Interrupción Voluntaria del Embarazo - IVE

Interrupción voluntaria del embarazo

La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) es la aplicación de un procedimiento clínico para finalizar el embarazo a solicitud de la mujer, con su pareja o tutor/a legal. Es una situación distinta al aborto espontáneo (pérdida fetal producida de forma involuntaria por complicaciones durante el desarrollo de la gestación).

Para elegir el o los métodos utilizados en cada caso se tienen en cuenta las semanas de embarazo y la situación clínica de la mujer. Pueden ser farmacológicos (más eficaces en el 1º trimestre) o quirúrgicos (aspiración/legrado) o ambos. En general no requiere ingreso hospitalario. En el caso de gestaciones más avanzadas es necesaria la inducción del parto.


Normativa

Las condiciones y requisitos para la práctica se regulan por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. En ella se recogen los derechos para el acceso a las prestaciones y servicios en el ámbito de la salud sexual y reproductiva (título I) y en el ámbito de la interrupción voluntaria del embarazo (título II). Es financiada por el sistema sanitario público a todas las mujeres que cumplan las condiciones recogidas en la citada Ley, la soliciten y tengan derecho a esta asistencia sanitaria pública.

Los requisitos comunes para la práctica de la IVE son:

  • Ser realizado por médico especialista o bajo su dirección.
  • En centro sanitario público o privado acreditado.
  • Con consentimiento expreso y por escrito de la mujer gestante.
Mujer embarazada

Condiciones

La Ley Orgánica 2/2010 de 3 de marzo recoge dos situaciones para el acceso a la interrupción voluntaria de embarazo:

  1. Interrupción a petición de la mujer (artículo 14).

    Se produce dentro de las primeras 14 semanas de gestación, a petición de la mujer, dándose los siguientes requisitos:

    • Informarle sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad. Se entrega en sobre cerrado según establece la ley.
    • Es necesario que transcurran al menos 3 días, desde la entrega de esta información previa a la realización de la IVE.
  2. Interrupción por causas médicas (artículo 15).

    Podrá producirse hasta la semana 22 o hasta el final del embarazo, según situaciones concretas. Una vez recibida la información, la mujer tiene que expresar su deseo y consentimiento para la IVE.

    • Hasta la semana 22 de gestación, cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la mujer o graves anomalías fetales, y así conste en dictamen emitido antes de la IVE.
    • Hasta el final de embarazo, cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable así lo confirme el Comité Clínico de referencia.
calendario

Trámites

  • Para tramitar la solicitud de la IVE dentro de las primeras 14 semanas en el Sistema Sanitario Público Vasco, serán necesarios estos trámites:

      • Solicita Cita con tu matrona en tu centro de salud de Osakidetza.
      • En consulta, podrás resolver las dudas y recibir la información que necesites sobre este proceso. Además, te entregarán la documentación en sobre cerrado con constancia de la fecha en la parte exterior. Se explican las ayudas públicas disponibles para las mujeres embarazadas y el cuidado de hijos, los centros disponibles para recibir información sobre anticoncepción y sexo seguro y asesoramiento antes y después de la IVE.
      • Recibirás las instrucciones para acudir a un centro sanitario acreditado.

    Existe la posibilidad de acudir directamente a un centro sanitario privado y acreditado para esta práctica, siendo asumido por cuenta propia su coste económico.

  • En el caso de IVE por motivos médicos, bien por grave riesgo de salud de la madre o anomalías fetales, los trámites se relacionan con el diagnóstico. La información se facilita por los y las profesionales de las áreas de diagnóstico prenatal, que te ayudarán también en la toma de decisiones. Si se da en el último trimestre, te informarán del funcionamiento del Comité Clínico.


Registro

Euskadi participa en el sistema de vigilancia epidemiológico sobre IVE, a través del Registro de Interrupciones Voluntarias del Embarazo del Departamento de Salud del Gobierno Vasco. En él se recoge y elabora información sobre el perfil sociodemográfico.

En el siguiente enlace podrás acceder a las memorias anuales.

Pincha aquí para acceder a la memoria anual

trámites

Fecha de última modificación: