El documento describe los diferentes niveles de gestión de la Autoridad Educativa Nacional en Ecuador. Explica que existen 4 niveles: 1) Nivel central, 2) Nivel zonal intercultural y bilingüe, 3) Nivel distrital intercultural y bilingüe, y 4) Circuitos educativos interculturales y bilingües. Cada nivel tiene funciones específicas como formular políticas, coordinar acciones, ejecutar planes educativos y asegurar la cobertura y representación de la diversidad cultural del país.
1. DE LOS NIVELES DE CAPÍTULO
GESTIÓN CUARTO
DE LA AUTORIDAD
EDUCATIVA NACIONAL
2. Art. 25.- Autoridad Educativa Nacional
Garantiza y asegurar el cumplimiento cabal de las
garantías y derechos constitucionales en materia
educativa.
Niveles de gestión
1. Carácter central.
2. Zonal intercultural y bilingüe
3. Distrital intercultural y bilingüe
4. Circuitos educativos interculturales y bilingües.
3. Art. 26.- Nivel central intercultural
Formula políticas de recursos humanos que garantizan
representatividad de acuerdo a la diversidad del país
en todos los niveles desconcentrados.
Coordina la gestión administrativa de los niveles
desconcentrados.
Regula y controla el sistema nacional de educación,
sin perjuicio de las competencias asignadas a los
distritos metropolitanos y a los gobiernos
autónomos descentralizados .
4. Art. 27.- Niveles desconcentrados
Son los niveles territoriales en los que se gestionan y
ejecutan las políticas educativas definidas por el nivel
central.
Conformadas por los niveles zonales, distritales y
circuitales.
Garantiza la existencia de instancias especializadas
del Sistema de Educación Intercultural y Bilingüe en
todos los niveles.
5. Art. 28.- Nivel zonal intercultural y bilingüe
Define la planificación y coordina las acciones de los
distritos educativos, y realiza el control de todos los
servicios educativos.
Cada zona está conformada por la población y el
territorio establecido por el Plan Nacional de
Educación.
En todas las zonas donde sea pertinente, se garantiza
una instancia para la atención específica a la
Educación Intercultural y Bilingüe que desarrolle y
fortalezca este sistema.
6. Art. 29.- Nivel distrital intercultural y bilingüe
Atiende las particularidades culturales y lingüísticas
en concordancia con el plan nacional de educación.
Asegura y garantiza la cobertura necesaria en su
distrito intercultural y bilingüe en relación con la
diversidad cultural y lingüística.
Ejecutan los acuerdos entre prestadores de servicios
públicos tales como: infraestructura deportiva,
servicios de salud, gestión cultural, acceso a
tecnología, informática y comunicación y otros.
Garantiza una política de recursos humanos que
permita la incorporación servidoras y servidores
pertenecientes a los pueblos y nacionalidades
indígenas.