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El subsidio al empleo quedará en desuso en 2024, salvo por casos específicos

A diferencia de la tarifa del ISR para la que se prevé un mecanismo de actualización de cantidades conforme a los índices inflacionarios, el subsidio para el empleo no se actualiza



El subsidio para el empleo se debería actualizar como las tarifas del ISR Colegio de Contadores
(Imagen: El Contribuyente)
7 diciembre, 2023

Las personas que laboran en una empresa reciben un sueldo y deben pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR) por los ingresos que perciben. Debido a un concepto llamado impuesto progresivo, cuanto mayores son los ingresos de un contribuyente, mayor debe ser también la cantidad de impuestos a pagar.

¿Qué es el subsidio para el empleo?

Pero si el trabajador recibe un sueldo bajo, el Gobierno de México le concede un apoyo económico para complementar su ingreso. Eso es lo que se conoce como subsidio para el empleo.

De acuerdo con un análisis de Fiscalia, para su determinación se utiliza una tarifa con la cual “el subsidio para el empleo se calculará aplicando a los ingresos que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta que correspondan al mes de calendario de que se trate”.

La tabla del subsidio al empleo es la siguiente:

Para Ingresos de Hasta Ingresos de Cantidad de subsidio para el empleo mensual
$ $ $
0.01 1,768.96 407.02
1,768.97 2,653.38 406.83
2,653.39 3,472.84 406.62
3,472.85 3,537.87 392.77
3,537.88 4,446.15 382.46
4,446.16 4,717.18 354.23
4,717.19 5,335.42 324.87
5,335.43 6,224.67 294.63
6,224.68 7,113.90 253.54
7,113.91 7,382.33 217.61
7,382.34 En adelante 0.00

Actualmente, el subsidio para el empleo lo establece el Artículo Décimo del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013.

Falta de actualización

El texto señala que a diferencia de la tarifa del ISR para la que se prevé un mecanismo de actualización de cantidades conforme a los índices inflacionarios, esta tabla del subsidio para el empleo no se actualiza.

Fiscalia explicó que el hecho de que la tabla no se actualice implica que los valores se irán diluyendo con el tiempo hasta que el aumento a los salarios nominales que se paguen en determinado momento provoque que ningún trabajador tenga derecho al referido subsidio.

Además, indicó que este efecto se comenzó a ver desde el 2018, cuando el monto del salario mínimo general (SMG) comenzó a crecer a mayores proporciones que la inflación, con la intención de recuperar el poder adquisitivo de dicho salario. En ese momento, el salario mínimo en la zona de la frontera norte ya se ubicaba fuera del rango del subsidio.

Incrementos en el SMG

Para el año 2024 el salario mínimo general diario fue fijado en 248.93 pesos, lo que significa un ingreso mensual bruto de 7,467.90 pesos. Se puede apreciar que, al aplicar la tabla del subsidio al empleo este monto se ubica en el último de once rangos que componen la tabla, quedando un subsidio de 0.00 pesos.

Por eso, Fiscalia advirtió que a partir del 2024 los trabajadores que podrían tener derecho al subsidio para el empleo serán aquellos que nominalmente reciban en el mes un salario inferior al mínimo. Esto puede darse en el caso de trabajadores con jornada reducida o que tengan ausencias en el mes, de manera que en su salario mensual bruto perciban una cantidad inferior a 7,382.34 pesos.

De lo anterior se desprende que a partir de 2024 el subsidio al empleo quedará prácticamente en desuso, salvo por los casos específicos mencionados que puedan darse.

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