REPÃBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - Universidad ...
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Coordinación de Estudios de Postgrado<br />
Especialización en Planificación, Desarrollo y Gestión de Proyectos<br />
ESTUDIO <strong>DE</strong> FACTIBILIDAD TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN <strong>DE</strong><br />
UN SISTEMA <strong>DE</strong> VERIFICACIÓN Y COMPROBACIÓN TÉCNICA <strong>DE</strong>L<br />
ESPECTRO RADIOELECTRICO<br />
(SISTEMA SAAGER <strong>DE</strong> CONATEL)<br />
Proyecto del Trabajo Especial de Grado presentado para optar al Título<br />
de Especialista en Planificación, Desarrollo y Gestión de Proyectos<br />
AUTOR: ING. ANDRÉS R. PEDROZA R.<br />
TUTOR: LIC. CRISTOBAL RODRIGUEZ M.<br />
CARACAS, FEBRERO <strong>DE</strong> 2010
Coordinación de Estudios de Postgrado<br />
Especialización en Planificación, Desarrollo y Gestión de Proyectos<br />
ESTUDIO <strong>DE</strong> FACTIBILIDAD TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN <strong>DE</strong><br />
UN SISTEMA <strong>DE</strong> VERIFICACIÓN Y COMPROBACIÓN TÉCNICA <strong>DE</strong>L<br />
ESPECTRO RADIOELÉCTRICO<br />
(SISTEMA SAAGER <strong>DE</strong> CONATEL)<br />
Línea de Trabajo: Control de Gestión<br />
TUTOR: LIC. CRISTOBAL RODRIGUEZ M.<br />
ii
<strong>DE</strong>DICATORIA<br />
Quiero dedicarle este trabajo<br />
Primero a Dios que me ha dado la vida y fortaleza<br />
para terminar este proyecto de investigación.<br />
A mis seres más amados,<br />
Mi esposa Isis Nereyda y mi hijo Andrés Eduardo,<br />
Por el apoyo y comprensión incondicional,<br />
Quienes son mi fuente de inspiración.<br />
A mis Padres por estar siempre presentes,<br />
Y a mis Suegros por apoyarme siempre.<br />
A mi hermana Tibisay C. y sobrina Rosmaryani,<br />
Por ser ejemplos a seguir,<br />
Dulces y cariñosas.<br />
iii
AGRA<strong>DE</strong>CIMIENTO<br />
• A Dios por estar siempre iluminando mi camino de fe y voluntad.<br />
• A mi esposa Isis Nereyda e hijo Andrés Eduardo por la infinita<br />
paciencia, comprensión, apoyo y amor incondicional.<br />
• A mi tutor académico, Lic. Cristóbal Rodríguez M, por su dedicación,<br />
sus consejos, su sabia asesoría y por haberme ayudado a culminar<br />
este trabajo de grado.<br />
• A mi tutora metodológica, Lic. Profesora Laura Contreras, quien con<br />
su conocimiento, orientación y dedicación fue una gran guía.<br />
• A mis compañeros de labores, Ing. Guillermo Mogollón e Ing. Jesús<br />
Rivera, por su gran apoyo y colaboración ante los organismos<br />
nacionales e internacionales.<br />
iv
ESTUDIO <strong>DE</strong> FACTIBILIDAD TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN <strong>DE</strong><br />
UN SISTEMA <strong>DE</strong> VERIFICACIÓN Y COMPROBACIÓN TÉCNICA <strong>DE</strong>L<br />
ESPECTRO RADIOELÉCTRICO<br />
(SISTEMA SAAGER <strong>DE</strong> CONATEL)<br />
Ing. Andrés R. Pedroza R.<br />
RESUMEN<br />
El espectro radioeléctrico es un bien común, su uso y explotación están<br />
sometidos a regulación por parte del Estado venezolano, función que<br />
administrativamente le corresponde a la Comisión Nacional de<br />
Telecomunicaciones (CONATEL), para esto cuenta con el Sistema<br />
Automatizado de Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />
(SAAGER), con el cual controla y hace seguimiento de las señales<br />
radioeléctricas que se emiten en el país. CONATEL tiene previsto dentro de<br />
sus proyectos realizar cambios para reemplazar este sistema, con el<br />
propósito de apoyar el proyecto de reemplazo del subsistema de<br />
comprobación y verificación técnica, se realiza el presente Estudio de<br />
Factibilidad Técnica. Para esto se manejó de manera eficiente la información<br />
suministrada por los diferentes organismos de regulación del sector de<br />
distintos países y proveedores o casas matrices existentes en el mercado,<br />
determinando así el modelo de sistema recomendable que satisfaga los<br />
requerimientos de CONATEL, para apoyar de manera eficiente y eficaz la<br />
administración del espectro radioeléctrico en el país.<br />
El estudio realizado arroja como resultado que el Proyecto para la<br />
Implementación de un Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />
Espectro Radioeléctrico por CONATEL en Venezuela, al establecer un<br />
MO<strong>DE</strong>LO TIPO INTEGRADO es TÉCNICAMENTE FACTIBLE de realizar y<br />
cumpliría con las exigencias del Estado Venezolano y recomendaciones de<br />
la UIT.<br />
PALABRAS CLAVES:<br />
Administración, Gestión, Verificación Técnica, Espectro Radioeléctrico,<br />
Procesos, Usuarios, Operadores, Disponibilidad, Calidad.<br />
v
INDICE <strong>DE</strong> CONTENIDO<br />
<strong>DE</strong>DICATORIA .............................................................................................. iii<br />
AGRA<strong>DE</strong>CIMIENTO ...................................................................................... iv<br />
RESUMEN ...................................................................................................... v<br />
INTRODUCCIÓN ............................................................................................ 1<br />
CAPITULO I .................................................................................................... 3<br />
EL PROBLEMA ............................................................................................. 3<br />
1.1. Planteamiento del Problema ............................................................. 3<br />
1.2. Objetivos ........................................................................................... 5<br />
1.2.1. Objetivo General ............................................................................... 5<br />
1.2.2. Objetivos Específicos ....................................................................... 5<br />
1.3. Justificación y viabilidad del trabajo .................................................. 5<br />
CAPITULO II ................................................................................................... 9<br />
MARCO TEORICO REFERENCIAL ............................................................... 9<br />
2.1. Antecedentes de la Investigación ..................................................... 9<br />
2.1.1. SICOTER ........................................................................................ 10<br />
2.1.2. SAAGER ......................................................................................... 14<br />
2.2. Gestión del Espectro Radioeléctrico ............................................... 21<br />
2.3. Bases conceptuales ........................................................................ 30<br />
2.3.1. Gestión del Espectro Radioeléctrico ............................................... 30<br />
2.3.2. Comunicaciones electrónicas ......................................................... 31<br />
2.3.3. Espectro electromagnético ............................................................. 33<br />
vi
2.3.4. Ondas radioeléctricas ..................................................................... 34<br />
2.3.5. Frecuencia y longitud de onda ........................................................ 35<br />
CAPITULO III ................................................................................................ 39<br />
MARCO ORGANIZACIONAL ....................................................................... 39<br />
3.1. CONATEL ....................................................................................... 39<br />
3.2. Visión .............................................................................................. 41<br />
3.3. Misión ............................................................................................. 41<br />
3.4. Objetivos Estratégicos .................................................................... 42<br />
3.5. Estructura Organizativa de CONATEL ........................................... 43<br />
3.6. Objetivo de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio ..................... 44<br />
3.7. Funciones de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio .................. 44<br />
CAPITULO IV ............................................................................................... 46<br />
DISEÑO METODOLÓGICO ........................................................................ 46<br />
4.1. Tipo de Investigación ...................................................................... 46<br />
4.2. Estrategia de realización del Proyecto Factible .............................. 48<br />
4.3. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos ........................ 49<br />
4.4. Técnicas de Procesamiento y Análisis de Datos ........................... 50<br />
CAPITULO V ................................................................................................ 51<br />
LA PROPUESTA .......................................................................................... 51<br />
5.1. Etapa I – Experiencias en Otros Países ......................................... 52<br />
5.1.1. BRASIL ........................................................................................... 52<br />
5.1.2. COLOMBIA ..................................................................................... 56<br />
5.1.3. URUGUAY ...................................................................................... 57<br />
vii
5.1.4. ARGENTINA ................................................................................... 58<br />
5.2. Etapa II – Diferentes Opciones Técnicas Existentes ...................... 61<br />
5.3. Etapa III – Identificar la Opción más Recomendable ...................... 73<br />
CAPITULO VI ............................................................................................... 76<br />
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ................................................ 76<br />
6.1. Conclusiones .................................................................................. 76<br />
6.2. Recomendaciones .......................................................................... 77<br />
REFERENCIAS DOCUMENTALES ............................................................. 79<br />
ANEXOS ....................................................................................................... 82<br />
viii
INDICE <strong>DE</strong> CUADROS:<br />
Cuadro 1 - División de las Señales de Radiofrecuencia. ............................. 37<br />
Cuadro 2 – Matriz DOFA .............................................................................. 66<br />
Cuadro 3 – Cruce de variables Matriz DOFA ............................................... 69<br />
Cuadro 4 – Matriz de Criterio Ponderado. .................................................... 70<br />
Cuadro 5 – Factores utilizados en la Matriz de Criterio Ponderado. ............ 71<br />
Cuadro 6 – Equipos Disponibles. ................................................................. 73<br />
INDICE <strong>DE</strong> FIGURAS:<br />
Figura 1 . Estación CAC de Maturín. ............................................................ 16<br />
Figura 2 . Unidades Móviles. ......................................................................... 16<br />
Figura 3 - . Procesador del Espectro 8067, ................................................... 18<br />
Figura 4. Esquema de funcionamiento básico del sistema SAAGER. .......... 19<br />
Figura 5. Esquema de red del sistema SAAGER en los CAC. ...................... 20<br />
Figura 6 - Esquema propuesto de red .......................................................... 28<br />
Figura 7 . Bosquejo del esquema de base de datos ..................................... 29<br />
Figura 8 . Diagrama básico en bloques de un Sistema de Comunicaciones<br />
Electrónico. ................................................................................................... 32<br />
Figura 9 - Espectro electromagnético de frecuencias. .................................. 34<br />
Figura 10 Organigrama de CONATEL .......................................................... 43<br />
Figura 11 Sistema SGME de Brasil. ............................................................. 53<br />
Figura 12 Sistema SGME de Brasil. ............................................................. 54<br />
Figura 13 Sistema RNR de Brasil. ................................................................ 55<br />
ix
Figura 14 Sistema RNR de Brasil. ................................................................ 55<br />
Figura 15 Sistema SNCTE de Argentina. ...................................................... 59<br />
Figura 16 Estación Remota del SNCTE de Argentina. ................................. 59<br />
Figura 17 Esquema Unidad Móvil del SNCTE de Argentina. ........................ 60<br />
Figura 18 Unidad Móvil del SNCTE de Argentina. ........................................ 60<br />
Figura 19 Control del Sistema desde una Estación de Trabajo. ................... 65<br />
x
INTRODUCCIÓN<br />
El espectro radioeléctrico es un bien común y su uso y explotación están<br />
sometidos a regulación por parte del Estado venezolano, función que<br />
administrativamente le corresponde al Ministerio del Poder Popular para las<br />
Obras Públicas y Vivienda (MOPVI), y adscrito a éste, a la Comisión Nacional<br />
de Telecomunicaciones (CONATEL), organismo que tiene entre sus<br />
competencias la regulación, planificación, promoción, desarrollo y protección<br />
de las telecomunicaciones en todo el territorio nacional.<br />
La Comisión para el cumplimiento de sus atribuciones cuenta con la<br />
Gerencia de Seguimiento Regulatorio, al cual le corresponde las tareas de<br />
monitoreo para la comprobación y verificación técnica del espectro<br />
radioeléctrico, tareas que realiza por medio de la inspección constante a los<br />
operadores radioeléctricos y el procesamiento de denuncias efectuadas por<br />
los usuarios y operadores. Para esto la Gerencia cuenta con el Sistema<br />
Automatizado de Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />
(SAAGER), con el cual controla y hace seguimiento de las señales<br />
radioeléctricas que se emiten en el país.<br />
CONATEL tiene previsto dentro de sus proyectos a mediano y largo<br />
plazo, realizar cambios para reemplazar y mejorar el SAAGER, el cual utiliza<br />
para las actividades de monitoreo y gestión del espectro radioeléctrico<br />
nacional. Con el propósito de apoyar el proyecto de reemplazo del<br />
subsistema de comprobación y verificación técnica del SAAGER, se realiza el<br />
presente Estudio de Factibilidad Técnica para apoyar la estructura que se<br />
quiere instalar y cumplir con los requisitos previstos en la metodología de<br />
1
“Marco Lógico”, modelo utilizado por el Estado para el desarrollo de los<br />
proyectos en el país.<br />
Una de las estrategias que rige el presente trabajo es la necesidad de<br />
manejar de manera eficiente la información suministrada por los diferentes<br />
organismos de regulación del sector de distintos países y proveedores o<br />
casas matrices existentes en el mercado, determinando así el modelo de<br />
sistema recomendable que satisfaga los requerimientos de la Gerencia de<br />
Seguimiento Regulatorio y por ende CONATEL.<br />
Cabe destacar que CONATEL, tendrá la oportunidad de estudiar y avalar<br />
la propuesta, utilizándola como apoyo en el desarrollo del Proyecto de<br />
Implementación de un Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />
Espectro Radioeléctrico, para apoyar de manera eficiente y eficaz la<br />
administración del espectro radioeléctrico en el país, de esta forma, se estará<br />
contribuyendo a su vez con el desarrollo de sus propias metas, objetivos y<br />
fortaleciendo las labores que como ente regulador le corresponde realizar.<br />
2
CAPITULO I<br />
EL PROBLEMA<br />
1.1. Planteamiento del Problema<br />
En el año 2001, luego de un proceso licitatorio de más de dos (2) años,<br />
se instalaron los equipos del sistema SAAGER (Sistema Automatizado de<br />
Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico) adquiridos a la<br />
empresa Technology for Communications International (TCI) con sede en la<br />
ciudad de Fremont, estado de California en EEUU, con el propósito de dotar<br />
al estado venezolano, a través de la Comisión Nacional de<br />
Telecomunicaciones (CONATEL), con una herramienta que le permitiera<br />
actuar como garante del óptimo aprovechamiento del espectro radioeléctrico.<br />
El sistema cuenta en la actualidad con cinco (5) Centros Auxiliares de<br />
Control (CAC) localizados en Caracas, San Felipe, Maturín, Maracaibo y San<br />
Cristóbal disponiendo en total de quince (15) sistemas de monitoreo y<br />
radiogoniometría: cinco fijos y diez móviles. Los CAC iniciaron sus<br />
actividades, a finales del 2001 y desde el 1ro de enero de 2003 CONATEL<br />
tomó control total por el mantenimiento y reparación de los equipos del<br />
SAAGER.<br />
En la actualidad, el sistema ha visto comprometida su operatividad debido<br />
a las dificultades existentes para adquirir los repuestos necesarios en el<br />
3
eemplazo de partes y piezas, su obsolescencia tecnológica derivados de<br />
problemas de actualización y agravados por las dificultades de la<br />
dependencia de la prestación del servicio de mantenimiento del único<br />
proveedor y propietario (TCI) de la tecnología actualmente utilizada.<br />
Se plantea así al estado venezolano la necesidad de relevar al actual<br />
SAAGER, por un sistema cuyo desarrollo cuente con la participación de<br />
recursos humanos locales con conocimiento y experiencia en el área, a fin de<br />
lograr un alto grado de autonomía en su gestión y administración, así como<br />
del manejo de tecnología de avanzada en la integración de equipos de<br />
medición de tales como el IFR o Agilent Technology y del software de<br />
administración de tareas de medición desarrollados localmente.<br />
Proporcionando una solución tecnológica a corto plazo, como etapa previa a<br />
la implementación de un sistema de administración y monitoreo, totalmente<br />
desarrollado en el país.<br />
Debido a la necesidad de administrar eficientemente el espectro<br />
radioeléctrico, siendo un recurso limitado y de suma importancia para las<br />
telecomunicaciones, donde es responsabilidad de cada estado velar por su<br />
utilización efectiva, bajo las recomendaciones y normativas de la Unión<br />
Internacional de Telecomunicaciones (UIT). Esta investigación va dirigida a<br />
cubrir una necesidad de CONATEL, la cual consiste en evaluar las distintas<br />
alternativas de sistemas de monitoreo del espectro, para seleccionar el mejor<br />
modelo a seguir como un aporte previo a su posterior implementación, con<br />
basamento en un estudio de factibilidad técnica como soporte e hito<br />
fundamental en el desarrollo del Proyecto SAAGER Venezolano de un<br />
sistema nuevo para la comprobación técnica del espectro radioeléctrico.<br />
4
1.2. Objetivos<br />
1.2.1. Objetivo General<br />
Realizar un estudio de factibilidad técnica para la implementación de<br />
un sistema de verificación y comprobación técnica del espectro<br />
radioeléctrico en CONATEL.<br />
1.2.2. Objetivos Específicos<br />
• Conocer las experiencias obtenidas en otros países en la<br />
implementación de un sistema de verificación y comprobación del<br />
espectro radioeléctrico.<br />
• Evaluar las diferentes opciones técnicas existentes para la<br />
implementación de un sistema de verificación y comprobación del<br />
espectro radioeléctrico.<br />
• Identificar la opción más recomendable para el sistema de verificación<br />
y comprobación técnica del espectro radioeléctrico en CONATEL.<br />
1.3. Justificación y viabilidad del trabajo<br />
El espectro radioeléctrico es un recurso limitado y constituye una clave en<br />
el panorama mundial actual, el cual es definido por Vaccani (1995) como:<br />
El conjunto de frecuencias empleadas para emitir ondas que<br />
transportan información y que se propagan por el espacio sin<br />
necesidad de un canal artificial, abarcando servicios que van<br />
desde la radiodifusión sonora y la televisión abierta hasta las<br />
redes móviles (p.15).<br />
5
Cuando se cuenta con este tipo de recurso que es limitado y de gran<br />
demanda, el éxito de su uso reside en incluir la mayor cantidad de servicios<br />
posibles simultáneamente, garantizando que coexistan sin inconvenientes, lo<br />
que implica poner en práctica normas y procedimientos que permitan una<br />
explotación adecuada del mismo. Siendo ésta la causa principal de que el<br />
monitoreo y administración del espectro radioeléctrico sean cada vez más<br />
complejos y determinantes, para aprovechar al máximo sus ventajas.<br />
El aporte e importancia que tiene el presente trabajo, es proponer<br />
mediante un Estudio de Factibilidad Técnica el modelo que permita<br />
fundamentar la propuesta y posterior desarrollo del proyecto SAAGER,<br />
brindando a CONATEL las herramientas necesarias que sustenten el<br />
reemplazo del actual sistema de monitoreo y administración del espectro<br />
radioeléctrico, como solución a la problemática existente.<br />
Con el propósito de mantener una adecuada supervisión del espectro<br />
radioeléctrico por parte de CONATEL y que se traduzca en la optimización de<br />
su uso, así como el crecimiento del sector tanto desde el punto de vista de<br />
las inversiones como de los servicios y en la democratización de las<br />
telecomunicaciones en Venezuela, por tal motivo se hace necesario<br />
adelantar las gestiones pertinentes a fin de dotar al Estado venezolano de<br />
una herramienta que le permita ejecutar las actividades de comprobación<br />
técnica y administración del espectro radioeléctrico.<br />
Por lo descrito anteriormente, se plantea al estado venezolano la<br />
necesidad de desarrollar un sistema que cuente con participación del talento<br />
nacional en cuanto a la creación del software de administración de tareas de<br />
medición, a fin de lograr un alto grado de independencia, siendo la<br />
6
integración de este desarrollo con los equipos de medición existentes en el<br />
mercado, la opción que permitirá obtener una solución tecnológica, previa a<br />
la implementación de un sistema totalmente desarrollado en el país.<br />
Adicional a lo anterior, el sistema de monitoreo y administración deberá<br />
ser escalable y que se pueda actualizar sin afectar notablemente la<br />
estructura del mismo, ya que actualmente el entorno radioeléctrico<br />
venezolano se encuentra sujeto a la aplicación de nuevas tecnologías como<br />
son el caso de:<br />
• WIMAX: (Worldwide Interoperability for Microwave Access, de sus<br />
siglas en ingles – Interoperatividad Mundial para Acceso por<br />
Microondas) norma de tecnología inalámbrica de acceso, fija y<br />
móvil de cuarta generación, desarrollada para transmisión de<br />
datos.<br />
• UMTS: (Universal Mobile Telecommunications System, de sus<br />
siglas en ingles – Sistema Universal de Telecomunicaciones<br />
Móviles) tecnología inalámbrica móvil de tercera generación<br />
(3.5G), utilizada para transmisión de voz y datos.<br />
• DTV: (Digital TV, de sus siglas en ingles - Televisión Digital)<br />
tecnologías de digitalización en transmisión y recepción del audio<br />
y video de la televisión analógica, para la optimización en el uso<br />
del espectro radioeléctrico.<br />
• LTE: (Long Term Evolution, de sus siglas en ingles) estándar<br />
tecnológico para el acceso inalámbrico móvil de cuarta<br />
generación, diseñada para transmisión de voz y datos.<br />
7
El presente Trabajo Especial de Grado es una contribución a CONATEL,<br />
ya que al disponer de un documento que le sirva de soporte para el<br />
desarrollo de un sistema de comprobación y administración del espectro<br />
radioeléctrico, lo cual de manera indirecta contribuye a generar grandes<br />
expectativas en la inversión por parte de las empresas de<br />
telecomunicaciones, puesto que este sector ha sido clasificado como el de<br />
mayor dinamismo en la actividad económica del país, permitiendo nuevos<br />
paradigmas, conductas y buenas relaciones entre el Estado, los operadores<br />
de telecomunicaciones y los usuarios. Asimismo la importancia de aplicar las<br />
fases y procedimientos en la evaluación de los proyectos, igualmente los<br />
conocimientos adquiridos durante los estudios de la especialización de<br />
Planificación, Desarrollo y Gestión de Proyectos.<br />
8
CAPITULO II<br />
MARCO TEORICO REFERENCIAL<br />
2.1. Antecedentes de la Investigación<br />
Los antecedentes que sustentan a esta investigación, se encuentran<br />
conformados por las investigaciones de carácter documental fundamentales<br />
para la comprensión del desarrollo y evolución, de los términos, conceptos y<br />
relaciones entre procesos, presentados en las experiencias obtenidas en<br />
Venezuela y otros países, en la aplicación de distintos Sistemas para<br />
Administración, Comprobación y Verificación del Espectro Radioeléctrico.<br />
Éstas son un compendio de documentos que describen las mejores<br />
prácticas para el momento de las respectivas aplicaciones, según las<br />
recomendaciones y normativas de la Unión Internacional de<br />
Telecomunicaciones – UIT, ya que la evolución constante de las<br />
telecomunicaciones en el mundo hace necesario la actualización de los<br />
sistemas de gestión del espectro radioeléctrico, situación que muchas veces<br />
no es posible lograrlo de manera inmediata por todos los países, esto<br />
motivado a los costos que esto representan y los procesos administrativos<br />
necesarios que acarrean.<br />
Se comenzará por los casos históricos de Venezuela, pudiendo<br />
referenciar solo dos experiencias obtenidas. La primera fue con la puesta en<br />
funcionamiento del Sistema de Comprobación Técnica de Emisiones<br />
9
Radioeléctricas (SICOTER) y la segunda y más reciente el Sistema<br />
Automatizado de Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />
(SAAGER).<br />
2.1.1. SICOTER<br />
Para el año 1975 el Estado venezolano da la buena pro después de cinco<br />
décadas de uso descontrolado del espectro radioeléctrico, colocando en<br />
marcha mecanismos con los cuales intentó supervisar y administrar ese<br />
importante recurso; se trata del Sistema de Comprobación Técnica de<br />
Emisiones Radioeléctricas (SICOTER), creando un nuevo organismo estatal<br />
adscrito al Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) y sobre cuyos<br />
antecedentes, objetivos, funciones y funcionamiento, fueron adscritos al<br />
