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Embargos de Armas

Un embargo de armas es un bloqueo aplicado a ese armamento. Es un tipo de sanción internacional de tipo militar que es aplicada por países, organismos internacionales o distintos entes. Un embargo de armas puede servir a uno o más propósitos: Como señal de desaprobación del comportamiento por un actor determinado

Manual sobre los métodos de trabajo

Manual sobre los métodos de trabajo Este Manual está formulado para usuarios internos y para el público en general. Contiene una introducción que sitúa al Consejo de Seguridad en el contexto más amplio de las Naciones Unidas y su funcionamiento. A continuación se incluye información práctica sobre el orden del día, las reuniones informativas, las sesiones, el programa de trabajo, la composición, etc., del Consejo de Seguridad, además de los Artículos de la Carta de las Naciones Unidas relativos a la labor del Consejo, su reglamento provisional y otros documentos. También contiene un glosario de términos referidos al Consejo de Seguridad. Tabla de contenidos Introducción Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad [S/2017/507] Documento PDF: (incluye el texto completo del Manual) Anexos: Selección de Artículos de la Carta de las Naciones Unidas relativos al Consejo de Seguridad Reglamento Provisional del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas [S/96/Rev.7] Documentos: Declaración del Consejo de Seguridad a la prensa sobre la aprobación de la nota 507 revisada (S/2017/507), 30 de agosto de 2017 Disponible en inglés Nota de antecedentes sobre las reuniones de los miembros del Consejo de Seguridad con arreglo a la "fórmula Arria" Reuniones con arreglo a la "fórmula Arria" Diálogos interactivos oficiosos y otras reuniones oficiosas del Consejo de Seguridad Documento PDF Formato de las sesiones y reuniones relacionadas con el Consejo de Seguridad Documento PDF Principales tipos de medidas del Consejo de Seguridad Documento PDF Glosario del Manual del Consejo de Seguridad

Reglamento provisional

Reglamento Provisional (S/96/Rev.7) En el Artículo 30 de la Carta se estipula que el Consejo de Seguridad dictará su propio reglamento, y en 1946 el Consejo aprobó su reglamento provisional (S/96), que se modificó posteriormente en varias ocasiones. La última revisión se hizo en 1982 (S/96/Rev.7) para incorporar el idioma árabe como sexto idioma oficial, de conformidad con la resolución 35/219 de la Asamblea General, de 17 de diciembre de 1980. Versión para imprimir S/96/Rev.7 Documento PDF Tabla de contenidos Capítulo I: Sesiones Capítulo II: Orden del día Capítulo III: Presentación y verificación de poderes Capítulo IV: Presidencia Capítulo V: Secretaría Capítulo VI: Dirección de los debates Capítulo VII: Votación Capítulo VIII: Idiomas Capítulo IX: Publicidad de las sesiones, actas Capítulo X: Admisión de nuevos Miembros Capítulo XI: Relaciones con otros órganos Anexo

En el Artículo 30 de la Carta se estipula que el Consejo de Seguridad dictará su propio reglamento, y en 1946 el Consejo aprobó su reglamento provisional (S/96).

Funciones y poderes

Funciones y poderes del Consejo de Seguridad (Capítulo V de la Carta de las Naciones Unidas)Los Artículos 24 a 26 de la Carta de las Naciones Unidas se refieren a las funciones y poderes del Consejo de Seguridad, aspectos tratados en el Repertorio. En cada sección del Repertorio hay una lista de referencias implícitas y referencias explícitas a estos Artículos en los documentos oficiales del Consejo de Seguridad. También figuran estudios de casos donde se examinan ocasiones concretas en que el Consejo analizó estos Artículos o en que se pone de manifiesto la manera en que el Consejo los ha aplicado al adoptar sus decisiones. Índice

  1. Artículo 24 – Responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales
  2. Artículo 25 – Acuerdo de aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad
  3. Artículo 26 – Regulación de los armamentos
Nota: Todos los documentos en o A. Artículo 24 – Responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionalesEl Artículo 24, párrafo 1, confiere al Consejo de Seguridad la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales. En el curso de las deliberaciones, se hace a menudo referencia a esta disposición para determinar si resulta apropiado que el Consejo incluya una situación o un tema en su orden del día. En esta sección también figuran las deliberaciones sobre la competencia y el ámbito del mandato del Consejo de Seguridad en comparación con los de otros órganos principales de las Naciones Unidas, como la Asamblea General y el Consejo Económico y Social. Respecto de lo previsto en el Artículo 24, párrafo 3, sobre la presentación de informes anuales e informes especiales del Consejo de Seguridad, véase también relaciones con la Asamblea General. 1946-1951 1952-1955 1956-1958 1959-1963 1964-1965 1966-1968 1969-1971 1972-1974 1975-1980 1981-1984 1985-1988 1989-1992 1993-1995 1996-1999 2000-2003 2004-2007 2008-2009 2010-2011 2012-2013 2014-2015 2016-2017 2018 2019 B. Artículo 25 – Acuerdo de aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de SeguridadCon arreglo al Artículo 25, los Estados Miembros convienen en aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad. En esta sección se han incluido varios estudios de casos en que se ha examinado la cuestión del carácter vinculante de las decisiones del Consejo y la obligación de los Estados Miembros de cumplirlas. También se reseñan las deliberaciones sobre posibles diferencias en torno al carácter vinculante de las decisiones adoptadas en virtud del Capítulo VI y del Capítulo VII de la Carta. 1946-1951 1952-1955 1956-1958 1959-1963 1964-1965 1966-1968 1969-1971 1972-1974 1975-1980 1981-1984 1985-1988 1989-1992 1993-1995 1996-1999 2000-2003 2004-2007 2008-2009 2010-2011 2012-2013 2014-2015 2016-2017 2018 2019 C. Artículo 26 – Regulación de los armamentosEl Artículo 26 establece que el Consejo de Seguridad tendrá a su cargo, con la ayuda del Comité de Estado Mayor, la elaboración de planes que se someterán a los Estados Miembros para el establecimiento de un sistema de regulación de los armamentos. Esta sección ha aparecido en contadas ocasiones en el Repertorio. 1989-1992 2004-2007 2008-2009 2010-2011 2012-2013 2014-2015 2016-2017 2018 2019 Acceso a la sección completa sobreFunciones y poderes del Consejo de Seguridad1946-1951 1952-1955 1956-1958 1959-1963 1964-1965 1966-1968 1969-1971 1972-1974 1975-1980 1981-1984 1985-1988 1989-1992 1993-1995 1996-1999 2000-2003 2004-2007 2008-2009 2010-2011 2012-2013 2014-2015 2016-2017 2018 2019 Cuestiones constitucionales
  • Propósitos y Principios de las Naciones Unidas (Capítulo I de la Carta de las Naciones Unidas )
  • Funciones y poderes del Consejo de Seguridad (Capítulo V de la Carta de las Naciones Unidas)
  • Arreglo pacífico de controversias (Capítulo VI de la Carta de las Naciones Unidas)
  • Acción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión (Capítulo VII)
  • Acuerdos regionales (Capítulo VIII de la Carta de las Naciones Unidas)
  • Otros artículos de la Carta
Artículos conexos
  • Artículo 24
  • Artículo 25
  • Artículo 26

En la Carta de las Naciones Unidas, se estipulan las funciones y poderes del Consejo de Segridad

Presidencia del Consejo de Seguridad

Rota mensualmente en orden alfabetico conforme a sus miembros

Presidencia del Consejo de SeguridadLa Presidencia del Consejo rota mensualmente entre sus miembros conforme al orden alfabético en inglés de los nombres de los Estados Miembros.

