Usted puede "invocar la Quinta" en una demanda civil

Un juicio penal no es el único momento en el que puede que tenga que "invocar la Quinta". Es posible que deba hacer valer su derecho de la Quinta Enmienda contra la autoinculpación en una demanda civil, incluso en medio de una demanda.

Imagínese que usted fue demandado, ofreció testimonio a través de interrogatorios en el descubrimiento y luego, a medida que evolucionó el litigio, se le solicitó información que podría incriminarlo. ¿Puede ahora invocar la Quinta?

Es decir, ¿Puede alegar su derecho de la Quinta Enmienda contra la autoinculpación durante el curso de un litigio civil, o el hecho de que ya ofreció testimonio renuncia a su derecho a invocar la Quinta?

A continuación hay un argumento legal de que puede invocar la Quinta durante el curso del litigio. Proporcionamos esto porque creemos que proporciona una valiosa descripción general de la ley sobre este tema.

Se han cambiado los nombres y la información de identificación.

Vamos a configurar la historia, o "postura procesal", como lo llaman los abogados. El Demandado fue enjuiciado civilmente, dio testimonio durante los interrogatorios, y más tarde invocó la Quinta durante una deposición. El Demandado Dos argumentó que el Demandado ya renunció a su derecho de invocar la Quinta respondiendo interrogatorios. A continuación, el abogado del Demandado argumenta que el Demandado todavía tiene derecho a invocar la Quinta.

ANÁLISIS JURÍDICO

I. El privilegio de la Quinta Enmienda es amplio y está fuertemente protegido.

Una de las principales funciones del privilegio de la Quinta Enmienda contra la autoinculpación es proteger a quienes mantienen su inocencia, al igual que el Demandado. En 2001, la Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo por unanimidad que "una de las funciones básicas de la Quinta Enmienda ... es proteger a los hombres inocentes ... que de otra manera podrían quedar atrapados por circunstancias ambiguas". Ohio v. Reiner, 532 US 17, 21 (2001) (interno comillas omitidas). La decisión de Reiner reconoció "que las respuestas veraces de un testigo inocente, así como las de un malhechor, pueden proporcionar al gobierno evidencia incriminatoria de la boca del orador". Id.

"El derecho a afirmar el privilegio de uno mismo contra la autoincriminación no depende de la probabilidad, sino de la posibilidad de un enjuiciamiento". Estados Unidos, 341 US 479, 486-87 (1951)); Isaacs v. Estados Unidos, 256 F.2d 654, 658 (8th Cir. 1958). No existe el requisito de que una acción criminal continúe, y de hecho, uno puede afirmar el privilegio contra la autoinculpación incluso cuando "el gobierno federal y los estados no parecen particularmente interesados ​​en iniciar acciones criminales".Llave maestra, 507 F. 2d en 293. “[Cuando] un testigo puede demostrar temor a ser procesado, lo cual es más que imaginativo o meramente especulativo, tiene un reclamo de privilegio que cumple con los requisitos constitucionales”. En los procedimientos del Gran Jurado: Samuelson, 763 F. 2d 321, 324 (8th Cir. 1985). Además, el hecho de que el privilegio de la Quinta Enmienda se plantee en un proceso civil en lugar de un enjuiciamiento penal no priva a una parte de su protección. Lefkowitz v. Cunningham, 431 U.S.801, 805 (1977).

La exención del privilegio de la Quinta Enmienda está fuertemente desfavorecida y "debe inferirse sólo en las circunstancias más convincentes". Klein v. Harris, 667 F.2d 274, 288 (2d Cir. 1981). "Los tribunales complacen toda presunción razonable contra la renuncia a los derechos constitucionales fundamentales". Johnson v. Zerbst, 304 U.S. 458, 464 (1938) (se omiten las comillas internas).

II No hubo renuncia porque el testimonio de la declaración del acusado corría el riesgo de ser incriminado.

