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Qué son las ejecuciones sumarias

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Las evidencias de crímenes de guerra cometidos por las tropas rusas contra la población civil de Ucrania son cada vez más numerosas

Cadáver maniatado de un civil hallado en Bucha, Ucrania, prueba de una posible ejecución sumaria.
Cadáver maniatado de un civil hallado en Bucha, Ucrania.Efrem LukatskyAP

Conforme las tropas de Rusia se van retirando de los lugares ocupados en Ucrania durante las últimas semanas, las evidencias de crímenes de guerra rusos contra la población civil son cada vez más numerosas y aterradoras. Además de los indicios encontrados de torturas, violaciones o saqueos, el ejército ucraniano, los servicios de emergencia y los corresponsables de guerra están hallando cadáveres que parecen haber sido víctimas de ejecuciones sumarias. ¿En qué consiste este tipo de crímenes?

Las ejecuciones sumarias, extrajudiciales o arbitrarias pueden ser definidas como la práctica de asesinatos de oponentes políticos, presuntos delincuentes y población civil por parte de fuerzas armadas de un estado, o de cualquier persona que reciba órdenes de él, sin que se lleve a cabo un proceso judicial o legal.

Ante la frecuencia con que se producían este tipo de ejecuciones en diferentes partes del mundo por motivos políticos, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la resolución 35/172, de 15 de diciembre de 1980, en la que instó a los estados miembros a que respetasen, como norma mínima, el contenido de las disposiciones de los artículos 6, 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que abarcan el derecho a la vida y diversas salvaguardias que garantizan un juicio justo e imparcial.

Desde Human Rights Watch, una de las organizaciones que está recogiendo pruebas y testimonios sobre los crímenes cometidos en la guerra Ucrania - Rusia, recuerdan que "todas las partes del conflicto armado en Ucrania están obligadas a respetar el derecho internacional humanitario, o las leyes de la guerra, incluidos los Convenios de Ginebra de 1949, el Primer Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra y el derecho internacional consuetudinario".

Las fuerzas armadas beligerantes que tienen bajo control una zona están sujetas al derecho internacional de la ocupación y asimismo se debe aplicar en todo momento el derecho internacional de los derechos humanos.

También deben imponerse las leyes de la guerra, el derecho internacional humanitario (DIH). Son las normas mínimas que deben respetarse en cualquier conflicto, como la prohibición del asesinato intencionado; la violación y otros actos de violencia sexual; la tortura y el trato inhumano de los combatientes capturados y de los civiles bajo custodia o el pillaje y el saqueo, destaca HRW.

Dicha regulación, unida a las pruebas que se están recopilando, llevó a Ucrania a presentar una demanda contra Rusia en la Corte Internacional de Justicia de la ONU, al entender que Vladimir Putin ha violado la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de las Naciones Unidas (1948).

En las imágenes de la matanza de Bucha se ha comprobado como al menos una unidad rusa y otra de chechenos entraron casa por casa buscando "nazis" a los que matar. También hay evidencias de que las tropas ocupantes quemaron cuerpos de mujeres, torturaron y asesinaron en masa. El alcalde de la localidad, Anatoly Fedoruk, contabilizó al menos 280 muertos enterrados en una fosa común.

Pese a las evidencias, el Kremlinrechaza las acusaciones. "Todas las fotos y todos los videos publicados por el régimen de Kiev, que supuestamente dan testimonio de algún tipo de 'crimen' por parte del personal militar ruso en la ciudad de Bucha son otra provocación", indicó por contra el Ministerio de Defensa de Rusia, en declaraciones recogidas por Efe. Afirmó que, durante el tiempo en el que esta ciudad estuvo bajo el control de las Fuerzas Armadas de Rusia "ni un solo residente local sufrió acciones violentas".

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

ARTÍCULO 6

  1. El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.
  2. En los países en que no hayan abolido la pena capital sólo podrá imponerse la pena de muerte por los más graves delitos y de conformidad con leyes que estén en vigor en el momento de cometerse el delito y que no sean contrarias a las disposiciones del presente Pacto ni a la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. Esta pena sólo podrá imponerse en cumplimiento de sentencia definitiva de un tribunal competente.
  3. Cuando la privación de la vida constituya delito de genocidio se tendrá entendido que nada de lo dispuesto en este artículo excusará en modo alguno a los Estados Partes del cumplimiento de ninguna de las obligaciones asumidas en virtud de las disposiciones de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.
  4. Toda persona condenada a muerte tendrá derecho a solicitar el indulto o la conmutación de la pena de muerte. La amnistía, el indulto o la conmutación de la pena capital podrán ser concedidos en todos los casos.
  5. No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez.
  6. Ninguna disposición de este artículo podrá ser invocada por un Estado Parte en el presente Pacto para demorar o impedir la abolición de la pena capital.

ARTÍCULO 14

  1. Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de moral, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las acusaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores.
  2. Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.
  3. Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas (el artículo recoge una serie de derechos de los acusados como a ser informado de la naturaleza y causas de la acusación; a preparar su defensa; a obtener e interrogar testigos o a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable, entre otros.
  4. En el procedimiento aplicable a los menores de edad a efectos penales se tendrá en cuenta esta circunstancia y la importancia de estimular su readaptación social.
  5. Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley.
  6. Cuando una sentencia condenatoria firme haya sido ulteriormente revocada, o el condenado haya sido indultado por haberse producido o descubierto un hecho plenamente probatorio de la comisión de un error judicial, la persona que haya sufrido una pena como resultado de tal sentencia deberá ser indemnizada, conforme a la ley, a menos que se demuestre que le es imputable en todo o en parte el no haberse revelado oportunamente el hecho desconocido.Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país.

ARTÍCULO 15

  1. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello.
  2. Nada de lo dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional.

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