Ubicación

Sede de las Naciones Unidas en Nueva York

El Consejo de Seguridad celebró su primera sesión el 17 de enero de 1946 en Church House, Westminster, Londres. Actualmente, el Consejo de Seguridad está instalado en forma permanente en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. También se ha trasladado a muchas ciudades y ha celebrado sesiones en Addis Abeba (Etiopía), en 1972; Ciudad de Panamá (Panamá), en 1973; y Ginebra (Suiza), en 1990. Un representante de cada uno de sus miembros debe estar presente en todo momento en la Sede de las Naciones Unidas para que el Consejo de Seguridad pueda reunirse cuando surja la necesidad. Un representante de cada uno de sus miembros debe estar presente en todo momento en la Sede de las Naciones Unidas para que el Consejo de Seguridad pueda reunirse cuando surja la necesidad. Prácticas, procedimientos y métodos de trabajo En el Artículo 30 de la Carta se estipula que el Consejo de Seguridad dictará su propio reglamento, y en 1946 el Consejo aprobó su reglamento provisional (S/96), que se modificó posteriormente en varias ocasiones. La última revisión se hizo en 1982 (S/96/Rev.7) para incorporar el idioma árabe como sexto idioma oficial, de conformidad con la resolución 35/219 de la Asamblea General, de 17 de diciembre de 1980

TIPOS DE SANCIONES

PROCEDIMIENTO

ORGANIZACION

FUNCIONES Y PODERES

CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU

El Consejo de Seguridad de Naciones Unidas es el organismo de las Naciones Unidas encargado de mantener la paz y seguridad en el mundo. El Consejo de Seguridad tiene, en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, la responsabilidad principal del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Incumbe al Consejo de Seguridad determinar cuándo y dónde se debe desplegar una operación de mantenimiento de la paz de Naciones Unidas.

