22 casos prácticos sobre el juicio de amparo

22 casos prácticos sobre el juicio de amparo

La Maestría en Amparo se distingue por su metodología de enseñanza teórica-práctica, la cual se desarrolla a través del análisis de sentencias y casos prácticos. Con la modalidad on demand podrás acceder al contenido desde cualquier lugar y en cualquier momento.

Miguel Carbonell *

Abogado – Profesor – Escritor – Especialista en Derecho Constitucional

1) Se presenta una demanda de amparo firmada por quienes se ostentan como representantes jurídicos de una persona moral (una sociedad anónima). Como acto reclamado se señala la resolución de un órgano administrativo mediante el cual se le excluye de un procedimiento de licitación pública gubernamental. La empresa ganadora de dicho procedimiento comparece ante el Juzgado de Distrito y afirma que la demanda de amparo es falsa ya que las firmas que obran en dicho escrito no corresponden a la de quienes aparecen como promoventes.

¿Es susceptible una demanda de amparo de ser objetada de falsa y debe el juez de Distrito darle curso a dicha objeción?

Respuesta: ver tesis 190657.

2) Una persona se ostenta como extraña por equiparación a un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio y promueve amparo contra el emplazamiento. En dicho procedimiento no se ha emitido resolución definitiva. ¿Es procedente dicho amparo o el quejoso debe agotar los medios ordinarios de defensa previstos por la ley?

Respuesta: ver tesis 2000428.

3) Un servidor público que trabaja en el gobierno federal promueve amparo indirecto, señalando como acto reclamado el citatorio en el que se le ordena que comparezca a una audiencia, la cual forma parte de un procedimiento de responsabilidad seguido en su contra. No existe recurso ordinario que se pueda interponer contra dicho citatorio.

¿Es procedente el amparo por considerar que se trata de un acto de imposible reparación?

Respuesta: ver tesis 175221.

4) En un juicio de amparo el quejoso ofrece oportunamente la prueba testimonial. La audiencia constitucional se difiere por la presentación extemporánea del informe justificado, pero en la fecha que fue señalada originalmente para tal audiencia el quejoso no presenta a los testigos y el juez declara desierta la prueba. 

¿Es correcta la determinación del juez y debió hacerlo en la nueva fecha señalada para la celebración de la audiencia?

Respuesta: ver tesis 164953.

5) Se presenta una demanda de amparo en la que el acto reclamado es una orden de inspección sobre condiciones generales de trabajo, emitida por el delegado federal de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en la Ciudad de México.

¿La competencia le corresponde, por razón de materia, a un juzgado especializado en materia laboral, uno en materia administrativa o a cualquiera de los dos anteriores a elección del quejoso?

Respuesta: ver tesis 162192.

6) Se presenta una demanda de amparo indirecto contra una ley heteroaplicativa. Al leer la demanda la autoridad judicial se percata de que las autoridades señalada como responsables en su carácter de ejecutoras no aplicaron la norma que se está reclamando. El juez determina el desechamiento de la demanda. ¿Es correcta dicha determinación judicial?

Respuesta: no es correcto, con fundamento en la tesis 185450.

7) El juicio de amparo es improcedente cuando se esté tramitando ante tribunales ordinarios algún recurso o medio de defensa legal mediante el que se pueda modificar, revocar o nulificar el acto que se señala como reclamado en la demanda de amparo respectiva.

En un caso concreto se promueve amparo indirecto contra el emplazamiento realizado dentro de un juicio civil de prescripción positiva. En el expediente de amparo se acredita que, con posterioridad a la presentación de la demanda, el quejoso ejerció ante tribunales del fuero común la acción de nulidad de juicio concluido por procedimiento fraudulento, mediante la cual se busca nulificar todo lo actuado en el juicio de prescripción positiva que se encuentra en trámite.

¿Se debe sobreseer el amparo, dado que ha aparecido una causal de improcedencia?

Respuesta: Sí, ya que la acción de nulidad de juicio se considera como un medio de defensa ordinario en contra del acto que se está reclamando en el amparo. El quejoso no está obligado a promover dicho medio de defensa, pero si lo hace, debe concluirlo antes de intentar la acción de amparo, para respetar el principio de definitividad. Ver tesis 161092.

