenza por las consecuencias de la revelación de los hechos, conllevan pérdida de autoestima y alteraciones en la identidad personal, que en algunos casos lleva a la sensación de pérdida de control sobre los propios actos y al suicidio.

Daños morales. En la formación de la identidad del menor se adquieren valores y principios morales que serán fundamentales para el resto de su vida. Convertirse, por tanto, en víctima de abusos sexuales supone una crisis violenta en la construcción del propio edificio moral, más aún si el abusador es una persona de confianza o de referencia, ya que representará un fracaso ético en la vida del menor.

Daños espirituales. Cuando los abusos sexuales se producen en una institución religiosa, más aún cuando el abusador tiene un vínculo con la misma y es un referente moral para la comunidad (sacerdotes, religiosas, religiosos, catequistas, etc.), debemos sumar a las consecuencias del abuso los daños es-

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El abuso sexual puede causar daños físicos, psicológicos, morales y espirituales

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pirituales. El abusador no suele tener ningún escrúpulo en seducir al menor en nombre de lo más sagrado, lo que genera una imagen de Dios distorsionada y errónea.

La mayor parte de estos efectos o consecuencias pueden interpretarse en retrospectiva, esto es, reconociéndolos como indicios de que se está dando un caso de abuso sexual en el menor. Si bien, debe hacerse valer la cautela, ya que no todos estos indicios apuntan necesariamente a la existencia de abusos.

4.2.4 Obligaciones jurídicas tras la sospecha o conocimiento del abuso

La Ley de protección integral de los menores impone una serie de actuaciones cuando se sospecha o conoce el abuso sexual en un menor, que no han de pasarse por alto, no solo por la obligación del cumplimiento jurídico, sino también por coherencia con el compromiso de espacio seguro en el centro educativo y sus actividades61

Deber de comunicar a la autoridad competente la existencia de posibles situaciones de violencia ejercida sobre menores, cuando se adviertan indicios de la misma (sospecha razonable), sin necesidad de que haya certeza; así como al tener conocimiento de la existencia de contenidos violentos contra menores en Internet. Este deber afecta con carácter general a toda la ciudadanía, y con carácter específico a las personas o instituciones que por razón de su cargo, profesión, oficio o actividad tienen relación con menores.

Cumplimiento del deber de comunicar. La comunicación a la autoridad competente debe realizarse de forma inmediata, tan pronto como se tenga conocimiento o indicios de los hechos, y se ha de hacer por medio de una comunicación62, no de una denuncia, dejando constancia de haberla realizado, y dirigida, en el caso de que no exista delito, a la autoridad administrativa competente o, en su caso, a la Agencia Española de Protección de Datos, y en

61 LOPIIAFV, artículos 15,16 y 19.

62 La LOPIIAFV prevé que las administraciones públicas competentes establezcan mecanismos adecuados para llevar a efecto estas comunicaciones, posiblemente mediante el uso de formularios estandarizados. Ver modelo de comunicación en el apartado 4.2.2 de esta Guía y Anexo 4 sobre novedades en matería de protección de datos.

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el caso de que el hecho comunicado constituya un delito, al Juzgado, al Ministerio Fiscal o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Prestar atención a la víctima, de carácter médico, de acompañamiento o de adopción de medidas de seguridad. Se ha de dejar constancia de las actuaciones realizadas en un acta que se redacte para ello.

No interrogar a la víctima o al abusador. Especialmente la víctima tendrá que pasar por un proceso complejo y difícil, en el que deberá exponer los hechos ante personal cualificado o autoridades, por lo que se deben evitar los interrogatorios innecesarios, como respeto a su integridad personal.

Facilitar información a las autoridades. Además de la comunicación a la autoridad competente, se ha de facilitar a la misma toda la información de que se disponga y prestar la máxima colaboración institucional63

Informar a padres o tutores legales. Inmediatamente se ha de informar a los padres o tutores legales del menor, a menos que puedan estar implicados en la situación de violencia, dejando también constancia fehaciente de ello.

Sobre el abusador: en caso de ser un religioso o sacerdote, la autoridad competente abrirá un proceso canónico, que puede concluir con la prohibición del ejercicio ministerial y/o expulsión del instituto religioso64. En caso de ser un profesor o personal del centro, se abrirá expediente disciplinario con suspensión de actividades con menores y la aplicación del resto de medidas cautelares que se pueden adoptar, pudiendo finalizar con una sanción de despido.

4.3 MEDIDAS PEDAGÓGICAS EN LA INTERVENCIÓN

Además de las medidas legales y organizativas, que vamos describiendo en este capítulo, la intervención deberá contar también con medidas pedagógicas, ya que

63 La LOPIIAFV establece unos criterios a los que se ha de ajustar la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y que, si bien no son aplicables a las instituciones educativas, pueden servir como referencia para fijar procedimientos internos. Ver también Anexo 5 en el que se plantean algunos interrogantes sobre aplicación de la ley en centros educativos.

64 Cf. El resumen del proceso canónico que se presenta en el documento de la CONFER, Política Marco de Protección y Actuación en casos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables, Anexo III, Madrid, 2022, 46. Es también recomendable consultar y conocer el Vademecumsobrealgunascuestionesprocesalesanteloscasosdeabusosexual a menores cometidos por clérigos, de la Congregación para la Doctrina de la Fe (16 de julio 2020).

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actuamos en un centro educativo, lo que facilita la asunción de determinadas actuaciones sobre los alumnos.

Puesto al corriente el orientador del centro educativo de la situación, elaborará su propio registro de las actuaciones que realice en el seguimiento del proceso, en coordinación con el equipo directivo, el coordinador de bienestar y protección, el tutor y las instituciones externas al centro que formen parte de la intervención. Para garantizar un clima de seguridad y acompañamiento, atenderá desde sus funciones a las víctimas y a sus familias, apoyará al personal responsable y, en su caso, derivará a una atención profesional externa.

4.3.1 El grupo de protección

Desde que se revela el hecho de que un alumno ha sufrido abusos sexuales, el menor debe sentirse protegido en el ámbito escolar, por lo que el orientador, en coordinación con el tutor, verificará qué compañeros son de mayor confianza para el mismo, con los que se relaciona asiduamente, para generar un grupo de protección que le aporte cuidados emocionales en el proceso que sigue a la revelación. Esta medida se puede tomar siempre que el caso sea público y haya habido una sesión específica de tutoría para informar al grupo-aula completo.

Una vez designado el grupo de protección, se podrá mantener un encuentro con los que lo formen. El orientador se mostrará en plena disposición para dar apoyo emocional y criterios de actuación al grupo, pero deberá tener en cuenta la confidencialidad en cuanto a los detalles de los hechos, que no deben ser revelados ni nombrados.

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El orientador registrará las actuaciones y hará el seguimiento

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4.3.2 El equipo docente

El equipo docente que suele estar en contacto con la víctima debe conocer a grandes rasgos lo que ocurre, para cooperar en el resto de medidas reparadoras que adopte el centro, acompañando desde el respeto y el cuidado. El responsable de la reunión informativa con el equipo docente del menor ha de ser el director que, junto al coordinador de bienestar y protección, y con la máxima confidencialidad, plantea las medidas educativas especiales que se han de llevar a cabo, por ejemplo:

Situar lo más próxima al profesor la mesa del menor afectado, o bien que su equipo cooperativo en el aula esté formado por el grupo de protección. Acompañar su proceso de aprendizaje de forma más exhaustiva, valorando si necesita especial apoyo escolar.

Trabajo conjunto del equipo docente, por ejemplo, en los momentos de calificación, si ha de valorarse la promoción de curso o considerar la evidencia de una necesidad educativa temporal, que ha de ser tratada como una forma de necesidad educativa de carácter especial.

Observar y registrar la existencia de indicadores psicológicos o de rendimiento escolar especiales.

Fijar reuniones periódicas donde se pueda comunicar el estado del menor y acompañar su proceso, manteniendo un solo acompañante de referencia, por lo general el tutor del menor.

4.3.3 Apoyo del grupo-clase

El grupo-clase puede constituir un apoyo muy valioso para el menor que ha sido víctima de abusos sexuales. Dependiendo de la edad, es necesario explicitar la dificultad de vivir un suceso traumático de este tipo y dar las claves de lo que es o no aconsejable hacer.

El tutor del menor que ha sido abusado seguirá las directrices de la dirección del centro, del coordinador de bienestar y protección y del orientador del centro. Al tratarse de un docente con mayor cercanía al menor, estará especialmente atento

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al estado emocional del mismo, así como del resto de la clase si ha trascendido la noticia sobre el abuso. En cualquier caso, cualquier comunicación o información a la clase de la que es tutor o a las familias, se hará en coordinación y bajo autorización de la dirección del centro educativo.

Estos son los objetivos que pueden trabajarse en una tutoría de este tipo:

Sensibilizar al grupo de las emociones que puede estar viviendo el compañero afectado, tales como la vergüenza, miedo, culpa, etc.

Ayudar a entender que es preferible no hablar directamente del asunto con él, ni preguntar, indagar o hacer bromas relacionadas.

Incidir en que la mejor forma de acompañar es desde la normalidad de lo cotidiano, incluyendo al compañero afectado en los juegos, las tareas de clase, deberes, trabajos, etc.

Comprometerse, a través de un contrato de protección, a cuidar del compañero a partir de las rutinas diarias del centro educativo.

No adelantar más información ni dar más detalles de lo que piden los alumnos. No aportar detalles íntimos, aunque se soliciten.

En caso de que existan rumores sobre el caso en el centro o en el aula, hay que afrontarlos desde la prudencia, sin aportar detalles ni información confidencial, utilizando metodologías que ayuden a expresar las emociones y visualizar los valores propios del centro.

4.3.4 Formación a la comunidad educativa

Tanto el equipo docente como el resto de personal del centro, deberán recibir una formación sobre los protocolos de actuación, así como de habilidades de observación, escucha y acompañamiento de sus alumnos. En caso de conocer un caso de abuso sexual en un menor del centro, deberán informar inmediatamente al coordinador de bienestar y protección y no actuarán sin su coordinación y asesoramiento. En diálogo con el tutor de la clase donde se haya detectado algún caso de abuso sexual en menores, ayudarán a la atención emocional de las víctimas y del resto de alumnos.

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Los alumnos del centro deberán recibir una formación, adecuada y adaptada a sus edades, sobre las herramientas necesarias para reconocer el abuso sexual, tal y como ya hemos indicado en el capítulo anterior. En caso de pertenecer al “grupo de protección”, se les prestará apoyo y acompañamiento, especialmente si el abuso se ha hecho público.

Además de las acciones preventivas para las familias del centro, que hemos descrito en el capítulo anterior, se fomentará su participación en aquellas otras que mejoren el bienestar en el centro educativo y la integridad emocional de los alumnos. Específicamente, deberán contribuir a crear espacios para una buena comunicación entre las familias y el centro educativo. Es recomendable contar con la participación de grupos especializados que, además de ofrecer materiales y recursos, aporten apoyo específico al centro escolar, personal, alumnado y familias.

4.4 EL CUIDADO DE LA COMUNICACIÓN

4.4.1 La comunicación terapéutica

“Podemos imaginarnos nombrando todas las cosas del universo y teniendo teorías para todo, y experimentar, sin embargo, la misma pequeñez y el mismo desamparo: solo nos apacigua la palabra amiga, que no exhibe la verdad de los hechos, sino que transmite el abrazo del alma”65. Así concluye el filósofo Josep Maria Esquirol sus reflexiones sobre la esencia del lenguaje como amparo, que nos ayudan a reflejar la importancia de ejercer una activa comunicación del cuidado, en especial cuando se produce en nuestra entidad un caso de abuso sexual.

En el proceso de intervención, además del cuidado de las personas, en especial de la víctima, debemos incorporar necesariamente el cuidado de la comunicación que se genera en torno a las situaciones de abusos sexuales, de manera que nuestras palabras contribuyan al proceso de sanación y reparación desde las claves que nos sugiere el papa Francisco al decir que “la comunicación tiene el poder de crear

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65 ESQUIROL, J.M, La resistencia íntima. Ensayo de una filosofía de la proximidad, Acantilado, Barcelona, 2018.

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puentes, de favorecer el encuentro y la inclusión, enriqueciendo de este modo a la sociedad”66

Las entidades y centros educativos necesitan generar un estilo comunicativo que vaya más allá de estrategias de comunicación. En ocasiones estas estrategias, que son imprescindibles, se convierten en la única respuesta, y por tanto ofrecen una imagen farisaica, más preocupada por cuidar del prestigio institucional o justificar determinadas actuaciones o personas, que de colaborar con la protección de la víctima. “La función comunicativa del lenguaje, que busca principalmente entenderse, sería la función primordial del lenguaje, distinta de la acción instrumental y de la estratégica, y evidentemente, contrapuesta al engaño, al dominio y a la violencia”67. Se nos pide, por tanto, una comunicación terapéutica que acompañe y refuerce el resto de medidas según los protocolos establecidos, que alivie los sufrimientos y garantice el cuidado de los más vulnerables y el buen hacer del centro educativo.

Las víctimas, sean directas o indirectas, deben sentirse abrazadas por las palabras que forman parte de los comunicados e informaciones de la entidad educativa. Es fundamental poner cuidado en las palabras, decir lo que sea preciso y no más, ni menos, sin espacio para la sospecha de falta de compromiso en su protección o de fe en su relato. Palabras que transmitan esperanza en que la sanación es posible, que abran camino a la escucha y a la reparación del daño, que presenten el firme compromiso de toda la institución por los más vulnerables y refuercen la labor de quienes en ella están implicados en su cuidado.

Para lograr credibilidad sobre este compromiso institucional, la comunicación debe afrontar actuaciones pasadas sobre abusos sexuales que fueron gestionadas deficiente o incompletamente, sin olvidar que el fin último de esta revisión es terapéutico, una expresión de humildad, un signo de respeto a las víctimas y una muestra de la fe que profesamos. En la mirada retrospectiva no se puede tener miedo a comunicar lo que se ha descubierto y, en su caso, pedir perdón a las víctimas y a sus familias, no excusar a los agresores y lamentar haber fallado a la confianza depositada. De este modo, no será una demostración de debilidad, sino que reforzará la misión de la entidad educativa.

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66 Mensaje del papa Francisco en la 50ª Jornada Mundial de las Comunicaciones sociales, 8 de mayo de 2016. 67 ESQUIROL, J.M, La resistencia íntima. Ensayo de una filosofía de la proximidad, Acantilado, Barcelona, 2018.

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4.4.2 Plan de comunicación de crisis

En situaciones tan complejas necesitamos mantener una adecuada gestión de la comunicación que nos permita guiarnos a través de un método testado y que se apoye en los principios de transparencia y veracidad. En definitiva, un proceso riguroso y coherente con nuestra identidad de escuela de ideario católico.

Por eso es crucial que los mensajes que transmitimos desde nuestras instituciones y centros educativos ante un posible caso de abusos, vayan en una doble línea de información de lo acontecido, por una parte, y de escucha, acompañamiento y búsqueda de la verdad por la otra. Estas importantes acciones exigen ser extremadamente humildes y delicados, atender a la verdad y comprender que nos adentramos en un terreno humano enormemente quebradizo.

La perspectiva que nos aporta el modelo clásico de comunicación de crisis es el marco más seguro para abordar una gestión sistemática de nuestra comunicación en un caso de abuso sexual. Ese marco comprende cinco fases que desarrollaremos a continuación. Es comprensible que en momentos de tal intensidad emocional, sea difícil seguir con rigor y templanza este tipo de protocolos. Por ello será fundamental trabajarlos de manera preventiva, de modo que si llega a suceder, todos los que forman parte de la comunidad educativa estén preparados y sepan cómo actuar.

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Debemos comunicar de forma rigurosa y coherente con nuestra identidad

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a. Recabar datos

En primer lugar se recabarán los datos imprescindibles para realizar un análisis de las acusaciones, su alcance y consecuencias, respetando siempre la voluntad de las posibles víctimas, el derecho de presunción de inocencia y las obligaciones legales. Si en esta obtención preliminar de datos se aprecian indicios de veracidad en la denuncia, además de separar al presunto abusador del trato con menores, se pondrán en marcha el resto de los mecanismos aquí descritos y se tomarán las medidas oportunas.

Esta fase del proceso es una de las más importantes. En ella, ha de reunirse toda la información que la legislación permita acerca de los hechos sucedidos, ya que sobre la base de la documentación recogida, es posible una reacción adecuada y, sobre todo, rápida, por lo que resulta imprescindible hacerlo de forma ágil y con la máxima honestidad posible, sin pasar por alto ningún detalle que pudiera ser relevante en el futuro. La información básica a recoger incluye una descripción objetiva y sincera de los hechos; un análisis de las repercusiones directas e indirectas y de la emergencia para las personas afectadas y para la institución; una previsión de la difusión que se pueda hacer en los medios de comunicación y del tiempo en el que esto podría suceder; una enumeración de todas las acciones realizadas desde que se conocieron los hechos; una prospección de lo que sucedería si los acontecimientos evolucionan a un escenario más complejo; y la confesión honesta de la responsabilidad de la entidad educativa en lo sucedido. Una vez recopilada toda esta información estaremos en condiciones de establecer los pasos necesarios para una reacción adecuada ante los hechos.

La recogida ágil e inmediata de los datos debe evitar la precipitación, pero se ha de tener en cuenta que la comunicación o denuncia, según corresponda, a las autoridades, también ha de hacerse en las primeras horas, por lo que no es recomendable alargar esta fase de la intervención.

b. Activar el Comité de crisis

Cada centro o institución debe tener configurado permanentemente un Comité de crisis que conozca sus funciones de antemano. De esta forma, cuando se enfrente a una situación de abuso sexual, tanto por un hecho actual como pasado, se podrá activar con agilidad y, si la situación lo exige, se reforzará con las personas adecuadas.

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El director del centro, el coordinador de bienestar y protección, el titular del centro, el coordinador general de la red de centros, son susceptibles de estar en dicho Comité, en función de la naturaleza de la institución y de la crisis. A ellos se sumarán un abogado y un experto o técnico (por ejemplo, un orientador, psicólogo, etc.). El Comité centralizará las decisiones, se asegurará de que todo el proceso se documenta rigurosamente, nombrará un portavoz, que ya formará parte del equipo, o se le invitará a formar parte de él, y pondrá en marcha un Plan de comunicación de crisis basado en la transparencia, la veracidad y la agilidad a la hora de comunicar.

Nos detendremos aquí en la importancia de que la institución establezca de forma clara quién debe ejercer la portavocía y quién debe atender o responder a los requerimientos de información por parte de medios o terceros. El portavoz no es el responsable de comunicación, ni alguien elegido al azar, ni una persona que actúa de manera independiente. El portavoz es un representante de la institución, elegido en función de la naturaleza de la crisis y de su alcance; es alguien que conoce sus responsabilidades en esta materia y que está respaldado y coordinado por la institución. Y por encima de todo, el portavoz ha de tener predisposición y disponibilidad para comunicar y, más en concreto, para emplear esa comunicación para tender puentes de unión, de reparación y de sanación entre todos los afectados.

c. Actuar

De poco valen las palabras si no van acompañadas de acciones que las avalan y les dan credibilidad. Aun en el caso de que el acusado haya fallecido o el delito haya prescrito, hay que tener en cuenta que las víctimas merecen el reconocimiento de su sufrimiento, por lo que también en estas situaciones hay que pasar a la acción, por muy dolorosa que pueda resultar en ocasiones y aunque la dirección actual sea diferente.

Del mismo modo, debemos atender a los acusados por abuso sexual, tanto si se confirma la acusación como si no. En el primer caso corresponderá a la entidad acompañar su camino de redención y en el segundo colaborar en la recuperación de su buen nombre y credibilidad si se han visto dañados, e incluso en la reparación del daño psicológico que hayan podido sufrir.

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d. Comunicar la crisis a todos los destinatarios

En cualquier estrategia de comunicación de crisis es imprescindible identificar los destinatarios afectados directa e indirectamente. Esto facilitará adecuar los mensajes, internos y externos, a cada uno de ellos y a sus necesidades de información.

Dada la sensibilidad del tema que nos ocupa, lo aconsejable sería establecer una comunicación por círculos concéntricos. Unos se encuentran dentro de otros y todos están relacionados, pero a la vez son espacios diferenciados, raramente entremezclados, a los que hay que llegar a través de canales de comunicación distintos y en momentos diferentes. En el centro estaría la víctima y su familia, siempre prioritarios en todas las comunicaciones de la entidad; en un segundo lugar los miembros de la comunidad educativa directamente afectados y, si hay algún religioso, su comunidad; en tercer lugar, el centro educativo en su conjunto; y en cuarto lugar los medios de comunicación y, por ende, toda la sociedad.

La forma en la que se contacta con las personas integrantes de los distintos círculos tampoco es la misma. Para el primer círculo el contacto directo y la llamada telefónica resultan lo más eficiente, puesto que es una forma de comunicación personal e íntima. Para llegar al resto de círculos pueden combinarse el contacto personal, en la medida de lo posible, y los canales habituales de comunicación del centro educativo o institución. En el caso de los medios de comunicación, como en cualquier otra crisis que pueda producirse, si previamente se ha alcanzado una relación de confianza con los periodistas, la comunicación será mucho más fluida. Siempre se tendrá en cuenta el principio de

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Es aconsejable una comunicación por círculos concéntricos

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transparencia y, si se dan las condiciones, se procurará anticiparse y facilitar datos objetivos. También será importante expresar, con sinceridad, el pesar institucional por el dolor provocado en las vidas de algunas personas que deberían haber estado seguras y protegidas en el centro o entidad.

Será el Comité de crisis el que organice la gestión de la comunicación y unifique los mensajes midiendo el impacto de la información. En el caso de los abusos sexuales a menores, la máxima debe ser siempre escuchar para entender y, a partir de ahí, utilizar esa información para comunicar. Todo ello, sin olvidar, tampoco, que en todas las comunicaciones debe preservarse la intimidad del menor, y que las personas que han detectado y comunicado un presunto abuso deben ser discretas y solo informar a los profesionales que intervienen en la resolución del problema, en la jerarquía establecida en apartados anteriores.

Comunicación a los padres o tutores legales del menor

En el caso de que los presuntos abusos sexuales se hayan detectado o conocido en el centro, la dirección debe ponerse en contacto con los padres del menor en las 24 a 48 horas siguientes a la notificación a la dirección, siempre y cuando los progenitores o tutores legales no sean los que han cometido el abuso. Es aconsejable que en este encuentro, además del director del centro y el coordinador de bienestar y protección, esté una persona del departamento de orientación, si el centro cuenta con el mismo.

El objetivo de dicha comunicación debe ser explicar a los padres o tutores legales la información conocida y los pasos que se han dado y se van a dar. Tres serán los mensajes a transmitir: lamentar y condenar lo ocurrido y explicar las medidas tomadas para apartar al presunto abusador; mostrar la cercanía de la institución, asegurando el acompañamiento y el apoyo del centro, evitando juicios de valor; y comunicar el derecho a presentar una denuncia, así como expresar la disposición del colegio a colaborar con las autoridades.

Si son los padres los que han presentado la denuncia o comunicado los hechos al colegio, igualmente se mantendrá sin demora una reunión con ellos en los mismos términos, insistiendo en el mensaje de condena y en la firme determinación de la entidad para emprender las acciones necesarias tanto con el acusado como con la víctima. Es importante que la víctima y su familia

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se sientan escuchadas y creídas, independientemente de que la investigación posterior confirme o desmienta los hechos.

Una vez informado el primer círculo concéntrico, se procederá a difundir la información al resto de los círculos, acotándose inicialmente a aquellos grupos de padres cuyos hijos puedan haber tenido contacto con el presunto agresor. Se realizarán reuniones por grupos independientes, teniendo presente el respeto a la intimidad del menor y la presunción de inocencia. Se explicará la situación y las medidas adoptadas (separación del presunto abusador del contacto con los niños, información a inspección, denuncia o comunicación a las autoridades…). Dichas reuniones pueden ser también útiles para detectar si ha habido otras víctimas. En este sentido, desde el departamento de orientación se les puede informar sobre aquellos cambios de comportamiento o anímicos que pueden alertar de un posible abuso.

Comunicación a los educadores

El Comité de crisis determinará el orden en que se comunique la información a los educadores del centro. En un primer momento, debe realizarse a los directamente afectados, es decir, aquellos que tengan un contacto habitual con la víctima. Al resto de educadores se informará en un segundo momento, siempre y cuando el alcance de la situación, esto es, los rumores o la previsión de que la noticia se haga pública, sean incontrolables.

El mensaje a los educadores deberá ser de claro y contundente rechazo a este tipo de conductas, de apoyo a la víctima y a su familia. Se les informará de las actuaciones que se han tomado hasta el momento, con el compromiso de mantenerles informados según avance la investigación y la debida cautela lo permita.

Asimismo, será preciso explicar que las medidas sobre el presunto abusador, en cuanto a suspensión de asistencia al centro o alejamiento del trato con menores mientras se desarrolla la investigación o el proceso judicial, no suponen culpabilidad. Buscan proteger el interés del menor y del propio acusado, y pueden ser compatibles con su inocencia.