Aunque "'[d] el cierre de un hecho renuncia al privilegio en cuanto a los detalles'", los tribunales han dejado en claro que el análisis de la Quinta Enmienda "no termina allí porque el tribunal debe determinar si el interrogatorio adicional [podría] 'someter al testigo a un 'peligro real' de mayor criminalización. '”En re Paige, 411 BR 319, 335 (Bankr. N.D. Tex. 2008) (citando a Rogers v. Estados Unidos, 340 U.S. 367, 372-74 (1951)); vea también Llave maestra, 507 F.2d en 293-94 (aclarando a Rogers y señalando que la posibilidad de "mayor criminalización" prevalece sobre una determinación de exención en cuanto a detalles). Ya en 1920, la Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo que un litigante civil no renuncio al privilegio de negarse a testificar sobre los detalles de un programa verificado de activos y pasivos previamente presentado, ya que dicha presentación "no constituía una renuncia al derecho detenerse en seco cada vez que la quiebra podría afirmar que responder puede tender a incriminarlo ”. Arnd Stein v. McCarthy, 254 US 71, 71 (1920). El cronograma verificado, "en sí mismo, no equivalía a una admisión de culpabilidad ni proporcionaba una prueba clara de un delito", y por lo tanto no se interpretó como una renuncia a pesar de que el testimonio de los detalles puede haber sido incriminatorio. Carné de identidad. En resumen, la cuestión de la renuncia en cuanto a los detalles es irrelevante cuando los detalles adicionales buscados podrían incriminar aún más. Ver id; Llave maestra , 507 F.2d en 294; En re Blan, 239 B.R. 385, 396 (Bankr. W.D. Ark. 1999) (discutido a continuación). En tal caso, "un testigo ordinario puede elegir el punto más allá del cual no irá, y negarse a responder cualquier pregunta sobre un asunto ya discutido, incluso si los hechos ya revelados son incriminatorios".Llave maestra, 507 F.2d en 294 (se omiten las comillas internas).

En este caso, el testimonio del Demandado en su declaración sobre las alegaciones del Demandante habría corrido un riesgo real de incriminación adicional que iría más allá de todo lo presentado en sus respuestas interrogativas. Las acusaciones de gran alcance sobre las cuales las partes buscaron interrogar al Demandado en su declaración simplemente no son cosas que el Demandado admite en sus respuestas interrogativas (Id., Ex. 4).

Como el Demandado Dos esencialmente reconoce, Duffy v. Currier es un caso directamente en el punto de este Distrito. Se niega a encontrar una renuncia al privilegio de la Quinta Enmienda en cuanto al testimonio de deposición resultante de las respuestas interrogativas anteriores en el mismo caso civil. El tribunal explica:

El demandante argumenta que al responder a los interrogatorios escritos planteados por el demandante, ha renunciado a su privilegio. Este argumento carece de fundamento y el tribunal no cree que estas respuestas a los interrogatorios constituyan una renuncia general al privilegio de la Quinta Enmienda, excepto en la medida y alcance en que las respuestas contenidas en ellas puedan usarse en cualquier juicio posterior u otros procedimientos. La situación no es similar a un caso penal en el que el acusado toma la posición de testigo y al hacerlo renuncia al privilegio y está sujeto a un amplio interrogatorio. El acusado en un caso civil como este puede dar respuestas parciales y, por lo tanto, no se le exigirá que responda más si el tribunal considera que responder más implica una posibilidad o peligro razonable de que el saldo de la respuesta o las respuestas adicionales puedan incriminar ... . Suponiendo que el acusado haya respondido en una declaración como lo hizo en los interrogatorios, cualquier cosa que intente ir más allá claramente sería privilegiada en la opinión de este tribunal si tendiera a incriminación.

291 F. Supp. 810, 814-15 (D. Minn. 1968). Las respuestas interrogativas en Duffy, admitiendo que el acusado bebió cerveza y condujo el automóvil involucrado en el accidente automovilístico en cuestión, son, en todo caso, mucho más directamente incriminatorios y coextensivos con las acusaciones en el caso que las respuestas del acusado. Ver id. Aquí, no menos que en Duffy, cualquier testimonio potencialmente incriminatorio "que intente ir más allá" de las respuestas interrogativas reales del acusado "claramente sería un privilegio". Id. en 815.

Llave maestra del Noveno Circuito es otro caso con circunstancias fácticas muy análogas. Allí, un declarante testificó sobre ciertos hechos incriminatorios, pero se negó a testificar más sobre su participación en una supuesta conspiración de fijación de precios. Ver 507 F.2d en 293-94. El Tribunal sostuvo que el testigo podría "elegir el punto más allá del cual no irá, y negarse a responder cualquier pregunta sobre un asunto ya discutido, incluso si los hechos ya revelados son incriminatorios, siempre que las respuestas buscadas puedan tender a incriminar aún más él ". Id. en 294. Observando la complejidad de probar conspiraciones criminales, el Noveno Circuito sostuvo que el testimonio que trata sobre el "conocimiento e intención del declarante y con casos específicos de intento de restricción en la competencia, podría muy bien proporcionar un eslabón en la cadena de evidencia necesaria en un posterior enjuiciamiento ". Id.