Director de Ingeniería de la Dirección Sectorial General de Comunicaciones<br />
del MTC.<br />
Es en el año 1969, cuando formalmente el Estado venezolano se propone<br />
algunas medidas dirigidas a garantizar en la práctica las funciones que la Ley<br />
y los Reglamentos le confería, en ese año se creó el Consejo Técnico<br />
Nacional de Telecomunicaciones (Decreto Presidencial N° 97, 17-7-69), el<br />
cual efectuó un diagnóstico de la situación existente para ese momento,<br />
donde se destacaban los siguientes problemas:<br />
• No existían normas ni procedimientos adecuados para la<br />
administración del espectro radioeléctrico y el país no contaba con<br />
ninguna política para la asignación o distribución de frecuencias.<br />
• Por no existir ninguna clase de equipo de comprobación las<br />
denuncias de interferencias de organismos con funciones<br />
10
especiales, tales como: Relaciones Internacionales, Defensa,<br />
Justicia, no podían ser determinadas. Por esta razón, trabajos tan<br />
importantes como eran: características de propagación de<br />
estaciones sin licencia, radio localización, etc., no podían realizarse<br />
ya que ni siquiera se contaba con un receptor para análisis.<br />
• Desde estaciones de comprobación ubicadas en el exterior<br />
(EE.UU., Canadá, Colombia, Brasil, etc.), llegaban continuamente<br />
quejas de interferencias causadas por estaciones que operaban en<br />
el Territorio Nacional, las cuales no podían verificarse ni<br />
resolverse.<br />
Quedando claro para entonces, que no podía postergarse más la<br />
implementación del sistema de monitoreo y control SICOTER, resultando<br />
reprobable la negligencia del Estado venezolano, manifiesta en el<br />
injustificado retraso del cumplimiento de sus deberes como administrador, de<br />
un recurso natural de tanta importancia para el desarrollo socio-económico<br />
de un país, como lo es el espectro radioeléctrico.<br />
Una vez implementado el sistema SICOTER, se le asignaron los objetivos<br />
señalados a continuación (CONATEL, 1980):<br />
• Lograr que el uso del espectro radioeléctrico ofrezca una máxima<br />
contribución social y económica a la seguridad y bienestar social.<br />
• Establecer y mantener una coordinación adecuada entre los<br />
usuarios del espectro, con el fin de evitar interferencia y<br />
perturbaciones entre los mismos.<br />
• Posibilitar la recopilación de información destinada a la<br />
planificación nacional e internacional de servicios radioeléctricos.<br />
11
• Colaborar con la red internacional de estaciones de comprobación<br />
de emisiones radioeléctricas y con la Unión Internacional de<br />
Telecomunicaciones, para la utilización más racional del espectro.<br />
Posteriormente, para el funcionamiento del sistema se efectuó un estudio<br />
previo, sobre las actuales características generales de distribución, ubicación<br />
y uso del espectro radioeléctrico y sobre las posibilidades y necesidades<br />
técnicas más adecuadas, como resultado de dicho estudio se acordaron las<br />
siguientes instalaciones para el sistema, (CONATEL, 1980):<br />
• Dos estaciones primarias fijas, en Caracas y Maracaibo operando<br />
en el rango de frecuencia de 10 KHz a 1 GHz.<br />
• Tres estaciones secundarias fijas, ubicadas en San Cristóbal, San<br />
Felipe y Maturín, en el rango de frecuencia de 10 KHz a 1 GHz.<br />
• Cuatro estaciones móviles que operaban en el rango de frecuencia<br />
de 10 KHz a 1 GHz y que servían de apoyo a las estaciones fijas.<br />
Finalmente las tareas específicas que le correspondieron a SICOTER,<br />
proporcionando un conocimiento más concreto del funcionamiento y<br />
características del mismo, al servicio de las instituciones e individualidades<br />
interesadas y/o afectadas por los resultados de estas (CONATEL, 1980):<br />
• Observación e identificación de emisiones a fin de constatar el uso<br />
y ocupación del espectro radioeléctrico, basados en los permisos<br />
para operación de estaciones radioeléctricas.<br />
• Medición sistemática de las frecuencias de las estaciones<br />
nacionales a fin de establecer, previa identificación del usuario, si<br />
cumple con lo estipulado en el permiso que le ha sido otorgado.<br />
12
• Observación auditiva y visual de todo el espectro radioeléctrico<br />
para detectar radiaciones no esenciales de las estaciones,<br />
descubrir estaciones nacionales sin licencia o que se identifiquen<br />
de manera irregular, o comprobar si el tráfico cursado por las<br />
estaciones normales y su horario de funcionamiento están en<br />
consonancia con lo establecido en la concesión del permiso.<br />
• Medición y registro del índice de modulación de las estaciones<br />
nacionales.<br />
• Medición del ancho de banda de las estaciones nacionales y, en<br />
ciertos casos, de estaciones extranjeras susceptibles de interferir a<br />
las estaciones nacionales.<br />
• Medición sistemática de la intensidad de campo de la frecuencia<br />
fundamental, y de las armónicas u otras emisiones de las<br />
nacionales recibidas en la estación de la onda de superficie.<br />
• Determinación de radiogoniometrías, para ayudar a identificar<br />
emisiones nacionales que funcionen ilegalmente.<br />
• Registro permanente, según un programa fijado de antemano de la<br />
ocupación del espectro radioeléctrico, sea con objeto de ayudar a<br />
elegir frecuencias para nuevos enlaces, sea para establecer una<br />
lista de emisiones recibidas.<br />
• Comprobación Sistemática de las condiciones de funcionamiento<br />
de los radiofaros marítimos y aeronáuticos nacionales para advertir<br />
a las autoridades competentes en caso de avería.<br />
• Identificación y medición sistemática de las frecuencias de las<br />
estaciones extranjeras que puedan causar interferencias<br />
perjudiciales a estaciones nacionales.<br />
13
• Análisis de las condiciones de funcionamiento de las estaciones<br />
extranjeras notificadas a la IFRB, cuando esas estaciones puedan<br />
ser interferidas por una nueva asignación nacional.<br />
• Escucha sistemática, en 500 KHZ, 2181 y 156,8 MHZ para<br />
contribuir a la seguridad de la vida humana y comprobar si las<br />
estaciones del servicio móvil marítimo cesan sus emisiones en<br />
esas frecuencias en los períodos prescritos en el Reglamento de<br />
Radio comunicaciones de la UIT.<br />
• Participación en los programas de comprobación técnica<br />
establecidos por la IFRB.<br />
• Cooperación con las estaciones de comprobación técnica de otras<br />
administraciones (países) para ayudarles a determinar e identificar<br />
casos de interferencia.<br />
• Cooperación con organismos internacionales en las mediciones u<br />
observaciones por ellas solicitadas.<br />
En la práctica no fueron independientes cada una de estas actividades,<br />
sino por el contrario, estuvieron íntimamente relacionadas una con otra, de<br />
acuerdo con los resultados que se obtuvieron para la época.<br />
2.1.2. SAAGER<br />
Debido a la gran necesidad que existía en Venezuela de un sistema que<br />
permitiera administrar y gestionar eficientemente el Espectro Radioeléctrico,<br />
por la ya obsolescencia del sistema SICOTER, el Estado venezolano realizó<br />
los trámites requeridos ante la Corporación Andina de Fomento (CAF); para<br />
la obtención de los recursos necesarios para la instalación del Sistema<br />
14
Automatizado de Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />
(SAAGER).<br />
En Julio de 1998, se otorgó a la empresa norteamericana Technologies<br />
for Communications International (TCI) la “Buena Pro” para la ejecución del<br />
proyecto, y en Diciembre de ese mismo año se firmó el contrato con la CAF.<br />
TCI se encargó de fabricar, instalar y adecuar el sistema a las condiciones y<br />
realidades propias del país, de acuerdo a las proposiciones realizadas por<br />
los profesionales técnicos e ingenieros de CONATEL.<br />
Desde inicios del año 2000, CONATEL comenzó a dar los primeros pasos<br />
para la conformación de un equipo responsable de la administración del<br />
espectro radioeléctrico, a fin de optimizar el otorgamiento de concesiones y<br />
por consiguiente la calidad de las comunicaciones en el país.<br />
En tal sentido, se crea el equipo humano requerido para integrar el<br />
SAAGER, así como la implementación de cinco (5) Centros Auxiliares de<br />
Control (CAC) que son estaciones fijas de monitoreo, instaladas a nivel<br />
nacional como se muestra en la Figura 1, las estaciones se localizaron donde<br />
se encontraban anteriormente las instalaciones del sistema SICOTER, con<br />
excepción de la estación de Caracas.<br />
15
Figura 1 . Estación CAC de Maturín.<br />
CONATEL (2006)<br />
En ese mismo año, llegan a Venezuela las Unidades Móviles (UM) del<br />
sistema SAAGER, como se muestra en la Figura 2. Estas unidades fueron<br />
adquiridas también a la empresa TCI, para dar apoyo a las funciones de los<br />
CAC y lograr una mayor cobertura en el territorio nacional, dando inicio así al<br />
proyecto SAAGER, quien permitiría impulsar el desarrollo y la consolidación<br />
del sector de las Telecomunicaciones en Venezuela, después de su<br />
implementación.<br />
Figura 2 . Unidades Móviles.<br />
CONATEL (2006)<br />
16
El objetivo principal de SAAGER es:<br />
“Optimizar la administración del Espectro Radioeléctrico en Venezuela, a<br />
través de la implantación de las herramientas técnicas necesarias para las<br />
actividades de monitoreo y gestión”, (CONATEL, 2006).<br />
Teniendo para el logro del objetivo planteado, los siguientes propósitos,<br />
(CONATEL, 2006):<br />
• Permitir la organización del Espectro Radioeléctrico.<br />
• Garantizar el uso eficiente del Espectro Radioeléctrico.<br />
• Contribuir con el crecimiento del sector de las Telecomunicaciones.<br />
• Resolución de problemas de interferencias de los operadores de<br />
Radiodifusión y Telecomunicaciones.<br />
En tal sentido, el sistema SAAGER después de su implementación contó<br />
con un Software de alto rendimiento, compuesto por un módulo de Monitoreo<br />
(Scorpio Client y Scorpio Server), concebido sobre una plataforma de<br />
Windows NT. El software fue adaptado a la legislación y normas venezolanas<br />
del momento, teniendo que realizar los ajustes necesarios por la<br />
promulgación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) en el año<br />
2000.<br />
En referencia al Hardware, se adquirieron todos los equipos de<br />
computación del sistema bajo la misma estructura de CONATEL; se adicionó<br />
la posibilidad de realizar Radiogoniometría en VHF y UHF en los cinco (5)<br />
CAC: Caracas, Maracaibo, Maturín, San Cristóbal y San Felipe, manteniendo<br />
los tres CAC originales de Maturín, San Felipe y San Cristóbal con capacidad<br />
de realizar Radiogoniometría en HF. Estos CAC en conjunto con las UM que<br />
17
disponen de capacidad de realizarla Radiogoniometría en HF, permiten<br />
triangular perfectamente todo el país. Adicional, se completaron los CAC con<br />
la instalación de generadores eléctricos de emergencia, para disponer de<br />
autonomía energética y con capacidad de soportar crecimientos futuros.<br />
Figura 3 - . Procesador del Espectro 8067,<br />
Equipo de medición de las UM<br />
CONATEL (2006)<br />
El sistema SAAGER posee la configuración que se puede observar en las<br />
Figuras 4 y 5, que al conectarse en red pueden tener las siguientes<br />
características, (CONATEL, 2006):<br />
• Sistema de Monitoreo y Radiogoniometría integrado para el<br />
análisis de transmisiones comprendidas entre los 10 KHz y 3 GHz.<br />
• Procesador de señales de banda ancha (10MHz) que ofrece<br />
rapidez y precisión en las mediciones.<br />
• Ofrece transparencia, seguridad y registro de todas las<br />
operaciones.<br />
• Arquitectura cliente-servidor que proporciona gran flexibilidad para<br />
trabajar en modos local, remoto o en red.<br />
18
• Sistema de Información Geográfica Integral que permite la<br />
ubicación de las emisiones.<br />
• Mediciones y visualización de señales en tiempo real lo que<br />
permite su análisis e identificación.<br />
• Programación de actividades según calendario para su oportuna<br />
ejecución.<br />
• Puede realizar la localización de fuentes de emisión, mediante el<br />
rastreo con una estación móvil o triangulación en red entre dos o<br />
más estaciones fija y/o móvil.<br />
• Ejecuta pruebas incorporadas de auto diagnóstico (PIDA).<br />
Figura 4. Esquema de funcionamiento básico del sistema SAAGER.<br />
CONATEL (2006)<br />
19
Figura 5. Esquema de red del sistema SAAGER en los CAC.<br />
CONATEL (2006)<br />
En síntesis, SAAGER cuenta con un sistema que puede analizar desde<br />
10 Khz hasta 3 GHz, y al adicionar los equipos portátiles se puede llevar el<br />
análisis hasta 40 GHz, garantizando la gestión y control del Espectro<br />
Radioeléctrico, resguardando a los operadores debidamente autorizados de<br />
los Servicios de Telecomunicaciones y Radiodifusión, asegurándoles el<br />
apoyo de la Comisión (CONATEL, 2006) en áreas y funciones tan<br />
importantes como:<br />
• Administración:<br />
o Disponibilidad de una Base de Datos Única y consistente.<br />
o Reporte de violaciones a los parámetros establecidos.<br />
• Planificación:<br />
o Asignaciones de frecuencia eficientemente.<br />
• Comprobación y Verificación Técnica:<br />
o Análisis y Registros de Inspecciones Técnicas.<br />
20
o Localización de Interferencias.<br />
o Generación de Reportes de las violaciones de la<br />
permisología para servicios inalámbricos.<br />
o Estudio de Ocupación y porcentaje de utilización del recurso<br />
limitado.<br />
o Radiogoniometría ( Localización de una estación de radio<br />
móvil o fija, utilizando uno o más receptores con antenas de<br />
un ángulo de recepción muy estrecho, para localizar desde<br />
donde viene una señal y determinar el punto donde se<br />
localiza una emisora. Se aplica en navegación marítima y<br />
aérea, o para ubicar alguna estación en particular, y<br />
frecuentemente, una clandestina).<br />
2.2. Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />
La importancia que tienen los servicios de telecomunicaciones consiste<br />
en el hecho que facilita la comunicación entre las personas, convirtiendo al<br />
mundo en una gran autopista de información, donde fluye desde diferentes<br />
direcciones información de diversa índole. De estos servicios un gran<br />
porcentaje son por redes inalámbricas, esto quiere decir que utilizan el aire<br />
como medio de transporte, por consiguiente requieren utilizar una frecuencia<br />
del espectro radioeléctrico para su propagación, se pueden mencionar entre<br />
los servicios más utilizados por las personas, los siguientes:<br />
• Radiodifusión.<br />
• Televisión.<br />
• Telefonía móvil.<br />
• Comunicaciones satelitales.<br />
21
• WiFi (Acceso de datos inalámbrico).<br />
Por tal motivo es de suma importancia que existan instituciones<br />
internacionales, regionales y estatales que se encarguen de la administración<br />
del espectro radioeléctrico, ya que de lo contrario sería un caos la utilización<br />
de cualquier servicio tecnológico que requiera de radiofrecuencia como<br />
medio de transporte. En Venezuela es la Comisión Nacional de<br />
Telecomunicaciones (CONATEL) el ente encargado de administrar el<br />
espectro radioeléctrico, basándose en las normativas y recomendaciones de<br />
la Unión Internacional de Telecomunicaciones.<br />
La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), es un Organismo<br />
Internacional de gran importancia en la Organización de las Naciones<br />
Unidas, en lo que concierne a las tecnologías de la información y la<br />
comunicación, está formada por 191 Estados Miembros y más de 700<br />
Miembros del Sector y Asociados, agrupando a las organizaciones<br />
gubernamentales de distintos países del mundo, encargados de la<br />
administración y gestión del espectro radioeléctrico en sus regiones, este<br />
organismo se encarga de permitir el crecimiento y el desarrollo sostenible de<br />
las redes de telecomunicaciones y de información, facilitando el acceso<br />
universal para que todos puedan participar y beneficiarse en la economía y la<br />
sociedad mundial de las telecomunicaciones y la información.<br />
La UIT tiene bajo su responsabilidad la elaboración de las normas y<br />
reglamentos necesarias para crear infraestructuras y proporcionar servicios<br />
de telecomunicaciones, la gestión equitativa del espectro de frecuencias<br />
radioeléctricas y de las órbitas de los satélites para facilitar la prestación de<br />
servicios inalámbricos en todo el mundo, o la ayuda a los países en la<br />
22
elaboración de sus estrategias de desarrollo de las telecomunicaciones,<br />
tienen por objeto que los seres humanos tengan un acceso fácil y asequible<br />
a la información y la comunicación y colaborar significativamente al desarrollo<br />
económico y social de la humanidad.<br />
La administración y gestión eficiente del espectro en cada país es<br />
autónoma, pero se rigen por las normativas y recomendaciones de la UIT,<br />
esto con la finalidad de poseer un estándar en los modelos y aplicaciones de<br />
comunicaciones, como son los casos de: telefonía, televisión, radiodifusión,<br />
entre otros, cada uno de estos atributos o aplicaciones de<br />
telecomunicaciones requieren del espectro radioeléctrico, por lo que es de<br />
suma importancia que un organismo estatal rija su utilización, de lo contrario<br />
ocurrirían muchas afectaciones en los servicios, tales como: interferencias,<br />
co-canales y solapamiento.<br />
En la administración del espectro radioeléctrico la comprobación técnica<br />
es una de las herramientas esenciales en la gestión del mismo. Las técnicas<br />
aplicadas a esta comprobación han sido desarrolladas para asegurar la<br />
conformidad con los parámetros, normas y técnicas establecidas para los<br />
sistemas de radiocomunicaciones. Adicionalmente, su comprobación ayuda a<br />
promover una utilización eficaz del espectro de radiofrecuencias y de las<br />
órbitas de los satélites geoestacionarios. Es importante destacar que en la<br />
comprobación aplicada a las redes de radiocomunicaciones, se utilizan<br />
distintos métodos que se llevan a cabo en situaciones desfavorables y en un<br />
entorno desconocido.<br />
En el año 1999, la Comisión de Estudio 1 de Radiocomunicaciones de la<br />
UIT, decidió revisar el Manual sobre Comprobación Técnica del Espectro del<br />
23
año 1995 (al igual que se hizo en ediciones anteriores), con la finalidad de<br />
actualizarlo, teniendo en cuenta los últimos desarrollos alcanzados de los<br />
sistemas de radiocomunicaciones digitales para la fecha, y las necesidades<br />
de los organismos reguladores de la gestión del espectro, como es el caso<br />
de CONATEL en Venezuela. La nueva edición corresponde al año 2002 y fue<br />
elaborada por el Grupo de Trabajo 1C a lo largo de tres reuniones realizadas<br />
en: París (Abril, 2000), Munich (Enero, 2001) y Chicago (Noviembre-<br />
Diciembre, 2001).<br />
La radiación electromagnética se define como una forma de energía<br />
eléctrica y magnética oscilante capaz de atravesar el espacio sin necesidad<br />
de interconexiones físicas. La gama completa de frecuencias constituye el<br />
espectro electromagnético y la banda o porción de 9 KHz a 3000 GHz se<br />
conoce como el espectro de radiofrecuencias, este espectro constituye un<br />
recurso natural limitado y es fundamental que se utilice de la forma más<br />
eficaz posible por todos los usuarios de radiocomunicaciones a través del<br />
mundo, de manera que las diversas redes de radiocomunicaciones puedan<br />
funcionar en un entorno radioeléctrico libre de interferencia.<br />
Con la aparición de nuevas tecnologías y el enorme crecimiento del<br />
sector, las demandas del espectro de radiofrecuencias están aumentando a<br />
una velocidad vertiginosa. La gestión efectiva y eficaz del espectro es el<br />
elemento esencial para garantizar la coexistencia de las diversas redes de<br />
radiocomunicaciones, proporcionando la base para la industria de las<br />
telecomunicaciones, que es uno de los sectores de mayor crecimiento en la<br />
economía mundial, de acuerdo a los últimos reportes publicados por la UIT.<br />
24
En Venezuela desde el año 2000 se dispone de la Ley Orgánica de<br />
Telecomunicaciones (LOTEL) 1 , recurso legal que tiene como objeto<br />
establecer el marco de regulación general de las telecomunicaciones, a fin<br />
de garantizar el derecho humano de la comunicación y a la realización de las<br />
actividades económicas de telecomunicaciones necesarias para lograrlo, sin<br />
más limitaciones que las derivadas de la Constitución de la República<br />
Bolivariana de Venezuela y las leyes, sirviendo de soporte para la<br />
administración del espectro radioeléctrico.<br />
Para CONATEL (http://intranetconatel, 2002) la comprobación técnica del<br />
espectro se define como “el proceso de observar consistentemente el<br />
espectro de radiofrecuencia y obtener información sobre su utilización”, esta<br />
información es vital para las funciones propias de la institución, ya que es<br />
requerida por varios departamentos internos, tales como: Gestión de<br />
Servicios de Telecomunicaciones, Seguimiento Regulatorio,<br />
Acompañamiento Técnico, entre otros. Por lo tanto, se podría decir que la<br />
comprobación técnica del espectro constituye los ojos y oídos del proceso de<br />
gestión del espectro.<br />
La gestión del espectro es la combinación de procedimientos<br />
administrativos, científicos y técnicos necesarios para garantizar una<br />
explotación eficaz del equipo y los servicios de radiocomunicación sin<br />
producir interferencia. La finalidad de la gestión del espectro es elevar al<br />
máximo la eficacia de utilización del espectro y reducir al mínimo la<br />
interferencia. Las normas y reglamentos en las cuales se sustenta,<br />
constituyen una base fundamental de carácter regulatorio y legal, para el<br />
1 Se puede consultar en http://www.conatel.gob.ve/normativabusqueda.asp<br />
25
proceso de gestión. Las bases de datos de información, de los usuarios<br />
autorizados del espectro, proporcionan la base administrativa y técnica para<br />
el proceso. El análisis de la información de estas facilita el proceso de<br />
gestión del espectro cuyos resultados son las decisiones de atribución de<br />
espectro, asignación de frecuencias y concesión de licencias.<br />
Asimismo, todos estos procesos aportan los medios necesarios para<br />
mantener la integridad del proceso de gestión del espectro. Existe una<br />
estrecha relación entre las funciones de comprobación técnica del espectro y<br />
de gestión del espectr; la vinculación de estas funciones a través de un<br />
sistema de computación integrado puede acrecentar notablemente la eficacia<br />
y el rendimiento económico de ambas.<br />
La comprobación técnica está íntimamente asociada a las inspecciones y<br />
al fiel cumplimiento de las obligaciones, en cuanto que permite la<br />
identificación y la medición de la utilización del espectro y las fuentes de<br />
interferencia, la verificación de las características técnicas y de explotación<br />
correcta de las señales radiadas, así como, la detección e identificación de<br />
los transmisores ilegales, proporcionando datos sobre la eficacia de las<br />
políticas de gestión del espectro.<br />
El sistema de comprobación técnica y monitoreo del espectro<br />
radioeléctrico, debe estar constituido por dos estructuras de soporte<br />
importantes, la primera es el soporte lógico, el cual debe estar desarrollado<br />
sobre software libre para permitir el acceso al código fuente y de ésta manera<br />
sustentarse en el catálogo de soportes lógicos de la Unión Internacional de<br />
Telecomunicaciones (UIT) para gestión del espectro radioeléctrico, de<br />
conformidad con la Resolución UIT-R 21-2 sobre “Programas Informáticos<br />
26
para la Gestión del Espectro Radioeléctrico”, donde se describen diversos<br />
programas informáticos que efectúan análisis de ingeniería y otras tareas de<br />
gestión del espectro.<br />
El segundo es el soporte físico, debiendo constituirse con equipos de<br />
tecnología de vanguardia y permitir la escalabilidad del sistema, según lo<br />
establecido en las recomendaciones de la UIT: UIT-R SM.1048 sobre<br />
“Directrices para el Diseño de un Sistema Básico Automatizado de Gestión<br />
del Espectro”, UIT-R SM.1370-1 sobre “Directrices de Diseño para la<br />
Elaboración de Sistemas Avanzados de Gestión Automática del Espectro”,<br />
UIT-R SM.1393 sobre “Formatos Comunes para el Intercambio de<br />
Información entre Estaciones de Comprobación Técnica de las Emisiones”,<br />
UIT-R SM.1537 sobre “Automatización e Integración de los Sistemas de<br />
Comprobación Técnica del Espectro con la Gestión Automática del<br />
Espectro”, UIT-R SM.1604 sobre “Directrices para un Sistema Perfeccionado<br />
de Gestión del Espectro Destinado a los Países en Desarrollo” y la UIT-R<br />
SM.1723 sobre “Unidad Móvil Automatizada de Comprobación Técnica del<br />
Espectro”; así como también el manual de la UIT sobre “Comprobación<br />
Técnica del Espectro”; donde se describen las distintas formas de diseño de<br />
un sistema para las mediciones en la comprobación y verificación de la<br />
ocupación del espectro radioeléctrico, siendo estas las funciones principales<br />
de CONATEL.<br />
La automatización debe ser implementada en torno a un soporte físico<br />
flexible y de vanguardia, con modernas arquitecturas de cliente/servidor y<br />
comunicaciones a distancia, simplificará la mayoría de las tareas y<br />
responsabilidades de la institución, relacionadas con la comprobación técnica<br />
del espectro, proporcionando los medios para realizar mediciones repetitivas<br />
de manera rápida y precisa, permitiendo al personal que pueda efectuar<br />
27
tareas orientadas al análisis de las situaciones, resolución de problemas de<br />
interferencia y reducción de la ilegalidad, con un esquema propuesto de red<br />
como el que se observa en la Figura 6, lo que fomentará el desarrollo del<br />
sector de las telecomunicaciones que experimenta un crecimiento sostenido<br />
en Venezuela.<br />
Figura 6 - Esquema propuesto de red<br />
CONATEL (2006)<br />
La utilización de bases de datos y la creación de modelos mediante<br />
computadores, según se puede observar en la Figura 7, agilizará las<br />
funciones relacionadas con la comprobación técnica del espectro y permitirá<br />
28
su eficiente acoplamiento con las actividades de gestión del espectro,<br />
haciendo posible el establecimiento de sistemas integrados que pueden<br />
utilizar automáticamente los datos medidos por el sistema de comprobación<br />
técnica y la información sobre licencias obtenidas de la base de datos de<br />
gestión para detectar transmisiones sin licencia y otras infracciones.<br />
Figura 7 . Bosquejo del esquema de base de datos<br />
CONATEL (2006)<br />
Con el propósito de mantener una adecuada supervisión del espectro<br />
radioeléctrico por parte de CONATEL que se traduzca en la optimización de<br />
29
su uso, así como el crecimiento del sector tanto desde el punto de vista de<br />
las inversiones como de los servicios y en la democratización de las<br />
telecomunicaciones, se hace necesario adelantar las gestiones pertinentes a<br />
fin de dotar al estado venezolano con una herramienta que le permita<br />
ejecutar las actividades inherentes a la comprobación técnica del espectro<br />
radioeléctrico.<br />
Adicional a lo anterior, el sistema deberá ser escalable y que se pueda<br />
modificar sin afectar notablemente la estructura del mismo, ya que<br />
actualmente el entorno radioeléctrico venezolano se encuentra sujeto a la<br />
aplicación de nuevas tecnologías como son el caso de WIMAX, UMTS,<br />
Televisión Digital, LTE, etc.<br />
En este sentido, se plantea la necesidad de reemplazar el actual<br />
SAAGER, por un sistema que sea formado de la integración de software de<br />
administración de tareas de medición desarrollado localmente y equipos de<br />
medición existentes en el mercado, contando con la participación del talento<br />
nacional a fin de lograr un alto grado de autonomía, con miras de<br />
implementar un sistema totalmente desarrollado en el país.<br />
2.3. Bases conceptuales<br />
2.3.1. Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />
Es la combinación de procedimientos y recursos jurídicos,<br />
económicos, administrativos y técnicos necesarios para garantizar el<br />
funcionamiento del máximo número factible de canales radioeléctricos,<br />
30
por las estaciones de distintos servicios de radiocomunicaciones, en una<br />
porción dada del espectro de frecuencias radioeléctricas en cualquier<br />
instante dado, sin producir ni recibir interferencias perjudiciales.<br />
La gestión del espectro constituye una de las claves en la<br />
administración de este y de suma importancia para los organismos<br />
reguladores del sector, el cual es definido por Pavloiouk A. (1998) como:<br />
Las normas y reglamentos basados en la legislación<br />
pertinente constituyen una base reglamentaria y legal para el<br />
proceso de gestión del espectro. Las bases de datos de<br />
información, que contienen detalles de todos los usuarios<br />
autorizados del espectro, proporcionan la base administrativa<br />
y técnica para el proceso. (p.56).<br />
El análisis de la información de estas bases de datos, facilita el<br />
proceso de gestión del espectro cuyos resultados son las decisiones de<br />
atribución de frecuencias y concesión de licencias en el espectro.<br />
2.3.2. Comunicaciones electrónicas<br />
El objetivo fundamental de un sistema de comunicaciones es transferir<br />
información de un lugar a otro, se puede afirmar que las comunicaciones<br />
electrónicas son la transmisión, recepción y procesamiento de<br />
información entre dos o más lugares, utilizando circuitos electrónicos. La<br />
información original puede ser analógica (voz humana, música, etc.), o en<br />
forma digital (codificaciones binarias), estos tipos de información deben<br />
convertirse en energía electromagnética antes de ser irradiadas a través<br />
de un sistema de comunicaciones electrónico.<br />
31
En los últimos años ha existido una gran necesidad de comunicación<br />
entre un mayor número de personas. Esta urgente demanda ha<br />
estimulado el crecimiento de la industria de comunicaciones electrónicas,<br />
por lo que los sistemas modernos incluyen los medios guiados, como son<br />
los cables trenzados, coaxial o fibra óptica y los no guiados que son los<br />
que utilizan el espacio libre mediante la radio frecuencia, como por<br />
ejemplo los sistemas celulares, las microondas y enlaces satelitales, entre<br />
otros.<br />
Para entender un poco cómo es la estructura básica de un sistema de<br />
comunicaciones electrónico, en la Figura 8 se pueden observar los<br />
componentes esenciales, como son la información, el transmisor, el<br />
medio y el receptor.<br />
Figura 8 . Diagrama básico en bloques de un Sistema de Comunicaciones Electrónico.<br />
Del Autor<br />
La información es lo que se va a enviar a través del sistema para que<br />
llegue a su destino, el transmisor recibe la información y la procesa de<br />
manera de poder transformarla en una señal de ondas electromagnéticas<br />
según el medio a utilizar, este puede ser un medio guiado o no guiado<br />
dependiendo de la aplicación o estructura del sistema de comunicación,<br />
32
el receptor acepta del medio de transmisión las señales transmitidas y las<br />
convierte en su forma original de información para entregárselas al<br />
destinatario.<br />
2.3.3. Espectro electromagnético<br />
Como se comentó en el punto anterior, el objetivo fundamental de un<br />
sistema de comunicaciones es transferir información de un lugar a otro o<br />
entre estaciones, esto se logra convirtiendo la información a transferir en<br />
energía electromagnética, para poder transmitirla a una o más receptoras,<br />
donde se reconvierte a su forma original. La energía electromagnética se<br />
puede propagar en forma de voltaje o corriente, a través de un conductor,<br />
también en forma de ondas de radio frecuencia, utilizando el espacio<br />
libre, o como ondas luminosas a través de fibra óptica.<br />
En el caso de utilizar radio frecuencia a través del espacio libre o<br />
guiado, la señal poseerá ciertas características según le frecuencia<br />
utilizada, por lo que para las distintas aplicaciones la UIT normalizó la<br />
división del espectro electromagnético en sub bandas, las cuales son<br />
aplicadas dependiendo del servicio a implementar, esto se puede<br />
observar en la Figura 9, donde se puede mostrar ciertos servicios según<br />
la frecuencia utilizada.<br />
33
Figura 9 - Espectro electromagnético de frecuencias.<br />
Superintendencia de Telecomunicaciones – Costa Rica (2009)<br />
2.3.4. Ondas radioeléctricas<br />
Son las ondas electromagnéticas cuya frecuencia se fija<br />
convencionalmente por debajo de los 3.000 GHz y que se propagan por<br />
el espacio libre sin ningún tipo de guía artificial. Para los radioaficionados<br />
y de acuerdo al manual para el curso del Radio Club Venezolano (RCV,<br />
1995), las ondas de radio son:<br />
Esencialmente una forma de radiación electromagnética<br />
cuyas propiedades fundamentales son la frecuencia, la<br />
intensidad de campo, la polarización y la dirección del<br />
desplazamiento. Las ondas de radio difieren de las ondas de<br />
calor, luz, rayos X, rayos cósmicos, etc. solamente en lo que<br />
respecta a la frecuencia y longitud de onda. (p.110)<br />
34
Estas ondas se propagan a la velocidad de la luz (300.000 Km/seg),<br />
creando en un punto determinado, una energía que varía<br />
constantemente, creciendo o disminuyendo según la frecuencia de<br />
utilización. Al igual que las ondas luminosas, se pueden reflejar o<br />
refractarse, la reflexión puede producirse sobre las capas ionizantes de la<br />
atmósfera o sobre los objetos que presentan una diferencia de constante<br />
dieléctrica, referente al medio adyacente.<br />
Las ondas según su forma de propagación se pueden clasificar en:<br />
• Onda Directa: la que viaja desde la antena de transmisión hasta<br />
la de recepción, sin ningún tipo de reflexión atmosférica,<br />
también se les denomina comunicación de alcance visual o<br />
línea de vista.<br />
• Onda Terrestre: la que se desplaza a lo largo de la superficie<br />
terrestre, sin incidir en la atmosfera.<br />
• Onda Celeste: también conocida como Sky Waves, es la que<br />
alcanza la ionosfera donde ocurre la reflexión y retorna a la<br />
tierra, dando lugar a la propagación ionosférica.<br />
La diferencia entre los alcances de una onda terrestre y una celeste<br />
después de reflejar en la ionosfera, representa una zona de silencio en la<br />
que no se puede captar las señales, esto siempre y cuando la onda es<br />
producto por una frecuencia de operación que admite ambas formas de<br />
propagación.<br />
2.3.5. Frecuencia y longitud de onda<br />
La frecuencia es la cantidad de veces que cambia de polaridad una<br />
señal en un periodo determinado, cada cambio completo de la onda se le<br />
35
denomina ciclo. La unidad básica de medida es el Hertz (Hz), siendo este<br />
un ciclo por segundo (1 Hz = 1 cps). En la electrónica y la<br />
telecomunicaciones se utilizan los prefijos métricos para representar las<br />
frecuencias elevadas, como por ejemplo: mil Hertz es KHz, un millón de<br />
Hertz es MHz, etc.<br />
Las señales de frecuencias alternas son tan amplias que es necesario<br />
dividirlas en subgrupos más pequeños, dentro de las cuales, las más<br />
comunes son las señales de Audiofrecuencia (AF) y las de<br />
Radiofrecuencia (RF). Las primeras señales de frecuencia producen<br />
sonidos que pueden ser captadas por el oído humano, y pertenecen al<br />
grupo denominado Baja Frecuencia.<br />
Las señales de frecuencia que están por encima del subgrupo de<br />
Audiofrecuencia, se les denomina señales de Radiofrecuencia o RF y<br />
está dividida en grupos más pequeños, los cuales podemos visualizar en<br />
el Cuadro 1 referente a la División de las Señales de Radiofrecuencia.<br />
36
Cuadro 1 - División de las Señales de Radiofrecuencia.<br />
Superintendencia de Telecomunicaciones – Costa Rica (2009)<br />
La longitud de onda (λ) es otra característica específica de las señales<br />
de frecuencia alterna, está intrínsecamente ligada con la frecuencia,<br />
describiéndose como la distancia que la onda de radio recorrerá en el<br />
espacio libre durante el transcurso de un solo ciclo. Todas las señales<br />
denominadas ondas electromagnéticas tiene la propiedad de propagarse<br />
por el espacio a la velocidad de la luz (300.000.000 m/s).<br />
Mientras más rápido suceden los ciclos de una señal, menor será la<br />
distancia que la misma recorrerá durante un ciclo completo.<br />
Estableciéndose la relación de la frecuencia y la longitud de onda<br />
respecto a la velocidad constante de desplazamiento de la onda, como<br />
podemos observar en la ecuación siguiente, (RCV, 1996):<br />
37
c = ƒ*λ<br />
Donde:<br />
• c es la velocidad de la luz (300.000.000 m/s)<br />
• ƒ es la frecuencia de la onda en Hertz (Hz).<br />
• λ es la longitud de la onda en metros (m).<br />
38
CAPITULO III<br />
MARCO ORGANIZACIONAL<br />
3.1. CONATEL<br />
En Venezuela las telecomunicaciones constituyen actividades de<br />
interés general y son consideradas prioridad del Estado, que tiene por objeto<br />
satisfacer una necesidad colectiva, directamente a través de las empresas<br />
del sector público, o indirectamente, a través del otorgamiento de<br />
concesiones o permisos que autorizan a los particulares la prestación de los<br />
servicios de telecomunicaciones.<br />
El sector de las Telecomunicaciones, hasta el 4 de septiembre de 1991,<br />
estuvo a cargo de la Dirección General Sectorial de Comunicaciones del<br />
Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), paralelamente se<br />
presentaba el proceso de privatización de la empresa Compañía Anónima<br />
Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), a quien la República le había<br />
otorgado un contrato de concesión estableciendo un régimen especial de<br />
privilegio a favor de la concesionaria, denominado de concurrencia limitada,<br />
donde se comprometía a no permitir la prestación por otros operadores de<br />
los servicios de telefonía básica.<br />
En busca de reorganizar el sector se contempla la creación de un ente<br />
regulador, La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL),<br />
creada el 5 de septiembre de 1991, según el Decreto N° 1.826, de Gaceta<br />
39
Oficial Nº 34.801, adscrita al Despacho del Ministerio de Infraestructura, con<br />
rango de Dirección General Sectorial y función de servicio autónomo sin<br />
personalidad jurídica, con autonomía de gestión administrativa, financiera y<br />
presupuestaria, teniendo por objetivo la planificación, administración,<br />
regulación y control en todo el territorio nacional del espectro radioeléctrico y<br />
de los servicios de telecomunicaciones.<br />
Para el año 1999, la Comisión diseña un anteproyecto de Ley de<br />
Telecomunicaciones con el fin de actualizar la normativa existente que regía<br />
desde 1940. Es entonces el 12 de junio del año 2000 que se publica en la<br />
Gaceta Oficial Nº 36.970 la Ley Orgánica de Telecomunicaciones de<br />
Venezuela, instrumento jurídico adaptado al cambiante sector, que propicia<br />
de forma adecuada el proceso de apertura de las telecomunicaciones,<br />
además convirtió a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones en un<br />
Instituto Autónomo, y la dotó de personalidad jurídica, patrimonio propio e<br />
independiente del Fisco Nacional y autonomía técnica, financiera,<br />
organizativa, normativa y administrativa.<br />
Siguiendo en el proceso de cambios ocurridos, el 27 de noviembre del<br />
año 2000, vence el privilegio de concurrencia limitada otorgado por la<br />
República a la CANTV y a partir de esta fecha cualquier interesado que<br />
obtenga la correspondiente habilitación administrativa, de conformidad con el<br />
ordenamiento jurídico vigente, podrá prestar servicios básicos de<br />
telecomunicaciones en el país, dando paso a la apertura del sector de las<br />
Telecomunicaciones.<br />
Este panorama de mantuvo hasta finales del año 2006, debido a que,<br />
en enero de 2007, se crea el Ministerio del Poder Popular para las<br />
Telecomunicaciones y la Informática (MPPTI), establecido en la Gaceta<br />
Oficial Nº 5.836 Extraordinaria del 8 de enero de 2007. CONATEL, es<br />
40
adscrita a este nuevo Ministerio, junto al Centro Nacional de Tecnología e<br />
Información (CNTI), la Superintendencia de Servicios de Certificación<br />
(SUSCERTE) y el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL).<br />
Según Gaceta Oficial Nº 39.178 del día jueves 14 de mayo de 2009, la<br />
Presidencia de La República ordena la supresión del MPPTI, redistribuyendo<br />
a los entes adscritos al extinto ministerio a otros existentes con mayor<br />
afinidad. Siendo CONATEL asignado al Ministerio del Poder Popular para las<br />
Obras Públicas y Vivienda (MPPOPV), pero sin cambiar atribuciones,<br />
objetivos ni funciones. Es esta la ubicación actual de CONATEL dentro del<br />
panorama administrativo y legal de la Nación.<br />
3.2. Visión<br />
En CONATEL nos visualizamos como una institución pública al servicio<br />
del pueblo que desarrolla políticas para contribuir a la transformación<br />
permanente de la sociedad a fin de alcanzar los ideales consagrados en la<br />
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en un contexto<br />
nacional, continental y mundial (CONATEL, 2005).<br />
3.3. Misión<br />
Socializar el uso y aplicación de las telecomunicaciones y democratizar<br />
su acceso hasta convertirlas en plataforma habilitadora de desarrollo para<br />
consolidar la República (CONATEL, 2005).<br />
41
3.4. Objetivos Estratégicos<br />
Los objetivos asignados a CONATEL para alcanzar el logro de su<br />
Visión y Misión, son (http://intranetconatel, 2005):<br />
1. Promover e incentivar la participación ciudadana en la regulación y<br />
promoción de las telecomunicaciones, que permita a los ciudadanos<br />
ejercer su participación directa en la gestión pública.<br />
2. Fortalecer la presencia regional, para facilitar la accesibilidad y el<br />
acercamiento de la Institución a todos los ámbitos del territorio<br />
nacional, y así potenciar una efectiva Gestión Institucional.<br />
3. Promover, articular y fortalecer el desarrollo integral de los programas<br />
y proyectos de índole nacional, con el propósito de poner al alcance<br />
de los ciudadanos las herramientas motorizándolas para el desarrollo<br />
de sus comunidades.<br />
4. Promover un mayor desarrollo de las telecomunicaciones en el ámbito<br />
nacional, a fin de garantizar el acceso de los ciudadanos a los<br />
servicios de Telecomunicaciones.<br />
5. Fomentar el desarrollo de una radio y una televisión que coadyuve en<br />
la formación de ciudadanía en el marco de la Constitución de la<br />
República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de<br />
Telecomunicaciones y la Ley de Responsabilidad Social en Radio y<br />
Televisión.<br />
6. Promover una gestión institucional eficiente, eficaz y efectiva, a los<br />
fines de satisfacer las necesidades y exigencias de la sociedad en<br />
materia de telecomunicaciones.<br />
42
3.5. Estructura Organizativa de CONATEL<br />
La estructura organizativa de CONATEL contempla los siguientes niveles<br />
organizativos, los cuales se pueden observar en la Figura 10:<br />
1. Nivel Estratégico.<br />
2. Nivel de Apoyo o Asesoría.<br />
3. Nivel Táctico.<br />
4. Nivel Operativo.<br />
CONSEJO<br />
DIRECTIVO<br />
Auditoría Interna<br />
Nivel Estratégico<br />
DIRECCIÓN<br />
GENERAL<br />
Nivel de Asesoría y<br />
Apoyo<br />
Nivel Táctico<br />
Oficina de Enlace<br />
FABN<br />
Consultoría<br />
Jurídica<br />
Comunicaciones<br />
Corporativas<br />
CEDITEL (Centro de Desarrollo e<br />
Información en Telecomunicaciones)<br />
Nivel Operativo<br />
División de Atención al<br />
Ciudadano<br />
Gerencia General<br />
de<br />
Operaciones<br />
División de Análisis y<br />
Regulación<br />
Gerencia General<br />
de Servicio<br />
Universal<br />
Gerencia General<br />
de Administración<br />
Gerencia de<br />
Planificación y<br />
Desarrollo<br />
Gerencia de Gestión<br />
de Servicios de<br />
Telecomunicaciones<br />
Gerencia de<br />
Seguimiento<br />
Regulatorio<br />
Gerencia de<br />
Recaudación y<br />
Fiscalización<br />
Gerencia de<br />
Gestión<br />
Internacional<br />
División de Verificación Técnica y<br />
Radiolocalización<br />
División de Seguimiento de<br />
Telecomunicaciones<br />
División de Seguimiento de Radiodifusión<br />
Figura 10 Organigrama de CONATEL<br />
CONATEL (2005)<br />
43
3.6. Objetivo de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio<br />
Nuestro centro de estudio es la Gerencia de Seguimiento Regulatorio<br />
cuyos objetivos son: Planificar, dirigir y controlar la vigilancia de la<br />
instalación, operación y prestación de los servicios de telecomunicaciones,<br />
así como el uso adecuado de los recursos limitados, garantizando el<br />
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el marco jurídico de las<br />
telecomunicaciones (http://intranetconatel, 2005).<br />
Siendo esta gerencia el departamento encargado dentro de la<br />
organización de la operatividad del sistema de verificación y comprobación<br />
técnica del espectro radioeléctrico, que en la actualidad es el sistema<br />
SAAGER y cuya operatividad está comprometida por presentar problemas de<br />
obsolescencia y falta de repuestos, por lo que realizar el trabajo se hace más<br />
complicado y por ende todos los problemas que esto involucra, como por<br />
ejemplo la detección de afectación por interferencia perjudiciales a<br />
operadores por otros operadores o terceros, lo cual también incide en la<br />
asignación efectiva de porciones de espectro radioeléctrico, para la<br />
explotación de nuevos servicios o la expansión de alguno existente.<br />
3.7. Funciones de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio<br />
Las funciones asignadas a la Gerencia y que son desarrolladas por las<br />
tres divisiones adscritas a ésta, las cuales son la División de Seguimiento de<br />
Telecomunicaciones, Seguimiento de Radiodifusión y Verificación Técnica y<br />
Radiolocalización, son las siguientes, (http://intranetconatel, 2005):<br />
1. Planificar, dirigir y controlar el proceso de inspecciones a nivel<br />
nacional, a fin de garantizar la administración eficiente de los recursos<br />
44
limitados y la calidad en la prestación de los servicios de<br />
telecomunicaciones<br />
2. Dirigir las actividades llevadas a cabo por el Centro nacional de<br />
Control y los Centros Auxiliares de Control, los cuales estarán<br />
encargados de realizar las mediciones o comprobaciones técnicas<br />
requeridas.<br />
3. Evaluar y hacer seguimiento del cumplimiento de las obligaciones<br />
establecidas en las habilitaciones administrativas y en los contratos de<br />
concesión, a fin de corroborar que las operadoras de los servicios de<br />
telecomunicaciones se acojan a los lineamientos establecidos.<br />
4. Planificar, controlar y hacer seguimiento del cumplimiento de los<br />
planes, reglamentos y todo marco jurídico aplicable a las actividades<br />
de telecomunicaciones, a fin de garantizar la adecuada regulación del<br />
sector de las telecomunicaciones.<br />
5. Coordinar y controlar, conjuntamente con Consultoría Jurídica y en<br />
concordancia a la Normativa Legal establecida en la Comisión, los<br />
procesos administrativos que pudieran derivarse de la violación o<br />
incumplimiento de las obligaciones establecidas en el marco jurídico<br />
de las telecomunicaciones.<br />
6. Dirigir y coordinar las inspecciones o investigaciones que pudieran<br />
derivarse de los reclamos recibidos de los operadores o usuarios de<br />
los servicios de telecomunicaciones como consecuencia de<br />
interferencias, contratos de servicios u otras, con el objetivo de hacer<br />
cumplir los derechos y deberes de estos.<br />
7. Diseñar, conjuntamente con PROCOMPETENCIA, lineamientos y<br />
políticas a ser implementadas para la protección, vigilancia y<br />
regulación del mercado de telecomunicaciones, a fin de evitar<br />
prácticas de las operadoras que puedan distorsionar la competitividad<br />
en el Sector.<br />
45
CAPITULO IV<br />
DISEÑO METODOLÓGICO<br />
4.1. Tipo de Investigación<br />
Para este proyecto se utilizó un modelo de investigación con enfoque en<br />
el estudio de factibilidad técnica que se planteó, el cual fue: Proyecto<br />
Factible con un componente de análisis Documental.<br />
El tipo de investigación al que respondió la propuesta es el denominado<br />
Proyecto Factible de acuerdo a la clasificación fundamentada en el Manual<br />
de Trabajo de Grado, de Maestría y Tesis Doctorales de la U.P.E.L. (2005),<br />
y de acuerdo a la definición extraída del mismo:<br />
El Proyecto Factible consiste en la investigación, elaboración<br />
y desarrollo de una propuesta de un modelo operativo viable<br />
para solucionar problemas, requerimientos o necesidades de<br />
organizaciones o grupos sociales; puede referirse a la<br />
formulación de políticas, programas, tecnologías, métodos o<br />
procesos. El proyecto debe tener apoyo en una investigación<br />
de tipo documental, de campo o un diseño que incluya ambas<br />
modalidades. (p. 21)<br />
Bajo este contexto, la investigación se encontró enmarcada en la<br />
modalidad de proyecto factible, debido a que se sustenta en un modelo<br />
operativo susceptible de ser realizado, orientado a proporcionar una<br />
solución viable a la situación planteada, cubriendo las necesidades y<br />
46
equerimientos de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, en la<br />
realización de un Estudio de Factibilidad Técnica para la Implementación de<br />
un Sistema de Verificación y Comprobación Técnica del Espectro<br />
Radioeléctrico, como parte de los requerimientos necesarios para la<br />
ejecución del Proyecto SAAGER Venezolano, requerimiento solicitado a la<br />
Gerencia de Seguimiento Regulatorio de CONATEL.<br />
Es importante hacer notar que esto involucró la realización de un<br />
diagnóstico que permitió conocer la situación y la problemática actual en el<br />
desarrollo del Proyecto SAAGER Venezolano, así como los distintos<br />
proveedores de equipos existentes en el mercado con representación en<br />
Venezuela y poder evaluar las distintas experiencias desarrolladas en otros<br />
países, teniendo como referencia los estándares y recomendaciones de la<br />
UIT.<br />
Adicionalmente y en el contexto planteado, en el Manual de Trabajos de<br />
Grado de Especialización y Maestría y Tesis Doctorales de la UPEL (2008),<br />
se pudo considerar en esta investigación un componente Documental, ya<br />
que:<br />
Se entiende por Investigación Documental, el estudio de los<br />
problemas con el propósito de ampliar y profundizar el<br />
conocimiento de su naturaleza, con apoyo, principalmente, en<br />
trabajos previos, información y datos divulgados por medios<br />
impresos, audiovisuales o electrónicos. La originalidad del<br />
estudio se refleja en el enfoque, criterios,<br />
conceptualizaciones, reflexiones, conclusiones,<br />
recomendaciones y, en general, en el pensamiento del autor<br />
(P. 20).<br />
Debido a que se realizó el diagnóstico de lo descrito anteriormente y de<br />
la situación para el momento de la evaluación, de los procesos de<br />
47
Verificación y Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico por parte<br />
de CONATEL, de donde se extrajo la información requerida para sustentar<br />
el Estudio de Factibilidad Técnica realizado, según el esquema<br />
suministrado en las materias de Pre-factibilidad y Factibilidad Técnica,<br />
dictadas en la carrera de Especialización en Planificación, Desarrollo y<br />
Gestión de Proyectos en la <strong>Universidad</strong> Monteávila.<br />
4.2. Estrategia de realización del Proyecto Factible<br />
El diseño de la investigación se clasificó como Documental, de acuerdo a<br />
la definición presentada por F. Arias (1999), ya que “se basa en la obtención<br />
y análisis de datos provenientes de materiales impresos u otros tipos de<br />
documentos” (p.47). Para los efectos de la presente investigación, se utilizó<br />
la documentación de referencias técnicas de los equipos existentes en el<br />
mercado, así como los documentos que reflejan las experiencias obtenidas<br />
en otros países, como antecedentes existentes que sustenten la<br />
implementación de sistemas de comprobación y verificación del espectro<br />
radioeléctrico.<br />
Es necesario destacar que se tomaron en cuenta las distintas formas de<br />
implementar estos sistemas, como son:<br />
• Proyecto llave en mano: Cuando todo el desarrollo es realizado<br />
por una empresa proveedora de tecnología, tanto los equipos de<br />