Se les ofrecerá el apoyo personal que necesiten y se les solicitará su colaboración en la investigación si resultara necesario. Es posible, además, que se pida al tutor del menor, o a otra persona que designe el centro, que realice

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un acompañamiento discreto y atento del menor, evitando una nueva victimización, tal y como hemos visto en apartados anteriores. Medios de comunicación social

La política de comunicación en cualquier situación de crisis debe ser siempre la transparencia y la veracidad. En estos casos, además, deberemos ser especialmente sensibles en nuestras comunicaciones con la intimidad de las personas implicadas, tanto menores como adultos.

Como se ha indicado, la comunicación interna con los públicos directamente afectados debe ser la prioridad y realizarse lo antes posible. En el caso de los medios de comunicación, se deberá tomar la iniciativa en función del alcance de la noticia, y será el Comité de crisis quien valore y decida el momento de emitir un comunicado oficial para la prensa. En este sentido es recomendable informar de las actuaciones a Escuelas Católicas, y se podrá contar con su asesoramiento y apoyo técnico.

El comunicado de prensa debe ser lo más breve posible, evitando todo sensacionalismo, así como datos personales, tanto de la víctima como del acusado, reflejando hechos objetivos sin detalles morbosos ni valoraciones. Se publicará en todos los canales del centro o institución, y se enviará a los medios de comunicación en función de la repercusión. El portavoz designado por el Comité de crisis será la única persona autorizada para atender a los medios de comunicación, esto es muy importante respetarlo y comprenderlo.

El contenido del comunicado debe expresar lo que más importa como institución de Iglesia: la condena de cualquier tipo de abuso, especialmente a menores; el apoyo a la víctima y a su familia, pidiendo perdón si se confirmara que han ocurrido esos hechos en el centro; la expresión del compromiso firme con el esclarecimiento de los hechos; la disposición del centro a colaborar con las autoridades; el recordatorio del derecho constitucional a la presunción de inocencia; la información de las medidas adoptadas hasta el momento, con responsabilidad y teniendo presente siempre la protección de los menores.

Puede darse el caso de que el colegio conozca los hechos por su publicación en los medios de comunicación. De igual modo se iniciará inmediatamente

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el protocolo de actuación y se enviará un comunicado antes de 24 horas, con el mismo contenido indicado anteriormente.

Si una vez resuelto el caso por vía judicial resultara una acusación o denuncia falsa, el colegio deberá realizar un nuevo comunicado de resarcimiento de la persona falsamente acusada, en el que se manifieste la voluntad de colaborar en la recuperación de su buen nombre y credibilidad, así como en la reparación del daño psicológico que haya sufrido.

e. Adoptar o reforzar las medidas de prevención necesarias

Una vez realizados los pasos anteriores, llega el momento de tratar de recuperar la situación anterior a la crisis, incluso de mejorarla haciendo del centro un lugar más seguro, más transparente y más eficiente en el cuidado. Es el momento de tomar de nuevo medidas preventivas que impidan hechos de esta naturaleza en un futuro. Es recomendable consultar con la Asesoría Jurídica de Escuelas Católicas, así como con organizaciones de la infancia especializadas en estos casos (Unicef, Save The Children, Fundación ANAR…), y aplicar los protocolos que dicten las comunidades autónomas y los complementarios elaborados y aprobados por cada entidad.

En el capítulo tercero de esta Guía se ha expuesto cómo llevar a cabo este trabajo de prevención, a sus apartados nos remitimos. Aún así, recordamos la importancia de ser proactivos, publicitando e informando de los protocolos y medidas de prevención, especialmente entre el personal docente y los padres, manteniéndolo disponible para su descarga o consulta en los canales de comunicación del centro (web, blog…). Es aconsejable también tener un sistema de denuncia accesible, así como un procedimiento para atender dichas denuncias, independientemente de la gravedad de las mismas. En definitiva, se trata de prevenir y de contar a la comunidad educativa lo que se está haciendo, visibilizar que no se olvida lo sucedido y que el centro está comprometido con la seguridad de los niños y adolescentes.

Visto con detalle el protocolo de actuación, también ayudará contar con un sencillo y sintético decálogo de actuación, que permita recordar con prontitud los pasos a dar en la intervención.

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4.5 INTERVENCIÓN ANTE ABUSOS SEXUALES EN REDES SOCIALES

El aumento de la violencia a través de la Red provocó en 2010 una reforma del Código Penal68, que incluye desde entonces las nuevas tecnologías de la comunicación como forma de cometer un delito de violencia sexual. En los centros educativos, mantener encuentros o comunicación con alumnos fuera del contexto colegial, tanto de forma presencial como por correo electrónico, móvil o redes sociales ajenas a las oficiales del centro está generalmente prohibido. Sin embargo, es posible encontrarse con situaciones en las que no se respeta dicha norma; en tal caso la rapidez en la detección y actuación será clave tanto para la resolución del problema como para mitigar la crisis comunicativa derivada de dicha circunstancia que se pueda generar.

Estas nuevas formas de violencia sexual, mediante tecnologías de la comunicación, son difíciles de detectar y combatir, pero si hay conocimiento de ellas, aunque se produzcan en entornos virtuales que no tengan que ver con el colegio, existe la obligación legal y moral de actuar, teniendo en cuenta además que la mayoría de las víctimas son menores y adolescentes.

Si además, la persona que presuntamente está cometiendo algunos de estos delitos contra los menores es personal del centro u otro alumno, debe aplicarse el mismo protocolo que se ha presentado en el apartado anterior. No obstante, habría que tener en cuenta algunas particularidades, especialmente cuando se trata de grooming y sexting, que es preciso conocer.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales
68 Ver Anexo 6 “Principales cambios en la normativa penal”.
Existe obligación de actuar aunque los abusos sean en RR.SS.

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4.5.1 Grooming

Se entiende por grooming el conjunto de estrategias que usa un adulto a través de la Red consiguiendo el control sobre los menores, con finalidad de obtener imágenes o favores de tipo sexual. El grooming está muy relacionado con la pederastia y la pornografía infantil en Internet.

En el caso de que el centro tenga conocimiento o sospeche que un alumno pueda estar siendo víctima de grooming, deberá informar lo antes posible a los padres o tutores legales del menor e instarlos a que interpongan la denuncia correspondiente. Si no lo hicieran, el centro educativo tiene que poner el caso en conocimiento de las autoridades por medio de una comunicación formal a la Fiscalía de Menores.

4.5.2 Sexting

El sexting consiste en la difusión sin consentimiento de vídeos o imágenes eróticas o con contenido sexual por medio de tecnologías de la comunicación. Puede derivar en amenazas para la privacidad del menor, daños psicológicos e incluso daños físicos. Si el centro educativo descubriese que un menor practica o es víctima de sexting, deberá actuar informando a los padres y/o a las autoridades, al igual que en el caso de grooming

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Es recomendable denunciar en Fiscalía, Policía, Guardia Civil o Juzgado de Guardia

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

En ambas situaciones es importante que se recopilen todas las pruebas posibles para poder acreditar la denuncia e iniciar los trámites legales. Si se identifica dónde han sido publicados los vídeos o fotos, habría que ponerse en contacto con el administrador del sitio web o red social para denunciar el hecho y exigir su retirada. Siempre es recomendable denunciar, y lo más adecuado es hacerlo en Fiscalía de Menores, pero podría hacerse también en la Policía Nacional (Brigada de Investigación Tecnológica), Guardia Civil (Cuerpo de delitos telemáticos) o en el Juzgado de Guardia.

La comunicación de nuevo será fundamental, tanto a la hora de hablar con los padres como con los menores afectados, a quienes se debería ofrecer ayuda psicológica para mitigar las secuelas emocionales y psíquicas de estos tipos de violencia sexual. Los mensajes deben ir encaminados a transmitir calma, apoyo, cercanía, respeto… así como a evitar el sentimiento de culpabilidad en las víctimas, procurar que no destruyan pruebas y que se tomen las medidas legales oportunas.

Conviene recordar que también existen acciones preventivas on-line para evitar este tipo de prácticas. En España existe, por ejemplo, una línea de denuncia, coordinada por “Protégeles”, en la que se pueden denunciar aquellos sitios web donde se alojan vídeos o imágenes de menores sometidos a abusos. Existen además distintos tipos de software para bloquear este contenido. La mayoría de redes sociales ya están incorporando la función de “denunciar abuso” en sus aplicaciones; sería bueno informar e invitar a los alumnos para que aprendan a identificarlos y denunciarlos.

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abusos sexuales

tarea global y humanizadora

GARANTIZA el bienestar y la protección del menor

Detectada o conocida una situación de abuso sexual (por revelación directa o indirecta, o mediante sospecha razonable), se debe llevar a cabo una RÁPIDA, ORDENADA Y REPARADOR

ESCUCHA, CREE Y NO CULPES a la víctima

Escucha con RESPETO, demuestra que crees lo que cuenta y EVITA QUE SE SIENTA CULPABLE.

INFORMA del hecho a las autoridades

INFORMA INMEDIATAMENTE A LA AUTORIDAD COMPETENTE (servicios sociales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Estado, Fiscalía de Menores, etc.) cuando haya indicios, y aunque no haya certeza. Informa también a los padres o tutores legales.

GENERA un clima de seguridad y acompañamiento

FACILITA A LA VÍCTIMA UN GRUPO DE PROTECCIÓN QUE

LE APORTE EL CUIDADO EMOCIONAL NECESARIO EN EL PROCESO POSTERIOR A LA REVELACIÓN DEL ABUSO.

Informa al equipo docente de lo sucedido, refuerza el apoyo del grupo/clase y ofrece a la comunidad educativa formación sobre protocolos de actuación.

ACTUACIÓN A.

Guía para la prevención y reparación de los

CUIDA la comunicación

Realiza una comunicación terapéutica que comience con la escucha y contenga mensajes que acompañen desde la veracidad y la transparencia. SIGUE EL PLAN DE COMUNICACIÓN DE CRISIS: recogida de datos; activación del Comité de Crisis; difusión de los mensajes; y adopción y refuerzo de medidas de prevención.

NO OLVIDES la violencia sexual a través de la red también es abuso

El Código Penal incluye las nuevas tecnologías como medio de cometer un delito de violencia LA FORMA DE ACTUAR ES IGUAL QUE FUERA DEL ENTORNO VIRTUAL.

sexual.

ACTIVA los protocolos relativos al victimario

SI ES UN PROFESOR DEL CENTRO, abre expediente disciplinario y aplica las medidas cautelares.

abre expediente disciplinario y aplica

RELIGIOSO O SACERDOTE, más, la autoridad competente abrirá un proceso canónico.

SI ES UN además, la autoridad competente

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

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EL PROCESO DE SANACIÓN Y REPARACIÓN

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#05

#05

El proceso de sanación y reparación

La intervención del centro educativo o la entidad titular en los casos de abuso sexual se complementa con la sanación y reparación del daño. No solo es imprescindible incorporar este proceso, además forma parte del estilo propio en su misión educativa evangelizadora.

Independientemente de que el menor realice todo o parte de su proceso de sanación en un ámbito terapéutico, con un profesional de la materia, desde el centro educativo se debe colaborar activamente, de modo que se complemente la intervención. Corresponde al orientador del centro y al tutor del menor, en trabajo conjunto con el coordinador de bienestar y protección, acompañar al menor que ha sido víctima de abusos, incorporando acciones que permitan la reparación y sanación de los daños sufridos. La citada Ley de garantía integral de la libertad sexual, promueve la creación de un servicio de atención especializada a los menores víctimas de violencia sexual, con asistencia psicológica, educativa y jurídica, por las administraciones públicas69

Ofrecemos a continuación unas indicaciones y propuestas para mejorar este acompañamiento integral a personas abusadas en el seno de sus propios espacios educativos.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales
69 LOGILS, artículo 35.

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5.1 LAS “TRES S” DEL ACOMPAÑAMIENTO

El primer desafío del acompañamiento se define a partir de las llamadas “tres S”: seguridad, sanación y sentido. Forman un único proceso de acompañamiento, donde se suceden y retroalimentan, tal y como mostramos en el siguiente esquema:

5.1.1 Seguridad

La necesidad de la seguridad es radical en todo ser humano. Si la condición humana es finita y frágil, la del menor, más si cabe, se nos antoja como un cristal delicado. La educación ha de ser un ámbito donde el menor crezca seguro y protegido, evitando caer en falsas dependencias. Ayudar al menor a ser más autónomo será uno de los pilares de la educación en una sana seguridad. En los casos de abusos a menores, las medidas que deben estar presentes en los protocolos de prevención y actuación se orientan a la generación de vínculos que ofrezcan seguridad y espacios protegidos.

5.1.2 Sanación

De manera no exclusiva, la escuela debe constituirse en espacio de sanación para la víctima abusada. La tarea sanadora será multiprofesional y dependerá de diversas instituciones sanitarias, religiosas y educativas. El centro escolar, en su dimen-

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sión educativa y pastoral debe comprometerse, en la medida de sus posibilidades, a emprender con la víctima su propio camino de sanación a través de un acompañamiento personalizado y una pastoral del cuidado.

5.1.3 Sentido

De Víctor Frankl aprendimos que “aun en una situación sin salida a la que el hombre se enfrenta inerme, este puede, bajo ciertas circunstancias, encontrar un sentido”70. Esas ciertas circunstancias son las que hemos de facilitar desde el marco educativo y pastoral. El acompañamiento personal y la vida que continúa más allá de la denuncia y de los vaivenes judiciales, ha de tornarse para el menor en un largo proceso de asunción de lo que ha pasado, de aprendizaje y reorientación de la propia existencia en una dirección que humanice la vida, creando vínculos saludables con los demás.

Si se dan las condiciones de acompañamiento debidas, podremos afirmar con Frankl: “allí donde nos enfrentamos a un destino que parece irrevocable, donde hallamos una víctima indefensa en medio de una situación desesperada, justamente allí se puede dar un sentido a la vida, pues entonces podemos realizar lo más humano dentro del hombre y eso lo constituye su facultad de transformar aun una tragedia -a nivel humano- en un triunfo”71

5.2 EL VÍNCULO SANADOR ENTRE ACOMPAÑANTE Y VÍCTIMA

La primera clave del proceso radica en el tipo de vínculo que el acompañante establece con la víctima, que debe basarse en principios humanizadores y sanadores. Para garantizar el efecto reparador de la intervención, es preciso conocer y respetar una serie de condiciones que forman parte del proceso72.

70 FRANKL, V., La voluntad de sentido, Herder, Barcelona, 1991, 35.

71 FRANKL, V., o.c., 229. Frankl comprueba su mirada esperanzadora sobre esta realidad al mencionar la capacidad de los prisioneros en los campos de concentración nazi, que en momentos insoportables tornaron el sufrimiento y el dolor en fuente de sentido.

72 Adaptado de ZAMORANO, L.A., Ya no te llamarán abandonada, o.c., 158-159.

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Cuidar el lugar donde se realizan los encuentros. Preferiblemente en una sala luminosa, acogedora, con tonos cálidos y alegres, que garantice visiblemente la confidencialidad, donde se puedan mostrar emociones con libertad y, al mismo tiempo, permita ser vistos desde el exterior.

Garantizar el buen trato y la actitud de servicio incondicional. La relación entre acompañante y víctima es asimétrica, de ahí la importancia en cuidar que no se repitan roles de sumisión y dependencia. Propiciar encuentros verdaderos. Acompañar es mucho más que una sucesión de entrevistas. Es estar cerca y junto a la víctima, sin imponer ideas propias, aceptando su ritmo personal, es integrar todos sus sentimientos y dar pistas para que los aprenda a manejar, es tener capacidad de compartir desde la verdad y de generar confianza.

Hacer de la escucha el motor del acompañamiento. Se requiere capacidad de escuchar e interpretar, tanto las palabras como los silencios. Escuchar “supone tener en cuenta que hay un mundo más grande detrás de las palabras y por tanto es querer penetrar en su opacidad, a veces no tomando las palabras como tales, sino el significado que creemos que tienen para las personas que las pronuncian”73

Fijar límites claros. Puesto que la experiencia del abuso implica una transgresión de los límites, la sanación solo es posible si se establecen límites claros y explicitados en el proceso de acompañamiento, de modo que la víctima se sienta cómoda y segura, y el acompañante regule la intensidad emocional evitando gestos ambiguos o confusos.

5.3 ETAPAS DEL PROCESO DE SANACIÓN Y REPARACIÓN

Un abuso sexual es una forma de muerte en vida que solo se sana mediante la elaboración de un duelo consciente. El proceso de sanación y reparación sigue, por tanto, etapas parecidas a las del duelo. En el esquema propuesto por Javier Barbero, tiene las siguientes fases: caos, aceptación confiada y

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trascendencia74. 73 BERMEJO, J.C., Apuntes de relación de ayuda, Sal Terrae, Santander, 1996, 38. 74 BARBERO, J., en VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 126-128.

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5.3.1 Caos

En un primer momento la sensación de devastación lo invade todo. El caos se apodera de la vida de la víctima: pueden darse crisis de pánico, pesadillas y ataques de llanto; y las emociones suelen estar presididas por la rabia, que no necesariamente debe ser interpretada en negativo, ya que puede ayudar a la liberación de la carga traumática.

El papel del acompañante no es el de juzgar las emociones, más bien deberá ayudar a canalizarlas y permitir que la víctima se exprese libremente. En esta etapa aparecen en el menor los efectos del daño en la relación con el propio cuerpo. Puede revelarse en gestos de rechazo al contacto físico con otras personas, incluso a una aproximación sin contacto, en rehusar mirarse al espejo, o en trastornos alimentarios. En estos casos, la ayuda terapéutica será imprescindible.

El inicio del proceso de sanación es extremadamente duro, pero hay que seguir adelante, evitar que la víctima se quede estancada en el caos emocional. Al acompañante pueden ayudarle las siguientes recomendaciones:

Valorar el paso dado por el menor y permitir el caos emocional. Es importante que el acompañante no pierda el control y sepa reconocer diferentes manifestaciones de este caos: rabia e ira no contenidas, momentos de arrepentimiento por haber roto el silencio, incertidumbre ante el futuro, miedo a las relaciones interpersonales, etc.

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Su condición de víctima debe ocupar un lugar periférico en su vida

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Generar pautas de autocuidado. En especial hay que ayudar a recuperar usos de cuidado corporal, de ejercicio, de alimentación saludable y de vida sana. La víctima necesita transitar desde la profanación violenta de su cuerpo a la apropiación personal y al cuidado de su propio cuerpo. Es recomendable establecer medidas preventivas desde la valoración personal, que eviten el rechazo y la culpabilidad.

Acompañar los interrogantes. Todas las preguntas que se hace la víctima son pertinentes, el acompañante debe acogerlas sin enjuiciar, incluso cuando no tiene respuesta para ellas. Javier Barbero señala uno de esos interrogantes como decisivo en esta etapa de caos: “¿Por qué a mí?”. Más que una pregunta, es un grito, que no tiene respuesta, un grito de dolor que precisa ser expresado y que el acompañante debe sostener y contener con tacto. Puede que los interrogantes contengan una tendencia autoculpabilizadora, que habrá de neutralizarse y manejarse.

5.3.2 Aceptación confiada

En la segunda etapa de la sanación se sedimenta la devastación sufrida y se pone nombre a lo ocurrido. Es el momento de aceptar la realidad del abuso, porque “está ahí, es dolorosa y no puede negarse, forma parte ya de tu historia. Pero uno puede decidir qué poder se le da a ese abuso para que marque la vida”75. El menor debe tomar una decisión importante en su camino de sanación, primero aceptando su condición de víctima, que lo atraviesa todo, porque “ser víctima te da un lugar en el mundo”76.

Tras romper el silencio y poner en marcha la sanación, la condición de víctima ocupa una centralidad vital. Lo relevante, que el acompañante deberá trabajar en esta etapa reparadora, es evitar que el menor se resigne al victimismo y dé pasos decididos para que su condición de víctima ocupe un lugar periférico en su vida. Un modo de alcanzar esto es invitando al menor a la redención, dejando de luchar contra sí mismo y lo que ocurrió, contra sus miedos y debilidades. Es una decisión 75 VV.AA., Víctimas

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de la Iglesia, o.c., 127. 76 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 124.

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que permite recuperar la autoconfianza, como expresa una víctima de abusos sexuales, “yo no decidí convertirme en víctima, pero sí decidí dejar de serlo”77

Es el momento de una aceptación confiada, que no debe confundirse con una resignación complaciente. “No se trata de aceptar la realidad como buena, sino la realidad como real”78. No hay que sobredimensionar la idea de superación del trauma, propia de una cultura del todo se puede, porque puede venir sustentada exclusivamente en la resignación y en la ocultación. Es preferible y más liberador trabajar la aceptación confiada de lo ocurrido y la actitud positiva y constructiva.

La siguiente tabla puede ayudar al acompañante a diferenciar entre aceptación y resignación79:

RESIGNACIÓN ACEPTACIÓN

Renuncia a un propósito vital

Se padece, es reactiva

Tiene una actitud pasiva

Es un punto de llegada, sin continuidad

Sitúa en el pasado eternizado

Inmoviliza

Lleva a la rigidez y al inmovilismo

Es victimista

Fácil de conseguir de forma inmediata

Cierra heridas, pero en falso

Tranquiliza en el corto plazo y frustra en el medio-largo plazo

77 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 110.

78 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 134.

Reafirma su propósito vital

Se decide, es proactiva

Tiene una actitud activa

Es un punto de partida: “ahora empieza todo”

Sitúa en el futuro que emerge ante uno mismo

Dinamiza

Aporta flexibilidad

Es realista

Necesita su tiempo

Cierra heridas y abre camino

Tristeza en el corto plazo y adaptación en el medio-largo plazo

79 Adaptado de BARBERO, J., en VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 135.

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Como parte de este proceso de aceptación, el acompañante ayudará a la víctima a hacer una adecuada reapropiación y resignificación de los espacios que fueron lugares del horror y del abuso, de modo que pueda volver a habitarlos con normalidad y confianza, ayudando a entender que ya no pertenecen al abusador ni tienen dominio sobre el menor. Los abusos expulsan a las personas abusadas de los lugares donde se cometieron esas atrocidades, y los convierten en no lugares.

El antropólogo Marc Augé define el no lugar como ese espacio peculiar donde el ser humano ha perdido su identidad, donde sus vínculos humanos no son gratificantes y donde no puede narrar su historia80. Resignificar esos lugares supone aportar confianza y fortaleza interior para no dejar que el agresor siga abusando por vía remota y a través del recuerdo.

5.3.3 Trascendencia

Es la última etapa del proceso de sanación, emerger de la experiencia de abuso trascendiéndola. El término “emergente” proviene del latín emergentis y significa “salir del desastre”. No se trata de funcionar “como si” no hubiera ocurrido, sino de no permitir que el caos se apodere de la vida y el sufrimiento tenga la última palabra. Cuando la víctima, siendo menor o ya adulto que acaba de romper su silencio, toma la decisión de que la experiencia del abuso deje de ocupar el lugar central de su vida, se produce un giro narrativo y un salto de nivel, trascendiendo la situación vivida.

Juega un papel relevante la negociación interior con el vínculo que ata al abusado con su agresor. En la relación cosificadora que primó en los primeros momentos, presidida por el abuso de poder por parte del abusador, la víctima no solo dependía, sino que prácticamente estaba fusionada con el agresor. El giro narrativo trascendental llega cuando la víctima se desvincula respecto del abusador y se re-vincula cordialmente consigo mismo y con el resto de relaciones que pueblan su vida, especialmente con las personas más allegadas y queridas.

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80 Cfr. AUGÉ, M., Los “no lugares”. Espacios de anonimato, Gedisa, Barcelona, 1998.

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El acompañante debe ayudar al menor a ser sujeto activo de su propia vida y restablecer sus relaciones. Como en todo proceso de duelo, hay que despedir lo que se va, en este caso un vínculo absolutamente destructor y una persona que ha hecho mucho daño. Supone poderse decir a sí mismo que el abusador, y lo que hizo, ya no es el eje sobre el que gira su vida.

En esta etapa, quien acompaña debe poner especial atención en: Reforzar la capacidad de refexión y de riqueza interior. El proceso vivido por la víctima ha sido muy duro y costoso, pero si se ha recorrido adecuadamente, habrá supuesto un tiempo de autoconocimiento y aceptación enormemente relevante. Hay que ayudar a reflexionar e integrar esa riqueza interior, reconocer debilidades y fortalezas, aceptar los cambios personales y relacionales.

Posibilitar la capacidad emerger de la víctima. El menor debe sentir que cuenta con recursos propios para dar un giro narrativo a su vida, donde la integración en la propia vida de todo lo sucedido puede con la resignación o la instalación en el dolor. Es la capacidad de pisar un suelo renovado, aunque sigan presentes los recuerdos y el sufrimiento. Un suelo en permanente estado de reconstrucción, pero que puede seguir recorriendo con la mirada puesta en el futuro y anudando aquellos vínculos que humanizan la vida.