Klein v. Harris no es contrario. Aunque Klein establece una prueba ampliamente utilizada para la exención, como explican numerosos casos, dicha exención no es aplicable cuando un testimonio adicional podría incriminar aún más. Otro caso de este circuito, en re. Blan (también invocado por el Demandado Dos) no deja ambigüedad sobre este tema. Después de pasar por el análisis de renuncia de Klein, el Tribunal señala que "incluso si se determinara que Blan renunció a su privilegio de la Quinta Enmienda, está bien establecido que un deudor puede negarse a testificar sobre los detalles de los hechos revelados previamente si revelar esos detalles incriminarlo más o someterlo a nuevas áreas de incriminación. ”239 BR 385, 396 (Bankr. W.D. Ark. 1999). Aquí se requiere el mismo resultado debido al riesgo de "incriminación adicional", incluso si el Tribunal determina que la exención sería apropiada según la prueba de Klein.

III. No hubo renuncia por el lapso de tiempo y las circunstancias cambiantes.

Incluso cuando se encuentra una exención de la Quinta Enmienda en una etapa particular de un caso, el escenario clásico de exención implica presentar un testimonio favorable en el examen directo, pero negarse a ser preguntado sobre el tema, cf. Duffy, 291 F. Supp. 814-15: los tribunales son extremadamente reacios a descubrir que tal exención se aplica al futuro. El Segundo Circuito ha explicado que "cuando pasa el tiempo y las circunstancias cambian entre una exención y una aparición posterior, la exención inicial no puede aplicarse al evento posterior". En re DG Acquisition Corp., 151 F.3d 75, 83 (2da. Cir. 1998). Numerosos tribunales sostienen que "[una] renuncia al privilegio de la Quinta Enmienda en un estado de un procedimiento no es una renuncia a ese derecho para otras etapas". Estados Unidos v. Trejo Zambrano, 582 F.2d 460, 464 (9 ° Cir.1978 ) (concluyendo que un acusado no renunció a "su derecho a negarse a dar testimonio autoinculpatorias cuando ejecutó la declaración jurada incriminatoria en apoyo de la moción de indemnización de [otro acusado]"); véase también, por ejemplo, Estados Unidos v. Smith, 940 F.2d 710, 713 (1er Cir. 1991) ("Si Smith hubiera testificado en la audiencia preliminar, su testimonio podría haber sido usado en su contra con fines de juicio político. Pero por testificando en esa etapa previa al juicio, no habría renunciado a su privilegio de la Quinta Enmienda de no testificar en el juicio "); Estados Unidos v. Wilcox, 450 F.2d 1131, 1141–42 (5to Cir.1971), cert. denegado, 405 U.S. 917 (1972) ("El testimonio de un testigo en un procedimiento anterior u otra divulgación de hechos incriminatorios no equivale a una renuncia perpetua del privilegio en todos los procedimientos posteriores"); Estados Unidos v. Miranti, 253 F.2d 135, 140 (2do Cir. 1958) (sosteniendo que "dos apariciones ante el mismo gran jurado separadas por acusación y condena por crímenes relacionados con las revelaciones originales y el paso de casi un año" no son un solo procedimiento para el análisis de exención); Estados Unidos v. Bryce, 857 F. Supp. 306, 307 (S.D.N.Y. 1994) ("Las exenciones de privilegios con respecto al testimonio futuro no se deducen fácilmente"). Este distrito señaló en F.T.C. v. Kitco de Nevada, Inc., que a pesar de haber presentado respuestas interrogativas previas en un caso, "[n] o nadie discute que [el declarante] tenía derecho a hacer valer su privilegio de quinta enmienda en respuesta a esas preguntas de deposición donde había un peligro de auto-incriminación. ”Ver 612 F. Supp. 1282, 1290-91 (D. Minn. 1985).

Como se detalló anteriormente, han pasado casi 10 meses desde que se verificaron los interrogatorios del acusado y desde entonces surgieron una amplia gama de denuncias y pruebas explosivas. Estamos en una etapa diferente del caso. Sostener que el Demandado ahora está obligado contra su voluntad de proporcionar testimonio de deposición en una gama de asuntos potencialmente incriminatorios a pesar de las nubes de tormenta dramáticamente más oscuras que se han reunido desde que sus respuestas interrogativas serían extraordinarias dado el propósito del privilegio de la Quinta Enmienda y contrario a El peso de la jurisprudencia. La exención, incluso si se encuentra en cuanto a las respuestas interrogativas del acusado, simplemente no se aplica en esta etapa posterior y muy diferente del caso.