medición como el software.<br />
• Desarrollo completamente local: Cuando todo el desarrollo es<br />
realizado por la organización que requiere el sistema, tanto los<br />
equipos de medición como el software.<br />
48
• Desarrollo mixto: Cuando se mezclan los equipos de medición de<br />
cualquier proveedor de tecnología con el software desarrollado<br />
localmente.<br />
4.3. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos<br />
Las técnicas utilizadas en el presente trabajo fueron las siguientes:<br />
• Estudio de casos: Se evaluaron distintas experiencias vividas en<br />
la implementación de sistemas de verificación y comprobación<br />
técnica del espectro radioeléctrico.<br />
• Aplicación de metodología: La metodología que se ajustó para el<br />
desarrollo de este estudio de factibilidad técnica de proyectos, es<br />
el planteado por G. Baca (1995) que señala:<br />
Los objetivos del análisis técnico-operativo de un<br />
proyecto son los siguientes:<br />
- Verificar la posibilidad técnica de fabricación del<br />
producto que se pretende.<br />
- Analizar y determinar el tamaño óptimo, la<br />
localización óptima, los equipos, las instalaciones<br />
y la organización requeridos para realizar la<br />
producción. (p.86)<br />
Aplicando los puntos necesarios y acordes con el desarrollo del<br />
presente estudio, para la definición y establecimiento de los<br />
requerimientos y estrategias seguidas en el estudio de factibilidad<br />
técnica para el proyecto SAAGER.<br />
• Análisis de fuentes documentales: Se realizó un análisis<br />
comparativo de las características de las diversas tecnologías<br />
utilizadas con el fin de evaluar y determinar cual se ajustaba al<br />
49
modelo propuesto, para la verificación y comprobación técnica<br />
del espectro radioeléctrico, mediante el estudio de las<br />
documentaciones y experiencias de otros países.<br />
• Mejores prácticas: Se utilizó como guía las recomendaciones<br />
emanadas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones<br />
(UIT), para la implementación de sistemas de verificación y<br />
comprobación técnica del espectro radioeléctrico.<br />
4.4. Técnicas de Procesamiento y Análisis de Datos<br />
Una vez realizado el análisis comparativo de las experiencias existentes<br />
en distintos países, en la implementación de sistemas para la verificación y<br />
comprobación del espectro radioeléctrico y su gestión, se pudo visualizar e<br />
identificar de acuerdo a las recomendaciones y normativas de la UIT, el<br />
modelo recomendable a sugerir para ser implementado por CONATEL en<br />
Venezuela.<br />
Adicionalmente se pudo dictaminar la factibilidad técnica requeridas en la<br />
implementación del sistema para la verificación y comprobación técnica del<br />
espectro radioeléctrico, por parte de CONATEL, como aporte necesario e<br />
imprescindible para la continuidad del Proyecto SAAGER Venezolano. Con el<br />
fin de que el Estado venezolano pueda disponer de un Sistema de<br />
Comprobación y Verificación Técnica que sirva de soporte para desarrollar el<br />
Sistema de Gestión del Espectro, quedando como una fase posterior a la<br />
implementación del SAAGER venezolano.<br />
.<br />
50
CAPITULO V<br />
LA PROPUESTA<br />
Atendiendo a los requerimientos de la Gerencia de Seguimiento<br />
Regulatorio de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), y<br />
de acuerdo a los objetivos planteados en el presente trabajo, a continuación<br />
se presenta la propuesta para el Estudio de Factibilidad Técnica, para la<br />
Implementación de un Sistema de Verificación y Comprobación Técnica del<br />
Espectro Radioeléctrico, bajo el enfoque de las mejores experiencias, que<br />
permite establecer los modelos más utilizados en la Gestión del Espectro<br />
Radioeléctrico, por parte de organismos gubernamentales encargados de la<br />
administración del mismo en distintos países, orientados al mejoramiento de<br />
la calidad del servicio prestado.<br />
Para el desarrollo de la propuesta, se elaboró un plan compuesto por tres<br />
etapas:<br />
1. Conocer las experiencias obtenidas en otros países,<br />
2. Evaluar las diferentes opciones técnicas existentes,<br />
3. Identificar la opción más recomendable.<br />
Para cada una de estas etapas se realizaron varias actividades, en las<br />
cuales se involucró al personal de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio y<br />
la Gerencia de Gestión Internacional, quienes a su vez serán los<br />
departamentos responsables de apuntalar, difundir y promover el proyecto<br />
SAAGER Venezolano, ante los organismos internacionales y del Estado,<br />
para la posterior implantación.<br />
51
A continuación se detallan cada una de ellas:<br />
5.1. Etapa I – Experiencias en Otros Países<br />
En esta etapa se realizó una búsqueda, para conocer las experiencias<br />
obtenidas en otros países en la utilización de los sistemas de verificación y<br />
comprobación del espectro radioeléctrico, los cuales son el soporte para la<br />
gestión del espectro radioeléctrico en cada caso. Principalmente se tomaron<br />
en cuenta las experiencias de países de América del Sur, tomando en cuenta<br />
que muy pocos han considerado la iniciativa de proyectar a futuro la<br />
integración de hardware y software de varios proveedores existentes en el<br />
mercado, esto motivado a la constante evolución que han tenido los servicios<br />
de radiocomunicaciones y sus aplicaciones.<br />
Durante esta etapa se estudiaron las experiencias de los siguientes<br />
países:<br />
5.1.1. BRASIL<br />
El ente encargado de la administración, comprobación y verificación<br />
del espectro radioeléctrico es la Agencia Nacional de Telecomunicaciones<br />
(ANATEL), para lo cual posee dos sistemas: uno para la regulación de las<br />
radiocomunicaciones y otro para la regulación de la Radiodifusión, los<br />
cuales son:<br />
• Sistema de Gestión y Monitoreo del Espectro (SGME).<br />
• Red Nacional RadioVideoMetric (RNR).<br />
52
El sistema de gestión SGME está compuesto por varios subsistemas,<br />
como se puede apreciar en la Figura 11, de los cuales el encargado del<br />
monitoreo del espectro radioeléctrico está constituido por equipos fijos y<br />
portátiles de tecnología de punta de distintos proveedores y un software<br />
de integración propietario, instalados en estaciones fijas y unidades<br />
móviles a nivel nacional, con un centro de operaciones en Brasilia, como<br />
se puede observar en la Figura 12, este subsistema proporciona la data<br />
necesaria para la gestión del espectro radioeléctrico en Brasil.<br />
Figura 11 Sistema SGME de Brasil.<br />
ANATEL (2009)<br />
53
Figura 12 Sistema SGME de Brasil.<br />
ANATEL (2009)<br />
Por otro lado, el sistema RNR es el encargado de verificar y<br />
comprobar el espectro asignado a los canales de televisión y<br />
radiodifusión sonora, para lo cual posee una plataforma como se muestra<br />
en la Figura 13, está compuesto por equipos de tecnología de punta y<br />
distribuidos a nivel nacional en estaciones fijas (en su mayoría) y<br />
portables, con un centro de operaciones en Brasilia, como se puede<br />
visualizar en la Figura 14.<br />
54
Figura 13 Sistema RNR de Brasil.<br />
ANATEL (2009)<br />
Figura 14 Sistema RNR de Brasil.<br />
ANATEL (2009)<br />
Ambos sistemas SGME y RNR se complementan, proporcionando la<br />
data de la comprobación y verificación del espectro radioeléctrico,<br />
necesaria para llevar una eficaz administración y gestión del espectro en<br />
Brasil, si se adiciona lo extenso del territorio nacional se puede decir que<br />
55
ANATEL es uno de los ejemplos a seguir en la aplicación de estos<br />
sistemas en América del Sur.<br />
5.1.2. COLOMBIA<br />
El órgano del Estado encargado de velar por el funcionamiento y<br />
administración del espectro radioeléctrico es el Ministerio de Tecnologías<br />
de la Información y las Comunicaciones, que junto con la Comisión de<br />
Regulación de Comunicaciones (CRC) y la Comisión Nacional de<br />
Televisión (CNTV), poseen un sistema compuesto por equipos portátiles<br />
del proveedor Agilent Technologies y el software de integración es del<br />
proveedor Technology for Communication Internationals (TCI), el cual fue<br />
el proveedor que utilizó nuestro país para la implantación del SAAGER en<br />
el año 2000.<br />
Esto quiere decir que el sistema de comprobación y verificación del<br />
espectro de Colombia, posee dos proveedores de tecnología, uno de<br />
hardware y otro de software, teniendo que realizar los cambios necesarios<br />
cada vez que exista un cambio de hardware o aplicación. No obstante,<br />
una ventaja que posee el sistema es que el proveedor de hardware tiene<br />
una amplia trayectoria en el mercado, dándole un gran respaldo en este<br />
punto.<br />
El sistema está compuesto por estaciones fijas de monitoreo y<br />
unidades móviles distribuidas a nivel nacional, con su centro de<br />
operaciones en Bogotá DC. También cuentan con un servicio de<br />
56
información en la web, llamado Sistema de Información Unificado del<br />
Sector de las Telecomunicaciones (SIUST) 2 , este es la principal fuente de<br />
información del sector de las telecomunicaciones en Colombia, donde los<br />
ciudadanos, inversionistas, consultores, estudiantes, operadores y<br />
entidades gubernamentales podrán encontrar información técnica,<br />
administrativa y legal del sector.<br />
5.1.3. URUGUAY<br />
En Uruguay la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones<br />
(URSEC) 3 , es el órgano encargado de la administración y gestión del<br />
espectro radioeléctrico, así como también de la comprobación y<br />
verificación del mismo. Para lo cual poseen equipos portátiles y fijos del<br />
proveedor Rohde & Schwarz y aperturó una licitación pública este año, la<br />
cual cerró en septiembre pasado, con la finalidad de que le provean del<br />
software necesario para la administración y gestión del espectro<br />
radioeléctrico, incluyendo la comprobación y verificación del mismo,<br />
amparándose en la modalidad llave en mano.<br />
El proveedor seleccionado tiene que entregar un sistema completo y<br />
garantizar el entrenamiento y mantenimiento del mismo, según las<br />
estipulaciones del contrato, el cual se puede observar en el Anexo 1. De<br />
concretarse el desarrollo, se podría afirmar que el sistema para la<br />
comprobación y verificación del espectro que dispondría URSEC, contaría<br />
con equipos portables y fijos de última generación, de un proveedor que<br />
2 Se puede consultar en http://www.siust.gov.co<br />
3 Se puede consultar en http://www.ursec.gub.uy<br />
57
posee una amplia trayectoria en el mercado, por consiguiente habría que<br />
evaluar que proveedor sería al que se le otorgara la buena pro, si fuese<br />
uno local o alguno trasnacional con amplia experiencia en el ramo.<br />
5.1.4. ARGENTINA<br />
En Argentina el órgano encargado de la administración y gestión del<br />
espectro radioeléctrico es la Comisión Nacional de Comunicaciones<br />
(CNC) 4 , y está adscrita a la Secretaría de Comunicaciones de la Nación,<br />
la CNC dentro de sus atribuciones se ocupa de la comprobación y<br />
verificación del espectro radioeléctrico. Para lo cual adquirieron tanto el<br />
hardware como software de múltiples compañías que desarrollan<br />
sistemas de monitoreo con equipos portátiles, realizando la integración de<br />
éstos con ingeniería local, para conformar el Sistema de Comprobación<br />
Técnica de Emisiones (SNCTE), con una red instalada compuesta por<br />
estaciones fijas, remotas y móviles como se puede apreciar en la Figura<br />
15.<br />
4 Se puede consultar en http://www.cnc.gov.ar<br />
58
Figura 15 Sistema SNCTE de Argentina.<br />
CNC (2006)<br />
Adicionalmente, incursionaron en el desarrollo de la infraestructura de<br />
las unidades fijas (Shelters) para instalar estaciones de monitoreo<br />
remotas (ver Figura 16) y asumieron el ensamblado de unidades móviles<br />
con vehículos de fabricación nacional (ver Figuras 17 y 18).<br />
Figura 16 Estación Remota del SNCTE de Argentina.<br />
CNC (2006)<br />
59
Figura 17 Esquema Unidad Móvil del SNCTE de Argentina.<br />
CNC (2006)<br />
Figura 18 Unidad Móvil del SNCTE de Argentina.<br />
CNC (2006)<br />
Todo lo anterior, se puede resumir en que la CNC posee un sistema<br />
bastante robusto y que es ajustable a cualquier cambio que se realice,<br />
tanto en tecnología como en expansión o aplicación de nuevos servicios,<br />
siendo una experiencia de ejemplo en América del Sur.<br />
60
5.2. Etapa II – Diferentes Opciones Técnicas Existentes<br />
En esta etapa se evaluaron las diferentes opciones existentes en la<br />
implantación de un sistema de comprobación y verificación técnica del<br />
espectro radioeléctrico, como apoyo del sistema de administración y gestión,<br />
el investigador se basó en las experiencias obtenidas en otros países en la<br />
implantación y utilización de sus sistemas de comprobación y verificación, así<br />
como el de gestión.<br />
Para tener un mejor criterio en el desarrollo de esta etapa, fue necesario<br />
considerar las especificaciones técnicas y funcionales de un sistema de<br />
gestión del espectro radioeléctrico, destacando los siguientes puntos:<br />
• La administración y monitoreo del espectro radioeléctrico requiere<br />
de la utilización de herramientas varias para asegurar el<br />
cumplimiento de la asignación del espectro y regulaciones que<br />
puedan identificar, gestionar y monitorear las señales de emisión.<br />
• Se necesita una variedad de herramientas para el monitoreo y la<br />
aplicación de las normas y regulaciones en la utilización del<br />
espectro radioeléctrico, entre las cuales podemos destacar:<br />
o Base de datos con la información de los sistemas<br />
autorizados.<br />
o Información de las normas nacionales e internacionales.<br />
o Licencias y requisitos técnicos concernientes a servicios<br />
específicos.<br />
o Equipamiento electrónico para determinar las fuentes de<br />
emisión.<br />
61
o Mecanismos regulatorios para la aplicación de multas sobre<br />
los prestadores de servicios que no cumplan con las<br />
regulaciones.<br />
• Se debe considerar la movilidad para el sistema de comprobación<br />
y verificación técnica, ya que se traduce en beneficios claves tanto<br />
para los operadores o usuarios que soliciten la verificación de las<br />
emisiones como para el ente regulador. Logrando reducir los<br />
tiempos de respuestas en la detección de interferencias, ya que se<br />
puede llegar a lugares donde las estaciones fijas de monitoreo no<br />
alcanzan a supervisar.<br />
Al igual que lo reflejado anteriormente, fue necesario analizar las<br />
recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)<br />
para tal fin, las cuales han sido desarrolladas en base a parámetros y<br />
estándares ya calificados, para la implementación de equipos y sistemas<br />
para el monitoreo y gestión del espectro radioeléctrico, pudiendo mencionar<br />
las siguientes:<br />
• Recomendación técnica UIT-R SM.1048 (Directrices para el diseño<br />
de un sistema básico automatizado de gestión del espectro):<br />
o Esta recomendación en su alcance señala que se deben<br />
elaborar y mantener programas lógicos destinados a la<br />
creación de un Sistema Básico Automatizado de Gestión del<br />
Espectro (Basic Automated Spectrum Management System<br />
– BASMS, por sus siglas en ingles), según las<br />
características que recomienda y con disponibilidad en el<br />
menor tiempo posible.<br />
o También plantea la forma como debe comenzarse la<br />
creación del BASMS, partiendo desde sistemas disponibles<br />
62
en el mercado hasta el autodesarrollo del sistema, tomando<br />
en cuenta todos los pasos para su implementación.<br />
o Asimismo plantea los requerimientos de disponibilidad,<br />
almacenaje y respaldo de la información, como paso previo<br />
para la implementación de un Sistema Perfeccionado de<br />
Gestión del Espectro (Advanced Spectrum Management<br />
System – ASMS, por sus siglas en ingles).<br />
• Recomendación técnica UIT-R SM.1370-1 (Directrices de diseño<br />
para la elaboración de sistemas avanzados de gestión automática<br />
del espectro):<br />
o Esta recomendación en sus objetivos señala como se debe<br />
elaborar y mantener los programas lógicos destinados a la<br />
implementación de un Sistema Perfeccionado de Gestión<br />
del Espectro (Advanced Spectrum Management System –<br />
ASMS, por sus siglas en ingles), incluyendo todos los<br />
procesos y cálculos necesarios en la administración del<br />
espectro.<br />
o De la misma forma, como el ASMS debe permitir múltiples<br />
usuarios y poseer las características de seguridad de datos<br />
acorde a su importancia, además de incluir características<br />
de cálculo de ingeniería avanzada para servicios<br />
radioeléctricos, así como disponer de una base de datos<br />
topográficos para determinados cálculos de ingeniería.<br />
o Plantea los requisitos necesarios en la capacitación y apoyo<br />
del personal, para la implantación y puesta en marcha del<br />
sistema.<br />
63
• Recomendación técnica UIT-R SM.1537 (Automatización e<br />
integración de los sistemas de comprobación técnica del espectro<br />
con la gestión automática del espectro):<br />
o Plantea la implementación de un sistema integrado y<br />
automatizado que emplee una base de datos relacional<br />
común entre ambos sistemas, que contenga las<br />
funcionalidades expresadas en la norma (acceso remoto a<br />
los recursos del sistema, detección automática de infracción,<br />
asignación de frecuencia, medición automática de los<br />
parámetros de la señal y de la ocupación junto con radiogoniometría,<br />
moderna interfaz de usuario gráfica, entre<br />
otras).<br />
o Señala la bondad que deben tener los equipos de medición<br />
para procesar las señales analógicas o digitales, las áreas<br />
principales de interacción entre los sistemas, garantizando<br />
una coherencia de los datos administrativos y el control del<br />
espectro, en estricto cumplimiento de las normas y<br />
comprobación técnica.<br />
o Asimismo que permita la asignación de tareas a distancia en<br />
las estaciones fijas o remotas (ver Figura 19), soportando el<br />
proceso de informes desde las mismas, incluyendo la<br />
recopilación de datos de comprobación y verificación<br />
técnica, para soportar la resolución de reclamaciones y<br />
denuncias.<br />
64
Estación de trabajo<br />
de cliente<br />
Estación móvil<br />
Servidor de la base<br />
de datos de gestión<br />
Estación fija<br />
Figura 19 Control del Sistema desde una Estación de Trabajo.<br />
UIT (2001)<br />
Es necesario destacar que las especificaciones técnicas y parámetros a<br />
ser evaluados para realizar la comprobación y verificación técnica del<br />
espectro radioeléctrico, relacionadas con: inspecciones para la identificación,<br />
medición de las fuentes interferentes, revisión de características técnicas y<br />
explotación de las señales radiadas, determinación de la ocupación del<br />
espectro y la detección e identificación de los transmisores ilegales;<br />
contenidas en las distintas normas y recomendaciones de la UIT destinadas<br />
para tal fin, las cuales no entran en discusión para el presente trabajo.<br />
Después de haber realizado la evaluación anterior, el investigador realizó<br />
un estudio para evaluar mediante la aplicación de Matrices DOFA y de<br />
Criterio Ponderados, obteniendo una visión de la aplicación del Proyecto<br />
SAAGER Venezolano y de las distintas configuraciones posibles de sistemas<br />
a implementar para la comprobación y verificación técnica del espectro<br />
radioeléctrico.<br />
65
Como primera forma de evaluación se utilizó la Matriz DOFA (ver Cuadro<br />
2), para poder realizar un diagnostico estratégico de la organización en<br />
relación con el proyecto, identificando y evaluando la situación actual que<br />
permita definir las fortalezas y debilidades, así como las amenazas y<br />
oportunidades de CONATEL con respecto al proyecto.<br />
<strong>DE</strong>BILIDA<strong>DE</strong>S<br />
D1. Limitaciones de crecimiento y<br />
actualización.<br />
D2. Costos de equipos y programas.<br />
D3. Requerimiento de Software libre.<br />
D4. Dependencia de proveedores y<br />
fabricantes.<br />
D5. Procesos administrativos<br />
complejos.<br />
F1. Disponibilidad Económica.<br />
F2. Disposición al cambio.<br />
F3. Experticia local.<br />
F4. Adaptabilidad a los procesos de TI.<br />
F5. Gerencia comprometida y confiada.<br />
FORTALEZAS<br />
Cuadro 2 – Matriz DOFA<br />
Del Autor<br />
OPORTUNIDA<strong>DE</strong>S<br />
O1. Mejora continua del sistema y<br />
equipos.<br />
O2. Asesorar, desarrollar y negociar<br />
proyectos similares para otros<br />
países.<br />
O3. Generar capacidades nacionales.<br />
O4. Adquirir un sistema actualizado.<br />
O5. Desarrollar programas y sistemas.<br />
O6. Adaptar los sistemas a las<br />
necesidades.<br />
O7. Garantizar mantenibilidad y<br />
sostenibilidad de los sistemas.<br />
A1. Disponibilidad de recursos, por no<br />
ejecución del proyecto a tiempo.<br />
A2. Tiempo de desarrollo del sistema.<br />
A3. Dependencia de terceros.<br />
A4. Obsolescencia de los equipos<br />
adquiridos.<br />
A5. No poder lograr los objetivos.<br />
AMENAZAS<br />
Análisis de la Matriz DOFA:<br />
<strong>DE</strong>BILIDA<strong>DE</strong>S:<br />
1. Limitaciones de crecimiento y actualización: El no contar con<br />
herramientas actualizadas, limita poder ampliar el sistema actual y<br />
adaptarlo a los nuevos requerimientos tecnológicos o legales.<br />
66
2. Costos de equipos y programas: A medida que avanza el tiempo los<br />
costos se incrementan por el control de cambio, inflación y acceso a las<br />
divisas por los proveedores locales.<br />
3. Requerimiento de Software Libre: Exigencia del Estado venezolano<br />
mediante Decreto N° 3.390 de fecha 23 de diciembre de 2004, que<br />
regula la adquisición e implementación de Software por entes<br />
gubernamentales.<br />
4. Dependencia de proveedores y fabricantes: Adquirir productos de<br />
plataforma cerrada, como es el caso actual con TCI, genera una<br />
dependencia total, limitando actualizaciones y crecimiento.<br />
5. Procesos administrativos complejos: CONATEL es un organismo del<br />
estado que debe cumplir con todas las normar y requerimientos previstos<br />
en las leyes, destacando la Ley de Contrataciones Públicas.<br />
OPORTUNIDA<strong>DE</strong>S:<br />
1. Mejora continua del sistema y equipos: Poder contar con un sistema que<br />
se pueda ir adaptando a los nuevos avances tecnológicos o Marco<br />
Legal.<br />
2. Asesorar, desarrollar y negociar proyectos similares para otros países:<br />
Al obtener experticia y experiencia en el desarrollo e implementación de<br />
los Sistemas de Monitoreo y Gestión, se podrá apoyar o promover en<br />
otros países.<br />
3. Generar capacidades nacionales: Obtenida de la transferencia<br />
tecnológica y capacitación del personal encargado del desarrollo.<br />
4. Adquirir un sistema actualizado: Poder contar con un Sistema que se<br />
apoye en tecnología de última generación.<br />
5. Desarrollar programas y sistemas: Lograr una autonomía en el<br />
desarrollo del Software requerido, cumpliendo con la normativa y<br />
recomendaciones de la UIT, así como el Marco Legal vigente en<br />
Venezuela.<br />
6. Adaptar los sistemas a las necesidades: Lograr vincular en una sola<br />
plataforma todos los sub sistemas, para contar con un mejor control y<br />
garantizar un procesamiento eficiente y eficaz.<br />
7. Garantizar mantenibilidad y sostenibilidad de los sistemas: Obtenida de<br />
la transferencia tecnológica y capacitación del personal encargado de la<br />
implementación y desarrollo.<br />
67
FORTALEZAS:<br />
1. Disponibilidad Económica: CONATEL cuenta con los recursos<br />
necesarios para garantizar las implementación y desarrollo de los<br />
Sistemas de Monitoreo y Gestión.<br />
2. Disposición al cambio: El personal que labora en los departamentos de<br />
CONATEL involucrados en el proyecto, así como en las dependencias<br />
operativas, están a favor de la implementación de los nuevos Sistemas<br />
de Monitoreo y Gestión.<br />
3. Experticia local: CONATEL y otros organismos del Estado venezolano<br />
cuentan con personal profesional capacitado, para el impulso de los<br />
desarrollos necesarios.<br />
4. Adaptabilidad a los procesos de TI: Los sistemas a desarrollar e<br />
implementar se realizarán bajos las mejores prácticas de TI, para<br />
garantizar la eficiencia, eficacia y los niveles de seguridad,<br />
5. Gerencia comprometida y confiada: El cuadro gerencial de CONATEL,<br />
es el principal impulsor del proyecto, apoyándose en su personal a<br />
cargo.<br />
AMENAZAS:<br />
1. Disponibilidad de recursos, por no ejecución del proyecto a tiempo: La<br />
asignación presupuestaria asignada al proyecto debe ser ejecutada en<br />
el año previsto para el mismo, y tomando en cuenta que los costos<br />
varían con el tiempo por los factores económicos del país, al no ejecutar<br />
el proyecto en el tiempo establecido se debe reintegrar la partida<br />
presupuestaria al fisco nacional.<br />
2. Tiempo de desarrollo del sistema: El desarrollo e implementación de los<br />
sistemas son de carácter urgente, por la problemática existente en el<br />
sistema SAAGER.<br />
3. Dependencia de terceros: Adquirir los equipos para el desarrollo e<br />
implementación de los Sistemas de Monitoreo y Gestión, que no obligue<br />
una dependencia de los proveedores, para su posterior mantenimiento o<br />
crecimiento.<br />
4. Obsolescencia de los equipos adquiridos: Garantizar que los equipos a<br />
ser adquiridos de manera oportuna y que estos sean de tecnología de<br />
vanguardia, al momento de ser suministrados por los proveedores.<br />
5. No poder lograr los objetivos: Abandono del proyecto sin estar concluido<br />
u omitir algún objetivo por cualquier circunstancia.<br />
68
De lo anterior se desprende el siguiente cruce de variables:<br />
INTERNOS FORTALEZAS <strong>DE</strong>BILIDA<strong>DE</strong>S<br />
ENTORNO<br />
OPORTUNIDA<strong>DE</strong>S<br />
O1. Mejora continua del<br />
sistema y equipos.<br />
O2. Asesorar, desarrollar y<br />
negociar proyectos<br />
similares para otros<br />
países.<br />
O3. Generar capacidades<br />
nacionales.<br />
O4. Adquirir un sistema<br />
actualizado.<br />
O5. Desarrollar programas y<br />
sistemas.<br />
O6. Adaptar los sistemas a las<br />
necesidades.<br />
O7. Garantizar mantenibilidad<br />
