SEGURIDAD Y SALUD

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12. Seguridad en Vehículos Automotores

Las reglas y buenas prácticas para el uso de vehículos, aplican en trayecto; en labores propias de su empleo en auto particular, rentado o utilitario de la empresa. Los requerimientos incluyen:

  • El conductor debe contar con licencia de conducir vigente,
  • El conductor es responsable por su seguridad y la de los ocupantes y deberá acatar las disposiciones establecidas en los reglamentos de tránsito vigentes y aplicables dentro de la ciudad de que se trate y en donde se esté llevando a cabo la actividad,
  • El conductor es responsable de reportar por escrito a su superior inmediato cualquier falla mecánica o de cualquier otro hallazgo identificado durante una inspección del vehículo a su cargo así como de dar seguimiento al cierre del mismo,
  • Está prohibido el uso de vehículos utilitarios por personal ajeno a la empresa (incluyendo familiares o socios contratistas),
  • Está prohibido operar un vehículo automotor utilizando el teléfono, u otros distractores, en mano,
  • Está prohibido transportar mascotas o animales de cualquier tipo sin previa autorización.

Adicionalmente, establecemos lineamientos que indican:

  • mínimos aceptables para el estado de mantenimiento y uso  de vehículos, así como definir criterios para unidades nuevas,
  • mínimos aceptables de visión y aptitud física para operar un vehículo utilitario,
  • cómo reportar accidentes, violaciones de movimiento, suspensión de licencias, etc.
  • procedimientos para proporcionar adiestramiento a conductores,
  • aseguramiento de que a los vehículos operados por negocios de la compañía se les dé el mantenimiento apropiado y que sean inspeccionados periódicamente por mecánicos calificados.




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Documentos de apoyo:

REF Documentos de referencia

GE-M02-E12-P01 Lineamientos para el Manejo Seguro

GE-M02-E12-P02 Definición de Criterios Mínimos de Seguridad para Vehículos

GE-M02-E12 Formato de Autoevaluación del Elemento.

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