IV. El alcance de la invocación del privilegio del Demandado fue apropiado

Está bien establecido que el privilegio de la Quinta Enmienda "no solo se extiende a las respuestas que en sí mismas apoyan una condena ... sino que también abarca las que proporcionarán un eslabón en la cadena de evidencia necesaria para procesar al demandante". Hoffman, 341 Estados Unidos en 486 (énfasis agregado). "Si las respuestas pudieran proporcionar ese vínculo, el testigo puede negarse a responder". Clave maestra, 507 F.2d en 294. El privilegio afirmado debe mantenerse a menos que sea "perfectamente claro, de una cuidadosa consideración de todos los circunstancias en el caso, que el testigo está equivocado y que la respuesta [es] no puede tener tal tendencia a incriminar ”. En francés, 127 BR 434, 439 (Bankr. D. Minn. 1991) (citando a Hoffman, 341 U.S. en 488 (énfasis original)).

Debido a que el Demandante alega que el Demandado participó en un esquema fraudulento complejo que abarca esencialmente todas las facetas de la operación y cada relación que el Demandado tenía con el Demandante y los otros Demandados, la invocación del privilegio del Demandado también es necesariamente amplia. Los cargos de conspiración criminal, antimonopolio y RICO, que el Demandado ciertamente tiene razones reales para temer dada la invocación del Demandante de sus análogos civiles, requieren no solo evidencia de malos actos individuales, sino también pruebas complejas de relaciones continuas, métodos de trato y familiaridad general con cualquier número de aspectos de un supuesto esquema, incluso si dicha evidencia es, de forma aislada, bastante benigna. Cf. En re Clave maestra Litig., 507 F.2d en 294. Como se señaló anteriormente, incluso la presentación del Demandado a la industria a través de su empleador anterior, es potencialmente un "eslabón en la cadena" ya que el demandante insinúa que "sobornos o pagos" iban en incluso entonces. Y a pesar de las objeciones del Demandado Dos, invocar el privilegio es apropiado incluso cuando una parte simplemente es cuestionada sobre la veracidad de las declaraciones anteriores. Ver US v. Wilcox, 450 F.2d 1131, 1141 (5to Cir. 1971) ("cuando se le hace una pregunta a un testigo que podría demostrar que ya había cometido un delito, es decir, perjurio en un juicio previo, su negativa a la respuesta es permisible casi por la definición de autoinculpación ”).

Debido a que los interrogatorios del demandante exploran una amplia gama de temas relacionados con el caso en cuestión, el Demandado Dos solicita que se le ordene al Demandado, no simplemente responder preguntas particulares, sino "responder todas las preguntas del abogado relacionadas con los temas cubiertos en las respuestas del Demandado a los interrogatorios" esencialmente solicita una renuncia completa y total del privilegio con respecto a las alegaciones graves en este caso. (Demandado Dos hombres . En apoyo de Mot. A Compel a los 12); compare Clave maestra , 507 F.2d en 294 (sosteniendo que el Tribunal debe tomar una determinación "en cuanto a cada pregunta a la que se dirige un reclamo de privilegio"). El Demandado Dos puede estar contento de limitar dicha investigación a los temas en los que cree que es probable que el Demandado niega las acusaciones del Demandante de varios delitos cometidos por los demandados y exija que el Demandado no continúe, pero entonces el Demandante sería la parte que se queja de la renuncia y su incumplimiento probar tales reclamos, y el resultado probable no sería menos una aniquilación total del privilegio constitucional básico del Demandado.

V. Incluso si la renuncia es apropiada, no hay perjuicio para el Demandado Dos y por lo tanto no hay renuncia

A pesar del hecho de que es necesario encontrar un prejuicio para encontrar las "circunstancias más convincentes" que se requieren para la exención bajo Klein, 667 F.2d en 288, el único intento del Demandado Dos de demostrar que sería perjudicado por las presuntas exenciones del Demandado es sugerencia no respaldada y poco desarrollada de que las respuestas interrogativas del acusado eran "una versión limitada y presumiblemente egoísta de los hechos" (Demandado Dos hombres. En apoyo de Mot. para obligar a 8) Incluso admitiendo por el argumento de que tales respuestas eran propias en el caso del Demandado, no está claro cómo las respuestas interrogativas del Demandado tampoco ayudan al Demandado Dos, ya que generalmente niegan las acusaciones del Demandante y se abstienen de señalar con el dedo al Demandado Dos. La carga de mostrar prejuicios recae en el Demandado Dos y su alegación concluyente de las acciones "presumiblemente egoístas" del Demandado apenas cumple con el requisito.

VI. Incluso si el Tribunal encuentra una exención, el remedio correcto es golpear los interrogatorios del Demandado, no un testimonio adicional convincente

Incluso si el Tribunal determina que las respuestas interrogativas del Demandado constituyen una renuncia, el remedio apropiado es simplemente golpear las respuestas perjudiciales del Demandado, no forzar el testimonio ante la determinación del Demandado de hacer valer el privilegio. El caso Klein lo sostiene, 667 F.2d en 289, y varias otras decisiones son consistentes. Ver López v. Ciudad de Nueva York, 05-CV-3624, 2007 WL 2228150 (EDNY 31 de julio de 2007) ("¿Debería el Sr. Kirby en adelante afirmar específicamente su privilegio de la Quinta Enmienda a pesar de haberlo renunciado, y se niega a testificar, el tribunal luego golpeará su testimonio previo "); Stanley v. Star Transp., Inc., 2010 WL 3417855, en * 5 (W.D. Va. 30 de agosto de 2010) (respuestas interrogativas sorprendentes donde la parte más tarde afirmó privilegio). El reciente caso de S.E.C. v. Brown de este Distrito instruye que "un tribunal de distrito tiene la facultad discrecional de formular una respuesta a la invocación de la Quinta que no sea más dura de lo necesario para evitar el prejuicio injusto e innecesario del otro lado" y observa otros tribunales que han cambiado cargas probatorias, alegatos afectados o impedido que una parte presente evidencia adicional sobre un tema. SEGUNDO. v. Brown, 579 F. Supp. 2d 1228, 1234 (D. Minn. 2008) (énfasis agregado) aff’d, 658 F.3d 858 (8th Cir. 2011). Interrogatorio forzado frente a un jurado sobre temas para los cuales el privilegio fue renunciado a sabiendas durante el examen directo, como en los Estados Unidos v. Musk, 719 F.3d 962, 968 (8º Circuito 2013), dependiente del Demandado Dos para su elección. remedio: es apenas análogo a esta situación en la que la capacidad de diseñar un remedio más flexible es mucho mayor y donde el Demandado no intenta tenerlo en ambos sentidos. Ver también Duffy, 291 F. Supp. en 814-15 ("La situación no es similar a un caso penal en el que el acusado toma la posición de testigo y al hacerlo renuncia al privilegio y está sujeto a un amplio interrogatorio e interrogatorio").

El demandado no intenta presentar solo su versión de los hechos mientras evita que otras partes cuestionen sus argumentos. Reconoce que su invocación del privilegio puede limitar su capacidad de presentar evidencia de su punto de vista de los hechos y acepta que el Tribunal puede decidir que debe eliminar partes del registro que presenten injustamente un punto de vista de los hechos distorsionado hacia el Demandado y perjudicial para otras partes (aunque no está del todo claro lo que el Demandado Dos podría pensar que pueden ser tales partes del registro). No pide tenerlo en ambos sentidos. Pero viendo que es bastante dudoso que el Demandado Dos incluso quiera que las respuestas interrogativas del Demandado se vean afectadas (como se señaló, no hay prejuicios aquí y son en gran medida favorables al Demandado Dos), parece que no hay razón para hacerlo realmente aquí.

CONCLUSIÓN

Por las razones anteriores, el Demandado solicita que se rechace la moción del Demandado Dos. Sin embargo, si el Tribunal llega a una conclusión de exención, el Demandado solicita que el Tribunal tome tales acciones por debajo de un testimonio adicional convincente que pueda ser apropiado para abordar cualquier prejuicio encontrado al Demandado Dos.

Sobre los autores:  El abogado Lucas Thompson escribió este artículo. El abogado Aaron Hall escribió la introducción.

Este artículo fue preparado en inglés por el abogado Aaron Hall, quien concedió a Ceiba Fôrte Law Firm® licencia perpetua para el uso de este y otros artículos semejantes. El abogado Hall no trabaja ni representa a Ceiba Fôrte. Puede aprender más sobre el abogado Hall aquí: https://aaronhall.com/you-can-plead-the-fifth-in-the-middle-of-a-civil-lawsuit/

Más información:

https://www.law.cornell.edu/wex/es/la_quinta_enmienda

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