y sostenibilidad de los<br />
sistemas.<br />
AMENAZAS<br />
A1. Disponibilidad de<br />
recursos, por no ejecución<br />
del proyecto a tiempo.<br />
A2. Tiempo de desarrollo del<br />
sistema.<br />
A3. Dependencia de terceros.<br />
A4. Obsolescencia de los<br />
equipos adquiridos.<br />
A5. No poder lograr los<br />
objetivos.<br />
F1. Disponibilidad Económica.<br />
F2. Disposición al cambio.<br />
F3. Experticia local.<br />
F4. Adaptabilidad a los<br />
procesos de TI.<br />
F5. Gerencia comprometida y<br />
confiada<br />
Con el apoyo de la Gerencia,<br />
disposición y experiencia del<br />
personal, generar las<br />
capacidades necesarias para el<br />
desarrollo de Software con la<br />
visión de mejoras continuas,<br />
garantizando la mantenibilidad y<br />
sostenibilidad.<br />
Apoyarse en el musculo<br />
económico del Estado, para<br />
adquirir equipos y sistemas<br />
actualizados adaptados a las<br />
necesidades y requerimientos.<br />
Después de desarrollar e<br />
implementar los Sistemas de<br />
Monitoreo y Gestión, utilizar<br />
esta experiencia para asesorar<br />
o negociar desarrollos similares<br />
en otros países.<br />
Apoyarse en la Gerencia y en la<br />
disposición al cambio de la<br />
organización, para ejecutar el<br />
presupuesto según lo<br />
planificado y lograr realizar<br />
todos los objetivos planteados<br />
en el tiempo previsto.<br />
Utilizar los recursos económicos<br />
eficientemente de manera de<br />
garantizar la adquisición de<br />
equipos de vanguardia.<br />
Cuadro 3 – Cruce de variables Matriz DOFA<br />
Del Autor<br />
D1. Limitaciones de<br />
crecimiento y<br />
actualización.<br />
D2. Costos de equipos y<br />
programas.<br />
D3. Requerimiento de<br />
Software libre.<br />
D4. Dependencia de<br />
proveedores y<br />
fabricantes.<br />
D5. Procesos<br />
administrativos<br />
complejos.<br />
Al adquirir y disponer de<br />
equipos y software<br />
actualizados, así como generar<br />
capacidades nacionales, se<br />
elimina la dependencia de<br />
proveedores y de las<br />
limitaciones de crecimiento y<br />
actualizaciones.<br />
Desarrollando programas y<br />
sistemas actualizados en<br />
código abierto, se puede cubrir<br />
las exigencias del estado en<br />
referencia a la utilización de<br />
Software Libre.<br />
Agilizar los procesos<br />
administrativos para disponer<br />
oportunamente de los recursos<br />
necesarios, apoyando la<br />
evolución del proyecto y lograr<br />
el cumplimiento de los objetivos<br />
en el tiempo previsto.<br />
Adquirir equipos de vanguardia<br />
tecnológica que interactúen con<br />
software libre, para eliminar la<br />
dependencia de terceros.<br />
69
Esta información sirvió para tener una visión de la importancia que<br />
representa para CONATEL la ejecución del Proyecto SAAGER Venezolano,<br />
así como la influencia de este en el desarrollo de las actividades de la<br />
organización, donde se pude reflejar que es de suma importancia su<br />
implementación y que se corre el riesgo de quedar rezagado en la aplicación<br />
y/o desarrollo de una herramienta necesaria para tener un mejor control del<br />
espectro radioeléctrico, con sus respectivas ventajas y desventajas,<br />
indiferentemente del tipo de desarrollo que se seleccione.<br />
Como segunda se forma de apreciación, se aplicó la evaluación la Matriz<br />
de Criterio Ponderado (ver Cuadro 4), tomando en cuenta las experiencias<br />
de los casos estudiados, las cuales pueden tener las siguientes estructuras:<br />
• Llave en mano, herramienta disponible en el mercado.<br />
• Desarrollo propio, solución desarrollada completamente en el país,<br />
incluyendo equipos de medición y software requerido.<br />
• Integración, solución híbrida compuesta de la unión de un<br />
desarrollo propio con la adquisición de hardware y/o software<br />
disponible en el mercado.<br />
Criterio<br />
Puntuación<br />
Llave en Mano Desarrollo Propio Integración<br />
Factor Total Factor Total Factor Total<br />
Disponibilidad de Equipos 12 3 36 1 12 3 36<br />
Compatibilidad e Integración de los Datos 12 1 12 3 36 3 36<br />
Disponibilidad de la Herramienta a Tiempo 12 3 36 1 12 2 24<br />
Utilización de Software Libre 9 1 9 3 27 2 18<br />
Flexibilidad y Adaptibilidad 12 1 12 3 36 3 36<br />
Costo - Beneficio 11 2 22 1 11 2 22<br />
Reducir la Dependencia Externa (Proveedores) 9 1 9 3 27 2 18<br />
Transferencia Tecnológica 11 2 22 3 33 3 33<br />
Garantía de Servicio Pre y Post Desarrollo 12 3 36 3 36 3 36<br />
Totales 100 194 230 259<br />
Cuadro 4 – Matriz de Criterio Ponderado.<br />
Del Autor<br />
70
Para la valoración de la matriz, se estableció una escala de factor<br />
asignándole valor entre 1 y 3 con el fin de para ponderar las variables<br />
intervinientes, quedando estas como sigue:<br />
Factor<br />
Valor<br />
Malo (No Cumple) 1<br />
Regular (Puede Cumplir) 2<br />
Bueno (Cumple) 3<br />
Cuadro 5 – Factores utilizados en la Matriz de Criterio Ponderado.<br />
Del Autor<br />
Entendiéndose que 1 es el que no se cumple e impacta en el desarrollo y<br />
ejecución del proyecto, y 3 cumple con los requerimientos, favoreciendo el<br />
proyecto. La puntuación asignada a cada variable crítica se multiplica por el<br />
factor asignado, determinando de esta forma el valor ponderado asignado, y<br />
su criticidad en el proyecto. Cabe destacar que estas puntuaciones fueron<br />
discutidas en mesa de trabajo con los involucrados en el proyecto.<br />
De acuerdo a lo anterior, se analizó los siguientes criterios a ser<br />
ponderados:<br />
• Disponibilidad de Equipos: La oportunidad en la adquisición e<br />
instalación en el tiempo previsto es de gran importancia para en el<br />
desarrollo y éxito del proyecto, ya que sin estos no se podrá seguir<br />
con el mismo.<br />
• Compatibilidad e Integración de los Datos: Los datos o mediciones<br />
suministrados por algún equipo del sistema, puedan servir de<br />
insumo para el post procesamiento en otro equipo.<br />
• Disponibilidad de la Herramienta a Tiempo: Disponer del Sistema<br />
de Monitoreo en el tiempo previsto.<br />
71
• Utilización de Software Libre: El Software de los equipos y<br />
subsistemas proporcionados por los proveedores, deben cumplir<br />
con este requerimiento o suministrar el código de fuente.<br />
• Flexibilidad y Adaptabilidad: Los equipos y software deben ser<br />
escalables y reconfigurables, según los requerimientos necesarios.<br />
• Costo – Beneficio: El retorno de inversión asociado a las<br />
capacidades de innovación tecnológica integrada, flexible y<br />
adaptable a los requerimientos de la organización.<br />
• Reducir la Dependencia Externa (Proveedores): Por la flexibilidad y<br />
adaptabilidad del sistema, permite la rápida toma de decisiones<br />
antes cambios organizacionales.<br />
• Transferencia Tecnológica: Contar con personal adiestrado con las<br />
suficientes capacidades para poder operar, mantener y adiestrar a<br />
otros en el Sistema, creando una autonomía ante proveedores.<br />
• Garantía de Servicio Pre y Post Desarrollo: Contar con el respaldo<br />
de garantía en todas sus etapas, incluyendo la adquisición de stock<br />
de repuestos.<br />
De esta evaluación realizada se puede observar que la opción más<br />
recomendable es la “Integración”, por presentar el máximo puntaje.<br />
Adicionalmente también se puede decir que es el sistema más utilizado en<br />
América del Sur, pudiendo citar las experiencias de Brasil, Argentina y<br />
Colombia, así como las expectativas de Uruguay.<br />
72
5.3. Etapa III – Identificar la Opción más Recomendable<br />
Después de realizar los estudios y evaluaciones de las etapas I y II, así<br />
como la necesidad e importancia que tiene para CONATEL el contar con un<br />
sistema de comprobación y verificación técnica, disponible en el menor<br />
tiempo posible, ya que su sistema actual presenta grandes deficiencias a<br />
pesar de la inversión que se le realizó en los dos últimos años para tratar de<br />
actualizarlo y recuperarlo.<br />
Así como también, la Comisión cuenta con equipos portátiles (ver Cuadro<br />
6) que se pueden utilizar para implementar un sistema de comprobación y<br />
verificación técnica, según las recomendaciones de la UIT y cumpliendo con<br />
los requerimientos mínimos, pero que pueden ser el comienzo de una<br />
estructura mayor, esto se puede identificar como la opción más<br />
recomendable para el momento de éste estudio, quedando definida como la<br />
“Integración”, donde el desarrollo de los programas requeridos puede quedar<br />
en manos de terceros, sean estos: expertos de empresas especializadas,<br />
entes gubernamentales que puedan colaborar o de pasantes con la<br />
respectiva orientación profesional.<br />
Equipo Marca Modelo Cantidad<br />
Analizador de Espectro Agilent Technologies E407B 3<br />
Analizador de Espectro Hewlett Packard 8563E 2<br />
Monitor de Servicios de<br />
Comunicaciones<br />
IFR COM-120B 5<br />
Monitor de Servicios de<br />
Comunicaciones<br />
Motorola 2600 1<br />
Analizador de Espectro Antritsu MF710F 1<br />
Monitor de Servicios de<br />
Comunicaciones<br />
Rode & Schward CMS50 1<br />
Cuadro 6 – Equipos Disponibles.<br />
Del Autor<br />
73
Para poder dar una referencia similar se puede citar el caso de Uruguay,<br />
este país cuenta con equipos de medición de última generación y llamó a<br />
una licitación para que una empresa le desarrolle los distintos programas<br />
requeridos para la integración del sistema, tipo proyecto llave en mano.<br />
Ahora bien, en Venezuela el Ministerio del Poder Popular para el<br />
Comercio (MinComercio) 5 a través de su ente adscrito, Servicio Autónomo<br />
Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos<br />
(SENCAMER) 6 , emitió el Decreto N° 3.390 de fecha 23 de diciembre de 2004<br />
y publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°<br />
38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004, el cual exige a los entes de la<br />
Administración Pública Nacional a utilizar el Software Libre, por lo que es<br />
posible utilizar profesionales locales para el desarrollo de los programas,<br />
utilizando las recomendaciones de la UIT dispuestas para tal fin, esto daría<br />
como resultado un ahorro económico sustancial el cual puede ser utilizado<br />
para inversiones de capacitación y compra de equipos de medición más<br />
actualizados.<br />
Todo lo anterior, ratifica que las ventajas que tiene un sistema basado en<br />
la “Integración” da la posibilidad de poder adicionar equipos de medición de<br />
distinta generación, así como el no depender de un proveedor en especifico y<br />
poder actualizar los programas cada vez que se requieran, sin limitar:<br />
mejoras, crecimientos y aplicaciones futuras.<br />
5 Se puede consultar en http://www.mincomercio.gob.ve<br />
6 Se puede consultar en http://portal.sencamer.gob.ve<br />
74
Para dar un ejemplo bastante importante de los sistemas desarrollos en<br />
Venezuela, se puede citar el caso del Sistema de Soporte para la Operación<br />
y Mantenimiento de la Plataforma, el cual es utilizado por la Compañía<br />
Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), donde se recaba toda<br />
la información de los distintos equipos que componen la plataforma de red<br />
NGN y de transmisión, en paralelo con los sistemas de gestión propietarios<br />
de los diferentes proveedores, tales como: Huawei, Siemens, Ericsson, etc.<br />
El sistema empleado en CANTV fue desarrollado en Software Libre,<br />
utilizando como base el sistema operativo Debian 7 y el software Nagios 8 ,<br />
este último es un programa aplicativo diseñado especialmente para<br />
monitoreo de redes, esto fue la base del desarrollo efectuado por pasantes<br />
debidamente capacitados y orientados por profesionales de la empresa.<br />
Lo anteriormente expuesto indica y ratifica que es posible un desarrollo<br />
en la modalidad de “Integración”, realizando los programas en Venezuela,<br />
siendo la mejor opción para la implementación de un Sistema de<br />
Comprobación y Verificación del Espectro Radioeléctrico, con las miras a un<br />
desarrollo completo del Sistema de Administración. Tomando en cuenta que<br />
se desarrollaría utilizando los equipos con que actualmente dispone<br />
CONATEL.<br />
7 Se Puede consultar en http://www.debian.org<br />
8 Se puede consultar en http://www.nagios.org<br />
75
CAPITULO VI<br />
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES<br />
Después de realizar el estudio y análisis del presente trabajo de<br />
investigación, se pueden emitir las siguientes conclusiones y<br />
recomendaciones:<br />
6.1. Conclusiones<br />
Al realizar el análisis de los requerimientos y haber valorado la<br />
experiencias que han obtenido los distintos países evaluados en el<br />
continente Sur Americano, en cuanto a los Sistemas para la Comprobación y<br />
Verificación Técnica del Espectro Radioeléctrico utilizados, bajo los<br />
esquemas y recomendaciones de la Unión Internacional de<br />
Telecomunicaciones (UIT), se puede señalar que es posible instalar en<br />
Venezuela un sistema en modalidad de “Integración” para este fin, con los<br />
equipos que dispone la Comisión Nacional de Telecomunicaciones<br />
(CONATEL) en la actualidad.<br />
Asimismo el Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />
Espectro Radioeléctrico a ser desarrollado, puede ser realizado bajo las<br />
características legales exigidas por el Estado Venezolano, el cual es la<br />
utilización del Software Libre, tomando en cuenta las experiencias obtenidas<br />
en el país por algunos entes gubernamentales, como es el caso de la<br />
Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV).<br />
76
Es necesario destacar, que el estudio realizo en el presente trabajo arroja<br />
como resultado que el Proyecto para la Implementación de un Sistema de<br />
Comprobación y Verificación Técnica del Espectro Radioeléctrico por<br />
CONATEL en Venezuela, es TÉCNICAMENTE FACTIBLE de realizar y<br />
cumpliría con las exigencias del Estado Venezolano y recomendaciones de<br />
la UIT.<br />
Por último, al establecer un MO<strong>DE</strong>LO TIPO INTEGRADO para la<br />
implantación del Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />
Espectro Radioeléctrico, es posible realizar el desarrollo completo en<br />
módulos, los cuales se pueden ir procesando en forma consecutiva o en<br />
paralelo, según los equipos disponibles o que se adquieran posteriormente e<br />
integrándolos, tomando en cuenta las mejoras de los procesos y aplicación<br />
de las mejores prácticas según las recomendaciones de la UIT.<br />
6.2. Recomendaciones<br />
Del proceso de evaluación y análisis en el presente trabajo de investigación,<br />
se procede a recomendar lo siguiente:<br />
• Realizar el desarrollo del software para el Sistema de Comprobación y<br />
Verificación Técnica del Espectro Radioeléctrico, utilizando pasantes<br />
de las carreras de ingeniería electrónica, telecomunicaciones y<br />
sistemas, supervisados por personal profesional encargado<br />
exclusivamente a la implantación del proyecto.<br />
• Contactar a representantes de los entes reguladores del sector de los<br />
países de Brasil y Argentina, solicitando la asesoría necesaria para la<br />
implantación del Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />
Espectro Radioeléctrico en Venezuela por CONATEL.<br />
77
• Optimizar los procesos administrativos para la adquisición de equipos<br />
de nueva generación, así como el mantenimiento requerido en los<br />
equipos existentes, para garantizar las condiciones necesarias para el<br />
desarrollo e implementación del proyecto.<br />
• Realizar el seguimiento continuo de los módulos o procesos a ser<br />
desarrollados e implantados, con el fin de determinar los posibles<br />
cambios o ajustes que la dinámica del proyecto y la organización<br />
requieran, así como su documentación y difusión.<br />
78
REFERENCIAS DOCUMENTALES<br />
• ARIAS, F. (1999). El proyecto de investigación. (3era. Ed.), Caracas:<br />
Episteme.<br />
• BACA URBINA, Gabriel (1995). Evaluación de Proyectos. (3era. Ed.),<br />
Mexico: Mc Graw-Hill.<br />
• BALESTRINI A., M. (1987). Procedimientos técnicos de la investigación<br />
documental. (2da. Ed.), Caracas: Panapo.<br />
• CERDA, Hugo (2005). Los elementos de la investigación. Bogotá: El<br />
Búho.<br />
• CONATEL. (1980) Definiciones del Proyecto SICOTER. Caracas:<br />
CONATEL.<br />
• DUBD <strong>DE</strong> MOYA, Renie (2002). El Proyecto Factible: Una modalidad de<br />
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PIENS. (Vol.3. Numero 002.2002). Caracas: <strong>Universidad</strong> Pedagógica<br />
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• FARFÁN, Patricia (2007). Diseño de Especificaciones Técnicas y<br />
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• GRUPO PROYECTO SAAGER VENEZOLANO. (2008). Criterios para el<br />
desarrollo e implementación de un sistema automatizado para la<br />
comprobación técnica del espectro radioeléctrico. Caracas: CONATEL.<br />
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la República Bolivariana de Venezuela, 36.970, Junio 12, 2000.<br />
• LLORENS, Fabregas, (2005). Gerencia de proyectos de Tecnología de<br />
Información. Caracas: CEC, S.A.<br />
79
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Nacional de Telecomunicaciones. Informe de Pasantías. <strong>Universidad</strong><br />
Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada. Maracay.<br />
• PAVLIOUK, Anthony. (1998). Equipo de Comprobación Técnica y<br />
Automatización de las Operaciones de Comprobación Técnica. Rusia.<br />
• RADIO CLUB VENEZOLANO. (1995). Manual para el curso de<br />
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• SABINO, Carlos. (1992). El proceso de investigación (2da Ed.). Caracas:<br />
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• TOMASI, Wayne. (2003). Sistemas de Comunicaciones Electrónicas. (4ta.<br />
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de técnicas informatizadas para la gestión del espectro-CAT. Ginebra:<br />
Autor.<br />
• UNIÓN INTERNACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES. (2007).<br />
Recomendaciones e informes del UIT-R – Sector de<br />
Radiocomunicaciones. Ginebra: Autor.<br />
• UNIÓN INTERNACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES. (2006).<br />
Recomendaciones del UIT-R – Sector de Normalización de las<br />
Telecomunicaciones. Ginebra: Autor.<br />
• UNIÓN INTERNACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES. (2002). Manual<br />
de comprobación técnica del espectro. Ginebra: Autor.<br />
• UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR (2008).<br />
Manual de Trabajos de Grado de Especialización y Maestría y Tesis<br />
Doctorales. (4ta. Ed.), Caracas: FEDUPEL.<br />
• VACCANI, Paul (2002). La Comprobación Técnica del Espectro como<br />
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80
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• COMISIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES [en línea].<br />
http://www.conatel.gob.ve/ [consulta: enero 2009].<br />
http://www.conatel.gob.ve/saager.asp [consulta: junio 2009].<br />
http://www.conatel.gob.ve/saager_objetivo.asp [consulta: junio 2009].<br />
http://www.conatel.gob.ve/saager_historia.asp [consulta: enero 2009].<br />
• COMISIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> COMUNICACIONES [en línea].<br />
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• COMISIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES [Intranet]<br />
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• COMISIÓN <strong>DE</strong> REGULACIÓN <strong>DE</strong> COMUNICACIONES [en línea].<br />
http://www.crcom.gov.co [consulta: noviembre 2009].<br />
• COMISIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> TELEVISIÓN [en línea] http://www.cntv.org.co<br />
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TELECOMUNICACIONES [en línea]. http://www.siust.gov.co [consulta:<br />
noviembre 2009].<br />
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http://portal.sencamer.gob.ve [consulta: enero 2010].<br />
• UNIÓN INTERNACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES. [en línea].<br />
http://www.iut.int/net/home/index-es.aspx [consulta: enero 2009].<br />
• UNIDAD REGULADORA <strong>DE</strong> SERVICIOS <strong>DE</strong> COMUNICACIONES [en<br />
línea]. http://www.ursec.gub.uy [consulta: diciembre 2009].<br />
81
ANEXOS<br />
82
APERTURA: 18/09/2009 12.00 AM. - Anfiteatro 2do. Piso URSEC<br />
COSTO <strong>DE</strong>L PLIEGO: U$S 200.-<br />
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 72 / 2009<br />
PLIEGO PARTICULAR <strong>DE</strong> CONDICIONES<br />
1.- OBJETO<br />
El objeto del presente llamado consiste en adquirir, un Sistema Informático modular e<br />
integrado de planificación, administración, y contralor del espectro radioeléctrico, en la<br />
modalidad “llave en mano” para ser utilizado por la URSEC en el cumplimiento de sus<br />
cometidos, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y con el<br />
Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de<br />
Telecomunicaciones.<br />
2.- SUMINISTRO<br />
El suministro de este llamado consiste en:<br />
1. Un Sistema Informático modular e integrado de planificación, administración, y<br />
contralor del espectro radioeléctrico, en la modalidad “llave en mano”<br />
2. Instrucción teórico-práctica a usuarios y personal de informática, para la<br />
utilización y administración del sistema, (cupo máximo de 20 personas) de<br />
URSEC, con una carga horaria total mínima de 20 horas.<br />
3. Los servicios vinculados al soporte técnico y mantenimiento y actualización de<br />
las versiones de software adquirido por un período de 2 años luego de vencido<br />
el período de garantía. En caso de considerarlo conveniente URSEC podrá<br />
extender dicho servicio por un período máximo de 2 años más.<br />
4. Como ítem de cotización obligatoria y opcional para URSEC, se solicita el<br />
suministro del equipamiento informático e instrumental requerido para la<br />
implantación del sistema, incluyendo hardware y software de base,<br />
“updates/upgrades” necesario de servidores, y PCs, en función del GAP<br />
existente entre el equipamiento actualmente disponible en la URSEC (Anexo I<br />
punto 3.c d e) y los requerimientos de la solución propuesta.<br />
Los ítems incluidos en los componentes antes mencionados comprenden como<br />
mínimo:<br />
• brindar a la URSEC las licencias, actualizaciones “Updates”<br />
(actualizaciones de la misma versión del software) y “Upgrades”<br />
(actualización a una nueva versión del software)<br />
• desarrollar las adaptaciones requeridas por el sistema para ajustarse a los<br />
requerimientos funcionales particulares de URSEC, en función de lo que se<br />
describe en este documento,<br />
1
• implementar la solución, en base a la estrategia que para tales efectos<br />
defina el proveedor con la aprobación de la Unidad Reguladora, incluyendo<br />
las instancias de prueba de la misma,<br />
3.- <strong>DE</strong>FINICIONES E INTERPRETACIONES<br />
El término "Administración" y “URSEC” identifican a la Unidad Reguladora de Servicios<br />
de Comunicaciones.<br />
El término "oferente o proponente" designa a la persona, empresa o grupo de<br />
empresas que manifiesten su interés en consorciarse, que presente o someta<br />
formalmente una propuesta para realizar el servicio, actuando por sí o por medio de<br />
sus representantes debidamente autorizados. Si más de una persona física o jurídica<br />
pretenden presentar conjuntamente una propuesta, lo deberán hacer consorciados.<br />
Las obligaciones o responsabilidades que se determinen se entenderán establecidas<br />
en las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones.<br />
El término “oferta” o “propuesta” es la declaración de voluntad recepticia, mediante la<br />
cual una persona física o jurídica o un consorcio, manifiesta querer asumir los<br />
derechos y obligaciones que se prevén en este Pliego, de conformidad con las normas<br />
aplicables.<br />
El término "adjudicatario" se refiere al oferente cuya propuesta haya sido adjudicada<br />
por acto administrativo firme dictado por la Administración. Cuando se establezcan o<br />
prevean obligaciones o responsabilidades del adjudicatario, siendo éste un consorcio,<br />
se entenderán referidas a todos y cada uno de los consorciados, en la forma y<br />
condiciones dispuestas en el presente Pliego de Condiciones.<br />
El “contratista” es la persona física o jurídica o grupo de empresas consorciadas que<br />
tenga a su cargo la ejecución del servicio, mediante contrato celebrado con URSEC,<br />
ya sea que actúe por sí o por medio de sus representantes legales, en virtud de las<br />
condiciones especiales estipuladas en el presente Pliego.<br />
El término "representante" se refiere a la persona designada por el contratista, con<br />
poderes suficientes para tratar y resolver todas las cuestiones relativas a la propuesta<br />
y/o al contrato.<br />
Los "servicios" comprenden el ejercicio de actividades no personales objeto del<br />
contrato, que serán llevados a cabo por el contratista de acuerdo a las<br />
especificaciones detalladas en el Pliego de Condiciones.<br />
El término "Pliego de Condiciones" se refiere al:<br />
a) Pliego de Condiciones de la Licitación, en adelante "Pliego Particular",<br />
b) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de suministros y<br />
servicios no personales en los Organismos Públicos, en adelante "Pliego Único"<br />
c) Anexo Técnico del Pliego<br />
2
d) Aclaraciones y modificaciones al Pliego de Condiciones que URSEC estime del<br />
caso realizar con anterioridad al acto de apertura.<br />
Las palabras o designaciones en singular deben extenderse igualmente al plural y<br />
viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera.<br />
Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la<br />
Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.<br />
4.- NORMATIVA APLICABLE<br />
Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes<br />
normas:<br />
a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.<br />
b) Art. 8º de la Ley 16.134 de 24 de septiembre de 1990.<br />
c) Decreto 288/993 de 22 de junio de 1993 (consideración de productos<br />
nacionales).<br />
d) Decreto 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y Condiciones<br />
Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).<br />
e) artículo 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario<br />
