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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - Universidad ...

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Coordinación de Estudios de Postgrado<br />

Especialización en Planificación, Desarrollo y Gestión de Proyectos<br />

ESTUDIO <strong>DE</strong> FACTIBILIDAD TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN <strong>DE</strong><br />

UN SISTEMA <strong>DE</strong> VERIFICACIÓN Y COMPROBACIÓN TÉCNICA <strong>DE</strong>L<br />

ESPECTRO RADIOELECTRICO<br />

(SISTEMA SAAGER <strong>DE</strong> CONATEL)<br />

Proyecto del Trabajo Especial de Grado presentado para optar al Título<br />

de Especialista en Planificación, Desarrollo y Gestión de Proyectos<br />

AUTOR: ING. ANDRÉS R. PEDROZA R.<br />

TUTOR: LIC. CRISTOBAL RODRIGUEZ M.<br />

CARACAS, FEBRERO <strong>DE</strong> 2010


Coordinación de Estudios de Postgrado<br />

Especialización en Planificación, Desarrollo y Gestión de Proyectos<br />

ESTUDIO <strong>DE</strong> FACTIBILIDAD TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN <strong>DE</strong><br />

UN SISTEMA <strong>DE</strong> VERIFICACIÓN Y COMPROBACIÓN TÉCNICA <strong>DE</strong>L<br />

ESPECTRO RADIOELÉCTRICO<br />

(SISTEMA SAAGER <strong>DE</strong> CONATEL)<br />

Línea de Trabajo: Control de Gestión<br />

TUTOR: LIC. CRISTOBAL RODRIGUEZ M.<br />

ii


<strong>DE</strong>DICATORIA<br />

Quiero dedicarle este trabajo<br />

Primero a Dios que me ha dado la vida y fortaleza<br />

para terminar este proyecto de investigación.<br />

A mis seres más amados,<br />

Mi esposa Isis Nereyda y mi hijo Andrés Eduardo,<br />

Por el apoyo y comprensión incondicional,<br />

Quienes son mi fuente de inspiración.<br />

A mis Padres por estar siempre presentes,<br />

Y a mis Suegros por apoyarme siempre.<br />

A mi hermana Tibisay C. y sobrina Rosmaryani,<br />

Por ser ejemplos a seguir,<br />

Dulces y cariñosas.<br />

iii


AGRA<strong>DE</strong>CIMIENTO<br />

• A Dios por estar siempre iluminando mi camino de fe y voluntad.<br />

• A mi esposa Isis Nereyda e hijo Andrés Eduardo por la infinita<br />

paciencia, comprensión, apoyo y amor incondicional.<br />

• A mi tutor académico, Lic. Cristóbal Rodríguez M, por su dedicación,<br />

sus consejos, su sabia asesoría y por haberme ayudado a culminar<br />

este trabajo de grado.<br />

• A mi tutora metodológica, Lic. Profesora Laura Contreras, quien con<br />

su conocimiento, orientación y dedicación fue una gran guía.<br />

• A mis compañeros de labores, Ing. Guillermo Mogollón e Ing. Jesús<br />

Rivera, por su gran apoyo y colaboración ante los organismos<br />

nacionales e internacionales.<br />

iv


ESTUDIO <strong>DE</strong> FACTIBILIDAD TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN <strong>DE</strong><br />

UN SISTEMA <strong>DE</strong> VERIFICACIÓN Y COMPROBACIÓN TÉCNICA <strong>DE</strong>L<br />

ESPECTRO RADIOELÉCTRICO<br />

(SISTEMA SAAGER <strong>DE</strong> CONATEL)<br />

Ing. Andrés R. Pedroza R.<br />

RESUMEN<br />

El espectro radioeléctrico es un bien común, su uso y explotación están<br />

sometidos a regulación por parte del Estado venezolano, función que<br />

administrativamente le corresponde a la Comisión Nacional de<br />

Telecomunicaciones (CONATEL), para esto cuenta con el Sistema<br />

Automatizado de Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />

(SAAGER), con el cual controla y hace seguimiento de las señales<br />

radioeléctricas que se emiten en el país. CONATEL tiene previsto dentro de<br />

sus proyectos realizar cambios para reemplazar este sistema, con el<br />

propósito de apoyar el proyecto de reemplazo del subsistema de<br />

comprobación y verificación técnica, se realiza el presente Estudio de<br />

Factibilidad Técnica. Para esto se manejó de manera eficiente la información<br />

suministrada por los diferentes organismos de regulación del sector de<br />

distintos países y proveedores o casas matrices existentes en el mercado,<br />

determinando así el modelo de sistema recomendable que satisfaga los<br />

requerimientos de CONATEL, para apoyar de manera eficiente y eficaz la<br />

administración del espectro radioeléctrico en el país.<br />

El estudio realizado arroja como resultado que el Proyecto para la<br />

Implementación de un Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />

Espectro Radioeléctrico por CONATEL en Venezuela, al establecer un<br />

MO<strong>DE</strong>LO TIPO INTEGRADO es TÉCNICAMENTE FACTIBLE de realizar y<br />

cumpliría con las exigencias del Estado Venezolano y recomendaciones de<br />

la UIT.<br />

PALABRAS CLAVES:<br />

Administración, Gestión, Verificación Técnica, Espectro Radioeléctrico,<br />

Procesos, Usuarios, Operadores, Disponibilidad, Calidad.<br />

v


INDICE <strong>DE</strong> CONTENIDO<br />

<strong>DE</strong>DICATORIA .............................................................................................. iii<br />

AGRA<strong>DE</strong>CIMIENTO ...................................................................................... iv<br />

RESUMEN ...................................................................................................... v<br />

INTRODUCCIÓN ............................................................................................ 1<br />

CAPITULO I .................................................................................................... 3<br />

EL PROBLEMA ............................................................................................. 3<br />

1.1. Planteamiento del Problema ............................................................. 3<br />

1.2. Objetivos ........................................................................................... 5<br />

1.2.1. Objetivo General ............................................................................... 5<br />

1.2.2. Objetivos Específicos ....................................................................... 5<br />

1.3. Justificación y viabilidad del trabajo .................................................. 5<br />

CAPITULO II ................................................................................................... 9<br />

MARCO TEORICO REFERENCIAL ............................................................... 9<br />

2.1. Antecedentes de la Investigación ..................................................... 9<br />

2.1.1. SICOTER ........................................................................................ 10<br />

2.1.2. SAAGER ......................................................................................... 14<br />

2.2. Gestión del Espectro Radioeléctrico ............................................... 21<br />

2.3. Bases conceptuales ........................................................................ 30<br />

2.3.1. Gestión del Espectro Radioeléctrico ............................................... 30<br />

2.3.2. Comunicaciones electrónicas ......................................................... 31<br />

2.3.3. Espectro electromagnético ............................................................. 33<br />

vi


2.3.4. Ondas radioeléctricas ..................................................................... 34<br />

2.3.5. Frecuencia y longitud de onda ........................................................ 35<br />

CAPITULO III ................................................................................................ 39<br />

MARCO ORGANIZACIONAL ....................................................................... 39<br />

3.1. CONATEL ....................................................................................... 39<br />

3.2. Visión .............................................................................................. 41<br />

3.3. Misión ............................................................................................. 41<br />

3.4. Objetivos Estratégicos .................................................................... 42<br />

3.5. Estructura Organizativa de CONATEL ........................................... 43<br />

3.6. Objetivo de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio ..................... 44<br />

3.7. Funciones de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio .................. 44<br />

CAPITULO IV ............................................................................................... 46<br />

DISEÑO METODOLÓGICO ........................................................................ 46<br />

4.1. Tipo de Investigación ...................................................................... 46<br />

4.2. Estrategia de realización del Proyecto Factible .............................. 48<br />

4.3. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos ........................ 49<br />

4.4. Técnicas de Procesamiento y Análisis de Datos ........................... 50<br />

CAPITULO V ................................................................................................ 51<br />

LA PROPUESTA .......................................................................................... 51<br />

5.1. Etapa I – Experiencias en Otros Países ......................................... 52<br />

5.1.1. BRASIL ........................................................................................... 52<br />

5.1.2. COLOMBIA ..................................................................................... 56<br />

5.1.3. URUGUAY ...................................................................................... 57<br />

vii


5.1.4. ARGENTINA ................................................................................... 58<br />

5.2. Etapa II – Diferentes Opciones Técnicas Existentes ...................... 61<br />

5.3. Etapa III – Identificar la Opción más Recomendable ...................... 73<br />

CAPITULO VI ............................................................................................... 76<br />

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ................................................ 76<br />

6.1. Conclusiones .................................................................................. 76<br />

6.2. Recomendaciones .......................................................................... 77<br />

REFERENCIAS DOCUMENTALES ............................................................. 79<br />

ANEXOS ....................................................................................................... 82<br />

viii


INDICE <strong>DE</strong> CUADROS:<br />

Cuadro 1 - División de las Señales de Radiofrecuencia. ............................. 37<br />

Cuadro 2 – Matriz DOFA .............................................................................. 66<br />

Cuadro 3 – Cruce de variables Matriz DOFA ............................................... 69<br />

Cuadro 4 – Matriz de Criterio Ponderado. .................................................... 70<br />

Cuadro 5 – Factores utilizados en la Matriz de Criterio Ponderado. ............ 71<br />

Cuadro 6 – Equipos Disponibles. ................................................................. 73<br />

INDICE <strong>DE</strong> FIGURAS:<br />

Figura 1 . Estación CAC de Maturín. ............................................................ 16<br />

Figura 2 . Unidades Móviles. ......................................................................... 16<br />

Figura 3 - . Procesador del Espectro 8067, ................................................... 18<br />

Figura 4. Esquema de funcionamiento básico del sistema SAAGER. .......... 19<br />

Figura 5. Esquema de red del sistema SAAGER en los CAC. ...................... 20<br />

Figura 6 - Esquema propuesto de red .......................................................... 28<br />

Figura 7 . Bosquejo del esquema de base de datos ..................................... 29<br />

Figura 8 . Diagrama básico en bloques de un Sistema de Comunicaciones<br />

Electrónico. ................................................................................................... 32<br />

Figura 9 - Espectro electromagnético de frecuencias. .................................. 34<br />

Figura 10 Organigrama de CONATEL .......................................................... 43<br />

Figura 11 Sistema SGME de Brasil. ............................................................. 53<br />

Figura 12 Sistema SGME de Brasil. ............................................................. 54<br />

Figura 13 Sistema RNR de Brasil. ................................................................ 55<br />

ix


Figura 14 Sistema RNR de Brasil. ................................................................ 55<br />

Figura 15 Sistema SNCTE de Argentina. ...................................................... 59<br />

Figura 16 Estación Remota del SNCTE de Argentina. ................................. 59<br />

Figura 17 Esquema Unidad Móvil del SNCTE de Argentina. ........................ 60<br />

Figura 18 Unidad Móvil del SNCTE de Argentina. ........................................ 60<br />

Figura 19 Control del Sistema desde una Estación de Trabajo. ................... 65<br />

x


INTRODUCCIÓN<br />

El espectro radioeléctrico es un bien común y su uso y explotación están<br />

sometidos a regulación por parte del Estado venezolano, función que<br />

administrativamente le corresponde al Ministerio del Poder Popular para las<br />

Obras Públicas y Vivienda (MOPVI), y adscrito a éste, a la Comisión Nacional<br />

de Telecomunicaciones (CONATEL), organismo que tiene entre sus<br />

competencias la regulación, planificación, promoción, desarrollo y protección<br />

de las telecomunicaciones en todo el territorio nacional.<br />

La Comisión para el cumplimiento de sus atribuciones cuenta con la<br />

Gerencia de Seguimiento Regulatorio, al cual le corresponde las tareas de<br />

monitoreo para la comprobación y verificación técnica del espectro<br />

radioeléctrico, tareas que realiza por medio de la inspección constante a los<br />

operadores radioeléctricos y el procesamiento de denuncias efectuadas por<br />

los usuarios y operadores. Para esto la Gerencia cuenta con el Sistema<br />

Automatizado de Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />

(SAAGER), con el cual controla y hace seguimiento de las señales<br />

radioeléctricas que se emiten en el país.<br />

CONATEL tiene previsto dentro de sus proyectos a mediano y largo<br />

plazo, realizar cambios para reemplazar y mejorar el SAAGER, el cual utiliza<br />

para las actividades de monitoreo y gestión del espectro radioeléctrico<br />

nacional. Con el propósito de apoyar el proyecto de reemplazo del<br />

subsistema de comprobación y verificación técnica del SAAGER, se realiza el<br />

presente Estudio de Factibilidad Técnica para apoyar la estructura que se<br />

quiere instalar y cumplir con los requisitos previstos en la metodología de<br />

1


“Marco Lógico”, modelo utilizado por el Estado para el desarrollo de los<br />

proyectos en el país.<br />

Una de las estrategias que rige el presente trabajo es la necesidad de<br />

manejar de manera eficiente la información suministrada por los diferentes<br />

organismos de regulación del sector de distintos países y proveedores o<br />

casas matrices existentes en el mercado, determinando así el modelo de<br />

sistema recomendable que satisfaga los requerimientos de la Gerencia de<br />

Seguimiento Regulatorio y por ende CONATEL.<br />

Cabe destacar que CONATEL, tendrá la oportunidad de estudiar y avalar<br />

la propuesta, utilizándola como apoyo en el desarrollo del Proyecto de<br />

Implementación de un Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />

Espectro Radioeléctrico, para apoyar de manera eficiente y eficaz la<br />

administración del espectro radioeléctrico en el país, de esta forma, se estará<br />

contribuyendo a su vez con el desarrollo de sus propias metas, objetivos y<br />

fortaleciendo las labores que como ente regulador le corresponde realizar.<br />

2


CAPITULO I<br />

EL PROBLEMA<br />

1.1. Planteamiento del Problema<br />

En el año 2001, luego de un proceso licitatorio de más de dos (2) años,<br />

se instalaron los equipos del sistema SAAGER (Sistema Automatizado de<br />

Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico) adquiridos a la<br />

empresa Technology for Communications International (TCI) con sede en la<br />

ciudad de Fremont, estado de California en EEUU, con el propósito de dotar<br />

al estado venezolano, a través de la Comisión Nacional de<br />

Telecomunicaciones (CONATEL), con una herramienta que le permitiera<br />

actuar como garante del óptimo aprovechamiento del espectro radioeléctrico.<br />

El sistema cuenta en la actualidad con cinco (5) Centros Auxiliares de<br />

Control (CAC) localizados en Caracas, San Felipe, Maturín, Maracaibo y San<br />

Cristóbal disponiendo en total de quince (15) sistemas de monitoreo y<br />

radiogoniometría: cinco fijos y diez móviles. Los CAC iniciaron sus<br />

actividades, a finales del 2001 y desde el 1ro de enero de 2003 CONATEL<br />

tomó control total por el mantenimiento y reparación de los equipos del<br />

SAAGER.<br />

En la actualidad, el sistema ha visto comprometida su operatividad debido<br />

a las dificultades existentes para adquirir los repuestos necesarios en el<br />

3


eemplazo de partes y piezas, su obsolescencia tecnológica derivados de<br />

problemas de actualización y agravados por las dificultades de la<br />

dependencia de la prestación del servicio de mantenimiento del único<br />

proveedor y propietario (TCI) de la tecnología actualmente utilizada.<br />

Se plantea así al estado venezolano la necesidad de relevar al actual<br />

SAAGER, por un sistema cuyo desarrollo cuente con la participación de<br />

recursos humanos locales con conocimiento y experiencia en el área, a fin de<br />

lograr un alto grado de autonomía en su gestión y administración, así como<br />

del manejo de tecnología de avanzada en la integración de equipos de<br />

medición de tales como el IFR o Agilent Technology y del software de<br />

administración de tareas de medición desarrollados localmente.<br />

Proporcionando una solución tecnológica a corto plazo, como etapa previa a<br />

la implementación de un sistema de administración y monitoreo, totalmente<br />

desarrollado en el país.<br />

Debido a la necesidad de administrar eficientemente el espectro<br />

radioeléctrico, siendo un recurso limitado y de suma importancia para las<br />

telecomunicaciones, donde es responsabilidad de cada estado velar por su<br />

utilización efectiva, bajo las recomendaciones y normativas de la Unión<br />

Internacional de Telecomunicaciones (UIT). Esta investigación va dirigida a<br />

cubrir una necesidad de CONATEL, la cual consiste en evaluar las distintas<br />

alternativas de sistemas de monitoreo del espectro, para seleccionar el mejor<br />

modelo a seguir como un aporte previo a su posterior implementación, con<br />

basamento en un estudio de factibilidad técnica como soporte e hito<br />

fundamental en el desarrollo del Proyecto SAAGER Venezolano de un<br />

sistema nuevo para la comprobación técnica del espectro radioeléctrico.<br />

4


1.2. Objetivos<br />

1.2.1. Objetivo General<br />

Realizar un estudio de factibilidad técnica para la implementación de<br />

un sistema de verificación y comprobación técnica del espectro<br />

radioeléctrico en CONATEL.<br />

1.2.2. Objetivos Específicos<br />

• Conocer las experiencias obtenidas en otros países en la<br />

implementación de un sistema de verificación y comprobación del<br />

espectro radioeléctrico.<br />

• Evaluar las diferentes opciones técnicas existentes para la<br />

implementación de un sistema de verificación y comprobación del<br />

espectro radioeléctrico.<br />

• Identificar la opción más recomendable para el sistema de verificación<br />

y comprobación técnica del espectro radioeléctrico en CONATEL.<br />

1.3. Justificación y viabilidad del trabajo<br />

El espectro radioeléctrico es un recurso limitado y constituye una clave en<br />

el panorama mundial actual, el cual es definido por Vaccani (1995) como:<br />

El conjunto de frecuencias empleadas para emitir ondas que<br />

transportan información y que se propagan por el espacio sin<br />

necesidad de un canal artificial, abarcando servicios que van<br />

desde la radiodifusión sonora y la televisión abierta hasta las<br />

redes móviles (p.15).<br />

5


Cuando se cuenta con este tipo de recurso que es limitado y de gran<br />

demanda, el éxito de su uso reside en incluir la mayor cantidad de servicios<br />

posibles simultáneamente, garantizando que coexistan sin inconvenientes, lo<br />

que implica poner en práctica normas y procedimientos que permitan una<br />

explotación adecuada del mismo. Siendo ésta la causa principal de que el<br />

monitoreo y administración del espectro radioeléctrico sean cada vez más<br />

complejos y determinantes, para aprovechar al máximo sus ventajas.<br />

El aporte e importancia que tiene el presente trabajo, es proponer<br />

mediante un Estudio de Factibilidad Técnica el modelo que permita<br />

fundamentar la propuesta y posterior desarrollo del proyecto SAAGER,<br />

brindando a CONATEL las herramientas necesarias que sustenten el<br />

reemplazo del actual sistema de monitoreo y administración del espectro<br />

radioeléctrico, como solución a la problemática existente.<br />

Con el propósito de mantener una adecuada supervisión del espectro<br />

radioeléctrico por parte de CONATEL y que se traduzca en la optimización de<br />

su uso, así como el crecimiento del sector tanto desde el punto de vista de<br />

las inversiones como de los servicios y en la democratización de las<br />

telecomunicaciones en Venezuela, por tal motivo se hace necesario<br />

adelantar las gestiones pertinentes a fin de dotar al Estado venezolano de<br />

una herramienta que le permita ejecutar las actividades de comprobación<br />

técnica y administración del espectro radioeléctrico.<br />

Por lo descrito anteriormente, se plantea al estado venezolano la<br />

necesidad de desarrollar un sistema que cuente con participación del talento<br />

nacional en cuanto a la creación del software de administración de tareas de<br />

medición, a fin de lograr un alto grado de independencia, siendo la<br />

6


integración de este desarrollo con los equipos de medición existentes en el<br />

mercado, la opción que permitirá obtener una solución tecnológica, previa a<br />

la implementación de un sistema totalmente desarrollado en el país.<br />

Adicional a lo anterior, el sistema de monitoreo y administración deberá<br />

ser escalable y que se pueda actualizar sin afectar notablemente la<br />

estructura del mismo, ya que actualmente el entorno radioeléctrico<br />

venezolano se encuentra sujeto a la aplicación de nuevas tecnologías como<br />

son el caso de:<br />

• WIMAX: (Worldwide Interoperability for Microwave Access, de sus<br />

siglas en ingles – Interoperatividad Mundial para Acceso por<br />

Microondas) norma de tecnología inalámbrica de acceso, fija y<br />

móvil de cuarta generación, desarrollada para transmisión de<br />

datos.<br />

• UMTS: (Universal Mobile Telecommunications System, de sus<br />

siglas en ingles – Sistema Universal de Telecomunicaciones<br />

Móviles) tecnología inalámbrica móvil de tercera generación<br />

(3.5G), utilizada para transmisión de voz y datos.<br />

• DTV: (Digital TV, de sus siglas en ingles - Televisión Digital)<br />

tecnologías de digitalización en transmisión y recepción del audio<br />

y video de la televisión analógica, para la optimización en el uso<br />

del espectro radioeléctrico.<br />

• LTE: (Long Term Evolution, de sus siglas en ingles) estándar<br />

tecnológico para el acceso inalámbrico móvil de cuarta<br />

generación, diseñada para transmisión de voz y datos.<br />

7


El presente Trabajo Especial de Grado es una contribución a CONATEL,<br />

ya que al disponer de un documento que le sirva de soporte para el<br />

desarrollo de un sistema de comprobación y administración del espectro<br />

radioeléctrico, lo cual de manera indirecta contribuye a generar grandes<br />

expectativas en la inversión por parte de las empresas de<br />

telecomunicaciones, puesto que este sector ha sido clasificado como el de<br />

mayor dinamismo en la actividad económica del país, permitiendo nuevos<br />

paradigmas, conductas y buenas relaciones entre el Estado, los operadores<br />

de telecomunicaciones y los usuarios. Asimismo la importancia de aplicar las<br />

fases y procedimientos en la evaluación de los proyectos, igualmente los<br />

conocimientos adquiridos durante los estudios de la especialización de<br />

Planificación, Desarrollo y Gestión de Proyectos.<br />

8


CAPITULO II<br />

MARCO TEORICO REFERENCIAL<br />

2.1. Antecedentes de la Investigación<br />

Los antecedentes que sustentan a esta investigación, se encuentran<br />

conformados por las investigaciones de carácter documental fundamentales<br />

para la comprensión del desarrollo y evolución, de los términos, conceptos y<br />

relaciones entre procesos, presentados en las experiencias obtenidas en<br />

Venezuela y otros países, en la aplicación de distintos Sistemas para<br />

Administración, Comprobación y Verificación del Espectro Radioeléctrico.<br />

Éstas son un compendio de documentos que describen las mejores<br />

prácticas para el momento de las respectivas aplicaciones, según las<br />

recomendaciones y normativas de la Unión Internacional de<br />

Telecomunicaciones – UIT, ya que la evolución constante de las<br />

telecomunicaciones en el mundo hace necesario la actualización de los<br />

sistemas de gestión del espectro radioeléctrico, situación que muchas veces<br />

no es posible lograrlo de manera inmediata por todos los países, esto<br />

motivado a los costos que esto representan y los procesos administrativos<br />

necesarios que acarrean.<br />

Se comenzará por los casos históricos de Venezuela, pudiendo<br />

referenciar solo dos experiencias obtenidas. La primera fue con la puesta en<br />

funcionamiento del Sistema de Comprobación Técnica de Emisiones<br />

9


Radioeléctricas (SICOTER) y la segunda y más reciente el Sistema<br />

Automatizado de Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />

(SAAGER).<br />

2.1.1. SICOTER<br />

Para el año 1975 el Estado venezolano da la buena pro después de cinco<br />

décadas de uso descontrolado del espectro radioeléctrico, colocando en<br />

marcha mecanismos con los cuales intentó supervisar y administrar ese<br />

importante recurso; se trata del Sistema de Comprobación Técnica de<br />

Emisiones Radioeléctricas (SICOTER), creando un nuevo organismo estatal<br />

adscrito al Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) y sobre cuyos<br />

antecedentes, objetivos, funciones y funcionamiento, fueron adscritos al<br />

Director de Ingeniería de la Dirección Sectorial General de Comunicaciones<br />

del MTC.<br />

Es en el año 1969, cuando formalmente el Estado venezolano se propone<br />

algunas medidas dirigidas a garantizar en la práctica las funciones que la Ley<br />

y los Reglamentos le confería, en ese año se creó el Consejo Técnico<br />

Nacional de Telecomunicaciones (Decreto Presidencial N° 97, 17-7-69), el<br />

cual efectuó un diagnóstico de la situación existente para ese momento,<br />

donde se destacaban los siguientes problemas:<br />

• No existían normas ni procedimientos adecuados para la<br />

administración del espectro radioeléctrico y el país no contaba con<br />

ninguna política para la asignación o distribución de frecuencias.<br />

• Por no existir ninguna clase de equipo de comprobación las<br />

denuncias de interferencias de organismos con funciones<br />

10


especiales, tales como: Relaciones Internacionales, Defensa,<br />

Justicia, no podían ser determinadas. Por esta razón, trabajos tan<br />

importantes como eran: características de propagación de<br />

estaciones sin licencia, radio localización, etc., no podían realizarse<br />

ya que ni siquiera se contaba con un receptor para análisis.<br />

• Desde estaciones de comprobación ubicadas en el exterior<br />

(EE.UU., Canadá, Colombia, Brasil, etc.), llegaban continuamente<br />

quejas de interferencias causadas por estaciones que operaban en<br />

el Territorio Nacional, las cuales no podían verificarse ni<br />

resolverse.<br />

Quedando claro para entonces, que no podía postergarse más la<br />

implementación del sistema de monitoreo y control SICOTER, resultando<br />

reprobable la negligencia del Estado venezolano, manifiesta en el<br />

injustificado retraso del cumplimiento de sus deberes como administrador, de<br />

un recurso natural de tanta importancia para el desarrollo socio-económico<br />

de un país, como lo es el espectro radioeléctrico.<br />

Una vez implementado el sistema SICOTER, se le asignaron los objetivos<br />

señalados a continuación (CONATEL, 1980):<br />

• Lograr que el uso del espectro radioeléctrico ofrezca una máxima<br />

contribución social y económica a la seguridad y bienestar social.<br />

• Establecer y mantener una coordinación adecuada entre los<br />

usuarios del espectro, con el fin de evitar interferencia y<br />

perturbaciones entre los mismos.<br />

• Posibilitar la recopilación de información destinada a la<br />

planificación nacional e internacional de servicios radioeléctricos.<br />

11


• Colaborar con la red internacional de estaciones de comprobación<br />

de emisiones radioeléctricas y con la Unión Internacional de<br />

Telecomunicaciones, para la utilización más racional del espectro.<br />

Posteriormente, para el funcionamiento del sistema se efectuó un estudio<br />

previo, sobre las actuales características generales de distribución, ubicación<br />

y uso del espectro radioeléctrico y sobre las posibilidades y necesidades<br />

técnicas más adecuadas, como resultado de dicho estudio se acordaron las<br />

siguientes instalaciones para el sistema, (CONATEL, 1980):<br />

• Dos estaciones primarias fijas, en Caracas y Maracaibo operando<br />

en el rango de frecuencia de 10 KHz a 1 GHz.<br />

• Tres estaciones secundarias fijas, ubicadas en San Cristóbal, San<br />

Felipe y Maturín, en el rango de frecuencia de 10 KHz a 1 GHz.<br />

• Cuatro estaciones móviles que operaban en el rango de frecuencia<br />

de 10 KHz a 1 GHz y que servían de apoyo a las estaciones fijas.<br />

Finalmente las tareas específicas que le correspondieron a SICOTER,<br />

proporcionando un conocimiento más concreto del funcionamiento y<br />

características del mismo, al servicio de las instituciones e individualidades<br />

interesadas y/o afectadas por los resultados de estas (CONATEL, 1980):<br />

• Observación e identificación de emisiones a fin de constatar el uso<br />

y ocupación del espectro radioeléctrico, basados en los permisos<br />

para operación de estaciones radioeléctricas.<br />

• Medición sistemática de las frecuencias de las estaciones<br />

nacionales a fin de establecer, previa identificación del usuario, si<br />

cumple con lo estipulado en el permiso que le ha sido otorgado.<br />

12


• Observación auditiva y visual de todo el espectro radioeléctrico<br />

para detectar radiaciones no esenciales de las estaciones,<br />

descubrir estaciones nacionales sin licencia o que se identifiquen<br />

de manera irregular, o comprobar si el tráfico cursado por las<br />

estaciones normales y su horario de funcionamiento están en<br />

consonancia con lo establecido en la concesión del permiso.<br />

• Medición y registro del índice de modulación de las estaciones<br />

nacionales.<br />

• Medición del ancho de banda de las estaciones nacionales y, en<br />

ciertos casos, de estaciones extranjeras susceptibles de interferir a<br />

las estaciones nacionales.<br />

• Medición sistemática de la intensidad de campo de la frecuencia<br />

fundamental, y de las armónicas u otras emisiones de las<br />

nacionales recibidas en la estación de la onda de superficie.<br />

• Determinación de radiogoniometrías, para ayudar a identificar<br />

emisiones nacionales que funcionen ilegalmente.<br />

• Registro permanente, según un programa fijado de antemano de la<br />

ocupación del espectro radioeléctrico, sea con objeto de ayudar a<br />

elegir frecuencias para nuevos enlaces, sea para establecer una<br />

lista de emisiones recibidas.<br />

• Comprobación Sistemática de las condiciones de funcionamiento<br />

de los radiofaros marítimos y aeronáuticos nacionales para advertir<br />

a las autoridades competentes en caso de avería.<br />

• Identificación y medición sistemática de las frecuencias de las<br />

estaciones extranjeras que puedan causar interferencias<br />

perjudiciales a estaciones nacionales.<br />

13


• Análisis de las condiciones de funcionamiento de las estaciones<br />

extranjeras notificadas a la IFRB, cuando esas estaciones puedan<br />

ser interferidas por una nueva asignación nacional.<br />

• Escucha sistemática, en 500 KHZ, 2181 y 156,8 MHZ para<br />

contribuir a la seguridad de la vida humana y comprobar si las<br />

estaciones del servicio móvil marítimo cesan sus emisiones en<br />

esas frecuencias en los períodos prescritos en el Reglamento de<br />

Radio comunicaciones de la UIT.<br />

• Participación en los programas de comprobación técnica<br />

establecidos por la IFRB.<br />

• Cooperación con las estaciones de comprobación técnica de otras<br />

administraciones (países) para ayudarles a determinar e identificar<br />

casos de interferencia.<br />

• Cooperación con organismos internacionales en las mediciones u<br />

observaciones por ellas solicitadas.<br />

En la práctica no fueron independientes cada una de estas actividades,<br />

sino por el contrario, estuvieron íntimamente relacionadas una con otra, de<br />

acuerdo con los resultados que se obtuvieron para la época.<br />

2.1.2. SAAGER<br />

Debido a la gran necesidad que existía en Venezuela de un sistema que<br />

permitiera administrar y gestionar eficientemente el Espectro Radioeléctrico,<br />

por la ya obsolescencia del sistema SICOTER, el Estado venezolano realizó<br />

los trámites requeridos ante la Corporación Andina de Fomento (CAF); para<br />

la obtención de los recursos necesarios para la instalación del Sistema<br />

14


Automatizado de Administración y Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />

(SAAGER).<br />

En Julio de 1998, se otorgó a la empresa norteamericana Technologies<br />

for Communications International (TCI) la “Buena Pro” para la ejecución del<br />

proyecto, y en Diciembre de ese mismo año se firmó el contrato con la CAF.<br />

TCI se encargó de fabricar, instalar y adecuar el sistema a las condiciones y<br />

realidades propias del país, de acuerdo a las proposiciones realizadas por<br />

los profesionales técnicos e ingenieros de CONATEL.<br />

Desde inicios del año 2000, CONATEL comenzó a dar los primeros pasos<br />

para la conformación de un equipo responsable de la administración del<br />

espectro radioeléctrico, a fin de optimizar el otorgamiento de concesiones y<br />

por consiguiente la calidad de las comunicaciones en el país.<br />

En tal sentido, se crea el equipo humano requerido para integrar el<br />

SAAGER, así como la implementación de cinco (5) Centros Auxiliares de<br />

Control (CAC) que son estaciones fijas de monitoreo, instaladas a nivel<br />

nacional como se muestra en la Figura 1, las estaciones se localizaron donde<br />

se encontraban anteriormente las instalaciones del sistema SICOTER, con<br />

excepción de la estación de Caracas.<br />

15


Figura 1 . Estación CAC de Maturín.<br />

CONATEL (2006)<br />

En ese mismo año, llegan a Venezuela las Unidades Móviles (UM) del<br />

sistema SAAGER, como se muestra en la Figura 2. Estas unidades fueron<br />

adquiridas también a la empresa TCI, para dar apoyo a las funciones de los<br />

CAC y lograr una mayor cobertura en el territorio nacional, dando inicio así al<br />

proyecto SAAGER, quien permitiría impulsar el desarrollo y la consolidación<br />

del sector de las Telecomunicaciones en Venezuela, después de su<br />

implementación.<br />

Figura 2 . Unidades Móviles.<br />

CONATEL (2006)<br />

16


El objetivo principal de SAAGER es:<br />

“Optimizar la administración del Espectro Radioeléctrico en Venezuela, a<br />

través de la implantación de las herramientas técnicas necesarias para las<br />

actividades de monitoreo y gestión”, (CONATEL, 2006).<br />

Teniendo para el logro del objetivo planteado, los siguientes propósitos,<br />

(CONATEL, 2006):<br />

• Permitir la organización del Espectro Radioeléctrico.<br />

• Garantizar el uso eficiente del Espectro Radioeléctrico.<br />

• Contribuir con el crecimiento del sector de las Telecomunicaciones.<br />

• Resolución de problemas de interferencias de los operadores de<br />

Radiodifusión y Telecomunicaciones.<br />

En tal sentido, el sistema SAAGER después de su implementación contó<br />

con un Software de alto rendimiento, compuesto por un módulo de Monitoreo<br />

(Scorpio Client y Scorpio Server), concebido sobre una plataforma de<br />

Windows NT. El software fue adaptado a la legislación y normas venezolanas<br />

del momento, teniendo que realizar los ajustes necesarios por la<br />

promulgación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) en el año<br />

2000.<br />

En referencia al Hardware, se adquirieron todos los equipos de<br />

computación del sistema bajo la misma estructura de CONATEL; se adicionó<br />

la posibilidad de realizar Radiogoniometría en VHF y UHF en los cinco (5)<br />

CAC: Caracas, Maracaibo, Maturín, San Cristóbal y San Felipe, manteniendo<br />

los tres CAC originales de Maturín, San Felipe y San Cristóbal con capacidad<br />

de realizar Radiogoniometría en HF. Estos CAC en conjunto con las UM que<br />

17


disponen de capacidad de realizarla Radiogoniometría en HF, permiten<br />

triangular perfectamente todo el país. Adicional, se completaron los CAC con<br />

la instalación de generadores eléctricos de emergencia, para disponer de<br />

autonomía energética y con capacidad de soportar crecimientos futuros.<br />

Figura 3 - . Procesador del Espectro 8067,<br />

Equipo de medición de las UM<br />

CONATEL (2006)<br />

El sistema SAAGER posee la configuración que se puede observar en las<br />

Figuras 4 y 5, que al conectarse en red pueden tener las siguientes<br />

características, (CONATEL, 2006):<br />

• Sistema de Monitoreo y Radiogoniometría integrado para el<br />

análisis de transmisiones comprendidas entre los 10 KHz y 3 GHz.<br />

• Procesador de señales de banda ancha (10MHz) que ofrece<br />

rapidez y precisión en las mediciones.<br />

• Ofrece transparencia, seguridad y registro de todas las<br />

operaciones.<br />

• Arquitectura cliente-servidor que proporciona gran flexibilidad para<br />

trabajar en modos local, remoto o en red.<br />

18


• Sistema de Información Geográfica Integral que permite la<br />

ubicación de las emisiones.<br />

• Mediciones y visualización de señales en tiempo real lo que<br />

permite su análisis e identificación.<br />

• Programación de actividades según calendario para su oportuna<br />

ejecución.<br />

• Puede realizar la localización de fuentes de emisión, mediante el<br />

rastreo con una estación móvil o triangulación en red entre dos o<br />

más estaciones fija y/o móvil.<br />

• Ejecuta pruebas incorporadas de auto diagnóstico (PIDA).<br />

Figura 4. Esquema de funcionamiento básico del sistema SAAGER.<br />

CONATEL (2006)<br />

19


Figura 5. Esquema de red del sistema SAAGER en los CAC.<br />

CONATEL (2006)<br />

En síntesis, SAAGER cuenta con un sistema que puede analizar desde<br />

10 Khz hasta 3 GHz, y al adicionar los equipos portátiles se puede llevar el<br />

análisis hasta 40 GHz, garantizando la gestión y control del Espectro<br />

Radioeléctrico, resguardando a los operadores debidamente autorizados de<br />

los Servicios de Telecomunicaciones y Radiodifusión, asegurándoles el<br />

apoyo de la Comisión (CONATEL, 2006) en áreas y funciones tan<br />

importantes como:<br />

• Administración:<br />

o Disponibilidad de una Base de Datos Única y consistente.<br />

o Reporte de violaciones a los parámetros establecidos.<br />

• Planificación:<br />

o Asignaciones de frecuencia eficientemente.<br />

• Comprobación y Verificación Técnica:<br />

o Análisis y Registros de Inspecciones Técnicas.<br />

20


o Localización de Interferencias.<br />

o Generación de Reportes de las violaciones de la<br />

permisología para servicios inalámbricos.<br />

o Estudio de Ocupación y porcentaje de utilización del recurso<br />

limitado.<br />

o Radiogoniometría ( Localización de una estación de radio<br />

móvil o fija, utilizando uno o más receptores con antenas de<br />

un ángulo de recepción muy estrecho, para localizar desde<br />

donde viene una señal y determinar el punto donde se<br />

localiza una emisora. Se aplica en navegación marítima y<br />

aérea, o para ubicar alguna estación en particular, y<br />

frecuentemente, una clandestina).<br />

2.2. Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />

La importancia que tienen los servicios de telecomunicaciones consiste<br />

en el hecho que facilita la comunicación entre las personas, convirtiendo al<br />

mundo en una gran autopista de información, donde fluye desde diferentes<br />

direcciones información de diversa índole. De estos servicios un gran<br />

porcentaje son por redes inalámbricas, esto quiere decir que utilizan el aire<br />

como medio de transporte, por consiguiente requieren utilizar una frecuencia<br />

del espectro radioeléctrico para su propagación, se pueden mencionar entre<br />

los servicios más utilizados por las personas, los siguientes:<br />

• Radiodifusión.<br />

• Televisión.<br />

• Telefonía móvil.<br />

• Comunicaciones satelitales.<br />

21


• WiFi (Acceso de datos inalámbrico).<br />

Por tal motivo es de suma importancia que existan instituciones<br />

internacionales, regionales y estatales que se encarguen de la administración<br />

del espectro radioeléctrico, ya que de lo contrario sería un caos la utilización<br />

de cualquier servicio tecnológico que requiera de radiofrecuencia como<br />

medio de transporte. En Venezuela es la Comisión Nacional de<br />

Telecomunicaciones (CONATEL) el ente encargado de administrar el<br />

espectro radioeléctrico, basándose en las normativas y recomendaciones de<br />

la Unión Internacional de Telecomunicaciones.<br />

La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), es un Organismo<br />

Internacional de gran importancia en la Organización de las Naciones<br />

Unidas, en lo que concierne a las tecnologías de la información y la<br />

comunicación, está formada por 191 Estados Miembros y más de 700<br />

Miembros del Sector y Asociados, agrupando a las organizaciones<br />

gubernamentales de distintos países del mundo, encargados de la<br />

administración y gestión del espectro radioeléctrico en sus regiones, este<br />

organismo se encarga de permitir el crecimiento y el desarrollo sostenible de<br />

las redes de telecomunicaciones y de información, facilitando el acceso<br />

universal para que todos puedan participar y beneficiarse en la economía y la<br />

sociedad mundial de las telecomunicaciones y la información.<br />

La UIT tiene bajo su responsabilidad la elaboración de las normas y<br />

reglamentos necesarias para crear infraestructuras y proporcionar servicios<br />

de telecomunicaciones, la gestión equitativa del espectro de frecuencias<br />

radioeléctricas y de las órbitas de los satélites para facilitar la prestación de<br />

servicios inalámbricos en todo el mundo, o la ayuda a los países en la<br />

22


elaboración de sus estrategias de desarrollo de las telecomunicaciones,<br />

tienen por objeto que los seres humanos tengan un acceso fácil y asequible<br />

a la información y la comunicación y colaborar significativamente al desarrollo<br />

económico y social de la humanidad.<br />

La administración y gestión eficiente del espectro en cada país es<br />

autónoma, pero se rigen por las normativas y recomendaciones de la UIT,<br />

esto con la finalidad de poseer un estándar en los modelos y aplicaciones de<br />

comunicaciones, como son los casos de: telefonía, televisión, radiodifusión,<br />

entre otros, cada uno de estos atributos o aplicaciones de<br />

telecomunicaciones requieren del espectro radioeléctrico, por lo que es de<br />

suma importancia que un organismo estatal rija su utilización, de lo contrario<br />

ocurrirían muchas afectaciones en los servicios, tales como: interferencias,<br />

co-canales y solapamiento.<br />

En la administración del espectro radioeléctrico la comprobación técnica<br />

es una de las herramientas esenciales en la gestión del mismo. Las técnicas<br />

aplicadas a esta comprobación han sido desarrolladas para asegurar la<br />

conformidad con los parámetros, normas y técnicas establecidas para los<br />

sistemas de radiocomunicaciones. Adicionalmente, su comprobación ayuda a<br />

promover una utilización eficaz del espectro de radiofrecuencias y de las<br />

órbitas de los satélites geoestacionarios. Es importante destacar que en la<br />

comprobación aplicada a las redes de radiocomunicaciones, se utilizan<br />

distintos métodos que se llevan a cabo en situaciones desfavorables y en un<br />

entorno desconocido.<br />

En el año 1999, la Comisión de Estudio 1 de Radiocomunicaciones de la<br />

UIT, decidió revisar el Manual sobre Comprobación Técnica del Espectro del<br />

23


año 1995 (al igual que se hizo en ediciones anteriores), con la finalidad de<br />

actualizarlo, teniendo en cuenta los últimos desarrollos alcanzados de los<br />

sistemas de radiocomunicaciones digitales para la fecha, y las necesidades<br />

de los organismos reguladores de la gestión del espectro, como es el caso<br />

de CONATEL en Venezuela. La nueva edición corresponde al año 2002 y fue<br />

elaborada por el Grupo de Trabajo 1C a lo largo de tres reuniones realizadas<br />

en: París (Abril, 2000), Munich (Enero, 2001) y Chicago (Noviembre-<br />

Diciembre, 2001).<br />

La radiación electromagnética se define como una forma de energía<br />

eléctrica y magnética oscilante capaz de atravesar el espacio sin necesidad<br />

de interconexiones físicas. La gama completa de frecuencias constituye el<br />

espectro electromagnético y la banda o porción de 9 KHz a 3000 GHz se<br />

conoce como el espectro de radiofrecuencias, este espectro constituye un<br />

recurso natural limitado y es fundamental que se utilice de la forma más<br />

eficaz posible por todos los usuarios de radiocomunicaciones a través del<br />

mundo, de manera que las diversas redes de radiocomunicaciones puedan<br />

funcionar en un entorno radioeléctrico libre de interferencia.<br />

Con la aparición de nuevas tecnologías y el enorme crecimiento del<br />

sector, las demandas del espectro de radiofrecuencias están aumentando a<br />

una velocidad vertiginosa. La gestión efectiva y eficaz del espectro es el<br />

elemento esencial para garantizar la coexistencia de las diversas redes de<br />

radiocomunicaciones, proporcionando la base para la industria de las<br />

telecomunicaciones, que es uno de los sectores de mayor crecimiento en la<br />

economía mundial, de acuerdo a los últimos reportes publicados por la UIT.<br />

24


En Venezuela desde el año 2000 se dispone de la Ley Orgánica de<br />

Telecomunicaciones (LOTEL) 1 , recurso legal que tiene como objeto<br />

establecer el marco de regulación general de las telecomunicaciones, a fin<br />

de garantizar el derecho humano de la comunicación y a la realización de las<br />

actividades económicas de telecomunicaciones necesarias para lograrlo, sin<br />

más limitaciones que las derivadas de la Constitución de la República<br />

Bolivariana de Venezuela y las leyes, sirviendo de soporte para la<br />

administración del espectro radioeléctrico.<br />

Para CONATEL (http://intranetconatel, 2002) la comprobación técnica del<br />

espectro se define como “el proceso de observar consistentemente el<br />

espectro de radiofrecuencia y obtener información sobre su utilización”, esta<br />

información es vital para las funciones propias de la institución, ya que es<br />

requerida por varios departamentos internos, tales como: Gestión de<br />

Servicios de Telecomunicaciones, Seguimiento Regulatorio,<br />

Acompañamiento Técnico, entre otros. Por lo tanto, se podría decir que la<br />

comprobación técnica del espectro constituye los ojos y oídos del proceso de<br />

gestión del espectro.<br />

La gestión del espectro es la combinación de procedimientos<br />

administrativos, científicos y técnicos necesarios para garantizar una<br />

explotación eficaz del equipo y los servicios de radiocomunicación sin<br />

producir interferencia. La finalidad de la gestión del espectro es elevar al<br />

máximo la eficacia de utilización del espectro y reducir al mínimo la<br />

interferencia. Las normas y reglamentos en las cuales se sustenta,<br />

constituyen una base fundamental de carácter regulatorio y legal, para el<br />

1 Se puede consultar en http://www.conatel.gob.ve/normativabusqueda.asp<br />

25


proceso de gestión. Las bases de datos de información, de los usuarios<br />

autorizados del espectro, proporcionan la base administrativa y técnica para<br />

el proceso. El análisis de la información de estas facilita el proceso de<br />

gestión del espectro cuyos resultados son las decisiones de atribución de<br />

espectro, asignación de frecuencias y concesión de licencias.<br />

Asimismo, todos estos procesos aportan los medios necesarios para<br />

mantener la integridad del proceso de gestión del espectro. Existe una<br />

estrecha relación entre las funciones de comprobación técnica del espectro y<br />

de gestión del espectr; la vinculación de estas funciones a través de un<br />

sistema de computación integrado puede acrecentar notablemente la eficacia<br />

y el rendimiento económico de ambas.<br />

La comprobación técnica está íntimamente asociada a las inspecciones y<br />

al fiel cumplimiento de las obligaciones, en cuanto que permite la<br />

identificación y la medición de la utilización del espectro y las fuentes de<br />

interferencia, la verificación de las características técnicas y de explotación<br />

correcta de las señales radiadas, así como, la detección e identificación de<br />

los transmisores ilegales, proporcionando datos sobre la eficacia de las<br />

políticas de gestión del espectro.<br />

El sistema de comprobación técnica y monitoreo del espectro<br />

radioeléctrico, debe estar constituido por dos estructuras de soporte<br />

importantes, la primera es el soporte lógico, el cual debe estar desarrollado<br />

sobre software libre para permitir el acceso al código fuente y de ésta manera<br />

sustentarse en el catálogo de soportes lógicos de la Unión Internacional de<br />

Telecomunicaciones (UIT) para gestión del espectro radioeléctrico, de<br />

conformidad con la Resolución UIT-R 21-2 sobre “Programas Informáticos<br />

26


para la Gestión del Espectro Radioeléctrico”, donde se describen diversos<br />

programas informáticos que efectúan análisis de ingeniería y otras tareas de<br />

gestión del espectro.<br />

El segundo es el soporte físico, debiendo constituirse con equipos de<br />

tecnología de vanguardia y permitir la escalabilidad del sistema, según lo<br />

establecido en las recomendaciones de la UIT: UIT-R SM.1048 sobre<br />

“Directrices para el Diseño de un Sistema Básico Automatizado de Gestión<br />

del Espectro”, UIT-R SM.1370-1 sobre “Directrices de Diseño para la<br />

Elaboración de Sistemas Avanzados de Gestión Automática del Espectro”,<br />

UIT-R SM.1393 sobre “Formatos Comunes para el Intercambio de<br />

Información entre Estaciones de Comprobación Técnica de las Emisiones”,<br />

UIT-R SM.1537 sobre “Automatización e Integración de los Sistemas de<br />

Comprobación Técnica del Espectro con la Gestión Automática del<br />

Espectro”, UIT-R SM.1604 sobre “Directrices para un Sistema Perfeccionado<br />

de Gestión del Espectro Destinado a los Países en Desarrollo” y la UIT-R<br />

SM.1723 sobre “Unidad Móvil Automatizada de Comprobación Técnica del<br />

Espectro”; así como también el manual de la UIT sobre “Comprobación<br />

Técnica del Espectro”; donde se describen las distintas formas de diseño de<br />

un sistema para las mediciones en la comprobación y verificación de la<br />

ocupación del espectro radioeléctrico, siendo estas las funciones principales<br />

de CONATEL.<br />

La automatización debe ser implementada en torno a un soporte físico<br />

flexible y de vanguardia, con modernas arquitecturas de cliente/servidor y<br />

comunicaciones a distancia, simplificará la mayoría de las tareas y<br />

responsabilidades de la institución, relacionadas con la comprobación técnica<br />

del espectro, proporcionando los medios para realizar mediciones repetitivas<br />

de manera rápida y precisa, permitiendo al personal que pueda efectuar<br />

27


tareas orientadas al análisis de las situaciones, resolución de problemas de<br />

interferencia y reducción de la ilegalidad, con un esquema propuesto de red<br />

como el que se observa en la Figura 6, lo que fomentará el desarrollo del<br />

sector de las telecomunicaciones que experimenta un crecimiento sostenido<br />

en Venezuela.<br />

Figura 6 - Esquema propuesto de red<br />

CONATEL (2006)<br />

La utilización de bases de datos y la creación de modelos mediante<br />

computadores, según se puede observar en la Figura 7, agilizará las<br />

funciones relacionadas con la comprobación técnica del espectro y permitirá<br />

28


su eficiente acoplamiento con las actividades de gestión del espectro,<br />

haciendo posible el establecimiento de sistemas integrados que pueden<br />

utilizar automáticamente los datos medidos por el sistema de comprobación<br />

técnica y la información sobre licencias obtenidas de la base de datos de<br />

gestión para detectar transmisiones sin licencia y otras infracciones.<br />

Figura 7 . Bosquejo del esquema de base de datos<br />

CONATEL (2006)<br />

Con el propósito de mantener una adecuada supervisión del espectro<br />

radioeléctrico por parte de CONATEL que se traduzca en la optimización de<br />

29


su uso, así como el crecimiento del sector tanto desde el punto de vista de<br />

las inversiones como de los servicios y en la democratización de las<br />

telecomunicaciones, se hace necesario adelantar las gestiones pertinentes a<br />

fin de dotar al estado venezolano con una herramienta que le permita<br />

ejecutar las actividades inherentes a la comprobación técnica del espectro<br />

radioeléctrico.<br />

Adicional a lo anterior, el sistema deberá ser escalable y que se pueda<br />

modificar sin afectar notablemente la estructura del mismo, ya que<br />

actualmente el entorno radioeléctrico venezolano se encuentra sujeto a la<br />

aplicación de nuevas tecnologías como son el caso de WIMAX, UMTS,<br />

Televisión Digital, LTE, etc.<br />

En este sentido, se plantea la necesidad de reemplazar el actual<br />

SAAGER, por un sistema que sea formado de la integración de software de<br />

administración de tareas de medición desarrollado localmente y equipos de<br />

medición existentes en el mercado, contando con la participación del talento<br />

nacional a fin de lograr un alto grado de autonomía, con miras de<br />

implementar un sistema totalmente desarrollado en el país.<br />

2.3. Bases conceptuales<br />

2.3.1. Gestión del Espectro Radioeléctrico<br />

Es la combinación de procedimientos y recursos jurídicos,<br />

económicos, administrativos y técnicos necesarios para garantizar el<br />

funcionamiento del máximo número factible de canales radioeléctricos,<br />

30


por las estaciones de distintos servicios de radiocomunicaciones, en una<br />

porción dada del espectro de frecuencias radioeléctricas en cualquier<br />

instante dado, sin producir ni recibir interferencias perjudiciales.<br />

La gestión del espectro constituye una de las claves en la<br />

administración de este y de suma importancia para los organismos<br />

reguladores del sector, el cual es definido por Pavloiouk A. (1998) como:<br />

Las normas y reglamentos basados en la legislación<br />

pertinente constituyen una base reglamentaria y legal para el<br />

proceso de gestión del espectro. Las bases de datos de<br />

información, que contienen detalles de todos los usuarios<br />

autorizados del espectro, proporcionan la base administrativa<br />

y técnica para el proceso. (p.56).<br />

El análisis de la información de estas bases de datos, facilita el<br />

proceso de gestión del espectro cuyos resultados son las decisiones de<br />

atribución de frecuencias y concesión de licencias en el espectro.<br />

2.3.2. Comunicaciones electrónicas<br />

El objetivo fundamental de un sistema de comunicaciones es transferir<br />

información de un lugar a otro, se puede afirmar que las comunicaciones<br />

electrónicas son la transmisión, recepción y procesamiento de<br />

información entre dos o más lugares, utilizando circuitos electrónicos. La<br />

información original puede ser analógica (voz humana, música, etc.), o en<br />

forma digital (codificaciones binarias), estos tipos de información deben<br />

convertirse en energía electromagnética antes de ser irradiadas a través<br />

de un sistema de comunicaciones electrónico.<br />

31


En los últimos años ha existido una gran necesidad de comunicación<br />

entre un mayor número de personas. Esta urgente demanda ha<br />

estimulado el crecimiento de la industria de comunicaciones electrónicas,<br />

por lo que los sistemas modernos incluyen los medios guiados, como son<br />

los cables trenzados, coaxial o fibra óptica y los no guiados que son los<br />

que utilizan el espacio libre mediante la radio frecuencia, como por<br />

ejemplo los sistemas celulares, las microondas y enlaces satelitales, entre<br />

otros.<br />

Para entender un poco cómo es la estructura básica de un sistema de<br />

comunicaciones electrónico, en la Figura 8 se pueden observar los<br />

componentes esenciales, como son la información, el transmisor, el<br />

medio y el receptor.<br />

Figura 8 . Diagrama básico en bloques de un Sistema de Comunicaciones Electrónico.<br />

Del Autor<br />

La información es lo que se va a enviar a través del sistema para que<br />

llegue a su destino, el transmisor recibe la información y la procesa de<br />

manera de poder transformarla en una señal de ondas electromagnéticas<br />

según el medio a utilizar, este puede ser un medio guiado o no guiado<br />

dependiendo de la aplicación o estructura del sistema de comunicación,<br />

32


el receptor acepta del medio de transmisión las señales transmitidas y las<br />

convierte en su forma original de información para entregárselas al<br />

destinatario.<br />

2.3.3. Espectro electromagnético<br />

Como se comentó en el punto anterior, el objetivo fundamental de un<br />

sistema de comunicaciones es transferir información de un lugar a otro o<br />

entre estaciones, esto se logra convirtiendo la información a transferir en<br />

energía electromagnética, para poder transmitirla a una o más receptoras,<br />

donde se reconvierte a su forma original. La energía electromagnética se<br />

puede propagar en forma de voltaje o corriente, a través de un conductor,<br />

también en forma de ondas de radio frecuencia, utilizando el espacio<br />

libre, o como ondas luminosas a través de fibra óptica.<br />

En el caso de utilizar radio frecuencia a través del espacio libre o<br />

guiado, la señal poseerá ciertas características según le frecuencia<br />

utilizada, por lo que para las distintas aplicaciones la UIT normalizó la<br />

división del espectro electromagnético en sub bandas, las cuales son<br />

aplicadas dependiendo del servicio a implementar, esto se puede<br />

observar en la Figura 9, donde se puede mostrar ciertos servicios según<br />

la frecuencia utilizada.<br />

33


Figura 9 - Espectro electromagnético de frecuencias.<br />

Superintendencia de Telecomunicaciones – Costa Rica (2009)<br />

2.3.4. Ondas radioeléctricas<br />

Son las ondas electromagnéticas cuya frecuencia se fija<br />

convencionalmente por debajo de los 3.000 GHz y que se propagan por<br />

el espacio libre sin ningún tipo de guía artificial. Para los radioaficionados<br />

y de acuerdo al manual para el curso del Radio Club Venezolano (RCV,<br />

1995), las ondas de radio son:<br />

Esencialmente una forma de radiación electromagnética<br />

cuyas propiedades fundamentales son la frecuencia, la<br />

intensidad de campo, la polarización y la dirección del<br />

desplazamiento. Las ondas de radio difieren de las ondas de<br />

calor, luz, rayos X, rayos cósmicos, etc. solamente en lo que<br />

respecta a la frecuencia y longitud de onda. (p.110)<br />

34


Estas ondas se propagan a la velocidad de la luz (300.000 Km/seg),<br />

creando en un punto determinado, una energía que varía<br />

constantemente, creciendo o disminuyendo según la frecuencia de<br />

utilización. Al igual que las ondas luminosas, se pueden reflejar o<br />

refractarse, la reflexión puede producirse sobre las capas ionizantes de la<br />

atmósfera o sobre los objetos que presentan una diferencia de constante<br />

dieléctrica, referente al medio adyacente.<br />

Las ondas según su forma de propagación se pueden clasificar en:<br />

• Onda Directa: la que viaja desde la antena de transmisión hasta<br />

la de recepción, sin ningún tipo de reflexión atmosférica,<br />

también se les denomina comunicación de alcance visual o<br />

línea de vista.<br />

• Onda Terrestre: la que se desplaza a lo largo de la superficie<br />

terrestre, sin incidir en la atmosfera.<br />

• Onda Celeste: también conocida como Sky Waves, es la que<br />

alcanza la ionosfera donde ocurre la reflexión y retorna a la<br />

tierra, dando lugar a la propagación ionosférica.<br />

La diferencia entre los alcances de una onda terrestre y una celeste<br />

después de reflejar en la ionosfera, representa una zona de silencio en la<br />

que no se puede captar las señales, esto siempre y cuando la onda es<br />

producto por una frecuencia de operación que admite ambas formas de<br />

propagación.<br />

2.3.5. Frecuencia y longitud de onda<br />

La frecuencia es la cantidad de veces que cambia de polaridad una<br />

señal en un periodo determinado, cada cambio completo de la onda se le<br />

35


denomina ciclo. La unidad básica de medida es el Hertz (Hz), siendo este<br />

un ciclo por segundo (1 Hz = 1 cps). En la electrónica y la<br />

telecomunicaciones se utilizan los prefijos métricos para representar las<br />

frecuencias elevadas, como por ejemplo: mil Hertz es KHz, un millón de<br />

Hertz es MHz, etc.<br />

Las señales de frecuencias alternas son tan amplias que es necesario<br />

dividirlas en subgrupos más pequeños, dentro de las cuales, las más<br />

comunes son las señales de Audiofrecuencia (AF) y las de<br />

Radiofrecuencia (RF). Las primeras señales de frecuencia producen<br />

sonidos que pueden ser captadas por el oído humano, y pertenecen al<br />

grupo denominado Baja Frecuencia.<br />

Las señales de frecuencia que están por encima del subgrupo de<br />

Audiofrecuencia, se les denomina señales de Radiofrecuencia o RF y<br />

está dividida en grupos más pequeños, los cuales podemos visualizar en<br />

el Cuadro 1 referente a la División de las Señales de Radiofrecuencia.<br />

36


Cuadro 1 - División de las Señales de Radiofrecuencia.<br />

Superintendencia de Telecomunicaciones – Costa Rica (2009)<br />

La longitud de onda (λ) es otra característica específica de las señales<br />

de frecuencia alterna, está intrínsecamente ligada con la frecuencia,<br />

describiéndose como la distancia que la onda de radio recorrerá en el<br />

espacio libre durante el transcurso de un solo ciclo. Todas las señales<br />

denominadas ondas electromagnéticas tiene la propiedad de propagarse<br />

por el espacio a la velocidad de la luz (300.000.000 m/s).<br />

Mientras más rápido suceden los ciclos de una señal, menor será la<br />

distancia que la misma recorrerá durante un ciclo completo.<br />

Estableciéndose la relación de la frecuencia y la longitud de onda<br />

respecto a la velocidad constante de desplazamiento de la onda, como<br />

podemos observar en la ecuación siguiente, (RCV, 1996):<br />

37


c = ƒ*λ<br />

Donde:<br />

• c es la velocidad de la luz (300.000.000 m/s)<br />

• ƒ es la frecuencia de la onda en Hertz (Hz).<br />

• λ es la longitud de la onda en metros (m).<br />

38


CAPITULO III<br />

MARCO ORGANIZACIONAL<br />

3.1. CONATEL<br />

En Venezuela las telecomunicaciones constituyen actividades de<br />

interés general y son consideradas prioridad del Estado, que tiene por objeto<br />

satisfacer una necesidad colectiva, directamente a través de las empresas<br />

del sector público, o indirectamente, a través del otorgamiento de<br />

concesiones o permisos que autorizan a los particulares la prestación de los<br />

servicios de telecomunicaciones.<br />

El sector de las Telecomunicaciones, hasta el 4 de septiembre de 1991,<br />

estuvo a cargo de la Dirección General Sectorial de Comunicaciones del<br />

Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), paralelamente se<br />

presentaba el proceso de privatización de la empresa Compañía Anónima<br />

Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), a quien la República le había<br />

otorgado un contrato de concesión estableciendo un régimen especial de<br />

privilegio a favor de la concesionaria, denominado de concurrencia limitada,<br />

donde se comprometía a no permitir la prestación por otros operadores de<br />

los servicios de telefonía básica.<br />

En busca de reorganizar el sector se contempla la creación de un ente<br />

regulador, La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL),<br />

creada el 5 de septiembre de 1991, según el Decreto N° 1.826, de Gaceta<br />

39


Oficial Nº 34.801, adscrita al Despacho del Ministerio de Infraestructura, con<br />

rango de Dirección General Sectorial y función de servicio autónomo sin<br />

personalidad jurídica, con autonomía de gestión administrativa, financiera y<br />

presupuestaria, teniendo por objetivo la planificación, administración,<br />

regulación y control en todo el territorio nacional del espectro radioeléctrico y<br />

de los servicios de telecomunicaciones.<br />

Para el año 1999, la Comisión diseña un anteproyecto de Ley de<br />

Telecomunicaciones con el fin de actualizar la normativa existente que regía<br />

desde 1940. Es entonces el 12 de junio del año 2000 que se publica en la<br />

Gaceta Oficial Nº 36.970 la Ley Orgánica de Telecomunicaciones de<br />

Venezuela, instrumento jurídico adaptado al cambiante sector, que propicia<br />

de forma adecuada el proceso de apertura de las telecomunicaciones,<br />

además convirtió a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones en un<br />

Instituto Autónomo, y la dotó de personalidad jurídica, patrimonio propio e<br />

independiente del Fisco Nacional y autonomía técnica, financiera,<br />

organizativa, normativa y administrativa.<br />

Siguiendo en el proceso de cambios ocurridos, el 27 de noviembre del<br />

año 2000, vence el privilegio de concurrencia limitada otorgado por la<br />

República a la CANTV y a partir de esta fecha cualquier interesado que<br />

obtenga la correspondiente habilitación administrativa, de conformidad con el<br />

ordenamiento jurídico vigente, podrá prestar servicios básicos de<br />

telecomunicaciones en el país, dando paso a la apertura del sector de las<br />

Telecomunicaciones.<br />

Este panorama de mantuvo hasta finales del año 2006, debido a que,<br />

en enero de 2007, se crea el Ministerio del Poder Popular para las<br />

Telecomunicaciones y la Informática (MPPTI), establecido en la Gaceta<br />

Oficial Nº 5.836 Extraordinaria del 8 de enero de 2007. CONATEL, es<br />

40


adscrita a este nuevo Ministerio, junto al Centro Nacional de Tecnología e<br />

Información (CNTI), la Superintendencia de Servicios de Certificación<br />

(SUSCERTE) y el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL).<br />

Según Gaceta Oficial Nº 39.178 del día jueves 14 de mayo de 2009, la<br />

Presidencia de La República ordena la supresión del MPPTI, redistribuyendo<br />

a los entes adscritos al extinto ministerio a otros existentes con mayor<br />

afinidad. Siendo CONATEL asignado al Ministerio del Poder Popular para las<br />

Obras Públicas y Vivienda (MPPOPV), pero sin cambiar atribuciones,<br />

objetivos ni funciones. Es esta la ubicación actual de CONATEL dentro del<br />

panorama administrativo y legal de la Nación.<br />

3.2. Visión<br />

En CONATEL nos visualizamos como una institución pública al servicio<br />

del pueblo que desarrolla políticas para contribuir a la transformación<br />

permanente de la sociedad a fin de alcanzar los ideales consagrados en la<br />

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en un contexto<br />

nacional, continental y mundial (CONATEL, 2005).<br />

3.3. Misión<br />

Socializar el uso y aplicación de las telecomunicaciones y democratizar<br />

su acceso hasta convertirlas en plataforma habilitadora de desarrollo para<br />

consolidar la República (CONATEL, 2005).<br />

41


3.4. Objetivos Estratégicos<br />

Los objetivos asignados a CONATEL para alcanzar el logro de su<br />

Visión y Misión, son (http://intranetconatel, 2005):<br />

1. Promover e incentivar la participación ciudadana en la regulación y<br />

promoción de las telecomunicaciones, que permita a los ciudadanos<br />

ejercer su participación directa en la gestión pública.<br />

2. Fortalecer la presencia regional, para facilitar la accesibilidad y el<br />

acercamiento de la Institución a todos los ámbitos del territorio<br />

nacional, y así potenciar una efectiva Gestión Institucional.<br />

3. Promover, articular y fortalecer el desarrollo integral de los programas<br />

y proyectos de índole nacional, con el propósito de poner al alcance<br />

de los ciudadanos las herramientas motorizándolas para el desarrollo<br />

de sus comunidades.<br />

4. Promover un mayor desarrollo de las telecomunicaciones en el ámbito<br />

nacional, a fin de garantizar el acceso de los ciudadanos a los<br />

servicios de Telecomunicaciones.<br />

5. Fomentar el desarrollo de una radio y una televisión que coadyuve en<br />

la formación de ciudadanía en el marco de la Constitución de la<br />

República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de<br />

Telecomunicaciones y la Ley de Responsabilidad Social en Radio y<br />

Televisión.<br />

6. Promover una gestión institucional eficiente, eficaz y efectiva, a los<br />

fines de satisfacer las necesidades y exigencias de la sociedad en<br />

materia de telecomunicaciones.<br />

42


3.5. Estructura Organizativa de CONATEL<br />

La estructura organizativa de CONATEL contempla los siguientes niveles<br />

organizativos, los cuales se pueden observar en la Figura 10:<br />

1. Nivel Estratégico.<br />

2. Nivel de Apoyo o Asesoría.<br />

3. Nivel Táctico.<br />

4. Nivel Operativo.<br />

CONSEJO<br />

DIRECTIVO<br />

Auditoría Interna<br />

Nivel Estratégico<br />

DIRECCIÓN<br />

GENERAL<br />

Nivel de Asesoría y<br />

Apoyo<br />

Nivel Táctico<br />

Oficina de Enlace<br />

FABN<br />

Consultoría<br />

Jurídica<br />

Comunicaciones<br />

Corporativas<br />

CEDITEL (Centro de Desarrollo e<br />

Información en Telecomunicaciones)<br />

Nivel Operativo<br />

División de Atención al<br />

Ciudadano<br />

Gerencia General<br />

de<br />

Operaciones<br />

División de Análisis y<br />

Regulación<br />

Gerencia General<br />

de Servicio<br />

Universal<br />

Gerencia General<br />

de Administración<br />

Gerencia de<br />

Planificación y<br />

Desarrollo<br />

Gerencia de Gestión<br />

de Servicios de<br />

Telecomunicaciones<br />

Gerencia de<br />

Seguimiento<br />

Regulatorio<br />

Gerencia de<br />

Recaudación y<br />

Fiscalización<br />

Gerencia de<br />

Gestión<br />

Internacional<br />

División de Verificación Técnica y<br />

Radiolocalización<br />

División de Seguimiento de<br />

Telecomunicaciones<br />

División de Seguimiento de Radiodifusión<br />

Figura 10 Organigrama de CONATEL<br />

CONATEL (2005)<br />

43


3.6. Objetivo de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio<br />

Nuestro centro de estudio es la Gerencia de Seguimiento Regulatorio<br />

cuyos objetivos son: Planificar, dirigir y controlar la vigilancia de la<br />

instalación, operación y prestación de los servicios de telecomunicaciones,<br />

así como el uso adecuado de los recursos limitados, garantizando el<br />

cumplimiento de las obligaciones establecidas en el marco jurídico de las<br />

telecomunicaciones (http://intranetconatel, 2005).<br />

Siendo esta gerencia el departamento encargado dentro de la<br />

organización de la operatividad del sistema de verificación y comprobación<br />

técnica del espectro radioeléctrico, que en la actualidad es el sistema<br />

SAAGER y cuya operatividad está comprometida por presentar problemas de<br />

obsolescencia y falta de repuestos, por lo que realizar el trabajo se hace más<br />

complicado y por ende todos los problemas que esto involucra, como por<br />

ejemplo la detección de afectación por interferencia perjudiciales a<br />

operadores por otros operadores o terceros, lo cual también incide en la<br />

asignación efectiva de porciones de espectro radioeléctrico, para la<br />

explotación de nuevos servicios o la expansión de alguno existente.<br />

3.7. Funciones de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio<br />

Las funciones asignadas a la Gerencia y que son desarrolladas por las<br />

tres divisiones adscritas a ésta, las cuales son la División de Seguimiento de<br />

Telecomunicaciones, Seguimiento de Radiodifusión y Verificación Técnica y<br />

Radiolocalización, son las siguientes, (http://intranetconatel, 2005):<br />

1. Planificar, dirigir y controlar el proceso de inspecciones a nivel<br />

nacional, a fin de garantizar la administración eficiente de los recursos<br />

44


limitados y la calidad en la prestación de los servicios de<br />

telecomunicaciones<br />

2. Dirigir las actividades llevadas a cabo por el Centro nacional de<br />

Control y los Centros Auxiliares de Control, los cuales estarán<br />

encargados de realizar las mediciones o comprobaciones técnicas<br />

requeridas.<br />

3. Evaluar y hacer seguimiento del cumplimiento de las obligaciones<br />

establecidas en las habilitaciones administrativas y en los contratos de<br />

concesión, a fin de corroborar que las operadoras de los servicios de<br />

telecomunicaciones se acojan a los lineamientos establecidos.<br />

4. Planificar, controlar y hacer seguimiento del cumplimiento de los<br />

planes, reglamentos y todo marco jurídico aplicable a las actividades<br />

de telecomunicaciones, a fin de garantizar la adecuada regulación del<br />

sector de las telecomunicaciones.<br />

5. Coordinar y controlar, conjuntamente con Consultoría Jurídica y en<br />

concordancia a la Normativa Legal establecida en la Comisión, los<br />

procesos administrativos que pudieran derivarse de la violación o<br />

incumplimiento de las obligaciones establecidas en el marco jurídico<br />

de las telecomunicaciones.<br />

6. Dirigir y coordinar las inspecciones o investigaciones que pudieran<br />

derivarse de los reclamos recibidos de los operadores o usuarios de<br />

los servicios de telecomunicaciones como consecuencia de<br />

interferencias, contratos de servicios u otras, con el objetivo de hacer<br />

cumplir los derechos y deberes de estos.<br />

7. Diseñar, conjuntamente con PROCOMPETENCIA, lineamientos y<br />

políticas a ser implementadas para la protección, vigilancia y<br />

regulación del mercado de telecomunicaciones, a fin de evitar<br />

prácticas de las operadoras que puedan distorsionar la competitividad<br />

en el Sector.<br />

45


CAPITULO IV<br />

DISEÑO METODOLÓGICO<br />

4.1. Tipo de Investigación<br />

Para este proyecto se utilizó un modelo de investigación con enfoque en<br />

el estudio de factibilidad técnica que se planteó, el cual fue: Proyecto<br />

Factible con un componente de análisis Documental.<br />

El tipo de investigación al que respondió la propuesta es el denominado<br />

Proyecto Factible de acuerdo a la clasificación fundamentada en el Manual<br />

de Trabajo de Grado, de Maestría y Tesis Doctorales de la U.P.E.L. (2005),<br />

y de acuerdo a la definición extraída del mismo:<br />

El Proyecto Factible consiste en la investigación, elaboración<br />

y desarrollo de una propuesta de un modelo operativo viable<br />

para solucionar problemas, requerimientos o necesidades de<br />

organizaciones o grupos sociales; puede referirse a la<br />

formulación de políticas, programas, tecnologías, métodos o<br />

procesos. El proyecto debe tener apoyo en una investigación<br />

de tipo documental, de campo o un diseño que incluya ambas<br />

modalidades. (p. 21)<br />

Bajo este contexto, la investigación se encontró enmarcada en la<br />

modalidad de proyecto factible, debido a que se sustenta en un modelo<br />

operativo susceptible de ser realizado, orientado a proporcionar una<br />

solución viable a la situación planteada, cubriendo las necesidades y<br />

46


equerimientos de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, en la<br />

realización de un Estudio de Factibilidad Técnica para la Implementación de<br />

un Sistema de Verificación y Comprobación Técnica del Espectro<br />

Radioeléctrico, como parte de los requerimientos necesarios para la<br />

ejecución del Proyecto SAAGER Venezolano, requerimiento solicitado a la<br />

Gerencia de Seguimiento Regulatorio de CONATEL.<br />

Es importante hacer notar que esto involucró la realización de un<br />

diagnóstico que permitió conocer la situación y la problemática actual en el<br />

desarrollo del Proyecto SAAGER Venezolano, así como los distintos<br />

proveedores de equipos existentes en el mercado con representación en<br />

Venezuela y poder evaluar las distintas experiencias desarrolladas en otros<br />

países, teniendo como referencia los estándares y recomendaciones de la<br />

UIT.<br />

Adicionalmente y en el contexto planteado, en el Manual de Trabajos de<br />

Grado de Especialización y Maestría y Tesis Doctorales de la UPEL (2008),<br />

se pudo considerar en esta investigación un componente Documental, ya<br />

que:<br />

Se entiende por Investigación Documental, el estudio de los<br />

problemas con el propósito de ampliar y profundizar el<br />

conocimiento de su naturaleza, con apoyo, principalmente, en<br />

trabajos previos, información y datos divulgados por medios<br />

impresos, audiovisuales o electrónicos. La originalidad del<br />

estudio se refleja en el enfoque, criterios,<br />

conceptualizaciones, reflexiones, conclusiones,<br />

recomendaciones y, en general, en el pensamiento del autor<br />

(P. 20).<br />

Debido a que se realizó el diagnóstico de lo descrito anteriormente y de<br />

la situación para el momento de la evaluación, de los procesos de<br />

47


Verificación y Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico por parte<br />

de CONATEL, de donde se extrajo la información requerida para sustentar<br />

el Estudio de Factibilidad Técnica realizado, según el esquema<br />

suministrado en las materias de Pre-factibilidad y Factibilidad Técnica,<br />

dictadas en la carrera de Especialización en Planificación, Desarrollo y<br />

Gestión de Proyectos en la <strong>Universidad</strong> Monteávila.<br />

4.2. Estrategia de realización del Proyecto Factible<br />

El diseño de la investigación se clasificó como Documental, de acuerdo a<br />

la definición presentada por F. Arias (1999), ya que “se basa en la obtención<br />

y análisis de datos provenientes de materiales impresos u otros tipos de<br />

documentos” (p.47). Para los efectos de la presente investigación, se utilizó<br />

la documentación de referencias técnicas de los equipos existentes en el<br />

mercado, así como los documentos que reflejan las experiencias obtenidas<br />

en otros países, como antecedentes existentes que sustenten la<br />

implementación de sistemas de comprobación y verificación del espectro<br />

radioeléctrico.<br />

Es necesario destacar que se tomaron en cuenta las distintas formas de<br />

implementar estos sistemas, como son:<br />

• Proyecto llave en mano: Cuando todo el desarrollo es realizado<br />

por una empresa proveedora de tecnología, tanto los equipos de<br />

medición como el software.<br />

• Desarrollo completamente local: Cuando todo el desarrollo es<br />

realizado por la organización que requiere el sistema, tanto los<br />

equipos de medición como el software.<br />

48


• Desarrollo mixto: Cuando se mezclan los equipos de medición de<br />

cualquier proveedor de tecnología con el software desarrollado<br />

localmente.<br />

4.3. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos<br />

Las técnicas utilizadas en el presente trabajo fueron las siguientes:<br />

• Estudio de casos: Se evaluaron distintas experiencias vividas en<br />

la implementación de sistemas de verificación y comprobación<br />

técnica del espectro radioeléctrico.<br />

• Aplicación de metodología: La metodología que se ajustó para el<br />

desarrollo de este estudio de factibilidad técnica de proyectos, es<br />

el planteado por G. Baca (1995) que señala:<br />

Los objetivos del análisis técnico-operativo de un<br />

proyecto son los siguientes:<br />

- Verificar la posibilidad técnica de fabricación del<br />

producto que se pretende.<br />

- Analizar y determinar el tamaño óptimo, la<br />

localización óptima, los equipos, las instalaciones<br />

y la organización requeridos para realizar la<br />

producción. (p.86)<br />

Aplicando los puntos necesarios y acordes con el desarrollo del<br />

presente estudio, para la definición y establecimiento de los<br />

requerimientos y estrategias seguidas en el estudio de factibilidad<br />

técnica para el proyecto SAAGER.<br />

• Análisis de fuentes documentales: Se realizó un análisis<br />

comparativo de las características de las diversas tecnologías<br />

utilizadas con el fin de evaluar y determinar cual se ajustaba al<br />

49


modelo propuesto, para la verificación y comprobación técnica<br />

del espectro radioeléctrico, mediante el estudio de las<br />

documentaciones y experiencias de otros países.<br />

• Mejores prácticas: Se utilizó como guía las recomendaciones<br />

emanadas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones<br />

(UIT), para la implementación de sistemas de verificación y<br />

comprobación técnica del espectro radioeléctrico.<br />

4.4. Técnicas de Procesamiento y Análisis de Datos<br />

Una vez realizado el análisis comparativo de las experiencias existentes<br />

en distintos países, en la implementación de sistemas para la verificación y<br />

comprobación del espectro radioeléctrico y su gestión, se pudo visualizar e<br />

identificar de acuerdo a las recomendaciones y normativas de la UIT, el<br />

modelo recomendable a sugerir para ser implementado por CONATEL en<br />

Venezuela.<br />

Adicionalmente se pudo dictaminar la factibilidad técnica requeridas en la<br />

implementación del sistema para la verificación y comprobación técnica del<br />

espectro radioeléctrico, por parte de CONATEL, como aporte necesario e<br />

imprescindible para la continuidad del Proyecto SAAGER Venezolano. Con el<br />

fin de que el Estado venezolano pueda disponer de un Sistema de<br />

Comprobación y Verificación Técnica que sirva de soporte para desarrollar el<br />

Sistema de Gestión del Espectro, quedando como una fase posterior a la<br />

implementación del SAAGER venezolano.<br />

.<br />

50


CAPITULO V<br />

LA PROPUESTA<br />

Atendiendo a los requerimientos de la Gerencia de Seguimiento<br />

Regulatorio de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), y<br />

de acuerdo a los objetivos planteados en el presente trabajo, a continuación<br />

se presenta la propuesta para el Estudio de Factibilidad Técnica, para la<br />

Implementación de un Sistema de Verificación y Comprobación Técnica del<br />

Espectro Radioeléctrico, bajo el enfoque de las mejores experiencias, que<br />

permite establecer los modelos más utilizados en la Gestión del Espectro<br />

Radioeléctrico, por parte de organismos gubernamentales encargados de la<br />

administración del mismo en distintos países, orientados al mejoramiento de<br />

la calidad del servicio prestado.<br />

Para el desarrollo de la propuesta, se elaboró un plan compuesto por tres<br />

etapas:<br />

1. Conocer las experiencias obtenidas en otros países,<br />

2. Evaluar las diferentes opciones técnicas existentes,<br />

3. Identificar la opción más recomendable.<br />

Para cada una de estas etapas se realizaron varias actividades, en las<br />

cuales se involucró al personal de la Gerencia de Seguimiento Regulatorio y<br />

la Gerencia de Gestión Internacional, quienes a su vez serán los<br />

departamentos responsables de apuntalar, difundir y promover el proyecto<br />

SAAGER Venezolano, ante los organismos internacionales y del Estado,<br />

para la posterior implantación.<br />

51


A continuación se detallan cada una de ellas:<br />

5.1. Etapa I – Experiencias en Otros Países<br />

En esta etapa se realizó una búsqueda, para conocer las experiencias<br />

obtenidas en otros países en la utilización de los sistemas de verificación y<br />

comprobación del espectro radioeléctrico, los cuales son el soporte para la<br />

gestión del espectro radioeléctrico en cada caso. Principalmente se tomaron<br />

en cuenta las experiencias de países de América del Sur, tomando en cuenta<br />

que muy pocos han considerado la iniciativa de proyectar a futuro la<br />

integración de hardware y software de varios proveedores existentes en el<br />

mercado, esto motivado a la constante evolución que han tenido los servicios<br />

de radiocomunicaciones y sus aplicaciones.<br />

Durante esta etapa se estudiaron las experiencias de los siguientes<br />

países:<br />

5.1.1. BRASIL<br />

El ente encargado de la administración, comprobación y verificación<br />

del espectro radioeléctrico es la Agencia Nacional de Telecomunicaciones<br />

(ANATEL), para lo cual posee dos sistemas: uno para la regulación de las<br />

radiocomunicaciones y otro para la regulación de la Radiodifusión, los<br />

cuales son:<br />

• Sistema de Gestión y Monitoreo del Espectro (SGME).<br />

• Red Nacional RadioVideoMetric (RNR).<br />

52


El sistema de gestión SGME está compuesto por varios subsistemas,<br />

como se puede apreciar en la Figura 11, de los cuales el encargado del<br />

monitoreo del espectro radioeléctrico está constituido por equipos fijos y<br />

portátiles de tecnología de punta de distintos proveedores y un software<br />

de integración propietario, instalados en estaciones fijas y unidades<br />

móviles a nivel nacional, con un centro de operaciones en Brasilia, como<br />

se puede observar en la Figura 12, este subsistema proporciona la data<br />

necesaria para la gestión del espectro radioeléctrico en Brasil.<br />

Figura 11 Sistema SGME de Brasil.<br />

ANATEL (2009)<br />

53


Figura 12 Sistema SGME de Brasil.<br />

ANATEL (2009)<br />

Por otro lado, el sistema RNR es el encargado de verificar y<br />

comprobar el espectro asignado a los canales de televisión y<br />

radiodifusión sonora, para lo cual posee una plataforma como se muestra<br />

en la Figura 13, está compuesto por equipos de tecnología de punta y<br />

distribuidos a nivel nacional en estaciones fijas (en su mayoría) y<br />

portables, con un centro de operaciones en Brasilia, como se puede<br />

visualizar en la Figura 14.<br />

54


Figura 13 Sistema RNR de Brasil.<br />

ANATEL (2009)<br />

Figura 14 Sistema RNR de Brasil.<br />

ANATEL (2009)<br />

Ambos sistemas SGME y RNR se complementan, proporcionando la<br />

data de la comprobación y verificación del espectro radioeléctrico,<br />

necesaria para llevar una eficaz administración y gestión del espectro en<br />

Brasil, si se adiciona lo extenso del territorio nacional se puede decir que<br />

55


ANATEL es uno de los ejemplos a seguir en la aplicación de estos<br />

sistemas en América del Sur.<br />

5.1.2. COLOMBIA<br />

El órgano del Estado encargado de velar por el funcionamiento y<br />

administración del espectro radioeléctrico es el Ministerio de Tecnologías<br />

de la Información y las Comunicaciones, que junto con la Comisión de<br />

Regulación de Comunicaciones (CRC) y la Comisión Nacional de<br />

Televisión (CNTV), poseen un sistema compuesto por equipos portátiles<br />

del proveedor Agilent Technologies y el software de integración es del<br />

proveedor Technology for Communication Internationals (TCI), el cual fue<br />

el proveedor que utilizó nuestro país para la implantación del SAAGER en<br />

el año 2000.<br />

Esto quiere decir que el sistema de comprobación y verificación del<br />

espectro de Colombia, posee dos proveedores de tecnología, uno de<br />

hardware y otro de software, teniendo que realizar los cambios necesarios<br />

cada vez que exista un cambio de hardware o aplicación. No obstante,<br />

una ventaja que posee el sistema es que el proveedor de hardware tiene<br />

una amplia trayectoria en el mercado, dándole un gran respaldo en este<br />

punto.<br />

El sistema está compuesto por estaciones fijas de monitoreo y<br />

unidades móviles distribuidas a nivel nacional, con su centro de<br />

operaciones en Bogotá DC. También cuentan con un servicio de<br />

56


información en la web, llamado Sistema de Información Unificado del<br />

Sector de las Telecomunicaciones (SIUST) 2 , este es la principal fuente de<br />

información del sector de las telecomunicaciones en Colombia, donde los<br />

ciudadanos, inversionistas, consultores, estudiantes, operadores y<br />

entidades gubernamentales podrán encontrar información técnica,<br />

administrativa y legal del sector.<br />

5.1.3. URUGUAY<br />

En Uruguay la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones<br />

(URSEC) 3 , es el órgano encargado de la administración y gestión del<br />

espectro radioeléctrico, así como también de la comprobación y<br />

verificación del mismo. Para lo cual poseen equipos portátiles y fijos del<br />

proveedor Rohde & Schwarz y aperturó una licitación pública este año, la<br />

cual cerró en septiembre pasado, con la finalidad de que le provean del<br />

software necesario para la administración y gestión del espectro<br />

radioeléctrico, incluyendo la comprobación y verificación del mismo,<br />

amparándose en la modalidad llave en mano.<br />

El proveedor seleccionado tiene que entregar un sistema completo y<br />

garantizar el entrenamiento y mantenimiento del mismo, según las<br />

estipulaciones del contrato, el cual se puede observar en el Anexo 1. De<br />

concretarse el desarrollo, se podría afirmar que el sistema para la<br />

comprobación y verificación del espectro que dispondría URSEC, contaría<br />

con equipos portables y fijos de última generación, de un proveedor que<br />

2 Se puede consultar en http://www.siust.gov.co<br />

3 Se puede consultar en http://www.ursec.gub.uy<br />

57


posee una amplia trayectoria en el mercado, por consiguiente habría que<br />

evaluar que proveedor sería al que se le otorgara la buena pro, si fuese<br />

uno local o alguno trasnacional con amplia experiencia en el ramo.<br />

5.1.4. ARGENTINA<br />

En Argentina el órgano encargado de la administración y gestión del<br />

espectro radioeléctrico es la Comisión Nacional de Comunicaciones<br />

(CNC) 4 , y está adscrita a la Secretaría de Comunicaciones de la Nación,<br />

la CNC dentro de sus atribuciones se ocupa de la comprobación y<br />

verificación del espectro radioeléctrico. Para lo cual adquirieron tanto el<br />

hardware como software de múltiples compañías que desarrollan<br />

sistemas de monitoreo con equipos portátiles, realizando la integración de<br />

éstos con ingeniería local, para conformar el Sistema de Comprobación<br />

Técnica de Emisiones (SNCTE), con una red instalada compuesta por<br />

estaciones fijas, remotas y móviles como se puede apreciar en la Figura<br />

15.<br />

4 Se puede consultar en http://www.cnc.gov.ar<br />

58


Figura 15 Sistema SNCTE de Argentina.<br />

CNC (2006)<br />

Adicionalmente, incursionaron en el desarrollo de la infraestructura de<br />

las unidades fijas (Shelters) para instalar estaciones de monitoreo<br />

remotas (ver Figura 16) y asumieron el ensamblado de unidades móviles<br />

con vehículos de fabricación nacional (ver Figuras 17 y 18).<br />

Figura 16 Estación Remota del SNCTE de Argentina.<br />

CNC (2006)<br />

59


Figura 17 Esquema Unidad Móvil del SNCTE de Argentina.<br />

CNC (2006)<br />

Figura 18 Unidad Móvil del SNCTE de Argentina.<br />

CNC (2006)<br />

Todo lo anterior, se puede resumir en que la CNC posee un sistema<br />

bastante robusto y que es ajustable a cualquier cambio que se realice,<br />

tanto en tecnología como en expansión o aplicación de nuevos servicios,<br />

siendo una experiencia de ejemplo en América del Sur.<br />

60


5.2. Etapa II – Diferentes Opciones Técnicas Existentes<br />

En esta etapa se evaluaron las diferentes opciones existentes en la<br />

implantación de un sistema de comprobación y verificación técnica del<br />

espectro radioeléctrico, como apoyo del sistema de administración y gestión,<br />

el investigador se basó en las experiencias obtenidas en otros países en la<br />

implantación y utilización de sus sistemas de comprobación y verificación, así<br />

como el de gestión.<br />

Para tener un mejor criterio en el desarrollo de esta etapa, fue necesario<br />

considerar las especificaciones técnicas y funcionales de un sistema de<br />

gestión del espectro radioeléctrico, destacando los siguientes puntos:<br />

• La administración y monitoreo del espectro radioeléctrico requiere<br />

de la utilización de herramientas varias para asegurar el<br />

cumplimiento de la asignación del espectro y regulaciones que<br />

puedan identificar, gestionar y monitorear las señales de emisión.<br />

• Se necesita una variedad de herramientas para el monitoreo y la<br />

aplicación de las normas y regulaciones en la utilización del<br />

espectro radioeléctrico, entre las cuales podemos destacar:<br />

o Base de datos con la información de los sistemas<br />

autorizados.<br />

o Información de las normas nacionales e internacionales.<br />

o Licencias y requisitos técnicos concernientes a servicios<br />

específicos.<br />

o Equipamiento electrónico para determinar las fuentes de<br />

emisión.<br />

61


o Mecanismos regulatorios para la aplicación de multas sobre<br />

los prestadores de servicios que no cumplan con las<br />

regulaciones.<br />

• Se debe considerar la movilidad para el sistema de comprobación<br />

y verificación técnica, ya que se traduce en beneficios claves tanto<br />

para los operadores o usuarios que soliciten la verificación de las<br />

emisiones como para el ente regulador. Logrando reducir los<br />

tiempos de respuestas en la detección de interferencias, ya que se<br />

puede llegar a lugares donde las estaciones fijas de monitoreo no<br />

alcanzan a supervisar.<br />

Al igual que lo reflejado anteriormente, fue necesario analizar las<br />

recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)<br />

para tal fin, las cuales han sido desarrolladas en base a parámetros y<br />

estándares ya calificados, para la implementación de equipos y sistemas<br />

para el monitoreo y gestión del espectro radioeléctrico, pudiendo mencionar<br />

las siguientes:<br />

• Recomendación técnica UIT-R SM.1048 (Directrices para el diseño<br />

de un sistema básico automatizado de gestión del espectro):<br />

o Esta recomendación en su alcance señala que se deben<br />

elaborar y mantener programas lógicos destinados a la<br />

creación de un Sistema Básico Automatizado de Gestión del<br />

Espectro (Basic Automated Spectrum Management System<br />

– BASMS, por sus siglas en ingles), según las<br />

características que recomienda y con disponibilidad en el<br />

menor tiempo posible.<br />

o También plantea la forma como debe comenzarse la<br />

creación del BASMS, partiendo desde sistemas disponibles<br />

62


en el mercado hasta el autodesarrollo del sistema, tomando<br />

en cuenta todos los pasos para su implementación.<br />

o Asimismo plantea los requerimientos de disponibilidad,<br />

almacenaje y respaldo de la información, como paso previo<br />

para la implementación de un Sistema Perfeccionado de<br />

Gestión del Espectro (Advanced Spectrum Management<br />

System – ASMS, por sus siglas en ingles).<br />

• Recomendación técnica UIT-R SM.1370-1 (Directrices de diseño<br />

para la elaboración de sistemas avanzados de gestión automática<br />

del espectro):<br />

o Esta recomendación en sus objetivos señala como se debe<br />

elaborar y mantener los programas lógicos destinados a la<br />

implementación de un Sistema Perfeccionado de Gestión<br />

del Espectro (Advanced Spectrum Management System –<br />

ASMS, por sus siglas en ingles), incluyendo todos los<br />

procesos y cálculos necesarios en la administración del<br />

espectro.<br />

o De la misma forma, como el ASMS debe permitir múltiples<br />

usuarios y poseer las características de seguridad de datos<br />

acorde a su importancia, además de incluir características<br />

de cálculo de ingeniería avanzada para servicios<br />

radioeléctricos, así como disponer de una base de datos<br />

topográficos para determinados cálculos de ingeniería.<br />

o Plantea los requisitos necesarios en la capacitación y apoyo<br />

del personal, para la implantación y puesta en marcha del<br />

sistema.<br />

63


• Recomendación técnica UIT-R SM.1537 (Automatización e<br />

integración de los sistemas de comprobación técnica del espectro<br />

con la gestión automática del espectro):<br />

o Plantea la implementación de un sistema integrado y<br />

automatizado que emplee una base de datos relacional<br />

común entre ambos sistemas, que contenga las<br />

funcionalidades expresadas en la norma (acceso remoto a<br />

los recursos del sistema, detección automática de infracción,<br />

asignación de frecuencia, medición automática de los<br />

parámetros de la señal y de la ocupación junto con radiogoniometría,<br />

moderna interfaz de usuario gráfica, entre<br />

otras).<br />

o Señala la bondad que deben tener los equipos de medición<br />

para procesar las señales analógicas o digitales, las áreas<br />

principales de interacción entre los sistemas, garantizando<br />

una coherencia de los datos administrativos y el control del<br />

espectro, en estricto cumplimiento de las normas y<br />

comprobación técnica.<br />

o Asimismo que permita la asignación de tareas a distancia en<br />

las estaciones fijas o remotas (ver Figura 19), soportando el<br />

proceso de informes desde las mismas, incluyendo la<br />

recopilación de datos de comprobación y verificación<br />

técnica, para soportar la resolución de reclamaciones y<br />

denuncias.<br />

64


Estación de trabajo<br />

de cliente<br />

Estación móvil<br />

Servidor de la base<br />

de datos de gestión<br />

Estación fija<br />

Figura 19 Control del Sistema desde una Estación de Trabajo.<br />

UIT (2001)<br />

Es necesario destacar que las especificaciones técnicas y parámetros a<br />

ser evaluados para realizar la comprobación y verificación técnica del<br />

espectro radioeléctrico, relacionadas con: inspecciones para la identificación,<br />

medición de las fuentes interferentes, revisión de características técnicas y<br />

explotación de las señales radiadas, determinación de la ocupación del<br />

espectro y la detección e identificación de los transmisores ilegales;<br />

contenidas en las distintas normas y recomendaciones de la UIT destinadas<br />

para tal fin, las cuales no entran en discusión para el presente trabajo.<br />

Después de haber realizado la evaluación anterior, el investigador realizó<br />

un estudio para evaluar mediante la aplicación de Matrices DOFA y de<br />

Criterio Ponderados, obteniendo una visión de la aplicación del Proyecto<br />

SAAGER Venezolano y de las distintas configuraciones posibles de sistemas<br />

a implementar para la comprobación y verificación técnica del espectro<br />

radioeléctrico.<br />

65


Como primera forma de evaluación se utilizó la Matriz DOFA (ver Cuadro<br />

2), para poder realizar un diagnostico estratégico de la organización en<br />

relación con el proyecto, identificando y evaluando la situación actual que<br />