8) Se promueve una demanda de amparo indirecto señalando como acto reclamado la resolución que resuelve una cuestión de personalidad dentro de un procedimiento civil. Antes de que concluya el trámite de dicho amparo, se acredita que se dictó sentencia definitiva de primera instancia en el juicio del cual deriva el acto reclamado.

¿Debe el juez de Distrito dictar el sobreseimiento por haberse acreditado la causal de improcedencia por cambio de situación jurídica?

Respuesta: Sí, de conformidad con el artículo 61 de la Ley de Amparo y la tesis 172714.

9) En un procedimiento de amparo se promueve y tramita un incidente de violación a la suspensión del acto reclamado. Mientras se realiza dicha tramitación, se dicta sentencia en el expediente principal del juicio de amparo indirecto.

¿Debe el juez declarar que el incidente de violación de la suspensión se quedó sin materia?

Respuesta: No, con fundamento en la tesis 165123.

10) En un juicio de amparo indirecto en el que no opera la suplencia de la queja, el quejoso omite totalmente formular conceptos de violación.

¿Debe el juez de Distrito sobreseer el juicio al haberse presentado una causal de improcedencia?

Respuesta: ver tesis 180159.

11) Una persona extraña a un juicio ejecutivo mercantil promueve amparo contra la orden y ejecución de embargo de un bien inmueble de su propiedad y solicita que la suspensión del acto reclamado. El juez de Distrito concede la medida suspensional y procede a fijar la garantía que la Ley de Amparo exige como requisito de efectividad de la suspensión.

¿Debe el juez solicitar que se exhiba billete de depósito para tener por acreditada la garantía? ¿puede solicitar dicha exhibición en efectivo? ¿tiene el quejoso derecho a exhibir la garantía en cualquiera de las formas previstas por la ley?

Respuesta: ver tesis 175421.

12) En una demanda de amparo se señala como autoridad responsable a una Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El Presidente de la Sala, al rendir su informe justificado, niega la existencia del acto, señala que no fue la Sala sino él en su carácter de Presidente el que emitió el acto y acompaña las constancias respectivas.

¿Debe el juez de Distrito sobreseer el amparo por inexistencia del acto o porque el quejoso no señaló correctamente a la autoridad responsable? ¿puede analizar el acto reclamado y considerar que no se presenta una causal de improcedencia?

Respuesta: ver tesis 192842.

13) Se promueve una demanda de amparo, señalando como acto reclamado una orden de aprehensión. En la demanda, el abogado del quejoso señala un domicilio para oír y recibir notificaciones.

¿La competencia por razón de territorio del juez de Distrito debe establecerse a partir del señalamiento de dicho domicilio?

Respuesta: No, con fundamento en la tesis 200455.

14) Se promueve una demanda en la que el quejoso alega, con razón, que el acto reclamado se funda en leyes previamente declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. ¿Debe el juez de Distrito realizar la suplencia de la queja si en la demanda se omite el señalamiento de conceptos de violación o agravios?

Respuesta: ver tesis 175750.

15) Se promueve un amparo contra una orden de comparecencia dentro de un procedimiento del sistema penal inquisitivo mixto (por haberse iniciado dicho procedimiento antes del 18 de junio de 2016). ¿Se puede otorgar la suspensión en el procedimiento respectivo, por considerar que el acto reclamado afecta la libertad personal?

Respuesta: ver tesis 172967.

16) Un patrón promueve juicio de amparo indirecto contra todo lo actuado en el procedimiento de declaración de beneficiarios de uno de sus trabajadores recién fallecido (dicho procedimiento tiene por objeto determinar quién va a ser la persona que reciba el pago de las prestaciones que se le adeudaba al trabajador fallecido).

¿Cuenta el quejoso con interés jurídico para promover el amparo?

Respuesta: ver la tesis 196119.   

17) En una demanda se señala como acto reclamado un artículo de una ley fiscal federal. El amparo, señala el quejoso en su demanda, se promueve con motivo del primer acto de aplicación. Para acreditar dicho acto presenta copias simples de la declaración de dicho impuesto, presentada a través de medios electrónicos (internet) y del respectivo acuse de recibo en el que aparece el sello digital.