395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información<br />
Financiera).<br />
f) Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999. (Registro General de Proveedores<br />
del Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de 2002.<br />
g) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario No.244/2000<br />
de 23 de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).<br />
h) Ley 17.957 de 4 de abril de 2006 y Ley 18244 del 08/01/2007 (Deudores<br />
Alimentarios)<br />
i) Decreto 500/991 de 27 de septiembre de 1991 (Procedimiento Administrativo).<br />
j) Ley 16.879 de 21 de octubre de 1997 (Convención de las Naciones Unidas<br />
sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías).<br />
k) Artículo 581, ley 17.296 de 21 de febrero 2001 y decreto 333/2001 de 21 de<br />
agosto de 2001.<br />
l) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público,<br />
corrupción).<br />
m) El presente Pliego de Condiciones Particulares. Toda referencia Artículos,<br />
Capítulos, Apartados o Anexos que no indiquen lo contrario, se entiende<br />
corresponden a Artículos, Capítulos., Apartados o Anexos del presente Pliego<br />
Particular.<br />
n) Las enmiendas o aclaraciones efectuadas por la Administración durante el<br />
plazo del llamado.<br />
o) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación.<br />
p) Los oferentes deberán ratificar expresamente en sus respectivas ofertas el<br />
sometimiento a las leyes y tribunales de la República Oriental del Uruguay, con<br />
renuncia y exclusión de todo otro recurso.<br />
5.- EXENCIÓN <strong>DE</strong> RESPONSABILIDAD<br />
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o<br />
podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho<br />
3
alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por<br />
daños y perjuicios.<br />
6.- PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS<br />
6.1 Comunicaciones.<br />
Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse a Compras<br />
de 10:00 a 16:30, personalmente, por fax, correo electrónico<br />
comisionasesora@ursec.gub.uy, o carta certificada con aviso de retorno.<br />
Quienes remitan comunicaciones o documentos a URSEC, en cualquiera de las<br />
etapas previas a la presentación de las propuestas, deberán conservar el comprobante<br />
de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la<br />
Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se tendrá por no<br />
presentada.<br />
Los oferentes deberán constituir domicilio en Montevideo y denunciar el domicilio real<br />
de todos los integrantes del consorcio. Dichos domicilios se considerarán válidos<br />
mientras no se constituyan o denuncien nuevos en su reemplazo.<br />
La comunicación del cambio de domicilio deberá cumplirse mediante escrito<br />
presentado en el expediente de licitación, con firma notarialmente certificada, y tendrá<br />
efecto a partir del día hábil inmediato siguiente.<br />
6.2 Aclaraciones y consultas.<br />
Cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar a URSEC, por cualesquiera de los<br />
medios mencionados en el punto 5.1 aclaraciones o consultas específicas mediante<br />
comunicación escrita dirigida hasta 5 días antes de la fecha establecida para el acto<br />
de apertura de las propuestas. Vencido dicho término la Administración no estará<br />
obligada a proporcionar datos aclaratorios.<br />
Las consultas serán respondidas por la Comisión Asesora de Adjudicaciones asistida<br />
por el personal técnico designado a tales efectos, en el plazo máximo de 72 horas a<br />
partir de su presentación. Los pedidos de aclaración deberán –para ser considerados<br />
– cumplir con los siguientes requisitos:<br />
a) ser específicos, claros y concretos,<br />
b) indicar visiblemente que se trata de un pedido o aclaración, así como la referencia a<br />
la Licitación a la cual se refieren.<br />
La Administración comunicará la prórroga o aclaraciones solicitadas, así como<br />
cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a su exclusivo<br />
criterio y, a través de alguno de los medios establecidos en comunicaciones, a todos<br />
los que hayan adquirido el Pliego de Condiciones, y se publicarán en el sitio WEB de<br />
compras estatales. La URSEC podrá con total libertad y sin responsabilidad alguna<br />
acceder (con o sin modificaciones) o denegar las solicitudes de prórroga. La falta de<br />
pronunciamiento expreso se entenderá como denegación de la misma.<br />
6.3 Plazos.<br />
4
Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos,<br />
excepto aquellos mayores de quince días, que se computarán en días corridos o<br />
calendario.<br />
Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la<br />
Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el<br />
funcionamiento de dichas oficinas. (art.113, decreto 500/991).<br />
Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimiento de los<br />
plazos, que resultaren inhábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil<br />
inmediato siguiente.<br />
7.- REUNIONES INFORMATIVAS<br />
La URSEC podrá efectuar reuniones previas a la apertura de ofertas de carácter<br />
informativo o sobre aspectos técnicos, en las fechas y horas que disponga notificando<br />
de ello a todos los interesados.<br />
La asistencia a dichas reuniones será de carácter obligatorio y los interesados podrán<br />
solicitar, en forma escrita y con antelación de 24 horas previas a la fecha fijada para la<br />
reunión, ser representados por técnicos debidamente autorizados a tales efectos.<br />
Las expresiones vertidas en el curso de estas reuniones serán meramente<br />
informativas y no podrán considerarse aclaraciones, enmiendas o modificaciones a los<br />
documentos de la Licitación, salvo que posteriormente sean recogidas con esas<br />
calidades en un comunicado escrito y debidamente notificadas a todos los<br />
interesados, mediante carta, fax o correo electrónico.<br />
8.- ENMIENDAS Y MODIFICACIONES<br />
La URSEC ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta u observación<br />
formulada por un interesado, podrá enmendar o modificar los documentos de la<br />
Licitación antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas.<br />
Todos los interesados deberán ser notificados de las enmiendas o modificaciones<br />
mediante carta, fax o correo electrónico.<br />
9.- GARANTÍAS<br />
9.1 Todas las garantías se presentarán en la Tesorería de URSEC. Deberán ser<br />
emitidas con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las<br />
obligaciones contractuales que amparan.<br />
9.2 La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su exclusivo<br />
juicio, los documentos que constituyan garantías.<br />
9.3 Las garantías se constituirán a la orden de URSEC y podrán consistir en:<br />
a) Fianza, aval o garantía de un banco establecido en la República Oriental del<br />
Uruguay, o de un Banco extranjero aceptable por la Administración. En este último<br />
caso, deberá constituirse a través de un banco corresponsal de la institución<br />
elegida en el Uruguay, de conocida trayectoria en el país, para facilitar la eventual<br />
ejecución.<br />
5
) Póliza de Seguro de fianza emitida por una empresa aseguradora nacional o<br />
extranjera aceptable para la Administración. En el caso de empresa aseguradora<br />
extranjera, deberá constituirse a través de un corresponsal de la institución elegida<br />
en el Uruguay. Debe dejarse copia de las pólizas correspondientes en el<br />
expediente de licitación, para su control en caso de ejecución.<br />
c) Bonos del Tesoro de la República Oriental del Uruguay.<br />
No se admitirán garantías personales de especie alguna.<br />
Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas siempre<br />
que todas ellas sean constituidas a nombre de URSEC y que cubran la cantidad<br />
exigida en cada relación contractual.<br />
En todos los casos la garantía respectiva se constituirá en la moneda de la oferta, con<br />
excepción de los bonos del tesoro.<br />
Para cualquiera de estas formas, las garantías estarán a disposición de la<br />
Administración y los contratos originados por éstas, deberán contener cláusulas que<br />
establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su<br />
cobro.<br />
9.4 El documento justificativo de la constitución de garantías deberá contener<br />
necesariamente el número de la licitación, fecha, monto y organismo que realizó el<br />
llamado.<br />
9.5 La garantía deberá ser depositada por:<br />
a) el "oferente", según definición del Art.2° del presente Pliego.<br />
b) "empresas consorciadas". Las empresas consorciadas legalmente, según lo<br />
establecido en la ley 16.060 del 4 de setiembre de 1989 o aquellas que manifiesten<br />
la intención de consorciarse (mediante acta notarial), pero no estén constituidas<br />
legalmente a la fecha de apertura de ofertas, deberán depositar mediante alguna<br />
de las siguientes opciones : a) por separado cada empresa integrante indicando su<br />
denominación y la del consorcio que se propone constituir, debiendo la suma de<br />
garantías cubrir el mínimo, o b) una sola garantía, donde se indique la<br />
denominación de las empresas integrantes y el nombre del consorcio constituido o<br />
a constituir.<br />
9.6 A fin de asegurar la ejecución de las garantías, la Administración debe comunicar<br />
cada incumplimiento del oferente, adjudicatario o contratista al asegurador, a través de<br />
comunicaciones y/o resoluciones que aplican sanciones o rescinden el contrato, según<br />
las condiciones establecidas en las pólizas de seguros y, en los artículos 634 a 692 del<br />
Código de Comercio.<br />
9.7 Cuando la Administración deba proceder al cobro de las garantías, el importe será<br />
el que resulte del valor de las mismas en pesos, dólares, tipo de unidad en que se<br />
hubiere constituido<br />
9.8 La devolución de las garantías se gestionará ante la DNA, según los casos que<br />
corresponda según este Pliego.<br />
Al disponerse la devolución de las garantías, se deducirán previamente las cantidades<br />
a que haya lugar, ya sea por daños y perjuicios o multas, de acuerdo con las<br />
6
esponsabilidades en que pudiera haber incurrido el oferente, adjudicatario o<br />
contratista, según el caso.<br />
Las resoluciones que dispongan la rescisión de los contratos o el cobro de multas a<br />
deducirse de las garantías, serán notificadas a la empresa aseguradora o institución<br />
que corresponda y, dispondrán la intimación de pago y/o cumplimiento del contrato a<br />
la empresa contratista.<br />
9.9 Garantía de mantenimiento de ofertas<br />
El oferente deberá justificar la constitución de la garantía de mantenimiento de la<br />
oferta, en los términos y condiciones establecidos por el art. 55 del TOCAF por el<br />
monto equivalente al 1% del valor total de la oferta.<br />
De presentarse ofertas alternativas o variantes, esta garantía deberá constituirse de<br />
manera de contemplar la propuesta de mayor importe.<br />
El monto de la oferta, a los efectos del cálculo de la garantía, será el resultante de<br />
multiplicar el precio mensual propuesto por el período de contratación definido en el<br />
objeto del llamado.<br />
La falta de presentación de esta garantía, será causal de rechazo de la propuesta.<br />
Esta garantía se devolverá a petición del interesado, cuando la resolución de<br />
adjudicación se haya notificado y haya quedado firme, una vez rechazadas todas las<br />
propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta.<br />
El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez<br />
constituida la garantía de fiel cumplimiento de contrato.<br />
La garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada totalmente en cualquiera<br />
de las siguientes situaciones:<br />
a) cuando el oferente retire o desista de su oferta durante el plazo inicial de<br />
vigencia del mantenimiento o alguna de sus prórrogas,<br />
b) cuando el adjudicatario no constituya en tiempo y forma la garantía de fiel<br />
cumplimiento de contrato,<br />
c) cuando el adjudicatario se niegue o no concurra a firmar el contrato habiendo<br />
sido debidamente notificado para ello.<br />
9.10 Garantía de cumplimiento de contrato.<br />
Si correspondiere, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación o<br />
su ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de<br />
cumplimiento de contrato por un mínimo del 5% de la contratación, en los términos y<br />
condiciones previstos por el art. 55 del TOCAF.<br />
Si el adjudicatario no efectúa el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato<br />
dentro del plazo y condiciones establecidas, la Administración podrá aplicar una multa<br />
de un 3/00% (tres por diez mil) sobre el importe adjudicado, por cada día calendario de<br />
atraso en cumplir con este requisito.<br />
Transcurrido el nuevo plazo otorgado, la falta de constitución de esta garantía en<br />
tiempo y forma, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la<br />
Administración ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta, iniciar las acciones<br />
7
que pudieran corresponder contra el adjudicatario, por los daños y perjuicios que<br />
cause su incumplimiento, tomar como antecedente negativo en futuras licitaciones<br />
este hecho y, reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente<br />
adjudicado en primera instancia.<br />
Esta garantía podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no dé cumplimiento<br />
a las obligaciones contractuales y se devolverá luego de producida la finalización de<br />
los servicios, con la previa conformidad de los mismos por parte de la Administración.<br />
10.- PROPUESTA<br />
10.1 La oferta y toda la correspondencia o documentación relativa a ella deberán<br />
redactarse en forma clara y precisa, en idioma español y presentarse por escrito, en<br />
un (1) sobre conteniendo el original y 3 copias, debiendo identificarse con claridad el<br />
original y las copias. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá por<br />
sobre el de las copias. Complementariamente deberá acompañarse de copia en<br />
formato digital a fin de agilitar la gestión.<br />
La presentación se efectuará en un único sobre conteniendo tanto la propuesta<br />
técnica, información de recursos humanos y materiales, aspectos formales solicitados<br />
y toda folletería que se entendiere del caso (en formato papel y digital con excepción<br />
de la folletería), así como la propuesta económica.<br />
URSEC se reserva el derecho de solicitar la traducción al castellano de aquellos<br />
materiales o folletos redactados en otro idioma.<br />
Toda cláusula o pasaje impreciso, ambiguo, oscuro o contradictorio, a juicio de la<br />
URSEC, será interpretado del modo más favorable a la URSEC<br />
Cuando exista diferencia entre una cantidad escrita en números y en letras, valdrá la<br />
escrita en letras, salvo error evidente que haga ostensible que la correcta sea la<br />
expresada en cifras.<br />
La oferta será mecanografiada o impresa, en tinta indeleble, sin textos interlineados,<br />
tachaduras o raspaduras que no hayan sido debidamente salvados.<br />
Deberá ser firmada por una o más personas con facultades suficientes, según<br />
certificado notarial o poder original acompañado con copia autenticada notarialmente<br />
que deberá adjuntarse.<br />
Todas las páginas serán numeradas correlativamente.<br />
La oferta deberá cumplir con todas las formalidades y contener todas las menciones y<br />
documentos exigidos en los documentos de la Licitación.<br />
La oferta y sus copias entregadas en la URSEC, deberán presentarse en sobres o<br />
paquetes totalmente cerrados con cinta engomada y/o lacrados, que indiquen los<br />
datos de la Licitación, el nombre y domicilio del oferente y el carácter de original y<br />
copia. Los sobres estarán firmados por quienes suscriban la oferta y dichas firmas<br />
deberán cruzar los lugares naturales de apertura.<br />
10.2 Legitimación para la presentación - Las propuestas podrán ser presentadas por:<br />
a) el "oferente" (propuestas de empresas nacionales por sí mismas o<br />
extranjeras por sí mismas).<br />
8
) consorcios y empresas que manifiesten la intención de consorciarse. En<br />
aquellas situaciones en que se presente un grupo de empresas, con<br />
intención de consorciarse al amparo de los artículos 501 a 509 de la ley<br />
16.060 de 4 de setiembre de 1989, deberán:<br />
b1) suscribir un acta que exprese la intención de consorciarse (o contrato de<br />
consorcio en su caso), con certificación notarial de firmas, detalle de los<br />
suministros (ó servicios) que tomará a su cargo cada integrante del consorcio,<br />
así como las proporciones con que participa cada uno.<br />
b2) incluir toda la información requerida en este pliego para cada uno de los<br />
miembros integrantes del consorcio.<br />
b3) designar a uno de los integrantes, como responsable autorizado para<br />
contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos<br />
y cada uno de los miembros del consorcio.<br />
b4) dejar constancia en el Acta de Intención y posteriormente en el Contrato de<br />
Consorcio, que cada una de las empresas y sus representantes serán<br />
solidariamente responsables para con la Administración de todas las<br />
obligaciones contraídas en el marco de la licitación.<br />
b5) expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas por cada empresa<br />
y sus representantes ante el organismo contratante y la no modificación del<br />
acta o contrato, sin la previa aprobación de la Administración.<br />
b6) Dentro de los sesenta (60) días de notificada la resolución de adjudicación,<br />
el contratista deberá presentar el contrato de consorcio, con las condiciones<br />
aquí estipuladas y la obligación de su no modificación, sin el previo<br />
consentimiento de la Administración.<br />
b7) Transcurrido el plazo citado, sin que el adjudicatario diera cumplimiento a lo<br />
establecido en este literal, caducarán sus derechos.<br />
10.3 Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:<br />
1. Comprobante de pago del pliego cuando corresponda<br />
2. Constancia de inscripción como Beneficiario SIIF (original y fotocopia).<br />
3. Certificados de B.P.S. y D.G.I. al día (original y fotocopia), y certificado<br />
expedido por Banco de Seguros del Estado respecto a la contratación del<br />
Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.<br />
4. Documentación que acredite la representación de la o las personas que firman<br />
la oferta.<br />
5. Dicha documentación deberá estar debidamente certificada; asimismo, podrá<br />
acreditarse por fotocopia simple exhibiéndose al momento de la entrega la<br />
documentación original, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 500/91.<br />
6. Certificado notarial controlando la constitución y vigencia de la sociedad y<br />
quiénes la representan, con una antigüedad no mayor a treinta días de la fecha<br />
de apertura.<br />
7. En el caso de personas jurídicas extranjeras la citada documentación y todo<br />
otro documento público proveniente del extranjero deberá estar debidamente<br />
legalizada, traducido y protocolizado, esto último cuando correspondiera de<br />
acuerdo a la legislación uruguaya,<br />
10.4 La propuesta deberá informar los numerales que se indican seguidamente:<br />
A) Formulario de identificación del oferente según modelo (Anexo II)<br />
B) El domicilio legal y el que se constituye.<br />
C) La aceptación, sin reservas de los términos de la Licitación y el sometimiento a<br />
las Leyes y Tribunales uruguayos<br />
D) El compromiso de cumplir fielmente sin condiciones con la oferta presentada.<br />
E) Descripción detallada de las características técnicas y la tecnología a aplicar.<br />
F) Plazo de entrega - deberá ajustarse a lo establecido en Anexo I<br />
G) El precio, incluidos los impuestos.<br />
9
H) El alcance y duración de la garantía, o constancia expresa cuando esta no se<br />
otorgue.<br />
I) Calificación del personal y antecedentes de la empresa en la prestación de<br />
servicios de la misma naturaleza que el solicitado en el presente llamado.<br />
J) Cantidad y descripción de proyectos de similares características al ofertado,<br />
realizados en el país o en el exterior, detallando para cada uno de ellos:<br />
descripción completa del servicio, lugar en que se encuentra funcionando,<br />
institución contratante del servicio, responsable de dicha institución (cargo,<br />
domicilio, teléfono), período de funcionamiento, cuadros analíticos de<br />
funcionamiento, tres responsables del proyecto.<br />
K) Toda otra información que el oferente considere de interés.<br />
10.5 Cada interesado deberá presentar una sola oferta. Las variantes o alternativas<br />
únicamente serán admisibles si se agregan a una oferta que cumpla con los términos<br />
del Pliego Particular. La consideración o no de esas eventuales variantes o<br />
alternativas será enteramente discrecional de la URSEC.<br />
10.6 Cláusulas abusivas en las propuestas. Es abusiva, por su contenido o su forma,<br />
toda cláusula contenida en la propuesta, que contradiga las exigencias del pliego y<br />
determine obligaciones en perjuicio de la Administración, así como toda aquella que<br />
viole la obligación de actuar de buena fe.<br />
Son consideradas cláusulas abusivas, sin perjuicio de otras, las siguientes:<br />
a) Las que exoneren o limiten la responsabilidad del proveedor por vicios de<br />
cualquier naturaleza de los productos o servicios.<br />
b) Las que impliquen la renuncia de los derechos de la Administración.<br />
c) Las que autoricen al proveedor de servicios a modificar los términos de este<br />
Pliego.<br />
d) La cláusula resolutoria pactada exclusivamente a favor del proveedor.<br />
e) Las que contengan cualquier precepto que imponga la carga de la prueba en<br />
perjuicio de la Administración.<br />
f) Las que establezcan que el silencio de la Administración se tendrá por<br />
aceptación de cualquier modificación, restricción o ampliación de lo<br />
expresamente pactado en el presente Pliego.<br />
El proponente deberá establecer en su propuesta que conoce y acepta el presente<br />
pliego de condiciones y sus anexos. Salvo indicación expresa formulada en la oferta,<br />
se entiende que la misma se ajusta a las condiciones contenidas en el Pliego y que el<br />
proponente queda comprometido a su total cumplimiento.<br />
11.- RECEPCIÓN Y APERTURA <strong>DE</strong> LAS OFERTAS<br />
Las propuestas serán recibidas hasta el día 18/septiembre/2009 a la hora 12.00 en el<br />
local de Sede de URSEC –Anfiteatro 2do. Piso- sita en la calle Uruguay 988. No serán<br />
válidas las propuestas que no llegaren a la hora dispuesta para el acto de apertura.<br />
En la hora, día y lugar indicados en el correspondiente llamado o comunicaciones<br />
posteriores, serán abiertas las propuestas en presencia de los oferentes y/o<br />
representantes que concurrieren al acto.-<br />
Abiertas las propuestas se pondrá a disposición de todos los oferentes una de las vías<br />
para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las<br />
presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las propuestas<br />
presentadas en ese momento, las que quedarán registradas en el acta de apertura.<br />
10
Vencido el plazo para la presentación de las propuestas, no se tomará en cuenta<br />
ninguna interpretación, aclaración o ampliación de ellas, salvo aquellas que fueran<br />
directa y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos o funcionarios<br />
expresamente autorizados en el expediente licitatorio o por la Comisión Asesora de<br />
Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se<br />
establezca en la solicitud, para hacer llegar su respuesta.<br />
12.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y <strong>DE</strong> CALIDAD<br />
Las características técnicas y de calidad se encuentran detalladas en los Anexos<br />
Técnicos del presente Pliego de Condiciones Particulares.<br />
13.- VALOR <strong>DE</strong> LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA<br />
Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en<br />
la oferta, tendrán carácter de compromiso. Si se verifica que no responden<br />
estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de<br />
plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación de clase<br />
alguna.<br />
14.- COTIZACIÓN <strong>DE</strong> LA PROPUESTA<br />
Los precios cotizados incluirán todos los gastos necesarios para la puesta en<br />
funcionamiento del producto ofertado de acuerdo con las condiciones del presente<br />
Pliego.<br />
Las ofertas deberán cotizarse en pesos uruguayos o en moneda extranjera<br />
indistintamente, debiéndose incluir en el precio la totalidad de los impuestos que<br />
correspondan, explicitándose claramente cuales son.<br />
En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el<br />
precio cotizado comprende todos los impuestos.<br />
Asimismo, se establecerá la forma de ajuste paramétrico sobre la base de la cotización<br />
en pesos propuesta.<br />
15.- PLAZO <strong>DE</strong> MANTENIMIENTO <strong>DE</strong> LAS PROPUESTAS<br />
Las propuestas serán válidas y obligarán al oferente por el término de noventa (90)<br />
días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que,<br />
antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.<br />
El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo<br />
que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar<br />
la propuesta y falta de pronunciamiento de esta última en el término de diez días<br />
hábiles perentorios.<br />
No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la propuesta<br />
en forma alguna o que indiquen otros plazos; caso contrario la Administración, a su<br />
exclusivo juicio, podrá desestimar la propuesta presentada.<br />
De no recibirse aquélla en el lapso señalado, la propuesta podrá ser desestimada.<br />
16.- COMPARACIÓN <strong>DE</strong> LAS OFERTAS<br />
11
Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las propuestas<br />
serán los siguientes:<br />
1. Características y prestaciones del sistema ofrecido.<br />
2. Precio por componente solicitado valorando las mejoras en los precios asociadas a<br />
mayores cantidades o mejores servicios.<br />
3. Soporte técnico, mantenimiento y duración del período de garantía.<br />
4. Plazo para la puesta en funcionamiento del sistema.<br />
5. Antecedentes de la empresa.<br />
A los efectos de la comparación de ofertas, los precios en moneda extranjera se<br />
convertirán a pesos uruguayos tomando el tipo de cambio interbancario vendedor del<br />
