En el proceso de herencia se transmite a todos los herederos los derechos y las obligaciones de la persona que fallece. Es decir, que entre otras cosas, se transmite los bienes inmuebles (casa, fincas, solares, etc.) y los bienes muebles (carros, joyas, etc).

El proceso de herencia, podríamos decir, que se divide en tres etapa, por regla general. La primera etapa se lleva a cabo en el tribunal o mediante notario que es cuando se prepara la declaratoria de heredero. Es importante señalar que de haber un testamento válido, no hay que llevar un proceso de declaratoria de heredero y recurrimos a lo que hemos designado como la segunda etapa.

La segunda etapa, es ante el Departamento de Hacienda. En el Departamento de Hacienda hay que presentar la Planilla de Contribución sobre el Caudal Relicto, mejor conocida como la planilla de herencia. En esta planilla se deben detallar todos los bienes o derechos sobre propiedad mueble o inmuebles que dejó la persona fallecida. La misma debe ser presentada a Hacienda en o antes de que transcurran nueve meses desde la fecha del fallecimiento del causante. Una vez que Hacienda verifica la información, de estar todo en orden, emite una certificación de gravamen, mejor conocido como el Relevo de Hacienda. Dicho relevo es importante para los herederos, ya que sin esto no podrán inscribir la casa, solar o propiedades a nombre de los herederos. También, es necesario para recibir los certificados de ahorros o cualquier cuentas bancarias existente.

De haber una propiedad Inmueble, la tercera etapa es en el Registro de la Propiedad. En el mismo hay que presentar un documento conocido como “Instancia” para inscribir el derecho hereditario del fallecido a nombre del o los herederos de este, en otras palabras, poner la casa a nombre de los herederos.

De existir un vehículo de motor, hay que hacer los trámites en el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP). Es necesario presentar la Resolución de Declaratoria de Heredero o Testamento, el Relevo de Hacienda donde aparezca el vehículo incluido, y una declaración jurada dónde aparezcan los herederos cediendo sus derechos a favor del nuevo titular, esto en caso de que los otros herederos quieran cederle su parte a uno solo o quieran transferir el vehículo a nombre de un tercero. De ser un solo heredero tendría que hacer una declaración jurada aceptando los derechos hereditarios.

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