¿Puede el juez de Distrito tener por acreditado el acto de aplicación de la ley fiscal con los documentos que presenta el quejoso?

Respuesta: ver la tesis 170349.

18) Un juez de Distrito previene al quejoso en un procedimiento de amparo para que, en el término de tres días, señale nombre y domicilio del tercero interesado. Lo apercibe de tener por no presentada la demanda en caso de que no haga ese señalamiento. Al día siguiente de la notificación de la prevención el quejoso comparece por escrito y señala el nombre del tercero interesado, pero no su domicilio.

¿Debe conceder el juez un nuevo término de 3 días para prevenir al quejoso de que omitió el domicilio? ¿debe desechar la demanda? ¿qué otra cosa puede hacer?

Respuesta: ver tesis 2000702.

19) Un tribunal colegiado de Circuito requiere a la autoridad señalada como responsable dentro de un juicio de amparo en materia laboral para que acate una sentencia en la que se otorgó el amparo y protección de la justicia federal al quejoso. La autoridad interpone un recurso de queja por exceso o defecto en la ejecución de la sentencia.

¿Es válida esa interposición del recurso promovido por la autoridad responsable?

Respuesta: No, de acuerdo a la tesis 177186.

20) La parte actora en un juicio ordinario civil promueve demanda de amparo indirecto en contra de la resolución interlocutoria del juez civil de primera instancia mediante la que declara infundado el incidente (promovido por el ahora quejoso) de falta de personería de la parte demandada. No agota el recurso de apelación argumentando que la interlocutoria carece de fundamentación y, en esa virtud, considera que se actualiza una excepción al principio de definitividad que rige en materia de amparo.

El acto de la autoridad señalada como responsable en efecto carece de fundamentación. ¿Se acredita la excepción al principio de definitividad o el quejoso estaba obligado a agotar el recurso de apelación antes de acudir al amparo?

Respuesta: La excepción al principio de definitividad prevista para actos que carecen de fundamentación aplica solamente para actos administrativos, no para actos realizados dentro de procedimiento judicial, de acuerdo a lo señalado por el artículo 107, fracción IV de la Constitución mexicana.

21) Un juez de Distrito en materia civil al momento de dictar sentencia en un proceso civil federal se da cuenta que es incompetente por razón de materia, por lo que resuelve declarar dicha incompetencia y abstenerse de dictar sentencia.

¿Actuó correctamente dicho juzgador?

Respuesta: ver tesis 2000517.

22) En el marco de un proceso civil, se traba embargo sobre un vehículo automotor. Contra dicha orden judicial, se promueve por una persona un juicio de amparo indirecto y, para efectos de acreditar el interés jurídico del quejoso, se presenta la prueba documental consistente en la tarjeta de circulación del vehículo embargado. ¿Es idóneo dicho documento para acreditar la propiedad del vehículo y satisfacer la exigencia de demostrar el interés jurídico en el amparo?

Respuesta: No, ver la tesis 171897.


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2 comentarios sobre “22 casos prácticos sobre el juicio de amparo

  1. Es este un excelente método de enseñanza. Resulta necesario leer y no esperar a que se nos de la respuesta. Lo felicito y admiro por su dedicación -sin fines de lucro-, para que aquellos quienes ejercemos esta noble profesión de la abogacía continuemos crecimiento, Le mando un fuerte abrazo y le reitero mi admiración Doctor Migel Carbonell Sánchez.

  2. maestro su magna y reconocida labor la sustenta en su conotada sapiencia talento y capacidad sembrada en el trayecto como letrado, signo distintivo de su persona, soy Jose Puente Paredes, abogado que impetra una consulta sencilla pero urgente, rogandole me de audiencia en los primeros dias del mes siguiente, espero compaginar mi criterio juridico con su sapiencia, e invitar y motivar a muchos compañeros de los colegios de abogados en puebla y al aqui solicitante a tomar su curso de amparo mi cel es 2212009390 de la Ciudad de Puebla mi correo es jarimatea@live.com.mx
    espero respuesta para agendar cita de sus asistentes.

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