cierre del día anterior de la apertura de la presente licitación, publicado en el sitio WEB<br />
del Banco Central del Uruguay (www.bcu.gub.uy).<br />
La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta:<br />
a) por falta de información suficiente.<br />
b) en las situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de<br />
funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los funcionarios<br />
intervinientes en el proceso de licitación para obtener una decisión<br />
favorable, sin perjuicio de las denuncias penales correspondientes.<br />
c) por incumplimientos al pliego de condiciones<br />
La comparación de las propuestas se verificará incluyendo el Impuesto al Valor<br />
Agregado (I.V.A.). Cuando el oferente no desglose el importe de los impuestos, se<br />
considerarán incluidos en el monto de la propuesta.<br />
La información para la evaluación técnica será obtenida de las propuestas,<br />
pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo<br />
a cargo del oferente.<br />
La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas, pudiendo en<br />
caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo a cargo del<br />
oferente.<br />
17. VISTA <strong>DE</strong> ACTUACIONES<br />
Con posterioridad al informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones y antes de la<br />
adjudicación o rechazo de todas las ofertas, se conferirá vista de las actuaciones a<br />
todos los oferentes.<br />
A estos efectos las mismas se pondrán de manifiesto por el término de cinco días con<br />
notificación a los proponentes.<br />
Dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo anterior, los oferentes<br />
podrán formular por escrito las consideraciones sobre el procedimiento cumplido y el<br />
dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicaciones. Los escritos formulados en esta<br />
instancia serán considerados como una petición a tener en cuenta en el momento de<br />
dictar la Resolución y respecto del cual deberá existir informe fundado. No será<br />
necesario esperar el transcurso de este último plazo si los interesados expresaran por<br />
escrito que no tienen consideraciones que formular.<br />
18.- ADJUDICACIÓN<br />
12
La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la propuesta que<br />
considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio,<br />
aunque no sea la de menor precio y también de rechazar a su exclusivo juicio, la<br />
totalidad de las propuestas. Podrá asimismo adjudicar todos o algunos de los<br />
componentes solicitados a uno o varios proveedores.<br />
La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria, constituirá a<br />
todos los efectos legales el contrato correspondiente a que refieren las disposiciones<br />
de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de<br />
las normas jurídicas aplicables, los Pliegos, y su propuesta, sin perjuicio de lo<br />
establecido en el punto 18.<br />
19. CONTRATO<br />
El contrato podrá suscribirse una vez finalizada la tramitación legal previa que habilita<br />
a ello.<br />
Serán condiciones previas para la suscripción del Contrato la constitución en forma de<br />
la garantía de fiel cumplimiento del Contrato y la actualización de los documentos que<br />
acrediten respecto del adjudicatario su vigencia, capacidad, representación y situación<br />
regular ante la Dirección General Impositiva, el Banco de Previsión Social , el Banco<br />
de Seguros del Estado y Tabla de Beneficiarios del Sistema Integrado de Información<br />
Financiera (SIIF).<br />
El Contrato se integrará con:<br />
• el texto contractual,<br />
• los pliegos General y Particular,<br />
• las aclaraciones, enmiendas o modificaciones al Pliego Particular,<br />
• la oferta del adjudicatario,<br />
• las eventuales modificaciones de esa oferta.<br />
• La resolución de adjudicación.<br />
20. OBLIGACIONES <strong>DE</strong>L CONTRATISTA<br />
Serán obligaciones del contratista:<br />
1) Cumplir fiel y puntualmente, por su cuenta y riesgo, con todos los términos de su<br />
oferta y de los Documentos de la Licitación, prestando todos los servicios<br />
contratados sin interrupciones y con absoluta continuidad.<br />
2) Cumplir fiel y puntualmente con todas las normas legales y reglamentarias,<br />
dictadas o a dictarse, nacionales y municipales, aplicables a las actividades que<br />
desarrolle.<br />
3) Abonar puntualmente todos los tributos que graven la actividad objeto del contrato.<br />
4) Realizar todos aquellos actos necesarios para el buen cumplimiento del Contrato y<br />
abstenerse de realizar actos que puedan afectar el buen cumplimiento de las<br />
obligaciones.<br />
5) Contar con personal propio suficiente e idóneo. La URSEC podrá exigir que cada<br />
integrante del equipo de trabajo suscriba un documento de compromiso de<br />
confidencialidad y exclusividad acorde a lo establecido en Pliego.<br />
6) Remover a todo miembro de su personal que no cumpla satisfactoriamente con las<br />
tareas a su cargo o que incurra en actos contrarios al orden, la moral o las buenas<br />
costumbres, de oficio o a solicitud de la URSEC.<br />
7) Designar formalmente un representante con facultades suficientes ante la URSEC<br />
para entender y resolver cualquier cuestión relativa al cumplimiento del contrato,<br />
13
8) Cumplir personalmente el contrato y no cederlo o transferirlo, total o parcialmente,<br />
directa o indirectamente.<br />
9) Dar aviso a la URSEC de toda situación que pueda afectar el normal desarrollo del<br />
contrato.<br />
10) Guardar en estricta reserva todos los datos de que tome conocimiento en su<br />
calidad de contratista, los cuales se considerarán confidenciales, de conformidad a<br />
lo establecido en el Art.20.<br />
21. CONFI<strong>DE</strong>NCIALIDAD<br />
La confidencialidad es un elemento esencial de la contratación objeto de este llamado.<br />
El contratista no podrá, sin el consentimiento previo y por escrito de la URSEC dar a<br />
conocer el contrato o cualquier parte de él a terceros.<br />
Toda la documentación e información entregada por la URSEC o generada en el<br />
marco del contrato, datos procesados por el contratista o datos puestos a disposición<br />
por la URSEC, procedimientos aplicados en los servicios contratados y descripciones<br />
de los sistemas e infraestructura con la cual se prestarán los servicios, son<br />
consideradas informaciones confidenciales de la URSEC y el contratista no podrá<br />
utilizarlas o darlas a conocer del modo y al título que fuere, a terceros bajo ningún<br />
concepto, salvo autorización concreta, expresa, previa y por escrito de la URSEC.<br />
El incumplimiento de las obligaciones emergentes de este Artículo será considerado<br />
como grave y será causal de rescisión, sin perjuicio de las acciones penales que<br />
pudieren corresponder.<br />
La confidencialidad establecida en este Artículo será ilimitada en el tiempo y, por lo<br />
tanto, subsistirá luego de extinguido el Contrato, quedando el contratista sometido a<br />
las responsabilidades civiles y penales que pudieran corresponder.<br />
Al inicio del contrato y en cada reemplazo autorizado, los técnicos integrantes de<br />
equipo deberán, a solicitud de URSEC, firmar un compromiso cuyo texto será<br />
suministrado por la Contraparte.<br />
22. CUMPLIMIENTO PERSONAL Y <strong>DE</strong> LOS SUBCONTRATOS<br />
El contrato deberá ser cumplido personalmente por el contratista, por lo que el mismo<br />
no podrá ser cedido al título que fuere, total o parcialmente, directa o indirectamente.<br />
En caso de que el contratista omitiera alguna prestación, la URSEC podrá recurrir a<br />
terceros para que la hagan en su lugar. El contratista deberá abonar a la URSEC lo<br />
que ésta hubiere tenido que pagar efectivamente al tercero sustituto con más un<br />
setenta por ciento (70%) en concepto de gastos de administración, y sin perjuicio de<br />
las eventuales multas y demandas por daños y perjuicios que correspondieren.<br />
23. SUBCONTRATOS<br />
El contratista no podrá subcontratar otros servicios o suministros diferentes a los<br />
previstos inicialmente en el Contrato, salvo aprobación previa, expresa y escrita de la<br />
URSEC.<br />
Tampoco podrá variar o cambiar a cualquiera de los subcontratistas aprobados sin<br />
previa aprobación de la URSEC.<br />
14
El contratista será el único responsable del cumplimiento del contrato, por lo que<br />
también responderá enteramente de todo acto u omisión de los subcontratistas y<br />
proveedores.<br />
La URSEC mantendrá únicamente trato directo con el contratista.<br />
Las disposiciones que refieren a “Obligaciones del Contratista” en lo que refiere al<br />
personal del contratista serán enteramente aplicables al personal de los<br />
subcontratistas..<br />
24. PLAZO <strong>DE</strong>L CONTRATO<br />
El plazo del contrato será de un (1) año, contados a partir de la fecha de otorgamiento<br />
del mismo, pudiéndose prorrogar por dos períodos sucesivos de un (1) año, si la<br />
Administración así lo considerare pertinente. A efectos de las prórrogas previstas la<br />
URSEC deberá comunicar su decisión con una antelación de 60 días antes del<br />
vencimiento del plazo del contrato original o su prórroga.<br />
25. MORA AUTOMÁTICA<br />
Salvo previsión expresa en contrario consignada en los Documentos de la Licitación, el<br />
contratista caerá en mora, respecto de cualquiera de las obligaciones a su cargo, de<br />
manera automática, sin necesidad de interpelación o comunicación de ningún tipo, por<br />
el solo vencimiento de los plazos, o por el solo hecho de hacer o dejar de hacer algo<br />
contrariamente a lo pactado. Los requerimientos a cumplir que eventualmente le<br />
pueda cursar la URSEC no purgarán la mora operada.<br />
26. AJUSTE <strong>DE</strong> PRECIOS<br />
El precio de los servicio se ajustará de acuerdo a las fórmula paramétrica asociada a<br />
las respectivas ofertas presentadas.<br />
27. CONFORMIDAD CON EL SERVICIO<br />
Los servicios prestados serán controlados por la Contraparte, quién podrá realizar<br />
observaciones por escrito si a su juicio entiende que no se ajusta a lo pactado, o<br />
resulta inconveniente a la URSEC. Las observaciones se realizarán a través de<br />
Órdenes de Servicio, que serán notificadas al contratista.<br />
En el caso de que algún aspecto del servicio no se adecue a lo establecido en el<br />
presente Pliego, el contratista, a su costo y dentro del plazo de 10 días, deberá<br />
corregirlo, no dándose trámite a la conformidad hasta que no haya cumplido con la<br />
exigencia que corresponda, sin perjuicio de la aplicación de las multas pertinentes.<br />
Si vencido dicho plazo, el contratista no hubiese dado cumplimiento a lo solicitado, ni<br />
justificado a satisfacción de la Administración la demora originada, podrá perder la<br />
garantía de fiel cumplimiento de contrato.<br />
De no mediar observaciones la Contraparte conformará la facturación de los servicios<br />
de acuerdo con la forma de pago acordada.<br />
28. CESION <strong>DE</strong> CREDITOS<br />
15
Cuando se configure una cesión de crédito, según los artículos 1737 y siguientes del<br />
Código Civil: a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario<br />
todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún las meramente<br />
personales, b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer<br />
efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y por el<br />
cumplimiento del servicio.<br />
29. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO<br />
29.1 La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los<br />
oferentes, adjudicatarios o contratistas, derivadas de su oferta, adjudicación o<br />
contrato, podrá dar mérito a que la Administración proponga o disponga, según el<br />
caso, la aplicación de las siguientes sanciones, no siendo las mismas excluyentes y<br />
pudiendo darse en forma conjunta (dos o más de ellas):<br />
• Apercibimiento,<br />
• Suspensión del Registro de Proveedores del Estado,<br />
• Eliminación del Registro de Proveedores del Estado,<br />
• Ejecución de la garantía de Mantenimiento de Oferta,<br />
• Ejecución de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato,<br />
• Demanda por daños y perjuicios,<br />
• Publicaciones en prensa indicando el incumplimiento.<br />
29.2 Será preceptiva la comunicación de la aplicación de sanciones, multas y rescisión<br />
contractual al Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General de Comercio,<br />
Dirección del Área de Defensa del Consumidor y al Registro de Proveedores del<br />
Estado y a la empresa aseguradora, dentro del plazo de cinco (5) días de verificado el<br />
incumplimiento.<br />
30. CAUSALES <strong>DE</strong> RESCISIÓN<br />
La Administración podrá declarar rescindido el contrato, en los siguientes casos que se<br />
enumeran a título enunciativo:<br />
1) Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato,<br />
2) El vencimiento del plazo cuando estén cumplidas todas las obligaciones<br />
emergentes del mismo,<br />
3) Descuento de multas en hasta tres (3) facturas.<br />
4) Rescisión por el incumplimiento del contratista de las obligaciones referidas al<br />
servicio, o a las condiciones establecidas en el presente Pliego.<br />
5) El mutuo acuerdo de las partes.<br />
6) La resolución judicial por incumplimiento del Estado, decretada por sentencia<br />
basada en autoridad de cosa juzgada.<br />
31. RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO <strong>DE</strong>L CONTRATISTA<br />
La URSEC podrá unilateralmente tener por resuelto el contrato, de pleno derecho, en<br />
los siguientes casos:<br />
1) Si se configurara alguna de las previsiones expresas de los Documentos de la<br />
Licitación a que establecen la rescisión para determinado incumplimiento,<br />
2) Si el contratista – o cualquiera de sus integrantes en caso de consorcio o<br />
asociaciones – ingresara en algún incumplimiento de sus obligaciones en especial:<br />
rendimiento e idoneidad del equipo de trabajo.<br />
16
3) Si el contratista se negara voluntariamente a cumplir con cualquiera de sus<br />
obligaciones,<br />
4) Si pasaran más de quince (15) días luego de que el contratista fuese intimada a<br />
cumplir con cualquiera de sus obligaciones y no diere cumplimiento a las mismas.<br />
5) Si el contratista incurriera en omisión de prestar alguno de los servicios<br />
contratados por más de tres (3) oportunidades o en una (1) sola oportunidad<br />
cuando ello aparejare consecuencias negativas en el funcionamiento de la<br />
URSEC:<br />
6) Si el contratista incurriera en cualquier violación al deber de confidencialidad y<br />
exclusividad.<br />
7) Si el contratista cediera total o parcialmente, directa o indirectamente, el contrato.<br />
8) Si la URSEC tuviera que recurrir a terceros, en virtud del incumplimiento<br />
constatado para que hagan en lugar del contratista, los servicios pactados con<br />
ésta, sin perjuicio de la opción establecida en el punto 22.<br />
La rescisión por incumplimiento del contratista aparejará la ejecución de la garantía de<br />
fiel cumplimiento del contrato, la responsabilidad por los daños y perjuicios causados y<br />
no cubiertos por dicha garantía, y el cobro de las multas generadas.<br />
Asimismo, todos los suministros efectuados hasta ese momento por el contratista<br />
quedarán a beneficio de la URSEC.<br />
32. INFORMES A EMITIR<br />
Los informes a emitir por parte de la firma Adjudicataria serán dos, de acuerdo al<br />
siguiente detalle:<br />
a. Informe de Avance: al mes de inicio de las actividades, que describa los<br />
progresos realizados, incluyendo demos de aplicaciones principales, tales<br />
como procesos de asignación de frecuencias discretas, cálculos de cobertura<br />
de diversos sistemas y servicios, etc.<br />
b. Informe Final: al sexto mes de actividades, que resuma todo lo actuado,<br />
establezca las conclusiones y presente la totalidad de las aplicaciones<br />
informáticas en condiciones óptimas de puesta en producción.<br />
33. FORMA <strong>DE</strong> PAGO<br />
Los pagos por los servicios adjudicados se realizarán previo pronunciamiento por parte<br />
de esta Administración en cuanto a la conformidad del servicio. El pago se efectuará a<br />
través de la Contaduría General de la Nación, crédito SIIF (60 días).<br />
Con la aceptación conforme por parte de la Administración del Informe de Avance<br />
referido en el punto 32 del presente Pliego, la URSEC estará en condiciones de<br />
autorizar el desembolso de hasta el 30% (treinta por ciento) del monto adjudicado.<br />
Con la aceptación conforme por parte de la Administración del Informe Final referido<br />
en el punto 32 del presente, y habiéndose efectuado la Recepción provisoria Pliego, la<br />
URSEC estará en condiciones de autorizar el desembolso del saldo pendiente del<br />
monto adjudicado.<br />
El pago por el soporte técnico y el mantenimiento, luego de vencido el período de<br />
garantía, se realizará en forma mensual.<br />
17
La empresa adjudicada, una vez emitida la Conformidad de Servicio, deberá entregar<br />
en la Sede de dicha Unidad Reguladora -Oficina de Compras- las facturas de crédito<br />
por el concepto y valor que corresponda para dar trámite al referido pago.<br />
Los intereses o recargos para el caso de atrasos en los pagos, siempre que dicho<br />
atraso sea imputable a la URSEC, se calcularan a través de la aplicación del Índice de<br />
Precios al Consumo (IPC), por el período de atraso que corresponda.<br />
34.- PROPIEDAD INTELECTUAL<br />
Los programas fuentes, definiciones de objetos informáticos y demás productos que<br />
resulten de las actividades realizadas por la Empresa adjudicataria bajo el presente<br />
Contrato serán de propiedad exclusiva de la URSEC, por lo que no podrán ser<br />
utilizados ni total ni parcialmente sin su consentimiento expreso.<br />
35.- EXCLUSIVIDAD<br />
Durante la ejecución del contrato, los integrantes del equipo técnico están<br />
imposibilitados de prestar servicios en forma directa o indirecta a los regulados por la<br />
URSEC.<br />
18
ANEXO I LP 72/ 2009<br />
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS<br />
Y PRESTACIONES <strong>DE</strong>L SISTEMA A CONTRATAR<br />
1.- OBJETO<br />
El objeto del presente llamado consiste en adquirir, un Sistema Informático modular e integrado<br />
de planificación, administración, y contralor del espectro radioeléctrico, en la modalidad “llave<br />
en mano” para ser utilizado por la URSEC en el cumplimiento de sus cometidos, de acuerdo a<br />
las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y con el Reglamento de<br />
Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones<br />
2.- SUMINISTRO<br />
El suministro de este llamado consiste en:<br />
1. Un Sistema Informático modular e integrado de planificación, administración, y<br />
contralor del espectro radioeléctrico, en la modalidad “llave en mano”<br />
2. Instrucción teórico-práctica a usuarios y personal de informática, para la utilización y<br />
administración del sistema, (cupo máximo de 20 personas) de URSEC, con una carga<br />
horaria total mínima de 20 horas.<br />
3. Los servicios vinculados al soporte técnico y mantenimiento y actualizacion de las<br />
versiones de software adquirido por un período de 2 años luego de vencido el período<br />
de garantía. En caso de considerarlo conveniente URSEC podrá extender dicho<br />
servicio por un período máximo de 2 años más.<br />
4. Como ítem de cotización obligatoria y opcional para URSEC, se solicita el suministro<br />
del equipamiento informático e instrumental requerido para la implantación del sistema,<br />
incluyendo hardware y software de base, “updates/upgrades” necesario de servidores,<br />
y PCs, en función del GAP existente entre el equipamiento actualmente disponible en<br />
la URSEC (Anexo I punto 3.c d e) y los requerimientos de la solución propuesta.<br />
Los ítems incluidos en los componentes antes mencionados comprenden como mínimo:<br />
3.- ALCANCE<br />
• brindar a la URSEC las licencias, actualizaciones “Updates” (actualizaciones<br />
de la misma versión del software) y “Upgrades” (actualización a una nueva<br />
versión del software)<br />
• desarrollar las adaptaciones requeridas por el sistema para ajustarse a los<br />
requerimientos funcionales particulares de URSEC, en función de lo que se<br />
describe en este documento,<br />
• implementar la solución, en base a la estrategia que para tales efectos defina<br />
el proveedor con la aprobación de la Unidad Reguladora, incluyendo las<br />
instancias de prueba de la misma,<br />
El trabajo a desarrollar comprenderá como mínimo las siguientes actividades que<br />
se realizarán tomando en consideración las Directrices de diseño para la<br />
elaboración de sistemas avanzados de gestión automática del espectro,<br />
1
contenidas en la versión vigente más reciente de la Recomendación UIT-R<br />
SM.1370:<br />
a. Relevamiento de la normativa aplicable al Sector Radiocomunicaciones –<br />
incluyendo Radiodifusión y TV para Abonados por vínculo radioeléctrico.<br />
b. Relevamiento de los procedimientos administrativos, contables, jurídicos y<br />
técnicos involucrados.<br />
c. Relevamiento de las especificaciones de los equipos que conforman el sistema<br />
de monitoreo y comprobación técnica del espectro radioeléctrico con que<br />
cuenta URSEC.<br />
d. Relevamiento y análisis de las distintas Bases de Datos existentes en URSEC<br />
y que contienen información sobre los diversos agentes, servicios, sistemas y<br />
estaciones del Sector Radiocomunicaciones.<br />
e. Diseño, elaboración, instalación y puesta en operación de un Sistema<br />
Informático modular e integrado de planificación, administración y contralor del<br />
espectro radioeléctrico, compatible con los sistemas informáticos existentes en<br />
URSEC.<br />
Dicho Sistema debe contemplar, como mínimo:<br />
1. las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones de<br />
la UIT en su versión 2008 o la vigente al momento de la<br />
implementación (en adelante RR):<br />
2. las Recomendaciones de la UIT-R que correspondan;<br />
3. las disposiciones técnicas particulares del Uruguay, incluyendo<br />
el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias;<br />
4. la planificación, cálculo, simulación, coordinación y asignación<br />
de canales radioeléctricos en los diversos servicios de<br />
radiocomunicaciones;<br />
5. el otorgamiento de autorizaciones de sistemas de<br />
radiocomunicaciones, de licencias y permisos de estaciones<br />
radioeléctricas;<br />
6. la expedición de certificados en el ámbito de los servicios móvil<br />
marítimo y móvil aeronáutico;<br />
7. la realización de la facturación asociada que se integre con el<br />
sistema de facturación existente en la Unidad Reguladora.<br />
8. el análisis de compatibilidad electromagnética intra y extra<br />
servicios y extra-sistemas;<br />
9. el despliegue de la información de estaciones y sistemas,<br />
incluyendo sus diversas áreas de servicio, en mapas digitalizados<br />
del Uruguay con resoluciones que contemplen los diversos medios<br />
de propagación compatibles con los servicios de<br />
radiocomunicaciones y bandas de frecuencias de operación (zonas<br />
urbanas, zonas rurales, perfiles de terrenos, etc.);<br />
10. el análisis de compatibilidad electromagnética en el rango de 9<br />
kHz. a 40 GHz;<br />
11. la planificación del espectro radioeléctrico en el rango de 9<br />
kHz. a 300 GHz;<br />
12. la interacción con el sistema de monitoreo y comprobación<br />
técnica de emisiones, permitiendo una dinámica verificación de<br />
parámetros de operación;<br />
13. las interfaces con los equipos de comprobación técnica del<br />
espectro radioeléctrico;<br />
2
14. las evaluaciones teóricas de cumplimiento de los límites de<br />
RNI;<br />
15. las notificaciones automáticas a UIT;<br />
16. la gestión de denuncias de interferencias en el espectro;<br />
f. la difusión, validación y ajustes de los diversos módulos informáticos mediante<br />
pruebas piloto, tests e instancias de información e intercambio con personal de<br />
URSEC hasta su definitiva puesta en funcionamiento<br />
g. Capacitación del personal de URSEC en la operación y mantenimiento<br />
referido, contemplando diferentes instancias (colectivas e individuales) así<br />
como diferentes perfiles de usuarios.<br />
La instalación se hará en la red Intranet de URSEC y utilizando sus propios medios<br />
informáticos de comunicación (red y respectivos servidores) y de conservación de datos (Base<br />
de Datos).<br />
El Sistema deberá prever interfaces con otras aplicaciones utilizadas en URSEC.<br />
La empresa debe cotizar las correspondientes licencias de software para la existencia de los<br />
puestos de trabajo en posiciones internas de URSEC discriminando:<br />
• Para altas, bajas y modificaciones<br />
• Para consultas<br />
Dicha cotización deberá realizarse tanto en forma unitaria como en lotes de varios usuarios.<br />
Se valorará que la estructura de software proporcione posibilidades de fácil ampliación, como<br />
por ejemplo, aplicaciones especiales que a futuro debieran integrarse completamente con el<br />
software operativo principal.<br />
Se proporcionarán los procedimientos de modificación del banco de datos a fin de su<br />
adaptación por parte del personal correspondiente de URSEC. Dichos cambios serán<br />
registrados por los mecanismos de seguridad del sistema para su auditoria.<br />
Será responsabilidad de los oferentes el relevamiento y evaluación del equipamiento<br />
informático disponible en URSEC (hardware y software) para la determinación de las<br />
necesidades inherentes a la implementación y funcionamiento del sistema, las que deberán ser<br />
incorporadas por el oferente de manera de garantizar el éxito del proyecto. Será<br />
responsabilidad del adjudicatario el funcionamiento completo de la solución propuesta ya sea<br />
que utilice o no hard/software previamente disponible en URSEC.<br />
Se debe prever al menos capacidad de operación para un plazo mínimo de cinco (5) años en<br />
proyección de operación normal.<br />
3.1. Requerimientos genéricos de Ingeniería<br />
El componente de ingeniería debe ser constituido por los módulos que respondan a las<br />
necesidades de cada uno de los diversos servicios de Radiocomunicaciones. No obstante cada<br />
módulo, individualmente, debe permitir el acceso a la Base de Datos Central.<br />
Asimismo hará uso de un interfaz gráfico a través del cual el usuario pueda acceder a los<br />
mapas, haciendo uso de la información digitalizada del terreno y permitirá la aplicación de las<br />
Recomendaciones (actualizadas a la fecha de instalación del sistema) contenidas en el RR y<br />
de las Recomendaciones de la UIT-R.<br />
Se requiere que el componente de ingeniería suministre:<br />
• Ventanas de trabajo en español (preferente) o inglés<br />
3
• Búsqueda, a través de la Base de Datos Central de Gestión del Espectro, de<br />
las estaciones que obedecen a los criterios que determine en cada caso el<br />
usuario (por ejemplo: área geográfica, servicios de Radiocomunicaciones,<br />
frecuencias asignadas, etc.);<br />
• Posibilidad de exportación de áreas (o perfiles) de terreno así como valores<br />
resultantes de cualquier cálculo (ejemplo: valores de campo eléctrico) que<br />
corresponda a esta área o al perfil. Estos datos tendrán que ser asociados a<br />
las coordenadas geográficas;<br />
• Existencia de un interfaz de usuario común que permita una transición fácil de<br />
cada usuario de un servicio a otro servicio;<br />
• Cálculos que tengan en cuenta varios tipos de parámetros tales como potencia<br />
de RF, intensidad de campo eléctrico, magnético, etc. en las diversas<br />
unidades;<br />
• Determinación de los productos de intermodulación;<br />
• Utilización de modelos de propagación que consideren los mapas digitales de<br />
terreno, basados en la Rec. UIT-R P.1144;<br />
• Utilización de librerías con diagramas típicos de radiación de antenas;<br />
• Utilización de modelos de propagación, reflexión y múltiple difracción (caso<br />
Recomendaciones UIT-R 370 – 525 – 1546 – 529 – 1146, GRWAVE, FCC,<br />
Epstein-Peterson / Deygout / Vogler / Bullington, Longley/Rice, Okumura/Hata,<br />
etc.<br />
3.1.1. Requerimientos específicos de los servicios<br />
3.1.1.1 Servicio Fijo (Punto a punto y Punto a multipunto)<br />
Para este servicio deben ser implementadas las funciones siguientes:<br />
• Análisis de enlaces analógicos y digitales (de acuerdo a la Recomendación.<br />
UIT-R P.530);<br />
• Análisis de la propagación (de acuerdo a las Recomendaciones UIT-R P.525,<br />
P.526 y P.530);<br />
• Análisis de interferencias (de acuerdo a la Recomendación UIT-R P.452 y para<br />
diferentes degradaciones de los enlaces existentes considerando, por ejemplo,<br />
la Rec. UIT-R F.758);<br />
• Asignación de frecuencias para enlaces punto-punto y punto-multipunto;<br />
• Posibilidad de contar con diversas canalizaciones de bandas.<br />
Tendrán que estar disponibles, entre otras, las siguientes facilidades:<br />
• Visualización en mapas de las estaciones, enlaces y de potenciales estaciones<br />
interferentes;<br />
• Representación gráfica de los perfiles de terreno, de los valores respectivos de<br />
la intensidad de campo o potencia de RF (por lo menos el 1er. Elipsoide de<br />
Fresnel) y determinación de los puntos de reflexión;<br />
• Determinación de áreas de cobertura para un conjunto de enlaces puntomultipunto<br />
con indicación de los contornos isocampo;<br />
• Determinación de pérdidas de espacio libre, de absorción atmosférica y de<br />
difracción;<br />
• Cálculos de la Calidad y Disponibilidad del enlace considerando la lluvia, el<br />
“fading” y las características de los equipos;<br />
4
3.1.1.2. Servicio Móvil<br />
• Análisis de interferencias para diversos porcentajes de tiempo (anual y/o<br />
mensual);<br />
• Estudios de la visibilidad, indicando la existencia de línea de vista entre<br />
cualquiera de los puntos terminales;<br />
• Coordinación entre las estaciones terrenas y estaciones del servicio fijo<br />
terrestre, permitiendo el cálculo de contornos de acuerdo al Apéndice 7 del RR;<br />
• Cálculo detallado de interferencias entre las estaciones del servicio fijo<br />
terrestre y las estaciones terrenas (de acuerdo a la Recomendación UIT-R<br />
P.452);<br />
• En caso de inexistencia de diagramas de radiación de las antenas, estimar sus<br />
diagramas con recurso a las Recomendaciones relevantes de la UIT-R (por<br />
ejemplo UIT-R F.699, F.1336 o F.1245);<br />
• Posibilidad de efectuar cálculos de propagación para HF (UIT-R P.533) y para<br />
frecuencias entre los 30 y 700 MHz.<br />
• Actualización de la base de datos con la información contenida en las<br />
Circulares Semanales del UIT-R;<br />
• Utilización de los formularios correspondientes y notificación en formato<br />
electrónico de las estaciones al UIT-R;<br />
• Gestión de coordinación internacional de radioenlaces transfronterizos<br />
• Asistente para procesar tareas complejas de modo automático o manual de<br />
modo de facilitar las tareas del usuario haciéndolas más eficientes,<br />
permitiéndole realizar consultas, manejo de los mapas, etc.<br />
• Análisis del espectro. Debe ser posible la visualización de la intensidad de<br />
campo o la potencia de recepción calculadas de los transmisores<br />
seleccionados en una posición determinada en un gráfico de 3D. La<br />
actualización de los gráficos cuando se mueve el receptor en el mapa debe ser<br />
automática.<br />
• Cálculo de las señales reflejadas del radar y superposición de los resultados<br />
del área en los mapas de carreteras.<br />
• Selección de frecuencias (exploración) y análisis de desensibilización,<br />
incluyendo un informe detallado de los resultados.<br />
Para este servicio deben ser implementadas las funciones siguientes:<br />
• Asignación de frecuencias para el servicio móvil terrestre, aeronáutico y marítimo;<br />
• Análisis de propagación (utilizando los modelos adecuados incluyendo los referidos en<br />
las Recomendaciones UIT-R P.525 y P.1546);<br />
Tendrán que estar disponibles, entre otras, las siguientes facilidades:<br />
• Implementación de métodos alternativos para asignación de frecuencias –<br />
utilización en el marco de sistemas de uso propio (no destinados a la<br />
prestación de servicio de telecomunicaciones);<br />
• Utilización de planes de frecuencia basados en celdas configurables para el<br />
servicio móvil terrestre – utilización en el marco de sistemas privados;<br />
• Predicción de la intensidad de campo con base en diversos modelos<br />
propagación en las bandas de VHF y UHF (que pueden incluir por ejemplo<br />
Okumura-Hata o Egli);<br />
5
• Predicción de la zona de cobertura en función de los porcentajes del tiempo y<br />
de los locales. Posibilidad de representación del perfil de terreno para azimut<br />
especificados con el nivel del campo en función de la distancia al transmisor;<br />
• Análisis de interferencias entre diversas posibilidades de asignación de<br />
frecuencias considerando diversos modelos de propagación;<br />
• Actualización de la base de datos con la información contenida en las<br />
Circulares Semanales del UIT-R;<br />
• Utilización de los formularios correspondientes y notificación en formato<br />
electrónico de las estaciones al UIT-R;<br />
• Análisis de cobertura e interferencias de las redes de telecomunicaciones<br />
móviles (CDMA, GSM, TDMA, sus evoluciones tecnológicos y cualquiera de los<br />
estándares IMT e IMT avanzados);<br />
• Gestión de coordinación internacional de estaciones bases/fijas en zonas de<br />
frontera.<br />
3.1.1.3. Servicio de Radiodifusión Sonora analógica y digital (OC, AM, FM, etc.), Servicio<br />
de Radiodifusión Televisiva analógica y digital (VHF y UHF),Servicio de TV para<br />
Abonados (analógica y digital en UHF y MMDS)<br />
Para estos servicios deben ser implementadas las facilidades siguientes:<br />
• Planificación de canales;<br />
• Asignación de frecuencias;<br />
• Coordinación internacional, contemplando la diversidad de estándares<br />
tecnológicos;<br />
• Uso de modelos de propagación de terreno que contemplen el efecto de<br />
difracción;<br />
• Cálculos de la intensidad del campo y/o potencia de acuerdo a las<br />
Recomendaciones UIT-R P.1546 y P.525 y curvas FCC;<br />
• Predicción de la zona de cobertura en función de los porcentajes de tiempo y<br />
de los locales. Posibilidad de representación del perfil de terreno para azimut<br />
especificados con el nivel del campo en función de la distancia al transmisor;<br />
• Cálculos para LF/MF (Plan de Río – RJ81 y RJ88).<br />
• Cálculos de interferencias entre estaciones ubicadas en el territorio nacional<br />
• Cálculos de interferencias de estaciones nacionales con estaciones ubicadas<br />
en el exterior del país;<br />
• Actualización de la base de datos con la información contenida en las<br />
Circulares Semanales del UIT-R;<br />
• Utilización de los formularios correspondientes y notificación en formato<br />
electrónico de las estaciones al UIT-R;<br />
• Cálculos de compatibilidad con sistemas aeronáuticos (Recomendación. UIT–R<br />
SM.1009);<br />
• A los efectos de la coordinación y cálculos de interferencia, deberá contemplar<br />
las asimetrías en los avances y tecnologías adoptadas ya sean analógicos o<br />
digitales<br />
3.1.1.4. Otras aplicaciones<br />
Tendrán que ser implementadas herramientas que permitan las facilidades siguientes:<br />
6
• Cálculo de zonas de cobertura e interferencia teniendo en cuenta los efectos del<br />
terreno y las características de las antenas;<br />
• Actualización de la base de datos con la información contenida en las Circulares<br />
Semanales del UIT-R sobre servicios espaciales;<br />
• Estimación del campo electromagnético en el entorno de las estaciones de<br />
radiocomunicaciones bases y fijas, con el objetivo e evaluar el cumplimiento de los<br />
límites de exposición a campos electromagnéticos.<br />
3.2. Requerimientos genéricos de Administración<br />
El componente de administración cumplirá los requerimientos genéricos siguientes:<br />
• Ventanas de trabajo en español;<br />
• Soporte de todo proceso de permisos de estaciones, desde la entrada de datos hasta<br />
la impresión de formularios, generación de informes y estadísticas;<br />
• Registro, visualización, modificación, impresión y mantenimiento de toda la información<br />
asociada al uso de las estaciones de radiocomunicaciones;<br />
• Efectuar el mantenimiento del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias;<br />
Las funciones indispensables que el componente de administración cumplirá se deben basar<br />
en las partes relevantes del capitulo 8 de la Recomendación UIT-R SM.1370-1 y en particular<br />
se destacan las siguientes facilidades:<br />
• Procesamiento de todas las tareas de manipulación de los registros (creación, edición,<br />
modificación, supresión, consulta, validación y mantenimiento del histórico);<br />
• Procesamiento de todo el trámite de licenciamiento, incluyendo el tratamiento de la<br />
solicitud, la emisión de la licencia, la renovación, la alteración, la cesión y la<br />
cancelación;<br />
• Creación, mantenimiento y emisión de informes configurables por el usuario de<br />
acuerdo a sus necesidades;<br />
• Generación de los datos necesarios para la facturación;<br />
• Tratamiento estadístico de los datos técnicos y administrativos;<br />
• Generar de forma automática todos los formularios de notificación que URSEC debe<br />
enviar a la UIT-R;<br />
• Generar los documentos de coordinación necesarios para las negociaciones con los<br />
países vecinos sobre el uso del Espectro Radioeléctrico;<br />
• Mantenimiento del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias.<br />
3.2.1. Requerimientos específicos<br />
El software de gestión tendrá que hacer todos los procesos de autorización de acuerdo a lo<br />
regulado por la normativa vigente para:<br />
• Estaciones de los servicios fijos terrestres;<br />
• Estaciones de los servicios móviles (terrestres en todas las modalidades de sistemas –<br />
incluyendo banda ciudadana -, marítimos y aeronáuticos);<br />
• Estaciones del servicio de radiodifusión (Sonido y Televisión);<br />
• Estaciones del servicio de TV para abonados;<br />
• Estaciones del servicio de radioaficionados;<br />
• Estaciones terrenas en los servicios espaciales;<br />
• Estaciones satelitales comprendidos en los servicios fijo y móvil por satélite.<br />
7
Por lo tanto tendrá opciones para creación, administración y mantenimiento del Cuadro<br />
Nacional de Atribución de Frecuencias, tanto nacionales como internacionales (puesta al día de<br />
acuerdo a lo establecido en el Artículo 5) posibilitando que el usuario haga su gestión. Son<br />
indispensables las siguientes facilidades:<br />
• Creación y actualización automática del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias<br />
con base en los datos existentes en la Base de Datos;<br />
• Actualización automática de los planes detallados de asignación de frecuencias;<br />
• Posibilidad de generación automática del plan de disposición de canales con<br />
parámetros ingresados por el usuario;<br />
• Capacidad de almacenamiento y extracción de notas al pie del Cuadro Nacional de<br />
Atribución de Frecuencias;<br />
• Extracción de pares de canales radioeléctricos y notas aplicables que ratifican los<br />
parámetros especificados por el usuario;<br />
• Proporcionar extractos del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias por bandas<br />
de frecuencia en presentación automática con objeto de comprobar si una asignación<br />
de frecuencia es válida.<br />
• Registro, visualización, modificación, selección e impresión de datos relativos a las<br />
frecuencias previstas en el RR y en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.<br />
Los datos tendrán que ser entregados en formato de informe impreso y en formato<br />
archivo electrónico (por ejemplo en formato “pdf” y HTML).<br />
3.3. Base de Datos – Requerimientos genéricos<br />
En la Base de Datos estarán registrados todos los datos Técnicos y Administrativos de las<br />
licencias de las Estaciones y Redes de Radiocomunicaciones y otros Servicios de<br />
Telecomunicaciones. Los datos Administrativos y Técnicos tienen como referencia los datos<br />
indicados en el anexo 1 de la Recomendación UIT - R SM. 1370. También, se encontrarán los<br />
datos relativos a:<br />
• Planes de frecuencias nacionales e internacionales con las necesarias normativas por<br />
servicios, tanto nacionales como internacionales (Artículo S5 del RR-UIT);<br />
• Datos necesarios a la facturación;<br />
• Reglamentación jurídica;<br />
• Datos de las autorizaciones de prestación de servicios e instalación y operación de<br />
sistemas y estaciones radioeléctricas;<br />
• Datos del monitoreo del Espectro Radioeléctrico recogidas en todo el País;<br />
• Datos administrativos y técnicos referidas a equipos de radiocomunicaciones de<br />
homologación y/o registro;<br />
• Biblioteca de la cartografía a utilizar. La cartografía a utilizar debe estar basada en la<br />
información digital terrenal del territorio de Uruguay y con el mapa mundial digitalizado<br />
de la UIT IDWM (ITU Digitized World Map).<br />
• La cartografía tendrá una resolución igual o mejor a 50 m por país y de 5 m para<br />
ciudades<br />
La utilización de la Base de Datos debe permitir, entre otras, las facilidades siguientes:<br />
• Interfaz gráfica para el trabajo simultáneo con datos de monitoreo y con datos técnicos<br />
del sistema de Gestión del Espectro;<br />
• Archivo y visualización gráfica de datos de monitoreo en mapas y gráficas, 2D y 3D;<br />
• Visualización de canales radioeléctricos asignados y no asignados;<br />
• frecuencias libres y ocupadas;<br />
• Detección automática de las emisiones no permitidas;<br />
8
• Detección automática de las emisiones con parámetros que no están en conformidad<br />
con la licencia;<br />
• Representación en mapas de las estaciones radioeléctricas autorizadas;<br />
• Funciones de selección para exportación y eliminación de datos de monitoreo<br />
incluyendo la ocupación espectral;<br />
• Producción de análisis, estadísticas e informes, de acuerdo a los requisitos del<br />
usuario;<br />
• Manipulación de la cartografía (importación y exportación de los formatos comunes en<br />
el mercado, ejemplo: MSI Planet, ESRI BIL, ASCII-GRID, TIFF, MapInfo MIF, etc).<br />
Se le suministrará a la empresa adjudicataria toda la información relativa a licencias y<br />
autorizaciones de servicios y sistemas de telecomunicaciones, licencias y permisos de<br />
estaciones radioeléctricas de las Estaciones de forma que la empresa proceda a cargar en la<br />
base de datos que proveerá. El software deberá contar con los campos necesarios para<br />
efectuar dicha carga.<br />
3.4. Seguridad y gerenciamiento de usuarios<br />
Se deberán detallar los mecanismos y procedimientos de seguridad física y lógica ofrecidos<br />
para el sistema, así como sus facilidades de administración.<br />
Los métodos usados en la autenticación de los usuarios del sistema tendrán que ser indicados,<br />
entre los cuales conste:<br />
• Encriptación del intercambio de “logins/passwords”;<br />
• Algoritmo utilizado;<br />
• Implantación de gerenciamiento de usuarios;<br />
• Indicación de las medidas disponibles de protección contra el acceso no autorizado;<br />
• Políticas de “backup”;<br />
• Planes de contingencia y continuidad.<br />
3.5. Implementación e Instrucción teórico-práctica<br />
Las ofertas deberán dejar claro el proceso de implementación y la instrucción teórico-práctica<br />
necesaria.<br />
Se deberá detallar:<br />
• Un plan de implementación;<br />
• Un plan del mantenimiento periódico;<br />
• La cantidad de licencias incluidas en la oferta;<br />
• Acceso al helpdesk para apoyo a los usuarios y a los técnicos<br />
Debe ser definido un plan de instrucción que proporcione a los usuarios del sistema toda la<br />
información necesaria, siendo la preparación de la capacitación responsabilidad del proveedor.<br />
Se instruirá en el funcionamiento y operación del software/hardware ofertado en todas sus<br />
funcionalidades La misma incluirá material a entregar a los asistentes (cupo máximo 20<br />
personas) conformado por personal técnico e informático de URSEC. Los oferentes deben<br />
indicar en sus ofertas los requisitos necesarios que los usuarios deben poseer para garantizar<br />
un aprovechamiento total de la capacitación. También se debe indicar el modo de certificación<br />
de los usuarios que sean aprobados en la capacitación.<br />
El plan de instrucción debe ser teórico-práctico sobre el manejo del software, en castellano y<br />
con bibliografía en castellano o inglés. Se especificará la duración en horas que el oferente<br />
estime conveniente para cada uno de estos dos ítems, con un mínimo de 20 (veinte) horas<br />
9
efectivas. El plan debe ser aprobado por parte de URSEC, evaluándose el contenido<br />
programático y cronograma, reservándose la Unidad Reguladora el derecho de modificarlos<br />
parcial o totalmente.<br />
3.6. Mantenimiento<br />
Se considera mantenimiento el conjunto de las acciones efectuadas por el proveedor para<br />
mantener o reponer el sistema en buenas condiciones de funcionamiento, incluyendo<br />
revisiones preventivas, evolutivas, mantenimiento remoto y reparación de averías.<br />
El mantenimiento incluirá la corrección de todos los errores detectados así como la<br />
actualización del Software de Gestión en lo que concierne:<br />
• estar al día con las Recomendaciones de UIT-R y con el Reglamento de<br />
Radiocomunicaciones. Los oferentes deberán indicar el plazo necesario para efectuar<br />
esas actualizaciones;<br />
• la forma en la cual se procederá a la actualización del Software de Gestión, en<br />
particular, a partir de la modificación de los programas estándar (operativos).<br />
Las ofertas indicarán todos los costos relativos al mantenimiento del sistema, así como las<br />
condiciones de su ejecución. Las revisiones preventivas incluyen todos los servicios necesarios<br />
para mantener el sistema en buenas condiciones de funcionamiento. Los oferentes indicarán la<br />
frecuencia y la duración de las revisiones preventivas que se considera necesario efectuar.<br />
En caso de mantenimiento correctivo deberá ser indicado el tiempo máximo de espera de<br />
intervención para diferentes tipos de errores (errores graves, medios y menores). Sin perjuicio<br />
de ello, se podrá solicitar la atención de cada incidente por teléfono o dirección de correo<br />
electrónico y deberá ser contestada en un máximo de 24 horas en los días de actividad de la<br />
Unidad Reguladora (días hábiles, de Lunes a Viernes de 9 a 17 horas).<br />
El oferente deberá garantizar la actualización de versiones del software durante el período de<br />
mantenimiento. Esto implica realizar sin ningún tipo de costo para URSEC:<br />
• “Updates” (actualizaciones de la misma versión del software)<br />
• “Upgrades” (actualización a una nueva versión del software)<br />
En todos los casos el oferente se comprometerá a suministrar toda la asistencia técnica que<br />
sea necesaria, en el local de URSEC, para asegurar el buen funcionamiento del software<br />
3.7. Documentación<br />
La documentación debe ser suministrada en idioma español, con copias en papel y en<br />
CD/DVDs.<br />
Los oferentes se obligan a proveer las actualizaciones de los documentos con respecto a todos<br />
los componentes del Software de Gestión en la medida de su puesta en práctica y evolución.<br />
El “Manual del Usuario” debe incluir la descripción de todas las características de<br />
funcionamiento del Software de Gestión suficiente para permitir a un usuario sin experiencia su<br />
utilización. En particular debe:<br />
• explicar el procedimiento utilizado para gestionar una asignación de frecuencia;<br />
• modificar los parámetros que gobiernan el funcionamiento del software (mediante la<br />
utilización de cuadros de datos modificables por el usuario);<br />
• proteger y archivar los datos de la forma necesaria para garantizar su seguridad.<br />
La documentación a proveer, además del manual de usuario, deberá estar compuesta como<br />
mínimo de lo siguiente:<br />
10
• Tres (3) Manuales de gestor del sistema que describa los procedimientos y<br />
mecanismos de gestión del sistema.<br />
• Tres (3) Manuales de referencia organizados de conformidad con las áreas de<br />
funcionamiento lógico que incluya organigramas donde se detalle el funcionamiento de<br />
las áreas funcionales específicas.<br />
• Tres (3) Manuales del administrador proporcionado por el proveedor original del<br />
soporte lógico de la gestión de la Base de Datos.<br />
4. ORGANIZACIÓN <strong>DE</strong>L TRABAJO<br />
La organización del trabajo se definirá entre la firma Adjudicataria y el grupo de trabajo definido<br />
por la Comisión Directora de URSEC.<br />
5. PLAZOS PARA LA EJECUCIÓN <strong>DE</strong>L TRABAJO<br />
El trabajo se desarrollará en un plazo máximo de 6 (seis) meses calendario. La URSEC<br />
suministrará la información sobre los procedimientos empleados y las reglamentaciones del<br />
sector. La empresa contratada será responsable de obtener la información y referencias<br />
adicionales que sean necesarias.<br />
6. RECEPCIÓN<br />
6.1. Recepción provisoria<br />
Una vez cumplidas la instalación y configuración inicial, y se haya remitido el Informe final<br />
(Condiciones Generales art. 31) por parte de la empresa adjudicataria se otorgará la recepción<br />
provisoria del suministro en un plazo no mayor a 10 días calendario.<br />
Se realizarán las pruebas de aceptación del software (y hardware) verificando el buen<br />
funcionamiento según las especificaciones técnicas solicitadas.<br />
Si al realizar dichas pruebas surgieran observaciones e indicaciones relativas a defectos,<br />
imperfecciones o vicios, URSEC rechazará el suministro y hará llegar por escrito al contratista<br />
sus conclusiones. Se continuará a partir de ese momento el cómputo del plazo de entrega para<br />
el suministro para una eventual aplicación de multas por atraso.<br />
Se tomará como fecha de iniciación del período de garantía del suministro recibido, la<br />
establecida en la recepción provisoria.<br />
6.2. Recepción definitiva<br />
Si se demostrara que los eventuales defectos aparecidos durante el período de garantía han<br />
sido subsanados a satisfacción de URSEC y en general que todas las condiciones<br />
contractuales han sido cumplidas, la Administración otorgará la recepción definitiva del<br />
suministro.<br />
La recepción definitiva total del suministro y la devolución de las garantías liberará a las partes<br />
contratantes y dará por terminado el contrato.<br />
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7. GARANTÍA <strong>DE</strong>L SUMINISTRO<br />
Garantía in-situ por 36 meses (3 años), con servicio técnico integral, que cubrirá cualquier<br />
defecto de fabricación o mal funcionamiento, incluidos los repuestos y la mano de obra.<br />
El oferente deberá garantizar la actualización de versiones del software durante el período de<br />
garantía. Esto implica realizar sin ningún tipo de costo para URSEC:<br />
• “Updates” (actualizaciones de la misma versión del software)<br />
• “Upgrades” (actualización a una nueva versión del software)<br />
En caso de defectos sistemáticos, fallas importantes o incumplimiento de las obligaciones<br />
contenidas en el presente artículo, el período de garantía será suspendido sí, a juicio de<br />
URSEC, lo justifica y se reiniciará a partir de la fecha en que el problema sea subsanado o el<br />
software sea reemplazado.<br />
En todos los casos el oferente se comprometerá a suministrar toda la asistencia técnica que<br />
sea necesaria, en el local de URSEC, para asegurar el buen funcionamiento del software, sin<br />
cargo para la Unidad Reguladora.<br />
Se podrá solicitar la atención de cada incidente por teléfono o dirección de correo electrónico y<br />
deberá ser contestada en un máximo de 24 horas en los días de actividad de la Unidad<br />
Reguladora (días hábiles, de Lunes a Viernes de 9 a 17 horas). De lo contrario el período de<br />
garantía será suspendido sí, a juicio de URSEC, se justifica y se reiniciará a partir de la fecha<br />
en que el problema sea subsanado.<br />
El oferente deberá contar con representante técnico local reconocido y aprobado por el<br />
fabricante, lo que deberá ser acreditado fehacientemente, contar con domicilio en la ciudad de<br />
Montevideo, con capacidad, solvencia e infraestructura suficiente que brinde servicio de post<br />
venta por un período mínimo de 5 años después de la recepción definitiva. Se deberán<br />
proporcionar los datos de un interlocutor técnico válido.<br />
El oferente deberá incluir la propuesta de servicio de asistencia técnica que respalda el<br />
software dentro del período de la garantía, así como el que ofrece una vez que ésta caduque.<br />
En caso de incumplimiento de alguno de los ítems anteriores, URSEC se reserva el derecho de<br />
no considerar la oferta.<br />
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