permita definir las fortalezas y debilidades, así como las amenazas y<br />

oportunidades de CONATEL con respecto al proyecto.<br />

<strong>DE</strong>BILIDA<strong>DE</strong>S<br />

D1. Limitaciones de crecimiento y<br />

actualización.<br />

D2. Costos de equipos y programas.<br />

D3. Requerimiento de Software libre.<br />

D4. Dependencia de proveedores y<br />

fabricantes.<br />

D5. Procesos administrativos<br />

complejos.<br />

F1. Disponibilidad Económica.<br />

F2. Disposición al cambio.<br />

F3. Experticia local.<br />

F4. Adaptabilidad a los procesos de TI.<br />

F5. Gerencia comprometida y confiada.<br />

FORTALEZAS<br />

Cuadro 2 – Matriz DOFA<br />

Del Autor<br />

OPORTUNIDA<strong>DE</strong>S<br />

O1. Mejora continua del sistema y<br />

equipos.<br />

O2. Asesorar, desarrollar y negociar<br />

proyectos similares para otros<br />

países.<br />

O3. Generar capacidades nacionales.<br />

O4. Adquirir un sistema actualizado.<br />

O5. Desarrollar programas y sistemas.<br />

O6. Adaptar los sistemas a las<br />

necesidades.<br />

O7. Garantizar mantenibilidad y<br />

sostenibilidad de los sistemas.<br />

A1. Disponibilidad de recursos, por no<br />

ejecución del proyecto a tiempo.<br />

A2. Tiempo de desarrollo del sistema.<br />

A3. Dependencia de terceros.<br />

A4. Obsolescencia de los equipos<br />

adquiridos.<br />

A5. No poder lograr los objetivos.<br />

AMENAZAS<br />

Análisis de la Matriz DOFA:<br />

<strong>DE</strong>BILIDA<strong>DE</strong>S:<br />

1. Limitaciones de crecimiento y actualización: El no contar con<br />

herramientas actualizadas, limita poder ampliar el sistema actual y<br />

adaptarlo a los nuevos requerimientos tecnológicos o legales.<br />

66


2. Costos de equipos y programas: A medida que avanza el tiempo los<br />

costos se incrementan por el control de cambio, inflación y acceso a las<br />

divisas por los proveedores locales.<br />

3. Requerimiento de Software Libre: Exigencia del Estado venezolano<br />

mediante Decreto N° 3.390 de fecha 23 de diciembre de 2004, que<br />

regula la adquisición e implementación de Software por entes<br />

gubernamentales.<br />

4. Dependencia de proveedores y fabricantes: Adquirir productos de<br />

plataforma cerrada, como es el caso actual con TCI, genera una<br />

dependencia total, limitando actualizaciones y crecimiento.<br />

5. Procesos administrativos complejos: CONATEL es un organismo del<br />

estado que debe cumplir con todas las normar y requerimientos previstos<br />

en las leyes, destacando la Ley de Contrataciones Públicas.<br />

OPORTUNIDA<strong>DE</strong>S:<br />

1. Mejora continua del sistema y equipos: Poder contar con un sistema que<br />

se pueda ir adaptando a los nuevos avances tecnológicos o Marco<br />

Legal.<br />

2. Asesorar, desarrollar y negociar proyectos similares para otros países:<br />

Al obtener experticia y experiencia en el desarrollo e implementación de<br />

los Sistemas de Monitoreo y Gestión, se podrá apoyar o promover en<br />

otros países.<br />

3. Generar capacidades nacionales: Obtenida de la transferencia<br />

tecnológica y capacitación del personal encargado del desarrollo.<br />

4. Adquirir un sistema actualizado: Poder contar con un Sistema que se<br />

apoye en tecnología de última generación.<br />

5. Desarrollar programas y sistemas: Lograr una autonomía en el<br />

desarrollo del Software requerido, cumpliendo con la normativa y<br />

recomendaciones de la UIT, así como el Marco Legal vigente en<br />

Venezuela.<br />

6. Adaptar los sistemas a las necesidades: Lograr vincular en una sola<br />

plataforma todos los sub sistemas, para contar con un mejor control y<br />

garantizar un procesamiento eficiente y eficaz.<br />

7. Garantizar mantenibilidad y sostenibilidad de los sistemas: Obtenida de<br />

la transferencia tecnológica y capacitación del personal encargado de la<br />

implementación y desarrollo.<br />

67


FORTALEZAS:<br />

1. Disponibilidad Económica: CONATEL cuenta con los recursos<br />

necesarios para garantizar las implementación y desarrollo de los<br />

Sistemas de Monitoreo y Gestión.<br />

2. Disposición al cambio: El personal que labora en los departamentos de<br />

CONATEL involucrados en el proyecto, así como en las dependencias<br />

operativas, están a favor de la implementación de los nuevos Sistemas<br />

de Monitoreo y Gestión.<br />

3. Experticia local: CONATEL y otros organismos del Estado venezolano<br />

cuentan con personal profesional capacitado, para el impulso de los<br />

desarrollos necesarios.<br />

4. Adaptabilidad a los procesos de TI: Los sistemas a desarrollar e<br />

implementar se realizarán bajos las mejores prácticas de TI, para<br />

garantizar la eficiencia, eficacia y los niveles de seguridad,<br />

5. Gerencia comprometida y confiada: El cuadro gerencial de CONATEL,<br />

es el principal impulsor del proyecto, apoyándose en su personal a<br />

cargo.<br />

AMENAZAS:<br />

1. Disponibilidad de recursos, por no ejecución del proyecto a tiempo: La<br />

asignación presupuestaria asignada al proyecto debe ser ejecutada en<br />

el año previsto para el mismo, y tomando en cuenta que los costos<br />

varían con el tiempo por los factores económicos del país, al no ejecutar<br />

el proyecto en el tiempo establecido se debe reintegrar la partida<br />

presupuestaria al fisco nacional.<br />

2. Tiempo de desarrollo del sistema: El desarrollo e implementación de los<br />

sistemas son de carácter urgente, por la problemática existente en el<br />

sistema SAAGER.<br />

3. Dependencia de terceros: Adquirir los equipos para el desarrollo e<br />

implementación de los Sistemas de Monitoreo y Gestión, que no obligue<br />

una dependencia de los proveedores, para su posterior mantenimiento o<br />

crecimiento.<br />

4. Obsolescencia de los equipos adquiridos: Garantizar que los equipos a<br />

ser adquiridos de manera oportuna y que estos sean de tecnología de<br />

vanguardia, al momento de ser suministrados por los proveedores.<br />

5. No poder lograr los objetivos: Abandono del proyecto sin estar concluido<br />

u omitir algún objetivo por cualquier circunstancia.<br />

68


De lo anterior se desprende el siguiente cruce de variables:<br />

INTERNOS FORTALEZAS <strong>DE</strong>BILIDA<strong>DE</strong>S<br />

ENTORNO<br />

OPORTUNIDA<strong>DE</strong>S<br />

O1. Mejora continua del<br />

sistema y equipos.<br />

O2. Asesorar, desarrollar y<br />

negociar proyectos<br />

similares para otros<br />

países.<br />

O3. Generar capacidades<br />

nacionales.<br />

O4. Adquirir un sistema<br />

actualizado.<br />

O5. Desarrollar programas y<br />

sistemas.<br />

O6. Adaptar los sistemas a las<br />

necesidades.<br />

O7. Garantizar mantenibilidad<br />

y sostenibilidad de los<br />

sistemas.<br />

AMENAZAS<br />

A1. Disponibilidad de<br />

recursos, por no ejecución<br />

del proyecto a tiempo.<br />

A2. Tiempo de desarrollo del<br />

sistema.<br />

A3. Dependencia de terceros.<br />

A4. Obsolescencia de los<br />

equipos adquiridos.<br />

A5. No poder lograr los<br />

objetivos.<br />

F1. Disponibilidad Económica.<br />

F2. Disposición al cambio.<br />

F3. Experticia local.<br />

F4. Adaptabilidad a los<br />

procesos de TI.<br />

F5. Gerencia comprometida y<br />

confiada<br />

Con el apoyo de la Gerencia,<br />

disposición y experiencia del<br />

personal, generar las<br />

capacidades necesarias para el<br />

desarrollo de Software con la<br />

visión de mejoras continuas,<br />

garantizando la mantenibilidad y<br />

sostenibilidad.<br />

Apoyarse en el musculo<br />

económico del Estado, para<br />

adquirir equipos y sistemas<br />

actualizados adaptados a las<br />

necesidades y requerimientos.<br />

Después de desarrollar e<br />

implementar los Sistemas de<br />

Monitoreo y Gestión, utilizar<br />

esta experiencia para asesorar<br />

o negociar desarrollos similares<br />

en otros países.<br />

Apoyarse en la Gerencia y en la<br />

disposición al cambio de la<br />

organización, para ejecutar el<br />

presupuesto según lo<br />

planificado y lograr realizar<br />

todos los objetivos planteados<br />

en el tiempo previsto.<br />

Utilizar los recursos económicos<br />

eficientemente de manera de<br />

garantizar la adquisición de<br />

equipos de vanguardia.<br />

Cuadro 3 – Cruce de variables Matriz DOFA<br />

Del Autor<br />

D1. Limitaciones de<br />

crecimiento y<br />

actualización.<br />

D2. Costos de equipos y<br />

programas.<br />

D3. Requerimiento de<br />

Software libre.<br />

D4. Dependencia de<br />

proveedores y<br />

fabricantes.<br />

D5. Procesos<br />

administrativos<br />

complejos.<br />

Al adquirir y disponer de<br />

equipos y software<br />

actualizados, así como generar<br />

capacidades nacionales, se<br />

elimina la dependencia de<br />

proveedores y de las<br />

limitaciones de crecimiento y<br />

actualizaciones.<br />

Desarrollando programas y<br />

sistemas actualizados en<br />

código abierto, se puede cubrir<br />

las exigencias del estado en<br />

referencia a la utilización de<br />

Software Libre.<br />

Agilizar los procesos<br />

administrativos para disponer<br />

oportunamente de los recursos<br />

necesarios, apoyando la<br />

evolución del proyecto y lograr<br />

el cumplimiento de los objetivos<br />

en el tiempo previsto.<br />

Adquirir equipos de vanguardia<br />

tecnológica que interactúen con<br />

software libre, para eliminar la<br />

dependencia de terceros.<br />

69


Esta información sirvió para tener una visión de la importancia que<br />

representa para CONATEL la ejecución del Proyecto SAAGER Venezolano,<br />

así como la influencia de este en el desarrollo de las actividades de la<br />

organización, donde se pude reflejar que es de suma importancia su<br />

implementación y que se corre el riesgo de quedar rezagado en la aplicación<br />

y/o desarrollo de una herramienta necesaria para tener un mejor control del<br />

espectro radioeléctrico, con sus respectivas ventajas y desventajas,<br />

indiferentemente del tipo de desarrollo que se seleccione.<br />

Como segunda se forma de apreciación, se aplicó la evaluación la Matriz<br />

de Criterio Ponderado (ver Cuadro 4), tomando en cuenta las experiencias<br />

de los casos estudiados, las cuales pueden tener las siguientes estructuras:<br />

• Llave en mano, herramienta disponible en el mercado.<br />

• Desarrollo propio, solución desarrollada completamente en el país,<br />

incluyendo equipos de medición y software requerido.<br />

• Integración, solución híbrida compuesta de la unión de un<br />

desarrollo propio con la adquisición de hardware y/o software<br />

disponible en el mercado.<br />

Criterio<br />

Puntuación<br />

Llave en Mano Desarrollo Propio Integración<br />

Factor Total Factor Total Factor Total<br />

Disponibilidad de Equipos 12 3 36 1 12 3 36<br />

Compatibilidad e Integración de los Datos 12 1 12 3 36 3 36<br />

Disponibilidad de la Herramienta a Tiempo 12 3 36 1 12 2 24<br />

Utilización de Software Libre 9 1 9 3 27 2 18<br />

Flexibilidad y Adaptibilidad 12 1 12 3 36 3 36<br />

Costo - Beneficio 11 2 22 1 11 2 22<br />

Reducir la Dependencia Externa (Proveedores) 9 1 9 3 27 2 18<br />

Transferencia Tecnológica 11 2 22 3 33 3 33<br />

Garantía de Servicio Pre y Post Desarrollo 12 3 36 3 36 3 36<br />

Totales 100 194 230 259<br />

Cuadro 4 – Matriz de Criterio Ponderado.<br />

Del Autor<br />

70


Para la valoración de la matriz, se estableció una escala de factor<br />

asignándole valor entre 1 y 3 con el fin de para ponderar las variables<br />

intervinientes, quedando estas como sigue:<br />

Factor<br />

Valor<br />

Malo (No Cumple) 1<br />

Regular (Puede Cumplir) 2<br />

Bueno (Cumple) 3<br />

Cuadro 5 – Factores utilizados en la Matriz de Criterio Ponderado.<br />

Del Autor<br />

Entendiéndose que 1 es el que no se cumple e impacta en el desarrollo y<br />

ejecución del proyecto, y 3 cumple con los requerimientos, favoreciendo el<br />

proyecto. La puntuación asignada a cada variable crítica se multiplica por el<br />

factor asignado, determinando de esta forma el valor ponderado asignado, y<br />

su criticidad en el proyecto. Cabe destacar que estas puntuaciones fueron<br />

discutidas en mesa de trabajo con los involucrados en el proyecto.<br />

De acuerdo a lo anterior, se analizó los siguientes criterios a ser<br />

ponderados:<br />

• Disponibilidad de Equipos: La oportunidad en la adquisición e<br />

instalación en el tiempo previsto es de gran importancia para en el<br />

desarrollo y éxito del proyecto, ya que sin estos no se podrá seguir<br />

con el mismo.<br />

• Compatibilidad e Integración de los Datos: Los datos o mediciones<br />

suministrados por algún equipo del sistema, puedan servir de<br />

insumo para el post procesamiento en otro equipo.<br />

• Disponibilidad de la Herramienta a Tiempo: Disponer del Sistema<br />

de Monitoreo en el tiempo previsto.<br />

71


• Utilización de Software Libre: El Software de los equipos y<br />

subsistemas proporcionados por los proveedores, deben cumplir<br />

con este requerimiento o suministrar el código de fuente.<br />

• Flexibilidad y Adaptabilidad: Los equipos y software deben ser<br />

escalables y reconfigurables, según los requerimientos necesarios.<br />

• Costo – Beneficio: El retorno de inversión asociado a las<br />

capacidades de innovación tecnológica integrada, flexible y<br />

adaptable a los requerimientos de la organización.<br />

• Reducir la Dependencia Externa (Proveedores): Por la flexibilidad y<br />

adaptabilidad del sistema, permite la rápida toma de decisiones<br />

antes cambios organizacionales.<br />

• Transferencia Tecnológica: Contar con personal adiestrado con las<br />

suficientes capacidades para poder operar, mantener y adiestrar a<br />

otros en el Sistema, creando una autonomía ante proveedores.<br />

• Garantía de Servicio Pre y Post Desarrollo: Contar con el respaldo<br />

de garantía en todas sus etapas, incluyendo la adquisición de stock<br />

de repuestos.<br />

De esta evaluación realizada se puede observar que la opción más<br />

recomendable es la “Integración”, por presentar el máximo puntaje.<br />

Adicionalmente también se puede decir que es el sistema más utilizado en<br />

América del Sur, pudiendo citar las experiencias de Brasil, Argentina y<br />

Colombia, así como las expectativas de Uruguay.<br />

72


5.3. Etapa III – Identificar la Opción más Recomendable<br />

Después de realizar los estudios y evaluaciones de las etapas I y II, así<br />

como la necesidad e importancia que tiene para CONATEL el contar con un<br />

sistema de comprobación y verificación técnica, disponible en el menor<br />

tiempo posible, ya que su sistema actual presenta grandes deficiencias a<br />

pesar de la inversión que se le realizó en los dos últimos años para tratar de<br />

actualizarlo y recuperarlo.<br />

Así como también, la Comisión cuenta con equipos portátiles (ver Cuadro<br />

6) que se pueden utilizar para implementar un sistema de comprobación y<br />

verificación técnica, según las recomendaciones de la UIT y cumpliendo con<br />

los requerimientos mínimos, pero que pueden ser el comienzo de una<br />

estructura mayor, esto se puede identificar como la opción más<br />

recomendable para el momento de éste estudio, quedando definida como la<br />

“Integración”, donde el desarrollo de los programas requeridos puede quedar<br />

en manos de terceros, sean estos: expertos de empresas especializadas,<br />

entes gubernamentales que puedan colaborar o de pasantes con la<br />

respectiva orientación profesional.<br />

Equipo Marca Modelo Cantidad<br />

Analizador de Espectro Agilent Technologies E407B 3<br />

Analizador de Espectro Hewlett Packard 8563E 2<br />

Monitor de Servicios de<br />

Comunicaciones<br />

IFR COM-120B 5<br />

Monitor de Servicios de<br />

Comunicaciones<br />

Motorola 2600 1<br />

Analizador de Espectro Antritsu MF710F 1<br />

Monitor de Servicios de<br />

Comunicaciones<br />

Rode & Schward CMS50 1<br />

Cuadro 6 – Equipos Disponibles.<br />

Del Autor<br />

73


Para poder dar una referencia similar se puede citar el caso de Uruguay,<br />

este país cuenta con equipos de medición de última generación y llamó a<br />

una licitación para que una empresa le desarrolle los distintos programas<br />

requeridos para la integración del sistema, tipo proyecto llave en mano.<br />

Ahora bien, en Venezuela el Ministerio del Poder Popular para el<br />

Comercio (MinComercio) 5 a través de su ente adscrito, Servicio Autónomo<br />

Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos<br />

(SENCAMER) 6 , emitió el Decreto N° 3.390 de fecha 23 de diciembre de 2004<br />

y publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°<br />

38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004, el cual exige a los entes de la<br />

Administración Pública Nacional a utilizar el Software Libre, por lo que es<br />

posible utilizar profesionales locales para el desarrollo de los programas,<br />

utilizando las recomendaciones de la UIT dispuestas para tal fin, esto daría<br />

como resultado un ahorro económico sustancial el cual puede ser utilizado<br />

para inversiones de capacitación y compra de equipos de medición más<br />

actualizados.<br />

Todo lo anterior, ratifica que las ventajas que tiene un sistema basado en<br />

la “Integración” da la posibilidad de poder adicionar equipos de medición de<br />

distinta generación, así como el no depender de un proveedor en especifico y<br />

poder actualizar los programas cada vez que se requieran, sin limitar:<br />

mejoras, crecimientos y aplicaciones futuras.<br />

5 Se puede consultar en http://www.mincomercio.gob.ve<br />

6 Se puede consultar en http://portal.sencamer.gob.ve<br />

74


Para dar un ejemplo bastante importante de los sistemas desarrollos en<br />

Venezuela, se puede citar el caso del Sistema de Soporte para la Operación<br />

y Mantenimiento de la Plataforma, el cual es utilizado por la Compañía<br />

Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), donde se recaba toda<br />

la información de los distintos equipos que componen la plataforma de red<br />

NGN y de transmisión, en paralelo con los sistemas de gestión propietarios<br />

de los diferentes proveedores, tales como: Huawei, Siemens, Ericsson, etc.<br />

El sistema empleado en CANTV fue desarrollado en Software Libre,<br />

utilizando como base el sistema operativo Debian 7 y el software Nagios 8 ,<br />

este último es un programa aplicativo diseñado especialmente para<br />

monitoreo de redes, esto fue la base del desarrollo efectuado por pasantes<br />

debidamente capacitados y orientados por profesionales de la empresa.<br />

Lo anteriormente expuesto indica y ratifica que es posible un desarrollo<br />

en la modalidad de “Integración”, realizando los programas en Venezuela,<br />

siendo la mejor opción para la implementación de un Sistema de<br />

Comprobación y Verificación del Espectro Radioeléctrico, con las miras a un<br />

desarrollo completo del Sistema de Administración. Tomando en cuenta que<br />

se desarrollaría utilizando los equipos con que actualmente dispone<br />

CONATEL.<br />

7 Se Puede consultar en http://www.debian.org<br />

8 Se puede consultar en http://www.nagios.org<br />

75


CAPITULO VI<br />

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES<br />

Después de realizar el estudio y análisis del presente trabajo de<br />

investigación, se pueden emitir las siguientes conclusiones y<br />

recomendaciones:<br />

6.1. Conclusiones<br />

Al realizar el análisis de los requerimientos y haber valorado la<br />

experiencias que han obtenido los distintos países evaluados en el<br />

continente Sur Americano, en cuanto a los Sistemas para la Comprobación y<br />

Verificación Técnica del Espectro Radioeléctrico utilizados, bajo los<br />

esquemas y recomendaciones de la Unión Internacional de<br />

Telecomunicaciones (UIT), se puede señalar que es posible instalar en<br />

Venezuela un sistema en modalidad de “Integración” para este fin, con los<br />

equipos que dispone la Comisión Nacional de Telecomunicaciones<br />

(CONATEL) en la actualidad.<br />

Asimismo el Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />

Espectro Radioeléctrico a ser desarrollado, puede ser realizado bajo las<br />

características legales exigidas por el Estado Venezolano, el cual es la<br />

utilización del Software Libre, tomando en cuenta las experiencias obtenidas<br />

en el país por algunos entes gubernamentales, como es el caso de la<br />

Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV).<br />

76


Es necesario destacar, que el estudio realizo en el presente trabajo arroja<br />

como resultado que el Proyecto para la Implementación de un Sistema de<br />

Comprobación y Verificación Técnica del Espectro Radioeléctrico por<br />

CONATEL en Venezuela, es TÉCNICAMENTE FACTIBLE de realizar y<br />

cumpliría con las exigencias del Estado Venezolano y recomendaciones de<br />

la UIT.<br />

Por último, al establecer un MO<strong>DE</strong>LO TIPO INTEGRADO para la<br />

implantación del Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />

Espectro Radioeléctrico, es posible realizar el desarrollo completo en<br />

módulos, los cuales se pueden ir procesando en forma consecutiva o en<br />

paralelo, según los equipos disponibles o que se adquieran posteriormente e<br />

integrándolos, tomando en cuenta las mejoras de los procesos y aplicación<br />

de las mejores prácticas según las recomendaciones de la UIT.<br />

6.2. Recomendaciones<br />

Del proceso de evaluación y análisis en el presente trabajo de investigación,<br />

se procede a recomendar lo siguiente:<br />

• Realizar el desarrollo del software para el Sistema de Comprobación y<br />

Verificación Técnica del Espectro Radioeléctrico, utilizando pasantes<br />

de las carreras de ingeniería electrónica, telecomunicaciones y<br />

sistemas, supervisados por personal profesional encargado<br />

exclusivamente a la implantación del proyecto.<br />

• Contactar a representantes de los entes reguladores del sector de los<br />

países de Brasil y Argentina, solicitando la asesoría necesaria para la<br />

implantación del Sistema de Comprobación y Verificación Técnica del<br />

Espectro Radioeléctrico en Venezuela por CONATEL.<br />

77


• Optimizar los procesos administrativos para la adquisición de equipos<br />

de nueva generación, así como el mantenimiento requerido en los<br />

equipos existentes, para garantizar las condiciones necesarias para el<br />

desarrollo e implementación del proyecto.<br />

• Realizar el seguimiento continuo de los módulos o procesos a ser<br />

desarrollados e implantados, con el fin de determinar los posibles<br />

cambios o ajustes que la dinámica del proyecto y la organización<br />

requieran, así como su documentación y difusión.<br />

78


REFERENCIAS DOCUMENTALES<br />

• ARIAS, F. (1999). El proyecto de investigación. (3era. Ed.), Caracas:<br />

Episteme.<br />

• BACA URBINA, Gabriel (1995). Evaluación de Proyectos. (3era. Ed.),<br />

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• BALESTRINI A., M. (1987). Procedimientos técnicos de la investigación<br />

documental. (2da. Ed.), Caracas: Panapo.<br />

• CERDA, Hugo (2005). Los elementos de la investigación. Bogotá: El<br />

Búho.<br />

• CONATEL. (1980) Definiciones del Proyecto SICOTER. Caracas:<br />

CONATEL.<br />

• DUBD <strong>DE</strong> MOYA, Renie (2002). El Proyecto Factible: Una modalidad de<br />

Investigación.http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/410/41030203.pdf,SA<br />

PIENS. (Vol.3. Numero 002.2002). Caracas: <strong>Universidad</strong> Pedagógica<br />

Libertador.<br />

• FARFÁN, Patricia (2007). Diseño de Especificaciones Técnicas y<br />

Funcionales para la Adquisición de un Sistema de Gestión del Espectro<br />

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• GRUPO PROYECTO SAAGER VENEZOLANO. (2008). Criterios para el<br />

desarrollo e implementación de un sistema automatizado para la<br />

comprobación técnica del espectro radioeléctrico. Caracas: CONATEL.<br />

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la República Bolivariana de Venezuela, 36.970, Junio 12, 2000.<br />

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Información. Caracas: CEC, S.A.<br />

79


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Nacional de Telecomunicaciones. Informe de Pasantías. <strong>Universidad</strong><br />

Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada. Maracay.<br />

• PAVLIOUK, Anthony. (1998). Equipo de Comprobación Técnica y<br />

Automatización de las Operaciones de Comprobación Técnica. Rusia.<br />

• RADIO CLUB VENEZOLANO. (1995). Manual para el curso de<br />

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Panapo.<br />

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Autor.<br />

• UNIÓN INTERNACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES. (2007).<br />

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• UNIÓN INTERNACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES. (2006).<br />

Recomendaciones del UIT-R – Sector de Normalización de las<br />

Telecomunicaciones. Ginebra: Autor.<br />

• UNIÓN INTERNACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES. (2002). Manual<br />

de comprobación técnica del espectro. Ginebra: Autor.<br />

• UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR (2008).<br />

Manual de Trabajos de Grado de Especialización y Maestría y Tesis<br />

Doctorales. (4ta. Ed.), Caracas: FEDUPEL.<br />

• VACCANI, Paul (2002). La Comprobación Técnica del Espectro como<br />

Función Esencial en sus Sistemas de Gestión del Espectro. Canadá.<br />

80


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http://www.anatel.gov.br [consulta: noviembre 2009].<br />

• COMISIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES [en línea].<br />

http://www.conatel.gob.ve/ [consulta: enero 2009].<br />

http://www.conatel.gob.ve/saager.asp [consulta: junio 2009].<br />

http://www.conatel.gob.ve/saager_objetivo.asp [consulta: junio 2009].<br />

http://www.conatel.gob.ve/saager_historia.asp [consulta: enero 2009].<br />

• COMISIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> COMUNICACIONES [en línea].<br />

http://#www.cnc.gov.ar [consulta: diciembre 2009].<br />

• COMISIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES [Intranet]<br />

http://intranetconatel/organexos.asp [consulta: junio 2009].<br />

• COMISIÓN <strong>DE</strong> REGULACIÓN <strong>DE</strong> COMUNICACIONES [en línea].<br />

http://www.crcom.gov.co [consulta: noviembre 2009].<br />

• COMISIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> TELEVISIÓN [en línea] http://www.cntv.org.co<br />

[consulta: noviembre 2009].<br />

• SISTEMA <strong>DE</strong> INFORMACIÓN UNIFICADO <strong>DE</strong>L SECTOR <strong>DE</strong> LAS<br />

TELECOMUNICACIONES [en línea]. http://www.siust.gov.co [consulta:<br />

noviembre 2009].<br />

• SERVICIO AUTÓNOMO NACIONAL <strong>DE</strong> NORMALIZACIÓN, CALIDAD,<br />

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http://portal.sencamer.gob.ve [consulta: enero 2010].<br />

• UNIÓN INTERNACIONAL <strong>DE</strong> TELECOMUNICACIONES. [en línea].<br />

http://www.iut.int/net/home/index-es.aspx [consulta: enero 2009].<br />

• UNIDAD REGULADORA <strong>DE</strong> SERVICIOS <strong>DE</strong> COMUNICACIONES [en<br />

línea]. http://www.ursec.gub.uy [consulta: diciembre 2009].<br />

81


ANEXOS<br />

82


APERTURA: 18/09/2009 12.00 AM. - Anfiteatro 2do. Piso URSEC<br />

COSTO <strong>DE</strong>L PLIEGO: U$S 200.-<br />

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 72 / 2009<br />

PLIEGO PARTICULAR <strong>DE</strong> CONDICIONES<br />

1.- OBJETO<br />

El objeto del presente llamado consiste en adquirir, un Sistema Informático modular e<br />

integrado de planificación, administración, y contralor del espectro radioeléctrico, en la<br />

modalidad “llave en mano” para ser utilizado por la URSEC en el cumplimiento de sus<br />

cometidos, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y con el<br />

Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de<br />

Telecomunicaciones.<br />

2.- SUMINISTRO<br />

El suministro de este llamado consiste en:<br />

1. Un Sistema Informático modular e integrado de planificación, administración, y<br />

contralor del espectro radioeléctrico, en la modalidad “llave en mano”<br />

2. Instrucción teórico-práctica a usuarios y personal de informática, para la<br />

utilización y administración del sistema, (cupo máximo de 20 personas) de<br />

URSEC, con una carga horaria total mínima de 20 horas.<br />

3. Los servicios vinculados al soporte técnico y mantenimiento y actualización de<br />

las versiones de software adquirido por un período de 2 años luego de vencido<br />

el período de garantía. En caso de considerarlo conveniente URSEC podrá<br />

extender dicho servicio por un período máximo de 2 años más.<br />

4. Como ítem de cotización obligatoria y opcional para URSEC, se solicita el<br />

suministro del equipamiento informático e instrumental requerido para la<br />

implantación del sistema, incluyendo hardware y software de base,<br />

“updates/upgrades” necesario de servidores, y PCs, en función del GAP<br />

existente entre el equipamiento actualmente disponible en la URSEC (Anexo I<br />

punto 3.c d e) y los requerimientos de la solución propuesta.<br />

Los ítems incluidos en los componentes antes mencionados comprenden como<br />

mínimo:<br />

• brindar a la URSEC las licencias, actualizaciones “Updates”<br />

(actualizaciones de la misma versión del software) y “Upgrades”<br />

(actualización a una nueva versión del software)<br />

• desarrollar las adaptaciones requeridas por el sistema para ajustarse a los<br />

requerimientos funcionales particulares de URSEC, en función de lo que se<br />

describe en este documento,<br />

1


• implementar la solución, en base a la estrategia que para tales efectos<br />

defina el proveedor con la aprobación de la Unidad Reguladora, incluyendo<br />

las instancias de prueba de la misma,<br />

3.- <strong>DE</strong>FINICIONES E INTERPRETACIONES<br />

El término "Administración" y “URSEC” identifican a la Unidad Reguladora de Servicios<br />

de Comunicaciones.<br />

El término "oferente o proponente" designa a la persona, empresa o grupo de<br />

empresas que manifiesten su interés en consorciarse, que presente o someta<br />

formalmente una propuesta para realizar el servicio, actuando por sí o por medio de<br />

sus representantes debidamente autorizados. Si más de una persona física o jurídica<br />

pretenden presentar conjuntamente una propuesta, lo deberán hacer consorciados.<br />

