LEGISLACIÓN MOTORIZADA, REFORMA INDISCRIMINADA E INCOHERENCIA NORMATIVA.

Nunca tanto como hoy es más cierta la afirmación de Von Kirchmann en el sentido de que “tres palabras del legislador convierten bibliotecas enteras en basura”. Cada vez son más frecuentes en nuestro sistema las mastodónticas modificaciones legislativas realizadas en textos legales que, so pretexto de una regulación específica de determinada materia, aprovechan cualquier conexión tangencial para iniciar una modificación ex novo de toda una serie de leyes. Ejemplos clásicos eran las denominadas leyes de acompañamiento a los presupuestos, aunque no necesariamente debemos circunscribirnos a esta clase de normas, dado que podemos comprobar recientemente con la Ley 2/2011 de Economía Sostenible como, tomando como excusa un concepto tan etéreo, se procede a una revisión profunda de gran parte del ordenamiento jurídico español.

Y es que el viejo ideal de leyes estables cada vez está más lejos de conseguirse. Sirva como ejemplo que en el congreso se encuentra actualmente en tramitación el Proyecto de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, una norma que vendrá a sustituir el vigente Real Decreto Legislativo 2/1995 que regula la Ley de Procedimiento Laboral (obsérvese el cambio de denominación de la normativa, que no es baladí, dado que se pasa de “procedimiento laboral” a “jurisdicción social”; así, como decía en su momento con gran sentido del humor el abogado laboralista Fernando Vizcaíno Casas, los letrados que se dediquen a esta rama del ordenamiento ya no deberán denominarse “laboralistas”, sino “socialistas”). Esta norma, que según establece su Exposición de Motivos se enmarca dentro del plan estratégico de modernización de justicia 2010-2012, debe complementarse con el Proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal, que afecta a los órdenes civil y contencioso-administrativo. Parece que la jurisdicción penal se libra por el momento del cambio, aunque en su día el ministro de justicia anunció la elaboración de una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal cuyas notas más polémicas serían la reducción (cuando no eliminación) de la acción popular y la entrega de la instrucción penal a la fiscalía.

Cada vez existen más y más leyes, reglamentos, resoluciones, instrucciones, circulares, recomendaciones, que en vez de integrarse en un ordenamiento jurídico coherente, sistemático y estable favorecen la inseguridad jurídica al facilitar la dispersión normativa, la incoherencia y el caos jurídico más absoluto. En definitiva, que estamos ante lo que Carl Schmitt denominaba “legislación motorizada”, ante la cual según el profesor García de Enterría únicamente cabe una mínima defensa: un sólido sistema de principios generales del derecho informadores del ordenamiento.

Antaño uno podía, haciendo un esfuerzo, intentar ejercitar la memoria y retener en su mente los preceptos normativos más relevantes. Hoy en día es imposible, porque lo que hoy se memoriza mañana estará derogado. Tal y como indica Luis Martín Rebollo en la introducción a su obra Leyes Administrativas, hoy en día no es la memoria lo relevante, sino el conocer dónde encontrar la norma, el saber buscar el precepto concreto aplicable. Tiene razón don Luis, pero actualmente, y de seguir este brutal ritmo normativo, hasta eso será cada vez más difícil.

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