RESOLUCIONES

Miembros actuales

Actualmente, la Asamblea General elige cada año a cinco miembros no permanentes. Países elegidos Miembros A continuación la lista de todos los países que han sido elegidos Miembros del Consejo de Seguridad al menos una vez desde 1946. Alemania 1977 – 1978, 1987 – 1988, 1995 – 1996, 2003 – 2004, 2011 – 2012, 2019 – 2020 Angola 2003 – 2004, 2015 – 2016 Arabia Saudita (se negó a tomar el asiento - ver A/68/599 Documento PDF) Argelia 1968 – 1969, 1988 – 1989, 2004 – 2005 Argentina 1948 – 1949, 1959 – 1960, 1966 – 1967, 1971 – 1972, 1987 – 1988, 1994 – 1995, 1999 – 2000, 2005 – 2006, 2013 – 2014 Australia 1946 – 1947, 1956 – 1957, 1973 – 1974, 1985 – 1986, 2013 – 2014 Austria 1973 – 1974, 1991 – 1992, 2009 – 2010 Azerbaiyán 2012 – 2013 Bahrein 1998 – 1999 Bangladesh 1979 – 1980, 2000 – 2001 Belarús 1974 – 1975 Bélgica 1947 – 1948, 1955 – 1956, 1971 – 1972, 1991 – 1992, 2007 – 2008, 2019 – 2020 Benin 1976 – 1977, 2004 – 2005 Bolivia 1964 – 1965, 1978 – 1979, 2017 – 2018 Bosnia y Herzegovina 2010 – 2011 Botswana 1995 – 1996 Brasil 1946 – 1947, 1951 – 1952, 1954 – 1955, 1963 – 1964, 1967 – 1968, 1988 – 1989, 1993 – 1994, 1998 – 1999, 2004 – 2005, 2010 – 2011 Bulgaria 1966 – 1967, 1986 – 1987, 2002 – 2003 Burkina Faso 1984 – 1985, 2008 – 2009 Burundi 1970 – 1971 Cabo Verde 1992 – 1993 Camerún 1974 – 1975, 2002 – 2003 Canadá 1948 – 1949, 1958 – 1959, 1967 – 1968, 1977 – 1978, 1989 – 1990, 1999 – 2000 Ceilán (ver Sri Lanka) Chad 2014 – 2015 Checoslovaquia 1964, 1978 – 1979 Chile 1952 – 1953, 1961 – 1962, 1996 – 1997, 2003 – 2004, 2014 – 2015 China – Miembro Permanente Colombia 1947 – 1948, 1953 – 1954, 1957 – 1958, 1969 – 1970, 1989 – 1990, 2001 – 2002, 2011 – 2012 Congo 1986 – 1987, 2006 – 2007 Costa de Marfil (ver Côte d'Ivoire) Costa Rica 1974 – 1975, 1997 – 1998, 2008 – 2009 Côte d'Ivoire 1964 – 1965, 1990 – 1991, 2018 – 2019 Croacia 2008 – 2009 Cuba 1949 – 1950, 1956 – 1957, 1990 – 1991 Dinamarca 1953 – 1954, 1967 – 1968, 1985 – 1986, 2005 – 2006 Djibouti 1993 – 1994 Ecuador 1950 – 1951, 1960 – 1961, 1991 – 1992 Egipto 1946, 1949 – 1950, 1984 – 1985, 1996 – 1997, 2016 – 2017 Emiratos Árabes Unidos 1986 – 1987 Eslovaquia 2006 – 2007 Eslovenia 1998 – 1999 España 1969 – 1970, 1981 – 1982, 1993 – 1994, 2003 – 2004, 2015 – 2016 Estados Unidos de América – Miembro Permanente Estonia 2020-2021 Etiopía 1967 – 1968, 1989 – 1990, 2017 – 2018 Federación de Rusia – Miembro Permanente Filipinas 1957, 1963, 1980 – 1981, 2004 – 2005 , Finlandia 1969 – 1970, 1989 – 1990 Francia – Miembro Permanente Gabón 1978 – 1979, 1998 – 1999, 2010 – 2011 Gambia 1998 – 1999 Ghana 1962 – 1963, 1986 – 1987, 2006 – 2007 Grecia 1952 – 1953, 2005 – 2006 Guatemala 2012 – 2013 Guinea 1972 – 1973, 2002 – 2003 Guinea Ecuatorial 2018 – 2019 Guinea-Bissau 1996 – 1997 Guyana 1975 – 1976, 1982 – 1983 Honduras 1995 – 1996 Hungría 1968 – 1969, 1992 – 1993 India 1950 – 1951, 1967 – 1968, 1972 – 1973, 1977 – 1978, 1984 – 1985, 1991 – 1992, 2011 – 2012 Indonesia 1973 – 1974, 1995 – 1996, 2007 – 2008, 2019 – 2020 Irán (República Islámica del) 1955 – 1956 Iraq 1957 – 1958, 1974 – 1975 Irlanda 1962, 1981 – 1982, 2001 – 2002 Italia 1959 – 1960, 1971 – 1972, 1975 – 1976, 1987 – 1988, 1995 – 1996, 2007 – 2008, 2017, Jamahiriya Árabe Libia 1976 – 1977, 2008 – 2009 Jamaica 1979 – 1980, 2000 – 2001 Japón 1958 – 1959, 1966 – 1967, 1971 – 1972, 1975 – 1976, 1981 – 1982, 1987 – 1988, 1992 – 1993, 1997 – 1998, 2005 – 2006, 2009 – 2010, 2016 – 2017 Jordania 1965 – 1966, 1982 – 1983, 2014 – 2015 Kazajstán 2017 – 2018 Kenya 1973 – 1974, 1997 – 1998 Kuwait 1978 – 1979, 2018 – 2019 Líbano 1953 – 1954, 2010 – 2011 Liberia 1961 Lituania 2014 – 2015 Luxemburgo 2013 – 2014 Madagascar 1985 – 1986 Malasia 1965, 1989 – 1990, 1999 – 2000, 2015 – 2016 Malí 1966 – 1967, 2000 – 2001 Malta 1983 – 1984 Marruecos 1963 – 1964, 1992 – 1993, 2012 – 2013 Mauricio 1977 – 1978, 2001 – 2002 Mauritania 1974 – 1975 México 1946, 1980 – 1981, 2002 – 2003, 2009 – 2010 Namibia 1999 – 2000 Nepal 1969 – 1970, 1988 – 1989 Nicaragua 1970 – 1971, 1983 – 1984 Níger 1980 – 1981; 2020-2021 Nigeria 1966 – 1967, 1978 – 1979, 1994 – 1995, 2010 – 2011, 2014 – 2015 Noruega 1949 – 1950, 1963 – 1964, 1979 – 1980, 2001 – 2002 Nueva Zelandia 1954 – 1955, 1966, 1993 – 1994, 2015 – 2016 Omán 1994 – 1995 Países Bajos 1946, 1951 – 1952, 1965 – 1966, 1983 – 1984, 1999 – 2000, 2018, Pakistán 1952 – 1953, 1968 – 1969, 1976 – 1977, 1983 – 1984, 1993 – 1994, 2003 – 2004, 2012 – 2013 Panamá 1958 – 1959, 1972 – 1973, 1976 – 1977, 1981 – 1982, 2007 – 2008 Paraguay 1968 – 1969 Perú 1955 – 1956, 1973 – 1974, 1984 – 1985, 2006 – 2007, 2018 – 2019 Polonia 1946 – 1947, 1960, 1970 – 1971, 1982 – 1983, 1996 – 1997, 2018 – 2019, Portugal 1979 – 1980, 1997 – 1998, 2011 – 2012 Qatar 2006 – 2007 Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte – Miembro Permanente República Árabe Siria 1947 – 1948, 1970 – 1971, 2002 – 2003 República Árabe Unida 1961 – 1962 República Checa 1994 – 1995 República de Corea 1996 – 1997, 2013 – 2014 República Democrática Alemana (ver Alemania) República Democrática del Congo 1982 – 1983, 1990 – 1991 República Dominicana 2019 – 2020 República Unida de Tanzanía 1975 – 1976, 2005 – 2006 Rumania 1962, 1976 – 1977, 1990 – 1991, 2004 – 2005 Rwanda 1994 – 1995, 2013 – 2014 San Vicente y las Granadinas 2020-2021 Senegal 1968 – 1969, 1988 – 1989, 2016 – 2017 Sierra Leona 1970 – 1971 Singapur 2001 – 2002 Somalia 1971 – 1972 Sri Lanka 1960 – 1961 Sudáfrica 2007 – 2008, 2011 – 2012, 2019 – 2020 Sudán 1972 – 1973 Suecia 1957 – 1958, 1975 – 1976, 1997 – 1998, 2017 – 2018 Tailandia 1985 – 1986 Togo 1982 – 1983, 2012 – 2013 Trinidad y Tabago 1985 – 1986 Túnez 1959 – 1960, 1980 – 1981, 2000 – 2001; 2020-2021 Turquía 1951 – 1952, 1954 – 1955, 1961, 2009 – 2010 Ucrania 1948 – 1949, 1984 – 1985, 2000 – 2001, 2016 – 2017 Uganda 1966, 1981 – 1982, 2009 – 2010 Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (ver Federación de Rusia) Uruguay 1965 – 1966, 2016 – 2017 Venezuela (República Bolivariana de) 1962 – 1963, 1977 – 1978, 1986 – 1987, 1992 – 1993, 2015 – 2016 Viet Nam 2008 – 2009; 2020-2021 Yemen 1990 – 1991 Yugoslavia 1950 – 1951, 1956, 1972 – 1973, 1988 – 1989 Zaire (ver República democrática del Congo) Zambia 1969 – 1970, 1979 – 1980, 1987 – 1988 Zimbabwe 1983 – 1984, 1991 – 1992 INFORMACIÓN CLAVE Buscar los miembros del Consejo de Seguridad Descargar fotos de los miembros del Consejo de Seguridad Presidencia del Consejo de Seguridad México noviembre de 2021 Búsqueda de los Miembros DOCUMENTOS CLAVE Actas de las sesiones y resultados Registros de las votaciones Resoluciones Índice de las Actas (EN) + Ver todos los documentos

Rota mensualmente en orden alfabetico conforme a sus miembros

Miembros permanentes y no permanentes El Consejo de Seguridad se compone de 15 miembros: Cinco miembros permanentes: China, Francia, Federación de Rusia, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, los Estados Unidos de América , y 10 miembros no permanentes (indicando el año en que termina su mandato): Estonia (2021) India (2022) Irlanda (2022) Kenia (2022) México (2022) Níger (2021) Noruega (2022) San Vicente y las Granadinas (2021) Túnez (2021) Viet Nam (2021) Países que no son miembros del ConsejoMás de 50 Estados Miembros de las Naciones Unidas nunca han sido miembros del Consejo. Un Estado que es Miembro de las Naciones Unidas, pero no del Consejo de Seguridad podrá participar sin derecho a voto, en sus deliberaciones cuando el Consejo considera que los intereses de ese país se ven afectadas. Tanto los miembros y los no miembros de las Naciones Unidas, si son partes en una controversia que se considera por el Consejo, podrán invitarse a participar, sin derecho a voto en las deliberaciones del Consejo, el Consejo establece las condiciones para la participación de un Estado no miembro

División de Asuntos del Consejo de Seguridad

Países elegidos Miembros A continuación la lista de todos los países que han sido elegidos Miembros del Consejo de Seguridad al menos una vez desde 1946. Alemania 1977 – 1978, 1987 – 1988, 1995 – 1996, 2003 – 2004, 2011 – 2012, 2019 – 2020 Angola 2003 – 2004, 2015 – 2016 Arabia Saudita (se negó a tomar el asiento - ver A/68/599 Documento PDF) Argelia 1968 – 1969, 1988 – 1989, 2004 – 2005 Argentina 1948 – 1949, 1959 – 1960, 1966 – 1967, 1971 – 1972, 1987 – 1988, 1994 – 1995, 1999 – 2000, 2005 – 2006, 2013 – 2014 Australia 1946 – 1947, 1956 – 1957, 1973 – 1974, 1985 – 1986, 2013 – 2014 Austria 1973 – 1974, 1991 – 1992, 2009 – 2010 Azerbaiyán 2012 – 2013 Bahrein 1998 – 1999 Bangladesh 1979 – 1980, 2000 – 2001 Belarús 1974 – 1975 Bélgica 1947 – 1948, 1955 – 1956, 1971 – 1972, 1991 – 1992, 2007 – 2008, 2019 – 2020 Benin 1976 – 1977, 2004 – 2005 Bolivia 1964 – 1965, 1978 – 1979, 2017 – 2018 Bosnia y Herzegovina 2010 – 2011 Botswana 1995 – 1996 Brasil 1946 – 1947, 1951 – 1952, 1954 – 1955, 1963 – 1964, 1967 – 1968, 1988 – 1989, 1993 – 1994, 1998 – 1999, 2004 – 2005, 2010 – 2011 Bulgaria 1966 – 1967, 1986 – 1987, 2002 – 2003 Burkina Faso 1984 – 1985, 2008 – 2009 Burundi 1970 – 1971 Cabo Verde 1992 – 1993 Camerún 1974 – 1975, 2002 – 2003 Canadá 1948 – 1949, 1958 – 1959, 1967 – 1968, 1977 – 1978, 1989 – 1990, 1999 – 2000 Ceilán (ver Sri Lanka) Chad 2014 – 2015 Checoslovaquia 1964, 1978 – 1979 Chile 1952 – 1953, 1961 – 1962, 1996 – 1997, 2003 – 2004, 2014 – 2015 China – Miembro Permanente Colombia 1947 – 1948, 1953 – 1954, 1957 – 1958, 1969 – 1970, 1989 – 1990, 2001 – 2002, 2011 – 2012 Congo 1986 – 1987, 2006 – 2007 Costa de Marfil (ver Côte d'Ivoire) Costa Rica 1974 – 1975, 1997 – 1998, 2008 – 2009 Côte d'Ivoire 1964 – 1965, 1990 – 1991, 2018 – 2019 Croacia 2008 – 2009 Cuba 1949 – 1950, 1956 – 1957, 1990 – 1991 Dinamarca 1953 – 1954, 1967 – 1968, 1985 – 1986, 2005 – 2006 Djibouti 1993 – 1994 Ecuador 1950 – 1951, 1960 – 1961, 1991 – 1992 Egipto 1946, 1949 – 1950, 1984 – 1985, 1996 – 1997, 2016 – 2017 Emiratos Árabes Unidos 1986 – 1987 Eslovaquia 2006 – 2007 Eslovenia 1998 – 1999 España 1969 – 1970, 1981 – 1982, 1993 – 1994, 2003 – 2004, 2015 – 2016 Estados Unidos de América – Miembro Permanente Estonia 2020-2021 Etiopía 1967 – 1968, 1989 – 1990, 2017 – 2018 Federación de Rusia – Miembro Permanente Filipinas 1957, 1963, 1980 – 1981, 2004 – 2005 , Finlandia 1969 – 1970, 1989 – 1990 Francia – Miembro Permanente Gabón 1978 – 1979, 1998 – 1999, 2010 – 2011 Gambia 1998 – 1999 Ghana 1962 – 1963, 1986 – 1987, 2006 – 2007 Grecia 1952 – 1953, 2005 – 2006 Guatemala 2012 – 2013 Guinea 1972 – 1973, 2002 – 2003 Guinea Ecuatorial 2018 – 2019 Guinea-Bissau 1996 – 1997 Guyana 1975 – 1976, 1982 – 1983 Honduras 1995 – 1996 Hungría 1968 – 1969, 1992 – 1993 India 1950 – 1951, 1967 – 1968, 1972 – 1973, 1977 – 1978, 1984 – 1985, 1991 – 1992, 2011 – 2012 Indonesia 1973 – 1974, 1995 – 1996, 2007 – 2008, 2019 – 2020 Irán (República Islámica del) 1955 – 1956 Iraq 1957 – 1958, 1974 – 1975 Irlanda 1962, 1981 – 1982, 2001 – 2002 Italia 1959 – 1960, 1971 – 1972, 1975 – 1976, 1987 – 1988, 1995 – 1996, 2007 – 2008, 2017, Jamahiriya Árabe Libia 1976 – 1977, 2008 – 2009 Jamaica 1979 – 1980, 2000 – 2001 Japón 1958 – 1959, 1966 – 1967, 1971 – 1972, 1975 – 1976, 1981 – 1982, 1987 – 1988, 1992 – 1993, 1997 – 1998, 2005 – 2006, 2009 – 2010, 2016 – 2017 Jordania 1965 – 1966, 1982 – 1983, 2014 – 2015 Kazajstán 2017 – 2018 Kenya 1973 – 1974, 1997 – 1998 Kuwait 1978 – 1979, 2018 – 2019 Líbano 1953 – 1954, 2010 – 2011 Liberia 1961 Lituania 2014 – 2015 Luxemburgo 2013 – 2014 Madagascar 1985 – 1986 Malasia 1965, 1989 – 1990, 1999 – 2000, 2015 – 2016 Malí 1966 – 1967, 2000 – 2001 Malta 1983 – 1984 Marruecos 1963 – 1964, 1992 – 1993, 2012 – 2013 Mauricio 1977 – 1978, 2001 – 2002 Mauritania 1974 – 1975 México 1946, 1980 – 1981, 2002 – 2003, 2009 – 2010 Namibia 1999 – 2000 Nepal 1969 – 1970, 1988 – 1989 Nicaragua 1970 – 1971, 1983 – 1984 Níger 1980 – 1981; 2020-2021 Nigeria 1966 – 1967, 1978 – 1979, 1994 – 1995, 2010 – 2011, 2014 – 2015 Noruega 1949 – 1950, 1963 – 1964, 1979 – 1980, 2001 – 2002 Nueva Zelandia 1954 – 1955, 1966, 1993 – 1994, 2015 – 2016 Omán 1994 – 1995 Países Bajos 1946, 1951 – 1952, 1965 – 1966, 1983 – 1984, 1999 – 2000, 2018, Pakistán 1952 – 1953, 1968 – 1969, 1976 – 1977, 1983 – 1984, 1993 – 1994, 2003 – 2004, 2012 – 2013 Panamá 1958 – 1959, 1972 – 1973, 1976 – 1977, 1981 – 1982, 2007 – 2008 Paraguay 1968 – 1969 Perú 1955 – 1956, 1973 – 1974, 1984 – 1985, 2006 – 2007, 2018 – 2019 Polonia 1946 – 1947, 1960, 1970 – 1971, 1982 – 1983, 1996 – 1997, 2018 – 2019, Portugal 1979 – 1980, 1997 – 1998, 2011 – 2012 Qatar 2006 – 2007 Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte – Miembro Permanente República Árabe Siria 1947 – 1948, 1970 – 1971, 2002 – 2003 República Árabe Unida 1961 – 1962 República Checa 1994 – 1995 República de Corea 1996 – 1997, 2013 – 2014 República Democrática Alemana (ver Alemania) República Democrática del Congo 1982 – 1983, 1990 – 1991 República Dominicana 2019 – 2020 República Unida de Tanzanía 1975 – 1976, 2005 – 2006 Rumania 1962, 1976 – 1977, 1990 – 1991, 2004 – 2005 Rwanda 1994 – 1995, 2013 – 2014 San Vicente y las Granadinas 2020-2021 Senegal 1968 – 1969, 1988 – 1989, 2016 – 2017 Sierra Leona 1970 – 1971 Singapur 2001 – 2002 Somalia 1971 – 1972 Sri Lanka 1960 – 1961 Sudáfrica 2007 – 2008, 2011 – 2012, 2019 – 2020 Sudán 1972 – 1973 Suecia 1957 – 1958, 1975 – 1976, 1997 – 1998, 2017 – 2018 Tailandia 1985 – 1986 Togo 1982 – 1983, 2012 – 2013 Trinidad y Tabago 1985 – 1986 Túnez 1959 – 1960, 1980 – 1981, 2000 – 2001; 2020-2021 Turquía 1951 – 1952, 1954 – 1955, 1961, 2009 – 2010 Ucrania 1948 – 1949, 1984 – 1985, 2000 – 2001, 2016 – 2017 Uganda 1966, 1981 – 1982, 2009 – 2010 Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (ver Federación de Rusia) Uruguay 1965 – 1966, 2016 – 2017 Venezuela (República Bolivariana de) 1962 – 1963, 1977 – 1978, 1986 – 1987, 1992 – 1993, 2015 – 2016 Viet Nam 2008 – 2009; 2020-2021 Yemen 1990 – 1991 Yugoslavia 1950 – 1951, 1956, 1972 – 1973, 1988 – 1989 Zaire (ver República democrática del Congo) Zambia 1969 – 1970, 1979 – 1980, 1987 – 1988 Zimbabwe 1983 – 1984, 1991 – 1992 INFORMACIÓN CLAVE Buscar los miembros del Consejo de Seguridad Descargar fotos de los miembros del Consejo de Seguridad Presidencia del Consejo de Seguridad México noviembre de 2021 Búsqueda de los Miembros DOCUMENTOS CLAVE Actas de las sesiones y resultados Registros de las votaciones Resoluciones Índice de las Actas (EN) + Ver todos los documentos

La División de Asuntos del Consejo de Seguridad (DACS), ayuda al Consejo y a sus 15 miembros a desempeñar sus responsabilidades críticas

División de Asuntos del Consejo de Seguridad La División de Asuntos del Consejo de Seguridad (DACS), ayuda al Consejo y a sus 15 miembros a desempeñar sus responsabilidades críticas. La División proporciona al Consejo tanto apoyo al personal general de forma permanente como diversos servicios específicos, en concreto asesoramiento en cuestiones de procedimiento, planificación prospectiva, comunicación de datos e investigación, y asistencia para la administración de los regímenes de sanciones del Consejo de Seguridad. Subdivisión de Secretaría La Subdivisión de Secretaría del Consejo de Seguridad colabora de cerca con los miembros del Consejo de Seguridad, especialmente con su presidencia rotatoria, para ayudar en la planificación y gestión del calendario de reuniones oficiales y oficiosas y otras actividades. Como parte de sus funciones en este ámbito, la División coordina el programa de trabajo diario y mensual del Consejo, proporciona asesoramiento en cuestiones de procedimiento y apoyo logístico a las reuniones, y planifica y organiza las misiones sobre el terreno desplegadas en los países y las regiones implicados en las que se embarcan, cada vez con más frecuencia, los miembros del Consejo. Subdivisión de Órganos subsidiarios El Consejo de Seguridad podrá establecer los organismos subsidiarios que estime necesarios para el desempeño de sus funciones. Todos los comités y grupos de trabajo existentes están integrados por representantes de los quince miembros del Consejo. El mandato de los órganos subsidiarios, ya sean comités o grupos de trabajo, puede variar desde tratar asuntos de procedimiento (por ejemplo, documentación y procedimientos, reuniones realizadas fuera de la Sede) hasta abordar cuestiones sustantivas (por ejemplo, regímenes de sanciones, lucha contra el terrorismo, operaciones de mantenimiento de la paz). Subdivisión de Investigaciones sobre las Prácticas del Consejo de Seguridad y sobre la Carta La Subdivisión de Investigaciones sobre las Prácticas del Consejo de Seguridad y sobre la Carta es el órgano consultivo e investigación de la División de Asuntos del Consejo de Seguridad en el Departamento de Asuntos Políticos. Además orienta a los Estados Miembros y la Secretaría sobre las prácticas y los procedimientos del Consejo cuando lo soliciten, servicios sustantivos del Grupo de Trabajo oficioso del Consejo de Seguridad sobre documentación y otras cuestiones de procedimiento y la familiarización de los nuevos miembros del Consejo sobre sobre las prácticas y los procedimientos del Consejo. Comité de Estado Mayor de las Naciones Unidas Las funciones principales de la Secretaría del Comité de Estado Mayor son proporcionar asesoramiento y apoyo administrativo al Comité de Estado Mayor en la preparación y celebración de las reuniones del Comité y en la aplicación de las medidas dimanadas de dichas reuniones.

Carta de las Naciones Unidas

Se estipula que las funciones y poderes del Consejo de Seguridad son:

  1. mantener la paz y la seguridad internacionales de conformidad con los propósitos y principios de las Naciones Unidas;
  2. investigar toda controversia o situación que pueda crear fricción internacional;
  3. recomendar métodos de ajuste de tales controversias, o condiciones de arreglo;
  4. elaborar planes para el establecimiento de un sistema que reglamente los armamentos;
  5. determinar si existe una amenaza a la paz o un acto de agresión y recomendar qué medidas se deben adoptar;
  6. instar a los Miembros a que apliquen sanciones económicas y otras medidas que no entrañan el uso de la fuerza, con el fin de impedir o detener la agresión;
  7. emprender acción militar contra un agresor;
  8. recomendar el ingreso de nuevos Miembros;
  9. ejercer las funciones de administración fiduciaria de las Naciones Unidas en "zonas estratégicas";
  10. recomendar a la Asamblea General la designación del Secretario General y, junto con la Asamblea, elegir a los magisterios de la Corte Internacional de Justicia..

Repertorio de la práctica

En el Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad se presenta información muy amplia sobre la interpretación y la aplicación, por parte del Consejo de Seguridad, de la Carta de las Naciones Unidas y del reglamento provisional del propio Consejo Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de SeguridadESFERAS PRINCIPALES DEL REPERTORIOPuntos del orden del díaUn panorama general sobre las actividades que lleva a cabo el Consejo en relación con cada uno de los puntos incluidos en el orden del día durante el período que abarcan los distintos volúmenes del Repertorio. Cuestiones de procedimientoAplicación del reglamento provisional y de los Artículos de la Carta de las Naciones Unidas que hacen referencia al Consejo de Seguridad. El reglamento y los Artículos constituyen el marco procedimental en virtud del cual se organizan su trabajo y sus decisiones. Cuestiones constitucionalesAplicación y debate de los Artículos de la Carta de las Naciones Unidas que hacen referencia a las funciones, los poderes y las medidas del Consejo de Seguridad. Los Artículos de la Carta definen el marco constitucional con arreglo al cual el Consejo desempeña su responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales. Órganos subsidiariosLos órganos subsidiarios y los mecanismos de aplicación del Consejo de Seguridad, incluidas las misiones políticas especiales, las operaciones de mantenimiento de la paz, los comités de sanciones, los grupos de trabajo y otros. LA ESTRUCTURA DEL REPERTORIODe 1946 a 2007, cada suplemento del Repertorio está dividido en 12 capítulos.A partir de 2008, los suplementos están divididos en diez partes. Por capítulo: 1946-2007Capítulo 1Reglamento provisional del Consejo de Seguridad (Artículos de la Carta 28, 30 y 98; artículos del reglamento 1 a 5, 13 a 36 y 40 a 67)Capítulo 2Orden del día (artículos del reglamento 6 a 12)Capítulo 3Participación en las deliberaciones del Consejo de Seguridad (Artículos de la Carta 31, 32 y 35, párrafo 1; artículos del reglamento 37 a 39)Capítulo 4Votación (Artículo 27 de la Carta; artículo 40 del reglamento)Capítulo 5Órganos subsidiarios del Consejo de SeguridadCapítulo 6Relaciones con otros órganos de las Naciones UnidasCapítulo 7Práctica relativa a las recomendaciones dirigidas a la Asamblea General con respecto a los Miembros de las Naciones UnidasCapítulo 8Examen de asuntos relacionados con la responsabilidad del Consejo de mantener la paz y la seguridad internacionales (información general por temas del orden del día)Capítulo 9Decisiones adoptadas en el ejercicio de otras funciones y poderesCapítulo 10Examen de las disposiciones del Capítulo VI de la CartaCapítulo 11Examen de las disposiciones del Capítulo VII de la CartaCapítulo 12Examen de las disposiciones de otros Artículos de la Carta - Propósitos y Principios, funciones y poderes del Consejo de Seguridad y acuerdos regionalesPor parte: 2008-presenteA partir de 2008, los asuntos que se abordan en las partes del Repertorio son los siguientes: Parte IInformación general sobre las actividades del Consejo de Seguridad relacionadas con el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales (por temas del orden del día)Parte IIReglamento provisionalParte IIIPropósitos y Principios de la Carta de las Naciones Unidas (Capítulo I de la Carta)Parte IVRelaciones con otros órganos de las Naciones UnidasParte VFunciones y poderes del Consejo de Seguridad (Capítulo V de la Carta)Parte VIArreglo pacífico de controversias (Capítulo VI de la Carta)Parte VIIAcción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión (Capítulo VII de la Carta)Parte VIIIAcuerdos regionales (Capítulo VIII de la Carta)Parte IXÓrganos subsidiarios del Consejo de Seguridad: comités y otros órganosParte XÓrganos subsidiarios: mantenimiento de la paz y consolidación de la pazPor añoTodos los documentos en formato o 1946 - 1951Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1952 - 1955 (1° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1956 - 1958 (2° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1959 - 1963 (3° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1964 - 1965 (4° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1966 - 1968 (5° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1969 - 1971 (6° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1972 - 1974 (7° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1975 - 1980 (8° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1981 - 1984 (9° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1985 - 1988 (10° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice 1989 - 1992 (11° suplemento) Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1993 - 1995 (12° suplemento) Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice1996 - 1999 (13° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 2000 - 2003 (14° suplemento)Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice2004 - 2007 (15° suplemento) Introducción | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | Índice2008 - 2009 (16° suplemento) Introducción | I | II | III | IV | V | VI | VII | VIII | IX | X | Índice 2010 - 2011 (17° suplemento) Introducción | I | II | III | IV | V | VI | VII | VIII | IX | X | Índice2012 - 2013 (18° suplemento) Introducción | I | II | III | IV | V | VI | VII | VIII | IX | X | Índice2014 - 2015 (19° suplemento) Introducción | I | II | III | IV | V | VI | VII | VIII | IX | X | Índice2016 - 2017 (20° suplemento) Introducción | I | II | III | IV | V | VI | VII | VIII | IX | X | Índice2018 (21° suplemento)Introducción | I | II | III | IV | V | VI | VII | VIII | IX | X | Índice2019 (22° suplemento) | EN(Versión avanzada) | I | II | III | IV | V | VI | VII | VIII | IX |XRepertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad

  • El Repertorio
  • Temas del orden del día
  • Cuestiones de procedimiento
  • Cuestiones constitucionales
  • Órganos subsidiarios
INFORMACIÓN CLAVETabla de las misiones sobre el terreno(EN) Las mujeres y la paz y la seguridad(EN) Los niños y los conflictos armados(EN) Protección de los civiles en los conflictos armados(EN) + Ver todos los datos DOCUMENTOS CLAVE
  • Carta de las Naciones Unidas
  • Reglamento Provisional del Consejo de Seguridad
  • Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad (S/2017/507)
  • Aspectos más destacados de la práctica del Consejo de Seguridad
  • Relación sumaria comunicada por el Secretario General en la que se indican los asuntos que se hallan sometidos al Consejo de Seguridad y la etapa alcanzada en su estudio

En el Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad se presenta información muy amplia sobre la interpretación y la aplicación, por parte del Consejo de Seguridad, de la Carta de las Naciones Unidas y del reglamento provisional del propio Consejo.

Este Manual está formulado para usuarios internos y para el público en general. Contiene una introducción que sitúa al Consejo de Seguridad en el contexto más amplio de las Naciones Unidas y su funcionamiento.