Las obligaciones o responsabilidades que se determinen se entenderán establecidas<br />

en las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones.<br />

El término “oferta” o “propuesta” es la declaración de voluntad recepticia, mediante la<br />

cual una persona física o jurídica o un consorcio, manifiesta querer asumir los<br />

derechos y obligaciones que se prevén en este Pliego, de conformidad con las normas<br />

aplicables.<br />

El término "adjudicatario" se refiere al oferente cuya propuesta haya sido adjudicada<br />

por acto administrativo firme dictado por la Administración. Cuando se establezcan o<br />

prevean obligaciones o responsabilidades del adjudicatario, siendo éste un consorcio,<br />

se entenderán referidas a todos y cada uno de los consorciados, en la forma y<br />

condiciones dispuestas en el presente Pliego de Condiciones.<br />

El “contratista” es la persona física o jurídica o grupo de empresas consorciadas que<br />

tenga a su cargo la ejecución del servicio, mediante contrato celebrado con URSEC,<br />

ya sea que actúe por sí o por medio de sus representantes legales, en virtud de las<br />

condiciones especiales estipuladas en el presente Pliego.<br />

El término "representante" se refiere a la persona designada por el contratista, con<br />

poderes suficientes para tratar y resolver todas las cuestiones relativas a la propuesta<br />

y/o al contrato.<br />

Los "servicios" comprenden el ejercicio de actividades no personales objeto del<br />

contrato, que serán llevados a cabo por el contratista de acuerdo a las<br />

especificaciones detalladas en el Pliego de Condiciones.<br />

El término "Pliego de Condiciones" se refiere al:<br />

a) Pliego de Condiciones de la Licitación, en adelante "Pliego Particular",<br />

b) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de suministros y<br />

servicios no personales en los Organismos Públicos, en adelante "Pliego Único"<br />

c) Anexo Técnico del Pliego<br />

2


d) Aclaraciones y modificaciones al Pliego de Condiciones que URSEC estime del<br />

caso realizar con anterioridad al acto de apertura.<br />

Las palabras o designaciones en singular deben extenderse igualmente al plural y<br />

viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera.<br />

Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la<br />

Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.<br />

4.- NORMATIVA APLICABLE<br />

Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes<br />

normas:<br />

a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.<br />

b) Art. 8º de la Ley 16.134 de 24 de septiembre de 1990.<br />

c) Decreto 288/993 de 22 de junio de 1993 (consideración de productos<br />

nacionales).<br />

d) Decreto 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y Condiciones<br />

Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).<br />

e) artículo 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario<br />

395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información<br />

Financiera).<br />

f) Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999. (Registro General de Proveedores<br />

del Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de 2002.<br />

g) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario No.244/2000<br />

de 23 de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).<br />

h) Ley 17.957 de 4 de abril de 2006 y Ley 18244 del 08/01/2007 (Deudores<br />

Alimentarios)<br />

i) Decreto 500/991 de 27 de septiembre de 1991 (Procedimiento Administrativo).<br />

j) Ley 16.879 de 21 de octubre de 1997 (Convención de las Naciones Unidas<br />

sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías).<br />

k) Artículo 581, ley 17.296 de 21 de febrero 2001 y decreto 333/2001 de 21 de<br />

agosto de 2001.<br />

l) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público,<br />

corrupción).<br />

m) El presente Pliego de Condiciones Particulares. Toda referencia Artículos,<br />

Capítulos, Apartados o Anexos que no indiquen lo contrario, se entiende<br />

corresponden a Artículos, Capítulos., Apartados o Anexos del presente Pliego<br />

Particular.<br />

n) Las enmiendas o aclaraciones efectuadas por la Administración durante el<br />

plazo del llamado.<br />

o) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación.<br />

p) Los oferentes deberán ratificar expresamente en sus respectivas ofertas el<br />

sometimiento a las leyes y tribunales de la República Oriental del Uruguay, con<br />

renuncia y exclusión de todo otro recurso.<br />

5.- EXENCIÓN <strong>DE</strong> RESPONSABILIDAD<br />

La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o<br />

podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho<br />

3


alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por<br />

daños y perjuicios.<br />

6.- PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS<br />

6.1 Comunicaciones.<br />

Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse a Compras<br />

de 10:00 a 16:30, personalmente, por fax, correo electrónico<br />

comisionasesora@ursec.gub.uy, o carta certificada con aviso de retorno.<br />

Quienes remitan comunicaciones o documentos a URSEC, en cualquiera de las<br />

etapas previas a la presentación de las propuestas, deberán conservar el comprobante<br />

de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la<br />

Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se tendrá por no<br />

presentada.<br />

Los oferentes deberán constituir domicilio en Montevideo y denunciar el domicilio real<br />

de todos los integrantes del consorcio. Dichos domicilios se considerarán válidos<br />

mientras no se constituyan o denuncien nuevos en su reemplazo.<br />

La comunicación del cambio de domicilio deberá cumplirse mediante escrito<br />

presentado en el expediente de licitación, con firma notarialmente certificada, y tendrá<br />

efecto a partir del día hábil inmediato siguiente.<br />

6.2 Aclaraciones y consultas.<br />

Cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar a URSEC, por cualesquiera de los<br />

medios mencionados en el punto 5.1 aclaraciones o consultas específicas mediante<br />

comunicación escrita dirigida hasta 5 días antes de la fecha establecida para el acto<br />

de apertura de las propuestas. Vencido dicho término la Administración no estará<br />

obligada a proporcionar datos aclaratorios.<br />

Las consultas serán respondidas por la Comisión Asesora de Adjudicaciones asistida<br />

por el personal técnico designado a tales efectos, en el plazo máximo de 72 horas a<br />

partir de su presentación. Los pedidos de aclaración deberán –para ser considerados<br />

– cumplir con los siguientes requisitos:<br />

a) ser específicos, claros y concretos,<br />

b) indicar visiblemente que se trata de un pedido o aclaración, así como la referencia a<br />

la Licitación a la cual se refieren.<br />

La Administración comunicará la prórroga o aclaraciones solicitadas, así como<br />

cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a su exclusivo<br />

criterio y, a través de alguno de los medios establecidos en comunicaciones, a todos<br />

los que hayan adquirido el Pliego de Condiciones, y se publicarán en el sitio WEB de<br />

compras estatales. La URSEC podrá con total libertad y sin responsabilidad alguna<br />

acceder (con o sin modificaciones) o denegar las solicitudes de prórroga. La falta de<br />

pronunciamiento expreso se entenderá como denegación de la misma.<br />

6.3 Plazos.<br />

4


Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos,<br />

excepto aquellos mayores de quince días, que se computarán en días corridos o<br />

calendario.<br />

Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la<br />

Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el<br />

funcionamiento de dichas oficinas. (art.113, decreto 500/991).<br />

Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimiento de los<br />

plazos, que resultaren inhábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil<br />

inmediato siguiente.<br />

7.- REUNIONES INFORMATIVAS<br />

La URSEC podrá efectuar reuniones previas a la apertura de ofertas de carácter<br />

informativo o sobre aspectos técnicos, en las fechas y horas que disponga notificando<br />

de ello a todos los interesados.<br />

La asistencia a dichas reuniones será de carácter obligatorio y los interesados podrán<br />

solicitar, en forma escrita y con antelación de 24 horas previas a la fecha fijada para la<br />

reunión, ser representados por técnicos debidamente autorizados a tales efectos.<br />

Las expresiones vertidas en el curso de estas reuniones serán meramente<br />

informativas y no podrán considerarse aclaraciones, enmiendas o modificaciones a los<br />

documentos de la Licitación, salvo que posteriormente sean recogidas con esas<br />

calidades en un comunicado escrito y debidamente notificadas a todos los<br />

interesados, mediante carta, fax o correo electrónico.<br />

8.- ENMIENDAS Y MODIFICACIONES<br />

La URSEC ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta u observación<br />

formulada por un interesado, podrá enmendar o modificar los documentos de la<br />

Licitación antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas.<br />

Todos los interesados deberán ser notificados de las enmiendas o modificaciones<br />

mediante carta, fax o correo electrónico.<br />

9.- GARANTÍAS<br />

9.1 Todas las garantías se presentarán en la Tesorería de URSEC. Deberán ser<br />

emitidas con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las<br />

obligaciones contractuales que amparan.<br />

9.2 La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su exclusivo<br />

juicio, los documentos que constituyan garantías.<br />

9.3 Las garantías se constituirán a la orden de URSEC y podrán consistir en:<br />

a) Fianza, aval o garantía de un banco establecido en la República Oriental del<br />

Uruguay, o de un Banco extranjero aceptable por la Administración. En este último<br />

caso, deberá constituirse a través de un banco corresponsal de la institución<br />

elegida en el Uruguay, de conocida trayectoria en el país, para facilitar la eventual<br />

ejecución.<br />

5


) Póliza de Seguro de fianza emitida por una empresa aseguradora nacional o<br />

extranjera aceptable para la Administración. En el caso de empresa aseguradora<br />

extranjera, deberá constituirse a través de un corresponsal de la institución elegida<br />

en el Uruguay. Debe dejarse copia de las pólizas correspondientes en el<br />

expediente de licitación, para su control en caso de ejecución.<br />

c) Bonos del Tesoro de la República Oriental del Uruguay.<br />

No se admitirán garantías personales de especie alguna.<br />

Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas siempre<br />

que todas ellas sean constituidas a nombre de URSEC y que cubran la cantidad<br />

exigida en cada relación contractual.<br />

En todos los casos la garantía respectiva se constituirá en la moneda de la oferta, con<br />

excepción de los bonos del tesoro.<br />

Para cualquiera de estas formas, las garantías estarán a disposición de la<br />

Administración y los contratos originados por éstas, deberán contener cláusulas que<br />

establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su<br />

cobro.<br />

9.4 El documento justificativo de la constitución de garantías deberá contener<br />

necesariamente el número de la licitación, fecha, monto y organismo que realizó el<br />

llamado.<br />

9.5 La garantía deberá ser depositada por:<br />

a) el "oferente", según definición del Art.2° del presente Pliego.<br />

b) "empresas consorciadas". Las empresas consorciadas legalmente, según lo<br />

establecido en la ley 16.060 del 4 de setiembre de 1989 o aquellas que manifiesten<br />

la intención de consorciarse (mediante acta notarial), pero no estén constituidas<br />

legalmente a la fecha de apertura de ofertas, deberán depositar mediante alguna<br />

de las siguientes opciones : a) por separado cada empresa integrante indicando su<br />

denominación y la del consorcio que se propone constituir, debiendo la suma de<br />

garantías cubrir el mínimo, o b) una sola garantía, donde se indique la<br />

denominación de las empresas integrantes y el nombre del consorcio constituido o<br />

a constituir.<br />

9.6 A fin de asegurar la ejecución de las garantías, la Administración debe comunicar<br />

cada incumplimiento del oferente, adjudicatario o contratista al asegurador, a través de<br />

comunicaciones y/o resoluciones que aplican sanciones o rescinden el contrato, según<br />

las condiciones establecidas en las pólizas de seguros y, en los artículos 634 a 692 del<br />

Código de Comercio.<br />

9.7 Cuando la Administración deba proceder al cobro de las garantías, el importe será<br />

el que resulte del valor de las mismas en pesos, dólares, tipo de unidad en que se<br />

hubiere constituido<br />

9.8 La devolución de las garantías se gestionará ante la DNA, según los casos que<br />

corresponda según este Pliego.<br />

Al disponerse la devolución de las garantías, se deducirán previamente las cantidades<br />

a que haya lugar, ya sea por daños y perjuicios o multas, de acuerdo con las<br />

6


esponsabilidades en que pudiera haber incurrido el oferente, adjudicatario o<br />

contratista, según el caso.<br />

Las resoluciones que dispongan la rescisión de los contratos o el cobro de multas a<br />

deducirse de las garantías, serán notificadas a la empresa aseguradora o institución<br />

que corresponda y, dispondrán la intimación de pago y/o cumplimiento del contrato a<br />

la empresa contratista.<br />

9.9 Garantía de mantenimiento de ofertas<br />

El oferente deberá justificar la constitución de la garantía de mantenimiento de la<br />

oferta, en los términos y condiciones establecidos por el art. 55 del TOCAF por el<br />

monto equivalente al 1% del valor total de la oferta.<br />

De presentarse ofertas alternativas o variantes, esta garantía deberá constituirse de<br />

manera de contemplar la propuesta de mayor importe.<br />

El monto de la oferta, a los efectos del cálculo de la garantía, será el resultante de<br />

multiplicar el precio mensual propuesto por el período de contratación definido en el<br />

objeto del llamado.<br />

La falta de presentación de esta garantía, será causal de rechazo de la propuesta.<br />

Esta garantía se devolverá a petición del interesado, cuando la resolución de<br />

adjudicación se haya notificado y haya quedado firme, una vez rechazadas todas las<br />

propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta.<br />

El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez<br />

constituida la garantía de fiel cumplimiento de contrato.<br />

La garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada totalmente en cualquiera<br />

de las siguientes situaciones:<br />

a) cuando el oferente retire o desista de su oferta durante el plazo inicial de<br />

vigencia del mantenimiento o alguna de sus prórrogas,<br />

b) cuando el adjudicatario no constituya en tiempo y forma la garantía de fiel<br />

cumplimiento de contrato,<br />

c) cuando el adjudicatario se niegue o no concurra a firmar el contrato habiendo<br />

sido debidamente notificado para ello.<br />

9.10 Garantía de cumplimiento de contrato.<br />

Si correspondiere, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación o<br />

su ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de<br />

cumplimiento de contrato por un mínimo del 5% de la contratación, en los términos y<br />

condiciones previstos por el art. 55 del TOCAF.<br />

Si el adjudicatario no efectúa el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato<br />

dentro del plazo y condiciones establecidas, la Administración podrá aplicar una multa<br />

de un 3/00% (tres por diez mil) sobre el importe adjudicado, por cada día calendario de<br />

atraso en cumplir con este requisito.<br />

Transcurrido el nuevo plazo otorgado, la falta de constitución de esta garantía en<br />

tiempo y forma, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la<br />

Administración ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta, iniciar las acciones<br />

7


que pudieran corresponder contra el adjudicatario, por los daños y perjuicios que<br />

cause su incumplimiento, tomar como antecedente negativo en futuras licitaciones<br />

este hecho y, reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente<br />

adjudicado en primera instancia.<br />

Esta garantía podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no dé cumplimiento<br />

a las obligaciones contractuales y se devolverá luego de producida la finalización de<br />

los servicios, con la previa conformidad de los mismos por parte de la Administración.<br />

10.- PROPUESTA<br />

10.1 La oferta y toda la correspondencia o documentación relativa a ella deberán<br />

redactarse en forma clara y precisa, en idioma español y presentarse por escrito, en<br />

un (1) sobre conteniendo el original y 3 copias, debiendo identificarse con claridad el<br />

original y las copias. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá por<br />

sobre el de las copias. Complementariamente deberá acompañarse de copia en<br />

formato digital a fin de agilitar la gestión.<br />

La presentación se efectuará en un único sobre conteniendo tanto la propuesta<br />

técnica, información de recursos humanos y materiales, aspectos formales solicitados<br />

y toda folletería que se entendiere del caso (en formato papel y digital con excepción<br />

de la folletería), así como la propuesta económica.<br />

URSEC se reserva el derecho de solicitar la traducción al castellano de aquellos<br />

materiales o folletos redactados en otro idioma.<br />

Toda cláusula o pasaje impreciso, ambiguo, oscuro o contradictorio, a juicio de la<br />

URSEC, será interpretado del modo más favorable a la URSEC<br />

Cuando exista diferencia entre una cantidad escrita en números y en letras, valdrá la<br />

escrita en letras, salvo error evidente que haga ostensible que la correcta sea la<br />

expresada en cifras.<br />

La oferta será mecanografiada o impresa, en tinta indeleble, sin textos interlineados,<br />

tachaduras o raspaduras que no hayan sido debidamente salvados.<br />

Deberá ser firmada por una o más personas con facultades suficientes, según<br />

certificado notarial o poder original acompañado con copia autenticada notarialmente<br />

que deberá adjuntarse.<br />

Todas las páginas serán numeradas correlativamente.<br />

La oferta deberá cumplir con todas las formalidades y contener todas las menciones y<br />

documentos exigidos en los documentos de la Licitación.<br />

La oferta y sus copias entregadas en la URSEC, deberán presentarse en sobres o<br />

paquetes totalmente cerrados con cinta engomada y/o lacrados, que indiquen los<br />

datos de la Licitación, el nombre y domicilio del oferente y el carácter de original y<br />

copia. Los sobres estarán firmados por quienes suscriban la oferta y dichas firmas<br />

deberán cruzar los lugares naturales de apertura.<br />

10.2 Legitimación para la presentación - Las propuestas podrán ser presentadas por:<br />

a) el "oferente" (propuestas de empresas nacionales por sí mismas o<br />

extranjeras por sí mismas).<br />

8


) consorcios y empresas que manifiesten la intención de consorciarse. En<br />

aquellas situaciones en que se presente un grupo de empresas, con<br />

intención de consorciarse al amparo de los artículos 501 a 509 de la ley<br />

16.060 de 4 de setiembre de 1989, deberán:<br />

b1) suscribir un acta que exprese la intención de consorciarse (o contrato de<br />

consorcio en su caso), con certificación notarial de firmas, detalle de los<br />

suministros (ó servicios) que tomará a su cargo cada integrante del consorcio,<br />

así como las proporciones con que participa cada uno.<br />

b2) incluir toda la información requerida en este pliego para cada uno de los<br />

miembros integrantes del consorcio.<br />

b3) designar a uno de los integrantes, como responsable autorizado para<br />

contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos<br />

y cada uno de los miembros del consorcio.<br />

b4) dejar constancia en el Acta de Intención y posteriormente en el Contrato de<br />

Consorcio, que cada una de las empresas y sus representantes serán<br />

solidariamente responsables para con la Administración de todas las<br />

obligaciones contraídas en el marco de la licitación.<br />

b5) expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas por cada empresa<br />

y sus representantes ante el organismo contratante y la no modificación del<br />

acta o contrato, sin la previa aprobación de la Administración.<br />

b6) Dentro de los sesenta (60) días de notificada la resolución de adjudicación,<br />

el contratista deberá presentar el contrato de consorcio, con las condiciones<br />

aquí estipuladas y la obligación de su no modificación, sin el previo<br />

consentimiento de la Administración.<br />

b7) Transcurrido el plazo citado, sin que el adjudicatario diera cumplimiento a lo<br />

establecido en este literal, caducarán sus derechos.<br />

10.3 Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:<br />

1. Comprobante de pago del pliego cuando corresponda<br />

2. Constancia de inscripción como Beneficiario SIIF (original y fotocopia).<br />

3. Certificados de B.P.S. y D.G.I. al día (original y fotocopia), y certificado<br />

expedido por Banco de Seguros del Estado respecto a la contratación del<br />

Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.<br />

4. Documentación que acredite la representación de la o las personas que firman<br />

la oferta.<br />

5. Dicha documentación deberá estar debidamente certificada; asimismo, podrá<br />

acreditarse por fotocopia simple exhibiéndose al momento de la entrega la<br />

documentación original, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 500/91.<br />

6. Certificado notarial controlando la constitución y vigencia de la sociedad y<br />

quiénes la representan, con una antigüedad no mayor a treinta días de la fecha<br />

de apertura.<br />

7. En el caso de personas jurídicas extranjeras la citada documentación y todo<br />

otro documento público proveniente del extranjero deberá estar debidamente<br />

legalizada, traducido y protocolizado, esto último cuando correspondiera de<br />

acuerdo a la legislación uruguaya,<br />

10.4 La propuesta deberá informar los numerales que se indican seguidamente:<br />

A) Formulario de identificación del oferente según modelo (Anexo II)<br />

B) El domicilio legal y el que se constituye.<br />

C) La aceptación, sin reservas de los términos de la Licitación y el sometimiento a<br />

las Leyes y Tribunales uruguayos<br />

D) El compromiso de cumplir fielmente sin condiciones con la oferta presentada.<br />

E) Descripción detallada de las características técnicas y la tecnología a aplicar.<br />

F) Plazo de entrega - deberá ajustarse a lo establecido en Anexo I<br />

G) El precio, incluidos los impuestos.<br />

9


H) El alcance y duración de la garantía, o constancia expresa cuando esta no se<br />

otorgue.<br />

I) Calificación del personal y antecedentes de la empresa en la prestación de<br />

servicios de la misma naturaleza que el solicitado en el presente llamado.<br />

J) Cantidad y descripción de proyectos de similares características al ofertado,<br />

realizados en el país o en el exterior, detallando para cada uno de ellos:<br />

descripción completa del servicio, lugar en que se encuentra funcionando,<br />

institución contratante del servicio, responsable de dicha institución (cargo,<br />

domicilio, teléfono), período de funcionamiento, cuadros analíticos de<br />

funcionamiento, tres responsables del proyecto.<br />

K) Toda otra información que el oferente considere de interés.<br />

10.5 Cada interesado deberá presentar una sola oferta. Las variantes o alternativas<br />

únicamente serán admisibles si se agregan a una oferta que cumpla con los términos<br />

del Pliego Particular. La consideración o no de esas eventuales variantes o<br />

alternativas será enteramente discrecional de la URSEC.<br />

10.6 Cláusulas abusivas en las propuestas. Es abusiva, por su contenido o su forma,<br />

toda cláusula contenida en la propuesta, que contradiga las exigencias del pliego y<br />

determine obligaciones en perjuicio de la Administración, así como toda aquella que<br />

viole la obligación de actuar de buena fe.<br />

Son consideradas cláusulas abusivas, sin perjuicio de otras, las siguientes:<br />

a) Las que exoneren o limiten la responsabilidad del proveedor por vicios de<br />

cualquier naturaleza de los productos o servicios.<br />

b) Las que impliquen la renuncia de los derechos de la Administración.<br />

c) Las que autoricen al proveedor de servicios a modificar los términos de este<br />

Pliego.<br />

d) La cláusula resolutoria pactada exclusivamente a favor del proveedor.<br />

e) Las que contengan cualquier precepto que imponga la carga de la prueba en<br />

perjuicio de la Administración.<br />

f) Las que establezcan que el silencio de la Administración se tendrá por<br />

aceptación de cualquier modificación, restricción o ampliación de lo<br />

expresamente pactado en el presente Pliego.<br />

El proponente deberá establecer en su propuesta que conoce y acepta el presente<br />

pliego de condiciones y sus anexos. Salvo indicación expresa formulada en la oferta,<br />

se entiende que la misma se ajusta a las condiciones contenidas en el Pliego y que el<br />

proponente queda comprometido a su total cumplimiento.<br />

11.- RECEPCIÓN Y APERTURA <strong>DE</strong> LAS OFERTAS<br />

Las propuestas serán recibidas hasta el día 18/septiembre/2009 a la hora 12.00 en el<br />

local de Sede de URSEC –Anfiteatro 2do. Piso- sita en la calle Uruguay 988. No serán<br />

válidas las propuestas que no llegaren a la hora dispuesta para el acto de apertura.<br />

En la hora, día y lugar indicados en el correspondiente llamado o comunicaciones<br />

posteriores, serán abiertas las propuestas en presencia de los oferentes y/o<br />

representantes que concurrieren al acto.-<br />

Abiertas las propuestas se pondrá a disposición de todos los oferentes una de las vías<br />

para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las<br />

presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las propuestas<br />

presentadas en ese momento, las que quedarán registradas en el acta de apertura.<br />

10


Vencido el plazo para la presentación de las propuestas, no se tomará en cuenta<br />

ninguna interpretación, aclaración o ampliación de ellas, salvo aquellas que fueran<br />

directa y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos o funcionarios<br />

expresamente autorizados en el expediente licitatorio o por la Comisión Asesora de<br />

Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se<br />

establezca en la solicitud, para hacer llegar su respuesta.<br />

12.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y <strong>DE</strong> CALIDAD<br />

Las características técnicas y de calidad se encuentran detalladas en los Anexos<br />

Técnicos del presente Pliego de Condiciones Particulares.<br />

13.- VALOR <strong>DE</strong> LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA<br />

Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en<br />

la oferta, tendrán carácter de compromiso. Si se verifica que no responden<br />

estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de<br />

plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación de clase<br />

alguna.<br />

14.- COTIZACIÓN <strong>DE</strong> LA PROPUESTA<br />

Los precios cotizados incluirán todos los gastos necesarios para la puesta en<br />

funcionamiento del producto ofertado de acuerdo con las condiciones del presente<br />

Pliego.<br />

Las ofertas deberán cotizarse en pesos uruguayos o en moneda extranjera<br />

indistintamente, debiéndose incluir en el precio la totalidad de los impuestos que<br />

correspondan, explicitándose claramente cuales son.<br />

En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el<br />

precio cotizado comprende todos los impuestos.<br />

Asimismo, se establecerá la forma de ajuste paramétrico sobre la base de la cotización<br />

en pesos propuesta.<br />

15.- PLAZO <strong>DE</strong> MANTENIMIENTO <strong>DE</strong> LAS PROPUESTAS<br />

Las propuestas serán válidas y obligarán al oferente por el término de noventa (90)<br />

días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que,<br />

antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.<br />

El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo<br />

que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar<br />

la propuesta y falta de pronunciamiento de esta última en el término de diez días<br />

hábiles perentorios.<br />

No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la propuesta<br />

en forma alguna o que indiquen otros plazos; caso contrario la Administración, a su<br />

exclusivo juicio, podrá desestimar la propuesta presentada.<br />

De no recibirse aquélla en el lapso señalado, la propuesta podrá ser desestimada.<br />

16.- COMPARACIÓN <strong>DE</strong> LAS OFERTAS<br />

11


Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las propuestas<br />

serán los siguientes:<br />

1. Características y prestaciones del sistema ofrecido.<br />

2. Precio por componente solicitado valorando las mejoras en los precios asociadas a<br />

mayores cantidades o mejores servicios.<br />

3. Soporte técnico, mantenimiento y duración del período de garantía.<br />

4. Plazo para la puesta en funcionamiento del sistema.<br />

5. Antecedentes de la empresa.<br />

A los efectos de la comparación de ofertas, los precios en moneda extranjera se<br />

convertirán a pesos uruguayos tomando el tipo de cambio interbancario vendedor del<br />

cierre del día anterior de la apertura de la presente licitación, publicado en el sitio WEB<br />

del Banco Central del Uruguay (www.bcu.gub.uy).<br />

La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta:<br />

a) por falta de información suficiente.<br />

b) en las situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de<br />

funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los funcionarios<br />

intervinientes en el proceso de licitación para obtener una decisión<br />

favorable, sin perjuicio de las denuncias penales correspondientes.<br />

c) por incumplimientos al pliego de condiciones<br />

La comparación de las propuestas se verificará incluyendo el Impuesto al Valor<br />

