¿Qué cosas puedo deducir de impuestos?

Si hay algo a lo que hasta el diablo le tiene miedo es al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y todos, sean empresas o personas físicas, debemos de declarar mensualmente nuestros impuestos para que, en abril de cada año, enviemos la declaración anual y, con algo de suerte, tengamos un saldo a favor. De lo contrario, no pagar impuestos puede traer consecuencias muy negativas para ti. Sin embargo, una forma de pagar menos impuestos por nuestros ingresos es realizar deducciones, ¿sabes qué cosas puedes deducir? Aquí te contamos.

Pagar impuestos es horrible. | Imagen: Giphy.

Cosas que puedes deducir si eres persona física

Como persona física puedes estar inscrito en alguno de los siguientes regímenes del SAT: sueldos y salarios; actividad empresarial y profesional; arrendamiento; incorporación fiscal. Conocer las diferencias entre cada uno te permitirá saber qué cosas sí puedes deducir y cuáles no. Ahora bien, si nunca has declarado impuestos te recomendamos que revises esta breve guía que hemos realizado para ti, especialmente si eres persona física con actividad profesional o empresarial. No obstante, si eres un asalariado y quieres declarar impuestos por tu propia cuenta, debes saber que es necesario esperar al mes de noviembre y avisar a tu empleador que tú presentarás la declaración anual.

Gastos médicos o dentales

Aunque las medicinas que se compran en la farmacia no son deducibles de impuestos; si tuviste que ir al dentista, al doctor o incluso ser atendido en algún hospital puedes deducir estos gastos si fueron para ti, para tu cónyuge, tus padres o tus hijos. Para que proceda la deducción, estos gastos médicos tienen que haber sido pagados con cheque, tarjeta de crédito o transferencia electrónica. También es posible deducir aparatos de rehabilitación, estudios clínicos y lentes ópticos con graduación, por un monto de hasta $2,500 pesos.

Colegiatura o transportación escolar

Puedes deducir la colegiatura de tus hijos, cónyuge o padres; o por cada uno de ellos, siempre y cuando se encuentren en algún nivel educativo entre el preescolar y el medio superior; hasta por lo siguientes montos:

  • Preescolar                                     $ 14, 200
  • Primaria                                        $ 12, 900
  • Secundaria                                    $ 19, 900
  • Profesional Técnico                         $ 17, 100
  • Bachillerato o su Equivalente           $ 24, 500

Debes de presentar las facturas con CFDI y haber sido pagadas con cheque, tarjeta o transferencia electrónica.

Gastos funerarios

Los gastos funerarios que hayas realizado durante el ejercicio fiscal de tu cónyuge, padres o hijos, también los puedes deducir por un monto de hasta un salario mínimo anual; es decir, que para 2019, puedes deducir hasta $37457 pesos.

Primas de seguros de gastos médicos

Si contrataste un seguro de gastos médicos para ti, tu cónyuge, tus padres o tus hijos, puedes deducir la prima de ese seguro.

Donativos

Puedes deducir los donativos hechos en favor de donatarias debidamente autorizadas por el SAT, por hasta un 7% de tus ingresos.

Intereses por créditos hipotecarios

Para calcular cuánto puedes deducir, debes de tomar la tasa de interés de tu crédito hipotecario y restarle la inflación del año al que corresponda la declaración. Para 2018, la inflación fue de 4.9%.

Aportaciones voluntarias al AFORE

Si has realizado aportaciones voluntarias a tu AFORE esas también las puedes deducir por hasta 5 salarios mínimos anuales.

Y si eres persona con actividad empresarial, también puedes deducir el costo de la materia prima o la maquinaria que hubieses adquirido para la realización de tu actividad económica.

Cosas que puede deducir una persona moral

Si tienes una MiPyME los gastos que puedes deducir son:

  • La materia prima, mercancía o maquinaria que has ocupado para tus actividades académicas.
  • Los pagos por servicios profesionales (honorarios).
  • Las contribuciones obrero-patronales al IMSS.
  • Inversiones.
  • Gastos de operación, como la renta, el pago de agua, luz, teléfono o internet.
  • Gastos de viaje y gastos de representación.

Recuerda que todo siempre debe estar presentado en facturas con el respectivo CFDI para que sea posible deducirse.

De igual forma, te recomendamos que te asesores con un experto para que puedas llevar tu contabilidad correctamente y no tengas problemas al deducir tus impuestos o presentar tus declaraciones provisionales o anuales.

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