Sistema de votación

Sistema de votación Voto y la mayoría requerida El Artículo 27 establece que: Cada miembro del Consejo de Seguridad tendrá un voto. Las decisiones del Consejo de Seguridad sobre cuestiones de procedimiento serán tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros. Las decisiones del Consejo de Seguridad sobre todas las demás cuestiones serán tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros, incluso los votos afirmativos de todos los miembros permanentes; pero en las decisiones tomadas en virtud del Capítulo VI y del párrafo 3 del Artículo 52, la parte en una controversia se abstendrá de votar. El derecho al veto A finales de la Segunda Guerra Mundial, China, Francia, la Federación de Rusia (antigua URSS), el Reino Unido y los Estados Unidos desempeñaron una función fundamental en el establecimiento de las Naciones Unidas. Los creadores de la Carta de las Naciones Unidas estaban seguros de que estos cinco países seguirían desempeñando un papel importante en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Por eso, a los «cinco grandes» se les otorgó un poder de voto especial, conocido como el «poder de veto». Se acordó que en caso de que uno de los «cinco grandes» ejerciera su poder de veto dentro del Consejo de Seguridad, la resolución o decisión no se aprobaría. Los cinco miembros permanentes en uno u otro momento han ejercido el derecho de veto, algunos con más frecuencia que otros, y en momentos particulares dentro de ese período. Si un miembro permanente no está totalmente de acuerdo con una propuesta de resolución, pero no desea emitir un veto, puede optar por la abstención, lo que permite que la resolución se apruebe si obtiene el número requerido de nueve votos favorables.

La mayoría de las resoluciones del Consejo de Seguridad son adoptadas por votación.

Amplias Sanciones Económicas y Comerciales

Una sanción económica es una penalización comercial y financiera aplicada por uno o más países contra un Estado, grupo o persona. Las sanciones económicas pueden incluir varias formas de barreras comerciales, aranceles y restricciones a las transacciones financieras

Prohibiciones de viajar

La prohibición de viajar, en virtud de la cual se impide a las personas incluidas en la Lista entrar en Estados de los que no son nacionales o transitar por ellos. Se prevén excepciones a la prohibición de viajar, las que están establecidas en las resoluciones 1988 (2011), 2161 (2014) y 2253 (2015) del Consejo de Seguridad.

Restricciones financieras o de determinados prodcuto

Las sanciones financieras son restricciones impuestas en el ámbito económico financiero por las Naciones Unidas, la UE o el Reino de España para lograr los objetivos internacionales anteriormente mencionados de paz y seguridad internacionales. Así, con este tipo de sanciones se persigue, entre otros, incrementar determinados costes a un régimen o individuos a fin de que cambien su comportamiento o pongan fin a su conducta; negar el acceso a los recursos clave necesarios para continuar con sus actividades, incluida la financiación del terrorismo o la proliferación nuclear; señalar la desaprobación, estigmatización y posible aislamiento de un régimen o individuo; y/o proteger el valor de los activos que han sido desviados de un país hasta que estos bienes pueden ser repatriados

Las resoluciones del Consejo de Seguridad expresan la opinión o voluntad oficial de los órganos de las Naciones Unidas.Y se localizan por años desde 1946 hasta 2021, dentro de ellas ubicamos el número de resolución, fecha exacta y el asunto por el cual fue aprobada la resolución

Lynn Vergel CondeViviana AreizaCarolina Herrera Velásquez

I.U VISIÓN DE LAS AMÉRICASFACULTAD DE DERECHOSEGOVIA 2021-2

Veto

El poder de veto del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas se refiere al poder de veto ejercido exclusivamente por los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, permitiéndoles evitar la aprobación de cualquier resolución "sustantiva". En el año 1945, finales de la II Guerra Mundial, China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y la Federación Rusa (en ese entonces la URSS) fueron los protagonistas en la creación de la Organización de las Naciones Unidas, con la certeza de que con el paso del tiempo seguirían desempeñando un papel importante en el sistema internacional en temas de paz y seguridad (Kennedy, 2007). Por tal motivo, se acordó otorgarles a estos cinco países un derecho al voto especial: el “poder de veto”. Este derecho consiste en que, si alguno de los cinco miembros permanentes está en desacuerdo con alguna propuesta de resolución, este tiene el derecho a ejercer |su poder de veto dentro del Consejo de Seguridad, así evita la aprobación de dicha resolución. (Carta de Naciones Unidas, 1945).

Comités, Grupos de Trabajo y Órganos Especiales

Todos los comités y grupos de trabajo existentes están integrados por representantes de los quince miembros del Consejo

Comités, Grupos de Trabajo y Órganos Especiales Todos los comités y grupos de trabajo existentes están integrados por representantes de los quince miembros del Consejo. El Presidente del Consejo, que rota cada mes, preside los comités permanentes, y los otros comités y los grupos de trabajo están presididos o copresididos por miembros designados del Consejo que se anuncian cada año en una Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad. El Artículo 29 de la Carta de las Naciones Unidas dispone que el Consejo de Seguridad podrá establecer los organismos subsidiarios que estime necesarios para el desempeño de sus funciones. Esta posibilidad se recoge también en el artículo 28 del Reglamento provisional del Consejo. Todos los comités y grupos de trabajo existentes están integrados por representantes de los quince miembros del Consejo. El Presidente del Consejo, que rota cada mes, preside los comités permanentes, y los otros comités y los grupos de trabajo están presididos o copresididos por miembros designados del Consejo que se anuncian cada año en una Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad. El mandato de los órganos subsidiarios, ya sean comités o grupos de trabajo, puede variar desde tratar asuntos de procedimiento (por ejemplo, documentación y procedimientos, reuniones realizadas fuera de la Sede) hasta abordar cuestiones sustantivas (por ejemplo, regímenes de sanciones, lucha contra el terrorismo, operaciones de mantenimiento de la paz). El Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia (TPIY) y el Tribunal Penal Internacional para Rwanda (TPIR) son órganos subsidiarios del Consejo de Seguridad conforme a lo dispuesto en el Artículo 29 de la Carta. Como tales, dependen de las Naciones Unidas en sus aspectos administrativo y financiero, aunque como instituciones judiciales, son independientes de cualquier Estado o grupo de Estados, incluso de su órgano principal, que es el Consejo de Seguridad. Comités Comité contra el Terrorismo Disponible en inglés Inspirándose en las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005) del Consejo de Seguridad, el Comité trabaja para reforzar la capacidad de los Estados Miembros de las Naciones Unidas para prevenir actos terroristas tanto dentro de sus fronteras como a través de las regiones. Se estableció a raíz de los ataques terroristas del 11 de septiembre en los Estados Unidos. Comité de No Proliferación El 28 de abril de 2004, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, aprobó por unanimidad la resolución 1540 (2004), en que afirmó que la proliferación de las armas nucleares, químicas y biológicas, así como sus sistemas vectores, constituía una amenaza a la paz y la seguridad internacionales. Comité de Estado Mayor de las Naciones Unidas El Comité de Estado Mayor ayuda a planificar las medidas de naturaleza militar que adoptan las Naciones Unidas y a regular los armamentos. Comités de sanciones La finalidad de las sanciones obligatorias es ejercer presión sobre un Estado o entidad para que respete los objetivos fijados por el Consejo de Seguridad sin recurrir al uso de la fuerza. Para el Consejo de Seguridad, las sanciones son pues un instrumento importante para hacer cumplir sus decisiones. Debido al carácter universal de las Naciones Unidas, el Consejo es un órgano especialmente apropiado para establecer y supervisar medidas de este tipo. El Consejo ha utilizado las sanciones obligatorias como instrumento para hacer respetar sus decisiones cuando se ha puesto en peligro la paz y ha fracasado la vía diplomática. Hay sanciones generales de tipo económico y comercial, y otras más específicas, como el embargo de armas, la prohibición de viajar o las restricciones financieras o diplomáticas. Comisiones permanentes y órganos especiales Comisión de Indemnización de las Naciones Unidas Disponible en inglés La Comisión fue creada en 1991 como un órgano subsidiario del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en virtud de la resolución 687 (1991) Documento PDF del Consejo de Seguridad para tramitar las reclamaciones y conceder indemnizaciones por los daños y perjuicios sufridos como resultado directo de la invasión y ocupación ilícitas de Kuwait por parte del Iraq en 1990-91. Grupo de Trabajo establecido en virtud de la resolución 1566 (2004) De acuerdo a los párrafos 9 y 10 de la resolución 1566 (2004) del Consejo de Seguridad, se le encomienda al Grupo de Trabajo que examine a) "medidas prácticas que se han de imponer contra las personas, los grupos y las entidades involucrados en actividades terroristas o asociados con ellas, además de las ya enunciadas por el Comité de Sanciones contra Al-Qaida y los Talibanes" y b) "la posibilidad de establecer un fondo internacional para indemnizar a las víctimas de actos de terrorismo y sus familias". Grupo de Trabajo sobre las Operaciones de Mantenimiento de la Paz El Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre las Operaciones de Mantenimiento de la Paz fue establecido de conformidad con la decisión del Consejo de Seguridad que figura en una declaración de su Presidencia (S/PRST/2001/3 Documento PDF) formulada en la 4270a Documento PDF sesión del Consejo, que se celebró el 31 de enero de 2001. En la declaración, el Consejo reiteró que estaba de acuerdo en celebrar consultas con los países que aportaban contingentes de forma oportuna y en diferentes etapas de las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. Grupo de Trabajo sobre los niños y los conflictos armados El Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1612 (2005) Documento PDF examina los informes sobre las violaciones cometidas contra los niños en situaciones de conflictos armados por las partes que se indican en los anexos del informe del Secretario General sobre los niños y los conflictos armados. Grupo de Trabajo Especial sobre la prevención y la solución de conflictos en África El Grupo de Trabajo Especial sobre la Prevención y la Solución de Conflictos en África tiene su origen en la Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad de 31 de enero de 2002 (S/PRST/2002/2 Documento PDF), en la que el Consejo de Seguridad reconoció la necesidad de adoptar medidas apropiadas para prevenir y resolver los conflictos en África y expresó su intención de considerar la posibilidad de establecer un grupo de trabajo especial que se encargase de supervisar las recomendaciones que figuraban en dicha declaración de la Presidencia. Grupo de Trabajo oficioso sobre la documentación y otras cuestiones de procedimiento El Grupo de Trabajo oficioso del Consejo de Seguridad sobre la documentación y otras cuestiones de procedimiento se estableció en junio de 1993 con el objetivo de mejorar y racionalizar los métodos que utiliza el Consejo de Seguridad para abordar asuntos relacionados con la documentación y otras cuestiones de procedimiento. Cortes y tribunales internacionales El Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales (“Mecanismo”) fue establecido por el Consejo de Seguridad en virtud de su resolución 1966 (2010), de 22 de diciembre de 2010, y tiene el mandato de continuar llevando a cabo diversas funciones esenciales anteriormente realizadas por el Tribunal Penal Internacional para Rwanda (“TPIR”) y el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia (“TPIY”), con sujeción a lo dispuesto en la misma resolución y en el Estatuto del Mecanismo. Enlaces relacionados Comités de sanciones Presidencias y vicepresidencias de los órganos subsidiarios Documento PDF

El Consejo de Seguridad puede adoptar medidas para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. Las sanciones, de conformidad con el Artículo 41, comprenden una amplia gama de opciones coercitivas que no implican el uso de la fuerza armada. Desde 1966 el Consejo de Seguridad ha establecido 30 regímenes de sanciones en Rhodesia del Sur, Sudáfrica, la ex-Yugoslavia (2), Haití, el Iraq (2), Angola, Rwanda, Sierra Leona, Somalia y Eritrea, Eritrea y Etiopia, Liberia (3), la República Democrática del Congo, Côte d’Ivoire, el Sudán, el Líbano, la República Popular Democrática de Corea, el Irán, Libia (2), Guinea-Bissau, la República Centroafricana, el Yemen y la Mali, así como contra Al-Qaida y los talibanes. Las sanciones del Consejo de Seguridad han adoptado formas diversas en función de los objetivos que se perseguían. Han ido de amplias sanciones económicas y comerciales a medidas más selectivas, como embargos de armas, prohibiciones de viajar y restricciones financieras o de determinados productos. El Consejo de Seguridad ha aplicado sanciones para prestar apoyo a las transiciones pacíficas, disuadir de la implantación de cambios no constitucionales, poner coto al terrorismo, proteger los derechos humanos y promover la no proliferación de las armas nucleares. Las sanciones no se aplican, tienen éxito o fracasan en el vacío. Es máxima su eficacia para el mantenimiento o el restablecimiento de la paz y la seguridad internacionales cuando se aplican en el marco de una estrategia global que comprende el mantenimiento, la consolidación y el establecimiento de la paz. En contra del carácter punitivo que se les supone, muchos regímenes tienen por objeto prestar apoyo a gobiernos y regiones que se esfuerzan por lograr una transición pacífica. Los regímenes de sanciones impuestos en Libia y Guinea-Bissau son ejemplos de ello. Hoy en día se aplican 14 regímenes de sanciones dirigidos a prestar apoyo a la solución política de conflictos, la no proliferación de las armas nucleares y la lucha contra el terrorismo. Administra cada uno un comité de sanciones presidido por un miembro no permanente del Consejo de Seguridad. Hay 10 grupos y equipos de seguimiento que prestan apoyo a la labor de 11 de los 14 comités de sanciones. Al aplicar los regímenes de sanciones el Consejo cada vez es más consciente de los derechos de quienes se ven afectados por ellos. En la declaración de la Cumbre Mundial 2005 la Asamblea General exhortó al Consejo de Seguridad a que, con el apoyo del Secretario General, asegurara que existieran procedimientos justos y claros para imponer y levantar sanciones. El establecimiento de un Punto Focal para las Solicitudes de Supresión de Nombres de las Listas y la Oficina del Ombudsman ante el Comité de Sanciones contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida son ejemplos prácticos de este enfoque.

Prácticas, procedimientos y métodos de trabajoEn el Artículo 30 de la Carta se estipula que el Consejo de Seguridad dictará su propio reglamento, y en 1946 el Consejo aprobó su reglamento provisional (S/96), que se modificó posteriormente en varias ocasiones. La última revisión se hizo en 1982 (S/96/Rev.7) para incorporar el idioma árabe como sexto idioma oficial, de conformidad con la resolución 35/219 de la Asamblea General, de 17 de diciembre de 1980.

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https://www.un.org/securitycouncil/es/content/resolutions