Agregado (I.V.A.). Cuando el oferente no desglose el importe de los impuestos, se<br />

considerarán incluidos en el monto de la propuesta.<br />

La información para la evaluación técnica será obtenida de las propuestas,<br />

pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo<br />

a cargo del oferente.<br />

La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas, pudiendo en<br />

caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo a cargo del<br />

oferente.<br />

17. VISTA <strong>DE</strong> ACTUACIONES<br />

Con posterioridad al informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones y antes de la<br />

adjudicación o rechazo de todas las ofertas, se conferirá vista de las actuaciones a<br />

todos los oferentes.<br />

A estos efectos las mismas se pondrán de manifiesto por el término de cinco días con<br />

notificación a los proponentes.<br />

Dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo anterior, los oferentes<br />

podrán formular por escrito las consideraciones sobre el procedimiento cumplido y el<br />

dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicaciones. Los escritos formulados en esta<br />

instancia serán considerados como una petición a tener en cuenta en el momento de<br />

dictar la Resolución y respecto del cual deberá existir informe fundado. No será<br />

necesario esperar el transcurso de este último plazo si los interesados expresaran por<br />

escrito que no tienen consideraciones que formular.<br />

18.- ADJUDICACIÓN<br />

12


La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la propuesta que<br />

considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio,<br />

aunque no sea la de menor precio y también de rechazar a su exclusivo juicio, la<br />

totalidad de las propuestas. Podrá asimismo adjudicar todos o algunos de los<br />

componentes solicitados a uno o varios proveedores.<br />

La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria, constituirá a<br />

todos los efectos legales el contrato correspondiente a que refieren las disposiciones<br />

de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de<br />

las normas jurídicas aplicables, los Pliegos, y su propuesta, sin perjuicio de lo<br />

establecido en el punto 18.<br />

19. CONTRATO<br />

El contrato podrá suscribirse una vez finalizada la tramitación legal previa que habilita<br />

a ello.<br />

Serán condiciones previas para la suscripción del Contrato la constitución en forma de<br />

la garantía de fiel cumplimiento del Contrato y la actualización de los documentos que<br />

acrediten respecto del adjudicatario su vigencia, capacidad, representación y situación<br />

regular ante la Dirección General Impositiva, el Banco de Previsión Social , el Banco<br />

de Seguros del Estado y Tabla de Beneficiarios del Sistema Integrado de Información<br />

Financiera (SIIF).<br />

El Contrato se integrará con:<br />

• el texto contractual,<br />

• los pliegos General y Particular,<br />

• las aclaraciones, enmiendas o modificaciones al Pliego Particular,<br />

• la oferta del adjudicatario,<br />

• las eventuales modificaciones de esa oferta.<br />

• La resolución de adjudicación.<br />

20. OBLIGACIONES <strong>DE</strong>L CONTRATISTA<br />

Serán obligaciones del contratista:<br />

1) Cumplir fiel y puntualmente, por su cuenta y riesgo, con todos los términos de su<br />

oferta y de los Documentos de la Licitación, prestando todos los servicios<br />

contratados sin interrupciones y con absoluta continuidad.<br />

2) Cumplir fiel y puntualmente con todas las normas legales y reglamentarias,<br />

dictadas o a dictarse, nacionales y municipales, aplicables a las actividades que<br />

desarrolle.<br />

3) Abonar puntualmente todos los tributos que graven la actividad objeto del contrato.<br />

4) Realizar todos aquellos actos necesarios para el buen cumplimiento del Contrato y<br />

abstenerse de realizar actos que puedan afectar el buen cumplimiento de las<br />

obligaciones.<br />

5) Contar con personal propio suficiente e idóneo. La URSEC podrá exigir que cada<br />

integrante del equipo de trabajo suscriba un documento de compromiso de<br />

confidencialidad y exclusividad acorde a lo establecido en Pliego.<br />

6) Remover a todo miembro de su personal que no cumpla satisfactoriamente con las<br />

tareas a su cargo o que incurra en actos contrarios al orden, la moral o las buenas<br />

costumbres, de oficio o a solicitud de la URSEC.<br />

7) Designar formalmente un representante con facultades suficientes ante la URSEC<br />

para entender y resolver cualquier cuestión relativa al cumplimiento del contrato,<br />

13


8) Cumplir personalmente el contrato y no cederlo o transferirlo, total o parcialmente,<br />

directa o indirectamente.<br />

9) Dar aviso a la URSEC de toda situación que pueda afectar el normal desarrollo del<br />

contrato.<br />

10) Guardar en estricta reserva todos los datos de que tome conocimiento en su<br />

calidad de contratista, los cuales se considerarán confidenciales, de conformidad a<br />

lo establecido en el Art.20.<br />

21. CONFI<strong>DE</strong>NCIALIDAD<br />

La confidencialidad es un elemento esencial de la contratación objeto de este llamado.<br />

El contratista no podrá, sin el consentimiento previo y por escrito de la URSEC dar a<br />

conocer el contrato o cualquier parte de él a terceros.<br />

Toda la documentación e información entregada por la URSEC o generada en el<br />

marco del contrato, datos procesados por el contratista o datos puestos a disposición<br />

por la URSEC, procedimientos aplicados en los servicios contratados y descripciones<br />

de los sistemas e infraestructura con la cual se prestarán los servicios, son<br />

consideradas informaciones confidenciales de la URSEC y el contratista no podrá<br />

utilizarlas o darlas a conocer del modo y al título que fuere, a terceros bajo ningún<br />

concepto, salvo autorización concreta, expresa, previa y por escrito de la URSEC.<br />

El incumplimiento de las obligaciones emergentes de este Artículo será considerado<br />

como grave y será causal de rescisión, sin perjuicio de las acciones penales que<br />

pudieren corresponder.<br />

La confidencialidad establecida en este Artículo será ilimitada en el tiempo y, por lo<br />

tanto, subsistirá luego de extinguido el Contrato, quedando el contratista sometido a<br />

las responsabilidades civiles y penales que pudieran corresponder.<br />

Al inicio del contrato y en cada reemplazo autorizado, los técnicos integrantes de<br />

equipo deberán, a solicitud de URSEC, firmar un compromiso cuyo texto será<br />

suministrado por la Contraparte.<br />

22. CUMPLIMIENTO PERSONAL Y <strong>DE</strong> LOS SUBCONTRATOS<br />

El contrato deberá ser cumplido personalmente por el contratista, por lo que el mismo<br />

no podrá ser cedido al título que fuere, total o parcialmente, directa o indirectamente.<br />

En caso de que el contratista omitiera alguna prestación, la URSEC podrá recurrir a<br />

terceros para que la hagan en su lugar. El contratista deberá abonar a la URSEC lo<br />

que ésta hubiere tenido que pagar efectivamente al tercero sustituto con más un<br />

setenta por ciento (70%) en concepto de gastos de administración, y sin perjuicio de<br />

las eventuales multas y demandas por daños y perjuicios que correspondieren.<br />

23. SUBCONTRATOS<br />

El contratista no podrá subcontratar otros servicios o suministros diferentes a los<br />

previstos inicialmente en el Contrato, salvo aprobación previa, expresa y escrita de la<br />

URSEC.<br />

Tampoco podrá variar o cambiar a cualquiera de los subcontratistas aprobados sin<br />

previa aprobación de la URSEC.<br />

14


El contratista será el único responsable del cumplimiento del contrato, por lo que<br />

también responderá enteramente de todo acto u omisión de los subcontratistas y<br />

proveedores.<br />

La URSEC mantendrá únicamente trato directo con el contratista.<br />

Las disposiciones que refieren a “Obligaciones del Contratista” en lo que refiere al<br />

personal del contratista serán enteramente aplicables al personal de los<br />

subcontratistas..<br />

24. PLAZO <strong>DE</strong>L CONTRATO<br />

El plazo del contrato será de un (1) año, contados a partir de la fecha de otorgamiento<br />

del mismo, pudiéndose prorrogar por dos períodos sucesivos de un (1) año, si la<br />

Administración así lo considerare pertinente. A efectos de las prórrogas previstas la<br />

URSEC deberá comunicar su decisión con una antelación de 60 días antes del<br />

vencimiento del plazo del contrato original o su prórroga.<br />

25. MORA AUTOMÁTICA<br />

Salvo previsión expresa en contrario consignada en los Documentos de la Licitación, el<br />

contratista caerá en mora, respecto de cualquiera de las obligaciones a su cargo, de<br />

manera automática, sin necesidad de interpelación o comunicación de ningún tipo, por<br />

el solo vencimiento de los plazos, o por el solo hecho de hacer o dejar de hacer algo<br />

contrariamente a lo pactado. Los requerimientos a cumplir que eventualmente le<br />

pueda cursar la URSEC no purgarán la mora operada.<br />

26. AJUSTE <strong>DE</strong> PRECIOS<br />

El precio de los servicio se ajustará de acuerdo a las fórmula paramétrica asociada a<br />

las respectivas ofertas presentadas.<br />

27. CONFORMIDAD CON EL SERVICIO<br />

Los servicios prestados serán controlados por la Contraparte, quién podrá realizar<br />

observaciones por escrito si a su juicio entiende que no se ajusta a lo pactado, o<br />

resulta inconveniente a la URSEC. Las observaciones se realizarán a través de<br />

Órdenes de Servicio, que serán notificadas al contratista.<br />

En el caso de que algún aspecto del servicio no se adecue a lo establecido en el<br />

presente Pliego, el contratista, a su costo y dentro del plazo de 10 días, deberá<br />

corregirlo, no dándose trámite a la conformidad hasta que no haya cumplido con la<br />

exigencia que corresponda, sin perjuicio de la aplicación de las multas pertinentes.<br />

Si vencido dicho plazo, el contratista no hubiese dado cumplimiento a lo solicitado, ni<br />

justificado a satisfacción de la Administración la demora originada, podrá perder la<br />

garantía de fiel cumplimiento de contrato.<br />

De no mediar observaciones la Contraparte conformará la facturación de los servicios<br />

de acuerdo con la forma de pago acordada.<br />

28. CESION <strong>DE</strong> CREDITOS<br />

15


Cuando se configure una cesión de crédito, según los artículos 1737 y siguientes del<br />

Código Civil: a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario<br />

todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún las meramente<br />

personales, b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer<br />

efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y por el<br />

cumplimiento del servicio.<br />

29. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO<br />

29.1 La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los<br />

oferentes, adjudicatarios o contratistas, derivadas de su oferta, adjudicación o<br />

contrato, podrá dar mérito a que la Administración proponga o disponga, según el<br />

caso, la aplicación de las siguientes sanciones, no siendo las mismas excluyentes y<br />

pudiendo darse en forma conjunta (dos o más de ellas):<br />

• Apercibimiento,<br />

• Suspensión del Registro de Proveedores del Estado,<br />

• Eliminación del Registro de Proveedores del Estado,<br />

• Ejecución de la garantía de Mantenimiento de Oferta,<br />

• Ejecución de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato,<br />

• Demanda por daños y perjuicios,<br />

• Publicaciones en prensa indicando el incumplimiento.<br />

29.2 Será preceptiva la comunicación de la aplicación de sanciones, multas y rescisión<br />

contractual al Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General de Comercio,<br />

Dirección del Área de Defensa del Consumidor y al Registro de Proveedores del<br />

Estado y a la empresa aseguradora, dentro del plazo de cinco (5) días de verificado el<br />

incumplimiento.<br />

30. CAUSALES <strong>DE</strong> RESCISIÓN<br />

La Administración podrá declarar rescindido el contrato, en los siguientes casos que se<br />

enumeran a título enunciativo:<br />

1) Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato,<br />

2) El vencimiento del plazo cuando estén cumplidas todas las obligaciones<br />

emergentes del mismo,<br />

3) Descuento de multas en hasta tres (3) facturas.<br />

4) Rescisión por el incumplimiento del contratista de las obligaciones referidas al<br />

servicio, o a las condiciones establecidas en el presente Pliego.<br />

5) El mutuo acuerdo de las partes.<br />

6) La resolución judicial por incumplimiento del Estado, decretada por sentencia<br />

basada en autoridad de cosa juzgada.<br />

31. RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO <strong>DE</strong>L CONTRATISTA<br />

La URSEC podrá unilateralmente tener por resuelto el contrato, de pleno derecho, en<br />

los siguientes casos:<br />

1) Si se configurara alguna de las previsiones expresas de los Documentos de la<br />

Licitación a que establecen la rescisión para determinado incumplimiento,<br />

2) Si el contratista – o cualquiera de sus integrantes en caso de consorcio o<br />

asociaciones – ingresara en algún incumplimiento de sus obligaciones en especial:<br />

rendimiento e idoneidad del equipo de trabajo.<br />

16


3) Si el contratista se negara voluntariamente a cumplir con cualquiera de sus<br />

obligaciones,<br />

4) Si pasaran más de quince (15) días luego de que el contratista fuese intimada a<br />

cumplir con cualquiera de sus obligaciones y no diere cumplimiento a las mismas.<br />

5) Si el contratista incurriera en omisión de prestar alguno de los servicios<br />

contratados por más de tres (3) oportunidades o en una (1) sola oportunidad<br />

cuando ello aparejare consecuencias negativas en el funcionamiento de la<br />

URSEC:<br />

6) Si el contratista incurriera en cualquier violación al deber de confidencialidad y<br />

exclusividad.<br />

7) Si el contratista cediera total o parcialmente, directa o indirectamente, el contrato.<br />

8) Si la URSEC tuviera que recurrir a terceros, en virtud del incumplimiento<br />

constatado para que hagan en lugar del contratista, los servicios pactados con<br />

ésta, sin perjuicio de la opción establecida en el punto 22.<br />

La rescisión por incumplimiento del contratista aparejará la ejecución de la garantía de<br />

fiel cumplimiento del contrato, la responsabilidad por los daños y perjuicios causados y<br />

no cubiertos por dicha garantía, y el cobro de las multas generadas.<br />

Asimismo, todos los suministros efectuados hasta ese momento por el contratista<br />

quedarán a beneficio de la URSEC.<br />

32. INFORMES A EMITIR<br />

Los informes a emitir por parte de la firma Adjudicataria serán dos, de acuerdo al<br />

siguiente detalle:<br />

a. Informe de Avance: al mes de inicio de las actividades, que describa los<br />

progresos realizados, incluyendo demos de aplicaciones principales, tales<br />

como procesos de asignación de frecuencias discretas, cálculos de cobertura<br />

de diversos sistemas y servicios, etc.<br />

b. Informe Final: al sexto mes de actividades, que resuma todo lo actuado,<br />

establezca las conclusiones y presente la totalidad de las aplicaciones<br />

informáticas en condiciones óptimas de puesta en producción.<br />

33. FORMA <strong>DE</strong> PAGO<br />

Los pagos por los servicios adjudicados se realizarán previo pronunciamiento por parte<br />

de esta Administración en cuanto a la conformidad del servicio. El pago se efectuará a<br />

través de la Contaduría General de la Nación, crédito SIIF (60 días).<br />

Con la aceptación conforme por parte de la Administración del Informe de Avance<br />

referido en el punto 32 del presente Pliego, la URSEC estará en condiciones de<br />

autorizar el desembolso de hasta el 30% (treinta por ciento) del monto adjudicado.<br />

Con la aceptación conforme por parte de la Administración del Informe Final referido<br />

en el punto 32 del presente, y habiéndose efectuado la Recepción provisoria Pliego, la<br />

URSEC estará en condiciones de autorizar el desembolso del saldo pendiente del<br />

monto adjudicado.<br />

El pago por el soporte técnico y el mantenimiento, luego de vencido el período de<br />

garantía, se realizará en forma mensual.<br />

17


La empresa adjudicada, una vez emitida la Conformidad de Servicio, deberá entregar<br />

en la Sede de dicha Unidad Reguladora -Oficina de Compras- las facturas de crédito<br />

por el concepto y valor que corresponda para dar trámite al referido pago.<br />

Los intereses o recargos para el caso de atrasos en los pagos, siempre que dicho<br />

atraso sea imputable a la URSEC, se calcularan a través de la aplicación del Índice de<br />

Precios al Consumo (IPC), por el período de atraso que corresponda.<br />

34.- PROPIEDAD INTELECTUAL<br />

Los programas fuentes, definiciones de objetos informáticos y demás productos que<br />

resulten de las actividades realizadas por la Empresa adjudicataria bajo el presente<br />

Contrato serán de propiedad exclusiva de la URSEC, por lo que no podrán ser<br />

utilizados ni total ni parcialmente sin su consentimiento expreso.<br />

35.- EXCLUSIVIDAD<br />

Durante la ejecución del contrato, los integrantes del equipo técnico están<br />

imposibilitados de prestar servicios en forma directa o indirecta a los regulados por la<br />

URSEC.<br />

18


ANEXO I LP 72/ 2009<br />

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS<br />

Y PRESTACIONES <strong>DE</strong>L SISTEMA A CONTRATAR<br />

1.- OBJETO<br />

El objeto del presente llamado consiste en adquirir, un Sistema Informático modular e integrado<br />

de planificación, administración, y contralor del espectro radioeléctrico, en la modalidad “llave<br />

en mano” para ser utilizado por la URSEC en el cumplimiento de sus cometidos, de acuerdo a<br />

las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y con el Reglamento de<br />

Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones<br />

2.- SUMINISTRO<br />

El suministro de este llamado consiste en:<br />

1. Un Sistema Informático modular e integrado de planificación, administración, y<br />

contralor del espectro radioeléctrico, en la modalidad “llave en mano”<br />

2. Instrucción teórico-práctica a usuarios y personal de informática, para la utilización y<br />

administración del sistema, (cupo máximo de 20 personas) de URSEC, con una carga<br />

horaria total mínima de 20 horas.<br />

3. Los servicios vinculados al soporte técnico y mantenimiento y actualizacion de las<br />

versiones de software adquirido por un período de 2 años luego de vencido el período<br />

de garantía. En caso de considerarlo conveniente URSEC podrá extender dicho<br />

servicio por un período máximo de 2 años más.<br />

4. Como ítem de cotización obligatoria y opcional para URSEC, se solicita el suministro<br />

del equipamiento informático e instrumental requerido para la implantación del sistema,<br />

incluyendo hardware y software de base, “updates/upgrades” necesario de servidores,<br />

y PCs, en función del GAP existente entre el equipamiento actualmente disponible en<br />

la URSEC (Anexo I punto 3.c d e) y los requerimientos de la solución propuesta.<br />

Los ítems incluidos en los componentes antes mencionados comprenden como mínimo:<br />

3.- ALCANCE<br />

• brindar a la URSEC las licencias, actualizaciones “Updates” (actualizaciones<br />

de la misma versión del software) y “Upgrades” (actualización a una nueva<br />

versión del software)<br />

• desarrollar las adaptaciones requeridas por el sistema para ajustarse a los<br />

requerimientos funcionales particulares de URSEC, en función de lo que se<br />

describe en este documento,<br />

• implementar la solución, en base a la estrategia que para tales efectos defina<br />

el proveedor con la aprobación de la Unidad Reguladora, incluyendo las<br />

instancias de prueba de la misma,<br />

El trabajo a desarrollar comprenderá como mínimo las siguientes actividades que<br />

se realizarán tomando en consideración las Directrices de diseño para la<br />

elaboración de sistemas avanzados de gestión automática del espectro,<br />

1


contenidas en la versión vigente más reciente de la Recomendación UIT-R<br />

SM.1370:<br />

a. Relevamiento de la normativa aplicable al Sector Radiocomunicaciones –<br />

incluyendo Radiodifusión y TV para Abonados por vínculo radioeléctrico.<br />

b. Relevamiento de los procedimientos administrativos, contables, jurídicos y<br />

técnicos involucrados.<br />

c. Relevamiento de las especificaciones de los equipos que conforman el sistema<br />

de monitoreo y comprobación técnica del espectro radioeléctrico con que<br />

cuenta URSEC.<br />

d. Relevamiento y análisis de las distintas Bases de Datos existentes en URSEC<br />

y que contienen información sobre los diversos agentes, servicios, sistemas y<br />

estaciones del Sector Radiocomunicaciones.<br />

e. Diseño, elaboración, instalación y puesta en operación de un Sistema<br />

Informático modular e integrado de planificación, administración y contralor del<br />

espectro radioeléctrico, compatible con los sistemas informáticos existentes en<br />

URSEC.<br />

Dicho Sistema debe contemplar, como mínimo:<br />

1. las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones de<br />

la UIT en su versión 2008 o la vigente al momento de la<br />

implementación (en adelante RR):<br />

2. las Recomendaciones de la UIT-R que correspondan;<br />

3. las disposiciones técnicas particulares del Uruguay, incluyendo<br />

el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias;<br />

4. la planificación, cálculo, simulación, coordinación y asignación<br />

de canales radioeléctricos en los diversos servicios de<br />

radiocomunicaciones;<br />

5. el otorgamiento de autorizaciones de sistemas de<br />

radiocomunicaciones, de licencias y permisos de estaciones<br />

radioeléctricas;<br />

6. la expedición de certificados en el ámbito de los servicios móvil<br />

marítimo y móvil aeronáutico;<br />

7. la realización de la facturación asociada que se integre con el<br />

sistema de facturación existente en la Unidad Reguladora.<br />

8. el análisis de compatibilidad electromagnética intra y extra<br />

servicios y extra-sistemas;<br />

9. el despliegue de la información de estaciones y sistemas,<br />

incluyendo sus diversas áreas de servicio, en mapas digitalizados<br />

del Uruguay con resoluciones que contemplen los diversos medios<br />

de propagación compatibles con los servicios de<br />

radiocomunicaciones y bandas de frecuencias de operación (zonas<br />

urbanas, zonas rurales, perfiles de terrenos, etc.);<br />

10. el análisis de compatibilidad electromagnética en el rango de 9<br />

kHz. a 40 GHz;<br />

11. la planificación del espectro radioeléctrico en el rango de 9<br />

kHz. a 300 GHz;<br />

12. la interacción con el sistema de monitoreo y comprobación<br />

técnica de emisiones, permitiendo una dinámica verificación de<br />

parámetros de operación;<br />

13. las interfaces con los equipos de comprobación técnica del<br />

espectro radioeléctrico;<br />

2


14. las evaluaciones teóricas de cumplimiento de los límites de<br />

RNI;<br />

15. las notificaciones automáticas a UIT;<br />

16. la gestión de denuncias de interferencias en el espectro;<br />

f. la difusión, validación y ajustes de los diversos módulos informáticos mediante<br />

pruebas piloto, tests e instancias de información e intercambio con personal de<br />

URSEC hasta su definitiva puesta en funcionamiento<br />

g. Capacitación del personal de URSEC en la operación y mantenimiento<br />

referido, contemplando diferentes instancias (colectivas e individuales) así<br />

como diferentes perfiles de usuarios.<br />

La instalación se hará en la red Intranet de URSEC y utilizando sus propios medios<br />

informáticos de comunicación (red y respectivos servidores) y de conservación de datos (Base<br />

de Datos).<br />

El Sistema deberá prever interfaces con otras aplicaciones utilizadas en URSEC.<br />

La empresa debe cotizar las correspondientes licencias de software para la existencia de los<br />

puestos de trabajo en posiciones internas de URSEC discriminando:<br />

• Para altas, bajas y modificaciones<br />

• Para consultas<br />

Dicha cotización deberá realizarse tanto en forma unitaria como en lotes de varios usuarios.<br />

Se valorará que la estructura de software proporcione posibilidades de fácil ampliación, como<br />

por ejemplo, aplicaciones especiales que a futuro debieran integrarse completamente con el<br />

software operativo principal.<br />

Se proporcionarán los procedimientos de modificación del banco de datos a fin de su<br />

adaptación por parte del personal correspondiente de URSEC. Dichos cambios serán<br />

registrados por los mecanismos de seguridad del sistema para su auditoria.<br />

Será responsabilidad de los oferentes el relevamiento y evaluación del equipamiento<br />

informático disponible en URSEC (hardware y software) para la determinación de las<br />

necesidades inherentes a la implementación y funcionamiento del sistema, las que deberán ser<br />

incorporadas por el oferente de manera de garantizar el éxito del proyecto. Será<br />

responsabilidad del adjudicatario el funcionamiento completo de la solución propuesta ya sea<br />

que utilice o no hard/software previamente disponible en URSEC.<br />

Se debe prever al menos capacidad de operación para un plazo mínimo de cinco (5) años en<br />

proyección de operación normal.<br />

3.1. Requerimientos genéricos de Ingeniería<br />

El componente de ingeniería debe ser constituido por los módulos que respondan a las<br />

necesidades de cada uno de los diversos servicios de Radiocomunicaciones. No obstante cada<br />

módulo, individualmente, debe permitir el acceso a la Base de Datos Central.<br />

Asimismo hará uso de un interfaz gráfico a través del cual el usuario pueda acceder a los<br />

mapas, haciendo uso de la información digitalizada del terreno y permitirá la aplicación de las<br />

Recomendaciones (actualizadas a la fecha de instalación del sistema) contenidas en el RR y<br />

de las Recomendaciones de la UIT-R.<br />

Se requiere que el componente de ingeniería suministre:<br />

• Ventanas de trabajo en español (preferente) o inglés<br />

3


• Búsqueda, a través de la Base de Datos Central de Gestión del Espectro, de<br />

las estaciones que obedecen a los criterios que determine en cada caso el<br />

usuario (por ejemplo: área geográfica, servicios de Radiocomunicaciones,<br />

frecuencias asignadas, etc.);<br />

• Posibilidad de exportación de áreas (o perfiles) de terreno así como valores<br />

resultantes de cualquier cálculo (ejemplo: valores de campo eléctrico) que<br />

corresponda a esta área o al perfil. Estos datos tendrán que ser asociados a<br />

las coordenadas geográficas;<br />

• Existencia de un interfaz de usuario común que permita una transición fácil de<br />

cada usuario de un servicio a otro servicio;<br />

• Cálculos que tengan en cuenta varios tipos de parámetros tales como potencia<br />

de RF, intensidad de campo eléctrico, magnético, etc. en las diversas<br />

unidades;<br />

• Determinación de los productos de intermodulación;<br />

• Utilización de modelos de propagación que consideren los mapas digitales de<br />

terreno, basados en la Rec. UIT-R P.1144;<br />

• Utilización de librerías con diagramas típicos de radiación de antenas;<br />

• Utilización de modelos de propagación, reflexión y múltiple difracción (caso<br />

Recomendaciones UIT-R 370 – 525 – 1546 – 529 – 1146, GRWAVE, FCC,<br />

Epstein-Peterson / Deygout / Vogler / Bullington, Longley/Rice, Okumura/Hata,<br />

etc.<br />

3.1.1. Requerimientos específicos de los servicios<br />

3.1.1.1 Servicio Fijo (Punto a punto y Punto a multipunto)<br />

Para este servicio deben ser implementadas las funciones siguientes:<br />

• Análisis de enlaces analógicos y digitales (de acuerdo a la Recomendación.<br />

UIT-R P.530);<br />

• Análisis de la propagación (de acuerdo a las Recomendaciones UIT-R P.525,<br />

P.526 y P.530);<br />

• Análisis de interferencias (de acuerdo a la Recomendación UIT-R P.452 y para<br />

diferentes degradaciones de los enlaces existentes considerando, por ejemplo,<br />

la Rec. UIT-R F.758);<br />

• Asignación de frecuencias para enlaces punto-punto y punto-multipunto;<br />

• Posibilidad de contar con diversas canalizaciones de bandas.<br />

Tendrán que estar disponibles, entre otras, las siguientes facilidades:<br />

• Visualización en mapas de las estaciones, enlaces y de potenciales estaciones<br />

interferentes;<br />

• Representación gráfica de los perfiles de terreno, de los valores respectivos de<br />

la intensidad de campo o potencia de RF (por lo menos el 1er. Elipsoide de<br />

Fresnel) y determinación de los puntos de reflexión;<br />

• Determinación de áreas de cobertura para un conjunto de enlaces puntomultipunto<br />

con indicación de los contornos isocampo;<br />

• Determinación de pérdidas de espacio libre, de absorción atmosférica y de<br />

difracción;<br />

• Cálculos de la Calidad y Disponibilidad del enlace considerando la lluvia, el<br />

“fading” y las características de los equipos;<br />

4


3.1.1.2. Servicio Móvil<br />

• Análisis de interferencias para diversos porcentajes de tiempo (anual y/o<br />

mensual);<br />

• Estudios de la visibilidad, indicando la existencia de línea de vista entre<br />

cualquiera de los puntos terminales;<br />

• Coordinación entre las estaciones terrenas y estaciones del servicio fijo<br />

terrestre, permitiendo el cálculo de contornos de acuerdo al Apéndice 7 del RR;<br />

• Cálculo detallado de interferencias entre las estaciones del servicio fijo<br />

terrestre y las estaciones terrenas (de acuerdo a la Recomendación UIT-R<br />

P.452);<br />

• En caso de inexistencia de diagramas de radiación de las antenas, estimar sus<br />

diagramas con recurso a las Recomendaciones relevantes de la UIT-R (por<br />

ejemplo UIT-R F.699, F.1336 o F.1245);<br />

• Posibilidad de efectuar cálculos de propagación para HF (UIT-R P.533) y para<br />

frecuencias entre los 30 y 700 MHz.<br />

• Actualización de la base de datos con la información contenida en las<br />

Circulares Semanales del UIT-R;<br />

• Utilización de los formularios correspondientes y notificación en formato<br />

electrónico de las estaciones al UIT-R;<br />

• Gestión de coordinación internacional de radioenlaces transfronterizos<br />

• Asistente para procesar tareas complejas de modo automático o manual de<br />

modo de facilitar las tareas del usuario haciéndolas más eficientes,<br />

permitiéndole realizar consultas, manejo de los mapas, etc.<br />

• Análisis del espectro. Debe ser posible la visualización de la intensidad de<br />

campo o la potencia de recepción calculadas de los transmisores<br />

seleccionados en una posición determinada en un gráfico de 3D. La<br />

actualización de los gráficos cuando se mueve el receptor en el mapa debe ser<br />

automática.<br />

• Cálculo de las señales reflejadas del radar y superposición de los resultados<br />

del área en los mapas de carreteras.<br />

• Selección de frecuencias (exploración) y análisis de desensibilización,<br />

incluyendo un informe detallado de los resultados.<br />

Para este servicio deben ser implementadas las funciones siguientes:<br />

• Asignación de frecuencias para el servicio móvil terrestre, aeronáutico y marítimo;<br />

• Análisis de propagación (utilizando los modelos adecuados incluyendo los referidos en<br />

las Recomendaciones UIT-R P.525 y P.1546);<br />

Tendrán que estar disponibles, entre otras, las siguientes facilidades:<br />

• Implementación de métodos alternativos para asignación de frecuencias –<br />

utilización en el marco de sistemas de uso propio (no destinados a la<br />

prestación de servicio de telecomunicaciones);<br />

• Utilización de planes de frecuencia basados en celdas configurables para el<br />

servicio móvil terrestre – utilización en el marco de sistemas privados;<br />

• Predicción de la intensidad de campo con base en diversos modelos<br />

propagación en las bandas de VHF y UHF (que pueden incluir por ejemplo<br />

Okumura-Hata o Egli);<br />

5


• Predicción de la zona de cobertura en función de los porcentajes del tiempo y<br />

de los locales. Posibilidad de representación del perfil de terreno para azimut<br />

especificados con el nivel del campo en función de la distancia al transmisor;<br />

• Análisis de interferencias entre diversas posibilidades de asignación de<br />

frecuencias considerando diversos modelos de propagación;<br />

• Actualización de la base de datos con la información contenida en las<br />

Circulares Semanales del UIT-R;<br />

• Utilización de los formularios correspondientes y notificación en formato<br />

electrónico de las estaciones al UIT-R;<br />

• Análisis de cobertura e interferencias de las redes de telecomunicaciones<br />

móviles (CDMA, GSM, TDMA, sus evoluciones tecnológicos y cualquiera de los<br />

estándares IMT e IMT avanzados);<br />

• Gestión de coordinación internacional de estaciones bases/fijas en zonas de<br />

frontera.<br />

3.1.1.3. Servicio de Radiodifusión Sonora analógica y digital (OC, AM, FM, etc.), Servicio<br />

de Radiodifusión Televisiva analógica y digital (VHF y UHF),Servicio de TV para<br />

Abonados (analógica y digital en UHF y MMDS)<br />

Para estos servicios deben ser implementadas las facilidades siguientes:<br />

• Planificación de canales;<br />

• Asignación de frecuencias;<br />

• Coordinación internacional, contemplando la diversidad de estándares<br />

tecnológicos;<br />

• Uso de modelos de propagación de terreno que contemplen el efecto de<br />

difracción;<br />

• Cálculos de la intensidad del campo y/o potencia de acuerdo a las<br />

Recomendaciones UIT-R P.1546 y P.525 y curvas FCC;<br />

• Predicción de la zona de cobertura en función de los porcentajes de tiempo y<br />

de los locales. Posibilidad de representación del perfil de terreno para azimut<br />

especificados con el nivel del campo en función de la distancia al transmisor;<br />

• Cálculos para LF/MF (Plan de Río – RJ81 y RJ88).<br />

• Cálculos de interferencias entre estaciones ubicadas en el territorio nacional<br />

• Cálculos de interferencias de estaciones nacionales con estaciones ubicadas<br />

en el exterior del país;<br />

• Actualización de la base de datos con la información contenida en las<br />

Circulares Semanales del UIT-R;<br />

• Utilización de los formularios correspondientes y notificación en formato<br />

electrónico de las estaciones al UIT-R;<br />

• Cálculos de compatibilidad con sistemas aeronáuticos (Recomendación. UIT–R<br />

SM.1009);<br />

• A los efectos de la coordinación y cálculos de interferencia, deberá contemplar<br />

las asimetrías en los avances y tecnologías adoptadas ya sean analógicos o<br />

digitales<br />

3.1.1.4. Otras aplicaciones<br />

Tendrán que ser implementadas herramientas que permitan las facilidades siguientes:<br />

6


• Cálculo de zonas de cobertura e interferencia teniendo en cuenta los efectos del<br />

terreno y las características de las antenas;<br />

• Actualización de la base de datos con la información contenida en las Circulares<br />

Semanales del UIT-R sobre servicios espaciales;<br />

• Estimación del campo electromagnético en el entorno de las estaciones de<br />

radiocomunicaciones bases y fijas, con el objetivo e evaluar el cumplimiento de los<br />

límites de exposición a campos electromagnéticos.<br />

3.2. Requerimientos genéricos de Administración<br />

El componente de administración cumplirá los requerimientos genéricos siguientes:<br />

• Ventanas de trabajo en español;<br />

• Soporte de todo proceso de permisos de estaciones, desde la entrada de datos hasta<br />

la impresión de formularios, generación de informes y estadísticas;<br />

• Registro, visualización, modificación, impresión y mantenimiento de toda la información<br />

asociada al uso de las estaciones de radiocomunicaciones;<br />

• Efectuar el mantenimiento del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias;<br />

Las funciones indispensables que el componente de administración cumplirá se deben basar<br />

en las partes relevantes del capitulo 8 de la Recomendación UIT-R SM.1370-1 y en particular<br />

se destacan las siguientes facilidades:<br />

• Procesamiento de todas las tareas de manipulación de los registros (creación, edición,<br />

modificación, supresión, consulta, validación y mantenimiento del histórico);<br />

• Procesamiento de todo el trámite de licenciamiento, incluyendo el tratamiento de la<br />

solicitud, la emisión de la licencia, la renovación, la alteración, la cesión y la<br />

cancelación;<br />

• Creación, mantenimiento y emisión de informes configurables por el usuario de<br />

acuerdo a sus necesidades;<br />

• Generación de los datos necesarios para la facturación;<br />

• Tratamiento estadístico de los datos técnicos y administrativos;<br />

• Generar de forma automática todos los formularios de notificación que URSEC debe<br />

enviar a la UIT-R;<br />

• Generar los documentos de coordinación necesarios para las negociaciones con los<br />

países vecinos sobre el uso del Espectro Radioeléctrico;<br />

• Mantenimiento del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias.<br />

3.2.1. Requerimientos específicos<br />

El software de gestión tendrá que hacer todos los procesos de autorización de acuerdo a lo<br />

regulado por la normativa vigente para:<br />

• Estaciones de los servicios fijos terrestres;<br />

• Estaciones de los servicios móviles (terrestres en todas las modalidades de sistemas –<br />

incluyendo banda ciudadana -, marítimos y aeronáuticos);<br />

• Estaciones del servicio de radiodifusión (Sonido y Televisión);<br />

• Estaciones del servicio de TV para abonados;<br />

• Estaciones del servicio de radioaficionados;<br />

• Estaciones terrenas en los servicios espaciales;<br />

• Estaciones satelitales comprendidos en los servicios fijo y móvil por satélite.<br />

7


Por lo tanto tendrá opciones para creación, administración y mantenimiento del Cuadro<br />

Nacional de Atribución de Frecuencias, tanto nacionales como internacionales (puesta al día de<br />

acuerdo a lo establecido en el Artículo 5) posibilitando que el usuario haga su gestión. Son<br />

indispensables las siguientes facilidades:<br />

• Creación y actualización automática del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias<br />

con base en los datos existentes en la Base de Datos;<br />

• Actualización automática de los planes detallados de asignación de frecuencias;<br />

• Posibilidad de generación automática del plan de disposición de canales con<br />

parámetros ingresados por el usuario;<br />

• Capacidad de almacenamiento y extracción de notas al pie del Cuadro Nacional de<br />

Atribución de Frecuencias;<br />

• Extracción de pares de canales radioeléctricos y notas aplicables que ratifican los<br />

parámetros especificados por el usuario;<br />

• Proporcionar extractos del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias por bandas<br />

de frecuencia en presentación automática con objeto de comprobar si una asignación<br />

de frecuencia es válida.<br />

• Registro, visualización, modificación, selección e impresión de datos relativos a las<br />

frecuencias previstas en el RR y en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.<br />

Los datos tendrán que ser entregados en formato de informe impreso y en formato<br />

archivo electrónico (por ejemplo en formato “pdf” y HTML).<br />

3.3. Base de Datos – Requerimientos genéricos<br />

En la Base de Datos estarán registrados todos los datos Técnicos y Administrativos de las<br />

licencias de las Estaciones y Redes de Radiocomunicaciones y otros Servicios de<br />

Telecomunicaciones. Los datos Administrativos y Técnicos tienen como referencia los datos<br />

indicados en el anexo 1 de la Recomendación UIT - R SM. 1370. También, se encontrarán los<br />

datos relativos a:<br />

• Planes de frecuencias nacionales e internacionales con las necesarias normativas por<br />

servicios, tanto nacionales como internacionales (Artículo S5 del RR-UIT);<br />

• Datos necesarios a la facturación;<br />

• Reglamentación jurídica;<br />

• Datos de las autorizaciones de prestación de servicios e instalación y operación de<br />

sistemas y estaciones radioeléctricas;<br />

• Datos del monitoreo del Espectro Radioeléctrico recogidas en todo el País;<br />

• Datos administrativos y técnicos referidas a equipos de radiocomunicaciones de<br />

homologación y/o registro;<br />

• Biblioteca de la cartografía a utilizar. La cartografía a utilizar debe estar basada en la<br />

información digital terrenal del territorio de Uruguay y con el mapa mundial digitalizado<br />

de la UIT IDWM (ITU Digitized World Map).<br />

• La cartografía tendrá una resolución igual o mejor a 50 m por país y de 5 m para<br />

ciudades<br />

La utilización de la Base de Datos debe permitir, entre otras, las facilidades siguientes:<br />

• Interfaz gráfica para el trabajo simultáneo con datos de monitoreo y con datos técnicos<br />

del sistema de Gestión del Espectro;<br />

• Archivo y visualización gráfica de datos de monitoreo en mapas y gráficas, 2D y 3D;<br />

• Visualización de canales radioeléctricos asignados y no asignados;<br />

• frecuencias libres y ocupadas;<br />

• Detección automática de las emisiones no permitidas;<br />

8


• Detección automática de las emisiones con parámetros que no están en conformidad<br />

con la licencia;<br />

• Representación en mapas de las estaciones radioeléctricas autorizadas;<br />

• Funciones de selección para exportación y eliminación de datos de monitoreo<br />

incluyendo la ocupación espectral;<br />

• Producción de análisis, estadísticas e informes, de acuerdo a los requisitos del<br />

usuario;<br />

• Manipulación de la cartografía (importación y exportación de los formatos comunes en<br />

el mercado, ejemplo: MSI Planet, ESRI BIL, ASCII-GRID, TIFF, MapInfo MIF, etc).<br />

Se le suministrará a la empresa adjudicataria toda la información relativa a licencias y<br />

autorizaciones de servicios y sistemas de telecomunicaciones, licencias y permisos de<br />

estaciones radioeléctricas de las Estaciones de forma que la empresa proceda a cargar en la<br />

base de datos que proveerá. El software deberá contar con los campos necesarios para<br />

efectuar dicha carga.<br />

3.4. Seguridad y gerenciamiento de usuarios<br />

Se deberán detallar los mecanismos y procedimientos de seguridad física y lógica ofrecidos<br />

para el sistema, así como sus facilidades de administración.<br />

Los métodos usados en la autenticación de los usuarios del sistema tendrán que ser indicados,<br />

entre los cuales conste:<br />

• Encriptación del intercambio de “logins/passwords”;<br />

• Algoritmo utilizado;<br />

• Implantación de gerenciamiento de usuarios;<br />

• Indicación de las medidas disponibles de protección contra el acceso no autorizado;<br />

• Políticas de “backup”;<br />

• Planes de contingencia y continuidad.<br />

3.5. Implementación e Instrucción teórico-práctica<br />

Las ofertas deberán dejar claro el proceso de implementación y la instrucción teórico-práctica<br />

necesaria.<br />

Se deberá detallar:<br />

• Un plan de implementación;<br />

• Un plan del mantenimiento periódico;<br />

• La cantidad de licencias incluidas en la oferta;<br />

• Acceso al helpdesk para apoyo a los usuarios y a los técnicos<br />

Debe ser definido un plan de instrucción que proporcione a los usuarios del sistema toda la<br />

información necesaria, siendo la preparación de la capacitación responsabilidad del proveedor.<br />

Se instruirá en el funcionamiento y operación del software/hardware ofertado en todas sus<br />

funcionalidades La misma incluirá material a entregar a los asistentes (cupo máximo 20<br />

personas) conformado por personal técnico e informático de URSEC. Los oferentes deben<br />

indicar en sus ofertas los requisitos necesarios que los usuarios deben poseer para garantizar<br />

un aprovechamiento total de la capacitación. También se debe indicar el modo de certificación<br />

de los usuarios que sean aprobados en la capacitación.<br />

El plan de instrucción debe ser teórico-práctico sobre el manejo del software, en castellano y<br />

con bibliografía en castellano o inglés. Se especificará la duración en horas que el oferente<br />

estime conveniente para cada uno de estos dos ítems, con un mínimo de 20 (veinte) horas<br />

9


efectivas. El plan debe ser aprobado por parte de URSEC, evaluándose el contenido<br />

programático y cronograma, reservándose la Unidad Reguladora el derecho de modificarlos<br />

parcial o totalmente.<br />

3.6. Mantenimiento<br />

Se considera mantenimiento el conjunto de las acciones efectuadas por el proveedor para<br />

mantener o reponer el sistema en buenas condiciones de funcionamiento, incluyendo<br />

revisiones preventivas, evolutivas, mantenimiento remoto y reparación de averías.<br />

El mantenimiento incluirá la corrección de todos los errores detectados así como la<br />

actualización del Software de Gestión en lo que concierne:<br />

• estar al día con las Recomendaciones de UIT-R y con el Reglamento de<br />

Radiocomunicaciones. Los oferentes deberán indicar el plazo necesario para efectuar<br />

esas actualizaciones;<br />

• la forma en la cual se procederá a la actualización del Software de Gestión, en<br />

particular, a partir de la modificación de los programas estándar (operativos).<br />

Las ofertas indicarán todos los costos relativos al mantenimiento del sistema, así como las<br />

condiciones de su ejecución. Las revisiones preventivas incluyen todos los servicios necesarios<br />

para mantener el sistema en buenas condiciones de funcionamiento. Los oferentes indicarán la<br />

frecuencia y la duración de las revisiones preventivas que se considera necesario efectuar.<br />

En caso de mantenimiento correctivo deberá ser indicado el tiempo máximo de espera de<br />

intervención para diferentes tipos de errores (errores graves, medios y menores). Sin perjuicio<br />

de ello, se podrá solicitar la atención de cada incidente por teléfono o dirección de correo<br />

electrónico y deberá ser contestada en un máximo de 24 horas en los días de actividad de la<br />

Unidad Reguladora (días hábiles, de Lunes a Viernes de 9 a 17 horas).<br />

El oferente deberá garantizar la actualización de versiones del software durante el período de<br />

mantenimiento. Esto implica realizar sin ningún tipo de costo para URSEC:<br />

• “Updates” (actualizaciones de la misma versión del software)<br />

• “Upgrades” (actualización a una nueva versión del software)<br />

En todos los casos el oferente se comprometerá a suministrar toda la asistencia técnica que<br />

sea necesaria, en el local de URSEC, para asegurar el buen funcionamiento del software<br />

3.7. Documentación<br />

La documentación debe ser suministrada en idioma español, con copias en papel y en<br />

CD/DVDs.<br />

Los oferentes se obligan a proveer las actualizaciones de los documentos con respecto a todos<br />

los componentes del Software de Gestión en la medida de su puesta en práctica y evolución.<br />

El “Manual del Usuario” debe incluir la descripción de todas las características de<br />

funcionamiento del Software de Gestión suficiente para permitir a un usuario sin experiencia su<br />

utilización. En particular debe:<br />

• explicar el procedimiento utilizado para gestionar una asignación de frecuencia;<br />

• modificar los parámetros que gobiernan el funcionamiento del software (mediante la<br />

utilización de cuadros de datos modificables por el usuario);<br />

• proteger y archivar los datos de la forma necesaria para garantizar su seguridad.<br />

La documentación a proveer, además del manual de usuario, deberá estar compuesta como<br />

mínimo de lo siguiente:<br />

10


• Tres (3) Manuales de gestor del sistema que describa los procedimientos y<br />

mecanismos de gestión del sistema.<br />

• Tres (3) Manuales de referencia organizados de conformidad con las áreas de<br />

funcionamiento lógico que incluya organigramas donde se detalle el funcionamiento de<br />

las áreas funcionales específicas.<br />

• Tres (3) Manuales del administrador proporcionado por el proveedor original del<br />

soporte lógico de la gestión de la Base de Datos.<br />

4. ORGANIZACIÓN <strong>DE</strong>L TRABAJO<br />

La organización del trabajo se definirá entre la firma Adjudicataria y el grupo de trabajo definido<br />

por la Comisión Directora de URSEC.<br />

5. PLAZOS PARA LA EJECUCIÓN <strong>DE</strong>L TRABAJO<br />

El trabajo se desarrollará en un plazo máximo de 6 (seis) meses calendario. La URSEC<br />

suministrará la información sobre los procedimientos empleados y las reglamentaciones del<br />

sector. La empresa contratada será responsable de obtener la información y referencias<br />

adicionales que sean necesarias.<br />

6. RECEPCIÓN<br />

6.1. Recepción provisoria<br />

Una vez cumplidas la instalación y configuración inicial, y se haya remitido el Informe final<br />

(Condiciones Generales art. 31) por parte de la empresa adjudicataria se otorgará la recepción<br />

provisoria del suministro en un plazo no mayor a 10 días calendario.<br />

Se realizarán las pruebas de aceptación del software (y hardware) verificando el buen<br />

funcionamiento según las especificaciones técnicas solicitadas.<br />

Si al realizar dichas pruebas surgieran observaciones e indicaciones relativas a defectos,<br />

imperfecciones o vicios, URSEC rechazará el suministro y hará llegar por escrito al contratista<br />

sus conclusiones. Se continuará a partir de ese momento el cómputo del plazo de entrega para<br />

el suministro para una eventual aplicación de multas por atraso.<br />

Se tomará como fecha de iniciación del período de garantía del suministro recibido, la<br />

establecida en la recepción provisoria.<br />

6.2. Recepción definitiva<br />

Si se demostrara que los eventuales defectos aparecidos durante el período de garantía han<br />

sido subsanados a satisfacción de URSEC y en general que todas las condiciones<br />

contractuales han sido cumplidas, la Administración otorgará la recepción definitiva del<br />

suministro.<br />

La recepción definitiva total del suministro y la devolución de las garantías liberará a las partes<br />

contratantes y dará por terminado el contrato.<br />

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7. GARANTÍA <strong>DE</strong>L SUMINISTRO<br />

Garantía in-situ por 36 meses (3 años), con servicio técnico integral, que cubrirá cualquier<br />

defecto de fabricación o mal funcionamiento, incluidos los repuestos y la mano de obra.<br />

El oferente deberá garantizar la actualización de versiones del software durante el período de<br />

garantía. Esto implica realizar sin ningún tipo de costo para URSEC:<br />

• “Updates” (actualizaciones de la misma versión del software)<br />

• “Upgrades” (actualización a una nueva versión del software)<br />

En caso de defectos sistemáticos, fallas importantes o incumplimiento de las obligaciones<br />

contenidas en el presente artículo, el período de garantía será suspendido sí, a juicio de<br />

URSEC, lo justifica y se reiniciará a partir de la fecha en que el problema sea subsanado o el<br />

software sea reemplazado.<br />

En todos los casos el oferente se comprometerá a suministrar toda la asistencia técnica que<br />

sea necesaria, en el local de URSEC, para asegurar el buen funcionamiento del software, sin<br />

cargo para la Unidad Reguladora.<br />

Se podrá solicitar la atención de cada incidente por teléfono o dirección de correo electrónico y<br />

deberá ser contestada en un máximo de 24 horas en los días de actividad de la Unidad<br />

Reguladora (días hábiles, de Lunes a Viernes de 9 a 17 horas). De lo contrario el período de<br />

garantía será suspendido sí, a juicio de URSEC, se justifica y se reiniciará a partir de la fecha<br />

en que el problema sea subsanado.<br />

El oferente deberá contar con representante técnico local reconocido y aprobado por el<br />

fabricante, lo que deberá ser acreditado fehacientemente, contar con domicilio en la ciudad de<br />

Montevideo, con capacidad, solvencia e infraestructura suficiente que brinde servicio de post<br />

venta por un período mínimo de 5 años después de la recepción definitiva. Se deberán<br />

proporcionar los datos de un interlocutor técnico válido.<br />

El oferente deberá incluir la propuesta de servicio de asistencia técnica que respalda el<br />

software dentro del período de la garantía, así como el que ofrece una vez que ésta caduque.<br />

En caso de incumplimiento de alguno de los ítems anteriores, URSEC se reserva el derecho de<br />

no considerar la oferta.<br />

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