La confanza

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y la dignidad, los valores más dañados por el abuso

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Despedir el vínculo destructor y crear otros nuevos. La confianza y la dignidad son los valores más dañados por el abuso. Es importante que en el nuevo futuro que emerge se permita elegir qué tipo de nuevos vínculos quiere y necesita para su vida y qué condiciones pone para ellos. Es importante clarificar mínimos, para no caer en maximalismos tan exigentes que imposibiliten relaciones estables y enriquecedoras, así como para evitar dependencias innecesarias. Puede ser de ayuda realizar algún tipo de ritual (escribir, dibujar, quemar algo del pasado, etc.), ya que la ritualización de momentos significativos del duelo es un elemento simbólico que el ser humano necesita.

Aprender a vivir en clave de proceso. La sanación no es un punto de llegada sin retorno. Habrá retrocesos, idas y vueltas, momentos de tristeza mezclados con la alegría de saberse capaz de haber atravesado un largo desierto. Es un dinamismo normal que no debe asustar.

5.4 UNA PASTORAL PARA LA SANACIÓN Y EL CUIDADO

Además de los daños descritos en capítulos anteriores, el abuso sexual supone también un perjuicio de la experiencia religiosa. En la misión evangelizadora de un centro con identidad católica, el proceso de sanación deberá afrontar la dimensión espiritual del menor que ha sido víctima, y del resto de la comunidad educativa. Es desde una pastoral de la sanación y el cuidado que podemos acompañar al menor en la reparación del daño espiritual provocado por el abuso sexual.

5.4.1 Pastoral de la confianza

La confianza, ya lo hemos visto antes, es uno de los valores quebrados por la experiencia del abuso sexual. Habrá que comenzar por reconstruir una pastoral de la confianza, tanto hacia la institución como hacia las personas que la forman, una tarea en la que acompañar a la víctima, incluso más allá de ella, a toda la comunidad educativa. Debemos crear espacios de confianza desde el buen trato, manifestando lo que el centro educativo católico hace y enseña, en coherencia con lo que cree y celebra, promoviendo relaciones sanas y maduras.

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La confianza se fundamenta en la cercanía, sin invadir el espacio vital ni los cuestionamientos personales del acompañado, una proximidad que respeta y conoce los límites de la confidencia, que acoge sin juzgar, que cree en el otro sin ambigüedades.

La acogida incondicional implica fe, es decir, confianza. No es lo mismo creer en la verdad de las palabras que se dicen, “creo lo que dices”, que creer en la intención de ser veraz, “te creo”, o creer en la persona, independientemente de sus palabras y obras, “creo en ti”81. Creer en el otro es darle crédito de verdad, más aún en cuanto víctima que ha tenido que romper la barrera del silencio. Para José Luis Segovia, la víctima “debe tener la certeza de que es creída en todos los extremos de su narración y que jamás será abandonada”82. Especialmente los menores necesitan tener la certeza de ser creídos, por ese motivo es el primer paso en esta reconstrucción de la confianza perdida.

Trabajada de esta forma la confianza, podemos acercarnos a la praxis de fe que constituye la confianza en el Dios de la vida. Ciertamente el abuso a menores es una grave lesión a la confianza, máxime si el agresor es un miembro activo de la Iglesia institucional. Sanar la confianza básica interpersonal es el camino que acerca a la experiencia de Dios, que es amor y cree profundamente en cada ser humano, que acoge el dolor y el sufrimiento injusto infringido a sus hijos más pequeños. Es una tarea pastoral siempre actual y necesaria.

5.4.2 Pastoral de la escucha y la sanación integral

Cuando la víctima afirma que “los abusos son una especie de asesinato del alma, que matan las ilusiones, la alegría, el deseo y los anhelos”83, hay que saber escuchar esta verdad sin reparos, tal y como lo haría Jesús, conectando con la persona y sin doblez.

Sanar es un acto integral, que sana heridas en todos los rincones de la comprensión de la realidad, que abre caminos nuevos y de futuro. Así lo expresa una vícti-

81 LAÍN ENTRALGO, P., Teoría y realidad del otro, Alianza, Madrid, 1983.

82 SEGOVIA, J.L., en VV.AA., Víctimas de la Iglesia, PPC, Madrid, 2022, 36.

83 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 95.

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ma: “La tentación presente durante todo el camino era la de poder decir cuanto antes: ya, con esto termino, ya me superé. He tenido que aprender a reconocer que esto va a ser parte de mi vida siempre”84

En este proceso de sanación, la integración y resignificación del mal sufrido puede incorporar a una experiencia unificadora de la fe, más allá de conceptos religiosos, en el encuentro con Aquel que siempre es y será dador de amor. El acompañamiento pastoral tiene aquí un compromiso ineludible, desde la escucha activa y la apertura a lo nuevo: “me di cuenta de que lo que me determina no es lo que me pasó, sino cómo lo afronto. Me podía haber quedado en el victimismo o elegir seguir viviendo. Aunque haya muchas cosas que me han marcado, el camino no está escrito, no me ha determinado”85

Es un camino sin tiempo límite para recorrerlo, así lo han de vivir acompañante y acompañado, porque “el tiempo no se recupera jamás. Esa es otra de las mentiras con las que pretenden engañarnos para suavizar un dolor que muy pocos son capaces de acompañar. Tampoco el tiempo cura nada. Es un insulto al dolor de las víctimas pretender convencer de algo así. En realidad, solo el amor cura”86

Esta experiencia de amor, en la escucha, en el tiempo del acompañamiento, en la fe, es la única capaz de sanar de modo integral y constituye el culmen del giro narrativo necesario en el proceso de recuperación de la víctima. Es más necesaria aún cuando abruman los sentimientos de culpa, o del abandono de Dios, en quien se confiaba. “El profundo amor de Dios. Con toda seguridad es la más dura tarea de este largo proceso de recuperación. De hecho, es la cuestión definitiva. Solo dejándose amar puede una víctima abandonar el lugar al que le condenó su agresor. No sé si un día me curaré del todo. Lo que sí sé es que solo el amor puede curar el dolor”87.

84 Citado por ZAMORANO, L.A., Ya no te llamarán abandonada, PPC, Madrid, 2019, 183.

85 ZAMORANO, L.A., o.c., 184.

86 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 51.

87 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 79.

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5.4.3 Pastoral samaritana y del cuidado

Cada víctima de abuso sexual es una persona herida en mitad del camino. No está permitido pasar de largo, excusarse con otras ocupaciones, menospreciar su relato. Solo cabe abajarse y centrarse en el sufrimiento injustamente causado. El itinerario pastoral no es otro que el de aquel que quedó afectado por el sufrimiento del prójimo caído, que le miró con compasión y actuó curando y cuidando, posibilitando que también otros se unieran a la dinámica del cuidado. El centro educativo, toda la institución, deberá organizarse en los diferentes roles de samaritano o posadero. Promover una pastoral de los carismas y los ministerios en la comunidad educativa, unos desde la escucha, otros desde el silencio, o desde el acompañamiento activo, otros desde la integración, también desde la oración.

Cada escuela está llamada, más aún en la difícil experiencia de los abusos, a ser Iglesia samaritana. El papa Francisco nos recuerda en su encíclica Fratelli tutti que la parábola del buen samaritano “... es un ícono iluminador, capaz de poner de manifiesto la opción de fondo que necesitamos tomar para reconstruir este mundo que nos duele. Ante tanto dolor, ante tanta herida, la única salida es ser como el buen samaritano. Toda otra opción termina o bien al lado de los salteadores o bien al lado de los que pasan de largo, sin compadecerse del dolor del hombre herido en el camino. La parábola nos muestra con qué iniciativas se puede rehacer una comunidad a partir de hombres y mujeres que hacen propia la fragilidad de los demás, que no dejan que se erija una sociedad de exclusión, sino que se hacen prójimos y levantan y rehabilitan al caído, para que el bien sea común. Al mismo

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Habrá que recuperar la imagen del Dios que ama, libera y empodera a la persona

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tiempo, la parábola nos advierte sobre ciertas actitudes de personas que solo se miran a sí mismas y no se hacen cargo de las exigencias ineludibles de la realidad humana”88

Hay una pastoral de base y prioritaria que nos invita al cuidado, a acompañar atendiendo y sanando. Solo después habrá ocasión de abrir caminos de maduración de la fe, es decir, de integrar desde la perspectiva de la fe los acontecimientos y el sufrimiento que han ocasionado.

5.4.4 Pastoral de la purificación de las imágenes de Dios

Otro de los daños que los abusos sexuales provocan en la víctima, y en general en toda la sociedad, es el deterioro de la imagen de Dios. Será tarea específica del acompañamiento espiritual y pastoral la creación de espacios que promuevan una espiritualidad renovada, la purificación de la imagen de Dios, que ama, libera y empodera a la persona.

Este acompañamiento deberá reconstruir las mediaciones, pacientemente, incondicionalmente al lado de la víctima, desde una experiencia de fe sanadora que aporte una lectura creyente de la realidad. “Ayudará a una experiencia liberadora leer en clave creyente los años de abismo desde la supervivencia atormentada, pero también desde la fuerza de salir de él”89. En este sentido, nos ha de preocupar más este tránsito personal en la experiencia de fe que el grado de adhesión a la Iglesia por parte de la víctima.

La imagen de Dios se desarrolla a lo largo de la vida, en la infancia prevalece la de un Dios que lo dirige todo, que está detrás de todos nuestros actos y que todo lo permite. Es una imagen arraigada también en algunos adultos, incluso educadores, que no han evolucionado a una fe madura, y que conduce a un fatalismo que minimiza, que educa en la resignación y que esconde las capacidades de la persona. Como advirtió José María Mardones, “Dios se convierte así en un recurso de encubrimiento y legitimación de una realidad que pide a

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88 FRANCISCO, Carta encíclica sobre la fraternidad y la amistad social Fratelli tutti, 67. 89 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 37-38.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

gritos ser cambiada”90. Dios no supedita a los más vulnerables y jamás justifica situaciones de desigualdad y de dependencia.

El Dios de Jesús de Nazaret no interviene como un mago en la historia. Su dinamismo camina a la par que la condición humana en tanto que somos seres dotados de libertad. “No hay libertad más que si Dios no actúa en la historia humana”91. No somos marionetas de Dios, sino más bien huella de la presencia escondida de Dios, presencia amorosa, rehabilitadora de la vida y de lo mejor que guarda el ser humano.

Acompañar la purificación de la imagen de Dios en la víctima de abusos pasa por reformar esa huella: sus contornos y su contenido. Hemos de ayudar a la víctima a realizar un tránsito peculiar, de la experiencia de vivir una huella de Dios que le ha humillado, a una experiencia de Dios que es amor, bondad y ternura. “Descubrir a Dios en medio del mal y tomar conciencia de que él jamás me abandonó no siempre conforta el alma. Se trata de una travesía larga durante la cual Dios acompaña, pero no usurpa el protagonismo. Hoy comienzo a entender que esos cuarenta años de travesía en el desierto no eran una condena, sino el tiempo que el pueblo de Israel necesitó para alcanzar la tierra prometida”92

5.4.5 Pastoral del encuentro

El camino de sanación es personal; la reconstrucción de la experiencia de fe también es un don personal y a la vez una tarea que pone en conexión a la víctima con las otras personas con las que va haciendo un camino compartido. En los casos de menores que han vivido su terrible experiencia en el marco de pertenencias a grupos o procesos de fe catequéticos o pastorales, es preciso volver a conectar con la fe comunitaria que acoge incondicionalmente, que favorece el encuentro, que alienta y sostiene. El papa Francisco insiste en esta clave: “no existe identidad plena sin pertenencia a un pueblo. Nadie se salva solo, como individuo aislado,

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90 MARDONES, J., M., Matar a nuestros dioses, PPC, Madrid, 2007, 40. 91 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 49. 92 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 105.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

sino que Dios nos atrae tomando en cuenta la compleja trama de relaciones que se establecen en la comunidad humana”93

En este retorno a la comunidad habrá que contar con el esfuerzo compartido por parte de todos los miembros del grupo o comunidad. Igual que en el marco escolar, la acogida incondicional y el encuentro respetuoso debe formar parte de la convivencia habitual en el seno del grupo-clase donde exista una víctima de abusos sexuales.

5.4.6 Pastoral de la esperanza

Desde la experiencia de fe, iniciar el camino de sanación interior, afrontar el desafío de superar el victimismo, o resignificar los lugares del horror son formas de creer en la esperanza del Dios que nos espera siempre, que no se queda pegado a un pasado tenebroso. José Luis Segovia insiste en muchos de sus escritos y conversaciones: “el futuro es el tiempo de Dios”. Desde esta experiencia podemos comprender que al recuperar los lugares en los que se ha sido agredido, de algún modo también se está recuperando a Dios94. El gesto de sanación integral, como signo de la misión evangelizadora, busca recuperar la imagen que somos de Dios y que encuentra en Jesús un modelo de persona.

