Una aplicación para el cálculo de las indemnizaciones por extinción del contrato

Redacción ORH7 julio 20164min

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha creado una aplicación tecnológica para calcular las indemnizaciones laborales por extinción del contrato. Se trata de una herramienta sencilla, intuitiva y clara.

despido

El proyecto se ha completado en seis meses de la mano del magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Juan Molins García-Atance, promotor del estudio y director técnico del proyecto; el magistrado de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, José Manuel López García de la Serrana, y el jefe de área adjunto de Informática del Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), Julen Lasa Jáuregui.

Los datos que requiere la aplicación son solo tres: fecha de inicio de la relación laboral, la fecha de finalización y el salario (diario, mensual o anual). La única advertencia a la hora de introducir el salario es que debe consignarse el salario bruto y, si es mensual, prorratear las pagas extra. Por ejemplo, si el trabajador percibe 1.200 euros mensuales en 14 pagas, deberá reflejar un salario anual de 16.800 euros (1.200 euros mensuales por 14 pagas) o un salario mensual de 1.4000 euros (1.2000 euros mensuales por 14 pagos, dividiendo luego el resultado entre 12).

De este modo, el órgano de gobierno de los jueces pone a disposición de los miembros de la carrera judicial, abogados, graduados sociales, procuradores, sindicatos, trabajadores, empresas, letrados y de la sociedad en general, una herramienta que proporcionará seguridad jurídica, ya que posibilita conocer la indemnización que corresponde a cada contrato según las causas de extinción tasadas por la ley.

Una vez introducidos los datos anteriormente citados la aplicación calculará la indemnización que corresponda en los siguientes supuestos: despido improcedente, extinción del contrato por voluntad del trabajador, extinción por causas objetivas, despido colectivo, movilidad geográfica, modificación sustancial de condiciones de trabajo, contrato de fomento de la contratación indefinida con despido objetivo improcedente y extinción del contrato temporal o de un trabajador indefinido no fijo.

Además, y siempre que la relación laboral se hubiera iniciado antes del 12 de febrero de 2012 –cuando entró en vigor el Real Decreto-ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral-, la aplicación calculará la indemnización en dos tramos, correspondientes a los periodos anterior y posterior a esa fecha.

Por razones de sencillez, claridad y operatividad, no se ha incluido en la herramienta informática el cálculo de indemnizaciones en, entre otros, los siguientes supuestos: indemnización a cargo del Fogasa, indemnizaciones reguladas en las relaciones laborales especiales, indemnizaciones que pudieran corresponder a trabajadores fijos discontinuos y otras situaciones complejas, como contratos de trabajo con jornadas reducidas o indemnizaciones previstas en normativa especial o convencional.

Para utilizar esta novedosa herramienta pinche en este enlace. 


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