RECTIFICACIÓN DE ACTAS DEL REGISTRO CIVIL

PROBLEMA. Una o varias personas tienen su acta de nacimiento o de matrimonio, en la cual existe un error en algún dato. Puede ser que esté mal escrito el nombre o algún apellido del titular o del padre o la madre.

SOLUCIÓN. Para resolver este problema es necesario iniciar un juicio que puede ser una jurisdicción voluntaria o una controversia del orden familiar; si el acta tiene un error que no cambie el sentido de la información se hace como jurisdicción voluntaria, donde no hay demandado. El juez emite una declaración para que se haga la corrección en el registro civil. Un ejemplo es que una persona se apellide Martínez y en el acta le pusieron Martínes.
Si se trata de un error que sí cambie el sentido de la información que aparece en el acta, entonces se hace un juicio conocido como controversia del orden familiar. Un ejemplo es que una persona aparece como Juan C. Rodríguez y lo correcto es Juan Carlos Rodríguez. En este caso, el juez también emite una declaración que se inscribe en el registro civil para corregir el acta.
En cada caso, el abogado encargado del asunto definirá la estrategia legal que se habrá de seguir.

DATOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS. Se requieren los siguientes:

  • Acta original que se desea corregir.
  • Nombres completos y forma de localización de dos testigos que sepan de los hechos. No importa si son familiares.
  • Documentos públicos y privados en los que venga el dato correcto que se desea poner en el acta. Pueden ser cartilla militar, pasaporte, boletas escolares, credencial de elector, otras actas de registro civil, etc.

FORMA DE TRÁMITE. Se hacen llegar los documentos y datos al abogado para que elabore la demanda. Elaborada la demanda, se cita al cliente para que acuda a firmarla. Esta demanda se presenta en el juzgado para que se le asigne expediente y comience el trámite. Admitida la demanda, se notifica de la demanda al registro civil para que se abra el juicio a prueba.

Una vez abierto el juicio a prueba, se presentan los documentos y testigos para que queden en el expediente del juzgado.
Una vez que se reciben las pruebas, se cierra el período probatorio y se dicta la sentencia. La sentencia se inscribe en el registro civil con los datos corregidos y se le entrega al cliente una copia certificada del acta rectificada.

POSIBLES GASTOS. En estos casos los gastos posibles son los siguientes: Acta del registro civil que se ha de corregir.
Pago de copias certificadas de la sentencia que se inscribirá en el registro civil. Pago de derechos por inscripción del acta corregida en el registro civil. Pago de copia certificada del acta corregida.

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