La esperanza cristiana también se asienta en la creencia de que el Dios grande y todopoderoso se hace pequeño, frágil, y solo entonces salva la ternura. Avivar esa esperanza es un camino que han de recorrer las víctimas y que hemos de saber acompañar, preñados también de esa misma esperanza.

Recordamos las palabras de Benedicto XVI en su encíclica sobre la esperanza cristiana: “‘No os entristezcáis como los otros que no tienen esperanza” (1 Tes 4,13). Aquí vemos como un distintivo de los cristianos el hecho de que tienen un futuro: no es que conozcan los detalles de lo que les espera, pero saben en términos generales que su vida no acaba en el vacío. “Solo cuando el futuro es cierto como realidad positiva será posible el presente”95

93 FRANCISCO, Carta al Pueblo de Dios, 20 de agosto de 2018.

94 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 106.

95 BENEDICTO XVI, Carta encíclica sobre la esperanza cristiana Spe Salvi, 2.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

La esperanza nos pone en el camino de creer en algo que en el instante presente no somos capaces de percibir con nuestros sentidos. Pero es así como avanzamos y podemos acompañar pastoralmente a la víctima de abusos, acercándola a la experiencia de Dios que nos ama hasta el extremo y espera lo mejor de nosotros.

La travesía es dura, pero un acompañamiento paciente e incondicional, que ponga en el centro a la persona caída y herida, será el mejor signo de esperanza: “Dios ha atravesado mi sufrimiento, ha penetrado mis miedos y ha acompañado mis debilidades. Él ha descendido hasta mi infierno y me ha liberado (...). Hoy sé que hay vida después de los abusos”96.

5.4.7 Pastoral de la reconciliación

El abuso quiebra la confianza, ahuyenta la esperanza, evita el encuentro, como hemos visto en los apartados anteriores. El proceso de acompañamiento y sanación debe recorrer estos complejos caminos que, finalmente, toca resolver a cada persona, “había que iniciar un proceso de reconstrucción, y eso solo era posible a partir de aquello que los abusos sexuales no habían conseguido destruir”97. Esta pista, que comparte una víctima de abusos sexuales, es de suma importancia, ya que dispone a la necesaria pastoral de la reconciliación.

Pero no es la pastoral más fácil de llevar a cabo en la Iglesia. El perdón comienza por la capacidad de reconciliación personal, a uno mismo: reconocerse, aceptarse, perdonarse. Solo así asoma la posibilidad de llegar a quererse otra vez, con fuerza y decisión. No es suficiente con que el acompañante valore a la víctima, esta debe encontrar su propio camino de valoración, de abrazar todo lo que es y significa, mucho más allá de la culpa que todo lo invade. Es así como comienza su itinerario de reconciliación.

En el proceso de sanación de algunas personas víctimas de abusos, especialmente cuando son adultos, se encuentra en el perdón a su agresor un alivio y una fortaleza interior extraordinaria. Más complejo es proponer este perdón a los menores. En todo caso, el acompañante tiene que cuidar el respeto y la consideración a la

110
96 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 111. 97 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 68.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

víctima, que en ningún momento debe sentir este perdón otorgado como una obligación asociada a su proceso de sanación.

La reconciliación supera la rabia y el rencor, los deseos de venganza, ayuda a avanzar para no quedarse estancado, aviva la esperanza, recupera a la persona para la vida. El perdón ayuda a dar el giro narrativo que se precisa en el proceso de sanación mencionado anteriormente. Ahora bien, hemos de aclarar que:

Perdonar no es olvidar. Confundir perdón con olvido es no hacerse cargo del daño causado. El perdón no borra el abuso, más bien ayuda a pasar página y seguir adelante.

Perdonar no es minimizar. El perdón no minimiza ni disculpa lo que el abusador ha hecho, ni deja resquicio para la autoinculpación en la responsabilidad de lo ocurrido.

Perdonar no es dejar pasar el tiempo. A veces confiamos en aquello de que “el tiempo todo lo cura”. El perdón asume la responsabilidad personal en el proceso de sanación, no delega su acción al paso del tiempo.

Perdonar no niega la justicia. El perdón no sustituye la justicia debida, ni suple a la denuncia o al proceso judicial. Perdonar va más allá del tiempo de prescripción legal o canónica del delito.

Perdonar no exige contrapartida. El perdón es pura bondad de uno mismo y, en especial, para uno mismo. No exige contrapartida alguna, tampoco que la otra parte pida perdón.

Perdonar no es un signo de debilidad. Perdonar es un signo de fortaleza interior. No perdona el débil, sino quien ha trabajado su interioridad.

111
El perdón comienza por la capacidad de reconciliación personal

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

5.5 SOBRE EL VICTIMARIO

Al final de este capítulo nos fijamos en el victimario, sabedores de que es un asunto complejo, sobre todo por el cuidado que debemos poner en cualquier tipo de actuación, evitando la justificación y el ocultamiento. En el proceso de sanación y reparación no podemos excluir al victimario, en el modo que sea más conveniente, pero siempre atendiendo al mayor bien e interés de la víctima.

“No abusa el extraño, sino el amigo, el padre, el familiar, el sacerdote. Y de todos ellos se espera lo mismo: cuidado”98. Estas palabras, expresadas por una víctima de abusos, nos revelan un aspecto importante del perfil del victimario, y también nos sitúan ante la terrible confusión de la víctima, que ha recibido una agresión de quien esperaba cuidado.

No vamos a desarrollar aquí los rasgos que permitan identificar ese perfil, de hecho la mayor parte de los autores consideran muy complejo aportar un perfil criminológico o psicológico99. Nos limitaremos a presentar algunas cuestiones relevantes para incluir un acompañamiento al victimario, en la medida de lo posible, tanto en el proceso de intervención como de reparación.

Abusar de un menor es un delito, y como tal debe ser tratado. No corresponde al centro educativo investigar ni juzgar. Se ha de ser especialmente cuidadosos en este asunto, de modo que en todo el proceso de intervención, desde las medidas pedagógico-pastorales a la comunicación, se aplique la legislación y se actúe en coherencia con los valores de transparencia y protección. También deben evitarse actitudes y procedimientos de venganza o violencia frente al agresor. Es muchas veces inevitable, y humanamente comprensible, que en la víctima o en su entorno cercano aparezcan gestos de este tipo, motivados por el rencor y la rabia. Nuestro papel institucional debe eludir estas actitudes y centrarse en la denuncia y la intervención sanadora, tal y como se ha expuesto en los capítulos precedentes de esta Guía.

En el acompañamiento del victimario pueden ser muy prácticos y esclarecedores los pasos que José Carlos Bermejo propone en su intervención humanizadora y

112
98 VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 102-103. 99 RÍOS MARTÍN, J.C., “ProcesosdejusticiarestaurativosenabusossexualescometidosenelsenodelaIglesiacatólica” REVISTA CONFER 61 (2022) 256.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

Como institución debemos centrarnos en la denuncia y en la intervención sanadora

desde la escucha activa. Se inspiran en el camino que la tradición cristiana propone para el proceso de reconciliación sacramental:100

a. Examen de conciencia: no complicidad ni negación. Indispensable acompañar en el reconocimiento, la aceptación de toda forma de abuso cometida, priorizando la transparencia y evitando el ocultamiento o dar sensación de complicidad. Este paso debe hacerse tanto a nivel personal como institucional.

b. Dolor de los pecados: empatía con la víctima. Es muy importante que el victimario tome conciencia de la densidad del daño y de la envergadura del mal, tanto para consigo mismo como para con la víctima, especialmente cuando el abusador es un sacerdote o un religioso, ya que puede caer fácilmente en una interpretación farisaica de la situación y no percibir la distancia que su actuación ha creado entre los valores expresados con su consagración y su conducta.

c. Decir los pecados: la escucha. Hay que incorporar el gran poder de la narración, ya que la narrativa tiene un elemento sanador, narrar humaniza. En la escucha ha de evitarse la tentación del morbo y los detalles, pero también de la generalización y la minimización del daño. Para que esta clave sanadora sea efectiva, el acompañamiento debe orientar al victimario a mantener una asistencia terapéutica profesional.

113
100 BERMEJO, J.C., “Ayudar al victimario” REVISTA CONFER 61 (2022) 235-242.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

d. Propósito de la enmienda: cultura de protección. Ninguna terapia, ningún acompañamiento, ninguna intervención sanadora, pueden asegurar completamente que el victimario no vuelva a delinquir. De ahí la importancia de una cultura de protección y de un acompañamiento que promueva estrategias motivacionales que generen a su vez nuevos modos de vida.

e. Cumplir la penitencia: deuda social contraída, reparación, encuentro con víctimas. En la recuperación de la persona y de la imagen personal debemos crear espacios y medios de reparación, que no deben desconectarse de la deuda social contraída con el mal realizado. Un modo de restauración puede incluir el encuentro del victimario con sus víctimas, siempre y cuando sea beneficioso, posible, voluntario y no suponga un mal mayor. “En un encuentro restaurativo se trata de asumir como propio el dolor de una víctima con la intención manifiesta de comprometerse en su sanación hasta el punto de dejarse vulnerar por su sufrimiento”101

El acompañamiento es especialmente delicado cuando el victimario es una persona consagrada. Son entonces sus superiores religiosos quienes se encuentran con la compleja tarea de acompañar, continúe o no vinculado al Instituto. En caso de que el victimario siga vinculado al Instituto, deberán cumplirse las recomendaciones al respecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, además de asegurar “una asistencia terapéutica, espiritual y procesal y al mismo tiempo, velar por la aplicación rigurosa de los procedimientos canónicos de los que él es responsable”102. El objetivo prioritario de todo ello siempre será evitar la reincidencia y proteger a otros menores103

“La apuesta descarada por las víctimas no es en modo alguno un abandono a su suerte de los abusadores”104, nos recomienda José Luis Segovia, sobre todo porque para el victimario, la relación entre verdad y justicia comienza con el reconocimiento de los hechos, y para alcanzarlo hay que incorporar estrategias de preven-

101 SEGOVIA, J.L., en VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 86.

102 GARCÍA SÁNCHEZ, F. “Aprendizajes vividos ante el fenómeno de los abusos en la vida religiosa” REVISTA CONFER

61 (2022) 220.

103 Cf. CONFER, Política Marco de Protección y Actuación en casos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables, Anexo III, Madrid, 2022, 26

104 SEGOVIA, J.L., en VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 39.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

ción y de acompañamiento por parte de la entidad, en lugar de un contundente rechazo105. El listón del Evangelio es alto, la llamada de Jesús a ser compasivos a semejanza de Dios, que es compasión y misericordia, constituye un principio articulador de la vida cristiana en ocasiones tan lejano como olvidadizo para nosotros. Y, sin embargo, ahí radica una de las notas esenciales de nuestra fe y de la pastoral de la Iglesia. “La misericordia de Dios, por ser infinita e incondicional, es un abrazo amoroso a todos. También a los abusadores y abusadoras sexuales”106

No todos los victimarios reaccionarán del mismo modo ante un proceso de reparación. Hemos de tener en cuenta que en dicho proceso actúan matices diversos según el mal provocado y el ámbito en el que se han producido los abusos. Es posible que nos encontremos victimarios con dificultades para reconocer el mal cometido y pedir perdón, en otros casos “se sienten atacados por su congregación, por el desprestigio social o por las acusaciones recibidas y adoptan sentimientos de víctimas que les impide recorrer el camino de asumir la responsabilidad y la culpa”107. Sin embargo, desde la misericordia mencionada en el párrafo anterior, no podemos ignorar el posible beneficio que en la víctima, y en su proceso de sanación, puede ejercer el reconocimiento del mal por parte del victimario108.

Es evidente, y así debe quedar claro en todas las acciones y comunicaciones institucionales, que la misericordia no se antepone a la justicia y a la restauración del daño infligido, que el interés del menor, su protección y cuidado, son valores que forman parte de la identidad y la misión de nuestras entidades de ideario católico, son prioritarios sin ningún tipo de ambigüedad o justificación.

Concluimos este apartado con una interesante reflexión de José Carlos Bermejo, nacida de su amplia experiencia acompañando víctimas y victimarios: “Si queremos construir un mundo humanizado, donde no haya más abusos sexuales de menores, hemos de comprometernos con los victimarios. No solo encarcelándolos. [...] La pastoral en la Iglesia comunidad sanadora se ha de traducir en conectar

105 SEGOVIA, J.L., en VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 45.

106 SEGOVIA, J.L., en VV.AA., Víctimas de la Iglesia, o.c., 42.

107 GARCÍA SÁNCHEZ, F. “Aprendizajes vividos ante el fenómeno de los abusos en la vida religiosa” REVISTA CONFER 61 (2022) 212.

108 Cf. NORIEGA FERNÁNDEZ, R. “Ante los abusos en la Iglesia: ¿Cómo pensar la realidad del pecado, del perdón y de la reconciliación teniendo en cuenta a los implicados?” REVISTA CONFER 61 (2022) 321-323.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

y salir al paso de las personas que sufren y hacen sufrir, para acompañar y construir salud relacional”109

5.6 LA NECESARIA EVALUACIÓN DEL PROCESO

Como parte inherente a la sanación y la reparación no debemos ignorar la necesidad de aprender de los propios procesos. Para ello hemos de incorporar herramientas de evaluación, que es recomendable integrar en los protocolos propios, que ayuden a valorar el cumplimiento de los objetivos, la efectividad de las acciones preventivas, la actuación e involucración de los diferentes responsables y agentes en la intervención, la incidencia real sobre el Proyecto Educativo Institucional y la identificación de acciones de mejora. Esta evaluación será mucho más efectiva si previamente se han redactado unos indicadores y una metodología que la faciliten.

La evaluación del proceso tiene como fin el refuerzo institucional, tanto del centro educativo como de la entidad titular. En esta Guía hemos llamado la atención sobre la importancia de no rehuir las responsabilidades que implica para la institución un caso de abuso sexual. Lo hemos argumentado a partir de aspectos jurídicos, teológicos, pedagógicos y pastorales, de ahí que este refuerzo institucional viene a afrontar las obligaciones que corresponden a un centro educativo de ideario católico, desde la sinceridad y transparencia, así como desde el compromiso por la reparación, tanto para con la víctima, como para con los valores que definen la misión educativa que le es propia.

Al evaluar y establecer objetivos de mejora focalizamos nuevamente nuestra tarea en la prevención. Al incorporar elementos que optimizan el proceso e indicadores que facilitan una corrección continua, no solo estaremos evaluando lo realizado, sino también cultivando el cuidado como parte esencial de la misión educativa.

116
109 BERMEJO, J.C., “Ayudar al victimario” REVISTA CONFER 61 (2022) 227.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

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Guía para la prevención y reparación de los

EL PROCESO

de sanación y reparación

ACOMPAÑA de forma integral

GENERA VÍNCULOS QUE OFREZCAN SEGURIDAD Y ESPACIOS PROTEGIDOS;

establece un compromiso con la víctima en su camino de sanación; y contribuye a crear relaciones saludables que vuelvan a dar sentido a su vida.

COMPRENDE que el duelo es parte del proceso de sanación

EL ABUSO SEXUAL ES UNA FORMA DE MUERTE EN VIDA QUE SOLO SE SANA MEDIANTE LA ELABORACIÓN DE UN PROCESO DE DUELO CONSCIENTE y el paso por todas sus etapas caos emocional; aceptación de la realidad del abuso y de su condición de víctima; y trascendencia de la situación vivida para que la experiencia del abuso deje de ocupar un lugar central en su vida.

PROMUEVE un vínculo sanador entre acompañante y víctima

Cuida el lugar donde se realizan los encuentros, garantiza el buen trato y la actitud de servicio incondicional, GENERA CONFIANZA Y ESCUCHA, RESPETA LOS SILENCIOS Y HAZ QUE LA VÍCTIMA SE SIENTA CÓMODA Y SEGURA.

INTENTA reparar el daño espiritual

esde una pastoral de la confianza, de la escucha, del cuidado, de la purificación de la imagen de ios, del encuentro, de la esperanza y del perdón, podrás ACOMPAÑAR AL MENOR EN LA REPARACIÓN DEL DAÑO ESPIRITUAL PROVOCADO POR EL ABUSO SEXUAL.

NO EXCLUYAS del proceso de sanación al victimario

ABUSAR DE UN MENOR ES UN DELITO Y COMO TAL DEBE SER TRATADO. PERO ESO NO EXCLUYE ACOMPAÑAR AL VICTIMARIO siguiendo los mismos pasos que en el proceso de reconciliación sacramental.

APRENDE de los aciertos y CORRIGE los errores

LA EVALUACIÓN DEL PROCESO DE SANACIÓN Y RECUPERACIÓN ES NECESARIA SI QUIERES QUE EL CUIDADO SEA PARTE ESENCIAL DE LA MISIÓN EDUCATIVA DE TU CENTRO. Incorpora herramientas de evaluación en los protocolos para valorar su eficacia.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

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#06 ANEXOS DOCUMENTALES

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

#06

Anexos documentales

ANEXO 1

PRINCIPALES NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE MENORES

En materia de protección de menores (y por asimilación, de todas las personas en situación de vulnerabilidad) frente a situaciones de violencia, hemos de tener en cuenta, principalmente, las siguientes normas:

a) Artículo 39 de la Constitución Española.

b) Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España en 1990.

c) Artículo 3 del Tratado de la UE (Tratado de Lisboa).

d) Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, de 25 de octubre de 2007 (Convenio de Lanzarote).

e) Directiva de lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil (2011/93/UE).

f) Estrategia del Consejo de Europa para los derechos del niño (2016-2021).

g) Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, de 11 de mayo de 2011 (Convenio de Estambul).

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

h) Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos, de 16 de mayo de 2005 (Convenio de Varsovia).

i) Convenio del Consejo de Europa sobre la Ciberdelincuencia, de 23 de noviembre de 2001 (Convenio de Budapest).

j) Artículo 124 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

k) Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

l) Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

ll) Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

m) Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

n) Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

ñ) Proposición de ley relativa a la prevención de los abusos sexuales en los centros educativos (en tramitación parlamentaria).

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

ANEXO 2

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS PARA LOS CENTROS EDUCATIVOS RECOGIDAS EN LA LOPIIAFV

Obligaciones:

Desarrollar medidas de prevención y detección precoz de la violencia.

Tener y aplicar protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género, suicidio, autolesión y cualquier otra forma de violencia110

Designar un coordinador de bienestar y protección.

Capacitar a los menores de edad en materia de seguridad digital.

Informar en el momento de ingreso y al inicio de cada curso escolar sobre: Los procedimientos de comunicación y ayuda para situaciones de violencia regulados por las administraciones públicas y aplicados en el centro.

Las personas designadas por el centro como responsables en este ámbito.

La forma de acceso (libre) y consulta a la información actualizada (permanentemente) a los datos indicados antes.

Mantener siempre actualizada, disponible y en formatos accesibles toda la información anterior. Garantizar la protección y seguridad de las personas que hayan comunicado una situación de posible violencia.

Fomentar una educación accesible, inclusiva y de calidad que: Permita el desarrollo pleno de los menores en una escuela segura y libre de violencia. Garantice el respeto y la promoción de sus derechos.

Emplee métodos pacíficos de comunicación, negociación y resolución de conflictos.

Impartir una educación que incluya (artículo 30):

El respeto a los demás, a su dignidad y sus derechos, especialmente de quienes sufran especial vulnerabilidad por su condición de discapacidad o por trastorno del neurodesarrollo.

La igualdad de género.

La diversidad familiar.

La adquisición de habilidades para la elección de estilos de vida saludables, incluyendo educación alimentaria y nutricional, y una educación afectivo sexual, adaptada a su nivel madurativo y, en su caso, discapacidad.

Orientada al aprendizaje de la prevención y evitación de toda forma de violencia, con el fin de ayudarles a reconocerla y reaccionar frente a la misma.

Impulsar a través del Claustro del profesorado y el Consejo Escolar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de los menores ante cualquier forma de violencia.

Elaborar el plan de convivencia previsto en el artículo 124 de la LOE en el que se incluya (artículo 31):

La adquisición de habilidades por el personal del centro, el alumnado y la comunidad educativa sobre la resolución pacífica de conflictos.

Los códigos de conducta consensuados entre el profesorado que ejerce funciones de tutor/a, los equipos docentes y el alumnado ante situaciones de acoso escolar o ante cualquier otra situación que afecte a la convivencia en el centro educativo, con independencia de si estas se producen en el propio centro educativo o si se producen, o continúan, a través de las tecnologías de la información y de la comunicación.

Asumir la responsabilidad, por medio de la persona que ostente la dirección o titularidad, de que la comunidad educativa esté informada de los protocolos de actuación existentes, así como de la ejecución y el seguimiento de las actuaciones previstas en los mismos.

Controlar la aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos del personal que trabaje o colabore habitualmente en el centro escolar de forma retribuida o no.

Aplicar los protocolos que procedan cuando el personal docente o educador de los centros educativos, familias o cualquier miembro de la comunidad educativa, detecte indicios de violencia o por la mera comunicación de los hechos por parte de los menores.

110 Corresponde a las comunidades autónomas regular los protocolos, artículo 34 de la LOPIIAFV.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

ANEXO 3

COMPETENCIAS MÍNIMAS111 DEL COORDINADOR DE BIENESTAR Y PROTECCIÓN

a) Promover planes de formación sobre prevención, detección precoz y protección de menores, dirigidos a los menores, a los padres o tutores (en coordinación con las AMPAS) y al personal del centro, priorizando los destinados:

A los profesores tutores.

A la adquisición por los menores de habilidades para detectar y responder a situaciones de violencia.

b) Coordinar los casos que requieran de intervención por parte de los servicios sociales competentes, debiendo informar a las autoridades correspondientes, si se valora necesario, y sin perjuicio del deber de comunicación en los casos legalmente previstos.

c) Identificarse ante toda la comunidad educativa como referente principal para las comunicaciones relacionadas con posibles casos de violencia.

d) Promover medidas que aseguren el máximo bienestar para los menores y la cultura del buen trato a los mismos.

e) Fomentar entre el personal del centro y el alumnado la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos.

f) Informar al personal del centro sobre los protocolos en materia de prevención y protección de cualquier forma de violencia existentes en su localidad o comunidad autónoma.

g) Fomentar el respeto a los alumnos y alumnas con discapacidad o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad.

h) Colaborar con la dirección del centro educativo en la elaboración y evaluación del plan de convivencia.

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111 Estas competencias, junto con los requisitos para el desempeño del puesto, deben regularse por las comunidades autónomas.

Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

i) Promover, en aquellas situaciones que supongan un riesgo para la seguridad de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

j) Promover, en aquellas situaciones que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos de carácter personal de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a la Agencia Española de Protección de Datos.

k) Fomentar que en el centro se lleve a cabo una alimentación saludable, nutritiva y equilibrada, especialmente para los más vulnerables.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

ANEXO 4

NOVEDADES IMPORTANTES IMPORTANTES EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS

La Ley de protección integral de los menores introduce dos novedades importantes en esta materia (artículo 52):

a) Los menores de más de 14 años pueden ser sancionados por los hechos constitutivos de infracción administrativa de acuerdo con la normativa sobre protección de datos personales.

b) En los casos de las infracciones cometidas por menores de 18 años, responden solidariamente con el menor del pago de la multa impuesta sus progenitores, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón al incumplimiento del deber de cuidado y vigilancia para prevenir la infracción administrativa que se impute a las personas menores de edad.

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

ANEXO 5

ALGUNOS INTERROGANTES EN LA APLICACIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS MENO RES

La aplicación de esta nueva Ley a los centros educativos plantea algunas cuestiones que no quedan claras, bien porque están pendientes de desarrollo normativo en el momento de la redacción de esta Guía, bien porque no se contemplan adecuadamente en la Ley. Entre esas cuestiones podemos destacar como significativas las siguientes:

a) El deber genérico (indicio) frente al deber cualifcado (conocimiento).

La introducción de estos deberes se hace con un alto grado de indefinición, lo que puede conllevar importantes dudas en el momento de tomar la decisión de proceder a la comunicación de posibles situaciones de violencia, relacionadas con el grado de veracidad que se debe atribuir a los hechos de los que se tenga noticia, especialmente en el supuesto del deber específico. En este sentido, sería deseable poder contar con unos criterios orientadores para la valoración que facilitaran la toma de decisiones por parte de los centros.

Lógicamente, se puede optar por la opción más “preventiva” de proceder a la comunicación de cualquier hecho que llegue a conocimiento del centro, lo que evitaría cualquier reproche de actuación incorrecta e incluso de posible responsabilidad, pero ello puede conllevar a la puesta en funcionamiento de procesos que, de ser claramente infundados, pueden afectar muy seriamente a las personas afectadas por los hechos.

Ante esta ausencia de pautas concretas, deberemos estar pendientes de las previsiones que se puedan ir estableciendo en los protocolos de actuación que aprueben las comunidades autónomas y la jurisprudencia que vayan dictando los tribunales, y mientras tanto ir actuando con prudencia y siempre con asesoramiento jurídico para minimizar los riesgos de tomar una decisión equivocada.

En todo caso, lo que sí queda claramente fijado en la Ley es que los protocolos de actuación deberán activarse en todo caso “por la mera comunicación de

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

los hechos por parte de los niños, niñas o adolescentes” (artículo 34.1, párrafo segundo).

b) ¿Uno o dos coordinadores en los centros educativos?

Aunque en principio la Ley señala claramente que los centros educativos deben tener un coordinador de bienestar y protección del alumnado, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha hecho referencia a un acuerdo con las comunidades autónomas para garantizar la implementación de las figuras del coordinador de bienestar infantil y del delegado de protección, en el ámbito educativo y el ámbito del deporte y del ocio, respectivamente, señalando que todos los centros educativos (públicos, privados y concertados) deberán contar con ambas figuras.

A raíz de estas declaraciones, se ha suscitado la duda de si se trata de un error de interpretación o de una afirmación plenamente consciente, derivada de la consideración de los colegios como centros educativos y, al mismo tiempo, como centros en los que se realizan también actividades deportivas y, en ocasiones, de ocio.

Hasta el momento no ha habido ninguna aclaración a este respecto, por lo que resulta necesario seguir pendientes de las decisiones que adopte el Ministerio de Educación y Formación Profesional y del Ministerio de Desarrollo Social y Agenda 2030, y sus respectivas Conferencias Sectoriales, si bien confiamos en que finalmente los centros educativos cuenten únicamente con un coordinador de bienestar y protección.

c) ¿A partir de cuándo se debe tener designado el coordinador de bienestar y protección?

La misma noticia a la que hemos aludido antes plantea una segunda incógnita, la fecha a partir de la cual es obligatorio tener el coordinador de bienestar y protección (o, en su caso, los dos coordinadores).

La Ley es clara en el sentido de que esta exigencia entraría en vigor, conforme regula la Disposición final vigésima quinta, a los seis meses de la entrada en vigor de la ley, es decir, el 25 de diciembre de 2021.

Sin embargo, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 habla de un acuerdo con las comunidades autónomas para que las figuras del coordina-

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dor de bienestar infantil y del delegado de protección se encuentren plenamente operativas durante el curso 2022-2023, estableciendo un calendario para actuaciones que se van a llevar a cabo hasta el inicio de dicho curso.

A la vista de todo ello, y puesto que la figura del coordinador de bienestar y desarrollo precisa de la regulación autonómica para la determinación de los requisitos y funciones que debe desempeñar, así como si estas funciones han de ser llevadas a cabo por personal ya existente en el centro escolar o por nuevo personal, la recomendación es estar pendientes de la normativa que se vaya aprobando en cada comunidad autónoma.

Mientras tanto, es conveniente ir avanzando en formación general sobre la prevención y protección frente a la violencia, la generación de entornos seguros y la consolidación de nuestros centros educativos en “escuelas del cuidado”, con especial atención a las obligaciones de la Ley de protección integral de los menores que ya son de aplicación.

d) Los protocolos autonómicos de actuación.

La Ley no establece un plazo para que las administraciones educativas regulen los protocolos de actuación en esta materia, que deberán ser aplicados en todos los centros educativos, independientemente de su titularidad. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Conferencia Sectorial acordaron fijar en el primer cuatrimestre de 2022, entre otras cuestiones, un documento que recoja las recomendaciones y criterios comunes que deberán contener estos protocolos, así como los mecanismos de comunicación de apoyo y denuncia. Sin embargo, y pese al tiempo transcurrido desde entonces, poco se ha avanzado en esta línea.

Esta actuación consensuada, que debería extenderse a la regulación de la figura del coordinador de bienestar y protección, resulta necesaria para evitar un funcionamiento asimétrico del sistema de protección que prevé la referida Ley. Aunque conlleve un retraso en su puesta en funcionamiento, confiamos en que no se abandone esta línea de trabajo.

Mientras tanto, se ha de tener presente que la Ley de protección integral de los menores es de aplicación, aunque no se cuente con estos nuevos protocolos, por lo que en los casos en que se detecten situaciones de violencia hacia

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Guía para la prevención y reparación de los abusos sexuales

menores habrá que actuar en base a lo dispuesto en la norma y aplicando los protocolos con los que ya se cuenta en los centros.

Asimismo, es interesante la puesta en marcha de experiencias pilotos para instaurar un modelo de buenas prácticas con la infancia en el ámbito de la administración de justicia, habiéndose establecido un Juzgado Piloto con este fin en el Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria, con la aprobación de una Guía de actuación112 que, no siendo de aplicación a nuestros centros, nos proporciona una interesante visión de cómo se quieren afrontar judicialmente estos casos.

e) El coste económico de la implantación de la Ley de protección integral de los menores.

Una de las cuestiones que la normativa no ha afrontado de momento es el impacto económico que la implantación de las medidas contempladas en la Ley va a tener en los centros educativos, no solo en materia de formación de toda la comunidad educativa para la prevención, detección y actuación ante situaciones de violencia hacia los menores, sino también para la inserción del alumnado en la sociedad digital y el aprendizaje de un uso de los medios digitales e Internet que sea adecuado, seguro y respetuoso con la dignidad humana, los valores constitucionales, los derechos fundamentales, el respeto y la garantía de la intimidad personal y familiar y la protección de datos personales.

Pero de manera especial, el coste más importante se producirá, previsiblemente, con la incorporación de la figura del coordinador de bienestar y protección, no solo por su necesidad de mayor formación, tanto si se asignan sus funciones a personal ya existente en los centros (lo que requeriría la liberación de horas para su destino a estas nuevas responsabilidades), como si se precisa la incorporación de nuevo personal (en cuyo caso habrá que hacer frente a

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112 Guía de actuación del juzgado piloto de violencia contra la infancia y la adolescencia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria, elaborado en colaboración por el Decanato de dicho Partido y el Gobierno de CanariasConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, Viceconsejera de Justicia y la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia:

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su salario y cargas sociales). Lógicamente, este coste variará en función del número de horas que se le asigne en el desarrollo de esta figura, previsiblemente en relación con el número de alumnos del centro; pero si se quiere que resulte realmente efectivo y cumpla todas las atribuciones que marca la ley y que desarrollará la normativa autonómica, su dedicación debe ser ciertamente importante.

En cualquier caso, este problema de financiación está siendo especialmente preocupante en el caso de los centros de enseñanza concertados, ya que se añade un gasto adicional al que se ha de hacer frente con cargo a la financiación del concierto educativo, cuya insuficiencia está reconocida no solo por diferentes estudios, sino incluso en la propia legislación113, concretamente en la Ley Orgánica de Educación, donde se prevé la valoración del coste total de la impartición de las enseñanzas en condiciones de gratuidad y su incorporación al plan de incremento del gasto público en esta materia.

f) La proposición de Ley relativa a la prevención de los abusos sexuales en los centros educativos.

Esta proposición legislativa ha iniciado su tramitación parlamentaria y, en caso de salir adelante, introducirá importantes novedades en relación con la posibilidad de adopción de medidas cautelares mientras dure la investigación en el caso de la apertura de expedientes a trabajadores por posible implicación en situaciones de violencia en relación con menores, que pueden ir desde la movilidad funcional con cambio de puesto para evitar el contacto con los mismos, cuando sea posible, hasta la exoneración de la prestación de servicios con mantenimiento de las percepciones salariales.

También se prevé que los centros educativos puedan reclamar del Estado los salarios que hayan abonado al trabajador en el caso de que resulte condenado por sentencia firme, si se ha tomado la decisión de suspensión de empleo con mantenimiento de sueldo por no ser posible ninguna medida de movilidad funcional.

Sin embargo, los términos de esta proposición de ley suscitan interrogantes que, esperamos, se clarifiquen en su tramitación parlamentaria (actualmente

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113 Disposición adicional vigesimonovena y art. 155 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

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se halla en período de enmiendas), como es la posibilidad de recuperar también las cotizaciones a la Seguridad Social, en los casos antes aludidos, o la posibilidad de una regulación más clara de la adopción en sede judicial de la medida cautelar de suspensión de empleo y sueldo mientras se tramitan los procedimientos penales, con independencia de cuál sea su resultado final.

De forma especial hay que destacar la exigencia al centro de comunicación o denuncia, la colaboración con la investigación, la iniciación de investigaciones internas, la elaboración y aplicación de protocolos de movilidad funcional, y la incorporación al régimen de conciertos de sanciones en caso de colaboración, práctica de la opacidad o no aplicación de los protocolos sobre abusos sexuales.

Y asimismo confiamos en que se aproveche esta nueva oportunidad para regular la exigencia de renovación periódica del certificado negativo de antecedentes por delitos sexuales.

g) La proposición no de ley sobre salud sexual en centros educativos públicos y sostenidos con fondos públicos.

Esta proposición, actualmente en tramitación, insta al Gobierno a garantizar la educación sexual en todas las etapas educativas obligatorias y en todos los centros educativos públicos y sostenidos con fondos públicos, en los términos establecidos y desarrollados en LOE y en la LOPIIAFV, por lo que habrá que estar pendientes de las consecuencias prácticas que se puedan derivar de dicha iniciativa parlamentaria.

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ANEXO 6

PRINCIPALES CAMBIOS EN LA NORMATIVA PENAL

 LOPIIAFV Y LOGILS 

a) Obligación de denunciar del cónyuge y familiares cercanos de la persona que haya cometido un hecho delictivo cuando se trate de un delito grave cometido contra menores (no se aplica en estos supuestos el régimen general de dispensa de la obligación de denunciar).

b) Nueva regulación de los delitos de odio incorporando la edad como una causa de discriminación.

c) Se extiende el tiempo de prescripción de los delitos más graves cometidos contra los menores modificando el día de comienzo de cómputo del plazo: a partir de que la víctima haya cumplido los treinta y cinco años de edad (por considerarse de lenta asimilación en las víctimas en el plano psicológico y, muchas veces, de tardía detección).

d) Se elimina el perdón de la persona ofendida como causa de extinción de la responsabilidad criminal en los delitos perseguibles a instancia de parte contra menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que afecten a bienes jurídicos eminentemente personales.

e) Se incrementa la edad a partir de la que se aplicará el subtipo agravado del delito de lesiones de los doce a los catorce años.

f) Se modifica el tipo penal de sustracción de menores, permitiendo que puedan ser sujeto activo del mismo tanto el progenitor que conviva habitualmente con él, como el progenitor que únicamente lo tenga en su compañía en un régimen de estancias.

g) Se crean nuevos tipos delictivos para evitar la impunidad de conductas realizadas a través de medios tecnológicos y de la comunicación, que producen graves riesgos para la vida y la integridad de los menores, así como una gran alarma social: promoción del suicidio, la autolesión, los trastornos alimenticios y la comisión de delitos de naturaleza sexual. Además, se prevé expresamente que las autoridades judiciales retirarán estos contenidos de la red para evitar la persistencia delictiva.

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h) Reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita a los menores y las personas con discapacidad necesitadas de especial protección cuando sean víctimas de delitos violentos graves, con independencia de sus recursos para litigar.

i) Configuración de nuevos derechos de las víctimas de delitos de violencia de género cuando el autor de los hechos sea un menor de dieciocho años.

j) Nueva definición de los delitos contra la libertad sexual, y en especial, de las agresiones sexuales a menores de 16 años (artículos 181 a 183 bis del Código Penal).114

114 En la actualidad se está tramitando la reforma de la LOGLS con motivo de la polémica suscitada por la revisión de penas que se ha realizado en su aplicación, por lo que habrá que estar pendiente a las modificaciones que se introduzcan en este Código.

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#07 BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

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#07

Bibliografía básica

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Webs con información de cuentos para niños y otras recomendaciones educativas:

https://www.marinacastro.com/cuentos-infantiles-prevenir-el-abuso-sexual/

https://www.etapainfantil.com/cuentos-infantiles-herramienta-prevenir-detectar-abuso-sexual

https://www.elmundodelosasi.org/tag/cuento-sobre-abusos/

https://www.anar.org/ojos-verdes-un-cuento-para-la-prevencion-del-abuso-sexual/

https://www.potopoto.es/5-cuentos-infantiles-ilustrados-para-prevenir-y-detectar-a-tiempo-el-abuso-sexual/

http://www.alonsovarea.com/pdfs/Ep%20guia%20pedagogica.pdf

https://ajuntament.barcelona.cat/infancia/es/canal/sentir-que-si-sentirque-no

www.pantallasamigas.net

www.chaval.es

www.protegeles.com

Oficina de Seguridad del Internauta: www.osi.es

Agencia Española de Protección de Datos: www.agpd.es

www.seguridadweb20.es

Enlace textos pontificios sobre abusos: http://www.vatican.va/resources/ index_sp.htm

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