(F) Suspensión de la ejecución

Este apartado sólo debe rellenarlo si desea suspender la ejecución del acto administrativo que recurre, salvo que se trate de una sanción tributaria, en cuyo caso la ejecución de la misma queda automáticamente suspendida por la presentación en tiempo y forma del recurso, sin necesidad de aportar garantías.



Una vez marcada la casilla de solicitud de suspensión de la ejecución del acto impugnado, se habilitan las casillas de este grupo. La suspensión se fundamentará en uno de los siguientes motivos:

En cuanto a la Extensión de la suspensión solicitada, la misma podrá referirse: